" MOCI\u00D3N DEL HONORABLE SENADOR STANGE, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY SOBRE DECLARACI\u00D3N DE MUERTE PRESUNTA DE PERSONAS DESAPARECIDAS EN PER\u00CDODO QUE INDICA (3985-07) \nHonorable Senado: \nEs de todos conocido la crisis Institucional que vivi\u00F3 el Pa\u00EDs y que culmin\u00F3 con la irrupci\u00F3n del Gobierno Militar y durante el cual fue clausurado el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo fue ejercido por la autoridad castrense, sin intervenci\u00F3n eleccionaria de la ciudadan\u00EDa. \nTambi\u00E9n es sabido, que durante ese per\u00EDodo de excepci\u00F3n, que comprende desde el 11 de septiembre de 1973 y hasta el 11 de septiembre de 1990, se cometieron delitos por parte de algunos Agentes del Estado, que vulneraron el derecho a la vida y a la libertad personal por cuanto se consider\u00F3 que esos sujetos eran sustentadores o autores en hechos que atentaban contra la estabilidad del Gobierno vigente. La mayor\u00EDa de esos Agentes est\u00E1n encausados por Tribunales de la Rep\u00FAblica. \nPor otra parte, resulta de toda conveniencia el poner t\u00E9rmino a la situaci\u00F3n de incertidumbre en que se encuentran muchos de nuestros compatriotas, algunos de ellos cumpliendo penas privativas de libertad y otros ligados a procesos Penales de larga data. \nAdem\u00E1s, del efecto deseado y que se alude en el p\u00E1rrafo anterior, el presente proyecto pretende que los familiares o sucesores de las personas desaparecidas regularicen las situaciones administrativas o patrimoniales que pudieren empecerles, acogi\u00E9ndose a la declaraci\u00F3n de desaparecimiento que tendr\u00EDa todos los efectos legales penales y administrativos. \nRecientemente, el Supremo Gobierno, en un gesto emblem\u00E1tico procedi\u00F3 a indultar a un ex Integrante de la Fuerzas Armadas haciendo caso omiso a las cr\u00EDticas que aluden a la ilegalidad del indulto, dado su anacronismo o que es un ingerencia del Ejecutivo en el accionar del Poder Judicial. Se ha se\u00F1alado que de este modo no se estar\u00EDa dando cumplimiento a Tratados, Pactos o Convenios a los cuales el Estado de Chile estar\u00EDa sujeto. Todas esas argumentaciones fueron superadas por el Ejecutivo en el caso reciente a que se alude en atenci\u00F3n a la existencia de un fin superior. \nEl proyecto que se somete a consideraci\u00F3n del H. Senado, pretende utilizar Instituciones o Herramientas Jur\u00EDdicas de existentes en nuestra Legislaci\u00F3n Positiva, tales como la presunci\u00F3n de muerte por desaparecimiento de los art\u00EDculos 80 y siguientes del C\u00F3digo Civil, el t\u00EDtulo de las penas del art\u00EDculo 18 del C\u00F3digo Penal y las Normas Pertinentes sobre sobreseimiento definitivo, haciendo extensivas a la situaci\u00F3n jur\u00EDdica y an\u00F3mala, que inspira la presente moci\u00F3n. \nEn m\u00E9rito de las argumentaciones expuestas, vengo en someter a la consideraci\u00F3n del H. Senado el siguiente: \n \nPROYECTO DE LEY \nArt\u00EDculo 1\u00BA: Se presume muerto para todos los efectos legales, penales y administrativos el individuo que hubiere desaparecido entre el 11 de marzo de 1978 y el 11 de marzo de 1990 \nArt\u00EDculo 2\u00BA: Los Tribunales Ordinarios o especiales, que actualmente conocieren de causas sobre desaparecidos deber\u00E1n de Oficio o a petici\u00F3n de Parte declarar la prescripci\u00F3n de la acci\u00F3n penal y los sobreseimientos a que haya lugar. \nDel mismo modo, los Tribunales de primera instancia que hubieren dictado o no sentencia, deber\u00E1n conformar su accionar con la legislaci\u00F3n actualmente en vigor. \n \n(Fdo.): Rodolfo Stange Oelckers \n " . . . "MOCI\u00D3N DEL HONORABLE SENADOR STANGE, MEDIANTE LA CUAL INICIA UN PROYECTO DE LEY SOBRE DECLARACI\u00D3N DE MUERTE PRESUNTA DE PERSONAS DESAPARECIDAS EN PER\u00CDODO QUE INDICA (3985-07)"^^ . . . . . . . . . . . . . .