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- rdf:value = " Moción de los diputados señores Errázuriz , Kast y Verdugo y de la diputada señora Marcela Cubillos.
Permite que solicitud de declaración de bien familiar la realice el cónyuge o la madre en representación del hijo. (boletín N° 4120-07)
“Considerando:
1. Que el inciso segundo del artículo 141 del Código Civil, a propósito del inmueble de propiedad de cualquiera de los cónyuges que sirva de residencia principal de la familia, y los muebles que la guarnecen, podrán ser declarados bienes familiares, señala que “esta declaración se hará por el juez en procedimiento breve y sumario a petición de cualquiera de los cónyuges y con la citación del otro»;
2. Que puede darse el caso de que el hijo nazca de una convivencia y su madre con ese hijo, vivan en casa del padre del menor;
3. Que en la situación descrita, el padre podría enajenar la vivienda que sirve de domicilio a su hijo y a la madre de éste, sin que la madre pueda pedir la declaración de bien familiar porque no es el cónyuge, vengo en presentar el siguiente
PROYECTO DE LEY
ARTÍCULO ÚNICO: Sustitúyese el punto final del inciso segundo del artículo 141 del Código Civil, reemplazándose por una coma y agregándose la siguiente expresión:
“o por la madre en representación del menor”, quedando el inciso en la siguiente forma:
“Esta declaración se hará por el juez en procedimiento breve y sumario, con conocimiento de causa, a petición de cualquiera de los cónyuges y con citación del otro, o por la madre en representación del menor”.
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