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El señor ROMERO ( Presidente ).-
Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre complementación de la ley Nº 19.950, estableciendo pena en caso de hurto falta en grado de frustrado, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (3867-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 42ª, en 18 de octubre de 2005.
Informe de Comisión:
Constitución, sesión 46ª, en 8 de noviembre de 2005.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
El objetivo principal del proyecto es complementar la ley Nº 19.950, que aumenta las sanciones a los hurtos y facilita su denuncia e investigación, estableciendo la pena de multa respecto del hurto falta, cuando se encuentra en el grado de frustrado.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento discutió la iniciativa solamente en general, y propone al señor Presidente que la Sala proceda de igual forma, con el propósito de abrir un plazo para presentar indicaciones.
La Comisión aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Honorables señores Aburto, Chadwick, Espina y Viera-Gallo, en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados.
Finalmente, cabe señalar que la Comisión dejó especial constancia de que el proyecto iniciado en moción del Senador señor Fernández, relativo al hurto falta, será integrado al articulado de la iniciativa por la vía de una indicación durante la discusión particular.
El señor ROMERO (Presidente).-
En la discusión general, tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , el proyecto se originó en una moción de varios señores Diputados. Hay otra iniciativa referente a la misma materia presentada por el Honorable señor Fernández. Por lo tanto, la Comisión continuó la tramitación del proyecto que venía de la Cámara de Diputados, y acordó refundirlo con la moción de ese señor Senador.
El proyecto busca llenar los vacíos legales respecto de los hurtos que se producen en forma masiva, y donde hoy las propias fiscalías, la Defensoría y los tribunales han manifestado la necesidad de precisar ciertas normas para saber qué ocurre con los delitos frustrados y con los delitos en grado de tentativa.
Creemos que es la oportunidad para perfeccionar la legislación vigente y, si bien se trata de una iniciativa de artículo único, preferimos esperar las indicaciones y tener tiempo de analizar la materia con los fiscales, la Defensoría Penal Pública y los jueces de garantías, a fin de corregir la ley actual, la que crea ciertas dificultades procedimentales.
En consecuencia, la Comisión solicitó que el proyecto se vote en general y se abra un plazo para las indicaciones, con el objeto de despacharlo en el transcurso del año.
El señor ROMERO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará en general la iniciativa.
--Se aprueba en general.
El señor LARRAÍN.-
¿Qué sucede con la moción del Senador señor Fernández?
El señor FERNÁNDEZ.-
Se debe fijar plazo para presentar indicaciones.
El señor ROMERO (Presidente).-
Ahora lo haremos.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El informe deja especial constancia de que la Comisión debatió el proyecto sólo en general con la intención de que, luego de que la Sala fije plazo para presentar indicaciones, la moción del Honorable señor Fernández fuese sugerida como tal en el segundo informe.
El señor FERNÁNDEZ.-
Se entiende que está presentada como indicación.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Exacto. Se dejará constancia de ello, Su Señoría.
Corresponde establecer plazo para presentar indicaciones.
El señor LARRAÍN.-
El 12 de diciembre a las doce.
El señor ROMERO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se fijará como plazo para presentar indicaciones el 12 de diciembre a mediodía.
Acordado.
"
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