REP�BLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACI�N OFICIAL LEGISLATURA 364� Sesi�n 5�, en mi�rcoles 23 de marzo de 2016 Ordinaria (De 16:19 a 20:11) PRESIDENCIA DE SE�OR RICARDO LAGOS WEBER, PRESIDENTE, Y SE�OR JAIME QUINTANA LEAL, VICEPRESIDENTE SECRETARIO, EL SE�OR JOS� LUIS ALLIENDE LEIVA, SUBROGANTE ____________________ � N D I C E Versi�n Taquigr�fica P�g. I.ASISTENCIA......................................................................................................... II.APERTURA DE LA SESI�N............................................................................... III.TRAMITACI�N DE ACTAS.............................................................................. IV.CUENTA............................................................................................................... Petici�n de proyecto para equidad y control en avisaje estatal en medios de comunicaci�n. Proyecto de acuerdo (S 1.862-12) (se acuerda).................... V.ORDEN DEL D�A: Proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, que facilita la aplicaci�n efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptaci�n, y mejora la persecuci�n penal en dichos delitos (9.885-07) (queda pendiente la discusi�n en particular)....................................... VI.INCIDENTES: Peticiones de oficios (se anuncia su env�o)......................................... Grave crisis en industria salmonera. Oficios (Observaciones del Senador se�or Navarro)................................................................................. Necesaria competencia en materia de concesiones. Oficio (Observaciones del Senador se�or Coloma)................................................................ Permanencia de Chile en Pacto de Bogot�. Oficio (Observaciones del Senador se�or Coloma)........................................................................... Calidad de terreno de conjunto habitacional Mirador del Pac�fico de Talcahuano. Oficios (Observaciones del Senador se�or Navarro) .............. VERSI�N TAQUIGR�FICA I. ASISTENCIA Asistieron los se�ores (as): --Allamand Zavala, Andr�s --Allende Bussi, Isabel --Araya Guerrero, Pedro --Bianchi Chelech, Carlos --Chahu�n Chahu�n, Francisco --Coloma Correa, Juan Antonio --De Urresti Longton, Alfonso --Espina Otero, Alberto --Garc�a Ruminot, Jos� --Garc�a-Huidobro Sanfuentes, Alejandro --Girardi Lav�n, Guido --Goic Boroevic, Carolina --Guillier �lvarez, Alejandro --Harboe Bascu��n, Felipe --Horvath Kiss, Antonio --Lagos Weber, Ricardo --Larra�n Fern�ndez, Hern�n --Letelier Morel, Juan Pablo --Matta Aragay, Manuel Antonio --Montes Cisternas, Carlos --Moreira Barros, Iv�n --Mu�oz D�Albora, Adriana --Navarro Brain, Alejandro --Orpis Bouchon, Jaime --Ossand�n Irarr�zabal, Manuel Jos� --P�rez San Mart�n, Lily --P�rez Varela, V�ctor --Pizarro Soto, Jorge --Prokurica Prokurica, Baldo --Quintana Leal, Jaime --Quinteros Lara, Rabindranath --Rossi Ciocca, Fulvio --Tuma Zedan, Eugenio --Van Rysselberghe Herrera, Jacqueline --Von Baer Jahn, Ena --Walker Prieto, Ignacio --Walker Prieto, Patricio --Zald�var Larra�n, Andr�s Concurrieron, adem�s, los Ministros del Interior y Seguridad P�blica, se�or Jorge Burgos Varela; Secretario General de la Presidencia, se�or Nicol�s Eyzaguirre Guzm�n; de Justicia y Derechos Humanos, se�ora Javiera Blanco Su�rez, y del Trabajo y Previsi�n Social, se�ora Ximena Rinc�n Gonz�lez. Asimismo, se encontraban presentes diversos asesores de parlamentarios y del Ministerio del Interior. Actu� de Secretario subrogante el se�or Jos� Luis Alliende Leiva, y de Prosecretario subrogante, el se�or Julio C�mara Oyarzo. II. APERTURA DE LA SESI�N --Se abri� la sesi�n a las 16:19, en presencia de 15 se�ores Senadores. El se�or LAGOS (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesi�n. III. TRAMITACI�N DE ACTAS El se�or LAGOS (Presidente).- El acta de la sesi�n 106�, extraordinaria, en 10 de marzo de 2016, se encuentra en Secretar�a a disposici�n de las se�oras y los se�ores Senadores, hasta la sesi�n pr�xima, para su aprobaci�n. IV. CUENTA El se�or LAGOS (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretar�a. El se�or C�MARA (Prosecretario subrogante).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Mensajes Dieciocho de Su Excelencia la Presidenta de la Rep�blica: Con los dos primeros hace presente la urgencia del inciso segundo del numeral 5) del art�culo 53 de la Carta Fundamental respecto de los siguientes asuntos: 1) Oficio de Su Excelencia la Presidenta de la Rep�blica con el que solicita el acuerdo del Senado para nombrar integrantes del Directorio del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes a los se�ores Arturo Enrique Navarro Ceardi y Sebasti�n Gray Avins (bolet�n N� S 1.852-05). 2) Oficio de Su Excelencia la Presidenta de la Rep�blica con el que solicita la ratificaci�n del Senado para nombrar integrantes del Consejo Consultivo Previsional a los se�ores Carlos D�az Vergara y Christian Larra�n Pizarro (bolet�n N� 1.857-05). Con los cuatro siguientes hace presente la urgencia, calific�ndola de "suma", para la tramitaci�n de las siguientes iniciativas: 1) Proyecto de acuerdo que aprueba el "Acuerdo Sobre Servicios A�reos entre el Gobierno de la Rep�blica de Chile y el Gobierno de Barbados", suscrito en Bridgetown, Barbados, el 29 de noviembre de 2013 (bolet�n N� 9.888-10). 2) Proyecto de acuerdo que aprueba la modificaci�n del Art�culo XII (c) (ii) del Acuerdo relativo a la Organizaci�n Internacional de Telecomunicaciones por Sat�lite (bolet�n N� 9.918-10). 3) Proyecto de acuerdo que aprueba las modificaciones al Convenio que establece la Organizaci�n Latinoamericana de Energ�a (OLADE), adoptadas mediante la Decisi�n XXXVIII/D/453, de la XXXVIII Reuni�n de Ministros de esa organizaci�n, celebrada el 30 de noviembre de 2007 en la ciudad de Medell�n, Colombia (bolet�n N� 9.966-10). 4) Proyecto de ley que otorga al personal asistente de la educaci�n que indica una bonificaci�n por retiro voluntario y una bonificaci�n adicional por antig�edad y las compatibiliza con los plazos de la ley N� 20.305, que mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector p�blico con bajas tasas de remplazo de sus pensiones (bolet�n N� 10.583-04). Con los nueve siguientes retira y hace presente la urgencia, calific�ndola de "suma", para la tramitaci�n de los siguientes proyectos: 1) Proyecto de ley que crea la Comisi�n de Valores y Seguros (bolet�n N� 9.015-05). 2) Proyecto de ley que permite la emisi�n de medios de pago con provisi�n de fondos por entidades no bancarias (bolet�n N� 9.197-03). 3) Proyecto que modifica la ley N� 19.496, sobre Protecci�n de los Derechos de los Consumidores (bolet�n N� 9.369-03). 4) Proyecto de acuerdo que aprueba el "Acuerdo entre el Gobierno de la Rep�blica de Chile y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos relativo al establecimiento de una oficina regional para Am�rica del Sur en Chile y el Acuerdo Interpretativo referido a la aplicaci�n del Art�culo VI de �ste" (bolet�n N� 9.897-10). 5) Proyecto que modifica el decreto con fuerza de ley N� 1, de 2004, del Ministerio de Econom�a, Fomento y Reconstrucci�n, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N� 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia (bolet�n N� 9.950-03). 6) Proyecto de ley que perfecciona al Sistema de Alta Direcci�n P�blica y Fortalece la Direcci�n Nacional del Servicio Civil (bolet�n N� 10.164-05). 7) Proyecto que modifica la Ley Org�nica Constitucional del Congreso Nacional y otros cuerpos legales en lo relativo a probidad y transparencia (bolet�n N� 10.264-07). 8) Proyecto de ley que establece un nuevo sistema de transmisi�n el�ctrica y crea un organismo coordinador independiente del sistema el�ctrico nacional (bolet�n N� 10.240-08). 9) Proyecto de acuerdo que aprueba el Acuerdo de Pa�s Sede entre el Gobierno de la Rep�blica de Chile y el Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral, suscrito en Santiago, Chile, el 13 de abril de 2015 (bolet�n N� 10.323-10). Con los tres �ltimos retira y hace presente la urgencia, calific�ndola de "simple", para la tramitaci�n de los siguientes proyectos de ley: 1) Sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compa��a (bolet�n N� 6.499-11). 2) El que modifica el C�digo Penal en lo tocante a la tipificaci�n del delito de tortura (bolet�n N� 9.589-17). 3) El que regula el ejercicio del derecho a voto de los chilenos en el extranjero (bolet�n N� 10.344-06). --Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes. Oficios Dos de la Honorable C�mara de Diputados: Con el primero comunica que eligi� Presidente al Diputado se�or Osvaldo Andrade Lara, y Primer y Segundo Vicepresidentes, a los Diputados se�ores Marcos Espinosa Monardes y Gabriel Silber Romo, respectivamente. --Se toma conocimiento y se les desea mucho �xito en su desaf�o futuro. Con el segundo indica que aprob� en los mismos t�rminos en que lo hizo el Senado el proyecto de ley que armoniza normas en materia de quiebras con aquellas que rigen a las instituciones de educaci�n superior (bolet�n N� 10.573-04). --Se toma conocimiento, y se mand� comunicar a Su Excelencia la Presidenta de la Rep�blica. Del Excelent�simo Tribunal Constitucional: Adjunta resoluci�n dictada en el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del art�culo 259 del C�digo Procesal Penal. --Se remiten los documentos a la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. De la se�ora Ministra de Salud: Atiende solicitud de informaci�n, efectuada en nombre de la Senadora se�ora Von Baer, relativa a estudios de prefactibilidad para los proyectos de hospitales en las comunas de Mariquina y Panguipulli. Da respuesta a consulta, formulada en nombre del Senador se�or Ossand�n, sobre una paciente del Hospital Base de Valdivia que requiere intervenci�n quir�rgica. Responde solicitud de informaci�n, enviada en nombre del Senador se�or Espina, atinente a la reconstrucci�n del Hospital de Collipulli, en la Regi�n de La Araucan�a. Del se�or Director General de Asuntos Consulares y de Inmigraci�n: Da respuesta a consulta, formulada en nombre del Senador se�or Chahu�n, acerca del funcionamiento de los consulados de Chile en los Estados Unidos Mexicanos. --Quedan a disposici�n de Sus Se�or�as. Informes De la Comisi�n de Miner�a y Energ�a, reca�do en el proyecto de ley, en primer tr�mite constitucional, que establece la hora oficial para todo el territorio nacional (bolet�n N� 10.181-06). De las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda, reca�dos en el proyecto que aprueba el Acuerdo de Pa�s Sede entre el Gobierno de la Rep�blica de Chile y el Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral, suscrito en Santiago, Chile, el 13 de abril de 2015 (bolet�n N� 10.323-10) (con urgencia calificada de "suma"). De la Comisi�n de Salud, reca�do en el proyecto de ley que establece medidas de protecci�n a la lactancia materna y su ejercicio (bolet�n N� 9.303-11). --Quedan para tabla. Mociones De los Senadores se�or Bianchi, se�ora P�rez San Mart�n y se�or Horvath, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que sustituye el art�culo 51 de la Carta Fundamental en lo relativo al remplazo de parlamentarios independientes (bolet�n N� 10.585-07). De los Senadores se�ores Chahu�n y Bianchi, con la que inician un proyecto de reforma constitucional que modifica el inciso segundo del art�culo 20 de la Carta Fundamental para establecer la acci�n popular en la interposici�n del recurso de protecci�n en materia ambiental (bolet�n N� 10.586-07). --Pasan a la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento Proyecto de acuerdo De los Senadores se�or Guillier; se�ora P�rez San Mart�n; se�or Horvath; se�oras Allende, Mu�oz y Von Baer, y se�ores Araya, Bianchi, Chahu�n, Garc�a-Huidobro, Girardi, Harboe, Lagos, Montes, Moreira, Navarro, Ossand�n, P�rez Varela, Prokurica, Quinteros, Rossi, Tuma y Zald�var, por el que le solicitan a Su Excelencia la Presidenta de la Rep�blica que, si lo tiene a bien, considere el env�o de un proyecto de ley que establezca normas sobre equidad y control en avisaje estatal en los medios de comunicaci�n (bolet�n N� S 1.862-12). --Queda para ser votado en su oportunidad. Comunicaci�n De la Comisi�n de Econom�a, con la que informa que eligi� Presidente al Senador se�or Iv�n Moreira Barros. --Se toma conocimiento. El se�or LAGOS (Presidente).- Terminada la Cuenta. PETICI�N DE INICIATIVA PARA EQUIDAD Y CONTROL EN AVISAJE ESTATAL EN MEDIOS DE COMUNICACI�N. PROYECTO DE ACUERDO El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Guillier. El se�or GUILLIER.- Se�or Presidente, pido que votemos de inmediato el proyecto de acuerdo -se acaba de dar cuenta de �l- en virtud del cual diversos Senadores le solicitamos a la Presidenta de la Rep�blica enviar una iniciativa donde se establezcan normas sobre equidad y control en el avisaje estatal en los medios de comunicaci�n. El a�o pasado se present� una iniciativa sobre la materia, la que se declar� inadmisible. En lo sustancial -lo digo para aquellos a quienes no alcanzamos a consultar-, el Estado destina entre 50 y 55 millones de d�lares anuales a publicidad, avisaje, etc�tera, de los ministerios. Sobre 70 por ciento se concentra en no m�s de seis medios de comunicaci�n a lo largo de nuestro pa�s. Entonces, se plantea una suerte de ley espejo para que a lo menos se destine 50 por ciento a medios regionales, locales o comunales. La proposici�n original fue formulada por Senadores de distintas bancadas; entre ellos, la se�ora Lily P�rez; los se�ores Antonio Horvath, Baldo Prokurica y Ricardo Lagos, y quien habla. Luego la suscribieron aproximadamente -si no me equivoco; porque se me pueden cruzar las firmas- 23 parlamentarios. Pero, como no alcanzamos a pedir el apoyo de los dem�s, puede quedar abierta a quienes deseen adherir. La idea es despachar con urgencia el proyecto de acuerdo. No parece necesario postergarlo, pues todos estamos conformes con �l. De manera que podemos votarlo ahora. El se�or LAGOS (Presidente).- �Le parece a la Sala votar de inmediato el proyecto de acuerdo a que se refiri� Su Se�or�a? Acordado. --Los antecedentes sobre el proyecto de acuerdo (S 1.862-12) figuran en el Diario de Sesiones que se indica: Se da cuenta en sesi�n 5�, en 23 de marzo de 2016. El se�or LAGOS (Presidente).- �Les parece a Sus Se�or�as aprobar el proyecto de acuerdo por unanimidad? --Se aprueba un�nimemente. )----------( V. ORDEN DEL D�A APLICACI�N EFECTIVA DE PENAS ESTABLECIDAS PARA DELITOS DE ROBO, HURTO Y RECEPTACI�N, Y MEJORAMIENTO DE SU PERSECUCI�N PENAL El se�or LAGOS (Presidente).- Corresponde proseguir la discusi�n particular del proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, que facilita la aplicaci�n efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptaci�n, y mejora la persecuci�n penal en dichos delitos, con segundo informe de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento e informe de la Comisi�n de Hacienda, y urgencia calificada de "suma". --Los antecedentes sobre el proyecto (9.885-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite: sesi�n 52�, en 15 de septiembre de 2015 (se da cuenta). Informes de Comisi�n: Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento: sesi�n 76�, en 24 de noviembre de 2015. Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento (segundo): sesi�n 104�, en 9 de marzo de 2016. Hacienda: sesi�n 104�, en 9 de marzo de 2016. Discusi�n: Sesiones 76�, en 24 de noviembre de 2015 (se aprueba en general); 3�, en 22 de marzo de 2016 (queda pendiente la discusi�n en particular); 4�, en 23 de marzo de 2016 (queda pendiente la discusi�n en particular). El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or ALLIENDE (Secretario General subrogante).- En la sesi�n especial de esta ma�ana qued� pendiente la discusi�n particular del art�culo 3�, n�mero 1, letra c), del texto que propuso la Comisi�n de Constituci�n (p�gina 117 del comparado). El se�or LAGOS (Presidente).- Qued� inscrito para intervenir el Senador se�or Larra�n, quien tiene la palabra. El se�or LARRA�N.- Se�or Presidente, la norma que estamos analizando es extraordinariamente importante, como lo han se�alado mis antecesores en el uso de la palabra. Aqu� planteamos modificar el actual art�culo 416 bis del C�digo de Justicia Militar, que dispone que quien "hiriere, golpeare o maltratare de obra a un carabinero que se encontrare en el ejercicio de sus funciones, ser� castigado" con determinadas sanciones, seg�n la gravedad de las lesiones que le hubiere provocado. La idea -y hay acuerdo en lo fundamental- es aumentar la gravedad de la pena en cierta hip�tesis: cuando, como resultado de las lesiones, el carabinero agredido quede "demente, in�til para el trabajo, impotente, impedido de alg�n miembro importante o notablemente deforme.". Existe acuerdo a ese respecto. S�, se ha registrado un debate en torno a la hip�tesis de la letra c), mediante la cual se sustituye el numeral 4� del referido art�culo por otro que dispone que se castigar� al hechor "Con presidio menor en su grado m�nimo si le ocasionare lesiones leves o maltrato f�sico, aun cuando este �ltimo no dejare se�ales visibles.". Sobre el particular, se�or Presidente, quiero ser bastante enf�tico. Yo considero inadmisible dejar que los carabineros queden en una suerte de indefensi�n y que -ello, casi respecto de cualquier persona-, si bien no es factible causarles lesiones grav�simas sin recibir sanci�n, carezca de penalidad y no tenga consecuencias el maltrato f�sico que pueda no ser igualmente grave; por ejemplo, abofetear a un polic�a o darle patadas y empujones y hacerlo caer el suelo mientras est� ejerciendo sus funciones. Es eso lo que estamos cambiando. Hoy d�a el n�mero 4� establece que en el caso de lesiones leves se puede sancionar al hechor "Con presidio menor en su grado m�nimo, o multa de seis a once unidades tributarias mensuales si le ocasionare lesiones leves.". Lo que estamos planteando es que el maltrato f�sico se sancione aun cuando no deje se�ales visibles. Porque muchas veces es probable que, por la protecci�n que lleva el carabinero, una agresi�n no deje huella. Pero sigue siendo un maltrato y una ofensa a la persona a la que, como pa�s, le hemos encargado custodiar la seguridad de la gente. El camino que estamos proponiendo lo siguen pr�cticamente todos los pa�ses. Nosotros no podemos sancionar �nicamente las lesiones leves que dejen huellas, heridas: tambi�n debemos penalizar la conducta de facto que signifique abuso f�sico contra carabineros aunque no queden se�ales. Si no cortamos la situaci�n desde la ra�z -cualquier agresi�n a un carabinero en los t�rminos indicados: un pu�etazo, una bofetada-, se le pierde el respeto a la autoridad. Si tal conducta no arroja consecuencias, obviamente Carabineros va a asumir una actitud distinta cuando deba actuar ante una situaci�n de hecho. Por lo tanto, si de verdad queremos fortalecer la labor de dicha instituci�n, no es coherente que no incluyamos en la legislaci�n la hip�tesis planteada mediante el art�culo en comento. Claro: siempre es posible que se incurra en abusos. Pero para eso est�n los tribunales, para eso existen los recursos. Y si algunos carabineros abusan, como ya ha ocurrido, ser�n sancionados. En definitiva, si los ciudadanos cometen abusos para, por la v�a de no dejar huellas visibles, burlar las sanciones que les son aplicables por maltratar a polic�as, me parece que estamos desprotegiendo a nuestra polic�a uniformada. Yo creo que en Chile nadie entender�a que nosotros no le di�ramos un fuerte respaldo a la decisi�n que envuelve la norma de remplazo que proponemos, pues hoy d�a la confianza de los ciudadanos para evitar los problemas de la delincuencia est� depositada solamente en Carabineros. En consecuencia, debemos hacer el m�ximo esfuerzo posible para proteger a dicha instituci�n. Y la disposici�n planteada apunta en esa direcci�n. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Chahu�n. El se�or CHAHU�N.- Se�or Presidente, Honorable Sala, este es un articulado muy importante, que tiene un origen. Hace cerca de dos a�os, con el colega Alberto Espina y el resto de la bancada de Senadores de Renovaci�n Nacional presentamos un proyecto de ley, y fuimos adonde el Ministro del Interior, se�or Pe�ailillo, para pedirle que le pusiera urgencia. Pens�bamos que era inadmisible no restablecer la autoridad de las polic�as. Hay personas que maltratan de obra -con escupitajos, manotazos, en fin- a efectivos de Carabineros y de Investigaciones -yo agregar�a a los de Gendarmer�a- cuando realizan sus labores, y, si tales agresiones no dejan se�ales f�sicas visibles, quedan en la m�s absoluta impunidad. Nosotros estamos abogando -y esto fue parte del proyecto de ley a que me refer�- por restablecer el sentido de la autoridad policial. Por supuesto, existen normas para los efectos de precaver la ocurrencia de abusos. Pero si no volvemos a establecer el sentido de autoridad de las polic�as poco se habr� hecho en esta materia. Deseo consignar, respecto de la contenci�n de la seguridad y del orden p�blicos, la absoluta necesidad de que las polic�as infundan el respeto y la autoridad requeridos para el efecto de poder lograr que su acci�n finalmente sea eficaz. Es por eso que vamos a apoyar el articulado. Su origen se halla en una moci�n de parlamentarios de Renovaci�n Nacional que pedimos, en su oportunidad, una urgencia legislativa que lamentablemente nunca lleg� de parte del Ministro del Interior saliente. Por el contrario, hemos contado con la disposici�n del actual titular de la Cartera para empujar con fuerza la iniciativa, y esperamos que sea aprobada. He dicho. El se�or LAGOS (Presidente).- Puede intervenir la Senadora se�ora Mu�oz. La se�ora MU�OZ.- Se�or Presidente, entiendo que estamos debatiendo en relaci�n con las letras ces de los art�culos 3�, 4� y 5� del proyecto. Tal como lo han aclarado los colegas que me han antecedido en el uso de la palabra, se propone modificar una disposici�n del C�digo de Justicia Militar relativa a Carabineros y las leyes org�nicas de la Polic�a de Investigaciones y de Gendarmer�a, con el objeto de establecer un tipo nuevo, consistente en sancionar "lesiones leves o maltrato f�sico, aun cuando este �ltimo no dejare se�ales visibles". Vale decir, la persona que se establezca como responsable de haber sido lesionado un Carabinero que no presente una huella observable del da�o ser� sometida a un procedimiento legal. Ahora, lo que se quiere sancionar es el caso de maltratos que no dejen huellas o marcas, sin que sea posible clasificarlos, por lo tanto, en los t�rminos de los art�culos 395 y siguientes del C�digo Penal. Los funcionarios policiales merecen, por cierto, la m�xima protecci�n y respeto. �Qu� duda cabe! Creo que hay un acuerdo nacional en el sentido de que pertenecen a instituciones importantes, dignas de la mayor consideraci�n de todos en el ejercicio, por supuesto, de sus funciones. Pero eso no puede alterar las normas b�sicas del ordenamiento penal y de la investigaci�n de los delitos. Se trata de lesiones -insisto- que no dejen se�ales visibles. Estas normas no me parecen razonables -y anuncio que votar� en contra- por las siguientes razones. Primero, se altera completamente la l�gica del C�digo Penal, que es objetivar y clasificar las lesiones atendidos sus efectos. Es t�cnicamente muy cuestionable destruir este criterio, utilizado por ese ordenamiento en t�rminos generales, para un solo tipo de hechos. Segundo, se afecta gravemente la igualdad ante la ley, a mi juicio. Se establecer�a una categor�a especial, solo para un tipo de v�ctimas. M�s a�n, no hay una disposici�n sim�trica a favor de los ciudadanos, muchas veces violentados en forma mucho m�s dura por Carabineros. Y pongo un ejemplo reciente, de hace una semana, cuando un grupo de mujeres sali� a la calle a protestar por la violencia contra su sexo, plasmada en once femicidios hasta la fecha, y fueron brutalmente reprimidas por la polic�a uniformada, insultadas con las peores expresiones sexistas, atacadas por el "guanaco" y arrastradas. Quiero graficar, entonces, que el hecho de que una de ellas le diera una patada a un carabinero en un alboroto de esa �ndole llevar�a a una situaci�n completamente desproporcionada. No es posible poner en la misma balanza la fuerza que puede ejercer la Instituci�n con la de un ciudadano frente a la represi�n en una manifestaci�n. Algo semejante ha sucedido en la Regi�n que represento, en la provincia de Choapa, donde campesinos han marchado, luchando por sus derechos, ante el eventual derrame de un relave en Caimanes. Han sido baleados y un joven perdi� un ojo. O sea, hubo desproporci�n en el empleo de la fuerza. Sabemos, adem�s, de las severas falencias de la justicia militar para sancionar con imparcialidad estos casos. Llevar a esos tribunales el asunto agrava m�s a�n la desproporci�n. Mientras los procedimientos de Carabineros no cambien y no se ajusten a una polic�a que se preocupe de cautelar al mismo nivel la libertad de expresi�n y el orden p�blico, una norma de este tipo me parece muy riesgosa. Creo que en la Instituci�n hacen falta mallas curriculares para ense�ar y transmitir que el resguardo es parte de su oficio. Sin embargo, siempre debe existir un equilibrio en la proporcionalidad de la fuerza. Tercero, estimo que la disposici�n generar� una enorme dificultad probatoria en los tribunales, en los procedimientos de investigaci�n, como ya se ha se�alado. Al no mediar se�ales f�sicas, la opini�n de un ciudadano se enfrentar� a la de la v�ctima, que ser� obviamente respaldada por la Instituci�n -intervendr�n tribunales militares- y contar� con el testimonio de los funcionarios de la misma patrulla o unidad. Eventualmente podr�an existir registros audiovisuales que ayudaran. Si no se cuenta con huellas o se�ales, al ciudadano le ser� imposible la prueba en su favor. Juzgo que se pretende sancionar en t�rminos de lesiones lo que, en realidad,... El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene un minuto para concluir, Su Se�or�a. La se�ora MU�OZ.- Gracias, se�or Presidente. Dec�a que se pretende sancionar en t�rminos de lesiones lo que, en realidad, es una especie de desacato. Y cuarto, la normativa vigente ya tiene, en los art�culos 261 y 262 del C�digo Penal, tipos referidos a los atentados contra la autoridad y suficientes para encuadrar este tipo de conductas. El proyecto contiene otras modificaciones en materia de penas para los delitos de lesiones en sus casos m�s graves, sanciones que todos compartimos y que se han aprobado por unanimidad. En este punto, se�or Presidente, voto en contra. )-----------------( El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el se�or Secretario para dar cuenta de un documento. El se�or ALLIENDE (Secretario General subrogante).- En este instante ha llegado a la Mesa un oficio de la Honorable C�mara de Diputados, con el que comunica que aprob�, con las excepciones que indica, las enmiendas introducidas por el Senado al proyecto de ley que moderniza el sistema de relaciones laborales e introduce modificaciones en el C�digo del Trabajo -la urgencia ha sido calificada de "discusi�n inmediata"-, y propone la n�mina de Diputados que integrar�n la Comisi�n Mixta que debe formarse. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Se toma conocimiento y, de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 46 del Reglamento de la Corporaci�n, se designa a los integrantes de la Comisi�n de Trabajo y Previsi�n Social para integrar la referida Comisi�n Mixta. )----------------------( El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Prosigue la discusi�n. Puede intervenir el Honorable se�or Prokurica. El se�or PROKURICA.- Se�or Presidente, es curiosa la posici�n de algunos se�ores Senadores, porque puedo afirmar, con toda seguridad, que no hay ning�n pa�s en el mundo en que se trate como en Chile a las polic�as y a quienes, en virtud de la Constituci�n y la ley, se les encarga resguardar el orden p�blico y dar imperio al derecho. Y no estoy haciendo referencia a Corea del Norte, a Cuba, a pa�ses sin democracia. Aludo a Estados Unidos, Europa, Asia. Si cualquier polic�a en esos lugares es tocado, blanco de una piedra u objeto de una falta de respeto o de cualquiera de las acciones que se han expuesto, el agresor es sancionado en forma muy dura. Pongo el ejemplo de los futbolistas chilenos que estuvieron en Canad�. �Miren lo que pas�...! Por eso, me cuesta entender aquello de que apoyamos a la Instituci�n, pero "estas disposiciones ya existen". No puedo concordar con eso, porque he visto c�mo carabineros en el suelo son apedreados o apaleados, c�mo son quemados, c�mo se les tira tinta a los uniformes y una serie de otras barbaridades. �Y no pasa nada! �No hay un solo detenido por esas razones! La idea es que si hay una norma vigente en la materia, �para qu� vamos a aprobar una nueva? El Senador que habla estar�a de acuerdo con eso. Pero no es como se plantea: a los funcionarios se les falta el respeto, se les agrede, se les tiran bombas molotov. Aunque quien reciba una de ellas no resulte quemado, en definitiva, por contar con un equipo antiflama, quien la lanza es un asesino, es una persona que quiere matarlo. Si alguien le arroja una bomba molotov a un civil, a un ciudadano com�n y corriente, y lo quema, comete un delito. Puede configurar, claramente, un homicidio frustrado. Sin embargo, �no pasa nada si se trata de un carabinero! �No hay gente procesada por esta causa! Considero que existe un contrasentido, se�or Presidente, porque Carabineros, Gendarmer�a y la Polic�a de Investigaciones son instituciones a las cuales la Constituci�n y la ley les han encargado -o sea, todos nosotros-, ni m�s ni menos, que resguarden el orden p�blico, que le den imperio al Derecho y que, en definitiva, nos defiendan de los delincuentes. Y resulta que, cuando los funcionarios tienen que enfrentarlos, los mismos legisladores, las mismas autoridades, empiezan a titubear. Eso no pasa en ning�n pa�s. En el caso de Renovaci�n Nacional, voy a aprobar la norma, porque quiero entregarles un apoyo contundente a los tres organismos. Dig�moslo con claridad: la situaci�n actual afecta seriamente su labor. Pong�monos en su posici�n: soy carabinero y voy a una marcha o a un lugar con gente manifest�ndose. �Aprehender� a un delincuente si arriesgo que me echen? No, pues. Hay todo un inter�s en ir de alguna manera minando esa labor, esa responsabilidad. Desempe�ar tal funci�n en tiempos normales es dif�cil. Hoy es una misi�n extraordinariamente compleja, porque no se cuenta con las herramientas y el respaldo necesarios. Por eso, no abrigo ninguna duda en que es preciso terminar con los abusos contra las polic�as y darles a estas todo nuestro apoyo, porque, en caso contrario, no se lograr� lo que todos queremos, que es dar pasos positivos contra la delincuencia. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Harboe. El se�or HARBOE.- Se encuentra antes el colega De Urresti. El se�or DE URRESTI.- Estoy recopilando informaci�n, se�or Presidente. Intervendr� despu�s. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Puede hacer uso de ella el Senador se�or Harboe. El se�or HARBOE.- Gracias, se�or Presidente. No quer�a alterar el orden. Es lamentable que tengamos que abocarnos a una discusi�n respecto de las sanciones que deben aplicarse a personas que hayan decidido atentar contra la integridad f�sica de aquellos con relaci�n a los cuales la sociedad, en su conjunto -nosotros representamos a los ciudadanos-, se ha organizado para encomendarles labores eminentemente riesgosas. Las polic�as, la Gendarmer�a, el Ministerio P�blico y los fiscales no corresponden a funciones tradicionales. Los cometidos que ejercen, por encargo de la Constituci�n o la ley, son eminentemente peligrosos, porque implican tratar con aquellos que hacen del delito o de la violencia una actividad habitual o que de una u otra forma cometen actos re�idos con la legalidad. A ellos les encargamos, como sociedad, una funci�n, y si eso implica un riesgo de su integridad f�sica y su vida, corresponde que dispongamos de un r�gimen de seguridad jur�dica adecuado. Alguien ha dicho por ah�: "A m� no me parece propia una diferencia entre la sanci�n cuando se agrede a un civil y la aplicable cuando se agrede a alguno de estos funcionarios". �Claro que tiene que haberla, porque la tarea es distinta! No se entender�a que contaran con este tipo de protecci�n el personal del Congreso, los parlamentarios o los ministros, porque no se trata de una labor eminentemente riesgosa, como s� lo es la de estas otras personas. En consecuencia, desde el punto de vista de la igualdad ante la ley, no olvidemos que la propia Constituci�n permite desigualdades, en la medida que cuenten con alg�n tipo de fundamento. �Y qu� mejor, para establecer una diferencia, que el de la naturaleza de un riesgo asociado a la funci�n! En seguida, lamento que la discusi�n se d� en el marco de la modificaci�n del C�digo de Justicia Militar. Ser�a ideal que fuera en el marco del C�digo Penal y que, por lo tanto, se normalizaran las relaciones. Porque creo que la competencia de la justicia militar -tengo un punto al respecto- sigue siendo extremadamente amplia y que es preciso terminar con ella tal como hoy d�a se conoce. Lo que determinan las normas es la debida protecci�n. Y el acento se pone m�s bien en el orden p�blico. Pero la verdad es que quiero hacer un llamado de atenci�n, quiz�s por la experiencia de haber trabajado en el Gobierno en asuntos de seguridad. Sus Se�or�as no imaginan la innumerable cantidad de detectives que, sin haber participado nunca en cuestiones de orden p�blico ni con motivo de manifestaciones, tienen que ir a buscar, en cumplimiento de �rdenes judiciales o de fiscales, a delincuentes, narcotraficantes, homicidas, femicidas o autores de violencia intrafamiliar y son agredidos al llevarlo a cabo. Esa gente llega a su casa con tremendos problemas. Sus Se�or�as no imaginan la cantidad de gendarmes -gente humilde- que reciben ataques todos los d�as en el interior de los recintos penales. Si les estoy encomendando una labor de riesgo al gendarme, al detective, al carabinero, corresponde que les d� la debida protecci�n. De otro modo, no tendr�a cara, en verdad, para mandarlos a arriesgar su vida o su integridad f�sica. Si hay abusos, es preciso sancionarlos con drasticidad. Y se requiere establecer un r�gimen de sanciones, probablemente agravado, para aquellos que, en el ejercicio de la potestad de aplicar la fuerza que el Estado les entrega, abusan de ella. Pero eso no puede ser justificaci�n para no dar seguridad jur�dica a quienes la sociedad les ha encomendado -insisto- un cometido riesgoso. Entiendo que lo que se�alar� ahora no es parte del C�digo de Justicia Militar -y no corresponde que lo sea-, pero el Senador que habla tambi�n est� trabajando para incorporar a los fiscales. Porque no podemos tener a uno de ellos atemorizado por amenazas en lo personal o a su familia cuando le hemos encargado la investigaci�n de delitos graves. Cabe darles protecci�n tambi�n, porque permanentemente son objeto de amedrentamientos de todo tipo. Se trata de algo muy importante si les hemos encomendado -repito- una funci�n. Y finalmente mencionar� el elemento de la prueba. No se trata de que el carabinero, el detective, el gendarme o el fiscal condenen a alguien. Si se alega alg�n grado de agresi�n, ser� el juez quien decida a trav�s de elementos probatorios. Aqu� no hay... Se�or Presidente, �me da un minuto para concluir? El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Lo tiene, Su Se�or�a. El se�or HARBOE.- No se trata de establecer una sanci�n de pleno derecho. No significa que el solo hecho de empujar a alguien implique una pena. La autoridad que dice haber sido agredida tendr� que probarlo. Y no ser� el General Director de Carabineros, ni el Director de Gendarmer�a, ni el Director de la PDI, sino un juez de la Rep�blica, en quien confiamos, el que determinar� si hubo o no una agresi�n y si se aplica o no sanci�n. En consecuencia, la cuesti�n es de toda l�gica: si mando a alguien a cumplir una funci�n riesgosa para su integridad f�sica, lo m�nimo que puedo hacer, como mandante, es darle la seguridad jur�dica de que ser� debidamente protegido por la ley en el evento de ser agredido. Por eso, votar� a favor. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Distintos Comit�s han pedido abrir la votaci�n. �Habr�a unanimidad al respecto? El se�or PROKURICA.- No hay problema. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Acordado. El se�or MONTES.- Solo las letras ces. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Ellas corresponden a los art�culos 3�, 4� y 5�, y dicen relaci�n con Carabineros, la Polic�a de Investigaciones y Gendarmer�a. Si le parece a la Sala, la misma votaci�n se har�a extensiva a todas. No hay acuerdo. En votaci�n la letra c) del n�mero 1) del art�culo 3�. --(Durante la votaci�n). El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Allamand. El se�or ALLAMAND.- Se�or Presidente, la intervenci�n del Honorable se�or Harboe ha sido de tal manera completa que, de alguna forma, muchos de los argumentos que iba a exponer constituir�an, en este caso, una reiteraci�n. De todos modos, quiero hacerme cargo de dos o tres elementos en este debate. En primer lugar, quienes objetan esta norma aludiendo a un aspecto t�cnico -es decir, que esta situaci�n estar�a ya contemplada en el actual art�culo 261 del C�digo Penal- simplemente incurren en un error. No es as�. La hip�tesis del art�culo 261 no se aplica a las circunstancias a las que nos estamos refiriendo. Distintas razones jur�dicas as� lo avalan y, por lo dem�s, esto es muy simple: si se aplicase habr�a al menos alg�n caso en que se hubiera hecho. No existe absolutamente ninguno. Por lo tanto, el art�culo 261 del C�digo Penal simplemente no es aplicable aqu�. En segundo lugar, para quienes objetan esta norma -y fue expresado por parte de algunos de los oradores que me antecedieron en el uso de la palabra- existe una cuesti�n muy de fondo. Yo pienso que este Senado tiene que resolver c�mo quiere aproximarse al trabajo de Carabineros, Gendarmer�a, Investigaciones y los organismos e instituciones que tienen tareas de resguardo del orden p�blico, porque, de pronto, al escuchar algunas argumentaciones uno pensar�a realmente que estamos en el mundo al rev�s. Se�or Presidente, no acepto ni por un instante que se se�ale que los agresores son los carabineros, como si el problema fuera que tuvi�ramos una polic�a que se empe�ara en abusar de los ciudadanos, en circunstancias de que es exactamente lo opuesto. Por lo tanto, esta es una cuesti�n pol�tica de fondo. Aqu� debemos situarnos en una u otra vereda. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente �puede pedir silencio, por favor? El se�or ALLAMAND.- Hay algunos que lo hacen en la vereda donde se estigmatiza y, desde mi punto de vista, con ning�n fundamento se�alan que los agresores son precisamente las fuerzas del orden p�blico. �Eso no es as�! Tal como aqu� se ha planteado, si existen abusos, ser�n particulares y deber�n ser objeto de procesamiento. Pero, sostener que los problemas que tenemos en esta materia en nuestro pa�s se deben precisamente a que estamos frente a un cuerpo de Carabineros que se caracteriza por ser agresor de los ciudadanos, me parece completamente equivocado. Finalmente, se�or Presidente, el Senador Prokurica y varios otros colegas han se�alado, con raz�n, cu�l es la circunstancia pr�ctica a la que nos estamos refiriendo. �La expresi�n "maltrato f�sico" es indispensable que est� en nuestra legislaci�n! Porque en muchos casos el problema no son las lesiones. �Qu� es una bofetada en el rostro a un polic�a, hombre o mujer? �Es una lesi�n? En muchos casos no ser� considerada como tal. �Y un escupo? �O tirarle un huevo? �A alguien se le pasa por la cabeza que alguna de estas conductas ser�a siquiera imaginable en pa�ses como Inglaterra, Francia, Alemania, Italia o Espa�a? �Se permite en esos lugares abofetear impunemente a un polic�a? �Habr� alg�n pa�s donde los parlamentarios consideren que es razonable y que no debe ser objeto de reproche una acci�n de esa naturaleza? Eso estamos discutiendo. Ese es exactamente el fondo de la discusi�n. En consecuencia, m�s all� de la sem�ntica, es lo que debemos resolver y definir. �Queremos que se pueda seguir agrediendo de hecho y de palabra, impunemente, a carabineros en aquellos casos que no constituyen lesiones? Algunos como yo no lo queremos; otros, s�. Ese es el fondo de la discusi�n. Por las razones dadas, voy a apoyar esta norma. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se�or V�ctor P�rez. El se�or P�REZ VARELA.- Se�or Presidente, estamos discutiendo este proyecto y tenemos la presencia del Gobierno en la Sala producto de que en Chile existe un problema con la delincuencia, el cual genera alarma a nivel nacional. Por eso, hoy analizamos c�mo podemos enfrentar de forma m�s eficiente esa problem�tica. Y, sin duda, ella abarca un n�mero muy importante de temas, no solo uno; es un asunto m�s global. Sin embargo, existe una cuesti�n que a m� me parece b�sica y esencial: el Estado, el Gobierno, la sociedad poseen instrumentos para combatir la delincuencia: sus fuerzas policiales, de seguridad (Carabineros, Investigaciones, Gendarmer�a). Y resulta inconcebible que en la lucha contra la delincuencia no se est� dispuesto a respaldar a las fuerzas que, por mandato constitucional de la sociedad, est�n para garantizar la seguridad de los chilenos, dar eficacia al Derecho y mantener el orden p�blico. Es decir, Carabineros, Investigaciones y Gendarmer�a act�an en nombre de la sociedad para mantener la seguridad, la tranquilidad; para darle eficacia e imperio al Derecho que se analiza, se discute en el Congreso Nacional. Y a esas instituciones, a ese personal lo tenemos que respaldar. Es preciso decir con claridad que, si alguien agrede a un carabinero o a un detective, est� violando la ley y causando un da�o a la acci�n del Estado en la mantenci�n de la tranquilidad p�blica y el combate contra la delincuencia. Si no lo hacemos, estaremos debilitando la acci�n del Estado en defensa de los ciudadanos. Estoy seguro de que una de las mayores peticiones que reciben los Senadores y Senadoras de las personas en los barrios, en las poblaciones de sus circunscripciones es que exista dotaci�n policial. La gente pide mayor cantidad de polic�as porque tiene la seguridad de que es el carabinero o el detective quien va a proteger a sus familias. Esta concepci�n ciudadana debe tener una expresi�n en la ley. En otras palabras, ese funcionario que act�a en nombre de la sociedad para resguardar la normativa, ese funcionario que va a darle eficacia al Derecho debe estar protegido, de modo que si alguien lo agrede, aunque no le cause lesiones, sepa que est� cometiendo un delito. De lo contrario, si eso no es considerado as�, lo que estamos haciendo es debilitar el accionar de las fuerzas que el Estado y la sociedad ponen a disposici�n de los ciudadanos para mantener la seguridad p�blica. Por eso, a mi juicio, esta norma es fundamental, de sentido com�n y de una l�gica irrebatible. �Respaldemos a nuestras polic�as! �Respaldemos a quienes nos dan seguridad! �Respaldemos a quienes combaten la delincuencia en nombre de la sociedad! �Respaldemos a quienes recorren nuestros barrios, nuestras poblaciones, nuestros sectores rurales en la noche, d�ndonos la tranquilidad! �Respaldemos a las polic�as! Ese respaldo debe ser claro y concreto: quien agrede a un carabinero o a un detective comete un delito. De no establecerse una norma de esa naturaleza, vamos a estar debilitando la funci�n de los carabineros, los detectives y los gendarmes, y desaprovechando toda la capacidad que tiene el Estado para combatir la delincuencia. Por ello, se�or Presidente, los argumentos jur�dicos que se han dado en este debate deben estar inspirados b�sicamente en una decisi�n pol�tica, de Estado: el respaldo absoluto a nuestras polic�as. Una polic�a que no es respaldada adecuadamente no va a poder cuidar bien a la ciudadan�a ni va a poder combatir con fuerza a los delincuentes, y ser� muy dif�cil que mantenga la seguridad de todos y cada uno de los ciudadanos. Si alg�n carabinero o detective transgrede normas legales, sin duda debe ser sancionado. Pero eso pasa necesariamente por que la labor policial sea respaldada. Se�or Presidente, vamos a votar favorablemente este proyecto de ley. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Quiero recordar que estamos votando el art�culo 3�, numeral 1), letra c), que sustituye el numeral 4� del art�culo 416 bis del C�digo de Justicia Militar y que se encuentra en la p�gina 117 del bolet�n comparado. Como se�alamos, existen normas id�nticas para el caso de Gendarmer�a y de la Polic�a de Investigaciones. Tiene la palabra el Senador se�or De Urresti. El se�or DE URRESTI.- Se�or Presidente, luego de escuchar las �ltimas intervenciones, me surge la reflexi�n de que quienes han hecho estos alegatos no han le�do el proyecto de ley que se somete a discusi�n ni han participado en la arquitectura jur�dica que se ha establecido, precisamente, para proteger y dar herramientas al Ministerio P�blico, a las Polic�as y a los distintos organismos que participan en el combate de la delincuencia. Es falsa la dicotom�a entre los que buscan proteger a Carabineros y los que no. Yo pido igualdad y control democr�tico en relaci�n con las atribuciones que estamos entregando. En primer lugar, debemos entender lo que se vota. La enmienda al numeral 4� del art�culo 416 bis del C�digo de Justicia Militar tuvo su origen en una indicaci�n presentada, entre otros, por el Senador Espina. El art�culo 416 bis se�ala: "El que hiriere, golpeare o maltratare de obra a un carabinero que se encontrare en el ejercicio de sus funciones, ser� castigado:...". Luego viene un conjunto de normas, en algunas de las cuales hemos subido la penalidad. Y el numeral 4� propuesto establece: "Con presidio menor en su grado m�nimo si le ocasionare lesiones leves o maltrato f�sico, aun cuando este �ltimo no dejare se�ales visibles". Esa es la discusi�n que queremos realizar. Porque, a trav�s de esta disposici�n se est�n alterando las reglas generales en materia de lesiones, ya que no se pueden constatar. Nosotros sabemos que la propia tarea de Carabineros y de las distintas instituciones policiales es de refriega, de contacto f�sico. Y ac�, sin ninguna justificaci�n, se se�ala: "aun cuando este �ltimo no dejare se�ales visibles". Ello viene a desestructurar el delito de lesiones en nuestro ordenamiento jur�dico. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Ruego a los se�ores Senadores guardar silencio. El se�or DE URRESTI.- Porque, precisamente, siendo un delito de resultado, es fundamental constatar esas lesiones. Nosotros no estamos restando protecci�n a Carabineros. Al contrario, deseamos que se sometan a los procedimientos que se aplican en esta materia. �C�mo se constatan las lesiones? Constat�ndolas. �C�mo se conoce su magnitud, para establecer el tipo de lesiones que se han ocasionado? Con el correspondiente informe. Esta letra va a traer problemas e inconvenientes. Cuando Carabineros detiene a alguien, especialmente en movilizaciones, se produce una refriega. Nunca vamos a estar de acuerdo con agresiones a carabineros con palos, bombas, etc�tera. Las condenamos. �Por favor, no hagamos una caricatura! Pero s� podemos sostener, fehacientemente, que esta norma viene a alterar por completo la regla en materia de lesiones en nuestro pa�s. �Por qu� introducirla ac�? �Por qu� eximir a las polic�as de la constataci�n de lesiones? Eso es algo que realmente no corresponde. En seguida, se han dicho cosas que no se condicen con la realidad. Por ejemplo, que quien agrede a un carabinero tiene absoluta impunidad. Cabe recordar -especialmente para los Senadores que lo han argumentado- que el art�culo 261 del C�digo Penal se�ala expresamente: "Cometen atentados contra la autoridad:" (...) "2� Los que acometen o resisten con violencia, emplean fuerza o intimidaci�n contra la autoridad p�blica o sus agentes, cuando aqu�llas o �stos ejercieren funciones en su cargo". �Y me se�alan que no hay condenas! En marzo de 2016 se public� la siguiente noticia: "Condenan a barrista por atacar a carabinero en Valpara�so". Y se inform� especialmente que: "En principio, se le imputaba el delito de maltrato de obra a Carabineros, pero, ante los antecedentes presentados, el Tribunal estableci� que el caso ameritaba la figura de atentado contra la autoridad". Esto es atentado contra la autoridad. Entonces, no hagamos el alegato de que no estamos protegiendo a nuestros carabineros, a nuestras polic�as. Todo lo contrario. Y ahora se suben considerablemente las penas para quienes los atacan. Sin embargo, estimamos que eximir la constataci�n de lesiones va m�s all� de lo que hemos planteado, de lo que son las reglas generales y, simplemente, altera -insisto- el tratamiento de las lesiones. El C�digo Penal consagra estas herramientas. De modo que ser� trabajo... �Me permite un minuto adicional, se�or Presidente? El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- S�, se�or Senador. El se�or DE URRESTI.- Gracias, se�or Presidente. Dec�a que ser� responsabilidad del Ministerio P�blico y de las propias Polic�as hacer el trabajo adecuado. Solo pido que, como norma, no utilicemos argumentos falaces para hacer una divisi�n entre quienes desean proteger a nuestras fuerzas policiales y quienes no. Todo el respaldo para ellas. Por eso hemos subido las penas. Pero esta situaci�n excede lo planteado en el proyecto y -reitero- altera la regla de tratamiento del delito de lesiones. Porque, si no hay constataci�n de estas, no se puede condenar a alguien. Ello implicar�a establecer un tipo penal en blanco, lo que puede acarrear, incluso, problemas adicionales a los que se pretende combatir. He dicho. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora se�ora Van Rysselberghe. La se�ora VAN RYSSELBERGHE.- Se�or Presidente, he escuchado con mucha atenci�n el desarrollo de este debate. Efectivamente, ac� hay un tema de fondo que, de alguna manera, hace que tengamos visiones absolutamente distintas sobre la materia. Por un lado, est� lo planteado por el Senador que me antecedi� en el uso de la palabra sobre el respaldo y la defensa a Carabineros. Por cierto, a lo mejor no es lo mismo que alguien le pegue una cachetada o un empuj�n a un carabinero, que tirarle una bomba molotov. Pero en ambos casos encontramos algo muy relevante y que la ley debe resguardar: el respeto a la autoridad. Se supone que las leyes tienen que proteger lo que es importante para una sociedad. Y creo que muchos de los problemas que enfrentamos hoy en d�a se deben a que la sociedad ha ido perdiendo el respeto. Considero que la autoridad -en este caso, Carabineros, de acuerdo a lo que he escuchado en las intervenciones que me han antecedido- est� en una situaci�n de ventaja en cuanto al uso de la fuerza. Pero, si abusan de esa ventaja, ello ha de ser considerado como una agravante. Lo que no puede ocurrir es que hoy d�a, como sociedad y como legisladores, estemos dando la se�al de que da exactamente lo mismo que cualquier persona pueda empujar a un Carabinero o tirarle un escupo, porque no le pasa absolutamente nada, ya que esa es una lesi�n menor, que no deja ning�n tipo de secuelas, por lo que no se considera un delito. En verdad, nosotros tenemos la obligaci�n de respaldar a Carabineros. Porque, si les estamos dando el mandato de resguardar nuestra seguridad, el orden p�blico; si les estamos diciendo que deben arriesgar su integridad f�sica para cumplir con esas responsabilidades, entonces tambi�n debemos entregarles la autoridad para que puedan cumplir su misi�n de buena manera. Si ellos abusan de esa autoridad, sin duda que tienen que ser fuertemente sancionados, y su castigo debe ser mayor, probablemente, que el de una persona com�n y corriente. Pero tambi�n es cierto que esa autoridad debe revestirse del poder necesario para cumplir su funci�n. Me alegro mucho de que estemos debatiendo esta materia hoy d�a. Porque, a mi juicio, este es un tema de fondo. Uno de los Senadores que me antecedi� en el uso de la palabra mencion� el caso de los jugadores de la selecci�n chilena de f�tbol que le faltaron el respeto a la polic�a en Canad�. La verdad es que nadie en ese pa�s se escandaliz� porque ellos tuvieran que hacerse responsables de sus actos. Sin embargo, en Chile, cualquier ni�o, joven o adulto empuja, escupe o patea a un carabinero y no sucede absolutamente nada. Y creo que gran parte de los males de nuestra sociedad son el resultado de que en ese tipo de situaciones somos extremadamente permisivos. Por lo tanto, si esto se aprueba, vamos a avanzar en el sentido correcto. Y me alegro profundamente de que estemos dando esta discusi�n. Por esa raz�n, voy a votar a favor. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Navarro. El se�or NAVARRO.- Se�or Presidente, estamos debatiendo un art�culo que tiene un pecado de origen, un pecado original. Estamos discutiendo la modificaci�n del art�culo 416 bis del C�digo de Justicia Militar. Y me surgen algunas interrogantes. La PDI, Carabineros y Gendarmer�a, �forman parte de las Fuerzas Armadas? �Por qu� el C�digo de Justicia Militar se usa en tiempos de paz? Efectivamente, el C�digo de Justicia Militar es para tiempos de guerra. Sin embargo, hasta su �ltima modificaci�n, muchos j�venes en Chile fueron citados a la Fiscal�a Militar, procesados y mantenidos en esta situaci�n durante largos a�os, producto de que el C�digo establec�a que esos procedimientos deb�an llevarlos la Justicia Militar y un fiscal militar. La garant�a de que hubiera una acci�n independiente de ese fiscal militar era casi nula. Era m�s bien risible. Creo que lo que hoy se plantea es una falsa dicotom�a. Los que estamos en contra de sancionar a quienes agreden o maltratan f�sicamente a carabineros pensamos que se necesita una norma que no permita que se abuse de ella y, segundo, que no se convierta en una disposici�n que al final termine desprestigiando o debilitando la credibilidad de Carabineros, la PDI o Gendarmer�a. La frase "no dejare se�ales visibles" abre un �mbito de arbitrariedad que va a ser peor que lo que se quiere subsanar. He escuchado a la Senadora Van Rysselberghe, al Senador Allamand y al Senador Espina, y comparto plenamente con ellos que no puede haber una ofensa, en los t�rminos que se ha se�alado, que quede sin sancionar. Pero la norma que se est� implementando establece que ella debe ser castigada aun cuando "no dejare se�ales visibles". El mismo Senador Alejandro Guillier cont� que lo detuvieron y que arriba del bus un carabinero le dijo que en realidad estaba acusado de maltrato de obra o maltrato f�sico a miembros de la instituci�n. �La norma est� mal dise�ada! �Ni lo uno ni lo otro! Estamos discutiendo una norma, introducida por una indicaci�n parlamentaria, que no va a tener como resultado lo que quieren los Senadores Espina y Allamand. No va a lograr que haya una sanci�n. Quiero decir que esta redacci�n es la arbitrariedad m�s grande. Y, como sabemos, ha habido mucha arbitrariedad. Aun cuando no haya "se�ales visibles", habr� acusaciones, lo cual va a desprestigiar la credibilidad de la polic�a uniformada. Y, como contrapartida, cuando existan, va a ser como el cuento de Pedrito y el lobo: �Cu�ndo es verdad? �Cu�ndo es mentira? Nos vamos a llevar intentando demostrarlo. Si existieran antecedentes visuales, fotograf�as, podr�a ser, pero la mayor�a de las veces no se acompa�a ese tipo de pruebas en estas acusaciones, sino m�s bien se limita a la voz de aquel que declara que, si bien no qued� ninguna se�al visible, hubo maltrato. Siento que estamos haciendo un flaco favor, porque al final va a depender del tipo de persona que se vea involucrada en los hechos. No es lo mismo un ciudadano com�n que un delincuente con un largo prontuario. Y la norma no distingue. Simplemente se�ala: "aun cuando este �ltimo no dejare se�ales visibles.". Se han producido diversas acciones de una polic�a que es civil, no militar; que act�a con civiles, no con militares, y que tiene una preparaci�n, una formaci�n y un rol distintos. Efectivamente, debe existir un trato diferente para ciudadanos y para delincuentes. Y sin embargo en esta norma estamos metiendo juntos a unos y otros: a delincuentes peligrosos, capaces de matar a un carabinero, y a personas que solamente reclaman respeto a su integridad f�sica y a su condici�n de ciudadanos. Se incluye la frase "aun cuando este �ltimo no dejare se�ales visibles". Yo me pregunto: �Es la f�rmula m�gica para evitar que un maltrato quede sin sanci�n? Se va a generar una gran controversia. Yo estoy disponible para una redacci�n que castigue el maltrato f�sico, que es un acto inaceptable, cuando este se halle probado, incluso con testigos. Pero la frase "aun cuando no dejare se�ales visibles" se va a prestar para las mismas arbitrariedades que durante d�cadas tuvo que sufrir la ciudadan�a de parte de la Justicia Militar. Por lo tanto, se�or Presidente, creo que la norma no resuelve el problema. Quienes la han planteado tienen una posici�n que yo comparto, pero el precepto propuesto es absolutamente inadecuado y puede ser hasta contradictorio. Por eso, se�or Presidente, lo voy a votar en contra. �Patagonia sin represas! �Nueva Constituci�n, ahora! �No m�s AFP! El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Coloma. El se�or COLOMA.- Se�or Presidente, primero me quiero hacer cargo de la duda escatol�gica planteada por el Senador Navarro respecto a lo que es o no pecado original en relaci�n con esta disposici�n. Esto, para pesar del Senador Navarro, est� ah�. Y lo que no podemos hacer, en este Parlamento, es pretender que las cosas sean distintas de lo que son. Si uno ve cualquier resoluci�n de los tribunales, nota que todas hacen referencia al entorno en que se desempe�a la dotaci�n de Carabineros. Entonces, si sus deseos vinieran acompa�ados de un nuevo texto en materia penal, uno podr�a entenderlo. Pero lo concreto es que, si queremos dar un paso en favor de la instituci�n, lo que se debe hacer es modificar este art�culo. No hay otra alternativa. Y no porque ni el Senador Navarro ni yo no queramos. �No es una cosa del Esp�ritu Santo! Es porque, desde la perspectiva penal, se halla establecida de esta manera. No hay otro lugar donde poder plantearlo as�. Y aqu� entramos a lo segundo, que es el tema de fondo. Una medida de esta naturaleza, �ayuda o no ayuda a Carabineros a enfrentar su tarea, la que suele ser llevada -lo hemos visto en m�ltiples ocasiones- con un sentido de sufrimiento y menoscabo, y con maltrato, bastante m�s seguido de lo que, lamentablemente, uno puede imaginar? Para m�, se�or Presidente, esto es muy decisivo. Como muchos de nosotros, revis� legislaci�n comparada y me ha tocado estar en otros pa�ses que tienen una normativa equivalente a esta. Y la verdad es que all� se ha producido un cambio brutal, positivo, justamente en funci�n de los ciudadanos. Los derechos de los ciudadanos son muy importantes, pero estos tambi�n tienen deberes. Y, si uno quiere que el sistema funcione de manera correcta, se�or Presidente, a m� me parece que es de la esencia de una discusi�n razonable colocar que los ciudadanos tendr�n como deber el no maltratar f�sicamente a un carabinero. Ahora, si alguien afirma que esto mismo existe en otras partes de nuestro ordenamiento jur�dico, que me diga d�nde, porque lo �nico claro es que no hay aplicaci�n pr�ctica de ninguna norma. Y hoy uno puede percibir claramente una conducta muy diferente seg�n la legislaci�n que haya. La Senadora Van Rysselbergue hizo referencia a la situaci�n que se vive en Canad�. Yo conozco m�s el sistema de Estados Unidos, que es categ�rico. Un ciudadano puede reclamar, plantear, pero jam�s va a poder amenazar, maltratar. Adem�s, se�or Presidente, para estos efectos Carabineros es un s�mbolo de autoridad. Y es importante cuidar los s�mbolos. Entonces, si uno no tiene conciencia de que, junto con los s�mbolos, junto con las facultades, hay que generar una defensa de lo que ellos implican, al final, cualquiera que sea el concepto que tenga, va a terminar debilitando a la autoridad. �Qu� cosa le hace m�s mal a una sociedad que la imagen de un carabinero maltratado? Lo �nico que le hace peor es ver impunidad respecto de ese maltrato. La forma de no debilitar a las instituciones es justamente guareci�ndolas con aquellas facultades de las que no disponen. Ello, en este caso, har�a una diferencia sustancial, a mi juicio y a juicio de muchos, en cuanto a c�mo entender la armon�a entre los derechos y deberes ciudadanos y los derechos y deberes de Carabineros. Ah� est� el tema de fondo. Yo s� que vamos a ver m�s adelante -probablemente, en una pr�xima semana- el control de identidad, pero esto tambi�n es fundamental, porque, al final, define el modo como el Congreso entiende que debe protegerse a la autoridad y a quienes se les entregan responsabilidades muy severas. �Si ser carabinero no es un privilegio! �Es un sentido del deber, al cual nosotros debemos dotar con una autoridad guarecida! Ah� est� la esencia del esfuerzo que debemos hacer si realmente queremos dar un paso significativo. Ahora, si alguien me dice que hoy el sistema funciona bien, que no hay nada que cambiar, que estamos ganando la batalla, no solo frente a los delincuentes, sino frente al respeto de la instituci�n, �no hagamos nada! Yo soy de aquellos que creen que hay mucho que hacer. Me parece que esta legislaci�n, en general -y lo quiero decir-, avanza bastante. Pienso que quienes estuvieron en la Comisi�n (el Ministerio del Interior, el de Justicia) realizaron un trabajo muy relevante. Pero no nos equivoquemos: no avanzar y dar un paso atr�s en esta materia ser�a, a mi juicio, letal. Por eso, voto a favor. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Espina. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, simplemente quiero hacerme cargo de dos o tres argumentos que se han vertido, pues me interpreta mucho la opini�n de los parlamentarios. Me voy a referir a algo que manifest� la Senadora Adriana Mu�oz, a quien quiero mencionar expresamente. En primer lugar, aqu� no estamos en el caso de las lesiones, sino en el caso de lo que nosotros mismos hemos definido como maltrato f�sico. Las lesiones, para ser tales, tienen que dejar rastros f�sicos. As� lo indica la doctrina de nuestro pa�s. Por eso, el numeral 4� se�ala: "4�. Con presidio menor en su grado m�nimo si le ocasionare lesiones leves o maltrato f�sico". �O maltrato f�sico! Quiero preguntarle a la Senadora Mu�oz -por su intermedio, se�or Presidente-, con todo el afecto y cari�o que ella sabe que le tengo, �qu� ocurre si en la calle una persona le pega una cachetada o una patada a una carabinera y no le deja rastros f�sicos, porque la funcionaria iba cubierta con su uniforme (algunas trabajan en Fuerzas Especiales y la se�ora Senadora las debe de haber visto)? La unanimidad de la jurisprudencia chilena -�la unanimidad!- se�ala que las normas del C�digo Penal no se aplican al estatuto jur�dico de Carabineros, porque dicha instituci�n se rige por un cuerpo especial que es el C�digo de Justicia Militar. No estoy refiri�ndome a la parte de los tribunales militares -porque yo soy partidario de modificar esas disposiciones-, sino a la tipificaci�n de los delitos. Si a una funcionaria de Gendarmer�a -s� que la se�ora Senadora hace terreno no solo desde que integra esta Corporaci�n, sino desde que fue Diputada- la escupe y le pega un delincuente, �qu� hace esa mujer? �D�ganme qu� hace! Porque un escupo no constituye lesi�n; no deja lesiones f�sicas que sea posible constatar. Una cachetada, si la gendarme trata de acreditarla, probablemente, cuando termine su turno, tampoco deja rastro f�sico. Lo mismo una patada pegada por la espalda o un agarr�n. �Es normal -d�ganme con toda franqueza- que a una carabinera o a un carabinero, a una polic�a o a un polic�a, a una gendarme o a un gendarme, se les inflija un maltrato de esa naturaleza y no exista ninguna sanci�n, salvo que ellos contraten un abogado personal y se querellen? D�ganme qui�n de esos funcionarios va a tener plata o recursos personales para interponer una querella criminal por injurias. �Porque eso es una injuria! �Saben lo que pasa, estimados colegas? Aqu� nosotros no estamos inventando leyes para querer perjudicar a la ciudadan�a. �Esto es algo que se est� pidiendo! Yo puedo decirles que he conversado el tema con el personal y representantes de las instituciones y que han sido ellos los que me han dicho: "�Por favor, prot�jannos de esto!". Segundo, el Senador Navarro plante� un punto muy de fondo, que yo comparto. "�C�mo se prueba el maltrato?", se pregunta �l, porque, agrega, podr�a ser muy f�cil invocarlo: un o una gendarme, un o una polic�a -porque los funcionarios pueden pertenecer a ambos sexos-, se ponen de acuerdo con otros tres colegas que trabajan con ellos y dicen: "Me peg�". �No hay tribunal de garant�a en Chile que vaya a aceptar el testimonio de compa�eros de trabajo, aun cuando todos est�n contestes en los hechos y en las circunstancias, m�s a�n en un sistema como el nuestro, en que para condenar no debe existir duda alguna! En el sistema antiguo, que operaba bajo el modelo de la prueba legal o tasada, aquello se llamaba "tacha de testigos". El sistema nuevo opera sobre la base de la sana cr�tica. No va a existir un tribunal de garant�a que no diga: "Mire, �con qu� me quiere acreditar usted que le pegaron? �Con el testimonio de dos carabineros que se hallaban en el lugar? �Se�or, esa es, obviamente, una prueba parcial! Tr�igame un video, tr�igame una filmaci�n, cualquier prueba objetiva que me demuestre efectivamente que el delito se ha cometido". Porque un juez de garant�a tiene el deber de resguardar los derechos del imputado, pero tambi�n los de la v�ctima. Por lo tanto, cuando se trate del imputado, va a decir: "�Momentito, pru�beme el delito!". Por lo tanto, la disposici�n planteada es de todo sentido com�n. No afecta las normas relacionadas con las lesiones porque no apunta a una lesi�n: se refiere al maltrato y a la ofensa diaria. �A eso apunta! Preg�ntenles a las funcionarias de Gendarmer�a cu�ntas veces les pegan una cachetada o un agarr�n. �Y eso no tiene ninguna sanci�n? �Ninguna? �O ellas deben partir corriendo donde el juez a decirle: "Mire, me pegaron una patada? �Me da treinta segundos m�s, se�or Presidente? El se�or LAGOS (Presidente).- Puede continuar, se�or Senador. El se�or ESPINA.- Gracias. Algunos sostienen que estamos proponiendo una norma que establece que no es necesario probar el maltrato. �Falso! �Todos los delitos en Chile se tienen que probar! �Todos! �Sin excepci�n! Por lo tanto, si alguien quiere probar que lo agredieron, tendr� que mostrar una filmaci�n donde salga el rostro del agresor -f�jense: tiene que aparecer el rostro-, acreditar su identidad y adem�s contar con otros medios probatorios distintos del testimonio de compa�eros de trabajo. Porque, si se recurre a esto �ltimo, todos los jueces de garant�a van a se�alar: "Mire, aqu� hay un inter�s comprometido, pues se trata de personas que realizan la misma gesti�n y tienen la misma profesi�n". La norma, se�or Presidente, constituye una defensa contra el maltrato diario que se inflige a gendarmes -hombres y mujeres-, polic�as -hombres y mujeres- y carabineros -hombres y mujeres- y que hoy queda en la impunidad. La se�ora MU�OZ.- �Me da la palabra, se�or Presidente? He sido aludida directamente. El se�or COLOMA.- �Al final, se�or Presidente! El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora se�ora Mu�oz. La se�ora MU�OZ.- Se�or Presidente, ese es el problema cuando se alude directamente a un parlamentario, y la reacci�n debe ser en el momento. Solo quiero se�alarle al Senador Espina, a quien estimo desde que �ramos Diputados, que hay agarrones a mujeres todos los d�as: en la calle, en el metro. Y hoy existe un debate acerca del acoso sexual callejero, que queda impune. Est� bien, los funcionarios de Carabineros, Gendarmer�a y la PDI representan a la autoridad y est�n para resguardar el orden p�blico, pero eso no da p�bulo para que en una ley se haga una diferencia tan grande entre ellos y el resto de la ciudadan�a. El otro d�a hice alusi�n -y lo convers� con el Ministro Burgos- a la situaci�n que se produjo cuando algunas mujeres se manifestaban contra los once femicidios. Las palabras que las carabineras y los carabineros les dijeron son irreproducibles, pero s� les puedo asegurar que constituyen una ofensa a la dignidad de las mujeres. �Una ofensa! �Qui�n defiende a esas mujeres, que fueron ofendidas, ultrajadas, tiradas de los cabellos, mojadas, empujadas al suelo, etc�tera? �Qui�n las defiende? �Las tuvieron presas seis, siete horas! Entonces, aqu� -insisto- hay un desnivel. Yo no soy abogada ni manejo los t�rminos de la ciencia jur�dica, pero creo que los art�culos 261 y 262 del C�digo Penal atienden esas situaciones. El Senador De Urresti dio ejemplos de c�mo, operando ese articulado, se ha dado atenci�n a las ofensas contra carabineros, gendarmes, etc�tera. Entonces, yo mi pasi�n la pongo desde el punto de vista ciudadano. Claro, hay que proteger a los carabineros. Si una uniformada o un uniformado recibe una cachetada en la calle, bueno, tendr� que acogerse a las disposiciones del C�digo Penal. Pero, si una mujer es insultada en forma vejatoria por un carabinero, �c�mo lo demuestra? La balanza, la proporcionalidad, se�or Presidente, est� superoscura. El l�mite entre orden p�blico y respeto a las fuerzas de Carabineros, de Gendarmer�a, etc�tera, es supertenue. �Supertenue! A mi juicio, esta norma es riesgosa. Y la considero innecesaria. Adem�s, se compara a Carabineros de Chile con las polic�as de Alemania, de Austria, de Francia. �Por favor! �Ustedes conocen la formaci�n que reciben esas fuerzas policiales? �Conocen sus mallas curriculares? �Son muy distintas! Creo que la educaci�n que se imparte en Carabineros ha avanzado mucho, pero no son situaciones comparables. La violencia que ejercen sus funcionarios contra mujeres o j�venes que participan en alguna manifestaci�n no habla muy bien de la formaci�n que est�n recibiendo en cuanto a equilibrar el orden p�blico con las libertades ciudadanas. Por eso, se�or Presidente, sigo insistiendo, como ya lo han hecho otros colegas, en que estamos frente a una norma absolutamente innecesaria. El se�or LAGOS (Presidente).- A pedido de un par de Comit�s, propongo suspender la sesi�n por unos diez minutos para ver c�mo seguimos tramitando este proyecto, dado el tiempo que nos queda por delante para despacharlo. La se�ora P�REZ (do�a Lily).- Estamos en votaci�n, se�or Presidente. El se�or WALKER (don Ignacio).- As� es. El se�or HARBOE.- Llame a reuni�n de Comit�s pero sin suspender la sesi�n, se�or Presidente. El se�or LAGOS (Presidente).- Tienen raz�n. Entonces sin suspensi�n porque estamos en votaci�n. Tiene la palabra el Senador se�or Quinteros. El se�or QUINTEROS.- Se�or Presidente, despu�s de escuchar las argumentaciones que se han esgrimido, m�s me convenzo de mi voto en contra. Estoy de acuerdo en que se deben establecer normas que den mayor protecci�n a Carabineros. Ese no es el tema por discutir. Pero debemos ser rigurosos en la redacci�n de los textos que incorporamos, pues, de otro modo -como ac� ha quedado demostrado-, se corre el riesgo de dictar normas que, m�s que proteger, puedan generar problemas de interpretaci�n y, por esta v�a, prestarse para el cuestionamiento de la acci�n policial, perjudicando sin querer su accionar. En efecto, la modificaci�n propuesta al C�digo de Justicia Militar contempla una sanci�n ya no solo para las lesiones leves que se le ocasionen a un funcionario policial, sino tambi�n para el "maltrato f�sico, aun cuando este �ltimo no dejare se�ales visibles". En primer lugar, debo mencionar que esta propuesta no es del Ejecutivo. Adem�s, no tiene en cuenta que las lesiones son delitos de resultado, en que su penalidad se grad�a de acuerdo a su entidad y seg�n el tiempo de incapacidad que provoquen. La indicaci�n que estamos discutiendo trata de la misma manera, con igual disvalor, una lesi�n leve (una equimosis, un golpe, una erosi�n), y otra que no tenga ese car�cter, como el maltrato f�sico (un empuj�n, el adem�n para impedir el uso de la fuerza, o el gesto instintivo de una mujer que aparta las manos de un carabinero). Son situaciones muy distintas. Y, adem�s, las lesiones que no dejan evidencia hoy tambi�n pueden ser perseguidas bajo la figura del atentado a la autoridad. Lo que se pretende, entonces, es sancionar penalmente como lesiones conductas que no lo son, como el maltrato que no dejare evidencias, con lo cual se crea lo que los especialistas denominan "leyes penales en blanco", en que el tipo penal no es preciso, sino ambiguo y abierto a la interpretaci�n. No olvidemos que estas son leyes penales, en las que se exige el m�s alto est�ndar en su redacci�n, y esa condici�n no se cumple en este caso. Por lo tanto, voto en contra de esta indicaci�n. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Zald�var. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se�or Presidente, efectivamente, al igual que el Senador que me antecedi�, he escuchado con gran inter�s el debate, y la verdad es que muchas veces se pueden sacar conclusiones bastante contradictorias. Lo digo, porque yo entiendo el sentido de la disposici�n en votaci�n: tratar de evitar que la Fuerza P�blica se sienta disminuida, desvalorizada en cuanto a las agresiones de que pueda ser objeto por parte de un civil. Efectivamente, se trata de aplicar una pena respecto a la cual, si se ve lo que se�alan los art�culos 262 y 261 del C�digo Penal, yo estar�a de acuerdo con lo que plantea el proyecto, pues creo que las polic�as chilenas, a pesar de lo que manifest� una Senadora, tienen tan buena formaci�n como la austr�aca, como la alemana, e incluso, como la americana. En tal sentido, quiero rescatar a Carabineros, porque es una polic�a ejemplar. Realmente debemos reconocer que cumple bien sus funciones, sin perjuicio de los errores que puede cometer. Efectivamente, aqu� se consagra una pena de presidio menor en su grado m�nimo. Yo lo habr�a votado sin problemas. Mi duda radica en cuanto al hecho de subir tanto la pena. Recordemos que en el art�culo 262 se aplica una multa o una pena de reclusi�n menor en su grado medio. Es decir, se va de la multa a los 61 d�as. Esto es bastante razonable en caso de que una persona cometa un acto de ese tipo. Y, como ha dicho el Senador Espina, ello tiene que ser probado. No basta con decir: "Mire, a m� me dieron un empuj�n, o me pegaron una patada". Eso debe acreditarse. Y, si no, no podr� ser sancionado. En tal sentido, uno tiene que confiar en que los jueces y los tribunales actuar�n con ese razonamiento. No es el momento de hacerlo, pero a m� me habr�a gustado que este art�culo contemplara una pena equivalente a la del 262. A lo mejor, el art�culo 261 tuvo la misma intencionalidad que la norma en votaci�n. Y aqu� se ha discutido si se aplica o no el art�culo 261 en relaci�n con la pena fijada en el 262. Sinceramente, tengo dudas entre abstenerme y votar a favor. Espero que la reflexi�n que realicemos en la Sala me permita tomar mi decisi�n final. Repito: me habr�a gustado solucionar este tema sobre la base de aplicar la misma pena del art�culo 262, que va de una multa a 61 d�as, y no una que puede llegar hasta los 541 d�as. Ello, a pesar de lo que nos dec�a el Senador Espina en el sentido de que, con todo el mecanismo de aplicaci�n de la escala de las penas, podr�a llegar a 61 d�as solamente. Considero que ser�a un exceso que, si, por ejemplo, una persona le diera un empuj�n a un carabinero en el fragor de una manifestaci�n -en estas circunstancias se producen hechos como ese-, le aplic�ramos una pena de 61 d�as de reclusi�n, aun cuando no cumpliera con la pena, No creo que sea positivo que reciba una sanci�n penal que deba quedar consignada en sus antecedentes. Por esa misma raz�n, postergar� mi votaci�n, para hacer una reflexi�n final, ya que estoy entre la abstenci�n y el voto afirmativo. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Bianchi. El se�or BIANCHI.- Se�or Presidente, la intervenci�n del Senador Zald�var me hace mucho sentido. Efectivamente, he hablado con Senadores que lideraron este trabajo, y puedo decir que tengo algunas dudas. Porque, en t�rminos jur�dicos, esto debiera rechazarse, considerando que, en el fondo, es un mal tipo penal. Entiendo el objetivo de esta indicaci�n. Aqu� se habla bastante de las instituciones de Carabineros, de la PDI, pero solo el Senador Espina hizo menci�n, como debi�ramos haber hecho durante todo el discurso, de Gendarmer�a de Chile. Esta instituci�n vive una situaci�n del todo grav�sima, se�or Presidente, en cuanto al trato para con Gendarmer�a, su situaci�n laboral, las precariedades con que debe enfrentar el d�a a d�a en sus distintas funciones. En consecuencia, estimo absolutamente necesario buscar mayores resguardos en esta materia para las funcionarias y los funcionarios que en el d�a a d�a deben enfrentar las situaciones se�aladas por casi todos quienes han hecho uso de la palabra. El punto radica en que aqu� se establece que para poder demostrar el acto en cuesti�n hay que contar con una grabaci�n. Claro, me parece del todo l�gico que as� sea, y no que se tenga que contar, por ejemplo, con dos testigos colegas de Carabineros, de la PDI o de Gendarmer�a. Es muy dif�cil demostrar esta situaci�n. De ah� que se�ale que estamos frente a un tipo penal algo d�bil. Por un lado, me hace mucho sentido aprobarlo; pero, por el otro, tambi�n abstenerme o rechazarlo. No lo tengo del todo claro. Escuch� la intervenci�n de la se�ora Senadora que me antecedi� en el uso de la palabra, que daba cuenta de conductas de total descriterio de carabineros o carabineras en un acto de mujeres hace un par de d�as aqu�, en Santiago, de las cuales fui testigo y las pude constatar. La se�ora P�REZ (do�a Lily).- �All�, en Santiago...! El se�or BIANCHI.- As� es. Porque estamos ac�, en Valpara�so. Y fui testigo -repito-, all�, en Santiago, de conductas de funcionarios de Carabineros del todo desmedidas en contra de mujeres que participaban en un acto absolutamente pac�fico, �totalmente pac�fico! Entonces, me sumo al criterio general de fijar resguardos para quienes cumplen una compleja funci�n, como la de Carabineros, de la PDI y de Gendarmer�a. Al tener que decidir entre abstenerme o votar a favor, me hace sentido la realidad que enfrenta Gendarmer�a. Y quiero insistir en eso, se�or Presidente. La manera en que esta gente (mujeres y hombres) cumple sus funciones es indigna. De hecho, todo lo que hoy estamos votando rebotar� en Gendarmer�a: aumentar las penas significar� m�s trabajo para esta instituci�n, porque ella recibir� las consecuencias. Mientras m�s penas de c�rcel existan, obviamente Gendarmer�a, de alguna forma, deber� asumir el control y ejercer una labor debido a lo que hicieron antes las polic�as. Es all� donde radica toda la situaci�n. Estoy indeciso, y quiero ser muy honesto al respecto, se�or Presidente. No tengo clara mi votaci�n final. Coincido con el Senador Zald�var en esta materia. Porque insisto en que debi�ramos haber buscado jur�dicamente algo mucho m�s realizable, algo que de verdad fortaleciera y resguardara la funci�n de Carabineros, de la PDI y, de manera muy particular, muy especial, de Gendarmer�a. Por supuesto que es grave el maltrato f�sico. Pero cuando no es visible, cuando no es notorio, c�mo lo voy a demostrar, c�mo voy a ir a tribunales a comprobar lo que digo si ni siquiera pueden ser testigos mis propios colegas. No habr� otra forma de demostrarlo que mediante una grabaci�n. Hay un �nimo de colaborar con estas instituciones, que yo acojo y valoro, pero es probable que en la pr�ctica esto sea letra muerta. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or COLOMA.- Estamos en votaci�n. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- As� es, pero el se�or Ministro va a hacer una correcci�n. El se�or BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad P�blica).- Se�or Presidente, jam�s hablar�a con la pretensi�n de corregir. Lo que pasa es que soy Ministro del Interior y Seguridad P�blica nombrado por la Presidenta de la Rep�blica. Por lo tanto, soy el encargado de la relaci�n con Carabineros e Investigaciones, como lo mandan la ley pertinente y la Constituci�n. A prop�sito de este interesante debate, se ha hecho referencia varias veces al incidente ocurrido hace dos semanas, un d�a viernes, en la parte posterior de La Moneda con un grupo de mujeres -tambi�n hab�a hombres- que estaban manifestando, con justa raz�n, su preocupaci�n por la cantidad de femicidios que han ocurrido en lo que va del a�o, que ha importado alg�n aumento y da cuenta de un delito atroz. Y se ha se�alado, como si fuera un hecho definitivo y cierto, que hubo abusos de parte de Carabineros. Al efecto, se han efectuado denuncias tanto p�blicas como privadas. Hay Senadoras que se han acercado a manifestarme su preocupaci�n, y tienen toda la raz�n para hacerlo. Se est� llevando a cabo una investigaci�n interna. La informaci�n de que dispongo indica que la manifestaci�n era pac�fica, pero que se registr� un acto complejo, desde el punto de vista del orden p�blico: el intento de ocupar algunas v�as de la Alameda, habiendo tr�nsito a esa hora, con riesgo para los propios manifestantes. Se les pidi� que no lo hicieran y, en un primer momento, no las ocuparon. Sin embargo, poco despu�s hubo gente que se acost� en la calle. Esa situaci�n no justifica malos tratos: �jam�s lo har�!, porque tal como sostuvo el General Director de Carabineros, quien emiti� una declaraci�n al respecto, no corresponden los tratos contrarios a los derechos y a la integridad f�sica de las personas. Se est�n investigando tales hechos y tienen que analizarse. Pero no podemos partir del supuesto absoluto de que lo ocurrido solo fue responsabilidad de la fuerza p�blica, pues tambi�n se dio un tipo de manifestaci�n, no dir�a "violenta" pero s� compleja desde el punto de vista del manejo de la situaci�n, en plena calle y en un d�a con mucho tr�nsito. Lo sucedido tiene que determinarse con claridad a fin de ver si hubo abuso de autoridad. Y, si as� ocurri�, hay que representarlo. Pero tambi�n existen ciertos elementos que indican que no fue facilitada la acci�n de resguardar el orden p�blico. Adem�s, se trat� de una marcha sorpresiva: las personas no pidieron la autorizaci�n pertinente. Solo quer�a manifestar lo anterior para que se tuviera presente. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Muy pertinente su aclaraci�n, se�or Ministro. Tiene la palabra el Senador se�or Rossi. El se�or ROSSI.- Se�or Presidente, entiendo que este es un tema complejo, que se han formulado reparos de orden t�cnico y jur�dico. Sin embargo, desde la perspectiva de alguien que no es abogado, quiero plantear algunas reflexiones. La primera es que hoy no estamos en dictadura. Parece algo obvio, pero es importante se�alarlo porque efectivamente durante la dictadura las fuerzas de orden, las fuerzas policiales, el ej�rcito, se volcaron contra el pueblo que deb�an defender. Esa es una realidad que est� en los libros de historia y el pa�s lo sabe muy bien. Por lo tanto, creo conveniente hablar de lo que pasa en el siglo XXI. Claramente, hoy contamos con carabineros, con fuerzas policiales profesionales, que cumplen un rol fundamental para la seguridad p�blica. Hay que recordar que en una democracia somos nosotros, la sociedad, la que les encomienda la funci�n de resguardar el orden p�blico, de protegernos y de garantizar la seguridad de las personas con el prop�sito de que sean libres de desplazarse, de trabajar, en fin. O sea, la seguridad tiene que ver con la libertad de las personas. Y a Carabineros le entregamos esa potestad, esa responsabilidad, y tenemos que darle tambi�n las herramientas para que cumpla su cometido. De otra parte, es importante que a Carabineros se le respete. Esto no significa que haya abusos por parte de esa instituci�n. Hay que considerar que tambi�n se dan negligencias m�dicas, pero no por eso todos los m�dicos son negligentes. �No lo son! Por cierto, cuando exista un abuso por parte de Carabineros se deber� hacer la investigaci�n pertinente y establecer las sanciones disciplinarias que correspondan. Desde ese punto de vista, cuando se habla de lesiones no constatables les puedo decir como traumat�logo -trabaj� en la Posta Central durante varios a�os- que constatar algunos tipos de lesiones no es tan f�cil, porque muchas veces no dejan una huella evidente. En tal sentido, la historia cl�nica del paciente es muy importante. Por ejemplo, en el caso de un esguince cervical, �cu�l es el examen f�sico para detectarlo? La persona puede sentir gran dolor, y debo creerle que es as�. Tendr� que preguntarle cu�l fue el mecanismo que lo origin�. Lo menciono, ya que incluso un trauma m�s violento, como una patada fuerte, podr�a no dejar ninguna huella, ning�n s�ntoma, ning�n signo evidente. Pero, �dejar�a de ser agresi�n por ello? Esa es la pregunta que uno debe hacerse. Si no hay evidencia de una lesi�n, �el escupo, la patada, el combo dejan de ser una agresi�n? No. Son una agresi�n. �Tiene derecho el carabinero o su jefe a se�alar al agresor y sancionarlo el mismo? No. Aqu�, claramente, lo har� el juez. Se�or Presidente, pida un poco de silencio, por favor. El se�or LAGOS (Presidente).- Les ruego a los se�ores Senadores guardar silencio. Puede continuar, Su Se�or�a. El se�or ROSSI.- Gracias, se�or Presidente. Yo entiendo que siempre hay una carga ideol�gica que nos lleva a pensar y a recordar episodios oscuros de la historia. Pero creo que tenemos que ser capaces tambi�n de mirar el futuro, y la figura de Carabineros merece ser reivindicada y respetada, justamente por la confianza y la responsabilidad que nosotros le hemos dado. No puede ser que cualquier persona le pegue una patada a un carabinero, o que le lance un escupo y eso quede en la impunidad. Ello le resta autoridad para cumplir las funciones que nosotros mismos le encomendamos. Incluso, hay registros visuales de estas agresiones. Y, al final del d�a ser� el juez el que determinar� si hubo o no lesi�n. Por esas razones, voto a favor. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Garc�a. El se�or GARC�A.- Se�or Presidente, �qu� es lo primero que nos demanda la ciudadan�a cuando tenemos contacto con ella? Que le devolvamos la autoridad a Carabineros, que a sus funcionarios se los respete siempre. Si alguien le da un empuj�n a un polic�a uniformado, no va a quedar ninguna huella f�sica de la agresi�n. Si alguien le propina -como bien se�al� el Senador Espina- un palmetazo a una funcionaria de Carabineros, es bien probable que tampoco quede una marca f�sica. Pero todas esas acciones, a los ojos de la comunidad, constituyen una clara desautorizaci�n hacia Carabineros. Es esencial en el combate contra la delincuencia reforzar la autoridad de los funcionarios policiales: �que se sientan respaldados, que se sientan apoyados! En consecuencia, hay que votar a favor de la disposici�n en comento. Por otra parte, algunos Senadores han sostenido cosas que, a mi juicio, carecen de todo fundamento y se apartan mucho de la verdad. Por ejemplo, se ha dicho que la formaci�n de la polic�a en Alemania y en otras naciones europeas es muy superior a la chilena. �Eso no es verdad! Existe un reconocimiento un�nime a la formaci�n de nuestros carabineros. De hecho, vienen fuerzas policiales de muchos pa�ses a ser instruidas en las Escuelas de Carabineros y de Investigaciones, lo que constituye una clara valoraci�n hacia el profesionalismo con que Chile ha abordado esa tarea. Por lo tanto, m�s que cr�ticas, debemos hacer un reconocimiento a la s�lida formaci�n de nuestras polic�as. Tambi�n se ha preguntado: �c�mo vamos a penalizar un maltrato f�sico del cual no queda huella ni marca visible? Y se responde: "Habr� que dar fe solo de la denuncia del carabinero". �Eso no es as�! No bastar� la palabra del carabinero ofendido o agredido para demostrar que el hecho ocurri�. Se requerir�n pruebas (grabaciones, fotograf�as, declaraciones de testigos), que el juez apreciar� antes de decidir si hubo o no tal agresi�n. �Devolvamos la autoridad a Carabineros! �Apoyemos a Carabineros! Eso es lo que demanda toda la gente: de Izquierda, de Centro, de Derecha. �Toda la ciudadan�a! �Todos los pobladores! Porque quieren vivir m�s tranquilos, porque quieren vivir m�s seguros. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Letelier. El se�or LETELIER.- Se�or Presidente, no estamos en Estados Unidos ni en otros lugares donde no se ve la pr�ctica que se ha comentado. Algunos se han referido a Alemania o a Inglaterra, que es un pa�s que quiz�s prefiera el Senador que dijo que no le gustaban los dem�s casos. Cuando hay manifestaciones, uno quiere evitar ciertos problemas. Entonces es v�lido expresar: "No me gustan los encapuchados que tiran bombas molotov". Por cierto, a m� no me gustan. Y entiendo que con las normas que se est�n aprobando -no la modificaci�n que nos ocupa- esas personas van a ser duramente sancionadas. �En buena hora! Por otra parte, hay situaciones en las que carabineros golpean con sus lumas a las personas que detienen. Pero yo no he visto, hasta ahora, ning�n fallo que condene a alg�n polic�a uniformado por tortura, por uso excesivo de la fuerza, por andar pegando lumazos. �No lo he visto! Quiz�s el Ministro del Interior, ac� presente, pueda entregar alg�n antecedente al respecto. Estar�a feliz de saberlo. Yo represento a la comuna de San Francisco de Mostazal, entre otras. En ese lugar personas que estaban detenidas en la comisar�a fueron violentamente golpeadas. �Violentamente! Y siempre se conocen testimonios de lo que pasa en las manifestaciones p�blicas. En el caso de las mujeres que protestaban en contra del femicidio, hubo un uso abusivo de la fuerza policial. Yo no voy a repetir lo que indicaron muchas mujeres respecto de lo que les dec�an los carabineros. En esa manifestaci�n no hubo ninguna situaci�n de violencia de parte de las manifestantes, pero la violencia verbal de carabineros fue brutal. Ahora se nos dice: "Se debe crear una nueva figura penal". Yo no estoy de acuerdo, y no porque un carabinero lesionado no tenga derecho a presentar sus demandas. �No! Si un carabinero recibe un empuj�n y no hay pruebas que constaten el hecho -�no hay pruebas!-, el imputado puede terminar preso y privado de libertad de forma severa, pues se trata de la palabra del funcionarios p�blico contra la del ciudadano. En cambio, cuando una persona es golpeada o vejada por un funcionario policial, el afectado no tiene c�mo demostrar necesariamente el il�cito, a menos que haya un certificado de constataci�n de lesiones. Se�or Presidente, con la enmienda propuesta se generar�a un cuadro que me parece inconveniente en la realidad en que vivimos. Por cierto, no estoy cuestionando las facultades de Carabineros. Nos tratan de tirar esa carga con una facilidad tremenda y no reconocen el hecho de que hay polic�as uniformados que abusan de la fuerza. Muchos funcionarios de fuerzas especiales en ocasiones se exceden absolutamente de sus atribuciones. Y esas acciones quedan impunes, lo que resulta harto m�s grave que los casos de lesiones a carabineros en los que no quedan se�ales visibles. Ahora bien, un aspecto b�sico en un Estado de Derecho es c�mo generar las pruebas para acreditar los delitos. Sin embargo, la norma en an�lisis no contempla ninguna prueba. �Cu�l es el problema? Me habr�a encantado que estuviera presente el General Director de Carabineros para efectuar esa discusi�n. Todos reconocemos que dicha instituci�n cumple una funci�n social tremenda, y existe en el pa�s -en especial, en esta Sala- el mayor de los acuerdos para luchar contra la delincuencia y el crimen organizado. Por algo estamos aprobando las normas principales de esta iniciativa. Pero la modificaci�n propuesta desvirt�a el prop�sito de generar una construcci�n consensual en este �mbito. En mi opini�n, algunos colegas han extremado los argumentos. No comparto la posici�n del Senador Espina, pero respeto su punto de vista en esta materia. Si se acepta que no haya pruebas que acrediten la participaci�n de un ciudadano en un hecho punible, como es darle un empuj�n, una patada o lo que sea a un funcionario policial, aun cuando no queden huellas visibles de las lesiones, se entra a un espacio muy delicado. Cabe preguntar: �c�mo se generan las pruebas en un pa�s donde hay mucho clasismo; en un pa�s donde hay mucho racismo; en un pa�s donde, por desgracia, Carabineros de Chile no queda al margen de ser una de las instituciones donde estas cosas ocurren? �Y alguien va a salir en defensa de las instituciones? S�. El problema aqu� son las pruebas, se�or Presidente. En mi opini�n, con esta norma se fija un precedente muy muy complicado, que nos puede llevar por un p�simo camino. El se�or LAGOS (Presidente).- Me ha pedido intervenir el se�or Ministro, para hacer una aclaraci�n. Recuerdo que estamos en votaci�n. Tiene la palabra, se�or Ministro. El se�or BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad P�blica).- Se�or Presidente, ser� breve. El Honorable se�or Letelier me pidi�, muy comedidamente, que le se�alara jurisprudencia respecto de delitos de lesiones u otros en que el sujeto activo sea un carabinero y el sujeto pasivo, un ciudadano. Desde luego, m�s all� de las opiniones leg�timas de cada Senador sobre la enmienda en comento, no debe dar la sensaci�n de que un agente del Estado que lesiona a alguien o comete otro delito a�n mayor quedar� en la impunidad o que en ese �mbito no hay tipo penal. �La legislaci�n est� llena de esos tipos penales! �Violencia innecesaria, agresiones, lesiones! Uno podr� tener la sensaci�n de que tales acciones quedan impunes -y hay riesgos de impunidad, como en todo delito-, pero no cabe afirmar que los hechos referidos no est�n sancionados. �Por favor! �Est�n muy sancionados! Y a prop�sito de la petici�n que me formul� el Senador que me antecedi� en el uso de la palabra, quiero recordar que hace no muchos d�as la Corte Suprema de Justicia rechaz� recursos de casaci�n presentados en contra de la sentencia dictada por la Corte Marcial que conden� a un sargento en retiro de Carabineros a la pena de 400 d�as de reclusi�n, como autor de cuasidelito de homicidio de una persona. Hay bastante jurisprudencia que demuestra que los delitos cometidos por agentes del Estado en contra de personas, como el que se ha se�alado, tienen sentencia. Tales acciones no quedan impunes. Es importante destacar eso. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Tuma. El se�or TUMA.- Se�or Presidente, la iniciativa en an�lisis, que es indispensable sacar adelante, dice relaci�n con la demanda m�s sentida de la comunidad: superar la inseguridad. Sabemos que cada d�a hay m�s inquietud en la ciudadan�a por los hechos de violencia que se cometen. Por lo mismo, el coraz�n de este proyecto es lograr terminar con la impunidad de quienes atentan contra la vida, la seguridad y la propiedad de las personas. En este sentido, debemos enfocarnos en c�mo sancionar efectivamente a los delincuentes. Pero la enmienda puesta en votaci�n busca castigar a civiles por lesiones a carabineros, aun cuando no haya rastros visibles de ello. Nos parece una norma exagerada y una mala se�al para establecer un mecanismo de persecuci�n delictual que garantice equidad en la justicia. Aqu� se han dado ejemplos de lo que ocurre en Inglaterra, Canad� y otros lugares. Sin embargo, en ning�n pa�s del mundo existe una norma como la que propone el Senador Espina. �En ning�n pa�s del mundo! El se�or ESPINA.- �Renuncio al Senado si no la hay...! El se�or TUMA.- �Aceptamos encantados...! Yo, por lo menos, no conozco ninguna legislaci�n en ese sentido, se�or Senador. En verdad, en ninguna parte se sanciona a alguien por una lesi�n sin que se demuestre que efectivamente hubo lesi�n. �No se impone una pena por da�o sin el da�o! Ello va contra todo el sentido com�n. En lo personal, estoy por proteger la integridad de los carabineros. Y respecto de Gendarmer�a, deber�a existir una legislaci�n especial en ese �mbito, pues las condiciones en que sus funcionarios se desempe�an son excepcionales. �Excepcionales! Por consiguiente, la norma que nos ocupa no es adecuada para brindar la debida protecci�n al personal de dicha instituci�n. Ahora bien, hago presente que pertenezco a una zona donde habitualmente se producen movilizaciones de peque�os agricultores mapuches, quienes, si bien entorpecen el tr�nsito o crean inconvenientes en la v�a p�blica, no son delincuentes. Tambi�n all� se ve en forma permanente a personas que venden sus productos en la feria. No tienen otro modo de ganarse la vida m�s que producir y vender. No cuentan con un espacio para ese efecto y tampoco con autorizaci�n para ponerse en la v�a p�blica. Esa gente suele ser perseguida por los carabineros, y muchas veces son v�ctimas de agresiones por parte de ellos. �Qu� dif�cil es para una mujer que vende cilantro en la calle ir a interponer ante la justicia militar un recurso por el da�o causado, aun cuando tenga lesiones visibles! Sin embargo, esa persona, al resistirse al arresto, podr�a eventualmente ocasionar alg�n da�o a un carabinero que no sea visible. En consecuencia, como resultado de la norma propuesta por el Senador Espina, a esa mujer no solo no le damos espacio ni protecci�n para ganarse la vida, sino que, adem�s, la vamos a meter a la c�rcel por resistirse al arresto de un polic�a que tiene todo el respaldo y la potencialidad para cumplir con la funci�n de seguridad. �Este proyecto debe perseguir a los delincuentes, no a los ciudadanos! Por esa raz�n, considero inapropiado aprobar la enmienda que se ha sometido a nuestra consideraci�n. Por cierto, le daremos todo el respaldo necesario a Carabineros y promoveremos una legislaci�n -ojal� nos acompa�e el Ejecutivo- para proteger de manera efectiva a Gendarmer�a. Pero una disposici�n como la propuesta, sin duda, lesiona gravemente el derecho a protestar y a movilizarse de todos los ciudadanos; particularmente, de la Regi�n que represento. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Ossand�n. El se�or OSSAND�N.- Se�or Presidente, aqu� hay involucrado un tema de sentido com�n. Lo manifestaron los Senadores Harboe y Espina: las personas que nos cuidan y se preocupan de la seguridad en general no cuentan con ciertas garant�as. A mi juicio, los principios de autoridad y de respeto son fundamentales. �Cu�ntas veces hemos escuchado decir que gran parte del problema que hoy existe en la educaci�n es que no se respeta al profesor? Aqu� se ha hablado mucho de las pruebas. En verdad, no entiendo por qu� debe haber prueba en esto. Un carabinero puede parar a cualquier veh�culo en la carretera y cursarle un parte al chofer, sin sacar una foto de la infracci�n ni nada. Solo basta un testigo a su lado. Y de esa forma puede quitar la licencia de conducir, la que puede ser suspendida, incluso, de por vida. �As� de claro! He escuchado aqu� los planteamientos de algunos amigos de las bancas de enfrente, y observo que siempre est�n pensando en las protestas, en los pe�ascazos. Pero en las poblaciones la situaci�n es distinta: la gente quiere que Carabineros entre en su diario vivir con respeto mutuo y que a sus efectivos no se les insulte ni se les pegue. �Para qu� decir lo que pasa con los funcionarios de Investigaciones, que no usan uniforme! �O con los de Gendarmer�a! Para estos �ltimos la soluci�n es mucho m�s f�cil, ya que est�n en un recinto absolutamente cerrado. Es dif�cil que arranquen los agresores o la gente que no valore la autoridad de los gendarmes. En mi opini�n, aqu� hay un aspecto b�sico: ning�n pa�s civilizado en el mundo permite que las personas que ejercen cierta autoridad sean agredidas. Imaginen ustedes que en un juzgado, aunque sea de polic�a local, se pueda insultar o decirle una groser�a al juez. �No existir�a la autoridad! Me gustar�a que alg�n Senador hiciera el ejercicio de insultar a un juez porque le sacaron un parte por estar mal estacionado. �A ver c�mo le va! En consecuencia, este es un tema de sentido com�n. Creo que algunos Senadores de enfrente confunden las cosas. Uno no puede legislar para casos espec�ficos; m�s a�n, cuando cada mill�n de contactos de carabineros con ciudadanos no son por marchas o protestas, sino por situaciones cotidianas, ciudadanas. Y en tales circunstancias muchas veces a esos funcionarios se les falta el respeto y se les agrede. Los carabineros, al igual que los polic�as de Investigaciones, son seres humanos normales y corrientes, y tienen familia. Muchas veces, por no sentir el principio de autoridad, dicen: "Yo no arriesgo mi vida"; "No me voy a meter a una poblaci�n donde nadie me respeta"; "Cualquiera puede aforrarme", etc�tera. Reitero, se�or Presidente: este es un tema de sentido com�n. No sirve se�alar "Yo apoyo a Carabineros", si no se est� dispuesto a votar a favor de ciertas medidas y a jug�rmela por ellas. Adem�s, las leyes no deben enfocarse en las excepciones, sino en lo general. Y la mayor�a de los carabineros trabajan en la calle protegiendo nuestra vida cotidiana. Los menos est�n resguardando el orden en las protestas, y esta iniciativa no es para regular ese �mbito. El Ministro del Interior fue muy preciso al se�alar que, en caso de abuso de un carabinero, existen sanciones claras. Por �ltimo, si quieren, podemos legislar aparte ese tipo de penas. Pero aqu� estamos defendiendo el principio b�sico de autoridad del funcionario policial. Un se�or Senador que ahora no est� en la Sala dijo que este era un pa�s muy racista. Yo le quiero recordar que la mayor�a de los carabineros, por lo menos los clases, son de una condici�n muy modesta. Por tanto, no s� de d�nde saca que hay racismo hacia ellos. �Todo lo contrario! Se trata de gente que viene de las mismas poblaciones que cuidan y donde arriesgan su vida. Si nosotros, como Parlamento, no somos capaces de asegurarles un m�nimo de autoridad y respeto, bueno, no les exijamos despu�s que cumplan bien su trabajo. Por ello, voto a favor de la enmienda. )---------------( El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Ignacio Walker, para plantear un punto de Reglamento. El se�or WALKER (don Ignacio).- Se�or Presidente, en nombre de la Comisi�n de Educaci�n, solicito que recabe la autorizaci�n de la Sala para que el proyecto que autoriza erigir un monumento en memoria de la folclorista se�ora Margot Loyola Palacios sea discutido en general y en particular durante el primer informe. El se�or LAGOS (Presidente).- �Habr�a acuerdo? --Se accede. )---------------( El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Pizarro. El se�or PIZARRO.- Se�or Presidente, quiero fundamentar brevemente mi voto. Sin duda, el debate que hemos seguido en la Sala y las opiniones de los distintos Senadores hacen dif�cil adoptar una posici�n muy n�tida y contundente en este asunto. Lo se�alo por los ejemplos que se colocan, que son pr�cticos, de la vida diaria, cuando se producen situaciones de maltrato, de diferencias o de actuaci�n de la fuerza p�blica con la poblaci�n civil, cualquiera sea la manifestaci�n, ya sea frente a controles propios de las regulaciones del tr�nsito o en un espect�culo p�blico de car�cter cultural, musical. La Ley sobre Violencia en los Estadios considera una tipificaci�n de los delitos y las sanciones cuando se generan situaciones donde la autoridad, las fuerzas policiales puedan verse maltratadas, aun cuando las lesiones sean leves o, como se dice, el maltrato f�sico no deje se�ales visibles. Todos los ejemplos que se dan son extraordinariamente v�lidos. Porque a veces se producen abusos por parte de la fuerza p�blica, y todos los conocemos, se denuncian y existen los mecanismos ante esas situaciones. Pero tambi�n sabemos de abusos a la inversa, en que los civiles, hombres o mujeres, son quienes se sienten con el derecho de agredir a los carabineros, dependiendo de las circunstancias en que se encuentren. Est� claro que atacar a un funcionario o a una autoridad policial constituye un delito. Y siendo un delito, hay que probarlo en las instancias que corresponde y conforme a la gravedad que este tenga y con los medios de prueba establecidos en las normas pertinentes. �Cu�l es el punto, entonces? El punto radica en por qu� hoy d�a estamos tratando de llevar adelante una "Agenda corta" que pueda ser m�s eficaz en la lucha contra la delincuencia, en la lucha por garantizar mejor la seguridad de los ciudadanos. Ah� es donde se produce la contradicci�n. Por un lado, les exigimos a las fuerzas policiales eficacia en la lucha contra la delincuencia, y por otro, la se�al que sienten la ciudadan�a o las propias fuerzas policiales es que se les debilita en su accionar. A mi juicio, corresponde algo m�s de sentido com�n: dar se�ales a ambos de que lo que debe primar siempre es el principio de autoridad. Todos sabemos lo que est� sucediendo, que hay un sentido de impunidad cuando se agrede o cuando se generan este tipo de situaciones. A veces se da en Carabineros cuando abusa y en otras ocasiones los civiles creen que pueden ser impunes cuando agreden a las fuerzas policiales de distintas maneras, desde la bomba molotov hasta el empuj�n, la cachetada, el insulto, el escupo. Cualquiera de esas situaciones, de abuso de Carabineros o de los ciudadanos, produce un menoscabo de la autoridad. Y aqu� se busca dar una se�al de reafirmaci�n del principio de autoridad. Se�or Presidente, en un comienzo me iba a abstener, justamente por lo que he estado diciendo. Pero creo que lo que debe primar, m�s all� de las caricaturas o de los ejemplos extremos que se colocan, es ayudar al objetivo final que persigue este proyecto: generar condiciones para que las instituciones policiales desarrollen su tarea de manera mucho m�s eficaz en la prevenci�n o en la represi�n de los delitos. Por lo expuesto, voy a modificar mi abstenci�n. Voto a favor. El se�or MOREIRA.- �Eso es reflexi�n! )----------( El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Patricio Walker para un tema de Reglamento. El se�or WALKER (don Patricio).- Se�or Presidente, solicito el acuerdo de la Sala para desarchivar el proyecto que tiene el bolet�n N� 7.965-11. El se�or ALLAMAND.- �Cu�l es? El se�or MONTES.- �Podr�a explicar de qu� se trata? El se�or LAGOS (Presidente).- �Mi memoria me falla en ese n�mero exactamente...! �En qu� consiste? El se�or WALKER (don Patricio).- Es uno de los proyectos que establecen que no constituye aborto la acci�n destinada a salvar la vida de la madre. Solicito su desarchivo para que vaya a la Comisi�n de Salud. El se�or DE URRESTI.- No estoy de acuerdo. El se�or MOREIRA.- �No podr�a estar m�s de acuerdo...! El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- No es necesaria la unanimidad de la Sala. El se�or LAGOS (Presidente).- Esto no requiere votaci�n, basta que lo solicite un Senador. --Se accede a lo solicitado, volviendo el proyecto al estado en que se encontraba al momento de archivarse. )----------( El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Garc�a-Huidobro para fundar el voto. El se�or GARC�A-HUIDOBRO.- Se�or Presidente, valoro el esfuerzo del Senado para entregarles a Carabineros de Chile, a Investigaciones y a Gendarmer�a lo que hoy d�a no tienen. Ellos se sienten indefensos y consideran que la legislaci�n actual no les da los instrumentos suficientes para ejercer la labor que nuestra sociedad les entrega. �Y qu� es lo que est� requiriendo nuestra sociedad; qu� es lo que Chile est� pidiendo a gritos todos los d�as? El mayor problema que vive nuestro pa�s es la delincuencia... �Puedo continuar con mi intervenci�n? El se�or LAGOS (Presidente).- Se�ores Senadores, les solicito que guarden silencio o que mantengan los di�logos fuera del Hemiciclo. Puede proseguir, se�or Senador. El se�or GARC�A-HUIDOBRO.- Gracias, se�or Presidente. El mayor problema -lo se�alan todas las encuestas- hoy d�a es la inseguridad ciudadana. Y en tal sentido, valoro el esfuerzo que han hecho la Comisi�n, la Ministra, el Gobierno en cuanto a esta Agenda, que no es tan corta, es un poquito m�s larga. Se ha realizado un gran trabajo, con la participaci�n de todos los sectores. Las polic�as necesitan que el Parlamento los refuerce en la labor que tienen todos los d�as de reguardar el orden p�blico. Y ellos son los primeros que nos dicen que por favor les entreguemos los instrumentos para desarrollar mejor su misi�n. �Qu� pasa si nosotros no les entregamos eso? Son personas que sin duda tienen vocaci�n. Muchos de ellos, cientos y miles, han entregado la vida para que Chile sea un pa�s de paz. Por eso, creo que necesitamos darles todas las posibilidades, obviamente, con el resguardo que corresponde para que no haya abuso de la autoridad. Han de contar con los instrumentos para que se sientan fortalecidos, porque hoy d�a no hay incentivos. He conversado con muchos de ellos. El mayor reclamo es la falta de respeto. Muchas veces no hay agresiones f�sicas, pero s� insultos, escupos. Y me pregunto: �qu� estamos haciendo? Lo que debemos hacer es fortalecerlos, materia en la cual tendr�amos que haber avanzado hace mucho tiempo. Porque, desgraciadamente, la p�rdida de autoridad de muchas instituciones se produce porque no contamos con una legislaci�n a la altura de los tiempos. Por otro lado, se�or Presidente, insisto en el principio de autoridad. Bien dec�an algunas Senadoras y algunos Senadores que esto parte desde la formaci�n en el hogar: el respeto al padre o a la madre; el respeto al profesor o a la profesora, el respeto al otro. Y eso no se inventa, sino que se entrega en el hogar, en la familia, en las escuelas. Se trata de un valor a difundir. Si la ense�anza del respeto parte mal y sigue as�, sin duda que a cualquier autoridad, y con mayor raz�n a quienes deben resguardar el orden p�blico y velar por la seguridad y la vida de las personas, tampoco se la va a respetar. Por eso, se�or Presidente, valoro el hecho de que algunos se�ores Senadores hayan tomado una decisi�n distinta a la que hab�an pensado antes. Porque bien dijo el Senador Zald�var en su intervenci�n que quer�a un momento de reflexi�n -al igual que el colega Pizarro-, por tratarse de temas que debemos abordar como sociedad. Tenemos que apoyar y homenajear a estas instituciones. Al respecto, cabe preguntarse qu� incentivo existe hoy d�a para ingresar a Carabineros o a Investigaciones si no cuentan con los instrumentos necesarios. En cambio, s� existen incentivos para que tales funcionarios se vayan de guardias a otras partes. Muchas veces son mejor pagados; no tienen las complicaciones de un carabinero, por la cantidad de horas que debe trabajar y sin saber si va a llegar a su casa tranquilo. Por eso prefieren irse de guardias. Reciben una mejor remuneraci�n y no sufren los riesgos que implica la labor policial. Eso me lo han dicho muchas veces. En definitiva, me parece que con este proyecto estamos haciendo lo que corresponde, y por eso llamo a votar afirmativamente la norma en an�lisis. El se�or ALLIENDE (Secretario General subrogante).- �Alguna se�ora Senadora o alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or LAGOS (Presidente).- Terminada la votaci�n. --Se aprueba la letra c) del n�mero 1) del art�culo 3� propuesta por la Comisi�n de Constituci�n (24 votos a favor, 12 en contra y 2 abstenciones). Votaron por la afirmativa las se�oras Lily P�rez, Van Rysselberghe y Von Baer y los se�ores Allamand, Bianchi, Chahu�n, Coloma, Espina, Garc�a, Garc�a-Huidobro, Harboe, Horvath, Hern�n Larra�n, Matta, Moreira, Orpis, Ossand�n, P�rez Varela, Pizarro, Prokurica, Rossi, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andr�s Zald�var. Votaron por la negativa las se�oras Allende y Mu�oz y los se�ores Araya, De Urresti, Girardi, Lagos, Letelier, Montes, Navarro, Quintana, Quinteros y Tuma. Se abstuvieron la se�ora Goic y el se�or Guillier. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or ALLIENDE (Secretario General subrogante).- Se�ores Senadores, tal como se se�al� al inicio del debate, hay dos normas que repiten exactamente la misma disposici�n que se acaba de aprobar: una en la p�gina 120 (relativa a la Ley Org�nica de la Polic�a de Investigaciones de Chile) y otra en la p�gina 124 del comparado (concerniente a la Ley Org�nica de Gendarmer�a de Chile). Los Comit�s, en sesi�n que se acaba de celebrar, acordaron dar por repetida la votaci�n anterior y, en consecuencia, por aprobadas esas normas en los t�rminos en que lo propone la Comisi�n. --Se aprueban la letra c) del n�mero 1) del art�culo 4�, que dice relaci�n con la Ley Org�nica de la Polic�a de Investigaciones de Chile, y la letra c) del n�mero 1) del art�culo 5�, atinente a la Ley Org�nica de Gendarmer�a de Chile, propuestas por la Comisi�n de Constituci�n (24 votos a favor, 12 en contra y 2 abstenciones). Votaron por la afirmativa las se�oras Lily P�rez, Van Rysselberghe y Von Baer y los se�ores Allamand, Bianchi, Chahu�n, Coloma, Espina, Garc�a, Garc�a-Huidobro, Harboe, Horvath, Hern�n Larra�n, Matta, Moreira, Orpis, Ossand�n, P�rez Varela, Pizarro, Prokurica, Rossi, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andr�s Zald�var. Votaron por la negativa las se�oras Allende y Mu�oz y los se�ores Araya, De Urresti, Girardi, Lagos, Letelier, Montes, Navarro, Quintana, Quinteros y Tuma. Se abstuvieron la se�ora Goic y el se�or Guillier. )-----------( El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora se�ora Goic. La se�ora GOIC.- Se�or Presidente, solicito fijar un nuevo plazo para presentar indicaciones al proyecto que modifica el C�digo Sanitario para regular los medicamentos bioequivalentes gen�ricos y evitar la integraci�n vertical de laboratorios y farmacias (bolet�n N� 9.914-11), hasta el lunes 4 de abril pr�ximo. El se�or LAGOS (Presidente).- Si le parece a la Sala, se acceder� a lo solicitado. Acordado. )-----------( El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or ALLIENDE (Secretario General subrogante).- Corresponde iniciar el tratamiento de las enmiendas que no fueron aprobadas por unanimidad en la Comisi�n y que modifican la ley N� 18.216, que establece penas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad. La primera modificaci�n corresponde al n�mero 3) del art�culo 6� del proyecto, que fue aprobado por 3 votos a favor (Senadores se�ores Espina, Harboe y Larra�n) y una abstenci�n (Senador se�or De Urresti). El se�or LAGOS (Presidente).- En discusi�n. La idea es que la se�ora Ministra pueda informarnos del contenido de la modificaci�n propuesta y, de ser posible, votamos de inmediato. Tiene la palabra la se�ora Ministra. La se�ora BLANCO (Ministra de Justicia y Derechos Humanos).- Se�or Presidente, este art�culo hace alusi�n a una de las penas sustitutivas que se modificaron en la ley N� 20.603: la reclusi�n parcial. La reclusi�n parcial exige una serie de requisitos. Uno de ellos es que el condenado, trat�ndose de un crimen o simple delito, no haya accedido en los �ltimos cinco o diez a�os a m�s de dos reclusiones parciales, para que le sea concedida una tercera. Lo que se propone -modificaci�n que habr�a que votar ahora- es que para los delitos contra la propiedad incluidos en este proyecto de ley, que son los de los p�rrafos 1 a 4 bis del T�tulo IX del Libro II del C�digo Penal, se va a permitir una sola reclusi�n parcial en esos cinco o diez a�os, no dos, como ahora. O sea, estamos haciendo m�s exigente para esos delitos el acceso a una reclusi�n parcial. Lo anterior es, b�sicamente, para evitar los casos en que las reclusiones parciales pasan a ser el denominador com�n de las condenas que se imponen a infractores cuando han cometido delitos de menor cuant�a, por as� decirlo, o no tan lesivos. En resumen, en vez de dos reclusiones parciales, se va a permitir una para los delitos contra la propiedad. El se�or LAGOS (Presidente).- Ofrezco la palabra. Si no hay interesados en intervenir, se pondr� en votaci�n. El se�or LARRA�N.- Hay acuerdo, se�or Presidente. El se�or P�REZ VARELA.- Votemos. El se�or LARRA�N.- Con la abstenci�n del Senador De Urresti. El se�or LAGOS (Presidente).- �Hay acuerdo? Senador se�or De Urresti, �mantiene su abstenci�n? El se�or MONTES.- P�ngalo en votaci�n mejor, se�or Presidente. El se�or LAGOS (Presidente).- En votaci�n el n�mero 3) del art�culo 6�. --(Durante la votaci�n). El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or De Urresti. El se�or DE URRESTI.- Se�or Presidente, el acuerdo es que intervengamos lo menos posible. En la discusi�n que dimos en la Comisi�n, sostuve que lo propuesto restringe la posibilidad de obtener la reclusi�n parcial a ciertos condenados, lo cual agrava el problema de exceso de poblaci�n penal en los recintos carcelarios. Por eso, voy a mantener mi abstenci�n. El se�or ALLIENDE (Secretario General subrogante).- �Alguna se�ora Senadora o alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or LAGOS (Presidente).- Terminada la votaci�n. --Se aprueba el n�mero 3) del art�culo 6� (26 votos a favor y 3 abstenciones). Votaron por la afirmativa las se�oras Allende, Goic, Lily P�rez y Von Baer y los se�ores Allamand, Araya, Chahu�n, Coloma, Espina, Garc�a, Garc�a-Huidobro, Horvath, Lagos, Hern�n Larra�n, Montes, Moreira, Navarro, Orpis, Ossand�n, P�rez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Rossi, Ignacio Walker y Andr�s Zald�var. Se abstuvieron la se�ora Mu�oz y los se�ores De Urresti y Letelier. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or ALLIENDE (Secretario General subrogante).- La siguiente enmienda de la Comisi�n es la letra a) del n�mero 4) del art�culo 6� (p�gina 139 del comparado) y consiste en remplazar la expresi�n "80 a�os" por "75 a�os". La modificaci�n fue aprobada por dos votos a favor (Senadores se�ores De Urresti y Larra�n) y uno en contra (Senador se�or Espina). )----------( El se�or LAGOS (Presidente).- Se�ores Senadores, ha llegado a la Mesa una solicitud de ampliaci�n de plazo para presentar indicaciones al proyecto de reforma constitucional, en primer tr�mite, sobre elecci�n popular del �rgano ejecutivo del gobierno regional, hasta el lunes 4 de abril. �Habr�a acuerdo? Acordado. )---------( El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la se�ora Ministra. La se�ora BLANCO (Ministra de Justicia y Derechos Humanos).- Se�or Presidente, la norma que corresponde votar a continuaci�n tiene directa relaci�n con las tres letras siguientes del n�mero 4) del art�culo 6�. Es decir, las letras a), b), c) y d) forman un paquete, porque estamos dando la posibilidad -es una disposici�n m�s bien de car�cter humanitario- de que todas las personas condenadas, al cumplir 75 a�os, puedan acceder a una pena mixta, es decir, interrumpir la pena privativa de libertad y acceder a una libertad vigilada intensiva. Eso se concede por el solo hecho de cumplir esa edad y encontrarse privado de libertad. Las siguientes letras se refieren a las excepciones en los casos en que, aun cumpliendo esa edad, no se va a permitir obtener el beneficio. La primera excepci�n tiene que ver con delitos de secuestro, homicidio, violaci�n con homicidio, violaci�n,... El se�or ALLAMAND - M�s lento. El se�or ESPINA.- �D�nde est� eso? La se�ora BLANCO (Ministra de Justicia y Derechos Humanos).- En la p�gina 140 del comparado, donde figuran las excepciones. Como se�alaba, la letra a) se refiere a la posibilidad de que las personas a los 75 a�os puedan acceder a esa pena mixta. La letra b) se halla relacionada con las exclusiones, a los casos en que esta, aunque tenga 75 a�os, no podr� acceder a la interrupci�n de la pena. Las excepciones son respecto de los condenados por delitos tales como homicidio, violaci�n, secuestro, violaci�n con homicidio. O sea, estas personas, aunque tengan 75 a�os, no podr�n acceder a la pena mixta que se contempla. La letra c) dice relaci�n con las exclusiones que tienen que ver con la ley de drogas (figura al final de la p�gina 140 del comparado). Y la letra d) habla de las excepciones referidas a los delitos de lesa humanidad (p�gina 141 del comparado). Es decir, toda persona que se encuentre en la c�rcel, al cumplir 75 a�os, podr�a acceder a la interrupci�n de la pena privativa de libertad originalmente impuesta y remplazarla por el r�gimen de libertad vigilada intensiva, salvo que haya sido condenada por delitos de homicidio, violaci�n, secuestro; por delitos de la ley de drogas; por delitos de lesa humanidad y por delitos de la ley antiterrorista. El se�or LAGOS (Presidente).- Quiero proponerle a la Sala lo siguiente. Aqu� el concepto que se introduce mediante la letra a) es el establecimiento de una norma que permita, como regla general, la interrupci�n de la pena privativa de libertad por cumplir 75 a�os. Despu�s, en las letras b), c) y d) que siguen, se se�alan las excepciones. Entonces, sugiero que hagamos el debate sobre todas esas disposiciones y, a continuaci�n, si les parece a Sus Se�or�as, votaremos cada una de ellas, sin dar por repetida la votaci�n. �Habr�a acuerdo? El se�or COLOMA.- S�, se�or Presidente. El se�or LAGOS (Presidente).- Acordado. Tiene la palabra el Senador se�or Allamand. El se�or ALLAMAND.- Se�or Presidente, quiero solicitarle al Ejecutivo que profundice en las razones para establecer esta exclusi�n. Con la franqueza que corresponde expresarse en esta Sala, debo se�alar que aqu� sin duda hay una cuesti�n que tiene que ver con violaciones de derechos humanos, con el genocidio, en la forma como se halla expresado ac�. De manera que no quiero que la pregunta que estoy haciendo sobrevuele este debate sin exponerlo. Por qu� no entramos al fondo del problema. En concreto, quiero saber las razones para que una persona que tiene 75 a�os deba permanecer recluida. Se lo consulto al Ejecutivo. �Ello tiene que ver con el tipo de delitos? �Est� relacionado con la idea de que esos delitos son de tal gravedad, que bajo ninguna circunstancia una persona puede recuperar su libertad? �Por qu� esos delitos y no otros? Creo que este asunto es extraordinariamente importante, se�or Presidente. Tenemos un sistema carcelario que presenta las dificultades que todos los Senadores conocen. Y existe ac� tambi�n un tema de �ndole humanitario, espec�ficamente relacionado con las Fuerzas Armadas. El padre Montes en d�as recientes abri� un debate con mucha valent�a; con la valent�a con que opera la Iglesia en estas cosas. Pienso, pues, que se trata de una materia extremadamente relevante. Por lo tanto, se requiere que este art�culo, y lo que hay detr�s de �l, no pase como un aspecto m�s de este proyecto. Yo quisiera que hici�ramos un debate muy de fondo, a partir de la intervenci�n del Ejecutivo, sobre cu�l debiera ser la norma completa ac�. Lo tocante a las Fuerzas Armadas y a la violaci�n de los derechos humanos es un tema, y debe tratarse en esa integridad. Pero tambi�n est� el resto. La pregunta que cabe formular es: aun habiendo cometido un delito extraordinariamente grave, cuando una persona tiene 75 a�os �debe permanecer recluida? Claro, el populismo que muchas veces existe en estos asuntos quiz�s har� decir que s�. Yo consulto: �Esta es la norma que siguen otras sociedades? �Es la regla habitual en los pa�ses que respetan los derechos humanos y que tienen una visi�n, por as� decirlo, m�s avanzada respecto de estas materias? �Cu�l es el criterio general existente? Entonces, se�or Presidente, me parece que debemos dedicarle a esta materia, por la importancia que reviste, la debida reflexi�n. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Espina. El se�or ESPINA.- En la Comisi�n vot� en contra de esta norma, se�or Presidente, y ahora tambi�n la rechazar�, por lo que voy a exponer. En primer lugar, cuando uno mira su contenido se da cuenta de que hay varias exclusiones respecto a qui�nes pueden ser beneficiados con ella, las que se refieren a la gran mayor�a de los delitos. En segundo t�rmino, no veo ninguna raz�n para que por ley establezcamos un principio sin saber cu�les son esos delitos (porque aqu� se indican los que se excluyen; y hay una lista importante). Se habla de aquel que, habiendo llegado a los 75 a�os, no pueda cumplir la pena en la forma como fue establecida. Pero debemos considerar, sobre todo, que hoy d�a existen los denominados "procedimientos intrapenitenciarios"; o sea, se recurre al Ministerio de Justicia y a los jueces para que a una persona, teniendo en cuenta su estado de salud, su edad, la que incluso puede ser menor, se le otorguen beneficios carcelarios (ello se hace permanentemente). Antes se exig�a la concurrencia del Seremi de Justicia. Pero se lo sac�, cometi�ndose a mi juicio un grave error. En el hecho, hoy d�a una persona de 70 o 75 a�os -o incluso menos- incapacitada y con dificultades puede postular a cualquiera de los beneficios penitenciarios que determinan los jueces. Y es probable que se los den. Entonces, no veo por qu� debemos establecer por ley, sin m�s raz�n que la de llegar a los 75 a�os de edad, trat�ndose de delitos que no sabemos cu�les son -porque (repito) hay una cantidad excluida-, que una persona quede impune. Yo pregunto cu�l es el argumento. �Si hoy d�a existen en nuestra legislaci�n instrumentos para tal efecto! Por ejemplo, hay normas en virtud de las cuales, cumplido un porcentaje de la pena, se puede optar a ciertos beneficios (es la ley de penas alternativas). Se puede optar a los beneficios intrapenitenciarios. Est� la posibilidad de que, en casos graves, el Presidente de la Rep�blica indulte. Personalmente, no participo de la idea de una norma de estas caracter�sticas. Creo que hay que hacer un an�lisis caso a caso. Y para eso existen -no s� si es la expresi�n exacta; pueden corregirme- los beneficios intrapenitenciarios, que le permiten al condenado recurrir a una comisi�n, integrada fundamentalmente por jueces, para hacer presentes sus condiciones personales a los efectos de que se determine si puede cumplir su condena fuera de la c�rcel. Y las razones son diversas. El condenado puede estar enfermo de c�ncer; tener menos de 75 a�os; hallarse en estado terminal (no necesita 75 a�os). Y lo m�s probable es que le digan -porque as� ocurre- que se vaya a su casa y muera junto a su familia. Pero esta norma, que habla a tabla rasa del cumplimiento de 75 a�os y est� llena de excepciones, no me parece adecuada. Primero, no ven�a en el proyecto original. Segundo, no la comparto, porque -repito- tenemos en nuestra legislaci�n instrumentos absolutamente id�neos que permiten -incluso a personas menores de 75 a�os- acogerse, por circunstancias humanitarias, a medidas que evitan el cumplimiento de la pena en la c�rcel. Por lo tanto, no comparto esta norma como principio, como regla general. Entiendo que se trata de una materia opinable. Pero no creo que nuestra legislaci�n necesite un precepto de esta naturaleza, pues prev� suficientes mecanismos -legales, administrativos, presidenciales- para ir resolviendo frente al caso a caso. Y hasta ahora han operado bien. Por otro lado, entiendo -me lo dec�a el Ministro del Interior- que las personas mayores de 75 a�os que se hallan en la situaci�n planteada son muy pocas. La Ministra de Justicia puede aclararlo. Entonces, �por qu� por ley vamos a establecer una norma permanente como la propuesta! La Ministra sabe que en la materia existe todo un mecanismo intrapenitenciario (creo que esa es la expresi�n; no lo recuerdo exactamente). Conforme a �l, se recurre y resuelven los jueces. Estos toman el caso -se re�ne cierta cantidad de jueces de garant�a (entiendo) de Santiago- y lo analizan. Para evitar contaminaci�n pol�tica, se sac� al Seremi de Justicia. Entonces, se va resolviendo caso a caso. El sistema ha operado perfectamente, e incluso con bastante manga ancha, seg�n dec�a el Ministro de Justicia anterior. Yo quiero saber, se�or Presidente, si en alg�n caso, mediando razones humanitarias, en nuestro pa�s un condenado ha quedado preso. La regla general es que a la persona enferma, con graves dificultades f�sicas o mentales, se le otorgue el beneficio de cumplir su pena fuera de la c�rcel. �Por qu� estas normas cerradas, que no permiten saber de qui�n se trata ni cu�les son los delitos! Por ejemplo, una persona de 74 a�os (situaci�n no prevista en la norma sugerida) sana y que funciona bien -hoy d�a la gente de esa edad funciona perfectamente; incluso hay candidatos presidenciales; y aqu� tenemos un Senador m�s �gil y sano que muchos de nosotros- comete un fraude de enormes proporciones. Yo pregunto: �vamos a decir que solo por llegar a los 75 a�os tendr� per se el derecho a no cumplir la pena impuesta? Yo s� considero del caso -y por eso vot� a favor del cambio que se hizo en su oportunidad, cuando se estudi� este asunto- la utilizaci�n del mecanismo de los beneficios intrapenitenciarios, a pesar de que, mirado esto despu�s de alg�n tiempo, habr�a preferido una autoridad pol�tica para que evaluara el impacto de ese hecho. Por lo tanto, voy a votar en contra de esta norma. Entiendo que se trata de una materia absolutamente opinable, pero tengo una convicci�n formada en tal sentido, que me llev� a rechazarla antes en la Comisi�n. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Chahu�n. El se�or CHAHU�N.- Se�or Presidente, siguiendo la l�nea planteada por los Senadores se�ores Allamand y Espina, ac� se establece una limitaci�n a la facultad de otorgar beneficios por razones humanitarias a los condenados por determinados delitos. Nosotros pedimos un comparado sobre la pol�tica de reg�menes penitenciarios que existe en todos los pa�ses de la Organizaci�n para la Cooperaci�n y el Desarrollo Econ�micos. �Curiosidad! Respecto de las naciones de la OCDE, hay normas claras para optar a beneficios por razones humanitarias y de edad. Entonces, llamo a Sus Se�or�as a hacer un debate serio, de fondo. Ac�, incluso, hay tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentran vigentes. Me gustar�a que la Ministra de Justicia, primero, nos escuchara, y segundo, que nos explicara c�mo esta norma entra a jugar finalmente con los tratados ratificados por nuestro pa�s que est�n rigiendo en materia de cumplimiento de reg�menes penitenciarios. Porque claramente aqu� hay una vulneraci�n. Adem�s, yo dir�a que tambi�n podr�amos hacer reserva de constitucionalidad con relaci�n a esta norma, debido a que incorpora delitos adicionales. Yo voy a votar en contra. Me encantar�a que hici�ramos el debate de fondo. Pero veo institucionalidades distintas respecto de la materia que se halla incorporada ac�. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la se�ora Ministra. La se�ora BLANCO (Ministra de Justicia y Derechos Humanos).- Se�or Presidente, con relaci�n a lo que pregunt� el Senador Allamand, las razones de fondo vienen dadas por la propia discusi�n de la ley N� 18.216. Si uno lee su art�culo 1�, ver� que contiene las exclusiones para el acceso a las hoy penas sustitutivas. Y se halla establecido un cat�logo de delitos. Nosotros simplemente repetimos ese cat�logo e incorporamos los delitos de la ley antiterrorista y de lesa humanidad. Ahora, los motivos de fondo -uno podr�a ir a la historia de la ley y ver por qu� se excluyeron en la ley 18.216- tienen que ver con los delitos que para la sociedad en su momento revisten una gravedad o una relevancia de tal magnitud que no ameritan el acceso a ciertos tipos de beneficios. Pero no se trata de una discusi�n que hayamos generado en el marco de la ley en proyecto, sino que viene dada por la ley N� 18.216. En cuanto a lo que plante� el Senador Allamand, son cosas distintas. Nosotros hoy d�a tenemos diferentes maneras de acceder a un beneficio. Una forma es a trav�s de los beneficios intrapenitenciarios. Y es facultad de la autoridad de Gendarmer�a otorgarlos, lo cual hace sobre la base de ciertos criterios, donde se re�ne un consejo t�cnico, en fin. Esos beneficios no constituyen una interrupci�n de la pena privativa de libertad. En general, son salidas de fin de semana, salidas dominicales, salidas diarias; pero estas implican volver al recinto penitenciario en alg�n minuto. O sea, si se trata de una salida de fin de semana, la persona puede irse el viernes y debe regresar el lunes; si es una salida diaria, vuelve a pernoctar. La segunda opci�n ser�a acceder a la libertad condicional, que es facultativa, la entrega el juez (antes interven�a el Seremi de Justicia; es una de las modificaciones que introdujimos en la ley N� 20.603). Pero exige tener cumplida la mitad de la pena; y para delitos m�s graves, los dos tercios. Por lo tanto, lo que estamos incorporando a la ley en este caso es una norma que en otros pa�ses existe, que es m�s de car�cter humanitario, para no tener detr�s -dig�moslo as�- presa a una persona despu�s de los 75 a�os, pues la opci�n de esta ser�a acceder a la libertad condicional y cumplir dos tercios de la pena o el cincuenta por ciento de ella. Ese es el motivo. Ahora, alguien podr�a preguntarse qu� ocurre en el caso de un homicida a los 75 a�os. Estamos excluyendo ese caso, ya que forma parte de las excepciones que trae la ley 18.216: un homicida, un violador; alguien que haya sido condenado por delitos de lesa humanidad o por la ley de drogas, aunque tenga 75, 76 o 77 a�os, no podr� acceder a este beneficio. Ello, porque los excluimos. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora se�ora Lily P�rez. La se�ora P�REZ (do�a Lily).- Se�or Presidente, he puesto mucha atenci�n a la aclaraci�n de la Ministra de Justicia, se�ora Javiera Blanco. Pero quisiera hacer �nfasis en lo siguiente. Yo propuse invitar a la Comisi�n de Derechos Humanos al padre Fernando Montes. Apoyaron mi moci�n los Senadores Ossand�n y Matta, quienes eran los �nicos que estaban presentes en ese momento (imagino que el resto de sus integrantes tambi�n habr�a respaldado esta propuesta). Y lo hice porque creo que nos hace bien como pa�s, como sociedad hablar de la situaci�n de todos los reos que hay en Chile. Una naci�n moderna se cataloga tambi�n por lo que ocurre en sus c�rceles y por el trato que les da a sus adultos mayores en los establecimientos penitenciarios. La Organizaci�n de Estados Americanos -y nosotros formamos parte de la OEA- hace aproximadamente cuatro o cinco meses envi� una recomendaci�n a todos los pa�ses del continente para que los adultos mayores, sobre todo los que est�n enfermos, puedan -y atenci�n: aqu� no se habla de indulto ni de conmutaci�n de penas- terminar sus condenas de privaci�n de libertad en sus casas, con sus familias: es decir, arresto domiciliario, pero en sus hogares. Si un se�or mayor se encuentra enfermo y tiene que usar pa�ales, �debemos obligar a Gendarmer�a a que lo atienda? �No estar�a mejor atendido en su casa, con su familia? �D�nde est� la piedad y la humanidad de los legisladores? Porque cuando vemos a una persona, cualquiera que fuera el crimen que haya cometido, de 75, 80 u 85 a�os; que tiene una enfermedad terminal; que est� senil, demente; que sufre de Alzheimer y no sabe d�nde est�, yo me pregunto a qui�n estamos castigando: �a �l o a su familia? Se�or Presidente, �estamos castigando a su familia! Yo creo que nos har�a mejor pa�s tener un poco de piedad en el trato a las personas que est�n cumpliendo condena. Por eso, la recomendaci�n de la OEA me hace mucha fuerza, pues habla de reos comunes. La propuesta del padre Fernando Montes, quien ha sido un gran defensor de los derechos humanos y un f�rreo condenador de quienes los violan, nos habla tambi�n -y este es un llamado de atenci�n- de aquellos que est�n cumpliendo condena en Punta Peuco por violaciones a los derechos humanos �No somos capaces de realizar un debate interno como sociedad, al menos como legisladores, para ver realmente a qu� estamos dispuestos a llegar como sociedad? Yo s� estoy disponible a conversarlo. Por eso ped� que invit�ramos al padre Montes a la Comisi�n de Derechos Humanos, de la cual soy miembro. Espero que �l acceda a ello y concurra a dicha instancia. A m� me parece que nos har�a bien como sociedad discutir este asunto. Se�or Presidente, tambi�n tuve oportunidad de estar con el Secretario General de la OEA -visit� nuestro Senado hace algunos d�as- y de plantearle esta materia. �l me se�al� que se trata de un tema muy debatido en todas partes del mundo. Pero tambi�n me expres� -tal como se ha dicho ac�- que las naciones m�s modernas del planeta hacen que sus condenados mayores terminen de cumplir sus penas -y ac� no estamos hablando de indulto- en sus casas, con sus familias. Se�or Presidente, creo que el debate nos hace bien. Yo por lo menos tengo toda la disposici�n para que lo iniciemos tambi�n en el Parlamento. No quiero exclusiones ni discriminaci�n para los adultos mayores que est�n enfermos. Yo creo que ellos deber�an terminar de cumplir sus condenas en sus casas, acompa�ados por sus familias. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or De Urresti. El se�or DE URRESTI.- Se�or Presidente, nosotros vamos a votar a favor de esta norma, pues creemos que existe una enumeraci�n clara y precisa con respecto al tipo de delitos que se excluyen, cuya gravedad hemos consignado a lo largo de la discusi�n. Y, en esta l�nea, creo que hay que ser coherente en el sentido de que, si el reproche es de gran entidad para determinados efectos, tambi�n debieran estar en el caso se�alado. La Ministra de Justicia explic� adecuadamente la diferencia entre los beneficios intrapenitenciarios y la libertad condicional. Y en este caso, la suspensi�n de la pena por el hecho de haber cumplido el condenado 75 a�os de edad. Pero seamos claros y precisos. Porque ac� se trata de colar una discusi�n distinta. Los delitos de lesa humanidad han sido declarados imprescriptibles por las convenciones internacionales. En el caso del delito de narcotr�fico hemos establecido una sanci�n rigurosa en cuanto a que los hechores no pueden ser objeto del beneficio que se prev�. Ahora, si algunos Senadores hacen referencia a las palabras del padre Montes o a las expresiones de otras autoridades y ellas generan debate, realicemos el debate con el m�rito de los planteamientos formulados. No se eludir� la discusi�n, pero en esos t�rminos. Ac� estamos elaborando y votando una norma general para diversos il�citos, pero estableciendo un conjunto de excepciones en el caso de los delitos de mayor gravedad, dentro de los cuales, obviamente, se encuentran los de lesa humanidad y otros en torno a los cuales nuestro pa�s debiera fijar como doctrina el cumplimiento pleno y efectivo de la condena en recintos carcelarios. No tengo ning�n problema para debatir en funci�n de lo que ha planteado leg�timamente una autoridad, religiosa o de otra �ndole. Pero ello, en otra sede, en un proyecto de ley distinto. Si se realiza la discusi�n, perfecto. Pero yo al menos se�alo que para autores de delitos de lesa humanidad y para genocidas que hoy d�a est�n presos no puede haber beneficios al cumplir 75 a�os de edad. Votar� a favor, se�or Presidente. El se�or LAGOS (Presidente).- Antes de abrir la votaci�n, quiero escuchar al se�or Ministro del Interior. El se�or BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad P�blica).- �Prometo ser breve...! El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra, se�or Ministro. El se�or BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad P�blica).- Se�or Presidente, como pongo atenci�n a lo que dicen Sus Se�or�as, escuch� que un se�or Senador expres� durante su argumentaci�n que eventualmente hab�a un riesgo de inconstitucionalidad a ra�z de tratados sobre esta materia firmados por Chile. Pues bien: debo expresar que todos los pa�ses de desarrollo jur�dico importante tienen normas de la naturaleza se�alada. Si uno recorre las legislaciones penitenciarias del Viejo Continente (de Europa continental, de Inglaterra) y de naciones sudamericanas -yo conozco la de Argentina- comprueba que todas tienen disposiciones de tal �ndole. Algunas, incluso, sin mayores excepciones. Por otro lado, debo clarificar que esta cuesti�n no opera autom�ticamente: es requisito de la norma excepcional para quienes tengan m�s de 75 a�os de edad que el tribunal efect�e la determinaci�n, a petici�n de parte o de oficio, y con informe favorable de Gendarmer�a. O sea, hay requisitos copulativos de procedencia. En seguida, una consideraci�n m�s bien pr�ctica. Pong�monos en el evento de que se apruebe esta norma. Como ella es pro reo, tendr�a aplicaci�n inmediata, no solo para futuros delitos. Ahora bien: si concurriera la voluntad del tribunal y existiese informe favorable de Gendarmer�a, hoy d�a en Chile, seg�n lo que se me ha comunicado, en el universo de personas privadas de libertad por condena, que alcanza a cuarenta y cuatro mil, solo hay cinco en tal condici�n. De eso estamos hablando: de cinco personas. El se�or PROKURICA.- �Cinco! El se�or BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad P�blica).- Exacto. La se�ora P�REZ (do�a Lily).- �No hay m�s? El se�or BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad P�blica).- No. La se�ora P�REZ (do�a Lily).- La poblaci�n penal es muy joven. El se�or BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad P�blica).- As� es. Muchas gracias, se�or Presidente. El se�or LAGOS (Presidente).- Me pidieron abrir la votaci�n. No existe unanimidad, pues se opone un se�or Senador. El se�or PIZARRO.- Solicito la clausura del debate, se�or Presidente. El se�or LAGOS (Presidente).- Voy a chequear la situaci�n, Su Se�or�a, pero me parece que no ha transcurrido el tiempo que se requiere para pedir la clausura del debate. Mientras tanto escucharemos al Senador se�or Prokurica, quien tiene la palabra. El se�or PROKURICA.- Yo voy a votar en contra de esta norma, se�or Presidente. En primer lugar porque, a decir verdad, actualmente nuestras c�rceles no son un ejemplo de humanidad. He seguido esta materia no solo como parlamentario, sino tambi�n durante el ejercicio de otros cargos p�blicos. As�, me ha correspondido trabajar con los reos de Copiap�, de Cha�aral, de Vallenar. Adem�s, tengo el recuerdo de mi pr�ctica profesional en las c�rceles de Santiago. En verdad, ninguno de los recintos penitenciarios que conoc� era ejemplo de rehabilitaci�n, ni mucho menos de humanidad. En tal sentido, les pido por favor que le den una mirada al informe que emiti� la Fiscal Maldonado sobre nuestras c�rceles. �Lo que sucede all� es una verg�enza! En mi Regi�n hay una c�rcel con �300 por ciento de sobrepoblaci�n, de hacinamiento! O sea, estamos ante una realidad imposible de sostener. Incluso, se�or Presidente, creo que en algunos casos nuestro pa�s -y lo dice la Fiscal Maldonado- se ha librado por muy poco de ser sancionado por no cumplir con los derechos humanos de las personas recluidas en recintos penitenciarios como los se�alados. �Quienes han faltado a la ley y est�n cumpliendo una pena tambi�n tienen derechos humanos! Ya lo han expresado aqu� una Senadora que me antecedi� en el uso de la palabra y el colega Allamand; tambi�n lo dijeron el padre Montes, Clara Szczaranski y el abogado de Derechos Humanos se�or Salazar, quienes plantean este tema por los militares, carabineros y civiles que cumplen condena en Punta Peuco. Y le pido a la Ministra que me ponga un poco de atenci�n: en ese penal est�n recluidas personas con alzh�imer. �Si esa enfermedad es una eximente de responsabilidad! No creo que en ninguno de los pa�ses con los cuales nos gusta compararnos -los de la OCDE y otros- haya enfermos terminales; ni tampoco gente con c�ncer y que vive en condiciones subhumanas; ni menos personas que tienen mal de alzh�imer y no saben d�nde se encuentran ni conocen al que les abre la reja. �Y los tenemos presos! �Pero aqu� hacemos una norma espec�fica para ellos...! Yo digo, se�or Presidente, que �da verg�enza, como chilenos, que estemos aplicando ese r�gimen a seres humanos! �Aunque hayan violado los derechos humanos, tambi�n tienen derechos, como cualquier reo! Yo siento, como lo ha planteado el Senador De Urresti, quien tiene su posici�n -y la respeto-, que en esta materia estamos muy atrasados y que la humanidad del Estado de Chile se ha quedado muy lejos. Pero lo peor de todo es que tenemos un Instituto Nacional de Derechos Humanos con el que he discutido permanentemente y cuya directora me ha dicho que solo se preocupa de las violaciones a los derechos humanos cometidas por agentes del Estado. Bueno, esos son los agentes del Estado: Gendarmer�a y las instituciones que est�n aplicando las sanciones en comento a aquellos seres humanos. �Y no hay una palabra del Instituto Nacional de Derechos Humanos! Entonces, si queremos efectuar una reflexi�n, los llamo a que la realicemos en serio y a hacer de Chile un pa�s que se enorgullezca de c�mo trata a las personas que han delinquido y, contrariamente a lo que sucede hoy d�a, no sienta verg�enza. Actualmente, �Chile es una verg�enza! En mi concepto, a nuestro pa�s se le pueden aplicar sanciones por violar los derechos humanos de las personas que se hallan hacinadas en distintas c�rceles, pero espec�ficamente en la antes individualizada. Y cito tales casos, Ministra, porque al menos yo tengo informaci�n de que hay reos de 80 y tantos a�os de edad (no 75). �No s� qu� m�s se puede hacer expiar a esos seres humanos, algunos de los cuales tienen c�ncer, enfermedades terminales! Considero que debemos hacer ese debate y terminar con la situaci�n existente. A decir verdad, la norma que nos ocupa, m�s que a poner t�rmino al problema descrito, viene a abrir la herida diciendo: "�A esa gente, por ning�n motivo! �Que se pudra en la c�rcel, aunque est� con alzh�imer, aunque tenga enfermedades terminales!". Yo manifiesto derechamente -y se lo digo tambi�n a la gente de la Izquierda, que es sensible-: �no es posible sostener tal situaci�n un d�a m�s! El se�or LAGOS (Presidente).- Se solicit� abrir la votaci�n. �Qu� opina, Senador se�or Larra�n? Su Se�or�a, antes de que pida dividir la votaci�n, debo recordarle que el debate es conjunto, pero la votaci�n ser� separada para cada materia: primero, la de la norma que contiene la regla general sobre interrupci�n de la pena privativa de libertad, y despu�s, la de las letras b), c) y d), que establecen las excepciones, a cuyo respecto mi proposici�n fue que acerca de cada una de ellas hubiera votaci�n aparte, pues entend� que exist�a el trasfondo en comento. El se�or LARRA�N.- Perfecto. Est� bien. El se�or LAGOS (Presidente).- Reitero, entonces, que es posible abrir la votaci�n en esos t�rminos. El se�or LARRA�N.- Si hay votaci�n separada de las letras a), b), c) y d), ning�n problema. El se�or BIANCHI.- �Me da la palabra, se�or Presidente? El se�or LAGOS (Presidente).- Se la dar� inmediatamente, Su Se�or�a. Si se va a abrir la votaci�n, quiero que se aclare con exactitud sobre qu� puntos, para que no exista confusi�n. Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or ALLIENDE (Secretario General subrogante).- La proposici�n que se votar� en seguida est� en la p�gina 139 del comparado. Su finalidad es remplazar, en el inciso d�cimo que se incorpora al art�culo 33 de la ley N� 18.216, la expresi�n "80 a�os" por "75 a�os". El se�or LAGOS (Presidente).- En votaci�n la proposici�n consistente en remplazar la expresi�n "80 a�os" por "75 a�os". --(Durante la votaci�n). El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Bianchi. El se�or BIANCHI.- Se�or Presidente, nos contaba reci�n la se�ora Ministra que al comienzo se pens� en establecer 80 a�os; que esta idea se desech�, pues no hab�a ning�n condenado de esa edad, y que se baj� a 75 a�os, situaci�n en la que se encuentran -se�al� la se�ora Ministra- cinco personas en todo el pa�s. Recojo aquello, se�or Presidente. Sin embargo, y quiz�s por primera vez, quiero sincerar el tema, que para m� es sumamente complejo, delicado y especial. Yo escuchaba a la Senadora Lily P�rez hacer un relato sobre lo humano que resulta el que una persona, mujer u hombre, a los 75 a�os, en las �ltimas etapas de su vida, tenga una condici�n particular. Con lo que no estoy de acuerdo es con todo aquello que tenga que ver con atropello a los derechos humanos, con delitos de lesa humanidad. Ah� entramos a otro cap�tulo. Y mi voto no est� dispuesto para eso. Voy a decirlo con toda la franqueza y fuerza del mundo: si con la norma que nos ocupa alguien pretende avanzar en otra discusi�n, �yo no estoy disponible para ello! �En los temas vinculados con delitos de lesa humanidad; en los temas relacionados con genocidio; en los temas que tengan que ver con todo lo que nuestro pa�s vivi� en determinado momento, mi voto no est� disponible! �Y nunca va a estarlo! Es en ese �mbito -dicho por la propia Ministra- donde hay personas que superan los 75, los 80 a�os de edad. Y, como expres� un Senador que me antecedi� en el uso de la palabra, son tambi�n seres humanos. Sin lugar a dudas, son seres humanos. �Pero son seres humanos que abusaron de todo el poder que ten�an para cometer cr�menes atroces! Ante eso, obviamente, yo hago la separaci�n. Y mi voto no est� disponible. S� est� disponible para la rebaja a 75 a�os de edad. Me parece que en este caso hay consideraciones humanas que posibilitan que a personas que cometieron delitos que las mantuvieron por muchos a�os en prisi�n se les d� un trato especial en la �ltima fase de su vida. Estamos hablando de cinco personas en todo el pa�s; o sea, es un universo muy limitado. El universo mayor est� conformado por personas que cometieron delitos mucho m�s complejos y que guardan relaci�n con los derechos humanos. Por eso, voto a favor en el punto espec�fico sometido a nuestro pronunciamiento. Pero dejo en claro que para materias relacionadas con la posibilidad de liberar en los �ltimos a�os de su vida a personas que cometieron cr�menes contra los derechos humanos mi voto no est� disponible. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Espina. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, quisiera pedir un poquito de coherencia en los argumentos que se dan. Honorables Senadoras y Senadores han dicho aqu� que en este caso hay razones humanitarias. Pues bien: si la l�gica del Parlamento es la de que por razones humanitarias una persona no debe estar presa, ellas deben servir para todos. Porque son (valga la redundancia) humanitarias. Si a una persona de 65 a�os que padece de alzh�imer la mantenemos en la c�rcel porque cometi� un robo con fuerza en lugar habitado -o sea, entr� a una casa donde en ese instante no hab�a nadie y rob�, por lo cual est� cumpliendo su pena-, expl�quenme Sus Se�or�as c�mo justifican en ese caso las razones humanitarias. Yo no tengo problema en que estudiemos un proyecto de ley y aprobemos las razones humanitarias como paquete. �Pero sucede que ac� la aplicaci�n de las razones humanitarias se hace depender de la gravedad del il�cito cometido...! O sea, si la persona est� condenada por el delito de robo; o por el delito de secuestro, que es grave; o por haber violado derechos humanos (il�cito mucho m�s grave); o por delitos vinculados con la ley de drogas, �las razones humanitarias desaparecen...! En definitiva, �lo que se est� proponiendo en este caso es la incoherencia misma! En los pa�ses citados como ejemplos -estoy consultando; no tengo certeza absoluta- la regla general es que se cumplan 75 u 80 a�os. Simplemente, cualquiera que sea la gravedad del delito perpetrado, se dice: "No se justifica que a esta edad una persona est� en la c�rcel". Pero ac� se tiene un concepto bien raro sobre lo humanitario, porque �depende de la gravedad del delito...! Entonces, yo no estoy dispuesto a prestarme -lo digo con el mayor cari�o- para una norma -entiendo la buena fe que la anima- hecha a medias. Si quieren incorporar las razones humanitarias, estudiemos el punto seriamente y digamos cu�l es la edad que se considera adecuada para que una persona, cualquiera que sea el delito que haya cometido, est� fuera de la prisi�n, sobre todo considerando las condiciones desastrosas de las c�rceles chilenas. Entre par�ntesis, debo agregar que este proyecto contiene una norma que establece por primera vez la construcci�n de c�rceles expr�s (manifiesto mis felicitaciones por ello). Ello se concretar� a lo menos en Valpara�so, en la Regi�n del Biob�o -�incluida por la influencia que tiene el Senador Harboe...!- y en la Regi�n Metropolitana. El criterio expuesto -vuelvo a lo que nos ocupa- me parece absolutamente injustificado. Adem�s, quiero decirles que hoy d�a el art�culo 482 del C�digo Procesal Penal expresa: "Condenado que cae en enajenaci�n mental. Si despu�s de dictada la sentencia, el condenado cayere en enajenaci�n mental, el tribunal, oyendo al fiscal y al defensor, dictar� una resoluci�n fundada declarando que no se deber� cumplir la sanci�n restrictiva o privativa de libertad y dispondr�, seg�n el caso, la medida de seguridad que correspondiere.". Por lo tanto, esa es una norma que se aplica no solo a quienes tengan 75 a�os. Si el condenado est� con alzh�imer a los 60 a�os de edad, �se debe ir a su casa! No podemos dejar en la c�rcel a una persona que padece de ese tremendo mal, o que est� afectada por un c�ncer terminal, o que sufre una enfermedad que la inhabilita de a poco. �Se trata de enfermedades brutales! La norma que se nos sugiere, se�or Presidente, me parece de una arbitrariedad enorme. Porque, en la pr�ctica -pido atenci�n; y me dirijo especialmente al Senador Baldo Prokurica, quien est� viendo el problema-, no existen razones humanitarias para la lista de excluidos, pues ellas se acaban para cualquier persona que haya cometido ciertos delitos. Para el que perpetr� el delito de robo con fuerza no hay razones humanitarias. Para quien tiene alzh�imer -"Fichado: adentro"-, nunca existen razones humanitarias. Para quien comete el delito de homicidio (este puede ser producto de una ri�a calificada; y no estoy justificando el homicidio) jam�s hay razones humanitarias. �Qu� concepto m�s raro queremos establecer en torno a las razones humanitarias...! Si deseamos legislar en serio sobre esta materia, se�or Presidente, debemos tener presente que las razones humanitarias son humanitarias �siempre!, pues el Estado considera que las condiciones de la persona, por la gravedad de lo que est� sufriendo -una enfermedad mental, su muerte pr�xima, en fin-, no justifican su permanencia en la c�rcel. �Pero la cuesti�n es pareja! �Yo no s� de ninguna parte donde existan razones humanitarias solo para algunos...! Obviamente, estoy dispuesto a estudiar una legislaci�n sobre la materia (yo lamento la situaci�n planteada por el padre Montes, quien tuvo una valent�a y un coraje enormes). Pero hag�moslo en serio, con una normativa de verdad. Sin embargo, voy a votar en contra de la proposici�n que se nos plantea en este momento, pues me parece de una incoherencia enorme con respecto al contenido de fondo. Aqu� no hay razones humanitarias parejas: unos son categor�a A, y otros, categor�a B. �Eso me parece inaceptable! El se�or LAGOS (Presidente).- Se�or Ministro, �pidi� la palabra para alguna rectificaci�n? El se�or BURGOS (Ministro del Interior y Seguridad P�blica).- �Excepcionalmente, no...! El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Araya. El se�or ARAYA.- Se�or Presidente, si bien es cierto que el art�culo puede resultar bastante controvertido, lo primero que cabe precisar es que la legislaci�n nacional no contempla -y eso le estaba consultando a la se�ora Ministra- razones humanitarias para que una persona deje de someterse a una sanci�n. Si el condenado a una pena privativa de libertad se halla afectado de una enfermedad terminal o de alzh�imer, va a tener que cumplirla, salvo que la autoridad -en este caso, la titular de Justicia- le otorgue un indulto para que pueda salir de prisi�n. En la misma l�nea, lo que estamos llevando a cabo en la norma es fijar el que se podr�a llamar "primer criterio humanitario", al hacer referencia a los mayores de setenta y cinco a�os de edad, bajo ciertas condiciones. Porque el beneficio no es autom�tico: se otorga una vez que existe una solicitud al juez, previo un informe favorable de Gendarmer�a respecto de cu�les son las condiciones en que se encuentra el interesado. Siempre ser� posible discutir qui�nes podr�n tener derecho o no a la medida. Porque, al final del d�a, esto es lo que constituye lo que algunos penalistas o fil�sofos del Derecho llaman "gracia" del soberano en orden a perdonar, a trav�s de la legislaci�n, un delito cometido. Aqu� se toma una decisi�n m�s bien de pol�tica criminal, que no tiene que ver con la discriminaci�n propiamente tal. Si se revisa el debate sobre la Agenda corta, la cuesti�n se podr�a trasladar al resto del proyecto. Hemos tomado decisiones de pol�tica criminal en el momento de establecer que determinados il�citos -los de mayor gravedad, como el homicidio, la violaci�n, el robo calificado- no dar�n lugar a ciertos beneficios, lo que se replica en el caso de los mayores de setenta y cinco a�os. Dentro de este grupo, el punto m�s controvertible, quiz�s, es si quienes han cometido delitos de lesa humanidad tienen derecho o no a poder pedir a esa edad la suspensi�n de la pena privativa de libertad. En lo personal, apoy� la norma en la Comisi�n, en el sentido de que estar�amos dando un paso para avanzar a un sistema carcelario en que pudieran existir algunos mecanismos un poco m�s objetivos respecto de c�mo en ciertos casos es posible interrumpir una sanci�n de esa �ndole. Consideramos que los adultos mayores, especialmente los que pasen la edad mencionada, pudieran terminar de cumplir en libertad la pena, al mediar un informe favorable de Gendarmer�a -siendo Diputado, tambi�n expuse el caso-, para pasar el final de sus d�as junto a su familia. Mas asimismo hemos entendido que se puede excluir cierto tipo de il�citos -y creo que en ello no hay ninguna discriminaci�n ni grado de inconstitucionalidad- que a la sociedad le interesan por la gravedad que revisten y la relevancia del bien jur�dico tutelado, los que no generar�an un derecho al beneficio. Y, por eso, se ejerce la opci�n de se�alar los delitos m�s graves. En virtud de estas consideraciones, voy a votar a favor. Me parece que la disposici�n debiera servir para que se abra un debate mayor respecto de la cuesti�n carcelaria en su conjunto, de la raz�n humanitaria y tal vez de la modificaci�n de los sistemas con relaci�n a c�mo un recluso que cumple una pena privativa de libertad puede optar, frente a determinadas situaciones, a interrumpirla en una forma distinta de los beneficios extrapenitenciarios. Gracias. El se�or LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Larra�n. El se�or LARRA�N.- Se�or Presidente, este es un tema que lamentablemente no discutimos mucho en la Comisi�n, y creo que aqu� se han dado argumentos que ayudan a poder revisar el criterio pertinente. Coincido con quienes plantean, como mis Honorables colegas Espina o Prokurica, que si hay razones humanitarias no se deber�a distinguir por la naturaleza del delito determinante de que la persona haya sido condenada, ya que se estar�a haciendo referencia a situaciones graves que afectan a alguien privado de libertad. Lo que se est� diciendo es que se requiere considerar la situaci�n de quienes han cumplido setenta y cinco a�os, que es cuando los adultos mayores, en promedio, empiezan a exhibir dificultades tambi�n mayores. Y si alguno las est� sufriendo, es bueno que los tribunales efect�en una revisi�n. La disposici�n en que incide la letra a) expresa que el tribunal podr�, de oficio o a petici�n de parte, previo informe favorable de Gendarmer�a de Chile, disponer la interrupci�n de la pena privativa de libertad. Es decir, se abre una oportunidad de rever la situaci�n, a partir de dicha edad, en virtud de este procedimiento. Antes de los setenta y cinco a�os, como bien se mencion�, se puede recurrir al indulto. Lo que la norma est� haciendo es abrir la posibilidad de que a la edad mencionada se lleve a cabo una revisi�n de todas maneras. Ello no me parece mal, en principio, porque gatilla un proceso. Sin embargo, se hallan en lo cierto quienes observan que no se debiera distinguir -repito- al mediar razones humanitarias. Son excepciones. �Por qu� no dejar que el tribunal resuelva? Con el informe de Gendarmer�a, tendr� el buen criterio de considerar la situaci�n objetiva: ponderar�, ciertamente, los delitos cometidos, el tiempo que la persona lleva cumpliendo la pena y una cantidad de aspectos que no podemos definir a priori. Estimo razonable, entonces, la aprobaci�n de la primera parte, pero no de las excepciones, ya que constituye el fundamento de las razones humanitarias. Estas deber�an dar lugar a una revisi�n a partir de los setenta y cinco a�os, cualquiera que haya sido el delito cometido, porque si se presentan malas condiciones f�sicas y mala salud, da un poco lo mismo cu�l sea el motivo de la privaci�n de libertad. Las razones humanitarias priman por la situaci�n objetiva. A mi modo de ver, se deber�a permitir el proceso se�alado, porque siempre se podr�a rever el caso: antes de los setenta y cinco a�os, v�a el indulto del Ministro de Justicia; cumplida esa edad o despu�s, v�a el procedimiento en examen. Insisto en que cabe dejar la regulaci�n abierta para que el tribunal resuelva. �O no tenemos confianza en nuestros organismos jurisdiccionales? Con el informe de Gendarmer�a, evaluar� las condiciones humanitarias. Y si existen, no las restrinjamos por el tipo de delito. El tribunal tendr� buen cuidado para ver lo que proceda o no. En virtud de lo expuesto, me parece razonable inclinarse por la determinaci�n que se�alo, pero no por las que siguen. El se�or LAGOS (Presidente).- Hay dos inscritos para hacer uso de la palabra. Debo recordar que el Orden del D�a termina a las 19:30, salvo que decidamos extenderlo. Puede intervenir el Senador se�or Moreira. Agradecer� que Su Se�or�a no sea interrumpido. El se�or MOREIRA.- Se�or Presidente, hemos visto de parte del Gobierno, de la Oposici�n, as� como especialmente de la Ministra de Justicia y, por supuesto, del Ministro del Interior, una preocupaci�n por toda esta normativa antidelincuencia. Hemos estado de acuerdo en muchas de las materias, por no decir en todas, y ha habido un �nimo de buscar la mejor soluci�n para Chile. Sin embargo, la coincidencia no puede ser completa. Aqu� se han dado ejemplos de personas. Quiero poner uno solo: el del dictador Erich Honecker, a quien es preciso recordar mucho. La historia lo registra como un genocida. La entonces Concertaci�n tuvo un gesto humanitario y lo recibi� en nuestro pa�s cuando el mundo protestaba. Entonces, trat�ndose de derechos humanos, los sectores de Izquierda generalmente mantienen un doble est�ndar para abordarlos. Por eso, cuando vemos que se legisla... Se�or Presidente, estimo que el tema es bastante interesante y quienes no quieran... El se�or LAGOS (Presidente).- Es la tercera vez que tengo que solicitar que no se interrumpa a quien hace uso de la palabra. Puede proseguir, Su Se�or�a. El se�or MOREIRA.- A mi juicio, el asunto es demasiado sensible, porque nos divide. Sabemos que existe una actitud discriminatoria en contra de exuniformados que cumplen penas en establecimientos carcelarios. Digamos las cosas como son. Legislar con revanchismo, con odiosidad, jam�s conducir� a la paz. Quiero dejar constancia de que con esta norma no se hace justicia, por lo cual voto que no. El se�or LAGOS (Presidente).- Puede intervenir el Honorable se�or Orpis. El se�or ORPIS.- Se�or Presidente, quisiera ser muy breve. Soy partidario de abordar sin excepciones el tema de las razones humanitarias. Es decir, estas tienen un valor por s� mismas, y sobre esa base se legisla. Juzgo que lo que estamos tratando en el proyecto no es incompatible con mi apreciaci�n. Para que el objetivo expuesto se cumpla es preciso pronunciarse a favor. Cuando no se quieren excepciones, sino hacer prevalecer solo las razones humanitarias, es necesario aprobar la letra a) y rechazar las dem�s. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Coloma. El se�or COLOMA.- Se�or Presidente, las normas son bien complejas. Me parece que nos hallamos en el l�mite personal de lo que cabe estimar positivo o negativo para el pa�s. Desde mi perspectiva, deber�a haber un momento en que se gatillara alguna forma de actuar de las autoridades -no s� si de Gendarmer�a, pero de la que fuere- respecto del cumplimiento de la pena, pero, honestamente, no me convence el que ello sea en funci�n de la edad, de los setenta y cinco a�os. Juzgo mucho m�s razonable una condici�n objetiva de enfermedad, o sea, el hecho de que el efecto social de la sanci�n no pueda verificarse, en el fondo, en funci�n de asumirlo la persona sobre la cual ella recae. El asunto es bien profundo. La regla general deber�a ser siempre que las penas se cumplieran, ya que se ha cometido un delito, pero tambi�n es verdad que conllevan el factor al que acabo de hacer referencia. No se trata del elemento reivindicatorio de una venganza. Si se cree lo contrario, vamos a enfrentar un problema muy complejo. En mi opini�n, la correcta forma de entender las sanciones es el efecto social -repito- que generan en el afectado y en los dem�s. Entonces, en los casos de una enfermedad terminal, de alzh�imer o de demencia, el cumplimiento de la pena pasa a ser al final ya casi un exceso -algunos pa�ses han evolucionado en un sentido o en otro-, sobre la base de las condiciones en que la gente vive, y tiene m�s que ver con la l�gica de la venganza a la que hac�a referencia. Entiendo lo que se intenta armar, pero no me convence el que la edad sea "gatillo" de la excepci�n. Para m�, deber�a concurrir una causa objetiva -por eso, tampoco tengo claro si Gendarmer�a debe ser la que opere- de que no se est�n dando las condiciones del efecto social de la pena. Y si se dan, no entiendo las excepciones. Si se contempla un fin de cumplimiento social o humanitario, me cuesta pensar en una excepci�n respecto de alguien que pueda haber vulnerado una norma en materia de blanqueo de activos -estoy usando un ejemplo-, junto a otra atinente a quienes pueden haber cometido delitos bastante m�s complejos contra las personas. Esa l�gica no me calza. Y huelo que, al establecerse una norma especial con relaci�n a las Fuerzas Armadas, hay un �nimo expl�cito de que no se "gatille" ning�n elemento de humanidad. La pregunta de fondo es qu� importa. �La edad? Creo que no. Es la humanidad, el efecto social de la pena. Deber�amos concentrarnos en c�mo se logra. Para eso, deber�a mediar objetividad en cuanto a qu� condiciones requiere la excepci�n. Hay personas de setenta y cinco a�os -de repente, se ven por aqu�- con plenas facultades. El se�or LAGOS (Presidente).- �De esa edad, ninguna...! El se�or COLOMA.- No s� si el se�alado ser�a un elemento eximente del cumplimiento de la pena. Y puede haber otras menores en una situaci�n muy dram�tica de vida. La l�gica de la edad no me convence. La que corresponde, a mi juicio, es la que dice relaci�n con la humanidad, en cuanto al cumplimiento de una sanci�n. Desde este punto de vista, el cat�logo de excepciones me convence menos. �La humanidad las tiene o no? La respuesta deber�a ser negativa. La lista es bien especial. Comprendo que se contemple el caso de v�ctimas menores de edad, pero no me persuade por ning�n lado la consideraci�n del blanqueo de activos en el car�cter moral de un hecho no merecedor de un criterio de humanidad. Por eso, entendiendo el criterio que se plantea -pienso que puede configurarse un camino para resolver despu�s de mejor manera-, no aprobar� la proposici�n, ya que el asunto no dice relaci�n con la edad, sino con la humanidad, la cual no presenta excepciones. El se�or ESPINA.- �Me permite exponer una cuesti�n reglamentaria, se�or Presidente? El se�or LAGOS (Presidente).- S�, Su Se�or�a. El se�or ESPINA.- A mi juicio, existe una confusi�n en cuanto a lo que estamos votando. Estimo preferible no pronunciarnos, y quisiera se�alar la raz�n. El se�or LAGOS (Presidente).- Se�or Senador,... El se�or ESPINA.- Le solicito que me deje explicar, se�or Presidente, porque estamos procediendo en forma equivocada. Tengo el deber de consignar que podr�amos votar todo lo contrario de lo que creemos. El se�or LAGOS (Presidente).- Solo le recuerdo que estamos en votaci�n. El se�or ESPINA.- Est� bien. Pero la unanimidad de la Sala puede concluir que si va a resolver un disparate... El se�or LAGOS (Presidente).- Ya se han pronunciado alrededor de veinticinco se�ores Senadores, algunos de los cuales no se encuentran presentes. El se�or ESPINA.- Quiero dejar testimonio, simplemente, de una cuesti�n reglamentaria que me ha representado la Secretar�a de la Comisi�n de Constituci�n. El se�or LAGOS (Presidente).- Somos todo o�dos. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, la que nos ocupa es una proposici�n en el sentido de que los mayores de setenta y cinco a�os, previa consulta al juez, podr�n quedar en libertad. Expresa lo siguiente: "Asimismo, el tribunal podr�, de oficio o a petici�n de parte, previo informe favorable de Gendarmer�a de Chile, en los t�rminos expuestos precedentemente, disponer la interrupci�n de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, de acuerdo a lo establecido en el inciso primero, cuando la persona condenada cumpla 75 a�os.". Esta es una de las normas. En el inciso siguiente no se alude a esa edad: se hace referencia a la pena mixta contemplada en el art�culo 33 de la ley N� 18.216, que establece penas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad. Entre las primeras se encuentra la remisi�n condicional, la reclusi�n parcial y la libertad vigilada. No existe ninguna vinculaci�n entre las dos disposiciones. �Ninguna! Me lo est� representando la Secretar�a de la Comisi�n de Constituci�n, que algo sabe de la materia despu�s de muchos a�os. Lo que estamos diciendo en la �ltima norma es que la pena mixta no va a proceder, no en relaci�n con los setenta y cinco a�os, sino con la cantidad de delitos que se enumeran. Como quienes queremos votar ahora en contra estamos interpretando que lo hacemos por tratarse de excepciones a dicha edad, cometemos un error, porque hay una mala redacci�n. En esa otra parte debiera comenzar por puntualizarse que respecto del inciso anterior no proceder� tal y tal cosa, para que ello estuviera anexado. En el caso de los setenta y cinco a�os existen excepciones, pero el texto que se�alo no incluye ninguna para tal efecto, sino respecto de los delitos que determina. Entonces, la Secretar�a, representada por el se�or Patricio Fuenzalida y su equipo, me ha expresado que estamos votando algo diferente del verdadero contenido de la disposici�n. Al plantearse esa interpretaci�n, solo deseo exponer que el sentido com�n lleva a concluir, siendo las 19:34, que conviene redactar en mejor forma para clarificar el concepto. Eso es todo lo que estoy manifestando. Entonces, se�or Presidente, usted tiene raz�n: estamos en votaci�n, pero deseo dejar constancia de que se vota algo distinto de aquello sobre lo cual algunos queremos pronunciarnos. El se�or ALLAMAND.- �Tenemos un problema...! El se�or LAGOS (Presidente).- Puede intervenir la se�ora Ministra. La se�ora BLANCO (Ministra de Justicia y Derechos Humanos).- Se�or Presidente, nosotros no estamos de acuerdo con la interpretaci�n de la Secretar�a. De hecho, si en la norma hubi�semos excluido la parte de las excepciones, se aplicar�an igual, porque est�n en el art�culo 1� de la ley N� 18.216. En otras palabras, lo que nosotros hacemos aqu� es reforzar las excepciones e incorporar los casos de lesa humanidad y de terrorismo. Pero estas normas est�n dentro de la ley N� 18.216, cuyo art�culo 1� parte mencionando estas excepciones. El se�or PROKURICA.- Es lo que se va a votar ahora. La se�ora BLANCO (Ministra de Justicia y Derechos Humanos).- As� es. El se�or LAGOS (Presidente).- Yo tengo la siguiente interpretaci�n. Entiendo lo que trata de explicar el Senador se�or Espina. Pero lo que estamos votando -y no quiero generar m�s confusi�n al respecto- es el inciso que establece la norma de los 75 a�os. Punto. Corr�jame, se�or Secretario, si me equivoco. A continuaci�n, viene un inciso -es el que preocupa al Senador se�or Espina-, que dice: "No proceder� la pena mixta contemplada", etc�tera. Pues bien, ese inciso fue aprobado por mayor�a (2x1) en la Comisi�n, pero no nos estamos pronunciando sobre �l ahora. En consecuencia, la votaci�n actual es perfectamente v�lida. Para tranquilidad del Senador se�or Espina, no estamos votando lo que a �l le preocupa. Tiene la palabra la Senadora se�ora Von Baer. La se�ora VON BAER.- Se�or Presidente, quiero fundamentar mi voto respecto al inciso que establece los 75 a�os. Me parece positivo que introduzcamos la parte humanitaria en nuestra legislaci�n. Y lo considero especialmente relevante, por ejemplo, respecto de personas que est�n graves o terminalmente enfermas. Entonces, cuando se explica ac� que determinadas personas que est�n gravemente enfermas no podr�n acceder a este beneficio, me parece que es un error. Puede haber una persona de 75 a�os que est� en muy buen estado de salud. De hecho, las personas de esa edad, en general, est�n muy bien. Ahora, la explicaci�n que se nos da aqu� es que en las c�rceles de nuestro pa�s hay solo cinco reclusos que exceden los 75 a�os. Sin embargo, el punto no est� en la edad que la persona tenga, sino en si, por ejemplo, est� gravemente enferma, caso en el cual humanitariamente deber�amos, como sociedad, darle la posibilidad de volver a su casa y terminar de cumplir su pena ah�. Pero eso no tiene que ver con la edad. Me convencer�a mucho m�s este inciso si dijera: "con 75 a�os m�s un informe de Gendarmer�a que se�ale que la persona est� gravemente enferma". O si nosotros pudi�semos entregar la facultad a un juez para decidir, despu�s de que se hace la petici�n, darle o no el beneficio a personas gravemente enfermas. Considero que es un error establecer una edad espec�fica. Una persona de 60, 75, 80 o 90 a�os puede estar muy bien todav�a. E, incluso, puede salir de la c�rcel y cometer un il�cito nuevamente. Aunque en la actualidad tengamos muy pocas personas de esa edad recluidas. Hay que pensar que quiz�s en el futuro tendremos m�s personas mayores en la c�rcel que van a estar en buenas condiciones de salud. Y el inciso dice que el informe de Gendarmer�a debe ser favorable. Pero no dice, por ejemplo, que la persona, por tener tan alta edad, se encuentra en una situaci�n de enfermedad grave. Por lo tanto, puede ser que respecto a una persona de 75 a�os Gendarmer�a simplemente diga: "S�, en realidad, se porta bien" o "Cumple con todo el reglamento". Es decir, podr�a dar un informe favorable que no tenga relaci�n alguna con el estado de salud. En consecuencia, si esta norma persiste en el tr�mite, yo le pedir�a a la Ministra de Justicia -por su intermedio, se�or Presidente- que estudie la posibilidad de agregar que el informe de Gendarmer�a, por ejemplo, debe hacer alusi�n a alg�n problema de salud. En ese caso me parece que ser�a correcto. Porque uno considerar�a que es una persona de cierta edad que tiene problemas de salud. �Perfecto! Pero este inciso solo establece que se cumpla una determinada edad. Y, en ese sentido, creo que no est� bien resuelto el tema de humanidad que aqu� se plantea. En consecuencia, votar� en contra, se�or Presidente. El se�or LAGOS (Presidente).- No hay m�s inscritos. Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or ALLIENDE (Secretario General subrogante).- �Alguna se�ora Senadora o alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or LAGOS (Presidente).- Terminada la votaci�n. --Se aprueba la proposici�n de la Comisi�n consistente en remplazar la expresi�n "80 a�os" por "75 a�os" (20 votos a favor, 9 en contra y 4 abstenciones). Votaron por la afirmativa las se�oras Goic, Mu�oz y Lily P�rez y los se�ores Araya, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Horvath, Lagos, Hern�n Larra�n, Montes, Navarro, Orpis, Pizarro, Quintana, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andr�s Zald�var. Votaron por la negativa la se�ora Von Baer y los se�ores Bianchi, Chahu�n, Coloma, Espina, Garc�a-Huidobro, Moreira, P�rez Varela y Prokurica. Se abstuvieron los se�ores Allamand, Garc�a, Letelier y Ossand�n. El se�or LAGOS (Presidente).- Hemos llegado al t�rmino del Orden del D�a. Quiero recordarles que el acuerdo de Comit�s es seguir con el debate de este proyecto en la sesi�n especial del martes 5 de abril, de 12 a 14 horas, y, despu�s, en la sesi�n ordinaria del mismo d�a, hasta su total despacho. --Queda pendiente la discusi�n particular del proyecto. VI. INCIDENTES PETICIONES DE OFICIOS El se�or ALLIENDE (Secretario General subrogante).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios. El se�or LAGOS (Presidente).- Se les dar� curso en la forma reglamentaria. )-----------------( --Los oficios cuyo env�o se anuncia son los siguientes: Del se�or BIANCHI: A Su Excelencia la Presidenta de la Rep�blica y a la se�ora Ministra del Trabajo y Previsi�n Social, solicit�ndoles URGENCIA PARA PROYECTO SOBRE EXTENSI�N DE PERMISO LABORAL PARA ATENCI�N A HIJO CON C�NCER. Del se�or GARC�A-HUIDOBRO: Al se�or Director Nacional del Instituto de Previsi�n Social, consult�ndole sobre RAZONES DE CAMBIO DE RECINTOS PARA PAGO A PENSIONADOS. Del se�or NAVARRO: Al se�or Ministro del Interior y Seguridad P�blica, requiri�ndole ESTAD�STICAS DE �LTIMO LUSTRO RESPECTO A FEMICIDIOS Y A DELITOS CON PARTICIPACI�N DE EXTRANJEROS COMO VICTIMARIOS; y para que se informe sobre FALTA DE FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE AGUA POTABLE PARA ZONA DE REZAGO DE VALLE DE ITATA, MEDIDAS PARA SUBSANARLO Y CANTIDAD DE FAMILIAS INVOLUCRADAS, ADEM�S DE ESTADO DE MESA DE NEGOCIACI�N DE SECTOR P�BLICO. Al se�or Ministro de Relaciones Exteriores, a fin de consultar por VIGENCIA Y MODIFICACIONES DE LEY N� 3.290. Al se�or Ministro de Defensa Nacional, pidi�ndole remitir INFORME SOBRE SISTEMA DE SEGURIDAD INFORM�TICO DE RAMAS DE LAS FUERZAS ARMADAS; dar a conocer su opini�n sobre POSIBILIDAD DE QUE CHILE CUENTE CON UN BUQUE ROMPEHIELOS Y UN AVI�N ANT�RTICO; e informar sobre RESTRICCIONES TECNOL�GICAS DE AVIONES DE COMBATE F-16 Y GRADO DE DEPENDENCIA RESPECTO DE OTROS PA�SES EN MANTENCI�N DE SOFTWARE Y MAQUINARIA. Al se�or Ministro Secretario General de la Presidencia, consult�ndole sobre ESTADO DE MESA DE NEGOCIACI�N DEL SECTOR P�BLICO. Al se�or Ministro de Econom�a, Fomento y Turismo, solicit�ndole que por su intermedio SERNAPESCA informe acerca de CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE VARAZ�N MASIVA DE SARDINAS EN PLAYA DE CHAUQUEN (L�MITE ENTRE REGIONES DE LOS R�OS Y LA ARAUCAN�A) y sobre TOTAL DE TONELADAS DE SALM�N E INDIVIDUOS MUERTOS A RA�Z DE BLOOM DE ALGAS OCURRIDO EN REGI�N DE LOS LAGOS. A la se�ora Ministra de Educaci�n, para que indique CRITERIO PARA COMIENZO DE FUNCIONES DE CENTRO T�CNICO ESTATAL DE REGI�N DEL BIOB�O EN 2021 y ESTIMACI�N DE HORAS QUE NI�OS Y NI�AS DEDICAN A DEBERES ESCOLARES FUERA DE HORARIO DE CLASES. A la se�ora Ministra del Trabajo y Previsi�n Social, solicit�ndole informaci�n respecto a ESTADO DE MESA DE NEGOCIACI�N DE SECTOR P�BLICO. Al se�or Ministro de Obras P�blicas, pidi�ndole diversos antecedentes sobre PUENTE INDUSTRIAL SOBRE R�O BIOB�O. A la se�ora Ministra de Salud, pregunt�ndole acerca de AUSENCIA DE INFORMACI�N SOBRE DOSIS T�XICA DE REPELENTE EN CAMPA�A DE PREVENCI�N DE VIRUS ZIKA. A la se�ora Ministra de Salud, consult�ndole POR QU� SITIO WEB DE MINSAL CONTIENE SOLO INFORMACI�N EN ESPA�OL Y NO EN LENGUAS DE PUEBLOS ORIGINARIOS, y pidi�ndole su opini�n sobre POSIBLE INCLUSI�N DE PSICOTERAPIA CON PROFESIONALES ACREDITADOS EN TRATAMIENTOS DE PLAN AUGE. Al se�or Ministro de Agricultura, requiri�ndole remitir COPIA DE PLAN SECTORIAL DE PRODUCTOS DEL MAR; pregunt�ndole por INGRESOS DE CONAF POR CONCEPTO DE ENTRADAS A PARQUES NACIONALES Y ORIGEN DE FINANCIAMIENTO DE ESTOS, y solicit�ndole su opini�n ante POSIBLE PROYECTO DE LEY PARA EXENCI�N DE IVA A CONAF. Al se�or Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, requiri�ndole informaci�n acerca de CORTE DE ENERG�A EL�CTRICA EN AEROPUERTO ARTURO MERINO BEN�TEZ EL 19 DE FEBRERO DEL A�O EN CURSO y consult�ndole por POSIBILIDAD DE INSTALACI�N DE INTERNET INAL�MBRICA GRATUITA EN EL MISMO TERMINAL A�REO. Al se�or Intendente del Biob�o, plante�ndole NECESIDAD DE INSTALACI�N DE PASO NIVEL MECANO Y PASARELA MECANO EN VILLA SAN JORGE DE CONCEPCI�N. Al se�or Alcalde de Concepci�n, pidi�ndole PASARELA MECANO PARA VECINOS DE VILLA SAN JORGE y solicit�ndole que remita LICITACI�N Y BOLETAS DE GARANT�A DE RECONSTRUCCI�N DE LICEO NAHUELBUTA, DE CORONEL. Del se�or ORPIS: Al se�or Fiscal Nacional, pidi�ndole informaci�n sobre N�MERO DE IMPUTADOS SIN CONTROL DE DETENCI�N Y DE IMPUTADOS CON CONTROL DE DETENCI�N DE ART�CULO 4� DE LA LEY N� 20.000, Y CANTIDAD DE CITADOS COMO CONSECUENCIA DE LA APLICACI�N DEL ART�CULO 50. )-----------------( El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra al Comit� Partido Dem�crata Cristiano e Independiente. Ning�n se�or Senador intervendr�. En el tiempo de los Comit�s Partido Socialista y MAS, tiene la palabra el Senador se�or Navarro. GRAVE CRISIS EN INDUSTRIA SALMONERA. OFICIOS El se�or NAVARRO.- Se�or Presidente, como se sabe, aproximadamente el 27 de febrero del a�o en curso comenz� en Puerto Montt, Regi�n de los Lagos, una situaci�n extremadamente grave que ocasion� una crisis que est� lejos de estar superada: la mortandad de al menos 23 millones de ejemplares de salm�n, lo que equivale a m�s de 38 mil toneladas, de acuerdo con cifras de SERNAPESCA. �Qu� sucede? Tuve ocasi�n de estar en la D�cima Regi�n y de reunirme con el se�or Intendente, con los organismos p�blicos (DIRECTEMAR, SERNAPESCA), con la Seremi de Econom�a y tambi�n con tripulantes de la marina mercante a cargo de los buques que est�n retirando los peces desde los barrios salmoneros afectados, que son 44 de 144 �reas de manejo, y las cifras son dis�miles. La informaci�n que entregan las empresas respecto de la cantidad de salmones afectados por el alga -que, en t�rminos muy simples, les roba a los peces el ox�geno que necesitan para respirar, lo que les provoca la muerte de manera inmediata- nos se�ala que algunos centros tuvieron una mortandad completa en menos de seis horas, luego de lo cual todas las jaulas se fueron al fondo, arrastradas por el peso de los peces muertos. Estamos en medio de una crisis y no al final de ella. La proliferaci�n del alga se ha debido, de acuerdo con los informes cient�ficos, a las condiciones de temperatura del mar. Pero tambi�n ha contribuido a ella el completo hacinamiento que se da en estos "barrios salmoneros" -fue la ley que aprobamos-, que m�s bien debieran llamarse "cit�s". Quiero se�alar que las cifras deben ser aclaradas. La reglamentaci�n exige un m�ximo de 17 kilos de salm�n por metro c�bico. Es necesario saber cu�nto pesaban los salmones al momento de producirse la mortandad -las cifras son variables: 1,6 kilos, 2,3 kilos, en fin-, porque es la �nica manera de poder determinar la biomasa que se vio afectada y, de paso, aclarar la proporci�n que ha sido llevada en naves para ser arrojada al mar a 75 millas n�uticas de distancia, tal como nos inform� el Intendente de la D�cima Regi�n. Tengo la convicci�n de que la autoridad de la D�cima Regi�n ha actuado con prontitud en relaci�n con un hecho cr�tico, no previsto ni por las salmoneras ni tampoco por los entes fiscalizadores. Quiero recordar que hicimos una segunda ley sobre salmonicultura en este Senado de la Rep�blica. El a�o 2007, el virus ISA provoc� el fin de la industria salmonera en Chile. �ramos los principales productores en el mundo, pero el virus termin� con 40 mil empleos y afect� a casi todas las instalaciones, lo que oblig� a una reposici�n de la industria. Hoy d�a Chile es el segundo productor mundial de esta especie, despu�s de Noruega, pero claramente tiene condiciones que lo distinguen y que lo hacen infinitamente diferente de ese pa�s europeo. La asociaci�n que agrupa a los proveedores de servicios de la industria salmonera -son empresas medianas y peque�as- nos entreg� datos que vale la pena considerar. Y su directora, una ingeniera comercial, gerenta de la asociaci�n, ha manifestado en una sesi�n especial de la Comisi�n de Econom�a que la forma de producir salm�n en Chile, basado en la engorda indiscriminada de la especie, se agot�. A�adi� que la situaci�n no daba para m�s y que se le hab�a advertido reiteradamente a la autoridad fiscalizadora y a la propia industria que el mecanismo de atiborrar la jaula de salmones m�s all� de lo reglamentado pod�a causar efectos devastadores, casos cr�ticos. Y eso fue lo que sucedi�. Se�or Presidente, aqu� se debe precisar con exactitud cu�l ha sido la acci�n de SERNAPESCA. Hemos hablado con todo el equipo del Servicio, con su Director Regional, con su Director Zonal, y tengo la convicci�n de que ha actuado dentro de lo que le permiten los medios de que dispone; esto es, con profesionales altamente capacitados, pero con cero infraestructura y cero capacidad para realizar tareas preventivas. De hecho, cuando consultamos cu�l hab�a sido la fiscalizaci�n a la segunda industria productora de salm�n en el mundo, localizada b�sicamente en la Regi�n de Los Lagos, nos enteramos de que SERNAPESCA, que es el organismo fiscalizador, no tiene lanchas ni un robot para poder realizar vigilancia, control e inspecci�n. Porque incluso con las lanchas es imposible saber qu� hay bajo el agua, que es donde anidan los salmones. Y si SERNAPESCA se viera en la necesidad de arrendar lanchas cada dos o tres meses, en tanto que la industria salmonera lo hace todos los d�as, a cada hora, �d�nde va a estar la lealtad del sector? Porque el aviso es inminente: la fiscalizaci�n tiene que hacerse sin notificaci�n previa y debe ajustarse a la normativa vigente, particularmente a condiciones que garanticen que la fiscalizaci�n se har� en momentos en que no haya podido haber "mesa de cumplea�os"; es decir, que no habr� un arreglo para que el fiscalizador vea determinadas condiciones y no las reales y permanentes. A mi juicio, se�or Presidente, esta situaci�n mantiene todav�a en una condici�n cr�tica a la Regi�n. El jueves pasado hab�a por lo menos doce naves menores y medianas con cientos o miles de toneladas de salm�n en descomposici�n en su interior, que se deb�an transportar por buques de tonelaje mayor a 75 millas n�uticas de distancia. No obstante, tambi�n se estaban arrojando en vertederos varios miles de toneladas. Hab�a camiones que recib�an la descarga de la yoma instalada en la comuna de Calbuco. En consecuencia, solicito que se oficie a SERNAPESCA, a DIRECTEMAR, al Intendente de la D�cima Regi�n, a fin de que podamos tener un recuento exhaustivo del plan preventivo que se haya establecido para enfrentar esta crisis y de todas las medidas tendientes a evitar que ella siga aumentando. Quiero recordar que el d�a de hoy, junto a cinco Comit�s (Independientes, MAS, PPD, PS y DC), hemos solicitado que se convoque a una sesi�n especial del Senado para abordar esta materia. Y hemos pedido que se invite a participar en ella al Ministro de Econom�a, al Subsecretario de Pesca, al director de la Armada encargado de la fiscalizaci�n, a DIRECTEMAR, al Intendente, a los directores regionales y zonales de la D�cima Regi�n, y a todas las autoridades que tengan relaci�n con la fiscalizaci�n de la industria salmonera. Al parecer, esta segunda oportunidad que dimos -luego del fracasado proyecto de los campeones mundiales con pies de barro, como mostr� el virus ISA- desafortunadamente ha sido desaprovechada por la industria salmonera. Esta vez no fallaron los controles preventivos. El problema es que la industria no ha adoptado las medidas necesarias. Porque uno dice: "Somos los segundos mayores productores del mundo". Pero, ojo: como lo dijo la asociaci�n que re�ne a los proveedores de servicios de la industria salmonera, en Chile se ha llevado al extremo el uso de antibi�ticos. �Al extremo! Se utilizan m�s de 5 mil toneladas de antibi�ticos, lo que da una relaci�n de 1 a 40 si se compara la cifra con las de Noruega. Ello hace que los mercados internacionales se est�n viendo afectados, por cuanto se rotula como "salm�n chileno", pero entre par�ntesis se agrega la palabra "antibi�tico". Se�or Presidente, est� claro qui�n perdi� en esta crisis. Han perdido los trabajadores que van a resultar despedidos a consecuencia de ella; ha perdido la Regi�n de Los Lagos, que ve contaminada una zona importante: 44 de 140 concesiones; un tercio del total. Pero tambi�n est� claro qui�n ha ganado, porque, de manera curiosa -y quiero que se oficie al Ministerio de Econom�a y al Ministerio de Hacienda para que nos informen al respecto-, subieron las acciones de las salmoneras en los mercados internacionales y tambi�n se increment� el precio del salm�n. O sea, estamos ante una paradoja: mientras se produce un severo da�o ambiental y laboral, la industria mejora sus condiciones en el mercado y en el precio de venta. En tal sentido, pedimos que la autoridad nos precise cu�l es la cantidad de salm�n que ha muerto en las jaulas afectadas por el alga; cu�ntas toneladas de este salm�n muerto han sido llevadas a alta mar; cu�ntas toneladas han sido llevadas a vertederos, en total descomposici�n. Asimismo, quiero saber si estos vertederos han sido autorizados por la autoridad sanitaria. Y le quiero solicitar al Superintendente del Medio Ambiente que nos diga cu�les son los vertederos a los que se est� llevando el material de desecho de los salmones, porque representa un alto grado de contaminaci�n, dados los antibi�ticos. Pero lo m�s importante es oficiar a la Direcci�n del Trabajo a fin de determinar las condiciones laborales de los tripulantes de la marina mercante que hoy d�a est�n a bordo de los buques, durante d�as enteros, con los restos de estos salmones en descomposici�n. El �cido sulfh�drico produce un gas mortal y, lamentablemente, a consecuencia suya ha fallecido una docena de trabajadores en la Regi�n del Biob�o y tambi�n en la de Los Lagos. Es una exposici�n que implica un alto riesgo para la vida de los tripulantes. Se�or Presidente, pido que se oficie a todas las autoridades que se�al� en torno a esta crisis que est� lejos de terminar -a�n estamos en medio de ella- y que efectivamente requiere nuestra atenci�n. �Patagonia sin represas! �Nueva Constituci�n, ahora! �No m�s AFP! He dicho. --Se anuncia el env�o de los oficios solicitados, en nombre del se�or Senador, conforme al Reglamento. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- En el tiempo del Comit� Partido Uni�n Dem�crata Independiente, le ofrezco la palabra al Senador se�or Juan Antonio Coloma. NECESARIA COMPETENCIA EN MATERIA DE CONCESIONES. OFICIO El se�or COLOMA.- Se�or Presidente, esta semana hemos recibido dos noticias que, a mi juicio, requieren un an�lisis pol�tico. Y voy a aprovechar la instancia de la hora de Incidentes para plantear mi opini�n al respecto y pedir los oficios correspondientes. La primera tiene que ver con algo que se ha ido dando y confirmando en el tiempo: una nueva pol�tica que se estar�a implementando en la forma de concesionar las carreteras en nuestro pa�s, con el peligro de que se utilice, como f�rmula normal y en lugar de las licitaciones una vez que los plazos se cumplan, una suerte de reemplazo a trav�s de la ampliaci�n de obras, gener�ndose as� una cierta captura de las concesiones ya existentes. No cabe duda de que el sistema de concesiones en Chile ha sido tremendamente exitoso. Durante los �ltimos 21 a�os m�s de 16 mil millones de d�lares han ido directamente a la vena de la infraestructura del pa�s, produciendo un doble beneficio: por un lado, hay obras que le han cambiado la cara en muchos aspectos a nuestra naci�n, y adicionalmente, recursos que pudieron haberse destinado a esas obras han sido orientados a gasto social y a otras prioridades del pa�s. En mi opini�n, durante m�s de dos d�cadas ha habido un c�rculo virtuoso que es muy importante seguir desarrollando. Particularmente en momentos de crecimiento econ�mico m�s d�bil, me parece que esa es la clase de cosas que pueden ayudar a recuperar la senda del desarrollo. Sin embargo, �qu� ha ocurrido a prop�sito de este c�rculo virtuoso? Dos noticias complejas. Por un lado, por razones ideol�gicas inexplicables, el Gobierno ha renunciado al sistema de infraestructura hospitalaria por la v�a de la concesi�n, lo cual ha generado que lugares como Curic�, Linares y Chill�n hayan perdido sus esperanzas en cuanto al proceso de avance de construcci�n de sus recintos hospitalarios a trav�s de concesiones. Hoy, a trav�s de proyectos ya no concesionados, sino por medio de fondos estatales (en momentos de, adem�s, escasos recursos), uno ve en forma dram�tica que los predios en los cuales se podr�an estar construyendo desde hace tiempo hospitales por la v�a concesionada siguen siendo terrenos bald�os. Cualquier ciudadano que pase por Curic�, por la carretera hacia el sur, podr� ver que en un espacio amplio que est� dividido (un tercio, dos tercios), hay un edificio virtualmente terminado, perteneciente a INACAP, cuyos terrenos se compraron mucho despu�s que aquellos destinados al hospital de la ciudad, y un sitio vac�o donde debiera estar construy�ndose un recinto hospitalario que hoy no existe. Aqu� tenemos una primera l�nea de error que le ha hecho un profundo da�o al menos a los ciudadanos de esas tres comunas y sus alrededores, quienes est�n soportando la ineficiencia ideol�gica de un Gobierno que ha hecho que programas de desarrollo indispensables se encuentren atrasados. Y ahora se suma una segunda l�gica que considero especialmente perturbadora. Hace algunos d�as vi saliendo de La Moneda a concesionarios de rutas del pa�s, muy contentos -no tengo idea de lo que se habr� conversado en la reuni�n-, porque se dec�a que se hab�a aprobado la ampliaci�n del plazo de una concesi�n en funci�n de nuevos beneficios que se iban a generar en la carretera. Esto, adem�s, ya hab�a ocurrido en otra ocasi�n. El Ministerio de Obras P�blicas anunci� dos excepciones -es verdad que hubo una anterior en a�os pasados- que generan, a mi juicio, un peligroso precedente respecto de c�mo se entiende que debe terminar una concesi�n. En un pa�s que tiene concesiones a plazo, lo normal, lo l�gico, lo deseable es que, terminado el plazo, se relicite. Y ah� si se ver�. Habr� una discusi�n leg�tima. �Qu� es lo importante? �El precio? Creo que el precio ser� un elemento muy decisivo: cu�nto m�s barato puede resultar para los usuarios. Hoy uno puede pagar 2.200 pesos de peaje en determinados troncales. Les aseguro que, terminado el vencimiento de la concesi�n, el costo de mantener lo que ya est� construido no debe superar los 600, 700 pesos, lo que generar�a un gran beneficio para los ciudadanos. Algunos dicen: "No, es que podemos aprovechar de hacer nuevas obras dentro de la misma concesi�n", cosa que uno podr�a entender. Incluso, terceros plantean: "Hagamos un fondo de infraestructura con esos recursos", cuesti�n que ya me parece bastante m�s dudosa, porque creo que es de la esencia de una concesi�n pagar por una obra que beneficia a las personas que pagan. Pero esa discusi�n, que era leg�tima, se desperfil�, porque ahora -ya por segunda vez-, en lugar de concesionar y que sean las ofertas las que definan qu� es lo que realmente importa para los efectos de la eficiencia, pareciera que se estuviera instalando una peligrosa l�gica. Cuando ya est� cerca el t�rmino de una concesi�n, se dice: "Mejor hagamos nuevas obras. �Qui�n las va a hacer? El antiguo concesionario". Las tasas que est�n recibiendo las concesiones son, en general, suficientes y m�s bien generosas si uno las coloca en una perspectiva hist�rica. Por eso, instalar el principio de que quien gana una vez la licitaci�n de una infraestructura carretera debe mantenerla por mucho tiempo a trav�s de la l�gica de ir ampliando obras me parece un grueso error. De ah� que planteo mi preocupaci�n al Senado en cuanto al tema de la competencia en las concesiones. Para m�, la competencia es esencial para que el sistema funcione, para que los recursos sean bien utilizados, para mejorar la capacidad de infraestructura de nuestro pa�s, pero al precio m�s bajo posible, porque al final lo pagan los usuarios, lo pagamos todos los chilenos. Entonces, a m� no me convence para nada que al t�rmino de una concesi�n se empiece a aplicar una f�rmula para evadir lo que a mi juicio es clave: la competencia. Me dicen que hay cosas urgentes por hacer. �Correcto! �Si yo no estoy en contra de la renegociaci�n de un contrato de concesi�n en s� misma, sobre todo cuando falta harto tiempo para su t�rmino, pero me parece muy poco explicable cuando el lapso que queda es muy corto! Adem�s, se pueden impulsar convenios complementarios con el actual concesionario o se puede comprar la concesi�n en un momento determinado, con lo cual favorecemos la construcci�n de nuevas obras, pero no a costa de extender el plazo de una concesi�n, lo que crear�a un c�rculo perverso. Aqu� lo importante es que al t�rmino de un contrato el mercado pueda funcionar. Y el mercado no funciona si los plazos se ampl�an en funci�n de obras nuevas que siempre van a ser necesarias, pero la gracia es que ellas sean consideradas con todas las condiciones que correspondan. Por eso, quiero solicitar que se oficie al Ministerio de Obras P�blicas respecto a la pol�tica de renovaci�n de plazos de concesi�n una vez que estos han concluido, pidiendo, b�sicamente, una explicaci�n para las dos renegociaciones de concesi�n que hemos conocido a trav�s de los medios de comunicaci�n. Se dice que una se verific� y que la otra estar�a en proceso. Por lo que se�alaron los concesionarios en una conferencia de prensa, bastar�a una nueva obra para entender ampliados los plazos, los que, a mi juicio, es fundamental respetar. --Se anuncia el env�o del oficio solicitado, en nombre del se�or Senador, en conformidad al Reglamento. PERMANENCIA DE CHILE EN PACTO DE BOGOT�. OFICIO El se�or COLOMA.- En un segundo tema, se�or Presidente, quiero referirme a lo que est� sucediendo con Bolivia y, b�sicamente, a esta especie de reality que estamos presenciando el d�a de hoy, donde el Presidente de ese pa�s, Evo Morales -que intent� nuevamente su reelecci�n pero a quien no le result�-, ha anunciado que va a iniciar otra demanda contra Chile, esta vez en relaci�n con las aguas en torno al r�o Silala. A m� me parece especialmente complejo en el �mbito internacional que se utilice el conflicto o recurrir a determinada jurisdicci�n extranjera como forma de hacer pol�tica interna. A mi juicio, se�or Presidente, ha llegado el momento de retirarse definitivamente del Pacto de Bogot�. Recordemos que este instrumento fue suscrito por 35 pa�ses en la d�cada de los cuarenta. En ese momento -est�bamos saliendo de la Segunda Guerra Mundial- se entend�a que pod�a haber una jurisdicci�n internacional que velara por el correcto funcionamiento de los distintos tratados. Lo concreto es que en la actualidad, posiblemente en funci�n de resoluciones de La Haya o por diversos problemas internos, de esos 35 pa�ses solo quedan 14 adscritos al pacto. �Catorce de treinta y cinco! Muchas naciones se han ido retirando -Colombia fue la �ltima- en raz�n de la naturaleza de los fallos emitidos. Por lo tanto, se�or Presidente, mi pregunta es cu�l es el sentido de que Chile se mantenga en el Pacto de Bogot�. Ya tuvimos una resoluci�n en La Haya en funci�n de la demanda interpuesta por Per�. En su oportunidad dije que su resultado era, desde mi perspectiva, claramente insatisfactorio. Y acto seguido plante� -por eso quiero insistir ahora- que era el momento de salirse del Pacto de Bogot�, porque, si no, �bamos a estar condenados a estar sometidos, eventualmente, a una sucesi�n de distintas demandas. Me se�alaron algo que era correcto: que aun renunciando empezaba a correr el plazo de un a�o durante el cual igual pod�amos ser demandados. Pero, si hubi�ramos actuado de la manera que yo estaba sugiriendo, estoy seguro de que no se habr�a dado este verdadero festival de demandas que el Gobierno boliviano ha planteado. Ya estamos en un proceso en La Haya, y ahora se nos anuncia otro en relaci�n con las aguas del r�o Silala. Entonces, la pregunta que tiene que hacerse el pa�s es: �estamos condenados a vivir en procesos judiciales en funci�n de nuestros l�mites porque a determinado presidente se le ocurre proceder contra el pa�s y porque nosotros simplemente debemos dejarnos llevar por un pacto que, desde mi perspectiva, perdi� todo sentido? Y si alguien duda de esto �ltimo le pido que revise por qu� los pa�ses se han ido saliendo de �l. Al final, parece que van a quedar Per�, Bolivia y Chile. El segundo ha expresado un �nimo bastante permanente y ha anunciado por los medios una segunda demanda. A mi juicio, se�or Presidente, el internacionalismo no consiste en pertenecer a todos los organismos internacionales que hay en el mundo. �Eso es un error! Nosotros tenemos que pertenecer a aquellos que uno siente que son un activo para la naci�n entera. Y, desde mi punto de vista, el Pacto de Bogot� ha dejado de tener sentido, no solo para Chile, sino tambi�n para muchos otros pa�ses. De partida, ello tendr�a influencia en la configuraci�n de los tribunales de La Haya, tema que podemos abordar en otra ocasi�n. Y, adicionalmente, se apuntar�a al efecto pol�tico que pretende aplicar, como l�gica, la autoridad de turno de un pa�s -estoy leyendo los diarios bolivianos- para reganarse la confianza de su pueblo. Por eso, si un presidente utiliza, para efectos de pol�tica interna, instrumentos internacionales que generan un grado de odiosidad con otra naci�n, pienso que debemos revisar nuestra permanencia en un pacto que pudo haber tenido sentido en cierto momento, pero que por alg�n motivo los pa�ses han ido abandonando, hecho que ha sido consecuente en el tiempo. De ah� que, se�or Presidente, quiero insistir, desde el Senado, en una posici�n que ya he manifestado en otras ocasiones y que refuerzo ahora: estudiar seriamente la posibilidad de denunciar el Pacto de Bogot� y retirarse de �l, como una f�rmula correcta de defender los leg�timos intereses de Chile, un pa�s que ha sido pac�fico en sus actuaciones, que no anda generando inconvenientes y que, no obstante, est� siendo objeto de una verdadera pesadilla en materia de amenazas. Por lo tanto, se�or Presidente, pido que se oficie al Ministro de Relaciones Exteriores para que estudie la posibilidad de proceder en el sentido que he indicado. He dicho. --Se anuncia el env�o del oficio solicitado por el se�or Senador, conforme al Reglamento. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- El Comit� Partido Por la Democracia generosamente le ha cedido tres minutos al Senador se�or Navarro para que pueda realizar una segunda intervenci�n en esta hora de Incidentes. Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or NAVARRO.- �La generosidad de la Senadora Adriana Mu�oz era mayor, porque me hab�a dado todo el tiempo, se�or Presidente...! CALIDAD DE TERRENO DE CONJUNTO HABITACIONAL MIRADOR DEL PAC�FICO DE TALCAHUANO. OFICIOS El se�or NAVARRO.- Se�or Presidente, el conjunto habitacional Mirador del Pac�fico, de Talcahuano, Regi�n del Biob�o, est� conformado por nueve proyectos de departamentos de 58 metros cuadrados y contempla la edificaci�n de 1.032 viviendas. Es producto, b�sicamente, de la situaci�n del terremoto del 27-F que afect� duramente a dicha comuna. Sin embargo, hemos tenido la notificaci�n de un hecho grav�simo en torno a las condiciones de calidad del terreno en el cual fue construido. En la etapa de revisi�n del proyecto por parte de la Comisi�n T�cnica Evaluadora, �rgano encargado de velar por el cumplimiento de todos los requerimientos del decreto supremo N� 174, se encuentra el estudio de mec�nica de suelo, el cual fue validado con certificado falso, pues el laboratorio inscrito en el MINVU no reconoce su autor�a o realizaci�n. As�, el informe disponible aprobado por la Comisi�n Evaluadora fue elaborado por una persona natural, con un documento falso que el Servicio de Vivienda y Urbanizaci�n tiene desde el a�o 2011. Tales departamentos fueron entregados el 2013, pero solo en enero de este a�o el SERVIU ha reconocido la existencia de dicho documento y que efectivamente es falso, poniendo en cuesti�n, por cierto, toda la l�gica que hace posible la construcci�n de departamentos en altura. Lo que permiti� descubrir aquello fue un hecho fortuito: la solicitud de la Junta de Vecinos Mirador del Pac�fico para construir una sede social determin� que para otorgar la autorizaci�n se deb�a hacer una revisi�n del estudio de mec�nica de suelo. Y, �oh, sorpresa!, se vino a descubrir la falsedad del documento. Este antecedente ha generado una situaci�n de alt�sima preocupaci�n para todos los vecinos. A ello se suman las condiciones de permeabilidad de los departamentos: se humedecen y algunos est�n llenos de hongos. Y lo m�s importante: las grietas verticales y las grietas horizontales que presenta el piso de algunos de los bloques se�alan claramente que hay un movimiento, un desplazamiento de tierra. De hecho, en el bloque 13 se han producido rupturas permanentes de ca�er�as. Se est� moviendo el terreno debajo de esos bloques, se rompen constantemente las ca�er�as y se est�n erosionando los taludes adicionales. Por tal motivo, solicito que se oficie a la se�ora Ministra de Vivienda y Urbanismo y al SERVIU de la Regi�n del Biob�o a fin de que informen en detalle lo que han hecho al respecto. Entiendo que se encarg� un estudio adicional y, por lo tanto, tambi�n me gustar�a que se me hiciera llegar copia de este. Tengo la convicci�n de que solo un estudio definitivo externo podr� dar tranquilidad a los vecinos, perseguir las responsabilidades de la empresa y determinar las acciones legales que podr� interponer el Ministerio de Vivienda en contra de Noval, filial de Salfa. Esta �ltima construy� gran parte de los departamentos y casas en la Regi�n del Biob�o y ah� ha habido problemas estructurales tremendos. La responsabilidad es de la EGIS ProHogar. La cuesti�n es que los vecinos han visto destruido su sue�o. Vivir en un departamento que no se sabe si se puede caer ante un eventual movimiento s�smico es un da�o moral y psicol�gico muy grande. Ojal� que el Ministerio act�e con todo el rigor de la ley -no me cabe la menor duda de que as� ser�- para perseguir las responsabilidades de quienes falsificaron los estudios de mec�nica de suelo y han puesto en riesgo el sue�o de m�s de 5 mil personas, el sue�o de m�s de 1.032 familias en Talcahuano. �Patagonia sin represas! �Nueva Constituci�n, ahora! �No m�s AFP! --Se anuncia el env�o de los oficios solicitados, en nombre del se�or Senador, conforme al Reglamento. El se�or QUINTANA (Vicepresidente).- Ha concluido la hora de Incidentes. Se levanta la sesi�n. --Se levant� a las 20:11. Manuel Oca�a Vergara, Jefe de la Redacci�n