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- rdf:value = " INHABILIDAD DE ALTAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS POR CONSUMO DE DROGAS
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Proyecto de reforma constitucional, en primer trámite, que establece como causal de inhabilidad de autoridades que indica el consumo de drogas, con nuevo primer informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3508-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de reforma constitucional: (moción de los señores Aburto, Espina, Orpis, Viera-Gallo y Zaldívar, don Andrés).
En primer trámite, sesión 52ª, en 21 de abril de 2004.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 5ª, en 16 de junio de 2004.
Constitución (nuevo), sesión 10ª, en 7 de julio de 2004.
Discusión:
Sesión 6ª, en 22 de junio de 2004 (vuelve a Comisión para nuevo informe).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La Comisión, en cumplimiento del acuerdo de la Sala de fecha 22 de junio del año en curso, emitió un nuevo primer informe respecto de la iniciativa, donde se consigna que la aprobó en general por la unanimidad de sus integrantes, Senadores señores Arancibia, Chadwick, Espina, Viera-Gallo y Andrés Zaldívar.
En cuanto a la discusión en particular, acordó reemplazar el texto despachado en el primer informe, que consistía en un artículo único de nueve numerales, por otro que agrega un inciso segundo al número 17º del artículo 19 de la Carta Fundamental, para consagrar un precepto general en cuanto a que no podrá ejercer ninguno de los cargos establecidos en la Constitución el que tuviere dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por tratamiento médico. La comprobación de la inhabilidad será regulada por la ley.
Respecto de esto último, la Comisión dejó expresa constancia de que la normativa deberá considerar como única prueba el informe de peritos, con el objeto de inhibir acusaciones temerarias y prueba testimonial falsa en estos casos.
El acuerdo de la Comisión sobre la nueva redacción del proyecto también fue adoptado por la unanimidad de sus miembros. Y se propone a la Sala adoptar igual resolución.
Sus Señorías pueden consultar el texto aprobado por la Comisión en el boletín comparado elaborado por la Secretaría.
La iniciativa requiere para su aprobación el voto conforme de 31 señores Senadores, por incidir en el Capítulo III de la Carta Fundamental.
Finalmente, la Comisión propone discutir el proyecto en general y en particular a la vez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión general y particular.
Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.-
Señor Presidente , en primer lugar, pido que la iniciativa en debate se vote junto con la que sustituye la actual Ley de Drogas, la cual va a ser puesta en tabla el próximo martes, si la Mesa así lo dispone. Planteo esto porque se trata de materias estrechamente vinculadas.
La nueva Ley de Drogas establece, entre otros aspectos, con una regulación especial, la prohibición del consumo de drogas por parte de los funcionarios públicos, además de todo un procedimiento y de un mecanismo a fin de que quienes sean adictos tengan un proceso de rehabilitación. Obviamente, si este último no se verifica ni se materializa, la persona, dada la importancia del cargo que ejerce y la incompatibilidad con su adicción a las drogas, quedará inhabilitada para seguir desempeñándolo.
Evidentemente el Senado no podía legislar respecto de los funcionarios públicos sin incluir a las autoridades establecidas que consigna la Constitución. Por lo tanto, reitero, ambos proyectos están estrechamente relacionados.
En consecuencia, mi primera petición es que ambas iniciativas se voten en una sola oportunidad, pues están vinculadas.
En segundo término, la Comisión de Constitución acogió las observaciones respecto del informe original, en cuanto a que era preferible que las menciones a la inhabilidad para desempeñar sus cargos que afecta a las autoridades de que trata la Ley Suprema por ser consumidoras de drogas o adictas a ellas se expresaran conforme a una técnica legislativa sencilla y más directa.
Esta reforma constitucional introduce un precepto modificatorio del artículo 19 de la Constitución, y señala: "No podrá ejercer ninguno de los cargos establecidos en esta Constitución, el que tuviere dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por un tratamiento médico. La constatación de esta inhabilidad será regulada por la ley".
Es decir, se entrega a las leyes respectivas de cada una de las autoridades establecidas en la Constitución cómo regular la prueba y, posteriormente, la eventual inhabilidad, declarada por quien corresponda. Con ello se recogen plenamente las inquietudes de los señores Senadores.
Por estas razones, pido que el proyecto en análisis -que requiere un quórum altísimo- no se vote en esta sesión, sino en la del próximo martes; y también, que en dicha oportunidad se apruebe.
Ésa es la posición de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento sobre esta iniciativa, que fue aprobada por unanimidad.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , coincido plenamente con el señor Presidente de la Comisión de Constitución .
Se trata de un proyecto respecto del cual no hay quórum para pronunciarse en este momento.
El nuevo informe corresponde a un encargo de la Sala con motivo de una proposición sobre la misma materia que implicaba la modificación de varios artículos de la Carta. Se planteó la necesidad de elaborar una disposición única que sancionara a las autoridades constitucionales por ser consumidoras de drogas. Eso es lo que ha hecho la Comisión.
A mi juicio, resulta conveniente lo señalado por el señor Presidente de la Comisión en el sentido de tratar el proyecto en análisis juntamente con el que castiga el tráfico de drogas, el cual contiene diversas restricciones y normas relativas al consumo por parte de funcionarios públicos.
Según lo conversado con representantes del Gobierno, no podíamos imponer restricciones a los funcionarios de la Administración Pública consumidores de drogas y no proceder de la misma forma con las autoridades constitucionales.
Por eso, la petición hecha por el Presidente de la Comisión es bastante lógica. Ojalá que el Senado se pronuncie al respecto en la sesión en que se vea la iniciativa sobre tráfico de drogas.
El señor PARRA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PARRA .-
Señor Presidente , estuve entre quienes formularon objeciones formales al proyecto presentado inicialmente. Por eso, siento el deber de expresar mi satisfacción por la fórmula que ahora se nos propone, pues ha recogido de manera muy adecuada las objeciones hechas en la Sala. Resulta particularmente acertada su ubicación como inciso segundo del número 17º del artículo 19 de la Constitución. De tal manera que en su momento votaré a favor.
Sin embargo, quiero dejar planteada desde ya una duda: la iniciativa legal que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, en los artículos 66 a 74, dispone diversas inhabilidades que vienen a ser el desarrollo de la reforma constitucional. Pero parece evidente que su materialización debe ser previa a la sanción legislativa y promulgación de la reforma en sí. En caso contrario, el mismo hecho de estar ahora ocupándonos del tema vía reforma constitucional estaría evidenciando una inconstitucionalidad de esos preceptos si el Senado les diera su aprobación.
Creo que es un aspecto que debe tenerse en cuenta para hacer las cosas bien.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se entendería postergada la discusión...
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
No, señor Presidente : la votación.
La señora FREI (doña Carmen).-
Es la votación.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se entiende aplazada la votación y cerrada la discusión, porque nadie más ha querido hacer uso de la palabra. Por lo tanto, en la oportunidad que corresponda nos pronunciaremos sobre la iniciativa.
--Así se acuerda.
"
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