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El señor ASCENCIO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo) .-
Señor Presidente , cuando escuché la intervención del colega Seguel y, antes, la de mi estimado colega de Punta Arenas, señor Pedro Muñoz , pensaba cuán diverso es nuestro país y cuán hermoso es pensar en vacaciones de veinte días para las trabajadoras y los trabajadores. Pero, a veces, uno se queda con la imagen del Chile de la televisión, de las noticias, y olvida el Chile real.
Represento a una zona en la cual la mayor fuente de trabajo es la agricultura. Ocupa obreros agrícolas, temporeros y temporeras, quienes con suerte tienen un fin de semana de vacaciones.
Por desgracia, esta realidad tiene que ver con un concepto de país, con la forma como dibujamos el Chile real y como es vista una fuerza de trabajo de más de 200 mil personas, que desempeñan su actividad en uno de los sectores de punta, la fruticultura, y que muchas veces trabajan en condiciones precarias, a pesar de los avances legales que ha habido en la materia. Por eso, cuando se les dice que van a tener derecho a vacaciones, es como reírse en sus caras, por cuanto en esta época del año, en los “meses azules”, deben inventar manera de “parar la olla”, porque no tienen trabajo.
Sin duda, tenemos un país diverso. Este hecho no hace más que demostrar la necesidad de ir construyendo los mecanismos para que los derechos legales se adecuen, de manera de garantizar que se nivele hacia arriba y que en un país que aspira a ser desarrollado se busquen los mecanismos para garantizar a todos los trabajadores, hombres y mujeres, el derecho al descanso, a la recuperación y a disfrutar un momento con la familia para poder sociabilizarse de otra forma.
Por cierto, no me opongo a que se aumenten los días de vacaciones, pero me parece importante reflexionar sobre una modificación de la jornada laboral en el Código del Trabajo. Hemos ido reduciéndola de 48 a 45 horas, pero falta dar otro salto para llegar a cuarenta horas a la semana y así adecuarnos a un concepto distinto en materia de organización del mundo del trabajo.
No hay que olvidar que la razón que llevó a celebrar el 1º de mayo como el Día del Trabajo fue la lucha por la jornada de trabajo de ocho horas, es decir, de 40 horas a la semana. En nuestro país no hemos logrado esta conquista que se demanda desde hace tanto tiempo.
Respecto de las vacaciones, deberíamos hacer una reflexión más a fondo para ver cómo garantizamos un piso de vacaciones a todos los trabajadores. Hace pocos años se logró, al menos para los trabajadores agrícolas que tienen contratos de trabajo anual, que no se discriminara contra ellos. ¿Por qué digo esto? Porque mientras algunas personas trabajan de lunes a viernes, en el mundo rural los trabajadores agrícolas que tienen contrato indefinido trabajan seis días a la semana, y terminan en condiciones bastante precarias y con menos días de vacaciones y de descanso respecto de quienes trabajan cinco días.
En la iniciativa en informe se nos propone ampliar la cantidad de días de vacaciones para los trabajadores de la Duodécima Región. Si es posible hacerlo, me parece una medida loable, no por el argumento del tiempo que utilizan en trasladarse al resto del país, sino por el derecho de los trabajadores a estar más tiempo con su familia y disfrutar de un mayor período de descanso.
En cuanto al otro punto incluido en el proyecto -con el que está absolutamente de acuerdo el diputado Urrutia-, que aborda la situación descrita en el nuevo artículo 63 bis que se propone, me parece dramático incluir en una ley que es responsabilidad del empleador pagar todo lo que le debe al trabajador al momento de extender el finiquito. Es tan absurdo como seguir permitiendo -esto se mantiene; he sido minoría al respecto- que los empresarios declaren el pago de imposiciones pero sin integrarlas durante uno, dos o tres meses. Considero que el empleador tienen una responsabilidad con el trabajador, pues las platas de las imposiciones no son del empleador, sino del trabajador, son parte de su sueldo.
Lo que dice el proyecto, en cuanto a que “En caso de término del contrato de trabajo, el empleador estará obligado a pagar todas las remuneraciones que se adeudaren al trabajador en un solo acto al momento de extender el finiquito”, me parece obvio, pero duele que otros no lo consideren así.
En esa propuesta no se establece algo que, a mi entender, es de Perogrullo -anuncio que presentaré una indicación al respecto-, por cuanto, si no se paga todo al momento de firmarse el finiquito, debería declararse nulo el despido y el empleador quedar obligado a continuar pagando la remuneración correspondiente hasta que pague todo lo que debe. ¿Por qué? Porque el Código del Trabajo regula una relación de desigualdad entre quien ofrece empleo y quien está obligado a vender su fuerza de trabajo. El objeto del Código del Trabajo es establecer un equilibrio entre dos partes que no están en igualdad de condiciones.
La norma que se propone señala: “En caso de término del contrato de trabajo, el empleador estará obligado a pagar todas las remuneraciones que se adeudaren al trabajador en un solo acto al momento de firmar el finiquito.”. Sin embargo, establece una excepción, que dice: “Sin perjuicio de ello, las partes podrán acordar el fraccionamiento del pago de las remuneraciones adeudadas y dicho pacto se regirá por lo dispuesto en la letra a) del artículo 169.”. Esto significa borrar con el codo lo que se escribe con la mano, porque presupone que el trabajador está en igualdad de condiciones con el empleador.
En ciertas situaciones, el Código del Trabajo debe establecer mecanismos de defensa para el trabajador, por el solo ministerio de la ley. Por eso, voy a presentar una indicación para eliminar esa segunda oración e incluir una similar a la establecida en la “ley Bustos”, que señala que podrán ser declarados nulos los despidos si no se certifica que las cotizaciones previsionales se encuentran pagadas. Con ello, por una parte, se asegura que el finiquito sea válido sólo si ha sido pagado en su totalidad y, por otra, se evitan los abusos, en particular respecto de aquellos trabajadores que están en condiciones más precarias, porque sus empleadores no han permitido o han dificultado su sindicación.
He dicho.
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