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El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
Por último, corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que concede acción pública por infracciones a las normas relativas al trabajo de mejores.
Diputado informante de la Comisión del Trabajo y Seguridad Social es el señor Carlos Vilches.
Antecedentes:
-Moción, boletín Nº 3524-13, sesión 82ª, en 11 de mayo de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 20.
-Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad social, sesión 20ª, en 19 de julio de 2005. Documentos de la Cuenta Nº 4.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor VILCHES .-
Señor Presidente , la Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, iniciado en moción de los diputados señores Maximiano Errázuriz y Carlos Vilches, que concede acción pública por infracciones a las normas relativas al trabajo de menores.
A la sesión que la Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistió la Subsecretaria de Seguridad Social, señora Marisol Aravena Puelma , y el asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, don Francisco Del Río Correa .
Como señala la propia moción en estudio, las cifras entregadas por la Organización Internacional del Trabajo indican que uno de cada seis niños menores de diecisiete años trabaja. Es decir, actualmente trabajan en el mundo unos 250 millones de niños.
En nuestro país, el 58 por ciento de los niños que trabajan y que tienen entre 12 y 17 años no asisten regularmente a la escuela, mostrando una cifra significativamente superior al índice global de abandono escolar básico y medio, que llega al 1 y 10 por ciento, respectivamente.
Conforme dispone nuestra legislación laboral, ningún menor de 15 años puede celebrar contrato de trabajo. El legislador del ramo considera mayores de edad a quienes tengan 18 años, permitiéndoles celebrar válidamente contratos de trabajo. Agrega que los menores de 18, pero mayores de 16 podrán trabajar, previa autorización expresa del padre o de la madre, y establece, finalmente, que el menor de 18, pero mayor de 15 podrá trabajar, pero sólo en tareas ligeras, que no perjudiquen su salud y desarrollo y siempre que cumpla con sus obligaciones escolares.
Asimismo, el Código del Trabajo dispone que si se contratare a un menor de edad sin sujeción a lo dispuesto en sus normas, el empleador quedará sujeto a todas las obligaciones inherentes al contrato mientras se aplicare; pero el inspector del trabajo, de oficio o a petición de parte, deberá ordenar la cesación de la relación y aplicar al empleador las sanciones que correspondan.
La moción en estudio propone que la denuncia de hechos que impliquen infracción a las normas de protección de menores en el ámbito laboral, pueda realizarse por cualquiera persona que tenga conocimiento de ellos.
Ideas matrices o fundamentales del proyecto.
En conformidad con el Nº 1 del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 66 y 70 de la Constitución Política de la República, como asimismo, de los artículos 24 y 32 de la Ley Nº 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, cabe señalar que la idea matriz o fundamental del proyecto es establecer un sistema de denuncia pública de hechos que impliquen infracción a las normas relativas al trabajo de menores. Tal idea matriz se encuentra desarrollada en el proyecto en un artículo único permanente.
Artículos calificados como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.
En relación con esta materia, a juicio de la Comisión, el artículo único del proyecto no reviste el carácter de norma de quórum calificado u orgánica constitucional.
A la sesión que la Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistió la señora subsecretaria de Seguridad Social , señora Marisol Aravena Puelma , y el asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río Correa .
El proyecto en informe fue aprobado en general por la Comisión en su sesión de 5 de julio de 2005, por la unanimidad de los diputados presentes.
Durante su discusión general, el Ejecutivo , representado por el asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco del Río Correa, expresó que el Gobierno considera que el proyecto adquiere singular importancia a la vista de la relevancia que la OIT, la Unicef y los organismos del trabajo han dado a la temática del trabajo infantil.
Se trata de una norma que complementa correctamente las regulaciones que al respecto establece el Código del Trabajo, y que apunta en la dirección correcta que han establecido varias de las políticas públicas orientadas a la erradicación del trabajo infantil, a la eliminación de las peores formas de explotación de los niños, entre las cuales las ligadas al trabajo tienen gran importancia, y las orientadas a la regulación, fiscalización y sanción de las infracciones a las normas sobre trabajo de menores, que en nuestro país se define como el trabajo de los jóvenes entre los 15 y 18 años de edad.
El asesor del Ministerio expresó que el Ejecutivo también está interesado en otro proyecto en trámite en la Comisión de Trabajo, que establece la exigencia para los trabajadores menores de edad que cumplan con sus obligaciones escolares, exigencia que hoy sólo rige para los niños de entre 15 y 16 años. Agregó que el Ejecutivo tiene la intención de complementar dicha moción con una adición que determine la publicación de un listado de faenas peligrosas para los menores, junto con la obligación del empleador que utilice los servicios de menores de registrar los contratos, a fin de que la autoridad administrativa pueda llevar un mayor control sobre las condiciones en que éstos se desempeñan.
Por su parte, los diputados integrantes de la Comisión manifestaron su interés en permitir un marco adecuado de denuncias de hechos que impliquen abuso de menores en el ámbito laboral, ampliando significativamente las posibilidades de denunciar, permitiendo que cualquier persona que tenga conocimiento de dichas prácticas pueda denunciarlo a los organismos competentes.
La Comisión, en su sesión ordinaria celebrada en martes 5 de julio de 2005, sometió a discusión particular el proyecto, adoptándose los siguientes acuerdos respecto de su articulado.
“Artículo único: Agrégase en el Código del Trabajo, a continuación del artículo 18, el siguiente artículo 18 bis:
Artículo 18 bis.- Cualquier persona podrá denunciar ante este organismo las infracciones relativas al trabajo infantil de que tuviere conocimiento.”
Las diputadas señoras Adriana Muñoz y Ximena Vidal y los diputados señores Aguiló, Cornejo , Correa, Pedro Muñoz , Salaberry , Seguel , Boris Tapia , Ignacio Urrutia y Vilches presentaron indicación para cambiar el artículo único por el siguiente:
“Artículo único: Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 17 del Código del Trabajo:
“Cualquier persona podrá denunciar ante los organismos competentes las infracciones relativas al trabajo infantil de que tuviere conocimiento.”
Como consecuencia de lo expuesto y por las consideraciones señaladas, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social recomienda la aprobación del siguiente proyecto de ley:
“Artículo único: Agrégase el siguiente inciso segundo al artículo 17 del Código del Trabajo:
“Cualquier persona podrá denunciar ante los organismos competentes las infracciones relativas al trabajo infantil de que tuviere conocimiento.”
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Rodolfo Seguel.
El señor SEGUEL.-
Señor Presidente , en las últimas tres semanas, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social ha enviado a la Sala por lo menos seis proyectos, originados en mociones, de modo que después de que sean despachados por la Sala vayan al Senado y se transformen cuanto antes en leyes de la República.
¿Por qué lo hemos hecho? En mi calidad de presidente de la Comisión puedo informar que procedimos así porque consideramos conveniente que las mociones que se tramitan en las comisiones de ambas ramas del Congreso Nacional tengan el mismo tratamiento que los proyectos que envía el Ejecutivo . De ese modo, los diputados tienen la posibilidad de presentar iniciativas que van en beneficio de la ciudadanía y de darlas a conocer en sus respectivos distritos, en su calidad de autores de las mismas.
Tengo entendido que éste es el sexto proyecto que hemos despachado a la Sala en las dos últimas semanas. Acabamos de despachar uno cuyo autor es el diputado Pedro Muñoz , y ahora estamos discutiendo esta iniciativa de los diputados Maximiano Errázuriz y Carlos Vilches .
La Comisión de Trabajo aprobó por unanimidad este proyecto. Son ampliamente conocidos por el país los esfuerzos que hemos hecho en la Cámara para que los menores de edad no trabajen y para que los jóvenes que lo hacen tengan seguridad en las labores que desempeñan y no sean objeto de las permanentes infracciones que se cometen en su contra, tales como no pago de las cotizaciones previsionales y de salud, desconocimiento de su derecho a vacaciones, incumplimiento de los horarios, la obligación de efectuar trabajos forzosos y pesados, etcétera. Son hechos por todos conocidos, razón por la cual la Comisión de Trabajo ha tratado de crear conciencia en la Cámara y en el país sobre esta situación.
El inciso segundo que se agrega al artículo 17 del Código del Trabajo dispone: “Cualquier persona podrá denunciar ante los organismos competentes las infracciones relativas al trabajo infantil de que tuviere conocimiento.
Existen dos tipos de trabajo infantil: uno legal, con un contrato de trabajo que establece asistencia y horarios, y otro informal, no reconocido, como el que desarrollan algunos niños en las esquinas durante la noche vendiendo flores, dulces, chocolates, cigarrillos, etcétera. Incluso, algunos ejercen el comercio sexual y otros trabajan en cementerios, supermercados y otros lugares.
Pues bien, la iniciativa aborda este problema, que es una cuestión simple, pero profundiza en la defensa que hace la Cámara de Diputados de los niños en relación con el trabajo infantil.
Con el diputado José Miguel Ortiz -cuyo hijo, don Álvaro Ortiz , gran concejal de Concepción , se encuentra presente en las tribunas- en 1991 presentamos un proyecto para abolir el trabajo de los menores de 15 años. Como autor de esa ley, puedo señalar que lo que estamos haciendo ahora con éste es ampliar el marco de la defensa de los derechos de los jóvenes y niños que trabajan.
Por lo tanto, anuncio que, tal como ocurrió en la Comisión de Trabajo, la bancada de la Democracia Cristiana va a aprobar en forma unánime el proyecto.
He dicho.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Ha terminado el tiempo del Orden del Día.
-Con posterioridad la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor ASCENCIO ( Presidente ).-
En votación general el proyecto de ley que concede acción pública tratándose de infracciones a las normas relativas al trabajo de menores.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
El señor ASCENCIO (Presidente).-
Aprobado.
Por no haber sido objeto de indicaciones, se declara aprobado también en particular.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Accorsi Opazo Enrique; Álvarez Zenteno Rodrigo; Allende Bussi Isabel; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bayo Veloso Francisco; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Bustos Ramírez Juan; Caraball Martínez Eliana; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo Vidaurrázaga Patricio; Correa de la Cerda Sergio; Dittborn Cordua Julio; Egaña Respaldiza Andrés; Encina Moriamez Francisco; Escalona Medina Camilo; Galilea Carrillo Pablo; Galilea Vidaurre José Antonio; García García René Manuel; García-Huidobro Sanfuentes Alejandro; González Torres Rodrigo; Hales Dib Patricio; Hernández Hernández Javier; Hidalgo González Carlos; Ibáñez Soto Carmen; Jarpa Wevar Carlos Abel; Leal Labrín Antonio; Letelier Morel Juan Pablo; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Mella Gajardo María Eugenia; Meza Moncada Fernando; Molina Sanhueza Darío; Montes Cisternas Carlos; Mora Longa Waldo; Muñoz Aburto Pedro; Muñoz D’Albora Adriana; Navarro Brain Alejandro; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa José Miguel; Paredes Fierro Iván; Jofré Núñez Néstor; Quintana Leal Jaime; Riveros Marín Edgardo; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Saffirio Suárez Eduardo; Salaberry Soto Felipe; Salas de la Fuente Edmundo; Sánchez Grunert Leopoldo; Seguel Molina Rodolfo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Tapia Martínez Boris; Tohá Morales Carolina; Tuma Zedan Eugenio; Uriarte Herrera Gonzalo; Urrutia Bonilla Ignacio; Valenzuela Van Treek Esteban; Varela Herrera Mario; Vargas Lyng Alfonso; Vilches Guzmán Carlos; Villouta Concha Edmundo; Von Muhlenbrock Zamora Gastón; Walker Prieto Patricio.
-Votó por la negativa el diputado señor Kuschel Silva Carlos Ignacio.
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