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- rdf:value = " El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente , esta normativa se originó por iniciativa de diversos señores Senadores, entre los cuales me incluyo.
En esta rama del Congreso hubo unanimidad para conceder un estatuto especial a las llamadas microempresas familiares, o sea, a las que operan en casas, propias o arrendadas, habitadas por quienes se dedican a este tipo de actividades productivas.
Nuestro propósito se orientó a eliminarles todo tipo de trabas, exigiéndoles únicamente registrarse en las municipalidades, con el objeto de otorgarles los permisos pertinentes. Sólo se someterían a fiscalización las relacionadas con el rubro alimenticio o que presentaran problemas ambientales, como olores o ruidos molestos.
Luego de que el proyecto se convirtió en ley, empezó a aplicarse. Muchas municipalidades y organizaciones de artesanos y de pequeños empresarios la promovieron. Y sus resultados fueron muy buenos hasta que un municipio consultó a la Contraloría General de la República, la que dictaminó: "Señores, para que puedan funcionar deben contar con permiso municipal". Y esta legislación quedó inmovilizada. Las empresas familiares no pudieron seguir registrándose, porque en la inmensa mayoría las propiedades, especialmente las de los sectores populares, la recepción final -requisito que se exigía- no existía. Muchas veces en los municipios ni siquiera había registro, sobre todo de las propiedades antiguas.
Entonces, propusimos esta moción a fin de precisar que no era necesaria la recepción final para obtener la autorización correspondiente. Esta idea se aprobó por unanimidad. El Presidente de la Comisión , Honorable señor Orpis , presentó el proyecto a la Sala y todos lo apoyamos, porque era la única manera de que la ley podía operar. Al parecer, en la Cámara de Diputados no se entendieron sus alcances. No solamente no resolvieron lo dictaminado por la Contraloría, sino que, además, aprobaron un artículo 2º realmente increíble: para iniciar sus actividades, a estas empresas familiares se las obliga a obtener, en un plazo no superior a tres años -lo que no se exige a los demás propietarios-, la recepción definitiva de los inmuebles donde funcionan. O sea, se ha incorporado un precepto que daña el estatuto que queremos establecer para esta actividad.
Por estas razones, solicito rechazar lo dispuesto por la Cámara de Diputados, para que una Comisión Mixta resuelva esta discrepancia y, sobre la base de los antecedentes que aportemos, despachemos una normativa que apoye a las microempresas familiares, que son muy eficientes e importantes como fuentes de trabajo.
"
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