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El señor OJEDA.-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Bustos.
El señor BUSTOS.-
Señor Presidente, ciertamente es un proyecto de suma importancia. En consecuencia, está de más abundar en consideración acerca de este punto. Sin embargo, para su perfeccionamiento, estimo que debiera volver a las Comisiones de Constitución Legislación y Justicia y de Defensa Nacional o, por lo menos, para analizar una serie de puntos sustanciales, a una Comisión Unida.
En primer lugar, el tema de la asimetría, planteada por el diputado Jorge Burgos. Como muy bien se señaló, en el proyecto hay diferentes intereses o bienes protegidos. No sólo considera la vida y la salud del carabinero, sino también lo que representa la institución. Pero eso también juega al revés; es decir, cuando un carabinero o un policía de Investigaciones lesiona o mata a un particular, también están presentes estos dos intereses, o sea, la vida y la salud del particular, así como el impacto que causa en la sociedad el hecho de que el policía, uniformado o civil, involucrado en ese caso pertenezca a determinada institución.
Por lo tanto, se produce una asimetría. Sería muy importante -tengo entendido que el Ejecutivo va a presentar una indicación- incluir ese otro aspecto y superar este aspecto de alguna manera, con el objeto de que los intereses que aquí están en juego, que son muy importantes para nuestra sociedad, se equiparen y sean igualmente protegidos.
En segundo lugar, hay otro aspecto de fondo que es importante. No es posible que esta materia se siga viendo en los tribunales militares, cuestión que estamos planteando desde hace mucho tiempo. Además, la propia justicia militar está llevando a cabo todo una revisión y elaborando un proyecto para realizar una reforma completa sobre la materia, con el objeto de que, como ocurre en todas partes del mundo, la justicia militar tenga que ver con los delitos militares en estricto sentido y no con los que se refieren a ciudadanos comunes o a particulares.
En el caso que analizamos, se trata de la muerte de un particular por parte de un miembro de la policía civil o uniformado, o, al revés, de un particular que mata a un carabinero o a un miembro de la Policía de Investigaciones. Ese delito debe ser conocido por la justicia común. No es un tema específico que deba ser tratado por la justicia militar. Por lo tanto, las normativas que digan relación con la sanción de esos delitos tienen que ser incorporadas en el Código Penal.
Ése es otro tema de fondo que requiere ser corregido en comisiones unidas de Defensa y de Constitución. Desde un punto de vista técnico, creo que no implica mucho problema incorporar esas disposiciones en el Código Penal, estableciendo los artículos bis correspondientes.
En tercer lugar -también es un problema de fondo-, debe existir una correspondencia entre los delitos de maltrato de obra a Carabineros que se establezcan y los delitos que aparecen configurados en el Código Penal. En ese sentido, no debe alterarse la configuración general del Código Penal. Sólo debe agregarse, en relación con el delito cometido en contra de un policía, una agravación de la pena. Por ejemplo, en el artículo del Código Penal correspondiente al delito de homicidio debe incorporarse una disposición especial referida al homicidio de un carabinero, estableciendo una pena agravada. Ello tiene por objeto proteger dos bienes: la vida y la salud del policía y la seguridad pública. Desde el punto de vista de la técnica legislativa deben incorporarse en el Código Penal las disposiciones referidas a los delitos de maltrato de obra a personal de Carabineros, con las agravaciones correspondientes, ya sean de homicidio, de lesiones graves, gravísimas, de mutilaciones, de lesiones menos graves y también de lesiones leves, las cuales, al tener incorporada una agravante, dejarían de constituir faltas y pasarían a ser simple delito.
De esa manera, existiría una correspondencia exacta entre los delitos de maltrato de obra a carabineros, con las correspondientes agravaciones, y las disposiciones del Código Penal, que buscan proteger la vida y la salud de las personas. Creo que si configuramos de esa forma este proyecto, estaremos dando un gran paso adelante desde el punto de vista de la protección de estos servidores públicos que constantemente arriesgan su vida para cumplir con una misión tan fundamental en un Estado de Derecho, como es la protección de los bienes y los derechos de las personas.
En virtud de que el proyecto presenta problemas importantes de fondo, me parece indispensable aprobarlo en general, pero remitirlo a las comisiones unidas de Defensa y de Constitución, Legislación y Justicia, para corregir estos defectos. De esa forma, tendremos un buen proyecto, que dará la protección que merecen estos servidores públicos.
He dicho.
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