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- rdf:value = " El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
En el primer lugar del Orden del Día figura el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea la Decimoquinta Región de Arica y Parinacota y la provincia del Tamarugal en la Región de Tarapacá, con segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, certificado de la Comisión de Hacienda y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (4048-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 11ª, en 2 de mayo de 2006.
Informes de Comisión:
Gobierno, sesión 47ª, en 30 de agosto de 2006.
Gobierno (segundo), sesión 75ª, en 6 de diciembre de 2006.
Certificado de la Comisión de Hacienda, sesión 75ª, en 6 de diciembre de 2006.
Discusión:
Sesión 52ª, en 12 de septiembre de 2006 (se aprueba en general).
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario General ).-
La iniciativa fue aprobada en general por la Sala en sesión celebrada el 12 de septiembre próximo pasado.
La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización deja constancia en su segundo informe, para los efectos reglamentarios, de que todos los artículos fueron objeto de indicaciones y de modificaciones, detallando cuáles de aquéllas fueron aprobadas, rechazadas, declaradas inadmisibles o retiradas.
Las enmiendas al texto aprobado en general fueron acordadas por unanimidad, con excepción de la relativa al artículo duodécimo transitorio, nuevo, la cual será puesta en votación oportunamente por el señor Presidente .
La Comisión de Hacienda, por su parte, al conocer de las normas de su competencia, les dio su aprobación, también por la unanimidad de sus miembros (Senadores señores García, Escalona, Novoa, Ominami y Sabag), en los mismos términos en que lo hizo la de Gobierno, salvo los artículos tercero y sexto transitorios, a los cuales les introdujo enmiendas que constan en el certificado emitido por el citado organismo.
Hago presente que, en virtud de lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 133 del Reglamento, las modificaciones acogidas en forma unánime deben ser votadas sin debate, a menos que algún señor Senador, antes del inicio de la discusión particular, impugne alguna de ellas o que haya indicaciones renovadas.
Los artículos 1º, 2º, 5º, 6º, 7º, 8º y 13 permanentes y los artículos transitorios primero, segundo, tercero y cuarto poseen rango orgánico constitucional, por lo que requieren para su aprobación el voto conforme de 21 señores Senadores. En tanto, los artículos 14 y 16 permanentes son normas de quórum calificado y deben aprobarse con 19 voto favorables.
Sus Señorías tienen en sus computadores un boletín comparado dividido en cinco columnas que transcriben, la primera, la legislación pertinente; la segunda, el proyecto aprobado en general; la tercera, las modificaciones de la Comisión de Gobierno; la cuarta, las enmiendas de la de Hacienda, y la quinta y final, el texto que resultaría de aprobarse los cambios propuestos.
Lamentablemente, el boletín impreso no pudo ser distribuido, de manera que Sus Señorías deberán seguir el orden del debate en la forma señalada.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Solicito autorización para que ingrese a la Sala el Jefe de la División Legislativa de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo , señor Rodrigo Cabello.
--Se accede.
"
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