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El señor VALDÉS .-
Señor Presidente , al suprimirse la expresión "en votación directa", la norma se referiría a los "miembros elegidos por circunscripciones senatoriales".
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se suprimiría sólo en el segundo inciso, con lo cual la disposición quedaría en la siguiente forma: "Los Senadores durarán ocho años en su cargo¿". Y continuaría el texto, porque, de acuerdo con el inciso anterior, se supone que han sido elegidos en votación directa.
El señor VALDÉS .-
Pero se habla de nuevo de "votación directa", que es la única que cabe en el caso de los Senadores. ¿Habría que eliminarla?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
El texto que figura en el inciso primero describe la forma como se elige el Senado, por lo que debe detallar el procedimiento. Por eso dice que "El Senado se compone de miembros elegidos en votación directa por circunscripciones senatoriales, en consideración a las regiones del país".
Es la misma redacción del precepto constitucional vigente, con la corrección de que en esa parte se elimina la referencia a las trece regiones.
La frase que viene a continuación es la que reemplaza el texto siguiente y que genera la adscripción del sistema electoral a la ley orgánica constitucional respectiva.
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