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El señor ALLAMAND.-
Señor Presidente , quiero aprovechar la hora de Incidentes para referirme a tres aspectos distintos, algunos de los cuales tienen relación directa con la Región que represento.
En primer lugar está la preocupación que me han hecho presente diversas organizaciones gremiales, en particular la Sociedad Agrícola y Ganadera de Osorno (SAGO), con relación a los efectos de importaciones de harina para consumo humano o de harinilla para consumo animal.
En concreto, el caso que particularmente preocupa a la SAGO es el de la empresa DIFER, que desde el año 2004 ha estado ingresando en reiteradas oportunidades, desde la República Argentina, harina para consumo humano declarándola como harinilla para consumo animal. La clasificación de esta última tiene que ver con la partida 2302.3000, la cual se encuentra sujeta al régimen del MERCOSUR, esto es, libre de derechos ad valórem y a las sobretasas e impuestos que rigen para esta partida con banda de precios y que actualmente se encuentran afectas al 14 por ciento de arancel por concepto de salvaguardias.
Se ha detectado que dicha empresa, a fin de eludir la acción fiscalizadora, ha internado a Chile el producto por diferentes pasos fronterizos: Cardenal Samoré, de la Décima Región; Pino Hachado , de la Octava, y Coihaique, de la Undécima.
A mediados de 2005, el Director Nacional de Aduanas, don Raúl Allard , mediante oficio 7514, informó a la Subsecretaria de Hacienda , señora María Eugenia Wagner , que el Servicio a su cargo había adoptado diversas medidas para impedir la competencia desleal, las que implicarían todo el espectro de su control, lo cual, a la luz de los hechos que se mencionan, no se habría cumplido cabalmente, toda vez que en el año 2006 la empresa DIFER todavía continuaba ingresando harina para consumo humano, esta vez bajo otra glosa, detectándose que internaban el producto bajo la denominación de "semita proteica", cuya glosa es 23023000. Por tanto, no se estarían aplicando las medidas fiscalizadoras anteriormente señaladas.
Esta empresa -estamos dando un caso particular, pero para hacer referencia a una situación general- ha sido sancionada, a través del respectivo expediente de reclamo, con importantes sumas de dinero (164 mil dólares en una oportunidad, y 9 mil 735 dólares por infracciones detectadas en 2005).
Ahora, lo interesante es que, mediante una nota de 13 de septiembre de 2006, el Director Regional de Aduanas de Talcahuano comunicó que se han formulado nuevos cargos a la misma firma, precisamente por reiteración de conductas que se apartan de la legalidad.
En consecuencia, más allá de las sanciones pecuniarias o administrativas que ya se le hubieran impuesto, lo relevante es que se inicien las acciones penales pertinentes en contra de los representantes legales de dicha empresa, en atención a que todo indica que se habría producido una conducta dolosa de manera reiterada, precisamente a través de la idea de importar determinado producto bajo una glosa distinta, lo que en la práctica configura fraude aduanero.
Resulta evidente que la obligación de todo funcionario público, cuando se encuentra frente a situaciones de esta naturaleza, es poner a disposición de los tribunales de justicia y de todo otro servicio competente, en particular el Servicio de Impuestos Internos, todos los antecedentes. Y, por lo mismo, es importante que se informe sobre la situación exacta.
La cuestión general es que resulta trascendente impedir que estas conductas se reiteren.
En consecuencia, solicito que se oficie, en mi nombre, tanto al Servicio Nacional de Aduanas como a la Subsecretaría de Hacienda , para los efectos de que informen a esta Corporación en particular acerca de la situación de la empresa DIFER Ltda . y, en general, sobre qué medidas se están adoptando para que no se perforen las bandas de precios a través de este modus operandi, que parece bastante generalizado.
En segundo lugar...
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Perdón, señor Senador , ¿pidió usted?
El señor ALLAMAND.-
Señor Presidente , solicité oficiar tanto al Servicio Nacional de Aduanas como a la Subsecretaría de Hacienda , para que informen, en particular, sobre la situación de la empresa aludida en mi exposición y, en general, acerca de la situación más global de lo que podríamos denominar la "perforación de la banda" o la "internación de productos bajo una glosa que no corresponde a la materia en cuestión".
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Expreso mi apoyo al respecto.
--Se anuncia el envío de los oficios solicitados, en nombre del Senador señor Allamand, conforme al Reglamento, con la adhesión del Senador señor Frei.
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