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    • rdf:value = " El señor NÚÑEZ.- Señor Presidente , revisando con cierta detención los antecedentes entregados, noté que en el artículo 1º original incluía un número 2) -entiendo que fue rechazado por la Comisión de Relaciones Exteriores-, que agregaba un numeral 8 al artículo 8º, el cual daba la posibilidad de resolver el problema planteado. Dicha norma venía de la Cámara de Diputados, razón por la cual, de aprobarse lo propuesto por la Comisión de Relaciones Exteriores, será necesario un tercer trámite constitucional. El referido número 8 consigna lo siguiente: "Fijar y modificar la organización interna de las unidades del Ministerio, asignándoles el personal necesario, fijándoles sus atribuciones, obligaciones y dependencias conforme a las normas establecidas en la ley Nº 18.575, sin que el ejercicio de esta facultad pueda originar modificaciones en la planta, funciones y estructura del Ministerio.". En mi opinión, desde el momento mismo en que se eliminó dicho numeral -no veo en el informe de la Comisión de Relaciones Exteriores si fue en votación dividida-, el artículo segundo transitorio, que ha generado la mayor dificultad, hizo más complicada la discusión. A mi juicio, de haber mantenido el numeral 8 en el articulado permanente, se habría resuelto el problema originado por la inclusión de esa norma transitoria. Sin embargo, es urgente que esta última se apruebe -así lo entendió el Ejecutivo -, pues entrega al Presidente de la República una facultad para ser ejercida dentro de los próximos seis meses, plazo en el cual debe realizar lo que en ella se establece. Comparto con el Gobierno que ese lapso es clave desde el punto de vista de nuestra política exterior, en especial en todo lo relativo al ejercicio de las funciones propias de la DIRECON, porque en los próximos seis meses estaremos comprometidos en negociaciones particularmente delicadas. Entiendo que hoy se iniciaron -el señor Ministro subrogante, aquí presente, podrá rectificarnos- conversaciones con Perú, nada menos que para avanzar en la negociación de un tratado de libre comercio. Sabemos que constituye una tarea bastante difícil, dados los aspectos y variables de carácter estrictamente político relacionados con el hermano país del norte. También se ha dado comienzo a importantes tratativas con China, que por cierto deberían ser mucho más complejas todavía. Un solo capítulo relativo a las negociaciones con ese país -como hace poco señaló el señor Embajador al Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores y al Senador que habla, cuando fuimos invitados a conversar sobre diferentes temas, entre los cuales se tocó el que nos ocupa- respecto de un eventual tratado de libre comercio con Chile reviste extraordinarias complicaciones. Pensemos, por ejemplo, en el de carácter financiero, o en otros que presentan mayores complejidades. En consecuencia, debiéramos trabajar con una visión distinta. Creo que el artículo segundo transitorio entrega al Presidente de la República un plazo muy estrecho y concreto (6 meses) para introducir las modificaciones necesarias, sobre todo tratándose de una actividad que requiere el máximo apoyo profesional para el buen éxito de gestiones y trabajos que se están realizando en materia de tratados de libre comercio. Por otro lado, debo señalar que el artículo tercero transitorio -entiendo que fue aprobado por unanimidad en ambas Comisiones- faculta al Jefe de Estado para que, mediante decretos con fuerza de ley expedidos por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, fije el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 161, etcétera. ¿Qué quiero decir con eso? Que ahí sí se abrirá con más certeza la posibilidad de que funcione lo prometido al Senado y a la Cámara de Diputados: generar un proceso de discusión más a fondo respecto de lo que debe ser el Ministerio de Relaciones Exteriores, que todos de alguna manera diseñamos mentalmente, pero que todavía no sabemos cómo aterrizar en la realidad, a fin de que responda a las exigencias y desafíos del país en el siglo XXI. Por lo tanto, señor Presidente , considero que la Comisión de Hacienda tiene buenas razones para reponer el artículo segundo transitorio, derivadas fundamentalmente de lo apremiante que resultan los requerimientos inmediatos del país en una materia tan compleja como los tratados de libre comercio. He dicho. "
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