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El señor NAVARRO.-
Señor Presidente , entiendo que la indicación se orienta al resguardo de la privacidad y, particularmente, a la restricción de una autonomía indiscriminada.
Sin embargo, quiero consultar si se incluye a las superintendencias financieras. ¿Cuáles son exactamente los organismos autónomos? Porque si esas instituciones van a revestir esta última característica y no estarán comprendidas, y luego será preciso dictar un cuerpo legal para que se pueda acceder a ellas en el caso de un delito financiero, deseo saber exactamente cuáles son las que quedarían fuera, para que no tengamos que lamentar después la necesidad de hacer correcciones por dejar alguna entidad con tal resguardo.
Por cierto, son importantes el robo con violencia, el "portonazo", ¡pero los delincuentes de cuello y corbata también justifican todo el rigor de la ley! Y lo que hemos construido siempre, en los últimos veinticinco años -he sido parte de eso-, es una legislación que no apunta contra ellos con la misma dureza expresada por el Senador señor Espina. ¡Por alguna razón les levantamos las penas de cárcel! ¡Por alguna razón salen todos absueltos! ¡Se roban miles y miles de millones de pesos, arruinan la vida de muchas personas y no les ocurre nada! ¡Pasan piola!
Los conductores arriesgan ahora por lo menos un año de cárcel si se encuentran en estado de ebriedad. Pero cabe recordar el ejemplo, muy reciente, de las farmacias.
Entonces, voy a votar a favor de la indicación, pero quiero saber si se incluye -repito- a las instituciones financieras, porque, en definitiva, no deseo que existan resguardos cuando se pida este tipo de datos por delitos económicos.
Si se pudiera aclarar el punto, sería muy importante, dado que la indicación se presenta en la Sala y no habíamos tenido la posibilidad de conocerla.
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