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El señor ROMERO ( Presidente ).-
Proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 16.271, en lo relativo al cobro de aranceles por parte de los conservadores de bienes raíces, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
3642-07
Regulación de aranceles de conservadores por inscripción especial de herencia
--Los antecedentes sobre el proyecto (3642-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 28ª, en 18 de enero de 2005.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 35ª, en 9 de marzo de 2005.
Constitución (segundo), sesión 9ª, en 22 de junio de 2005.
Discusión:
Sesión 38ª, en 22 de marzo de 2005 (se aprueba en general).
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La iniciativa fue aprobada en general en sesión de 22 de marzo del año en curso.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento deja constancia en su informe, para los efectos reglamentarios, de que al artículo único del proyecto se le formuló una sola indicación.
La referida indicación, presentada por el Honorable señor Ríos, fue aprobada por la unanimidad de los integrantes de la Comisión (Senadores señores Aburto, Chadwick, Espina, Viera-Gallo y Andrés Zaldívar), y establece que estarán totalmente exentas del pago de los derechos arancelarios correspondientes las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que deban practicar los conservadores de bienes raíces, referidas a bienes inmuebles que se traspasen a las iglesias y entidades religiosas constituidas como personas jurídicas conforme a las disposiciones de la ley Nº 19.638, conocida como Ley de Cultos.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado dividido en cuatro columnas, que transcriben el texto de los artículos pertinentes de la ley Nº 16.271, el proyecto aprobado en general por el Senado, la modificación efectuada por la Comisión en el segundo informe, y el texto que resultaría de ser aprobada dicha enmienda.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
En discusión particular la iniciativa.
El señor CHADWICK.-
Pido la palabra.
El señor ROMERO (Presidente).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , nosotros concurrimos en forma unánime a aprobar la indicación presentada por el Senador señor Ríos -no veo a Su Señoría en la Sala-, pero entiendo que ésta -me bajó una duda- no se refiere a que todas las transferencias e inscripciones que se hagan a nombre de las iglesias estén exentas del pago de esos derechos, sino a las realizadas por las antiguas corporaciones que se transformaron en nuevas personas jurídicas de derecho público.
Así que me parece que eso debiera estar acotado a lo que es el artículo 18 de la ley, y no quedar tan amplio. Creo que respecto de este punto podemos haber cometido algún error.
El señor ROMERO (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Si lo señores Senadores observan el boletín comparado que tienen a la vista, la Comisión no propone ninguna modificación al texto aprobado en general, salvo la relativa al artículo 30, donde se agrega el siguiente inciso segundo, nuevo: "Estarán también totalmente exentas del pago de esos derechos las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que deban practicar los conservadores de bienes raíces referidas a bienes inmuebles que se traspasen a las iglesias y entidades religiosas constituidas como personas jurídicas conforme a las disposiciones de la ley Nº 19.638.".
El señor ROMERO (Presidente).-
Es bastante amplio.
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick.
El señor CHADWICK .-
Señor Presidente , creo que tenemos un problema de redacción. La norma quedó muy amplia, y está referida al artículo 18 de la Ley de Cultos. Ése fue el sentido de la indicación, cuyo objeto era liberar del pago de contribuciones los traspasos de las antiguas corporaciones que se transformaron en nuevas iglesias constituidas como personas jurídicas de derecho público, y no que quedara exenta de dicho pago cualquier inscripción que se hiciera sobre la materia.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Si ése fue el espíritu, lo podríamos dejar consignado en la historia de la ley.
El señor CHADWICK .-
Sí, señor Presidente , porque se encuentra referido al artículo 18 de la Ley de Cultos.
El señor ROMERO ( Presidente ).-
Si no hubiere objeción, dejaríamos testimonio de ello en la Versión Oficial.
Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto con la observación formulada.
--Se aprueba en particular el proyecto en los términos señalados, y queda despachado en este trámite.
"
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