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El señor MUÑOZ .-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, paso a informar, en primer trámite reglamentario, y segundo constitucional, sobre el proyecto de ley, iniciado en moción del senador José Ruiz De Giorgio , que modifica diversas disposiciones del Código del Trabajo.
Por lo simple de su texto, la Comisión lo analizó y despachó el proyecto en una sola sesión, la que contó con la presencia del asesor del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, señor Francisco Del Río Correa .
La idea matriz es introducir diversos perfeccionamientos al Código del Trabajo en dos materias: protección a las remuneraciones de los trabajadores y feriado anual en la región de Magallanes.
En materia de remuneraciones atrasadas, se propone extender el alcance de la disposición contenida en el artículo 169 del Código del Trabajo. Este precepto señala que aquellas prestaciones que el empleador no esté en condiciones de pagar en forma completa en el acto de terminación del contrato puedan fraccionarse, considerando dos resguardos: el primero es una cláusula de aceleración, por lo cual el no pago por parte del empleador en cualquiera de las mensualidades comprometidas hace exigible el total de la deuda. El segundo, otorga competencia al mismo tribunal que dictó la sentencia de pago, a fin de conocer el cumplimiento forzado de la deuda incumplida.
Al dictarse la ley Nº 19.759, se pensó fundamentalmente en las indemnizaciones y no se incluyeron en dicho artículo las remuneraciones adeudadas, en el entendido de que éstas deben siempre pagarse de inmediato.
Con el bien intencionado objeto de conseguir un pago inmediato, en los hechos se dificulta aún más el cobro. Por ello, la Comisión le prestó su aprobación a este artículo, pues la experiencia ha demostrado la necesidad de ampliar la norma vigente a fin de precaver un pago real de las remuneraciones adeudadas con ocasión del término del contrato de trabajo.
En materia de feriado para los trabajadores y trabajadoras de la región de Magallanes, se sugiere ampliar el actual de 15 a 20 días, en razón de sus condiciones de aislamiento. Se pretende restituir así una disposición que existió hasta la dictación del actual Código del Trabajo y que ya ha pretendido ser repuesta en cuatro iniciativas legales en los últimos doce años, las que han corrido diferente suerte.
Dicha disposición fue respetada y respaldada por la Comisión y por la Central Unitaria de Trabajadores de Punta Arenas, cuyos dirigentes señalaron que su aprobación tendrá un efecto compensador de las condiciones generales de trabajo de la zona.
En el sentido opuesto, asesores y dirigentes de la Confederacion de la Producción y del Comercio expresaron su preocupación por el impacto que la norma pudiera tener en los costos de los sectores productivos de la zona austral.
La mayoría de los señores diputados y de las señoras diputadas, con el solo voto en contra del diputado Urrutia , aprobarán esta norma, fundando su voto en que las condiciones de trabajo de la región y los costos asociados a la lejanía de los centros vacacionales tradicionales y, en general, de cualquier otra región del país, aconsejan otorgar este beneficio compensatorio.
En cuanto a los mayores costos argumentados por el empresariado, se estimó que ellos no son significativos, considerando las políticas de incentivos a la instalación y funcionamiento de las actividades productivas existentes en la región y que, por el contrario, contribuye a que sus favorables efectos lleguen también a los trabajadores.
La Comisión comparte la posición del Senado respecto de que el proyecto no contempla normas de rango orgánico constitucional ni de quórum calificado y estimó que sus disposiciones no deben ser analizadas por la Comisión de Hacienda. No hubo artículos o indicaciones rechazadas o declaradas inadmisibles por la Comisión, ni se introdujeron adiciones o enmiendas al texto.
Como señalé, el proyecto en informe fue aprobado en general por la Comisión en su sesión de fecha 16 de mayo de 2005, por cinco votos a favor y uno en contra. No hubo abstenciones.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
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