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- rdf:value = " MANDATO A COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS PARA INVESTIGAR LAS CAUSAS DEL COLAPSO Y CAÍDA DEL PUENTE LONCOMILLA. Preferencia.
El señor LORENZINI (Presidente).-
¿Habría acuerdo para tratar, en primer lugar, los proyectos de acuerdo Nºs. 525 y 527, que se refieren al desplome del puente Loncomilla ?
Acordado.
El primero, firmado por los diputados señores Álvarez-Salamanca , Lorenzini , Urrutia , Prieto y García, propone constituir una comisión investigadora de las responsabilidades de autoridades públicas al respecto. El segundo proyecto, de los diputados señores Ceroni , Luksic , Tarud , Salas y Meza , mandata a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones la investigación de las causas de su colapso y caída.
Existe el acuerdo por parte de sus autores para refundir ambos proyectos en uno.
¿Habría acuerdo para proceder de esa manera?
Acordado.
El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).-
El texto del proyecto refundido es el siguiente:
“Considerando:
Que el 18 de noviembre de 2004 se produjo el colapso y caída del puente Loncomilla , en la ruta que une San Javier y Constitución, en la Séptima Región, del Maule. Había sido construido hace sólo ocho años y tenía por finalidad reemplazar otra estructura similar que data de más de cincuenta años.
Que este episodio ha tenido impactos enormes para la población de la zona, tanto desde un punto de vista económico, al dificultar el transporte de mercaderías y de personas que deben trasladarse hoy en la única balsa disponible de la Dirección de Vialidad, como también desde el punto de vista de la seguridad personal de los habitantes, toda vez que cualquier operación de evacuación de enfermos o de personal de emergencia se ve tremendamente dificultado.
Que al Ministerio de Obras Públicas, en virtud de lo establecido en el artículo 1° de la ley N° 15.840, orgánica de este ministerio, le corresponde, entre otras funciones, el planeamiento, estudio, proyección, construcción, ampliación, reparación y conservación de las obras públicas fiscales.
Que la misma ley contiene múltiples disposiciones que regulan las obligaciones y las responsabilidades del ministerio en estas materias que no han sido cumplidas.
Que lo ocurrido no es nuevo, ya que se suma a otros hechos acaecidos, a saber, en mayo de 1995, en el estero Minte , cerca de Puerto Varas; al socavón, en la Ruta 5 Sur, a la altura de Frutillar, en junio de 1997; al hundimiento de la ruta entre Viña del Mar y Quilpué, en agosto de 1997; al colapso del complejo fronterizo de Chacalluta, en junio de 2001; el desplome de un puente en Longaví, en mayo de 2002, y a varias otras situaciones que demuestran la falta de rigor con que se realizan y controlan estas obras.
Que los hechos mencionados y los peligros a que se exponía a los usuarios fueron advertidos anticipadamente, en forma reiterada, por los alcaldes, funcionarios de Carabineros de Chile y parlamentarios, advertencias y denuncias a las que las autoridades responsables hicieron caso omiso.
Que la falta de preocupación de la autoridad y la lentitud en adoptar medidas de prevención provocan daños y pérdidas inmensas a la población y a las empresas productivas usuarias de las vías.
Que este hecho pone en tela de juicio el sistema de control de calidad de las obras públicas, que, financiadas por órganos públicos, son diseñadas y ejecutadas por el sector privado que actúa como contratista del Estado. Son muchas las teorías que se han validado hasta el momento, para explicar un hecho que pone un manto de duda sobre la calidad de la infraestructura pública nacional, razón por la cual se hace necesario desarrollar una investigación acuciosa de las causas de este evento. Más aún, atendida la complejidad de la materia, es menester preocuparse de la administración de ese bien de uso público en cuanto a los impactos del tráfico vial, lo que puede servir para determinar si se hizo buen uso del puente Loncomilla , así como de las responsabilidades que le corresponden a las autoridades a cargo de la organización de los sistemas de vías camineras.
Que, actualmente, no existe una evaluación que permita precaver hechos similares futuros y se desconocen las medidas de la autoridad tendentes a resguardar la seguridad de las personas que hacen uso de las vías donde se podrían repetir estas circunstancias.
Que, hasta el momento, el Ministerio de Obras Públicas se ha comprometido a efectuar investigaciones internas y auditorías de gestión para esclarecer este asunto, disponiendo para ello la contratación de un peritaje externo a cargo de un departamento especializado de la Pontificia Universidad Católica de Chile, cuestión que, sin duda, da garantía sobre la transparencia de las investigaciones a todos los actores involucrados, especialmente a la ciudadanía.
Que, al haber ya investigaciones técnicas en marcha, corresponde que, de manera prudente y con rigurosidad técnica, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Corporación indague estos hechos, con la finalidad de establecer la existencia de posibles responsabilidades jurídicas, a fin de que a partir de ello se efectúen las acciones políticas y jurídicas que contempla nuestro sistema nacional de control.
La Cámara de Diputados acuerda:
Mandatar a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Corporación, para que en el plazo de sesenta días, prorrogable hasta por igual lapso, por acuerdo de la Comisión, investigue las causas del colapso y caída del puente Loncomilla , en la Séptima Región, del Maule, determinando el origen del mismo; la existencia de vicios, vacíos o falencias en los sistemas de control de calidad de diseño y ejecución de las obras como en la administración del viaducto, y establezca y determine si el Ministerio de Obras Públicas ha dado cumplimiento a la ley N° 15.840, orgánica de dicho ministerio.
Para la ejecución de este encargo, la Comisión podrá citar a funcionarios públicos, requerir informes técnicos y hacerse asesorar por profesionales especializados en ingeniería civil y construcción.”
El señor LORENZINI (Presidente).-
¿Habría acuerdo para votarlo sin discusión?
Acordado.
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad el proyecto de acuerdo.
Aprobado.
"
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