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Honorable Senado:
Fundamentos
Durante los últimos años se han introducido numerosas modificaciones legales orientadas a perfeccionar las normas que regulan el proceso penal, a fin de agilizar la investigación de los delitos, resguardar los derechos de las partes y lograr la pronta sanción de los culpables.
En contraste con los avances producidos en la legislación, millares de personas han sido víctimas de delitos gravísimos, creando en una parte importante de la población la sensación de temor de ser la víctima del próximo delito.
De acuerdo a la información emanada de las fiscalías del Ministerio Público de la Región Metropolitana, en el período comprendido entre el 16 de julio de 2005 y el 31 de marzo de 2006, se denunciaron 88.007 casos de robo, lo que significa que se cometen 304 robos diarios, vale decir 1 cada 5 minutos.
La mantención de esta situación es contraria al bien común, atenta contra los derechos fundamentales de una gran mayoría y no se condice con la obligación del Estado de dar protección a la población y a la familia.
El aumento en la peligrosidad de la delincuencia es consecuencia principalmente de la impunidad del delincuente. El malhechor que sabe que no va a ser castigado pese a conocerse su identidad, vuelve a delinquir y a ser más audaz en su actividad delictual. Lo anterior se une a otras causas que dicen relación con la pobreza, la cesantía, la falta de expectativas de la juventud, las graves falencias del sistema carcelario, la errónea interpretación de las normas vigentes por parte de los Jueces de Garantía, el déficit en el número de policías y las carencias de medios materiales para que puedan cumplir adecuadamente su función, etc.
A fin de desincentivar la comisión de delitos, mediante este proyecto de ley se propone modificar los números 15 y 16 del artículo 12 del Código Penal, a fin que la agravante de reincidencia sea más efectiva, sustituyendo en el número 15 la palabra “castigado”, por “condenado”, y en el número 16 que establece lo que en doctrina se denomina reincidencia propia especifica la palabra “reincidente” por “condenado”.
De conformidad a los fundamentos antes señalados proponemos el siguiente:
PROYECTO DE LEY
ARTICULO ÚNICO. Modifícase el Código Penal de la manera que se indica:
1.- Sustitúyese en el número 15 del artículo 12 la palabra “castigado” por la palabra “condenado”.
2.- Sustitúyese en el número 16 del artículo 12 la palabra “reincidente” por la palabra “condenado”.
(Fdo.) :Alberto Espina Otero, Senador ; Andrés Allamand Zavala, Senador ; Carlos Cantero Ojeda, Senador ; José García Ruminot, Senador ; Baldo Prokurica Prokurica, Senador.
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