. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . " ACUERDO DE ASISTENCIA JUR\u00CDDICA MUTUA EN ASUNTOS PENALES Y SUS ACUERDOS COMPLEMENTARIOS, CELEBRADOS POR CHILE CON BOLIVIA Y LOS PA\u00CDSES MIEMBROS DEL MERCOSUR. Primer tr\u00E1mite constitucional. \nEl se\u00F1or ASCENCIO ( Presidente ).- \nCorresponde ocuparse de los proyectos de acuerdos aprobatorios de los acuerdos de cooperaci\u00F3n y asistencia jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa; acuerdo de asistencia jur\u00EDdica mutua en asuntos penales; acuerdo complementario y su anexo a dicho acuerdo de asistencia jur\u00EDdica mutua en asuntos penales, y acuerdo de enmienda del mencionado acuerdo complementario; y protocolo de integraci\u00F3n educativa y reconocimiento de certificados, t\u00EDtulos y estudios de nivel primario y medio no t\u00E9cnico; y sobre extradici\u00F3n entre los estados parte, el Mercosur y las Rep\u00FAblicas de Chile y de Bolivia, todos en primer tr\u00E1mite constitucional y con urgencia calificada de suma.\n \nDiputado informante de la Comisi\u00F3n de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integraci\u00F3n Latinoamericana es el se\u00F1or Francisco Bayo. \n \nAntecedentes: \n-Mensajes N\u00BAs. 3897-10 y 3898-10, sesi\u00F3n 7\u00AA, en 21 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta N\u00BAs. 3 y 4.\n \n-Mensajes N\u00BAs. 3904-10 y 3907-10, sesi\u00F3n 9\u00AA, en 22 de junio de 2005. Documentos de la Cuenta N\u00BAs. 3 y 6.\n \n-Informes de la Comisi\u00F3n de Relaciones Exteriores, sesi\u00F3n 13\u00AA, en 6 de julio de 2005. Documentos de la Cuenta N\u00BAs. 4, 5, 6 y 7, respectivamente.\n \n \nEl se\u00F1or ASCENCIO (Presidente).- \nTiene la palabra el diputado se\u00F1or Bayo. \n \nEl se\u00F1or BAYO .- \nSe\u00F1or Presidente , paso a informar sobre cuatro proyectos de acuerdo analizados por la Comisi\u00F3n de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integraci\u00F3n Latinoamericana.\n \nPor razones de econom\u00EDa procedimental y atendida la urgencia calificada de \u201Csuma\u201D con que se tramitaron, pueden ser calificados de f\u00E1cil despacho, ya que tanto los acuerdos de cooperaci\u00F3n en los \u00E1mbitos de asistencia jur\u00EDdica mutua en asuntos penales, civiles, comerciales, laborales y administrativos, como el de cooperaci\u00F3n educacional para permitir el reconocimiento de estudios de ense\u00F1anza b\u00E1sica y media s\u00F3lo para fines de permitir la continuidad de estudios y el de extradici\u00F3n, todos acuerdos celebrados por Chile con los pa\u00EDses miembros del Mercosur, m\u00E1s Bolivia como pa\u00EDs asociado, contemplan normas usuales en este tipo de acuerdos de cooperaci\u00F3n bilateral o multilateral, de los cuales nuestro pa\u00EDs ha celebrado diversos tratados, como se indica en los respectivos informes puestos a disposici\u00F3n de los honorables colegas.\n \nLos pa\u00EDses miembros del Mercosur y los estados asociados, entre los cuales se encuentra Chile, celebran estos convenios de cooperaci\u00F3n con el objeto de fortalecer el proceso de integraci\u00F3n regional mediante la adopci\u00F3n de soluciones jur\u00EDdicas comunes frente a las crecientes amenazas de modalidades criminales transnacionales que afectan a la sociedad internacional en estos tiempos, lo que esperan lograr intensificando su cooperaci\u00F3n jurisdiccional mediante el otorgamiento de un trato equitativo a los nacionales, ciudadanos y residentes permanentes o habituales de los estados signatarios.\n \nSe facilita as\u00ED el libre acceso a las instancias judiciales correspondientes, armonizando sus legislaciones nacionales conforme a los principios generales del derecho internacional de la extradici\u00F3n. Se permite dar lugar a ella seg\u00FAn los principios de la doble incriminaci\u00F3n, el de la m\u00EDnima gravedad, el de la cosa juzgada, el de la no extraditabilidad de los delitos pol\u00EDticos o conexos y en el de la no extradici\u00F3n de los nacionales. \nEstimo importante se\u00F1alar que, para estos efectos, no ser\u00E1n considerados delitos pol\u00EDticos, bajo ninguna circunstancia, los siguientes: \na)\tEl atentado contra la vida o la acci\u00F3n de dar muerte a un jefe de estado o de gobierno o a otra autoridad nacional o local o a sus familiares; \nb)\tEl genocidio, los cr\u00EDmenes de guerra o los delitos contra la humanidad; \nc)\tLos actos de naturaleza terrorista; \nd)\tLos que afecten a personas sujetas a protecci\u00F3n internacional, incluidos los agentes diplom\u00E1ticos; \ne)\tLa toma de rehenes o el secuestro de personas, y \nf)\tLos actos de captura il\u00EDcita de embarcaciones o aeronaves. \nHago presente a la Sala que todos los tratados de extradici\u00F3n que nuestro pa\u00EDs ha celebrado con B\u00E9lgica, Bolivia , Brasil , Colombia , Ecuador , Estados Unidos, Inglaterra, Paraguay, Per\u00FA, Uruguay y Venezuela m\u00E1s el \u201CC\u00F3digo de Bustamante\u201D, se orientan a lograr, entre los estados, una estrecha cooperaci\u00F3n para ampliar el \u00E1mbito de los delitos extraditables y flexibilizar los procedimientos judiciales y administrativos, sin perjuicio de salvaguardar los derechos individuales de los afectados.\n \nEn el plano de la cooperaci\u00F3n internacional encaminada a perfeccionar los mecanismos de asistencia jur\u00EDdica mutua en los diversos \u00E1mbitos ya se\u00F1alados, nuestro pa\u00EDs ha celebrado convenios con diversos pa\u00EDses, entre ellos, Espa\u00F1a , Venezuela y M\u00E9xico , adem\u00E1s de un convenio interamericano suscrito en el marco de la Organizaci\u00F3n de Estados Americanos. Todos ellos son instrumentos importantes de la estrategia general de lucha contra el delito o para la defensa de los derechos e intereses de los nacionales y extranjeros residentes, permanentes o habituales en el territorio del Estado.\n \nEn este caso, se trata de asegurar a las personas la igualdad de trato procesal o el libre acceso a la jurisdicci\u00F3n del Estado para la defensa de sus derechos e intereses. \nLos cuatro proyectos de acuerdo fueron aprobados por la unanimidad de los diputados presentes en la Comisi\u00F3n. \nAdem\u00E1s, la Comisi\u00F3n comparti\u00F3 los objetivos que los gobiernos que integran el Mercosur, m\u00E1s Chile y Bolivia, tuvieron presente al celebrarlos. Esto es, reforzar la integraci\u00F3n regional mediante acuerdos internacionales que deber\u00E1n ajustarse, en su aplicaci\u00F3n, a la legislaci\u00F3n interna, al orden p\u00FAblico y a las soberan\u00EDas nacionales.\n \nS\u00F3lo cabr\u00EDa recordar que trat\u00E1ndose de los acuerdos complementarios que se celebren en cumplimiento del Protocolo de Integraci\u00F3n Educativa y Reconocimiento de Estudios de Nivel Primario y Medio no T\u00E9cnicos, para incorporar en los planes de estudio contenidos curriculares m\u00EDnimos de Historia y Geograf\u00EDa de cada uno de los estados partes, deber\u00E1n ser sometidos a la aprobaci\u00F3n parlamentaria en la medida en que ellos importen una modificaci\u00F3n de la ley N\u00BA 18.962, org\u00E1nica constitucional de Ense\u00F1anza.\n \nPor todo lo se\u00F1alado, la Comisi\u00F3n propone a la honorable C\u00E1mara aprobar los art\u00EDculos \u00FAnicos de los cuatro proyectos de acuerdo en los t\u00E9rminos que se sugiere en sus respectivos informes escritos. \nHe dicho. \n \nEl se\u00F1or ASCENCIO (Presidente).- \nOfrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nLos proyectos de acuerdo informados ser\u00E1n votados al t\u00E9rmino del Orden del D\u00EDa. \n \n \n-Con posterioridad, la Sala vot\u00F3 los proyectos de acuerdo en los siguientes t\u00E9rminos: \n \nEl se\u00F1or ASCENCIO ( Presidente ).- \nEn votaci\u00F3n los proyectos de acuerdo aprobatorios de los acuerdos de cooperaci\u00F3n y asistencia jurisdiccional en materia civil, comercial, laboral y administrativa; acuerdo de asistencia jur\u00EDdica mutua en asuntos penales; acuerdo complementario y su anexo a dicho acuerdo de asistencia jur\u00EDdica mutua en asuntos penales, y acuerdo de enmienda del mencionado acuerdo complementario; y protocolo de integraci\u00F3n educativa y reconocimiento de certificados, t\u00EDtulos y estudios de nivel primario y medio no t\u00E9cnico; y sobre extradici\u00F3n entre los estados parte del Mercosur y las rep\u00FAblicas de Chile y de Bolivia.\n \n \n-Efectuada la votaci\u00F3n en forma econ\u00F3mica, por el sistema electr\u00F3nico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. \n \nEl se\u00F1or ASCENCIO ( Presidente ).- \nAprobados.\n \n \n-Votaron por la afirmativa los siguientes se\u00F1ores diputados: \nAccorsi Opazo Enrique; \u00C1lvarez Zenteno Rodrigo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Barros Montero Ram\u00F3n; Bauer Jouanne Eugenio; Bayo Veloso Francisco; Becker Alvear Germ\u00E1n; Bertolino Rendic Mario; Burgos Varela Jorge; Caraball Mart\u00EDnez Eliana; Cardemil Herrera Alberto; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo Vidaurr\u00E1zaga Patricio; Correa De La Cerda Sergio; Dittborn Cordua Julio; Ega\u00F1a Respaldiza Andr\u00E9s; Encina Moriamez Francisco; Err\u00E1zuriz Eguiguren Maximiano; Forni Lobos Marcelo; Galilea Vidaurre Jos\u00E9 Antonio; Garc\u00EDa Garc\u00EDa Ren\u00E9 Manuel; Garc\u00EDa-Huidobro Sanfuentes Alejandro; Girardi Lav\u00EDn Guido; Guzm\u00E1n Mena Mar\u00EDa P\u00EDa; Hales Dib Patricio; Hern\u00E1ndez Hern\u00E1ndez Javier; Ib\u00E1\u00F1ez Santa Mar\u00EDa Gonzalo; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jeame Barrueto V\u00EDctor; Kast Rist Jos\u00E9 Antonio; Kuschel Silva Carlos Ignacio; Leal Labr\u00EDn Antonio; Leay Mor\u00E1n Cristi\u00E1n; Longueira Montes Pablo; Lorenzini Basso Pablo; Luksic Sandoval Zarko; Mart\u00EDnez Labb\u00E9 Rosauro; Masferrer Pellizzari Juan; Melero Abaroa Patricio; Mella Gajardo Mar\u00EDa Eugenia; Molina Sanhueza Dar\u00EDo; Montes Cisternas Carlos; Mulet Mart\u00EDnez Jaime; Mu\u00F1oz Aburto Pedro; Mu\u00F1oz D'Albora Adriana; Navarro Brain Alejandro; Norambuena Far\u00EDas Iv\u00E1n; Ojeda Uribe Sergio; Olivares Zepeda Carlos; Ortiz Novoa Jos\u00E9 Miguel; Palma Flores Osvaldo; P\u00E9rez Arriagada Jos\u00E9; P\u00E9rez Lobos An\u00EDbal; Prieto Lorca Pablo; Quintana Leal Jaime; Recondo Lavanderos Carlos; Riveros Mar\u00EDn Edgardo; Robles Pantoja Alberto; Rojas Molina Manuel; Saa D\u00EDaz Mar\u00EDa Antonieta; Saffirio Su\u00E1rez Eduardo; Salas de la Fuente Edmundo; S\u00E1nchez Grunert Leopoldo; Seguel Molina Rodolfo; Sep\u00FAlveda Orbenes Alejandra; Soto Gonz\u00E1lez Laura; Tapia Mart\u00EDnez Boris; Tarud Daccarett Jorge; Tuma Zedan Eugenio; Uriarte Herrera Gonzalo; Valenzuela Van Treek Esteban; Varela Herrera Mario; Vargas Lyng Alfonso; Venegas Rubio Samuel; Vidal L\u00E1zaro Ximena; Villouta Concha Edmundo; Von Muhlenbrock Zamora Gast\u00F3n; Walker Prieto Patricio. \n " . . . . . . . . . . . . . . . . . "ACUERDO DE ASISTENCIA JUR\u00CDDICA MUTUA EN ASUNTOS PENALES Y SUS ACUERDOS COMPLEMENTARIOS, CELEBRADOS POR CHILE CON BOLIVIA Y LOS PA\u00CDSES MIEMBROS DEL MERCOSUR. Primer tr\u00E1mite constitucional."^^ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .