. . . . . . " \nEl se\u00F1or V\u00C1SQUEZ.- \nSe\u00F1or Presidente , quiero hacer una mera observaci\u00F3n de car\u00E1cter jur\u00EDdico.\n \nCuando una ley crea nuevos tipos penales, los anteriores quedan autom\u00E1ticamente derogados. Y, derogados que sean, queda derogado el delito y, por tanto, la pena que reg\u00EDa hasta ese momento. \nEn consecuencia, lo \u00FAnico que hace la iniciativa es adelantar el efecto jur\u00EDdico de la dictaci\u00F3n del nuevo sistema de conscripci\u00F3n, que de todas maneras se va a producir. Por consiguiente, solicito al Honorable colega y amigo Jorge Arancibia no votar en contra, por estas consideraciones. El perjuicio consistir\u00EDa en que aquellos que se van a ver favorecidos con la amnist\u00EDa se beneficiar\u00E1n un poco m\u00E1s tarde.\n \nSe\u00F1or Presidente , quer\u00EDa hacer esa aclaraci\u00F3n, porque, jur\u00EDdicamente, el delito quedar\u00E1 amnistiado, en t\u00E9rminos pr\u00E1cticos.\n \n " . . .