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- rdf:value = " MODIFICACIÓN DE LEY Nº 18.933, SOBRE INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONALEl señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Corresponde proseguir la discusión particular del proyecto de la Honorable Cámara de Diputados que modifica la ley Nº 18.933, sobre Instituciones de Salud Previsional, con segundo informe de la Comisión de Salud y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (2981-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 28ª, en 4 de marzo de 2003.
Informes de Comisión:
Salud, sesión 49ª, en 13 de mayo de 2003.
Salud (segundo), sesión 31ª, en 1 de marzo de 2005
Discusión:
Sesión 55ª, en 20 de mayo de 2003 (se aprueba en general), sesión 32ª, en 2 de marzo de 2005 (se aplaza su discusión particular), sesión 35ª, en 9 de marzo de 2005 (queda pendiente su discusión particular).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Solicito autorización para que ingrese a la Sala el Superintendente de Instituciones de Salud Previsional, señor Manuel Inostroza.
--Se accede.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El número 2 del Nº 8) aprobado por la Comisión de Salud señala:
"Atención particular de enfermería, salvo que se trate de prestaciones que se encuentren en el arancel de prestaciones de la Modalidad de Libre Elección a que se refiere la ley Nº 18.469;".
Es menester votar esta norma, por cuanto se aprobó con 3 votos a favor (Senadores señora Matthei y señores Boeninger y Viera-Gallo) y uno en contra (Honorable señor Ruiz-Esquide).
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En discusión el número 2 del Nº 8).
Tiene la palabra el Senador señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , como señalé en la sesión anterior, mi planteamiento en general ha sido contrario a las exclusiones y a las preexistencias.
En cuanto a las preexistencias, expliqué las razones por las cuales de repente se producen contradicciones entre la necesidad de aprobar un proyecto porque no tenemos alternativas de mayorías distintas y la de mantener nuestros puntos de vista.
Tratándose de las atenciones particulares de enfermería, opino que no debería haber exclusión respecto de las que no corresponden a prestaciones de la modalidad de libre elección. Ello no pone en peligro ni la existencia del sistema ni la solvencia económica de las isapres. En algunos casos es del todo necesario, especialmente en la nueva línea con que estamos tratando de llevar adelante la reforma de la salud: de la manera más explícita posible, en el sentido de mantener un mínimo de gente en los hospitales y llevar fuera de éstos el tratamiento preventivo, y también el curativo, donde la enfermería es clave, a fin de abaratar y, al mismo tiempo, maximizar el recurso hospitalario.
No veo motivo suficiente para hacer tal exclusión. Y creo que ayudaría mucho si entendiéramos -como lo hicimos en el debate habido en la Comisión- que, en definitiva, se trata de la opinión entregada por un médico y no, simplemente, de la actitud espontánea de una persona.
En tales condiciones, pido al Senado rechazar el número 2, que por supuesto votaré en contra.
He dicho
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
La tiene el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , es importante que el punto se haya puesto en debate, pues sirve para aclarar que la exclusión en comento no significa la inexistencia de atención de enfermería, sino que de todas maneras, como se indica en el precepto, se obliga a entregar al menos las prestaciones comprendidas en la modalidad de libre elección.
Tal vez el señor Ministro podría explicar en qué consisten dichas prestaciones. Yo no las recuerdo en detalle. Pero, en fin, se trata de atenciones de enfermería. No son las ideales -en eso, obviamente, tiene razón el Senador señor Ruiz-Esquide -, pero tienen bastante significación.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , sin perjuicio de que sería bueno que el señor Ministro explicara con exactitud cuáles son las prestaciones de enfermería que se hallan cubiertas y cuál es la atención de enfermería particular que quedaría sin cobertura, quiero señalar la tremenda contradicción existente en la argumentación del Senador señor Ruiz-Esquide .
Su Señoría manifestó que, conforme al camino que se sigue en medicina, se trata de sacar de los hospitales a la mayor cantidad posible de pacientes, pues muchos de los problemas que los aquejan pueden ser manejados en sus casas.
Si es así, ¿por qué votó, entonces, a favor de que las isapres deban cubrir las hospitalizaciones con fines de reposo?
Con ello, en los hospitales ya no tendremos sólo enfermos, sino además personas que se sientan cansadas y pidan a los médicos que les extienda una "recetita" para hospitalizarse ya que deben reposar. Y eso lo deberá cubrir la isapre. Entonces, les saldrá mucho más barato estar en el hospital, pues pagará la institución de salud previsional, que en la casa, donde tendrán que buscar a alguien que las cuide.
Ésa es la gran contradicción existente en la argumentación del Honorable señor Ruiz-Esquide .
Por otra parte, señor Presidente , debemos hacer presente que en algunos casos la atención particular de enfermería puede requerirse por varios años. Porque a una persona con una cadera mala, por ejemplo, perfectamente el médico le podría decir: "Usted necesita una enfermera". Y, para ese efecto, será más barato contar con dicha profesional, pues el gasto lo cubrirá la isapre, que tener a una asesora del hogar.
La mayoría de los miembros de la Comisión votamos en contra la norma en debate, porque se presta para muchos abusos, como el cometido con la obtención fraudulenta de licencias maternales para atender a niños menores de un año con enfermedades graves. Aquéllas han aumentado en más de mil por ciento, fundamentalmente porque el gasto se encuentra cubierto.
Por lo tanto, todas las hospitalizaciones que se requieran, naturalmente, deben estar cubiertas; de eso se trata. Las prestaciones de enfermería necesarias para la administración de remedios, etcétera, tienen cobertura, por supuesto, tanto en las isapres como en los hospitales; es probable que sea mejor en dichas instituciones, pues, por lo general, en las clínicas privadas existe mayor cantidad de enfermeras por paciente que en los establecimientos hospitalarios. Pero, porque la isapre lo paga, tener una enfermera particular durante 6, 9 ó 15 meses debido a que un médico así lo dispuso, o mantener hospitalizada a una persona porque está cansada, en nuestro concepto, no es razonable.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , además de lo expresado por los Senadores señor Viera-Gallo y señora Matthei , quiero llamar la atención hacia el hecho de que, si se aprueba la norma en debate, se podrán convenir exclusiones; pero si se acoge el planteamiento del Honorable señor Ruiz-Esquide , al ser imposible convenir a dicho respecto, la atención particular de enfermería deberá ser considerada en el plan de salud, lo cual implicará una elevación de los costos de ��ste que puede resultar por completo innecesaria en la medida en que la modalidad de libre elección o alguna forma alternativa de cuidado sea satisfactoria. Y ésas son posibilidades que uno no debería excluir.
Por esa razón, también soy partidario de aprobar la norma tal como viene propuesta.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro de Salud.
El señor GARCÍA ( Ministro de Salud ).-
Señor Presidente , estamos ante un avance con respecto a la situación existente, pues ahora no hay ninguna obligación de cubrir ciertas atenciones de enfermería.
También es cierto que se genera una restricción en el marco de lo dicho por algunos señores Senadores. Empero, quedan garantizadas las prestaciones otorgadas por el FONASA. Es de la esencia de todos los proyectos elaborados sobre el particular generar igual tipo de garantías tanto para el mundo público como para el privado.
Tocante a la pregunta sobre las prestaciones garantizadas hoy día por el FONASA, puedo decir que, por ejemplo, en su arancel de libre elección se contempla la atención integral de enfermería en centros del adulto mayor, que considera tres sesiones de 45 minutos y sólo para mayores de 55 años; atención integral de enfermería en domicilio, con sesiones de 45 minutos como mínimo y únicamente para mayores de 55 años; y atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales y postoperados, independientemente de la edad.
De acuerdo con lo propuesto, las isapres estarán obligadas a cubrir tales atenciones. Y ello representa un tremendo avance con relación a lo existente en la actualidad.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Senador señor Ruiz-Esquide, ¿desea intervenir?
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Sólo quiero hacer una observación, señor Presidente , si la Sala no tiene inconveniente.
El señor NÚÑEZ.-
No hay problema.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide, en forma muy breve.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Conforme, señor Presidente.
Entiendo que aquí existe una discusión acerca del gasto que podría haber. El planteamiento es que, en materia de salud, los costos deben ser razonables y estar dirigidos a dicho ámbito.
Aquí nadie ha hablado de, sin motivo, enviar a una persona a la cama por 20 años; una decisión así podría derivar de un cuerpo médico conformado por locos. Lo que estoy señalando es que ocasionalmente se puede presentar esa necesidad.
No existe contradicción entre ambas opciones (y voy a pedir que se rechace la segunda), porque es muy factible que la salida de un hospital de una persona que puede ser controlada con menos costo por una enfermera se conjugue con la necesidad de, por indicación de un médico responsable, llevar a alguien a un establecimiento hospitalario por ser indispensable para la recuperación de su salud.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra, por el mismo tiempo, la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , quiero recordar que el cuerpo médico que atenderá estos casos es el mismo que ha aumentado en mil por ciento -¡mil por ciento!- las licencias maternales por enfermedad grave del niño menor de un año. O sea, no da ninguna garantía. Y es muy raro que se haya producido dicho incremento, porque, según todos los indicadores, hoy los niños menores de esa edad gozan de mejor salud que los de hace 20 años. Sin embargo, las licencias han crecido desmesuradamente. Y los mismos profesionales que las otorgan son los que recomendarán atención particular de enfermería.
Por eso, estimo conveniente aprobar el número tal como viene planteado por la Comisión.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En votación electrónica el número 2 del inciso segundo del artículo 33 bis (relativo a la atención particular de enfermería), contenido en el número 11) del artículo 1º del proyecto.
Votar "sí" significa apoyar el informe de la Comisión; votar "no", rechazar la exclusión.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el referido número 2 (24 votos por la afirmativa, 12 por la negativa y 3 abstenciones).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Arancibia, Boeninger, Bombal, Canessa, Cariola, Chadwick, Coloma, Cordero, Espina, Fernández, Flores, García, Horvath, Larraín, Martínez, Matthei, Novoa, Orpis, Prokurica, Romero, Sabag, Stange y Viera-Gallo.
Votaron por la negativa los señores Ávila, Foxley, Frei (doña Carmen), Gazmuri, Moreno, Muñoz Barra, Páez, Parra, Pizarro, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide y Zaldívar (don Andrés).
Se abstuvieron los señores Naranjo, Núñez y Ominami.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
¡Una derrota digna, señor Presidente!
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¡Muy digna, señor Senador !
A continuación se debe analizar la siguiente exclusión.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Corresponde al número 3 de la norma recién citada: "Hospitalización con fines de reposo".
Esta enmienda fue aprobada en la Comisión por dos votos a favor (Honorable señora Matthei y Senador señor Boeninger) y un voto en contra (Honorable señor Ruiz-Esquide).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si le pareciera a la Sala, podríamos acogerla con la misma votación anterior.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Sí, señor Senador.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Mis razones son idénticas para todas las modificaciones. De manera que, por economía de tiempo, las que faltan podrían darse por aprobadas con la misma votación.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Vamos a ir una por una.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
¿Por qué no las resolvemos todas en conjunto?
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Es preferible analizarlas de a una, señor Senador, para no confundirnos.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado el número 3 con la misma votación anterior.
--Se aprueba (24 votos contra 12 y 3 abstenciones).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La siguiente exclusión es la del número 6, cuyo primer párrafo dice: "Enfermedades o condiciones de salud preexistentes no declaradas, salvo que se acredite justa causa de error".
Votaron por mantener la frase "justa causa de error" los Honorables señores Boeninger, Espina y Ruiz-Esquide; en contra lo hizo la Senadora señora Matthei.
El número completo -exceptuada dicha frase- se aprobó en la Comisión por tres votos a favor (Honorable señora Matthei y Senadores señores Boeninger y Espina) y un voto en contra (Honorable señor Ruiz-Esquide).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Entiendo que habría dos votaciones: una para determinar la mantención o eliminación de la expresión "justa causa de error" y otra para el párrafo respectivo.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , retiro mi objeción a la expresión "justa causa de error", con el objeto de que quede aprobada por unanimidad.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Entonces, si le pareciera a la Sala, se podría dar por aprobado todo el número 6 con la misma votación anterior.
--Se aprueba (24 votos contra 12 y 3 abstenciones).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La exclusión que sigue está en el número 8, que comienza señalando: "Todas aquellas prestaciones y medicamentos, en este último caso de carácter ambulatorio, no contemplados en el arancel a que se refiere la letra d) del artículo 33".
Este número fue aprobado en la Comisión por tres votos a favor (Honorable señora Matthei y Senadores señores Boeninger y Espina) y una abstención (Honorable señor Ruiz-Esquide).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado con la misma votación anterior.
--Se aprueba (24 votos contra 12 y 3 abstenciones).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En seguida, en la letra a) del número 13), que pasa a ser 14), del artículo 1º, la Comisión recomienda modificar el artículo 38 del siguiente modo: "a) Suprímese, la oración final del inciso segundo", cuyo texto se indica.
Esta supresión fue aprobada en la Comisión por cuatro votos a favor (Honorable señora Matthei y Senadores señores Boeninger, Espina y Viera-Gallo) y un voto en contra (Honorable señor Ruiz-Esquide).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , voy a rechazar esta modificación. Sin embargo, por economía de tiempo, le pido que la dé por aprobada con la misma votación anterior.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si no hubiere objeción, se aprobaría la letra a) en los términos sugeridos.
--Se aprueba (24 votos contra 12 y 3 abstenciones).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Artículo 38 bis, nuevo, que se agrega por el número 15) del artículo 1º del proyecto.
Dicha disposición fue aprobada en la Comisión por cuatro votos a favor ( Senadora señora Matthei y Honorables señores Boeninger, Espina y Viera-Gallo) y un voto en contra (Honorable señor Ruiz-Esquide).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente,...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¿Su Señoría desea proponer que se dé por aprobado con la misma votación anterior?
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Sí, porque en realidad la argumentación es idéntica.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Entonces, si le pareciera a la Sala...
La señora MATTHEI.-
No, señor Presidente . Éste es un tema distinto, y no sé si los Senadores de la Democracia Cristiana quieran escuchar al señor Ministro , porque tengo la impresión de que no han estado suficientemente informados del asunto.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Se está pidiendo debatir esta materia.
En consecuencia, en discusión el artículo 38 bis, contenido en el número 15) del proyecto.
Tiene la palabra la Honorable señora Frei.
La señora FREI (doña Carmen) .-
Señor Presidente , la Democracia Cristiana no tiene ningún problema en escuchar al señor Ministro . Al contrario, vamos a hacerlo con gran atención y entusiasmo. Sin embargo, nosotros hacemos fe en lo expresado por el Honorable señor Ruiz-Esquide , quien, además de Senador, es médico. En mi Partido estamos acostumbrados a creer en nuestros camaradas. Y estimamos que el Senador y doctor don Mariano Ruiz-Esquide ha seguido el tema de las isapres con gran detención y, sobre todo, con gran apoyo de la gente que reclama por que esas instituciones se arreglen.
Así que, señor Presidente, nuestra confianza en el Honorable señor Ruiz-Esquide se mantiene.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación electrónica el artículo 38 bis, que establece las condiciones para que las isapres puedan cambiar los precios base de los planes de salud.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
Perdón, no alcancé a ver el pronunciamiento del Honorable señor Páez, de manera que pido al señor Secretario considerarlo en el resultado.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Cómo vota, Su Señoría?
El señor PÁEZ.-
Que sí.
--Se aprueba el artículo 38 bis (22 votos contra 11).
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Boeninger, Bombal, Canessa, Cantero, Cariola, Chadwick, Coloma, Espina, Fernández, García, Horvath, Larraín, Martínez, Matthei, Novoa, Orpis, Páez, Prokurica, Sabag, Stange, Viera-Gallo.
Votaron por la negativa los señores Ávila, Flores, Foxley, Frei (doña Carmen), Moreno, Muñoz, Naranjo, Parra, Ruiz (don José), Ruiz-Esquide y Zaldívar (don Andrés).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Inciso segundo del Nº 4 del artículo 40, que comienza con las expresiones: "Para ejercer la facultad establecida en el inciso precedente," y concluye con el párrafo: "o hasta el término de la incapacidad laboral, en caso de que el cotizante se encuentre en dicha situación y siempre que este plazo sea superior al antes indicado.".
Aprobaron la modificación los Senadores señores Boeninger, Ruiz-Esquide y Viera-Gallo, y se abstuvo la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , retiro mi abstención.
--Se aprueba por unanimidad la enmienda.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-Incisos cuarto y quinto del artículo 2º del proyecto. El cuarto comienza diciendo: "A contar de la vigencia de esta ley", y el otro, con la frase: "Tratándose de contratos en curso a la fecha de entrada en vigencia de esta ley".
Ambos preceptos se aprobaron por unanimidad en la Comisión y la Sala procedió de la misma forma al inicio de la discusión particular. Sin embargo, los miembros de la Comisión -Senadores señora Matthei y señores Boeninger, Espina, Ruiz-Esquide y Viera-Gallo
"A contar de la fecha en que entre en vigencia esta ley, las Instituciones de Salud Previsional deberán utilizar las nuevas tablas de factores en todos los nuevos contratos de salud que celebren. Todos los planes de salud que ofrezcan como alternativa las Instituciones en las adecuaciones que tengan lugar a partir de la fecha indicada deberán utilizar las nuevas tablas de factores.
"Tratándose de contratos en curso a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, las tablas de factores que ellos contengan se mantendrán en vigor hasta que el afiliado opte por aceptar un plan alternativo que se le ofrezca en alguna adecuación o hasta que contrate un plan de salud distinto. En todo caso, el proceso de adecuación de precios base que se efectúe en la fecha en que entre en vigencia esta ley y el 30 de julio de 2006, inclusive, se desarrollará conforme a las disposiciones en vigor antes de la entrada en vigencia de esta ley y se regirá exclusivamente por ellas.".
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra al Senador señor Ruiz-Esquide, Presidente de la Comisión , para que explique las diferencias entre ambos textos. Y si a su respecto hay acuerdo unánime, votaremos los ahora presentados.
El señor Ruiz-Esquide.-
Señor Presidente, estas normas son consecuencia de lo aprobado en el artículo 38 bis.
Durante la discusión no hubo plena concordancia en cuanto a la redacción definitiva. La reanalizamos y recibimos un texto de la Superintendencia que nos pareció más claro. Entonces, los cinco miembros de la Comisión firmamos la indicación respectiva a fin de que la Sala resuelva.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo unánime para someterla a debate?
--Acordado.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En discusión la indicación que sustituye los incisos penúltimo y último del artículo 2º del proyecto.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , el Senador señor Ruiz-Esquide explicó todo. Sólo deseo abundar un tanto en la materia.
Esta indicación, simplemente, pretende corregir un error técnico de redacción.
Tal como señaló el Senador señor Ruiz-Esquide , el artículo 38 bis establece que los ajustes a los planes de salud se refieren a su precio base. Y eso nada tiene que ver con las tablas de factores que aquí hemos aprobado y que se fijan de una vez y para siempre en los planes.
El inciso penúltimo que se sustituye dice: "A contar de la vigencia de esta ley, las Instituciones de Salud Previsional deberán utilizar las nuevas tablas de factores en todos los contratos de salud que celebren". Lo que es correcto, porque, obviamente, un nuevo plan de salud debe celebrarse de acuerdo con las últimas normas aprobadas. Y después agrega: "y en las adecuaciones que propongan".
Se trata de adecuaciones a planes existentes, los que fueron elaborados y convenidos conforme a la tabla de factores vigente con anterioridad. Por lo tanto, las adecuaciones no pueden hacerse según las nuevas reglas, porque implica modificar dicha tabla, lo cual es incompatible con la estructura que hemos dado al proyecto.
Ese mismo error se repite en la última frase del inciso final, que señala: "la variación del precio base deberá sujetarse a las nuevas reglas".
Entre paréntesis, el ajuste del precio base tiene que ver con un asunto de fechas, porque la ley entrará en vigencia en julio de 2005, y sucede que hasta julio de 2006 no regirán las normas relativas a los precios bases, debido, nuevamente, a la estructura de lo que ya hemos aprobado.
En consecuencia, el artículo 38 bis establece que las isapres deben informar a la Superintendencia antes del 31 de marzo de cada año la variación que experimentará el precio base. Es decir, la primera vez que podrán comunicarlo será el 31 de marzo de 2006.
Por consiguiente, lo propuesto no es aplicable con la redacción original.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará la indicación.
--Se aprueba, por unanimidad.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Finalmente, la Sala debe pronunciarse sobre el inciso segundo del artículo tercero transitorio, aprobado por 4 votos a favor (Senadores señora Matthei y señores Boeninger, Espina y Viera-Gallo), y uno en contra (Honorable señor Ruiz-Esquide).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente , voté en contra de la enmienda y mantengo mi posición. Pero, para economizar tiempo, propongo aprobarla con la misma votación anterior.
--Se aprueba con la misma votación anterior, y queda despachado el proyecto en este trámite.
"
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/2981-11