-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19
- http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "0003"^^xsd:string
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19-ds23
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19-ds27
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19-ds24
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19-ds30
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19-ds21
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19-ds28
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19-ds25
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19-ds31
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19-ds32
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19-ds22
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19-ds20
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1-ds19-ds26
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:TramiteComisionMixta
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionInformeComisionMixta
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/651953/seccion/akn651953-po1
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/2318-18
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- dc:title = "REEMPLAZO DE LEY CONTRA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. INFORME DE COMISIÓN MIXTA"^^xsd:string
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1859
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4410
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/637
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2469
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/507
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2070
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3322
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3591
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/325
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3438
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/337
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/852
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3975
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4307
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3978
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/520
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2273
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/410
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/662
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1083
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2566
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/828
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4026
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3080
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/903
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1030
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1978
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2017
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3457
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2008
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1819
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3208
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4427
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/53
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3963
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4439
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1290
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4090
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2645
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1474
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/972
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3863
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/procedimiento-judicial
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/violencia-intrafamiliar
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seAprueba
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/ley-n-20066
- rdf:value = " REEMPLAZO DE LEY CONTRA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR. INFORME DE COMISIÓN MIXTA
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Informe de Comisión Mixta, en segundo trámite constitucional, recaído en el proyecto que deroga la ley Nº 19.325 y establece normas sobre procedimiento y sanciones relativos a los actos de violencia intrafamiliar, con urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (2318-18) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 8ª, en 5 de noviembre de 2003.
En trámite de Comisión Mixta, sesión 16ª, en 13 de julio de 2005.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 23ª, en 4 de enero de 2005.
Constitución (segundo), sesión 52ª, en 17 de mayo de 2005.
Comisión Mixta, sesión 32ª, en 6 de septiembre de 2005.
Discusión:
Sesión 27ª, en 12 de enero de 2005 (se aprueba en general), sesión 1ª, en 7 de junio de 2005 (se aprueba en particular).
El señor ALLIENDE ( Secretario subrogante ).-
La controversia entre ambas ramas del Congreso se originó en el rechazo por la Honorable Cámara de Diputados, en el tercer trámite constitucional, de una serie de modificaciones efectuadas por el Senado en el segundo trámite constitucional.
La Comisión Mixta formula en su informe la proposición destinada a resolver la divergencia entre ambas Corporaciones, la que fue acordada por unanimidad, con excepción del artículo 19, que establece la improcedencia de los acuerdos reparatorios en los procesos por delitos constitutivos de violencia intrafamiliar, que fue aprobado por 5 votos a favor (Senadores señores Chadwick y Viera-Gallo, y Diputadas señoras Allende, Mella y Saa), y el voto en contra del Senador señor Espina.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que transcribe la normativa legal correspondiente, el proyecto aprobado por la Honorable Cámara de Diputados, el texto aprobado por el Senado, la proposición de la Comisión Mixta y el texto final que resultaría de aprobarse dicha proposición.
Cabe tener presente que los artículos 9º, 10, 15, 17 y 18, las letras b) y c) del artículo 22 y el artículo 23 tienen el carácter de normas orgánicas constitucionales, por lo que para su aprobación requieren el voto conforme de 27 señores Senadores.
Finalmente, corresponde informar que la Honorable Cámara de Diputados, en sesión de hoy, dio su aprobación a la proposición de la Comisión Mixta.
El señor GAZMURI (Vicepresidente).-
En discusión el informe de la Comisión Mixta.
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , en primer lugar, en mi calidad de Presidente de la Comisión Mixta , quiero expresar mi reconocimiento a las señoras Diputadas y a los señores Diputados y Senadores que participaron en el acuerdo que se logró entre ambas Cámaras respecto de este proyecto -quizás uno de los más relevantes que nos ha tocado tramitar durante este año-, que dice relación a un tema social de fondo que afecta especialmente a miles de mujeres: el drama de la violencia intrafamiliar, situación que la legislación actual ha sido incapaz de resolver, por vacíos legales que, en la práctica, dejaban en la total impunidad -me atrevería a decir- cientos de casos en que se vivía un verdadero infierno en las familias, producto de la violencia de que eran objeto, por regla general, las mujeres -cónyuges o convivientes- y también los hijos.
El acuerdo alcanzado, entre otros aspectos, permite crear por primera vez en nuestro país el delito de maltrato habitual, figura que establece una penalidad de 61 a 540 días de cárcel para quienes ejercen de forma usual la violencia física o psíquica respecto de alguna de las personas referidas en la disposición que precisa lo que se entiende por violencia intrafamiliar, salvo, por cierto, que el hecho constituya un delito de mayor gravedad, caso en el cual se aplicará la pena del delito más grave.
También se consigna que, para apreciar la habitualidad, se atenderá al número de actos ejecutados, así como a la proximidad temporal de ellos, con independencia de que dicha violencia se haya ejercido sobre la misma víctima u otra diferente. Este aspecto es relevante, porque los actos de violencia intrafamiliar no se ejecutan sólo en contra de uno de los miembros del grupo familiar, sino también, en forma reiterada, habitual, en contra de varios de ellos. Y, para estos efectos, obviamente no se van a considerar los casos de violencia intrafamiliar que hayan sido objeto de una sentencia anterior.
Además, se establece una norma novedosa y distinta que señala que los procesos por estos delitos de ejercicio habitual de violencia física y psíquica se inician con la interposición de acciones ante el respectivo tribunal de familia. Éste evaluará la configuración de las exigencias legales para tipificar tal delito y remitirá los antecedentes al Ministerio Público para que siga adelante el proceso, la investigación y la sanción del responsable.
En seguida, deseo dar a conocer brevemente otros aspectos relevantes de esta iniciativa legal.
Se amplía el concepto de violencia intrafamiliar con relación a quiénes pueden ser víctimas de ella. Se lo define como "todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente.
"También habrá violencia intrafamiliar cuando la conducta referida en el inciso precedente ocurra entre los padres de un hijo común, o recaiga sobre persona menor de edad o con discapacidad que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar.".
Todo acto que constituya violencia intrafamiliar, como señalé recién, es de conocimiento de los tribunales de familia, salvo que constituya un delito más grave, caso en el cual, obviamente, le corresponde intervenir al Ministerio Público.
El tribunal de familia calificará los hechos denunciados. Si éstos configuran un delito común de mayor gravedad o de maltrato habitual -al que hice mención anteriormente-, dicho tribunal remitirá de inmediato los antecedentes al Ministerio Público.
Ya describí el delito de maltrato familiar e indiqué la conducta típica del que incurre en él.
Por otra parte, señor Presidente , y en concordancia con lo anterior, se establecen las siguientes normas: se eleva la pena del delito de lesiones corporales cuando la víctima tiene con el ofensor alguno de los vínculos que señala la nueva ley sobre violencia intrafamiliar, esto es, una relación conyugal, de parentesco o convivencia permanente. Ello, respecto de los delitos comunes tipificados en el Código Penal. Es decir, cometer esos delitos en contra de un pariente evidentemente implica una agravación de la pena.
Las lesiones corporales nunca podrán ser calificadas de leves, si afectan a las personas a quienes se refiere la nueva normativa. Por lo tanto, siempre serán consideradas menos graves.
Se incorpora al conviviente entre aquellos respecto de los cuales se puede configurar la atenuante de haberse ejecutado el hecho en vindicación próxima de una ofensa grave. Es el caso de una persona que reacciona frente a la permanente violencia que se ejerce en su contra, producto de lo cual comete una acción que provoca daño al agresor. En tal caso, se entiende que es una circunstancia atenuante cuando la conducta realizada se debe a un acto de hostigamiento o de violencia cometido en forma habitual.
Como consecuencia de las modificaciones anteriormente señaladas, se establece un sistema equilibrado de sanciones penales entre el delito de maltrato habitual y las lesiones, donde éstas conservan una pena mayor.
Señor Presidente , otro tema extraordinariamente importante es el relativo a las medidas cautelares, que son aquellas que deben dictar los jueces de inmediato para impedir que se sigan cometiendo estos delitos. Tanto los tribunales de familia como los tribunales en lo penal quedan facultados para decretar medidas cautelares de protección para la víctima. Quizá éste ha sido uno de los puntos más controvertidos de la legislación vigente, porque cuando las víctimas acudían a los tribunales de justicia, éstos habitualmente no adoptaban las medidas de protección en forma urgente e inmediata y estas personas quedaban en la indefensión, producto de lo cual no sólo se generaba un abuso mayor en su contra, sino también una verdadera desprotección del derecho a la integridad física y psíquica de las personas agredidas.
Para tales efectos, además, se considerarán especialmente las situaciones de riesgo que ponen en peligro a la víctima, como la drogadicción, el alcoholismo, las denuncias o condenas previas por violencia intrafamiliar, la existencia de procesos pendientes o condenas previas por crímenes o simple delito en contra de las personas por la ley sobre control de armas, o antecedentes psiquiátricos o psicológicos que denoten características de personalidad violenta, como también los casos en que la víctima esté embarazada, sea discapacitada o se halle en una condición que la haga vulnerable.
En este punto, señor Presidente , quiero señalar que por primera vez se incorpora lo que se llama "situación de riesgo". Es decir, antes de que se materialice la agresión y se consume la agresión física o psíquica, se permite que la víctima -habitualmente una mujer- pueda recurrir a los tribunales y pida la protección adecuada, y no como ocurre lamentablemente hoy en día, que sólo puede actuar una vez que ha sido agredida y se ha materializado la acción de violencia intrafamiliar. Lo que ha hecho el legislador es prevenir que se materialice la agresión, entregándole esta herramienta a la víctima para que pueda recurrir a los tribunales, a fin de que se adopten las medidas de protección o las medidas cautelares pertinentes.
En materia de sanciones, se establece que en los tribunales de familia se castigará el maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar, atendida su gravedad, con una multa que va de media a quince unidades tributarias mensuales. Y, en lo penal, se aplicará la pena principal y las accesorias que correspondan al delito.
En lo tocante a medidas accesorias -las que acompañan a la sanción principal: si se trata de los tribunales de familia, va a ser habitualmente una sanción de multa, y si son los tribunales del crimen, una de cárcel-, se consagran las siguientes: obligación del ofensor de abandonar el hogar que comparte con la víctima; prohibición de acercarse a ella o a su domicilio, lugar de trabajo o de estudio; prohibición de porte y tenencia y, en su caso, comiso de armas de fuego, y asistencia obligatoria a programas terapéuticos o de orientación familiar.
El incumplimiento de alguna de estas medidas accesorias da origen al delito de desacato a una resolución judicial, que, como Sus Señorías saben, tiene una penalidad que -si mal no recuerdo- va desde tres años y un día a cinco años de cárcel para quien lo comete.
En cuanto al incumplimiento de las medidas cautelares, tanto en los tribunales de familia como en los del crimen, se presentan también importantes efectos. El juez pondrá en conocimiento del Ministerio Público los antecedentes del caso a fin de que se investigue el desacato -la inobservancia de medidas cautelares o penas accesorias- por parte de la persona condenada, sin perjuicio de aplicar a ésta, como medida de apremio, el arresto hasta por quince días.
Una vez que el Ministerio Público haya conocido la situación, el infractor enfrentará una pena de hasta cinco años de privación de libertad. La policía deberá detener de inmediato a quien sea sorprendido en el quebrantamiento flagrante de estas medidas.
La única excepción se establece respecto de la persona que tiene la obligación de asistir a programas terapéuticos o de orientación familiar. En ese caso, se le exige cumplir con ese deber o se le aplica una medida accesoria de reemplazo.
Por otra parte, se introducen importantes modificaciones en materia procesal penal: se consagra la improcedencia de los denominados "acuerdos reparatorios" en los procesos por delitos constitutivos de violencia intrafamiliar. Éste es un aspecto relevante, porque llegamos a la convicción, en virtud de los antecedentes que nos fueron proporcionados, de que dichos acuerdos habitualmente son forzados y no voluntarios...
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Ha concluido su tiempo, señor Senador.
El señor ESPINA.-
Termino de inmediato, señor Presidente.
Me queda muy poco y, además, estoy informando un proyecto de ley.
El señor PROKURICA.-
¡Es el Senador informante!
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Puede continuar, Su Señoría.
El señor ESPINA.-
Muchas gracias, señor Presidente.
Fundamentalmente, creemos que en este tipo de conflictos no deben existir los acuerdos reparatorios, porque son el resultado de presiones ejercidas más que de un acuerdo puro y simple, lo que, en definitiva, lleva a soluciones artificiales que no resuelven el problema de fondo.
Por otra parte, se faculta al Servicio Nacional de la Mujer para que, en casos calificados por esta institución, represente judicialmente a la mujer víctima de delitos asociados a violencia intrafamiliar que sea mayor de edad y siempre que lo requiera, a fin de que pueda ejercer sus derechos procesales.
También se establece que el juez de garantía impondrá como condición para decretar la suspensión del procedimiento una o más de las medidas accesorias contempladas en esta normativa y, adicionalmente, la contenida en el Código Procesal Penal.
Por último, señor Presidente , se modifican dos cuerpos legales.
En la ley Nº 18.216, que consagra medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad, se incorporan los delitos constitutivos de violencia intrafamiliar entre aquellos respecto de los cuales el tribunal podrá imponer, para conceder cualquiera de los beneficios de que se trata, la condición de que el condenado no ingrese ni acceda a las inmediaciones del hogar, al establecimiento educacional o al lugar de trabajo de la persona ofendida.
En la ley Nº 19.968, que crea los tribunales de familia, se enmiendan algunas de sus normas para guardar la debida correspondencia y armonía con las disposiciones de este proyecto.
Por todas estas consideraciones, señor Presidente, en nombre de la Comisión Mixta, integrada por Senadores, Diputadas y Diputados, solicito la aprobación de la iniciativa.
--(Aaplausos en las tribunas)
El señor GAZMURI (Vicepresidente).-
Junto con decir que son muy bienvenidas a este debate las personas que se encuentran en las tribunas, debo advertirles que el Reglamento impide hacer manifestaciones.
Por lo tanto, les sugiero que las reserven para el final.
Tiene la palabra el Senador señor Silva.
El señor SILVA .-
Señor Presidente , hablo en nombre del Consejo Nacional del Adulto Mayor, en el cual -como Sus Señorías saben- represento al Honorable Senado.
En dicho organismo se me planteó cierta inquietud en orden a que un proyecto de esta relevancia podría eventualmente no aplicarse a los adultos mayores como sujetos de protección. Después de analizarlo, llegamos a la conclusión de que, conforme al inciso primero del artículo 5º, se puede deducir con claridad que la iniciativa se hace extensiva a los adultos mayores, por lo menos a los que tienen vínculos de parentesco con el cónyuge del ofensor o con algunos de los integrantes del hogar donde se plantea el problema de la violencia intrafamiliar.
Respecto de los adultos mayores que son terceros, pero que viven en un régimen de protección en hogares de determinadas personas, existía una duda. Sin embargo, no había tiempo para aclararla en el inciso segundo. En todo caso, al analizar dicho artículo, se deduce con nitidez que éste se aplica tanto a los adultos mayores que, en calidad de sujetos pasivos, aparecen vinculados al cónyuge o a determinado pariente, como a aquellos que simplemente son amigos o protegidos en la casa de que se trata.
Planteé este asunto en la reunión de Comités esta tarde y el señor Presidente me aconsejó que dejara constancia de esta circunstancia en la Sala para que en la historia fidedigna de la ley quedara perfectamente diáfano que este proyecto rige en plenitud para los adultos mayores en los mismos términos en que opera para la mujer o los hijos.
Cumpliendo con ese cometido, he hecho presente esta explicación.
He dicho.
El señor GAZMURI (Vicepresidente).-
Quedará constancia en la historia de la ley, como lo ha solicitado el señor Senador.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, vamos a apoyar la iniciativa en debate, y lo haremos con la fuerza y el entusiasmo que hemos puesto al trabajar en estos temas desde que asumimos la senaduría.
En esta oportunidad, para poner en claro lo que estamos haciendo, deseo señalar que hay pocos hechos más violentos y más abyectos que la violencia intrafamiliar. En ese sentido, todo lo que hagamos para mejorar la condición de la mujer -sobre todo dentro del matrimonio, de la pareja- es poco.
Lo que hemos hecho en este proyecto, que respaldamos, representa la culminación de un largo proceso de mejoramiento de las condiciones legales y de la situación concreta de las mujeres en la materia.
Sólo quiero formular dos observaciones.
La primera de ellas es que, a pesar de que se concluye que esto tiene que ver con los niños, la verdad es que el tema de los menores maltratados sigue siendo un problema no resuelto en Chile.
En los años 1994-1995, aprobamos en el Senado una normativa llamada "Ley sobre Maltrato Infantil". Pero, desgraciadamente, fue subsumida por lo que en ese momento era la gran preocupación: la violencia intrafamiliar. Después de eso, las políticas referentes a los niños han ido quedando en rezago.
En esta Sala y a través de gestiones realizadas con el Senador señor Viera-Gallo , con el cual hemos trabajado en conjunto, planteamos al Gobierno la necesidad de implementar una política general sobre la infancia, porque cuatro millones y medio de niños significan algo más que un simple grupo etario. Hemos pedido en reiteradas oportunidades -y lo hemos señalado públicamente- que aquí se requiere hacer una política para la infancia.
Pese a que en su momento se nos dijo que éramos terroristas sociales, porque en 1994 hablamos de 8, 10 ó 15 por ciento de niños maltratados, hoy día vemos en forma permanente lo que está sucediendo sobre el particular. Esto no sólo significa que se publiciten más casos, sino que también hay más maltrato y que éste es más refinado.
Francamente, se ha llegado a un refinamiento que nos induce a pensar que podríamos estar en presencia de un aumento de las patologías mentales en el país, porque ya no se trata de un maltrato simple, sino prácticamente de una tortura, que habla de la insania con que se cometen estas acciones.
A propósito de esto, señor Presidente , pronto entraremos a debatir un proyecto sobre delincuencia infantil. Entre otras cosas muy positivas, vamos a disminuir la edad para hacer responsables a los niños. Me preocupa esta situación, porque se origina una paradoja descomunal: estamos en un país donde se maltrata cada vez más a los menores sin que entreguemos soluciones más concretas -lo digo porque en la iniciativa la expresión "niño" sólo figura en dos partes- y, al mismo tiempo, estamos haciendo leyes más punitivas para ellos.
El otro tema que me preocupa es que aquí no abordamos la esencia de la violencia chilena, de la intrafamiliar y de la relacionada con los más jóvenes, fundamentalmente los niños.
Resulta que los niños nacen en un ambiente en el que ya se les empieza a violentar. No quiero adelantar debate sobre proyectos que vamos a ver en el futuro, pero cuando no hay interés en mejorar la condición del feto, que comienza a tener sentimientos muy profundos según la situación de la madre; cuando los niños no reciben un acunamiento suficiente y largo, como corresponde; o cuando no aparecemos ni en la televisión ni en la prensa para tratar el tema de fondo acerca de cómo se presenta la violencia en Chile, creo que estamos haciendo muy buenas leyes parcelares referentes, por una parte, a la mujer, y por otra, a los niños, pero sin una visión general, holística, del problema fundamental de por qué se produce la violencia en nuestra sociedad.
En el transcurso del tiempo, la juventud, y especialmente los adolescentes, ven un grado de violencia que se acerca a las cifras de Estados Unidos, donde a los trece años un niño ha visto del orden de diez mil o doce mil asesinatos, con la agravante de que no queda claro nunca quién es el verdadero asesino y, lo que es peor, nunca se sabe cuál es el asesino bueno o cuál el bueno que mata.
Voy a apoyar este proyecto con entusiasmo, porque se halla en la raíz de nuestras concepciones de paz, de convivencia, de respeto al ser humano. Y lo hago con fuerza, porque nos enorgullecemos de que en un Gobierno y en un Parlamento como los nuestros hayamos alcanzado una forma de tratar a la mujer que no se compadece con la existente.
Sin perjuicio de ello, aprovecho de hacer una observación en voz alta: siento cierta decepción respecto de la manera en que hemos abordado esta materia. Esquivamos el tema esencial relativo a dónde surge la pedagogía de la violencia; qué hacemos al respecto; cómo transformamos esta sociedad que en todos los niveles se caracteriza por la violencia verbal, física, e incluso, la ejercida por la mayoría que tiene el poder. Lo señalo con mucha tranquilidad, porque ésa ha sido mi postura permanente en la vida.
Por eso, expreso mi respaldo al proyecto, pero también planteo mi preocupación por el hecho de que estemos eludiendo el tema básico: el de los niños. En efecto, aun cuando técnicamente se subsume la situación del maltrato infantil, no se le atribuye la relevancia que merece, ni tenemos, al parecer, la disposición de tratarla de una manera mucho más profunda, seria, a largo plazo y con mayor actitud.
En un tiempo se contó con el llamado "Plan Nacional de la Infancia". Hay proyectos y leyes que podríamos mejorar. Nos quedan tareas por hacer. Y yo espero que próximamente avancemos hasta arribar a una sociedad en la cual el niño sea la parte esencial.
La madre, la compañera, es el fundamento de la pareja humana. No puede tocársela ni con el pétalo de una rosa. Pero también es verdad que si no tenemos la seguridad de tratar a nuestros hijos como corresponde, podemos hacerlo de una manera equivocada: con más cárceles, más gendarmes, más carabineros, más punición. Y, a la larga, les estamos dando ejemplos para que se hagan violentos. El 60 por ciento de los adultos culpables en las cárceles de Estados Unidos relata una historia clínica de maltrato. Ojalá podamos superar eso también, por la vía de mejorar las condiciones de la mujer. No es posible una juventud estable, bien criada, con principios claros y con posibilidades de cariño si la mujer no está en su casa un mínimo de tiempo, o no recibe tratamientos laborales adecuados, o si el marido carece de condiciones suficientes para lograr el acunamiento a que me he referido.
Señor Presidente, he querido manifestar estas ideas, sin perjuicio de apoyar el proyecto.
Muchas gracias.
El señor GAZMURI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , sin duda esta tarde estamos presenciando un debate de mucha importancia. No es una casualidad que "La Segunda" haya titulado su primera página con el contenido de este proyecto de ley. Y tampoco lo es que, además de nuestras dos queridas y muy destacadas Senadoras señoras Carmen Frei y Evelyn Matthei , se encuentren con nosotros las Diputadas señoras Isabel Allende , María Eugenia Mella , Adriana Muñoz y María Antonieta Saa , que han impulsado mucho esta iniciativa, así como la Ministra del SERNAM , señora Cecilia Pérez .
Ahora, ¿qué es lo más relevante de esta normativa?
Desgraciadamente, en uno de cada cuatro hogares -el lugar donde debiera encontrarse afecto, acogida y comprensión- hay violencia, generalmente en contra de la mujer y de los niños.
Quiero señalar al Senador señor Ruiz-Esquide que en realidad la iniciativa es global, pues se refiere a la violencia contra cualquier miembro de la familia. Puede tratarse también, como ha dicho el Honorable señor Silva , de una persona de la tercera edad. Lo que pasa es que normalmente las víctimas tienen nombre de mujer. No es casualidad que 28 mujeres hayan sido asesinadas este año en Chile ...
--(Aplausos en las tribunas).
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Ruego no hacer manifestaciones.
El señor VIERA-GALLO .-
Qué más quisiéramos nosotros que el maltrato a los menores tuviera la misma visibilidad, porque, obviamente, también es un hecho repudiable que debemos erradicar de la convivencia nacional.
La importancia del proyecto -lo ha explicado muy bien el Senador señor Espina - radica en que estos buenos propósitos, o estas buenas intenciones, se traduzcan en instituciones jurídicas, que -esperamos- actúen con eficacia. A partir del 1 de octubre van a entrar en funcionamiento los tribunales de familia en todo Chile. El otro día, con motivo de la inauguración de los de Concepción y Talcahuano, los visité y debo decir que quedé muy impresionado por la enorme inversión que se ha hecho. Sólo resta esperar que la justicia que se imparta esté a la altura de la buena estructura que se ha creado.
Además, se entregan atribuciones al SERNAM para prevenir la violencia intrafamiliar. Eso es importante: no sólo podrá actuarse en forma sancionatoria, sino también se apunta a la educación, al cambio cultural y de hábitos, a la prevención.
Una vez que se produce la agresión y que la víctima se da cuenta de que no puede seguir soportándola y denuncia el hecho, desde ese momento un tribunal de familia podrá dictar medidas protectoras y cautelares, las que pueden ser drásticas, como obligar al acusado a salir del hogar, a no acercarse a la víctima, a fin de interrumpir la espiral de la violencia.
Asimismo, logramos precisar cuándo la violencia en cuanto tal constituye delito por dejar lesiones y cuándo también se lo comete a pesar de no dejar huellas físicas, como en la violencia psicológica habitual o en el encierro, tremendamente cruel para mujeres, adultos y menores. En estos casos, el tribunal de familia pasa los antecedentes al fiscal. Al respecto -hasta hace poco se encontraba presente el señor Ministro subrogante de Justicia -, hay un llamado de las señoras Diputadas (que, estoy cierto, las señoras Senadoras harán suyo, al igual que yo), en el sentido de que ojalá los fiscales pudieran especializarse más, para que cuando intervengan en casos de violencia intrafamiliar no apliquen rápidamente el principio de oportunidad y los archiven, sino que realmente tomen el peso a lo que está ahí siendo denunciado, porque de esa denuncia después pueden derivarse consecuencias muy graves para el resto de la familia. Para eso sería relevante que los fiscales y los defensores se especializaran y que, obviamente, los tribunales de familia, los jueces de garantía y los jueces orales, cuando deban tocar estos temas, lo hagan sobre la base de una concepción más amplia de todo lo involucrado en un acto de violencia intrafamiliar.
--(Aplausos en las tribunas).
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Ruego evitar los aplausos, por favor.
Tengo la obligación de aplicar el Reglamento.
El señor VIERA-GALLO.-
Lo hacen simplemente porque están de acuerdo, señor Presidente.
El señor GAZMURI (Vicepresidente).-
Imagino que es así, señor Senador.
El señor VIERA-GALLO .-
Para terminar, quiero señalar lo siguiente.
Nos encontramos hoy ante una buena iniciativa de ley. Hay consenso. Ha sido votada prácticamente por la unanimidad del Parlamento, y no después de muchas desconfianzas y discusiones. En realidad, todos hemos estado de acuerdo con su texto y, como lo demuestra la portada de "La Segunda" de hoy, contamos con la opinión pública a favor.
¿Qué falta ahora? Que la ley se aplique bien, lo cual va a depender mucho del Gobierno, de los tribunales...
--(Aplausos en las tribunas).
El señor VIERA-GALLO .-
Por último, ello dependerá mucho de que los mismos aplausos que se escuchan esta tarde se hagan sentir con fuerza cada vez que se produzca un maltrato intrafamiliar que afecte a una mujer o a un niño.
--(Aplausos en las tribunas).
El señor GAZMURI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Frei.
La señora FREI (doña Carmen) .-
Señor Presidente , la verdad es que es muy alentador ver esta tarde cómo nuestro país está llegando a un grado de madurez cívica que echábamos mucho de menos. Estamos dejando atrás hipocresías o situaciones que no se querían reconocer.
Como sabemos, la violencia intrafamiliar aqueja a toda la sociedad. No podemos decir que es propia de los sectores más modestos o con menor educación, porque se registra en todos los niveles. Es muy bueno -algunos reclaman que hoy se den cifras- que las mujeres tengan la libertad para contar y denunciar los maltratos. Porque de cada cinco mujeres tres los han sufrido, no sólo físicos, sino también sicológicos. ¡Y, por Dios, que es terrible para las mujeres sentir cómo se les va menospreciando en su dignidad!
Por eso, es muy relevante el consenso que ha permitido -¡por fin!- hacer realidad la aprobación de este proyecto. Sin embargo, muchas veces despachamos textos que en su letra pueden ser perfectas. Pero lo esencial es que se apliquen y que se apliquen bien.
Rescato mucho los fundamentos de esta iniciativa, porque en Chile nos estamos acostumbrando a que todo necesita ley. Mientras más restrictiva y más sancionatoria sea, mayor respaldo recibe, pero al final queda hasta por ahí nomás. En cambio, en este caso nuestro compromiso y nuestra preocupación guardan relación con que todas las medidas que se tomen sobre la base de estas disposiciones apunten, primero, a prevenir y, después, a prestar asistencia.
En realidad, éste es un tema de educación. Desde la infancia a las niñas hay que enseñarles qué es el maltrato.
La televisión cada día muestra una creciente violencia, que produce reacciones que se advierten en las relaciones de los niños más pequeños y que se ven en colegios y escuelas.
Por eso, fue esencial establecer la obligatoriedad de la educación preescolar, porque permitirá educar en los valores de la sociedad y no será necesario después estar castigando, por cuanto ya habremos aprendido a prevenir los daños que pueden sufrirse.
Y será básico que los tribunales de familia -espero que así suceda- tengan personal especializado para recibir a mujeres dañadas y que requieren orientación. Y no sólo aludo a ellas, porque también se dan casos de hombres. No estamos discriminando: la violencia contra un hombre o una mujer debe ser sancionada. Porque una sociedad que realmente quiere ser justa y equilibrada debe contar no únicamente con mecanismos para sancionar a los agresores, sino, sobre todo -lo recalco-, para prevenir y prestar asistencia a los agredidos.
Todos sabemos que, cuando los niños o niñas ven violencia en su hogar, de adultos van a golpear, se van a desquitar.
Creo que la iniciativa en debate -si procedemos bien- permitirá prevenir y ayudará a los afectados.
Lo más importante es que las mujeres pierdan el miedo y sean capaces de denunciar los hechos de violencia intrafamiliar. Porque muchas veces llegan a la comisaría a hacer la denuncia y les dicen: "Bueno, algo habrá hecho usted para que su marido o su compañero le pegue." Y eso es muy malo.
--(Aplausos en las tribunas).
La señora FREI (doña Carmen).-
Por eso, estimo que prevenir y educar es parte esencial de nuestra labor, para que no tengamos que lamentar después la muerte de mujeres.
Cuando en un país, que se dice tan desarrollado y dentro de la globalización, etcétera, surgen estas lacras sociales, los legisladores tenemos la obligación de terminarlas.
Realmente, estoy muy contenta con la ley en proyecto. Considero que tanto las señoras Diputadas como las señoras Senadoras hemos hecho una tremenda labor. Pero, sobre todo, estoy muy feliz porque en el futuro una Presidenta va a poder hacer que estas normas...
--(Aplausos en las tribunas).
La señora FREI (doña Carmen) .-
...se pongan en práctica como corresponde y no sean letra muerta.
El señor GAZMURI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , los Honorables colegas que estudiaron la iniciativa en las respectivas Comisiones han expuesto con mucha claridad y profundidad sus alcances. Debo felicitar el trabajo que realizaron tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado.
También es de justicia congratular a los Parlamentarios de todas las bancadas, tanto de la Oposición como de la Concertación, que no tuvieron discrepancias en legislar sobre una materia tan delicada y trascendente y cuya tramitación hoy está culminando en la Cámara Alta.
Con esa misma claridad -excúsenme-, con justificado orgullo, quiero destacar a las dos Parlamentarias autoras de la moción, las Diputadas señoras Adriana Muñoz y María Antonieta Saa , que por supuesto en este minuto...
--(Aplausos en las tribunas).
El señor MUÑOZ BARRA.-
...deben estar gozando íntimamente de una iniciativa tan inteligente y justa, y cuya discusión siguen desde las tribunas una cantidad de mujeres de diferentes edades, pero todas de una belleza -yo diría- muy uniforme.
--(Aplausos en las tribunas).
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Como está por terminar la discusión, quiero que entiendan que debo aplicar el Reglamento. He sido extraordinariamente permisivo. Por eso, les pediría que guarden los aplausos para el final, una vez que se despache el proyecto. Así, los señores Senadores que restan podrán intervenir sin problemas.
Continúa con el uso de la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , creo que hemos puesto término a una situación real de la sociedad chilena y que se presentaba de diversas formas.
Es una verdad indiscutible que la actual sociedad sancionaba con penas mucho más fuertes -como alguien dijo- a quien robaba una gallina que a aquel que golpeaba a una mujer, a un niño o a un familiar.
Ésa es una verdad dolorosa, pero que felizmente estamos dejando en el pasado con este tipo de legislación.
Subrayo la labor de ambas Corporaciones en orden a avanzar en la construcción de una cultura de respeto entre los miembros del grupo familiar, donde el páter familias o el hombre no siempre debe imponerse al resto, hasta el punto de recurrir, a veces, a la violencia dolorosa que hoy nos espanta cuando, como se ha planteado en la Sala, 28 mujeres han sido asesinadas.
Y a todos los chilenos nos sorprendió uno de estos casos, no hace muchos meses, donde un individuo que mató a su esposa salió en libertad antes de quince o veinte días, sin que sepamos las razones de lo resuelto por la justicia.
Quiero destacar que este proyecto no está dirigido sólo a la mujer, sino asimismo a la familia, en su conjunto. Va orientado a la mujer, a los niños y, sin duda -como lo expresaba un señor Senador-, también al hombre y la mujer de la tercera edad.
Por medio de esta iniciativa se crea el delito de violencia intrafamiliar. En buena hora. El maltrato familiar se define como una acción habitual que debe ser sancionada con absoluta claridad. Y no sólo serán los tribunales de familia los que deberán ocuparse en ello, sino también los juzgados del crimen, contemplándose el castigo para cada uno de los casos, como lo precisó el señor Presidente de la Comisión de Constitución .
Declaro, en representación de los Senadores del Partido Por la Democracia, que apoyamos con entusiasmo el texto en análisis.
No obstante, deseo referirme a lo manifestado por la Honorable señora Frei en el sentido de que éste sea un proyecto que se desarrolle en toda su plenitud en la práctica y no se constituya en letra muerta. Porque en esta materia -ello hay que plantearlo- el Presupuesto de la Nación debe ser extraordinariamente generoso. Y para que la futura ley se concrete deben crearse 30 fiscalías que se encarguen de los delitos de violencia intrafamiliar, a fin de que quienes deban recurrir a la justicia tengan el camino para alcanzar sus fines y nos sintamos orgullosos de las normas que estamos aprobando por unanimidad. Son necesarias 30 fiscalías -repito-, y envío un mensaje sobre el particular al señor Ministro de Hacienda , pues, si hay que hacer una discriminación positiva en ese sentido, creo que todo Chile lo va a aplaudir.
Termino manifestando que, felizmente, en pocos días más, a partir del 1º de octubre, van a comenzar a funcionar los tribunales de familia, que tendrán un papel muy importante en la aplicación del articulado que ahora se despacha.
Felicitaciones a las Parlamentarias que presentaron la moción, Diputadas Adriana Muñoz y María Antonieta Saa . Felicitaciones a los integrantes de todas las corrientes políticas de la Cámara Baja. Y, también, el agradecimiento y reconocimiento a los miembros del Senado, que han entregado sin ninguna vacilación sus votos favorables para este acto de justicia.
En consecuencia, la bancada del Partido Por la Democracia anuncia que se pronunciará a favor.
---(Aplausos en tribunas).
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , el Senador señor Viera-Gallo habló de 28 víctimas de violencia intrafamiliar durante este año. Por desgracia, hoy son 29. En la mañana, una mujer menor de 30 años fue asesinada en Tierras Blancas, en la comuna de Coquimbo, por su conviviente, de aproximadamente 46 años. Y lo peor es que se habían hecho varias denuncias por violencia intrafamiliar, de la cual existía una larga historia.
Por lo tanto, es muy amargo que estemos dando la aprobación final a este proyecto y que hoy día mismo tengamos que lamentar una muerte más de una mujer a manos de la persona que se supone que debía quererla.
La verdad, señor Presidente , es que la cantidad de casos de violencia intrafamiliar que uno conoce resulta impresionante. Hace poco estuve en un hogar de menores ubicado en Los Vilos y me llamó mucho la atención el hecho de que varias niñas internas, enviadas a dicho establecimiento por jueces, hablaban en forma bastante natural de que un hermanastro o el conviviente de la madre las había tratado de violar. Y muchas veces la madre, en lugar de proteger a su hija, se pone de lado del conviviente, porque no lo quiere perder a él o al ingreso que representa, en caso de que vaya a la cárcel. Las situaciones son realmente dramáticas.
Una niña, con una liviandad impresionante, decía: "Yo, por suerte, me salvé, pero mi hermana no".
El otro día, en el sector de Las Compañías, una señora estaba con su guagua en brazos debajo de un puente. ¿Por qué? Porque su hermanastro andaba detrás de ella desde hacía mucho tiempo. Y, entonces, cada vez que él -que es camionero- llega a casa, ella se va a dormir con la criatura a dicho lugar.
Están también los casos de guaguas maltratadas de los que ahora último nos hemos enterado. A una de ellas, de seis meses, alguien le pegó en la cabeza y la dejó en estado grave en el hospital.
Recuerdo que hace dos o tres semanas se supo de un niño de tres años al que dejaban amarrado y que, además, se hallaba desnutrido, sin pelo y con varios huesos rotos.
Asimismo, todos conocemos que hay abuelos abusados, psicológica o físicamente.
Lo más importante es que por fin se está hablando de estos temas, que antes se escondían. Eran una vergüenza para la familia, que los mantenía y sufría en privado. Hoy, en cambio, son expuestos y denunciados.
Desgraciadamente, la situación actual, antes de la promulgación de la ley, enseña que muchas veces la denuncia no sirve de nada y que, por el contrario, la persona que la formula sufre aún más maltrato, pues, al no existir ninguna medida efectiva, viene la revancha del denunciado ante Carabineros. Por tanto, tal cual está la normativa vigente, representa un arma de doble filo.
De haberse adoptado alguna acción eficaz, señor Presidente , la mujer asesinada hoy en la mañana quizás no hubiera tenido ese destino.
Por ello, celebro que por primera vez se contemplen ahora medidas efectivas, como la obligación de abandonar el hogar, la prohibición de acercarse a la víctima, la asistencia a un tratamiento de reeducación. No sé si el plazo máximo de un año para aplicarlas, que puede ser prorrogado, será suficiente, pero por lo menos es un avance, porque claramente la situación más complicada se da cuando recién se formula la denuncia, que es el momento de más rabia. Tal vez la separación por un año disminuya un poco esa presión.
Por mi parte, señor Presidente , adhiero a la solicitud de contar con personal especializado tanto en Carabineros como en los juzgados o las fiscalías. Porque, cuando alguien llega a denunciar violencia intrafamiliar, muchas veces ello se toma a la ligera y la conclusión es: "Éstos se pelearon"; "La otra persona debe de haberle puesto el gorro"; "La mujer está enojada o, a lo mejor, quiere una pensión alimenticia". Y, por desgracia, eso ocurre, así como también existen denuncias falsas, sencillamente porque se quiere conseguir algún otro objetivo. Por eso resulta tan importante contar con asistentes sociales, jueces, fiscales y policías que puedan ver si una situación es de cuidado o de peligro y debe ser tratada en forma rápida, o si efectivamente es una pelea o una revancha de otro tipo.
Quiero alegrarme por un pronunciamiento tan significativo como el de hoy, pero cuando esta mañana venía hacia el Congreso y me enteré del asesinato en Tierras Blancas, encontré que era una ironía terrible. ¡Dios quiera que con este proyecto podamos evitar muchos casos!
He dicho.
El señor GAZMURI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , seré breve, porque creo que cada una de las exposiciones ha dado cuenta muy bien y en forma muy fiel de la trascendencia de la iniciativa que hoy estamos aprobando unánimemente.
Más allá de referirme a cuestiones técnicas o a normas específicas, de lo cual se ocupó muy bien el señor Presidente de la Comisión , me parece que dos aspectos fundamentales son lo más sustantivo del paso que estamos dando con esta nueva legislación.
El primero de ellos es que, a partir de este momento, no aceptamos ni toleramos en nuestra sociedad ninguna circunstancia ni lugar que pueda amparar o esconder la violencia intrafamiliar. Ya no hay más espacio para justificaciones que invoquen la intimidad del hogar o el ámbito de la privacidad de la familia.
A partir del ordenamiento de que se trata, la conducta de violencia intrafamiliar pasa a ser pública y a interesar y preocupar a todos y a cada uno de nosotros. Ya no constituye un problema al interior de la familia, sino que la estamos transformando en un problema al interior de la sociedad. Ya no hay nada, reitero, que la justifique ni la tolere.
Y creo que ese criterio que recoge el proyecto es relevante. Es algo que se convierte en un asunto público de primera magnitud, no justificable en el ámbito de la privacidad o la intimidad, ni en alguna circunstancia que busque atenuar su gravedad.
El segundo aspecto que me parece trascendente es que el paso inicial dado al abordar esta materia con la legislación existente hasta el día de hoy queda ampliamente superado por lo que hacemos en el proyecto.
Jurídicamente, ya no es cuestión de que la conducta de violencia intrafamiliar sea una falta que deba ser vista por los tribunales civiles, equivalente a una infracción de tránsito. Estamos introduciendo un cambio sustancial: la transformamos en un delito específico y propio, independiente por sí mismo, de competencia de los tribunales del crimen y, al mismo tiempo, con sanciones rigurosas. Aquel que incurre en ella recibe una pena agravada, frente a la comisión de cualquier delito común.
Por lo tanto, estamos dando un paso muy importante, desde una falta de la que conoce un tribunal civil, equivalente a una infracción común, a un delito correspondiente a los tribunales del crimen, con penas rigurosas y, aún más, agravadas.
Y entregamos atribuciones especialísimas a los jueces, ya sea de los tribunales de familia o del crimen, según sean la circunstancia y la competencia, para colocarse -como lo expresó recién la Senadora señora Matthei y que estimo muy importante- en la situación de proteger a la víctima ¡a tiempo, señor Presidente ! ¡A tiempo!
Porque en muchas oportunidades ha ocurrido que, por no ser dispuestas medidas eficaces y oportunas, las personas objeto de violencia intrafamiliar terminan sufriendo una todavía mayor, lamentablemente. Por lo tanto, precisamente para los efectos de resguardarlas con la mayor prontitud posible les estamos otorgando a los jueces facultades que no tienen respecto a otros delitos.
El Senador señor Viera-Gallo observó, acertadamente, que lo que resta por delante es quizás el desafío mayor: que la ley funcione bien. ¡Sí! ¡Que la ley funcione bien! Y también es nuestra tarea controlar que así sea.
Sin embargo, por importante que resulte la iniciativa, por satisfechos que nos sintamos al haber logrado unanimidad para transformarla en una nueva ley, no es suficiente. No podemos descansar -y debe ser una preocupación permanente de toda la sociedad chilena- en la continuación del proceso educativo, formativo y cultural, para que desde el más humilde de los ciudadanos y hasta la más importante de las autoridades tengan grabado en su espíritu y su conciencia el que ojalá nunca más la violencia intrafamiliar sea un acto tolerable, sino, por el contrario, un delito absolutamente repudiable.
He dicho.
El señor GAZMURI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora PÉREZ ( Ministra del Servicio Nacional de la Mujer ).-
Señor Presidente , señores Senadores , señoras Senadoras y Diputadas que nos acompañan, deseo manifestar mi profunda satisfacción, como integrante del Gabinete del Presidente Lagos, como Ministra del SERNAM y como mujer, por el privilegio de asistir a este momento histórico.
Y reviste ese carácter, en efecto, para las mujeres, para la familia chilena, para nuestra sociedad. Porque, más allá de los esfuerzos que hicimos a comienzos de la década de los noventa, con la primera ley que buscó justamente sacar la violencia de la impunidad de lo privado, de las cuatro paredes donde era vivida, a la esfera de lo público, de las preocupaciones del Estado y de la opinión ciudadana, es ahora cuando la expectativa de hacer realidad esa vocación política y pública se puede vivir verdaderamente con más realismo.
Creo que la aprobación de este proyecto es una manifestación más del compromiso del Estado -y lo digo en su más amplia acepción- en el sentido de consagrar en una ley la posibilidad de ejercer plenamente los derechos humanos de quienes viven al interior de la familia.
Y simplemente quiero destacar lo que a nuestro juicio da la connotación de histórica o de inédita a esta iniciativa, porque la explicación y el resumen notables que realizó el Presidente de la Comisión Mixta me ahorran mucho tiempo para extenderme en el contenido.
En primer lugar, deseo consignar que por primera vez queda expresamente establecida por ley la responsabilidad constitucional del Estado de preocuparse tanto de la prevención y la sanción de las acciones que nos ocupan como de la protección a las víctimas. Y ello, mediante la expresa referencia a instrumentos internacionales que Chile ha suscrito y ratificado, como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Pará) y la Convención sobre los Derechos del Niño. Lo menciono, con mucha satisfacción, porque no siempre convergemos en la necesidad de incorporar estos tratados a nuestra legislación, por distintas razones.
Insisto en que el Estado tiene una amplia responsabilidad, no solamente en la sanción, sino también en la prevención. Y así lo señala la primera parte del proyecto, en cuanto a las políticas de salud, educación, justicia, seguridad ciudadana, en fin. Se hace referencia al complejo, diverso y amplio ámbito de su acción.
En segundo término, cabe mencionar algo que aquí se ha manifestado con mucha fuerza, porque era una expectativa y, sin duda, una deuda pendiente de la legislación actual: la protección a las víctimas.
El Servicio Nacional de la Mujer sabe a ciencia cierta, porque ha trabajado durante largo tiempo en esto, que transcurren años para que una mujer interponga su primera denuncia. Tal vez, en 1990 tenían que pasar siete o diez años. Hoy, probablemente son dos o tres. Pero todavía es demasiado tiempo: existe mucha violencia antes.
Por lo tanto, la obligación de las policías, de los jueces, del Estado, de dar protección inmediata después de la denuncia, nos parece un elemento muy sustantivo en el resguardo a las víctimas.
Y estimo conveniente observar algo a propósito de la intervención del Senador señor Ruiz-Esquide . Más allá de que el proyecto sea amplio y considere efectivamente a todos los miembros de la familia, es necesario preguntarse qué otra pedagogía de la violencia al interior de ese grupo es más potente que la de una sociedad que naturaliza y legitima la desigualdad de derechos, de trato, de oportunidades, por razones de sexo; cuál es más poderosa que aquella que se expresa brutalmente y, en los casos más extremos, en el femicidio. ¡Qué maltrato más brutal pueden sufrir los niños o niñas que el presenciar la muerte de su madre a manos del padre de ellos!
Entonces, al establecer este proyecto -sin duda pronto será ley, dado el trámite en que está- mecanismos de protección, sanciones penales y un endurecimiento judicial mediante la figura específica del maltrato, así como el aumento de las penas de lesiones en un grado en todos los casos, creo que se da una señal nítida de que estamos en condiciones de decir realmente y en forma legítima que somos una sociedad y un Estado que rechazan de manera absoluta la violencia.
Señor Presidente , este paso histórico abre al Estado un nuevo tremendo desafío, al igual que a los que deban aplicar la futura ley, a los operadores de la justicia, a la policía. A todos ellos demandamos todavía más esfuerzos que los llevados a cabo hasta ahora para incorporar en su formación, en sus mecanismos, en sus instituciones, en sus procedimientos, mayor sensibilidad y respeto por las denuncias; que entiendan que cuando una mujer acude y pide socorro, su agresor no es cualquier hombre, sino la persona que vive y duerme con ella, en quien -como señaló la Honorable señora Matthei - alguna vez depositó su confianza imprescriptible de que sería amada y respetada. De ese agresor o victimario habla una mujer cuando concurre a la policía.
Como se dijo, aquí hay un desafío para la nueva justicia penal -para los fiscales y las fiscales- y para la nueva justicia de la familia.
No basta con reformar las instituciones. De hecho, considero que hoy nadie está en condiciones de negar el tremendo esfuerzo realizado durante los Gobiernos de la Concertación para reformar, primero, el sistema procesal penal, y ahora, la justicia de familia, que el 1 de octubre próximo comenzará a aplicarse.
Adicionalmente, se hace necesario vivir una reforma en las conciencias, en el espíritu, y ampliar la mirada de los operadores de la nueva justicia para comprender la especificidad y particularidad del fenómeno de la violencia.
Señor Presidente , no quiero concluir mis palabras sin hacer un reconocimiento muy sentido, sincero, legítimo y auténtico del Gobierno por el apoyo prestado a esta legislación. En primer lugar, a la vocación demostrada siempre por las Diputadas señoras Saa y Muñoz , quienes presentaron la primera moción para modificar la ley Nº19.325. Además, a todas las Diputadas y Diputados que integraron la Comisión Mixta, así como a los Senadores señores Andrés Zaldívar , Viera-Gallo , Chadwick , Aburto y Fernández ; y en particular al Honorable señor Espina , quien, como presidente de aquélla, demostró una legítima y auténtica vocación y voluntad por sacar adelante la iniciativa y perfeccionarla, incluso más allá del efecto administrativo que pueden provocar las urgencias del Ejecutivo.
Por eso, señor Presidente , tanto el Gobierno como el Parlamento podemos sentirnos orgullosos -ustedes, como representantes soberanos del pueblo que los ha elegido; y nosotros, en representación del Presidente de la República - de entregar a la sociedad, a la familia chilena y a las mujeres fundamentalmente, un verdadero instrumento nuevo, una ley que permita defender con dignidad su integridad física, sexual, y proteger su vida.
Estimo que se trata de una muy buena noticia.
Finalmente, coincido con algunos planteamientos de la Senadora señora Matthei . El 25 de noviembre del año pasado, mientras celebrábamos el Día Mundial por la No Violencia, el marido de Magali Jara la mató en la comuna de San Ramón. Hoy, cuando estamos despachando este proyecto de ley, nos enteramos de que el cónyuge de Jenny Gálvez -en Tierras Blancas, en la comuna de Coquimbo- le quitó la vida, después de haber protagonizado con ella una historia de violencia.
¡Para que no haya más Jenny Gálvez ni Magali Jara , esperamos que con la aprobación del informe de la Comisión Mixta podamos entregar esta nueva ley contra la violencia a la familia chilena y en especial a las mujeres!
--(Aplausos en tribunas).
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Antes de cerrar el debate, tiene la palabra, el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , a lo mejor, la discusión deberíamos haberla finalizado con la intervención de la señora Ministra . Sus observaciones han sido realmente importantes. Yo la felicito por su perseverancia en la búsqueda de este proyecto, al igual que a las autoras de él, las Diputadas señoras Adriana Muñoz y María Antonieta Saa .
Sentí gran satisfacción por haber trabajado en la Comisión Mixta junto a las Diputadas señoras Isabel Allende y María Eugenia Mella ; y, por supuesto, por la labor desarrollada por los miembros de las Comisiones de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara y del Senado, así como por los de la Comisión Mixta.
Quiero destacar la trascendencia de la iniciativa en debate, aunque ya lo hicieron el señor Presidente de la Comisión y quienes han intervenido en el debate. A mi juicio, la ley Nº 19.325 -que fue buena- constituyó un primer paso en el intento de resolver el problema; pero, sin duda, fue tímido, pues no llegó al fondo de la cuestión como para producir el profundo cambio de tipo cultural requerido para poner atajo a un mal de la sociedad que ha estado oculto por mucho tiempo.
En mi concepto, el proyecto que hoy aprobaremos va en ese camino. Tengo la confianza y la esperanza de que así será. Porque además se advierte una voluntad de la sociedad en su conjunto y de sus instituciones por tratar de impedir, con carácter prioritario, que en nuestro país exista la violencia intrafamiliar.
Es efectivo que en la iniciativa se ha simbolizado más que nada la violencia ejercida sobre la mujer, pero también lo es que aquélla tiene mayor amplitud, pues persigue evitar la violencia al interior de la familia, entendida ésta en el concepto más amplio que se puede dar. Aquí no se excluye a ninguna posible víctima de violencia intrafamiliar, sea contra el hijo propio o adoptado, el conviviente, el adulto mayor, la mujer legítima o ilegítima. En cualquier circunstancia, es el grupo familiar el que pasa a ser protegido por la legislación.
Sin embargo, el proyecto en debate debe agregarse a la normativa jurídica global que hemos ido creando. Tal vez, podría haber tenido sólo carácter declarativo de no regir ya la ley que crea los tribunales de familia, y que empieza a aplicarse el 1 de octubre próximo. Asimismo, no podría haber una eficiente justicia para sancionar delitos de violencia intrafamiliar de no contar con la reforma procesal penal, sin perjuicio de reconocer la necesidad -según la petición de ciertas señoras Diputadas- de una mayor especialización en el nuevo procedimiento procesal penal respecto de tal tipo de delitos.
La futura ley no habría tenido posibilidad de aplicarse en forma eficiente conforme al sistema procesal penal antiguo, así como tampoco habría existido suficiente protección a la familia y a los menores de no haberse aprobado recientemente la normativa que modifica el Servicio Nacional de Menores, la cual dará un entorno de protección a los infantes, muchas veces desplazados de su familia y que al quedar excluidos de ésta terminan cayendo en situaciones irregulares. A ellos se debe amparar y evitarles la violencia que se genera dentro de la sociedad.
Igualmente, no podríamos contar con un sistema que funcionara bien -por eso creo en la importancia de la iniciativa en su conjunto- si el día de mañana no aprobásemos en el Senado el nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil, que también tiene una filosofía distinta del actual sistema procesal penal para los jóvenes, pues se tiende más a la recuperación del imberbe y del niño que a la sanción, per se, que merezcan por el delito cometido.
Eso es lo que debemos destacar hoy, como asimismo la relevancia de la ley en proyecto, que constituye un logro determinante en el objetivo de poner término a un flagelo tan lacerante en la sociedad chilena como el maltrato familiar. Y, efectivamente, aunque es en la mujer en quien se simboliza con mayor fuerza tal hecho, son los miembros de la familia completa los que están sujetos a ese tipo de violencia.
El propósito antedicho se inserta en el conjunto del trabajo realizado por todos -¡todos, sin distinción!- en el país. Y nosotros siempre hemos buscado consensos y la unanimidad con los distintos sectores de pensamiento representados en el Parlamento, como también la colaboración de los entes especializados, para elaborar la mejor legislación, con la participación activa del Poder Ejecutivo : el Presidente de la República , la señora Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer -presente en la Sala- y personeros de la Cartera de Justicia, entre otros. Me felicito de que el Senado se encuentre hoy analizando el informe de la Comisión Mixta sobre esta iniciativa. Y espero que lo apruebe por unanimidad, tal como lo hizo la Cámara de Diputados.
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Dada la trascendencia que reviste la materia, se va a efectuar votación electrónica, para registrar el pronunciamiento de cada uno de los señores Senadores.
El Honorable señor Ávila ha pedido fundar su voto.
Como está en su derecho, tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , hoy penalizamos la violencia al interior de la familia. Pero hay otra violencia que seguirá acechando el hogar de los más pobres: la injusticia y, en especial, la discriminación de que son objeto las mujeres en el trabajo. Allí se las discrimina y, sistemáticamente, se rebajan sus condiciones salariales en la medida en que se optimizan los resultados de las empresas donde laboran.
Creo que, si bien esta tarde nos ocupamos, con fundamento, de lo que ha de constituir el derecho más elemental de una persona al interior de su propio hogar, no debemos olvidar que para avanzar en la verdadera justicia es necesario que se amplíe el foco de nuestra atención. Es menester preguntarnos por qué en esta sociedad neurotizada, competitiva, en la cual el trabajo ha pasado a ser una mercancía más, no se generan mecanismos para que el Congreso Nacional haga las transformaciones de fondo tendientes a permitir a las familias chilenas vivir en la tranquilidad que otorga el saber que existe una legislación destinada a defender genuinamente sus derechos más esenciales.
La bancada del Partido Radical celebra el hecho de que se esté votando un proyecto como éste y, por supuesto, concurrirá a la aprobación unánime que todos esperamos.
El señor GAZMURI (Vicepresidente).-
La propuesta de la Comisión requiere 27 votos para su aprobación.
En votación electrónica.
El señor ALLIENDE ( Secretario subrogante ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor GAZMURI ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el informe de la Comisión Mixta (35 votos a favor), dejándose constancia de que se cumple con el quórum constitucional exigido.
Votaron los señores Arancibia, Ávila, Boeninger, Canessa, Cantero, Cariola, Chadwick, Espina, Fernández, Flores, Frei (doña Carmen), Frei (don Eduardo), García, Gazmuri, Horvath, Larraín, Martínez, Matthei, Muñoz Barra, Naranjo, Novoa, Núñez, Ominami, Orpis, Parra, Prokurica, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide, Sabag, Silva, Stange, Vásquez, Vega, Viera-Gallo y Zaldívar (don Andrés).
El señor GAZMURI (Vicepresidente).-
Queda despachado el proyecto.
--(Aplausos y manifestaciones en tribunas).
--El público entona la Canción Nacional.
--(Aplausos en la Sala y en tribunas).
"