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- rdf:value = " El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado Eugenio Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que creó el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, luego de un amplio debate, en una Comisión unida de Economía y de Constitución, Legislación y Justicia, sobre sus pormenores, alcances y objetivos. En aquel entonces, quien habla, junto con el diputado Saffirio, hicimos presente que en ese cuerpo legal no considerábamos la regulación a faltas a la ética o a acciones que atentaban contra la competencia leal, sino solamente se regulaba la protección a los consumidores de los mercados monopólicos o de actitudes que atentaban contra sus intereses, quedando un vacío para la relación de desencuentro entre grandes y pequeños empresarios. Tampoco se reguló la competencia desleal entre competidores, no importando el tamaño de éstos, conducta que, al final del camino, afecta a los consumidores. Es decir, no se introdujeron normas que protegieran a quienes desempeñan lealmente actividades empresariales y que, sin embargo, se ven impelidos a abandonar la actividad o no pueden ingresar a ella por la competencia desleal de algunos competidores, conducta que no se consideró en la legislación sobre la libre competencia.
Entendiendo que la libre competencia es una cosa y que los actos de competencia desleal son otra, esta Cámara aprobó un texto que señalaba taxativamente cuáles son los actos que constituyen competencia desleal. Al efecto, estableció que un juez competente deberá sancionar dichos actos. Sin embargo, el Senado usa el facultativo “podrá”, quedando esta parte: “podrá ejercer las acciones señaladas” cuando se tipifique un acto de competencia desleal.
Por lo tanto, insto a la Cámara a rechazar esta modificación, como aquella que invocaba el diputado Saffirio, autor del proyecto, que deja sin sanción pública a la iniciativa. Cuando la Cámara aprueba un proyecto como éste, que está dirigido fundamentalmente a regular las relaciones entre pequeños y medianos empresarios, quienes se ven afectados por actos que atentan contra la competencia leal -que es uno de los presupuestos de la libre competencia- lo hace en el entendido de que lo que se protege es el interés público, tal como quedó establecido en la ley sobre libre competencia.
En consecuencia, la Cámara, teniendo presente ese objetivo, propuso sancionar con multas los actos de competencia desleal y así desincentivar dichas conductas. Sin embargo, el Senado ha tenido un criterio distinto y ha eliminado el artículo que perseguía ese propósito. Por lo tanto, el proyecto aprobado por la Cámara queda sin su principal fundamento, cual es desincentivar los actos de competencia desleal a través de sancionar a quienes realicen esa conducta.
Por eso, pido rechazar las modificaciones del Senado relativas a los artículos 11 y 15 del texto de la Cámara, a fin de que el proyecto pase a comisión mixta.
He dicho.
"