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El señor OJEDA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Gonzalo Uriarte .
El señor URIARTE.-
Señor Presidente, a pesar de todo lo que se pueda decir a estas alturas de la historia del derecho constitucional, no cabe duda de que la Constitución de 1980 ha sido clave para que nuestro país sea económicamente próspero y políticamente estable. Lo anterior lo reconocen moros y cristianos; hay demasiadas publicaciones internacionales que así lo ratifican. Eso se debe a que la Constitución de 1980 descansó en dos grandes pilares.
A diferencia de otras constituciones anteriores, como las de 1833 y 1925, esta Carta Fundamental no fue neutra, sino que hizo una opción valórica, fundada en la tradición nacional y en los principios de una sociedad occidental. Así, por ejemplo, la primacía del hombre sobre el Estado, el principio de subsidiariedad, la autonomía de los cuerpos intermedios, la servicialidad del Estado, la soberanía limitada por los derechos fundamentales y la defensa del estado de derecho, son principios reconocidos por todos los sectores y están plenamente consolidados en el alma nacional.
Hace treinta años, estos temas eran materia de discusión no sólo en las universidades, sino también en los foros estudiantiles, en los tribunales de justicia y en muchos otros lugares. Actualmente, no hay dos opiniones sobre la importancia de estos principios y la manera en que ellos se han ido asentando en la conciencia nacional. Más aún, nunca antes en Chile se habían consagrado constitucionalmente mecanismos tan eficientes para proteger los derechos de las personas, como el derecho a la vida, a la honra, a la libertad, a la igualdad y a la propiedad, todos los cuales se encuentran ampliamente protegidos, como nunca antes, en la historia constitucional de Chile, gracias a mecanismos eficientes establecidos en la Constitución de 1980. Además, el constituyente estructuró la Carta Fundamental sobre la base de que los poderes del Estado debían estar sometidos plenamente al estado de derecho y siempre sujetos a mecanismos de control, equilibrios y contrapesos, cuyo resultado exitoso hemos podido experimentar en los últimos años.
Todos estos principios, sólidamente consagrados y asimilados por todos, deben ser actualizados y perfeccionados, conforme a la evolución política de las naciones. Por eso, la Unión Demócrata Independiente participó en el Senado de un amplio acuerdo político en este sentido, tal como lo ha hecho en otras oportunidades con el mismo objetivo.
En esa línea, concurriremos con nuestro voto favorable para aprobar las reformas constitucionales, en el entendido de que es una buena forma de perfeccionar, avanzar y actualizar la Carta Fundamental.
No obstante respetar y acatar el acuerdo político del Senado, presentaremos las indicaciones que correspondan para innovar en varias materias, como en la integración del Tribunal Constitucional y el nombramiento de sus integrantes. Creemos necesario incorporar a la Cámara de Diputados en la nominación de sus integrantes, de forma que el Senado, la Cámara y el Presidente de la República nombren a dos miembros, con lo que también queremos disminuir la preponderancia del Presidente de la República en el nombramiento de los ministros; además, creemos que la Corte Suprema debe nominar a tres abogados y no a tres ministros del tribunal. Y para asegurar el profesionalismo, independencia y exclusividad de los miembros nominados, impediremos que ejerzan la profesión de abogados.
Igualmente, pretendemos que la ciudadanía participe en el control de la constitucionalidad de las leyes, como está establecido en varias constituciones modernas, de manera de terminar con el monopolio parlamentario en esa materia.
También creemos conveniente incorporar nuevas incompatibilidades para los candidatos a diputados y a senadores, especialmente a quienes hubieren sido jefes de servicio en la administración pública o autoridades del gobierno de turno, que puedan eventualmente instrumentalizarlos para obtener algún cargo de elección popular.
Asimismo, somos partidarios de eliminar la frase que se pretende agregar al final del inciso primero del artículo 6º, que dice: “y garantizar el orden institucional de la República”. Sólo puede garantizar quien hace uso autorizado de la fuerza, facultad ya encomendada inequívocamente a las Fuerzas Armadas y de Orden, sujetas al poder político y a la Constitución. De manera que no se puede otorgar facultades garantistas a quien no está en condiciones de hacerlo.
Por otra parte, no vemos la necesidad de incorporar en el texto constitucional el control ético de los colegios profesionales. La Constitución es la ley fundamental que sirve de base para la dictación de normas jurídicas; no le compete regular el control ético dentro de determinados cuerpos intermedios, como ocurre hoy con algunas indicaciones orientadas a entregar a los colegios profesionales dicha facultad.
En resumen, y sin perjuicio de la discusión en particular, no podemos desconocer la importancia de la Constitución Política de 1980 en el crecimiento económico, en la consolidación de un sistema económico y social y, por cierto, en una estabilidad política que ha servido mucho para consolidar la tan anhelada transición hacia la democracia.
He dicho.
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