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El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Conforme al acuerdo de Comités dado a conocer precedentemente, corresponde tratar, como si fuera de Fácil Despacho, el proyecto de ley que concede una bonificación por retiro voluntario a los funcionarios municipales que indica, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
--Los antecedentes sobre el proyecto (4064-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 24ª, en 20 de junio de 2006.
Informe de Comisión:
Gobierno, sesión 33ª, en 12 de julio de 2006.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El objetivo principal de la iniciativa es otorgar una bonificación especial a los funcionarios municipales que cesen en sus funciones por renuncia voluntaria dentro de determinado plazo o que obtengan jubilación, pensión o renta vitalicia en algún régimen previsional con posterioridad a la comunicación de su renuncia voluntaria.
La Comisión discutió el proyecto solamente en general y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes (Honorables señores Bianchi, Orpis y Pérez Varela), en los mismos términos en que lo hizo la Honorable Cámara de Diputados. Su texto se transcribe en el primer informe.
Cabe destacar que el artículo 2º de la iniciativa tiene el rango de norma orgánica constitucional, por lo que requiere para su aprobación el voto conforme de 21 señores Senadores.
Finalmente, corresponde señalar que durante su discusión en particular el proyecto también debe ser analizado por la Comisión de Hacienda.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
En discusión general.
Tiene la palabra el Presidente de la Comisión de Gobierno, Senador señor Pérez Varela.
El señor PÉREZ VARELA .-
Señor Presidente , estamos tratando la iniciativa como si fuera de Fácil Despacho, según informó la Mesa, principalmente porque el Congreso Nacional despachó en años anteriores dos proyectos similares que no se aplicaron, por diversas razones, a algunos funcionarios municipales. Me refiero a las leyes Nº 19.529 y Nº 19.731, que también establecieron beneficios económicos para el retiro.
El articulado en análisis dispone simplemente una bonificación por retiro voluntario para los funcionarios municipales de 60 años de edad o más, tratándose de mujeres, o de 65 años o más, si son hombres, cuando cesen en sus cargos por aceptación de renuncia voluntaria.
El beneficio equivale a un mes de remuneración por cada año de servicio o fracción superior a seis meses prestados por el funcionario en la administración municipal, con un máximo de seis meses.
También se establece que el alcalde, previo acuerdo con el Concejo Municipal, podrá otorgar a los beneficiarios una bonificación por retiro complementaria, la que en conjunto con la ya señalada no podrá ser superior a la suma que importen once meses.
En definitiva, se trata de buscar la manera de incentivar el retiro de los funcionarios municipales. Como sus rentas son muy bajas, según todos sabemos, la renuncia acompañada de la jubilación significa un menoscabo económico considerable a miles de hombres y mujeres que entregan su esfuerzo y dedicación en los municipios. Por ello, la bonificación busca estimularlos a retirarse y, en consecuencia, dar una suerte de movilidad.
Pienso que el proyecto va en la línea correcta, como se observó en el debate de la Comisión de Gobierno. Pero, sin duda, los integrantes del Senado, del Congreso Nacional y del Ejecutivo debiéramos abocarnos a la brevedad a un esfuerzo mucho mayor para trabajar en torno de la situación de los funcionarios municipales, que, en materia de remuneraciones y en la regulación de sus carreras, se hallan por debajo del promedio de todos los servidores de la Administración Pública y, por tanto, en condición económica y laboral desmedrada.
Todos sabemos la importancia que reviste el municipio en cada una de las comunas.
Con motivo de los desastres naturales que ocurrieron la semana pasada, acabamos de constatar cómo los empleados municipales y los municipios estuvieron en primera línea atendiendo a los damnificados, prácticamente durante las 24 horas del día. Eso requiere y exige que nos preocupemos a fondo de los problemas que les atañen, pues no pueden encontrarse en una situación peor que la actual.
Por eso, el proyecto en debate sólo atiende un pequeño aspecto, no menor ni fundamental, pero necesario. Para muchas mujeres que actualmente tienen 60 años de edad y para muchos hombres que han alcanzado los 65 y anhelan jubilar pero que no lo pueden hacer por su situación económica, esta bonificación representa un incentivo que les va a permitir cesar en sus cargos o renunciar a ellos y entrar con algún tipo de beneficio, aunque sea menor, a la tercera edad o al momento en que se acojan a retiro.
Por eso, la Comisión de Gobierno propone aprobar la iniciativa, ojalá en forma unánime.
Reitero que el Congreso Nacional ya despachó dos leyes similares en años anteriores, las cuales han cumplido su objetivo. Pero, como sigue habiendo funcionarios que satisfacen los requisitos para jubilar, es del todo necesaria esta nueva legislación.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.
El señor BIANCHI .-
Señor Presidente , el Ejecutivo ha enviado este proyecto de ley para poder contar con una herramienta que facilite las adecuaciones que, dentro del proceso de modernización, requieren las estructuras municipales y contribuya a que los funcionarios en edad de acogerse a jubilación puedan hacerlo en mejores condiciones y con un justo reconocimiento a su dedicación.
Sin perjuicio de compartir la inquietud del Gobierno en cuanto a que la necesidad de modernización no puede implicar el abandono de empleados que han dedicado una vida al servicio público y a que, en consecuencia, merecen un descanso tranquilo que reconozca su trayectoria, estoy en contra del mecanismo de financiamiento propuesto en la iniciativa.
Nuevamente el Estado pretende imponer a la administración municipal descentralizada una obligación sin apoyarla en lo mínimo respecto de los fondos necesarios para su efectivo cumplimiento.
Así, señor Presidente , lo desprendo del artículo 5º del proyecto, que expresamente coloca de cargo municipal todo el mayor gasto que irrogue el pago de tales bonificaciones, aumentando gravosamente las cargas a que se encuentra sujeto el presupuesto de muchas comunas, las cuales difícilmente logran en la actualidad sacar adelante sus balances con cifras azules.
Por lo tanto, no obstante que apoyo este proyecto, que otorga un justo reconocimiento a los funcionarios municipales, hago un profundo llamado al Gobierno para que lo perfeccionemos mediante el reestudio de los mecanismos de financiamiento, de modo que el Estado participe con un aporte significativo que permita a todas las municipalidades dar cumplimiento a lo que se dispone.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Horvath.
El señor HORVATH.-
Señor Presidente , en primer término, deseo solicitar por intermedio de la Mesa que tanto la Subsecretaría de Desarrollo Regional cuanto el Ministerio de Hacienda nos den a conocer la situación en que viven los funcionarios de diferentes municipios del país. Según los antecedentes de que disponemos, atienden muchos casos sociales. Pero, a veces, ellos mismos tendrían que ponerse a la cola, porque sus ingresos están muy por debajo de los que se pagan en la Administración Pública. El Ejecutivo y el Congreso les han ido agregando diversas funciones sin darles los recursos económicos necesarios.
En la reunión de la Comisión Especial Mixta de Presupuestos efectuada el día de ayer, con asistencia de representantes de la Asociación Chilena de Municipalidades y de un funcionario de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, se analizaron cifras no muy concordantes en cuanto a los pasivos de cada uno de los municipios. Hay más bien una dificultad estructural. Pero también existe un problema de gestión en las distintas corporaciones edilicias, algunas de las cuales asumieron cargas no del todo transparentes.
Por ello, señor Presidente , solicito que la SUBDERE y el Ministerio de Hacienda nos entreguen dos informaciones: primeramente, en cuanto a la situación de los funcionarios municipales en cada una de las comunas del país; y, en seguida, qué posibilidades de mejoramiento hay.
En segundo lugar, me sumo al propósito de no dejar pasar el hecho de que el artículo 5º del proyecto dice que el pago de las bonificaciones va a ser de cargo municipal y de que el informe financiero de la Dirección de Presupuestos señala que la normativa no representa gasto fiscal.
Como es evidente, una vez más estamos sobrecargando a los municipios que no tienen recursos, para entregar el beneficio que merecen a los funcionarios con derecho a jubilar.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.-
Señor Presidente , a mi juicio, éstos son los proyectos que demuestran la falta de regionalización o, más bien, dan cuenta de la centralización existente en el país respecto de la toma de decisiones.
Una iniciativa como ésta sólo tendría sentido si el Fisco entregara recursos a los municipios.
Se da el absurdo de que, a través de un proyecto de ley, disponemos que las municipalidades, con sus propios fondos, paguen una indemnización de hasta seis meses de remuneraciones a los funcionarios que renuncien de manera voluntaria, y que, excepcionalmente, amplíen el beneficio hasta los once meses, que es la norma general para cualquier trabajador.
A mi entender, o se opta por dar fondos a los municipios en relación con el gasto que irroga el proyecto, o se les entrega al respecto una facultad permanente. Porque si tienen que pagar con dineros propios, entonces que lo realicen cuando quieran. Debería ser una norma general y no una excepción como se plantea.
¿Por cuál de los dos caminos optar? Estimo que, dada la situación actual de los municipios del país, tendríamos que escoger la vía de que los recursos requeridos para el pago del bono -que es necesario- provengan de las arcas fiscales.
Considero que lo correcto sería solicitar al Ejecutivo , mediante oficio en nombre de quienes quieran suscribirlo, que, para que las municipalidades cubran el gasto que implica el proyecto en debate, las subsidie a través del Fondo Común Municipal o de cualquier otro instrumento.
Parece absurdo facultarlas por una vez, en circunstancias de que deberían tener en forma permanente la atribución correspondiente. En caso de que se les dé por una única oportunidad, entonces que se financie la bonificación.
Además, señor Presidente , resulta fundamental que el proyecto en debate sea visto por la Comisión de Trabajo y Previsión Social. No sé por qué no ha ocurrido así, más aún cuando en ella estamos analizando el asunto del bono poslaboral, beneficio que también favorece a los servicios descentralizados. Dado que la normativa determina diversas incompatibilidades con otras leyes, muy poca gente se va a acoger a ella. Tenemos que despejar tal materia durante su discusión particular, pues ya fue aprobada en general la semana pasada.
Por lo tanto, señor Presidente, creo correcto oficiar al Ejecutivo -lo solicito formalmente- para que estudie la posibilidad de financiar de manera excepcional la obligación que se impone a los municipios a través de la iniciativa en debate.
Del mismo modo, pido a la Mesa que, en virtud de la materia que aborda, el proyecto se tramite también a la Comisión de Trabajo, con mayor razón si allí se está tratando el bono poslaboral, que se vincula con las jubilaciones de los trabajadores del sector público.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , en relación con la presente iniciativa, hay pleno acuerdo entre la Asociación de Municipalidades, los funcionarios municipales y el Gobierno.
Concuerdo con el Senador señor Longueira en el sentido de que el Congreso Nacional siempre aprueba leyes que significan bonos, pagos o aumentos salariales para los funcionarios municipales o para cualquier otra repartición a cargo de las corporaciones edilicias sin destinar los recursos correspondientes.
En este caso, los municipios están plenamente de acuerdo con el proyecto.
Como ya se ha señalado, se trata de otorgar una bonificación especial para los servidores municipales de 60 años o más, en el caso de las mujeres, o de 65 años o más, en el de los hombres, que se puedan acoger a jubilación, pensión o renta vitalicia, de entre seis y once meses por cada año de servicio. Naturalmente, estos gastos serán de cargo de los municipios.
Aprovechando la presencia del señor Ministro de Hacienda , quiero hacer presente que en el sector público existen empleados con 75 y hasta 80 años de edad, a veces en funciones de porteros, aún en servicio activo. Ninguno quiere jubilar, pues la pensión que recibirían correspondería a la cuarta parte de sus remuneraciones.
Por eso, miles de funcionarios están esperando una disposición legal como la que nos ocupa, que les entregue algún beneficio especial para acogerse a retiro que, por lo menos, les permita mantener la mitad del nivel de vida que llevan con sus actuales sueldos.
En consecuencia, nuestra bancada votará favorablemente el proyecto de ley.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , aun cuando no tuve la oportunidad de participar en la discusión del proyecto en la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, de la cual formo parte, estoy de acuerdo con sus fundamentos.
Sin embargo, me parece muy importante recordar al menos dos cosas.
En primer lugar, esta iniciativa representa una vieja demanda de los trabajadores municipales. Hace bastante tiempo que venían planteando la necesidad de legislar sobre esta materia, dado que la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades no permite al alcalde ni al concejo otorgar este tipo de bonificaciones.
En consecuencia, era necesaria la comisión especial constituida en los hechos entre la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile y el Gobierno, cuyos representantes acordaron este bono.
Yo concuerdo en general con la idea señalada por el Senador señor Longueira , en el sentido de que esta norma debería ser aplicada automáticamente por cada uno de los municipios. Sin embargo, eso requiere una modificación de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades que faculte a los alcaldes y a los concejos, sobre la base de un quórum determinado y dentro de los parámetros que establece la misma normativa, no pagar más de 35 por ciento de sus recursos propios en remuneraciones u otros gastos similares.
En segundo término, es bueno tener presente que el proyecto no resuelve un problema más de fondo, cuya solución está en manos del Gobierno desde hace ya bastante tiempo. Me refiero a la modificación del antiguo artículo 110 de la Constitución Política, hoy 119, mediante el cual cada municipalidad -según sus características, su rasgo, su constitución- puede adecuar sus respectivas plantas de personal.
Esta demanda se formuló básicamente por los alcaldes, pero también la han planteado los propios funcionarios municipales desde hace mucho, quienes entienden perfectamente la urgente necesidad de optimizar y mejorar el funcionamiento del sistema municipal chileno.
Por lo tanto, me gustaría que el Gobierno nos informara -por lo menos a la Comisión que preside el Senador señor Víctor Pérez - en qué estado se halla el análisis de dicha enmienda constitucional, que está pendiente hace, al menos, diez años.
Ello nos parece muy importante para los efectos de complementar el proyecto, que además tiene el propósito -no dicho expresamente en su articulado- de permitir una mayor movilidad de las plantas municipales de personal, que hace bastante tiempo están congeladas. Es más, muchos municipios del país no tienen una carrera funcionaria claramente establecida.
Un número considerable de personas con edad para jubilar encuentran que las rentas asignadas a sus cargos han sido congeladas en niveles tales que, sin la bonificación que ahora se otorga, su eventual pensión sería realmente muy menguada.
En consecuencia, se trata de un buen proyecto, que resuelve en parte la situación de la estructura de las plantas municipales; que otorga un beneficio que no tenían las personas que pueden jubilar; que abre la posibilidad de introducir cambios en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades en el sentido planteado por el Senador señor Longueira , y, por último, que da la alternativa -lo cual nos parece muy importante- de solicitar al Ejecutivo que nos señale en qué va la discusión sostenida hace mucho tiempo entre la ASEMUCH y el Gobierno respecto de la enmienda del artículo 119 de la Constitución Política, el cual debe ser interpretado por un proyecto de ley que todavía no tenemos el placer de discutir.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , al igual que otras, pero quizás en forma más clara, la presente iniciativa nos permite entender que existen distintos puntos de vista para analizar el contenido de una disposición de la cual surgen ideas contrapuestas.
Por un lado, desde la perspectiva de los trabajadores municipales -varios señores Senadores han convenido en ello-, parece un proyecto justo, necesario. Quienes hemos visto en los distintos municipios de Chile situaciones sociales y humanas, nos damos cuenta de que esta iniciativa representaba una necesidad fundamental. Y respecto de la justicia de la petición, no había dos opiniones en cuanto a lo indispensable de proponer algo como esto.
Sin embargo, la discusión trasunta un segundo aspecto: si lo que plantea el proyecto es una forma sana de dar un beneficio en un país moderno, responsable de sus gastos.
Lo sorprendente es que se establecen derechos a determinadas personas y, más que entregárselos, se obliga a los municipios a cumplir con ciertas prestaciones que el texto señala.
Si el beneficio que se otorga lo pagara el Estado, ello estaría normado por el inciso cuarto del artículo 67 de la Carta Fundamental, que establece de dónde saldrán dichos fondos. Y el proyecto tendría que pasar por la Comisión de Hacienda para los efectos de ver si coincide con los presupuestos que el país tiene.
Quiero aprovechar la presencia del señor Ministro de Hacienda para hacerle, por intermedio de la Mesa, una consulta técnica: si la fórmula de establecer derechos sin explicar cómo se van a financiar aquellas obligaciones por parte del municipio está dentro de las reglas de lo que debe ser una sana Administración del Estado.
A mi juicio, éste es un tema muy de fondo.
La semana pasada visité dos municipios en mi Región que se hallan técnicamente quebrados, según me explicaron sus alcaldes y los respectivos concejos municipales.
Si agregamos otras obligaciones, que son justas, pero que serán de cargo del municipio y no del Estado, disminuirán cada vez más las posibilidades de acción de las corporaciones edilicias que, en su inmensa mayoría, están empobrecidas.
Entonces, mi consulta de fondo consiste en saber si esta forma de legislar es normal y razonable. Todo aquello que tiene que ver con gastos del Estado, junto con plantear el derecho, exige precisar de dónde provendrán los fondos para financiar los gastos, en términos de que haya un contrapeso.
Esta fórmula de agregar obligaciones a los municipios sin entregar nada a cambio está generando un desfinanciamiento y una disminución cada vez mayor del poder que -todos suponemos- es real del Estado.
Insisto: nadie podría manifestarse en contra de la idea de legislar sobre la materia. Sentimos que es una necesidad de personas que, después de tanto tiempo de servicio en el municipio, esperan contar con un incentivo para jubilar. Pero no es menos cierto que, al no vincularse el Estado con el financiamiento y al entregar a los municipios una obligación como ésta, se produce en estos últimos una disminución cada vez mayor.
Ya que el Ministro de Hacienda se encuentra en la Sala, me gustaría saber por qué el Fisco no asume estas obligaciones. El proyecto fue planteado y firmado por el Gobierno. ¿Por qué no ampliar esa generosidad entregando los fondos necesarios, sobre todo cuando los recursos que destinan las municipalidades para solventar iniciativas como la que nos ocupa son fundamentales para el desarrollo de sus actividades sociales?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
No hay más Senadores inscritos.
En votación nominal el proyecto.
El señor COLOMA.-
¿Y el Ministro de Hacienda no va a decir nada, señor Presidente?
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
En votación.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (30 votos) y se fija plazo para presentar indicaciones hasta el 31 de julio, a las 12.
Votaron la señora Alvear y los señores Arancibia, Bianchi, Chadwick, Coloma, Escalona, Espina, Frei, García, Gazmuri, Gómez, Horvath, Kuschel, Larraín, Longueira, Matthei, Muñoz Aburto, Naranjo, Navarro, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Romero, Sabag, Vásquez y Zaldívar.
El señor FREI, don Eduardo ( Presidente ).-
Se ha solicitado que la iniciativa sea enviada también a la Comisión de Trabajo, además de la de Hacienda.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
O sea, primero pasaría a la Comisión de Gobierno y luego a las de Trabajo y de Hacienda.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).-
Correcto.
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