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El señor GARCÍA.-
Señor Presidente , el inciso segundo del artículo 102 de la Constitución Política, relativo al Consejo Regional, dice: "Corresponderá desde luego al consejo regional aprobar los planes de desarrollo de la región". ¿Cómo puede haber plan de desarrollo de la Región si los distintos Ministerios no conocen los proyectos que en ella piensan financiar?
La referida norma agrega que corresponde al consejo regional aprobar el proyecto de presupuesto del gobierno regional, ajustado a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la nación. Entonces, no hay ninguna posibilidad de que aquél -por así decir- se arranque con sus propias ideas, porque tiene que ajustarse a la política nacional de desarrollo y, obviamente, al presupuesto de la nación.
Por eso, señor Presidente, los temores del Senador señor Viera-Gallo en mi opinión carecen de base.
Y el artículo 70 bis que se propone persigue como finalidad obligar a una indispensable coordinación entre el gobierno central, los ministerios que ejecutan obras y financian proyectos y el gobierno regional. Así, éste no destinará recursos a proyectos que a lo mejor están siendo financiados vía ministerios, pero sí pueda aportarlos a programas complementarios, de tal forma que la solución que se le ofrezca a la ciudadanía sea mucho más integral.
Asimismo, las intervenciones de la Senadora señora Matthei y de los Honorables señores Núñez y Boeninger ahorran palabras.
En suma, estimo que éste es un artículo que debemos aprobar.
He dicho.
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