. "DOCUMENTOS DE LA CUENTA"^^ . . . . . . " Moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores Err\u00E1zuriz , Barros y Kast . \nModifica los art\u00EDculos que se\u00F1ala del C\u00F3digo Civil, permitiendo que cualquiera de los progenitores, y no s\u00F3lo los c\u00F3nyuges, puedan declarar el inmueble en que viven los menores, bien familar. (bolet\u00EDn N\u00BA 3945-07)\n \n \n\u201CConsiderando: \n \n1.\tQue de acuerdo al art\u00EDculo 141 del C\u00F3digo Civil, el inmueble de cualquiera de los c\u00F3nyuges que sirva de residencia principal de la familia podr\u00E1 ser declarado bien familiar, y\n \n2.\tQue, sin pretender regular la convivencia, es necesario permitir que no s\u00F3lo los c\u00F3nyuges sino los progenitores, cualquiera sea el propietario del inmueble en que viven los hijos comunes, tambi\u00E9n puedan declarar bien familiar, vengo en proponer el siguiente \n \nPROYECTO DE LEY: \n \n\u201CArt\u00EDculo \u00FAnico.- Modif\u00EDcanse los siguientes art\u00EDculos del C\u00F3digo Civil, en la forma que se indica:\n \n1.\tSustit\u00FAyese en el inciso primero del art\u00EDculo 141 la palabra \u201Cc\u00F3nyuges\u201D por \u201Cprogenitores\u201D.\n \n2.\tReempl\u00E1zase el punto final del inciso primero del art\u00EDculo 141 por una coma y agr\u00E9gase la expresi\u00F3n \u201Cen caso de que se trate de c\u00F3nyuges\u201D.\n \n3.\tSustit\u00FAyese en el inciso segundo del art\u00EDculo 141 la palabra \u201Cc\u00F3nyuges\u201D por \u201Cprogenitores\u201D.\n \n4.\tSustit\u00FAyese en el inciso cuarto del art\u00EDculo 141 la palabra \u201Cc\u00F3nyuges\u201D por \u201Cprogenitores\u201D.\n \n5.\tReempl\u00E1zase en el inciso quinto y final del art\u00EDculo 141 la palabra \u201Dc\u00F3nyuge\u201D por \u201Cprogenitor\u201D.\n \n6.\tSustit\u00FAyese en el inciso primero del art\u00EDculo 142 la palabra \u201Cc\u00F3nyuge\u201D por \u201Cprogenitor\u201D.\n \n7.\tReempl\u00E1zase en el inciso primero del art\u00EDculo 143 la palabra \u201Cc\u00F3nyuge\u201D por \u201Cprogenitor\u201D\n \n8.\tSustit\u00FAyese en el art\u00EDculo 144 la palabra \u201Cc\u00F3nyuge\u201D por \u201Cprogenitor\u201D.\n \n9.\tReempl\u00E1zanse en los incisos primero y segundo del art\u00EDculo 145 la palabra \u201Cc\u00F3nyuge\u201D por \u201Cprogenitor\u201D.\n \n10. Sustit\u00FAyese en el inciso final del art\u00EDculo 145 la palabra \u201Cc\u00F3nyuges\u201D por \u201Cprogenitores\u201D.\n \n11. Reempl\u00E1zase en el art\u00EDculo 146 la palabra \u201Cc\u00F3nyuges\u201D por \u201Cprogenitores\u201D, en las tres oportunidades en que aparece.\n \n12. Sustit\u00FAyese en el art\u00EDculo 148 las expresiones \u201Cc\u00F3nyuge\u201D y \u201Cc\u00F3nyuges\u201D por \u201Cprogenitor\u201D y \u201Cprogenitores\u201D, respectivamente.\u201D.\n \n " . . . . . . . . . . . . " Moci\u00F3n de los diputados se\u00F1ores Err\u00E1zuriz, Barros y Kast, que modifica los art\u00EDculos que se\u00F1ala del C\u00F3digo Civil, permitiendo que cualquiera de los progenitores, y no s\u00F3lo los c\u00F3nyuges, puedan declarar el inmueble en que viven los menores, bien familiar (bolet\u00EDn N\u00B0 3945-07)"^^ .