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El señor LEAL (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Patricio Melero.
El señor MELERO .-
Señor Presidente , quiero destacar dos cambios introducidos por la Comisión Mixta, que me parecen importantes en relación con las disposiciones aprobadas en los trámites anteriores del proyecto.
En primer lugar, no comparto el artículo 4° propuesto por la Comisión Mixta, en el cual se repone una disposición rechazada por la Cámara de Diputados que establece la prohibición de vender cigarrillos a menos de 100 metros de los establecimientos educacionales. Me parece que esta disposición, en la que el Senado insistió y que fue apoyada por algunos miembros de la Comisión Mixta, traerá inconvenientes y no tendrá efectos disuasivos en la juventud respecto del consumo de tabaco. El proyecto establece la prohibición de vender productos del tabaco a menores de 18 años de edad. En consecuencia, por muy cerca que un quiosco o un lugar de expendio de cigarrillos esté de un establecimiento educacional, un estudiante de 2º medio o de 3º medio, de 15 ó 16 años de edad, no podrá comprar dicho producto, no por la razón de cercanía o lejanía del quiosco, sino por su edad.
Además, en localidades pequeñas se van a producir situaciones tan absurdas como, por ejemplo, que no se podrán comprar cigarrillos en todo el pueblo. Estoy hablando de localidades de 700, 800 o de poco más de mil habitantes, porque en ellas no hay negocios a más de cien metros del establecimiento educacional existente allí. Es una irracionalidad que tendrá como efecto que la norma terminará vulnerándose.
Asimismo, esta prohibición nos parece irracional desde el punto de vista de la fiscalización, porque lo que va a ocurrir es que los “bandejeros” van a ir a los establecimientos educacionales, propiciándose el clandestinaje y la venta individual de cigarrillos. Es una norma excesiva que no tiene sentido y pienso que, a la larga, la evidencia empírica demostrará que no tendrá el efecto deseado.
En segundo lugar, junto con estar de acuerdo con las normas aprobadas, quiero resaltar el avance que implica el artículo 15 aprobado por la Comisión Mixta, relacionado con la fiscalización, puesto que aparte de la autoridad sanitaria, también será efectuada por Carabineros de Chile, que era un tema que no estaba incluido. Además, se eliminó lo planteado por el Ejecutivo , en cuanto a que la autoridad sanitaria, además de ser fiscalizadora, llevara adelante el sumario respectivo y fijara las sanciones pertinentes. La Comisión Mixta no fue partidaria de otorgarle la calidad de ser juez y parte.
Por consiguiente, lo que propone la Comisión Mixta es radicar la función fiscalizadora en la autoridad sanitaria y en Carabineros de Chile, manteniendo la facultad jurisdiccional sancionadora en los juzgados de policía local o en los juzgados de letras, según corresponda. Considero que esto evitará posibles actos de corrupción, la ficción de ser juez y parte y generará los espacios para que este problema se pueda controlar adecuadamente.
En todo lo demás, creemos que el proyecto representa es un avance sustancial, acorde con el acuerdo marco mundial de la OMS, que contribuirá a reducir los índices de consumo de tabaco, gracias a que en el seno de la Comisión Mixta se suprimió una serie de normas bastante irracionales, quedando un proyecto ponderado y equilibrado que vamos a aprobar, más allá de las aprensiones que he señalado.
He dicho.
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