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El señor SILVA.-
Señor Presidente, celebro que se haya presentado a debate una iniciativa de esta naturaleza. El lobby ha sido algo de alcance no sólo nacional, sino mundial.
A menudo, el lobby se ha prestado vulgarmente para los efectos de pensar y sostener que a su amparo, en el fondo, se permitía o se daba carta abierta a la gestión administrativa muchas veces poco ética y, en oportunidades, hasta ilícita.
Hoy, a nivel mundial, la doctrina está de acuerdo en aceptar la regulación del lobby. Ello, como una demostración del genuino derecho a participar, que, por lo demás, nuestra Constitución consagra de manera explícita en su artículo 1º.
El lobby, perfectamente legitimado y regulado, es una modalidad específica y clara de intervención de distintos sectores de la colectividad, que hoy en día, a pesar de que lo reconoce como tal el artículo 1º, inciso cuarto, de la Constitución, en la práctica no pasa de ser, por así decirlo, una norma potencial.
Es preciso dejar en claro que el Tribunal Constitucional ha establecido -a nuestro juicio de forma acertada- que la Carta Fundamental hoy tiene un carácter esencialmente normativo, lo que significa que ha empezado a regir imperativa y totalmente un principio acerca del constitucionalismo diferente al de antaño, que daba lugar al ejercicio de toda suerte de inconsecuencias, debido a que la mayor parte de las normas constitucionales eran meramente declarativas.
En la realidad actual, los preceptos que la Constitución consagra pasan a ser imperativos y de ejecución inmediata per se.
Por esa razón, con mucho fundamento, hace algún tiempo el señor Presidente del Senado planteó que la normativa sobre publicidad consagrada en el artículo 8º de la Carta tenía vigencia in actu.
Y resulta que le encontramos toda la razón al Presidente de nuestra Corporación cuando lo planteó en la forma tan categórica en que lo hizo ante las aprensiones surgidas, que podían hacer pensar, en definitiva, que la vigencia de la norma entraba en un terreno de duda.
Eso pasa precisamente con el lobby, señor Presidente.
En el fondo, éste no es más que la fiel y auténtica representación del legítimo derecho de la comunidad a participar en el ejercicio de la vida legislativa mediante iniciativas que, en tanto en cuanto están perfectamente reguladas, pasan a ser plenamente legítimas. De allí la necesidad de la regulación a que se ha dado inicio.
Es cierto lo planteado por algunos señores Senadores, específicamente por quien me ha precedido en el uso de la palabra, en el sentido de que se debe normar perfectamente bien esta materia para que no se materialice el peligro de que, so pretexto de regular, se pretenda implantar conductas no razonables; y que lejos de ejercerse un lobby auténtico para mejorar una norma legal, en la práctica esto signifique simplemente la introducción de intereses menguados que no es del caso aceptar.
No obstante, en la mayor parte de las situaciones la reglamentación del lobby resulta absolutamente fundamental.
De manera que -y con esto termino, señor Presidente - para mí será muy grato, en una de mis últimas instancias como Senador de la República , aprobar la idea del intento de legislar sobre el lobby, porque se trata de algo que se estaba echando de menos en Chile.
Aunque obviamente, como decía muy bien el Honorable señor Larraín , habrá que fijar un plazo amplio a efectos de presentar indicaciones condignas que permitan regular esta materia a la perfección con el fin de evitar eventuales abusos que, a su amparo, pudieran cometerse.
Por tal motivo, señor Presidente, anuncio mi planteamiento explícito en tal sentido.
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