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El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en primer trámite constitucional, sobre jornada diaria de los cuarteleros de las compañías de bomberos, con informe de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
--Los antecedentes sobre el proyecto (4129-13) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción del señor García).
En primer trámite, sesión 4ª, en 4 de abril de 2006.
Informe de Comisión:
Trabajo, sesión 34ª, en 18 de julio de 2006.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La iniciativa se originó en moción del Senador señor García.
Su objetivo principal es hacer aplicable a los cuarteleros de las compañías de bomberos la jornada contemplada en el artículo 149 del Código del Trabajo para los trabajadores de casa particular.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó la idea de legislar sobre la materia por la unanimidad de sus integrantes (Senadores señora Alvear y señores Allamand, Letelier, Longueira y Muñoz Aburto).
Respecto de la discusión en particular, y también unánimemente, sus miembros presentes (los cuatro últimos Senadores mencionados) acogieron una indicación, formulada por los Honorables señores Allamand, García, Letelier, Longueira y Vásquez, para reemplazar el artículo único.
El texto definitivo se transcribe en el informe.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto.
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero agradecer al Ministro del Trabajo , al Subsecretario de la Cartera , a los Senadores que integran la Comisión de Trabajo, en especial al Honorable señor Vásquez , todos quienes desempeñaron un rol muy significativo en la elaboración del texto final que se propone a la Sala.
En él se crea una jornada especial para los trabajadores de los cuerpos de bomberos, particularmente los que se desempeñan como cuarteleros y cuarteleros conductores. Se establece que ella será de 12 horas, correspondiéndoles otras tantas de descanso, y que si la emergencia se produce durante este último período, ese tiempo les será compensado. Esto, debido a que actualmente muchas compañías no están disponibles para atender emergencias durante las 24 horas del día, en razón de que la Dirección del Trabajo, en algunas ciudades, concretamente en Temuco, cursó infracciones porque los cuarteleros se encontraban a disposición del empleador (el respectivo cuerpo de bomberos) más de 7,5 horas diarias.
Por tal motivo, tuvieron que ajustar los horarios. Y, dada la falta de presupuesto, no podían contratar nuevo personal, con lo cual la ciudadanía quedó desprotegida durante ese tiempo.
Lo anterior no significa que los cuarteleros, o cuarteleros conductores, tengan que trabajar 12 horas en forma continua, sino estar a disposición para atender emergencias en dicho lapso. Y -reitero- de producirse un siniestro durante sus horas de descanso, se les compensa con tiempo libre.
Por las razones señaladas, creo que la iniciativa soluciona un problema, más que de los bomberos, de toda la comunidad a lo largo y ancho del país: que con la actual legislación, y en cumplimiento de las normas sobre jornada diaria, sólo era posible contar con cuarteleros y cuarteleros conductores durante 7,5 horas al día, de lunes a sábado.
Ésa es la realidad.
Por último, agradezco la aprobación unánime de la iniciativa en la Comisión, y espero que la Sala la acoja de igual manera.
Muchas gracias.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , tal como señaló el Senador señor García , autor de la moción junto con el Honorable señor Vásquez y otros Parlamentarios, se trata de un problema real que se originó precisamente en la Novena Región y, tal como me informó el Diputado señor Ulloa , también en Concepción y Talcahuano, por una falta de criterio de los responsables administrativos, quienes, por hacer cumplir la normativa vigente, llegaron a un límite extremo.
Ello nos obliga a establecer un criterio y una disposición especial para los cuarteleros, o conductores cuarteleros, precisando que su jornada diaria no es de 12 horas, sino que deben estar a disposición del empleador durante ese lapso. Y por eso se determina para ellos un régimen laboral distinto.
Existía una preocupación muy especial del Sindicato Empresa del Cuerpo de Bomberos de Viña del Mar, cuyos representantes vinieron a la Comisión precisamente a defender los privilegios económicos que tienen en virtud de este régimen. Y quedó absolutamente despejado que el pago de horas extra corresponde hacerlo de acuerdo con las normas en vigor.
Lo que pretende el proyecto en análisis es fijar para este personal un sistema muy parecido al existente en la legislación para asesoras del hogar y otras actividades similares, conforme al cual, más que desarrollar un trabajo continuo durante 12 horas, las personas deben estar a disposición del empleador durante ese lapso.
Por lo tanto, necesitamos despachar lo antes posible esta importante iniciativa, para regularizar la situación ocurrida en los cuerpos de bomberos a lo largo del país. Y la bancada de Senadores de la Unión Demócrata Independiente la va a respaldar, tal como lo hizo en la Comisión de Trabajo.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.-
Señor Presidente , quiero destacar dos hechos adicionales a lo ya señalado.
En primer término, deseo agradecer la cooperación que nos brindó en su momento el Ministerio del Trabajo, especialmente su titular, don Osvaldo Andrade , para sacar adelante esta solución.
En segundo lugar, a más de alguien podría parecerle que el proyecto en comento va en contra de los trabajadores, fundamentalmente de los cuarteleros conductores, porque deberían permanecer más tiempo al interior de las compañías de bomberos.
En verdad, por nuestro conocimiento de ellos puedo afirmar que muchas veces evidencian más interés en permanecer al interior de las sedes bomberiles, porque ahí tienen casa, alimentación, calefacción y demás implementos propios de un hogar, que muchas veces comparten con sus familias.
Por lo tanto, también se producía, derivado de la interpretación de la Dirección del Trabajo, que se apegaba estrictamente a la legislación vigente, un problema de orden social y familiar de los cuarteleros.
En tal sentido, el texto en debate no sólo beneficia a la comunidad en general, sino también a los propios trabajadores. Y eso quiero dejarlo muy claramente establecido, porque podría aparecer como una legislación antilaboral.
--Se aprueba en general y en particular el proyecto, por unanimidad, y queda despachado en este trámite.
"
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