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El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, con segundo informe de la Comisión de Economía y de la de Hacienda, con urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (2787-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 50ª, en 14 de mayo de 2003.
Informes de Comisión:
Economía, sesión 8ª, en 2 de julio de 2003.
Economía (segundo), sesión 51ª, en 20 de abril de 2004.
Hacienda, sesión 51ª, en 20 de abril de 2004.
Discusión:
Sesión 10ª, en 9 de julio de 2003 (se aprueba en general).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Solicito autorización del Senado para que ingresen a la Sala el Director del SERNAC, señor Alberto Undurraga, y sus asesores.
--Se accede.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La iniciativa fue aprobada en general en sesión de 9 de julio del año pasado.
Para los efectos reglamentarios, la Comisión de Economía deja constancia de que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los numerales 13 (pasa ser 16), 18 (pasa a ser 22), 21 (pasa a ser 25) y 24 (pasa a ser 28), todos del artículo único. Por lo tanto, en conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 124 del Reglamento, deben darse por aprobados, salvo que algún señor Senador, con acuerdo de la unanimidad de los presentes, solicite someterlos a discusión y votación.
--Se aprueban reglamentariamente.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
Las demás constancias reglamentarias se describen en los respectivos informes.
Las modificaciones de la Comisión de Economía, que se consignan en el informe correspondiente, fueron acordadas todas por unanimidad, con excepción de la relativa al plazo para acotar los supuestos de la sanción de disolución de las asociaciones de consumidores, en el caso de denuncias temerarias; la referente al tamaño de la letra en que deben ser escritos los contratos de adhesión, y la que versa sobre la entrada en vigencia de la ley, en el plazo de 18 meses, después de su publicación en el Diario Oficial, respecto del artículo 37 de la ley Nº 19.496, que pormenoriza la información que el proveedor debe suministrar al consumidor cuando le conceda un crédito de consumo.
Las tres modificaciones antedichas fueron aprobadas sólo por la mayoría de los miembros de la Comisión. Se someterán a discusión en el momento correspondiente.
Por su parte, la Comisión de Hacienda, con respecto a las disposiciones de su competencia, aprobó el texto despachado por la de Economía con algunas enmiendas, las que fueron acordadas también por unanimidad, salvo la referente al plazo para la entrada en vigencia del artículo 37 de la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, la cual será puesta en debate por el señor Presidente .
Cabe recordar que las enmiendas acordadas unánimemente deben ser votadas sin debate, según lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 133 del Reglamento, salvo que algún señor Senador, antes del inicio de la discusión particular, solicite debatir alguna de ellas o que existan indicaciones renovadas.
Los artículos 50 A; 50 E; 51, número 7; 52; 53 A, 53 C, 54 y 54 F, contenidos en el numeral 26, tienen el carácter de normas orgánicas constitucionales, por lo que requieren para su aprobación el voto de 27 señores Senadores.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado, dividido en cinco columnas: la primera, consigna el texto de la ley Nº 19.496; la segunda, el proyecto aprobado en general; la tercera y la cuarta, las modificaciones efectuadas por las Comisiones de Economía y de Hacienda, respectivamente, y la quinta, el texto final que se propone.
Cabe hacer presente que el inciso segundo del artículo 7º, contenido en el numeral 8), aprobado sólo por mayoría, tiene carácter orgánico constitucional y requiere para su aprobación el voto de 27 señores Senadores.
Finalmente, debe informarse que hoy ha llegado una indicación de Su Excelencia el señor Vicepresidente de la República , distribuida ya a los señores Senadores, la cual para poder ser tratada necesita el acuerdo unánime de la Sala, por haberse presentado fuera de plazo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para ese efecto?
El señor FOXLEY .-
No, señor Presidente ; no tengo el texto.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Está sobre su escritorio, Su Señoría .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Acaba de repartirse.
Independientemente de eso, un señor Senador ya ha manifestado oposición. Por lo tanto, no existe unanimidad al respecto.
El señor NOVOA .-
¿Quién se opone, señor Presidente ? Porque puede haber razones para...
El señor GAZMURI .-
¿Se puede saber en qué consiste la indicación, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Persigue reemplazar, en el número 20) del artículo único del proyecto, el nuevo artículo 28 B por el que indica, relacionado, básicamente, con el envío de comunicaciones publicitarias o comerciales por correo electrónico.
Para ser debatida, requiere el acuerdo unánime de la Sala; pero ya un señor Senador manifestó oposición.
Por lo tanto, desgraciadamente no puede ser admitida a tramitación.
El señor GAZMURI .-
A lo mejor el señor Senador que se opuso no conocía su contenido. Si se da a conocer, quizás cambie de opinión.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Quien expresó su negativa hizo uso de un derecho.
El señor GAZMURI.-
No lo discuto, señor Presidente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Y la Mesa no puede desconocerlo.
El señor GAZMURI .-
¡Yo, menos que nadie! Sin embargo, se podría informar el contenido de la indicación. Porque de todas maneras deberá dividirse la discusión, dado que hay dos proposiciones distintas. Se trata de un artículo que, según entiendo, debe ser votado.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Para entrar en la discusión particular del proyecto, primero necesito saber si la Sala da por aprobados los artículos que lo fueron por unanimidad tanto en la Comisión de Hacienda como en la de Economía.
Si no hubiera objeción...
El señor NOVOA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor NOVOA .-
Como hay una disposición permanente relacionada con un artículo transitorio que obtuvo pronunciamiento dividido y éste debe votarse, también debería serlo aquélla. Me refiero al artículo 37, sobre tasas de interés.
Si el señor Presidente me da la palabra después, puedo explicar en qué consiste exactamente el tema.
En consecuencia, pedimos analizar el artículo permanente y el transitorio al mismo tiempo.
En cuanto al precepto sobre el cual se ha presentado ahora una nueva indicación, que no será tratada, el Senador señor Gazmuri manifestó que hay dos proposiciones.
Lo que pasó fue lo siguiente. La Comisión de Economía aprobó por unanimidad un texto distinto del que venía de la Cámara de Diputados, de manera que, para poder discutirlo, habría que pedir votación separada del artículo. Ello permitiría abrir un debate acerca del tratamiento que se dará a las comunicaciones por correo electrónico no solicitadas.
No sé exactamente cuál es el número de ese artículo, señor Presidente , pero lo precisaré más adelante, a fin de que podamos debatir el tema.
El Senador señor Foxley me solicita una interrupción.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Foxley.
El señor FOXLEY .-
Señor Presidente , la norma transitoria relacionada con el artículo 37 permanente se refiere a la fecha en que entrarán a regir algunas de sus disposiciones. Por lo tanto, someterla a discusión no implica, en mi opinión, entrar a revisar el artículo 37, ya aprobado.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Puede continuar el Honorable señor Novoa .
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , eso no es exactamente así, porque el artículo 37 fue aprobado en virtud de un acuerdo político contenido en la norma transitoria. En consecuencia, si por alguna razón esta última fuera rechazada, muchos Senadores no estarían dispuestos a aprobar el precepto permanente. Por eso, es importante -y reglamentariamente procedente, a mi juicio- que se vote asimismo este precepto.
Dejo constancia, entonces, de que el artículo 37, aprobado por unanimidad en la Comisión de Economía, lo fue en virtud de un acuerdo que debiera ser ratificado acá, no sólo por el Senado, sino también por el Ejecutivo. La disposición transitoria, acogida con votación dividida, permite materializar el acuerdo, el cual requiere la voluntad del Ejecutivo y del Legislativo para el envío de un proyecto de ley específico o para la aprobación de un procedimiento sobre el cálculo del interés máximo convencional.
De ahí que, sin entrar a debatir el contenido de la disposición, de no aprobarse el artículo transitorio, la Comisión de Economía entiende que el acuerdo para el permanente no sería unánime, pues se tomó sobre la base de lo dispuesto en la norma transitoria.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , envié una nota a la Mesa para solicitar discutir por separado los artículos 37 permanente y 4º transitorio. De acuerdo con el Reglamento, es una facultad que puede ejercer cualquier Senador. ¿Con qué objeto he hecho yo uso de ella? Primero, precisamente para verificar lo indicado por el Honorable señor Novoa ; y segundo, porque considero conveniente que haya un debate acerca de las tasas de interés convencional que se aplican tanto en el comercio como en los bancos.
Además, se me ha dicho que existe un compromiso por parte del Ejecutivo en orden a legislar sobre el tema en forma independiente, con el fin de darle una solución definitiva, que por supuesto proteja a los consumidores, pero que igualmente establezca una norma racional regulatoria del sistema que utilizan diversas casas comerciales y, en general, el comercio establecido.
Hay que hacer ese debate, por lo menos para preparar el tema y ver cuál es el compromiso del Ejecutivo en cuanto al plazo.
Hago mi solicitud porque no encuentro razón de ser al artículo 4º transitorio. En el 37 se legisla sobre cosas que afectan la tasa de interés en el caso del comercio; pero luego se establece una norma que posterga su aplicación en 12 meses. Entonces, también quiero conocer el motivo. Algunos me dicen que es nada más que para que el comercio se adapte a la nueva normativa. Otros señalan que no es así y que se busca legislar sobre el tema de la tasa convencional respecto del ámbito comercial, que difiere del bancario.
Por eso, creo que se trata de un debate necesario para saber qué se pretende legislar en la materia.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Varios señores Senadores han pedido usar de la palabra a propósito del asunto planteado. Pero la Mesa solamente ha planteado a la Sala dar por aprobados todos los artículos del proyecto acogidos por unanimidad en las Comisiones, salvo aquellos respecto de los cuales se pida votación separada.
Hasta el momento, se ha solicitado votación separada únicamente para el artículo 37 permanente, en relación con el 4º transitorio.
Además, se pondrán en discusión los artículos que hayan sido aprobados con votación dividida, así como los que presenten diferencias en los textos despachados por las Comisiones de Hacienda y de Economía.
En consecuencia, si le pareciera a la Sala, se darían por aprobados todos los artículos resueltos por unanimidad en ambas Comisiones, con las salvedades que acabo de indicar.
El señor NOVOA .-
No, señor Presidente. También pedí votación separada para el artículo sobre prohibición de enviar publicidad por correo electrónico, porque creo que si se abre debate sobre ese tema, tal vez podría reverse la decisión de no admitir a tramitación la indicación del Ejecutivo.
En todo caso, eventualmente podría no aprobarse ninguna norma y dejar sin reglamentación -legislando de forma impropia o deficientemente- el tema de la publicidad a través de correos electrónicos.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Entonces, queda pedida la votación separada respecto de ese artículo, que entiendo es el 28 B.
¿Algún señor Senador desea hacer otra solicitud de votación separada?
Por lo tanto, si le parece a la Sala, se darán por aprobados los artículos acordados por unanimidad en ambas Comisiones.
--Se aprueban reglamentariamente, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que votaron a favor 34 señores Senadores.
El señor LARRAÍN (Presidente).- En discusión particular el proyecto.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La Comisión de Economía aprobó el siguiente número 8), nuevo, referido al artículo 7º: "Además de las causales de disolución indicadas en el artículo 18 del decreto ley Nº 2.757, de 1979, las organizaciones de consumidores pueden ser disueltas por sentencia judicial o por disposición de la ley, a pesar de la voluntad de sus miembros.".
Y agrega: "En caso de que el juez, dentro del plazo de tres años, declare temerarias dos o más demandas colectivas interpuestas por una misma asociación de consumidores, podrá, a petición de parte, en casos graves y calificados, decretar la disolución de la asociación, por sentencia fundada.".
Este último inciso, relativo al plazo de tres años, fue aprobado por dos votos a favor (Senadores señores Novoa y Orpis) y uno en contra (Honorable señor Gazmuri).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En debate el inciso segundo del artículo 7º.
El señor NOVOA.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, el único punto de discrepancia en esta materia es el siguiente.
La norma prescribe que si una asociación de consumidores ha sido objeto de dos condenas por acciones temerarias, podrá caducársele su personalidad jurídica. Existen dos posiciones al respecto: una, que tales sanciones tengan lugar dentro del plazo de dos años, y otra, dentro de un lapso de tres.
La Comisión de Economía, por mayoría, aprobó la segunda opción. Por lo tanto, quienes apoyaran esta opinión estarían a favor de que fueran tres años y quienes estuvieren en contra deberían votar por dos años.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para votar la norma en la forma propuesta?
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra .
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente, deseo hacer una consulta a quienes trabajaron directamente en el proyecto.
Pienso que no debería ser muy extenso el plazo para inhabilitar a estas asociaciones, porque podría provocar la profesionalización de sectores que buscan este tipo de situaciones para vivir de las personas que en un momento dado requieren alguna gestión.
Si me permiten los señores Senadores, daré un ejemplo que, aunque no tiene mucha relación, sirve para graficar el problema: respecto de los exonerados políticos, se han elaborado dos o tres leyes y, con ellas, se crearon grupos, incluso con personalidad jurídica, cuyos dirigentes viven exclusivamente de las cuotas que cobran a los asociados, con engaños que resultan realmente increíbles, y no logran nada.
En consecuencia, estas asociaciones de consumidores -excúsenme por tener el temor- se podrían convertir en una especie de institución en la que se profesionalice la presentación de reclamos con el propósito de generar un incentivo pecuniario para quienes las dirijan.
Termino preguntando a los señores Senadores que trabajaron directamente en el tema si consideraron la posibilidad de que se lucre mediante dicho sistema estimulando a personas a hacer, sin fundamento, reclamos de tipo judicial.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Foxley.
El señor FOXLEY .-
Señor Presidente , lo planteado por el Senador señor Muñoz Barra , en cierta medida, fue recogido por la Comisión de Hacienda al acoger una indicación que agrega un inciso tercero al precepto que nos ocupa y que concuerda con el texto aprobado por la Comisión de Economía. Éste dice: "Los directores de las asociaciones de consumidores disueltas por sentencia judicial quedarán inhabilitados para formar parte, en calidad de tales, de otras asociaciones de consumidores, durante el período de dos años.".
Lo que se quiere evitar con esta norma es precisamente la profesionalización de directores de asociaciones de consumidores que organizan a la gente para obtener ganancias personales e involucran a su agrupación en actividades impropias. Luego ésta se disuelve por dictamen judicial e inmediatamente dichas personas aparecen formando y dirigiendo otras entidades similares.
Por lo tanto, la Comisión de Hacienda aprobó que esos directores queden inhabilitados como tales por dos años para formar otras asociaciones de consumidores.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA.-
Señor Presidente , en realidad no estamos discutiendo el texto agregado por la Comisión de Hacienda, donde se estableció la inhabilidad de los directores, porque fue aprobado por unanimidad.
Lo único que debemos resolver es si tres años constituye un plazo adecuado para caducar la personalidad jurídica de una asociación de consumidores que ha sido condenada en dos oportunidades mediante sentencia judicial por ejercer acciones temerarias. Ello, precisamente para evitar lo que señala el Senador señor Muñoz Barra en cuanto a la organización de agrupaciones que buscan lucrar a costa de sus afiliados.
Cabe señalar que, para que una acción sea declarada temeraria, debe haber un procedimiento judicial en el cual un juez -o sea, una autoridad con conocimiento de la naturaleza de la acción- sentencie en tal sentido.
En suma, la discrepancia que hubo en la Comisión de Economía radicó en cuanto a si esas dos declaraciones debían producirse en el plazo de dos o tres años.
Lo relativo a la inhabilidad de los directores una vez declarada la caducidad fue aprobado en forma unánime en la Comisión de Hacienda y, por lo tanto, no está siendo sometido a votación en este momento.
El señor FOXLEY .-
Lo tengo claro, pero
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra al Honorable señor Gazmuri.
El señor FOXLEY.-
¿Me permite una interrupción, Su Señoría?
El señor GAZMURI.-
Se la concedo con mucho gusto, con la venia de la Mesa.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Foxley.
El señor FOXLEY .-
Señor Presidente , sólo quiero decir al Senador señor Novoa que tengo muy claro lo que se está sometiendo a debate. Hice mención de dicha norma únicamente para aclarar al Honorable señor Muñoz Barra que están resguardados los intereses de los consumidores, a fin de que no sean abusados por personas que hagan una profesión del cargo de director de asociaciones de consumidores, quienes, luego de que éstas son disueltas, forman otras entidades del mismo tipo y vuelven a dirigir.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Recupera la palabra el Senador señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , ésta no es una diferencia esencial, por lo que sería bueno que la resolviéramos votando.
El tema central que preocupó a la Comisión de Economía -y entiendo que sobre ello hay acuerdo con la de Hacienda- fue el temor a que la acción colectiva generara, como en otras partes del mundo, una suerte de industria de la denuncia que no tiene base y cuyo sentido normalmente es atacar a las grandes empresas. Y, como éstas defienden su marca, el objetivo no es tanto la demanda como la transacción, para que la denuncia no siga adelante. De esa manera se ha configurado la industria de la denuncia sin base, sobre todo en Estados Unidos.
Por eso, como tuvimos a la vista la legislación comparada, tanto la americana como la europea, creo que en la normativa en estudio ha quedado muy bien establecida la figura de la denuncia temeraria, que descalifica el proceso y debe ser resuelta por un tribunal.
Me parece que el proyecto está bien en ese sentido, porque garantiza la acción colectiva y desestimula fuertemente la industria de la transacción basada en denuncias que no son reales. Ello ha ocurrido en otras partes del mundo.
Por lo tanto, el asunto por resolver sólo dice relación al plazo.
Sobre el particular, hubo una diferencia en la Comisión de Economía, al margen de lo relativo a los directores -aspecto que fue considerado por la de Hacienda y en el que, por lo demás, estoy de acuerdo- porque, si efectivamente se contemplara una sanción para la asociación de consumidores, sería razonable consignar otra respecto de sus directores.
Concretamente, estamos de acuerdo en que dos denuncias declaradas temerarias inhabiliten a una asociación de consumidores. Sin embargo, el punto radica en si tales acciones ocurren dentro de dos o tres años.
El señor ORPIS .-
¡Tres años!
El señor GAZMURI.-
Debemos pronunciarnos acerca del plazo, señor Senador .
El señor ORPIS .-
No es así.
El señor GAZMURI.-
Ése es exactamente el punto en discusión.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ruego a Sus Señorías evitar los diálogos.
El señor ORPIS .-
Señor Presidente , como se tocó el tema, solicito una interrupción al Honorable señor Gazmuri, para los efectos de tener claridad al momento de votar.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Disculpe, Su Señoría, pero no se la puede conceder porque ha concluido el tiempo del señor Senador.
El señor GAZMURI.-
En definitiva, señor Presidente , estimo que la votación debe hacerse conforme a lo señalado por la Mesa; esto es, establecer si el plazo es de dos años o de tres. Entiendo que a eso debemos apuntar.
Siendo así, pido pronunciarnos por la primera alternativa, porque me parece más razonable. Básicamente, acortarlo significa...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Concluyó su tiempo, señor Senador.
El señor GAZMURI.-
...dar una mayor, entre comillas, capacidad de equivocación a la asociación respectiva.
Ése es el fondo del tema.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS .-
Señor Presidente , se ha cometido un error al plantear un plazo de tres años y otro de dos, pues, si los señores Senadores revisan la parte correspondiente del texto comparado, podrán advertir que tanto en el informe de la Comisión de Hacienda como en el de la de Economía figuran tres años. Esto es lo que se debe votar.
El señor GAZMURI.-
Lo que pasa, Su Señoría, es que hubo votación dividida en la Comisión de Economía. Y el acuerdo es que, cuando algo así sucede, la Sala debe pronunciarse. De lo contrario, no hay votación.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ruego al Senador señor Gazmuri no interrumpir.
El señor ORPIS .-
Señor Presidente , independiente de que hubo votación dividida en dicho órgano técnico, existe una mayoría que opta por los tres años. En efecto, los dos textos -tanto el de la Comisión de Economía como el de la Hacienda- así lo consignan. ¿Qué significa eso en la práctica? Que si se vota en contra de los tres años, no habrá plazo. Así de simple.
El señor NARANJO .-
¡Claro, no existirá plazo!
El señor GAZMURI.-
Eso no es razonable.
El señor ORPIS.-
Por lo tanto, propongo que nos pronunciemos a favor de los tres años; de lo contrario quedaremos sin plazo y sin norma.
El señor GAZMURI.-
No es así, señor Senador. Debemos pronunciarnos respecto del voto de mayoría o del voto de minoría de la Comisión de Economía.
El señor ORPIS .-
No, Su Señoría. Se votan las proposiciones del informe.
El señor NOVOA.-
Debo aclarar a los señores Senadores que, al parecer, yo me equivoqué al explicar el asunto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor García .
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , entiendo que la única manera de reponer los dos años, si hubiera mayoría para tal efecto, sería mediante una indicación renovada. Pero como no existe, lo único que procede es votar por los tres años o pronunciarse en contra de la norma, lo que va a significar que no haya disposición sobre la materia.
Entiendo que eso corresponde reglamentariamente.
El señor GAZMURI .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor GARCÍA .-
Se la concedo, Su Señoría .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI .-
Señor Presidente , deseo aclarar que, conforme a la norma reglamentaria, se dan por aprobados todos los artículos que fueron acogidos por unanimidad en la Comisión; y respecto de los que hubo votación dividida¿
El señor ORPIS .-
¡Deben ser votados!
El señor GAZMURI .-
¿Pero qué se vota? ¿El artículo? ¿Sin ninguna alternativa?
El señor ORPIS .-
Así es.
El señor GAZMURI.-
Eso significa que, si es rechazado, no habrá norma. De esa manera se reduciría al absurdo el procedimiento. Me parece que el Senado es suficientemente capaz para evitar que se incurra en ello.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Recupera el uso de la palabra el Honorable señor García .
El señor GARCÍA.-
Gracias, señor Presidente.
Si uno desea que prevalezca su legítima opinión respecto de un tema, debe renovar la indicación pertinente. De lo contrario, ¿sobre qué se pronunciará la Sala? ¿Por los tres años o porque no haya disposición? La verdad es que, en mi opinión, es preferible que exista norma.
El señor GAZMURI .-
¡O sobre dos años!
El señor GARCÍA .-
Estimo que no se pueden traer acá las discusiones surgidas al interior de cada una de las Comisiones, ni tampoco las votaciones divididas, si no hay renovación de indicaciones. De lo contrario, a la Sala le sería imposible legislar.
En todo caso, pido a la Mesa que se pronuncie reglamentariamente, porque, al no existir indicación renovada, no hay ningún asunto sobre el cual pronunciarse -así lo entiendo-, salvo que se desee votar en contra de la norma.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En virtud de la discusión surgida, debo aclarar lo siguiente.
Como en la Comisión de Economía hubo votación dividida acerca del inciso segundo del artículo 7º, que se encuentra dentro del número 8), corresponde, desde el punto de vista reglamentario, que la Sala se pronuncie sobre esa disposición, la cual, como es materia de ley orgánica constitucional, requiere para su aprobación quórum especial. En caso de no reunirse el número de votos suficientes, no será acogida.
El señor ORPIS .-
Así es.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ahora bien, la Sala, interpretando la voluntad de que exista un plazo y de que en lugar de tres años sean dos, podría acordar una segunda votación. Pero eso requiere unanimidad.
No obstante, acá ha surgido una discusión acerca de una norma en la que hubo votación dividida. Entonces, corresponde pronunciarse -porque así lo establece el Reglamento- respecto de ella tal como viene propuesta.
El señor ORPIS.-
Así es, señor Presidente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Por ahora, es lo único que podemos votar. En caso de ser rechazada, se podría abrir discusión sobre el particular.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Se procederá a votar el inciso segundo del artículo 7º propuesto por la Comisión de Economía.
¿Habría acuerdo para aprobarlo con el voto en contra del Senador señor Gazmuri?
El señor LAVANDERO .-
Y también con el mío, señor Presidente .
--Se aprueba (28 votos contra 2), dejándose constancia de que se cumplió con el quórum constitucional exigido.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En seguida, la Comisión de Economía propone insertar a continuación el siguiente número 17), nuevo, modificándose consecuencialmente los restantes numerales del artículo:
"17) Reemplázase, en el inciso primero del artículo 17, las palabras "de modo legible", por la frase "de modo claramente legible, con un tamaño de letra no inferior a 2,5 milímetros.".
Esta enmienda, que corresponde a la indicación número 41, fue aprobada por unanimidad, salvo en lo relativo al tamaño de la letra de los contratos de adhesión, a cuyo respecto votaron a favor los Senadores señores García, Lavandero y Orpis, y en contra, el Honorable señor Novoa.
En discusión la proposición.
Tiene la palabra el Senador señor Naranjo.
El señor NARANJO.-
Señor Presidente, me parece del todo necesario aprobar la norma en los términos en que ha sido planteada.
Me voy a pronunciar a favor poniendo a la vista ciertos ejemplos. Uno de ellos es que, cuando legislamos en su oportunidad sobre el particular, había letra grande y letra chica en nuestro país. Durante su análisis, se acordó que la letra debía ser legible, sin especificar el tamaño. ¿Pero qué ocurrió con los contratos de adhesión? En vez de agrandarla, la achicaron, y hoy día esos documentos sólo aparecen en letra chica; no existe la grande.
Por eso, mi idea es dejar estipulado en la norma que dichos contratos deberán tener un tamaño de letra no inferior a 2,5 milímetros, medida que hoy día se encuentra vigente en la legislación internacional. Tengo en mis manos un documento con esa característica, y lo pueden ver los señores Senadores.
Además, la directiva de la Asociación de Oftalmólogos estimó que la única manera de evitar a la gente fatiga visual y permitirle entender lo que lee es que las letras se ajusten al tamaño indicado.
Porque, ¿qué ocurre en nuestro país, señor Presidente ? Que las personas, por vergüenza, por no sentirse humilladas en su dignidad, no leen estas cosas y terminan firmándolas.
Lo que se pretende aquí es impedir que se siga incurriendo en esa práctica tan injusta, que afecta principalmente a la gente más modesta, más sencilla, que es la que no tiene acceso a niveles de educación mayores. Por tanto, si se utiliza una letra legible y de buen porte, los contratos de adhesión van a ser justos y entendibles por todos.
La norma fue planteada en esos términos por las razones expuestas.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , en forma muy breve, fundamentaré mi pronunciamiento negativo.
Votaré en contra sólo porque creo que legislar sobre el tamaño de las letras nos está llevando al extremo de que todas las cosas en este país, para ser resueltas, han de ser materia de ley. Por ese camino no vamos a llegar a ningún buen puerto. Cuando una disposición establece que un contrato debe ser claramente legible, no tenemos por qué exigir a la ley consignar detalles y condiciones como las planteadas.
El señor GAZMURI.-
Tendría que haber un reglamento, señor Senador, que no existe en este proyecto.
El señor NOVOA.-
Vamos por mal camino si pretendemos que la ley solucione todos los problemas, pues sabemos que ello no es posible.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra...
El señor GAZMURI.-
Entonces, borremos los límites de velocidad en los caminos y, según el criterio de Su Señoría,...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
...el Honorable señor Ávila .
El señor GAZMURI.-
...digamos: "Manéjese a una velocidad prudente, según las distintas carreteras".
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Ávila .
El señor ÁVILA .-
¡El Honorable señor Gazmuri se tomó la palabra...!
El señor GAZMURI.-
¡No estamos ante la Ley de Tránsito!
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , ¡en este caso sí importa el tamaño...! Y, evidentemente, aparece como un rasgo de tipo reglamentario llegar a una especificación tan detallada en la ley. Sin embargo, por la importancia que revisten los contratos de adhesión en muchos órdenes de materias y atendida la indefensión en que quedan quienes los suscriben, es indispensable establecer una disposición que regule el porte de la letra, aunque parezca risible y sea objeto de una fundada objeción, como la que aquí se ha hecho.
No hay ninguna garantía de que con posterioridad, en la parte reglamentaria, vaya a recogerse una norma como ésta. Por ello, estimo que, a modo de medida de precaución elemental, habría que sancionarla favorablemente.
He dicho.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , lamento mucho discrepar del Senador señor Novoa , en el sentido de que la letra chica es utilizada con intenciones evidentemente -yo diría- pecuniarias. Detrás de ello hay una intencionalidad indiscutible. No quiero decir que es el ciento por ciento, pero el país lo entiende así.
Estamos en una época donde proliferan las encuestas. Pienso entonces que, de consultarse a la ciudadanía si es partidaria de que las letras de los contratos tengan un tamaño normal, estoy seguro de que la totalidad se pronunciaría en tal sentido.
Por eso, celebro la intervención del Honorable señor Naranjo, pues estoy totalmente de acuerdo en que debe emplearse una letra leíble por gente con vista normal.
El señor NOVOA .-
¿Me concede una interrupción, señor Senador ?
El señor MUÑOZ BARRA.-
Sí, con la venia de la Mesa.
El señor NOVOA .-
Quiero advertir a los Honorables colegas que, con ese criterio, cada vez que se emitiera en Chile un pasaje aéreo, dadas todas las condiciones establecidas en la Convención de la IATA, por ejemplo, deberían entregarnos un libro. Porque la ley, desgraciadamente, se aplica para todos los casos y no sólo para los que estaban pensando, con la mejor de las intenciones, algunos señores Senadores.
Gracias.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Recupera la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Sólo me resta decir que no hay que exagerar al respecto, señor Presidente , porque por esa vía, sin duda, tendría razón el Honorable señor Novoa . Pero, en la práctica, estamos apuntando en otro sentido.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el Nº 17 propuesto por la Comisión.
Si le parece a la Sala, haremos votación económica.
Acordado.
--En votación a mano alzada, se aprueba la proposición de la Comisión de Economía (23 votos contra 9 y 4 abstenciones).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En seguida, se ha pedido votación separada respecto del artículo 28 B.
El señor LARRAÍN (Presidente).- En discusión.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , esta norma se refiere a la publicidad no solicitada, realizada fundamentalmente a través de correo electrónico -lo que se denomina "spam"-, y se hizo extensiva a las comunicaciones publicitarias enviadas mediante correo postal, fax, llamados o servicios de mensajería telefónicos.
En esencia, la Comisión se vio enfrentada a lo siguiente.
El artículo 28 B aprobado por la Cámara de Diputados expresaba en su inciso primero: "Constituye infracción a lo dispuesto en esta ley el envío de comunicaciones publicitarias o comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación equivalente, incluyendo fax que no hubieran sido previamente solicitadas por el consumidor o expresamente autorizadas por éste". O sea, para que una persona pudiera recibir una comunicación publicitaria por correo electrónico u otro medio equivalente, incluido el fax, tenía que autorizarla previamente. Quedaba prohibido, entonces, realizar publicidad a través de esos medios.
El debate en la Comisión de Economía nos llevó a considerar una solución distinta a la de la Cámara Baja, fundamentalmente porque no íbamos a regular desde Chile el principal problema, el del spam, ni a impedir a las casas comerciales, por ejemplo, que enviaran publicidad, pues sin duda, para mandar un correo electrónico desde el extranjero, nadie preguntaría antes cuál era nuestra legislación.
En segundo lugar, el spam, que es el correo que nos ahoga, no viene de fuentes conocidas. Entonces, en Chile, una ley que dijera "Se prohíbe esto" iba a afectar única y exclusivamente a las entidades establecidas aquí, que están obligadas al cumplimiento de la ley, y no corregiría el problema de la inundación de correo basura.
¿Qué aprobó la Comisión de Economía por unanimidad? Una norma distinta, que dispone: "Toda comunicación promocional o publicitaria enviada por correo electrónico deberá indicar la materia o asunto sobre el que versa," -de manera que si a alguien no le interesa, lo elimine inmediatamente- "la identidad del remitente y contener una dirección válida a la que el destinatario pueda solicitar la suspensión de los envíos, que quedarán desde entonces prohibidos.".
Pensamos en la Comisión que la forma de impedir el spam era establecer que el remitente del correo estuviera obligado a dar una dirección válida donde se le pudiera pedir que no siguiera enviándolo.
Después de aprobada la norma, se nos señaló que tenía un problema, consistente en que, si uno contestaba un correo para solicitar que no se le enviara más, estaba validando una dirección, es decir, informando al remitente que ella era hábil y se encontraba en uso. Por lo tanto, permitíamos crear una base de datos mediante el envío de un correo a una dirección y la validación de ésta a través de la respuesta.
Obviamente, era un punto por considerar y que, de alguna manera, posibilitaba revisar la conveniencia de una posición distinta. Y a eso obedece la indicación presentada ahora por el Ejecutivo, que no va al extremo de prohibir la publicidad, sino que establece un mecanismo en virtud del cual no es necesario contestar los correos para pedir que no se sigan enviando, ya que el silencio produce el mismo efecto.
Sé que este problema es bastante complejo, porque no resulta fácil decidir acerca de la solución más adecuada. Desde luego, no parece razonable prohibir que se remitan comunicaciones publicitarias o promocionales. La publicidad es un elemento importante del comercio. Y la publicidad barata -eventualmente, la realizada a través del correo electrónico, de Internet- puede permitir el desarrollo de pequeñas y medianas empresas, de innovadores, de personas que ofrecen prestación de servicios. Entonces, si consagramos una prohibición al respecto, probablemente afectaremos a quienes no tengan capacidad económica para hacer publicidad a través de la radio, la televisión, los diarios.
Entonces, muchas veces, cuando se aprueban normas con muy buenos propósitos, como el de impedir que nos inundemos de correo basura, la prohibición puede provocar consecuencias negativas que -estoy seguro- el legislador no desea.
Por eso solicité votación separada de este artículo, con el objeto de que consideremos como alternativa la proposición del Ejecutivo.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Solicito el asentimiento de la Sala para que haga uso de la palabra el señor Alberto Undurraga, Director Nacional del Servicio Nacional del Consumidor.
--Se accede.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Undurraga.
El señor UNDURRAGA (Director Nacional del SERNAC).-
Gracias, señor Presidente.
Es un hecho que los correos electrónicos publicitarios requieren algún tipo de regulación, no sólo por la molestia que genera el recibirlos, sino también porque involucran un conjunto de costos para la economía, para el proveedor de servicios de Internet y, naturalmente, para el consumidor.
En el mundo entero se está enfrentando ese problema. Y hay sobre el particular dos soluciones que bien pueden reflejar los planteamientos de la Cámara de Diputados y de la Comisión de Economía del Senado.
En la Cámara Baja se aprobó el año pasado la prohibición expresa de tales correos, salvo que cada consumidor los acepte. Efectivamente, eso resuelve el problema, pero al costo de no permitir la publicidad barata a las empresas pequeñas y a las microempresas.
Ésa es la solución europea.
El Senado apunta más a la solución norteamericana: posibilitar el envío de un primer correo, pero permitiendo al consumidor rechazarlo a determinada dirección del remitente. En la práctica, con esto se valida la dirección del destinatario -como mencionó el Senador señor Novoa - para el posterior comercio de bases de datos.
Por lo tanto, en la indicación que ingresó hoy -si es preciso, puede reconsiderarse su discusión- planteamos una solución intermedia: permitir a todas las empresas inscritas gratuitamente en un Registro administrado por la Subsecretaría de Economía enviar ese tipo de correos y que no puedan hacerlo aquellas que no estén registradas, salvo que expresamente...
La señora MATTHEI .-
Señor Subsecretario , ¿me permite una interrupción?
El señor UNDURRAGA ( Director Nacional del SERNAC).-
Sí, señora Senadora .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei, con la venia de la Mesa.
La señora MATTHEI .-
¿Va a inscribir también a los spamer extranjeros? ¿Los va a inscribir con RUT en Chile? Porque la mayoría de los spam vienen del exterior.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Recupera el uso de la palabra el señor Undurraga.
El señor UNDURRAGA ( Director Nacional del SERNAC).-
Justamente, la indicación señala que, respecto de los correos enviados por una persona o empresa no registrada, el Servicio Nacional del Consumidor o el consumidor que los esté recibiendo podrá solicitar al proveedor de servicios de Internet que los filtre, que no los deje entrar. Eso, técnicamente, es posible.
La señora MATTHEI .-
O sea, ¿se va a suspender una publicidad que viene del extranjero?
El señor UNDURRAGA (Director Nacional del SERNAC).-
Por lo tanto, de esa manera también se soluciona el problema de los spam provenientes del exterior.
Gracias, señor Presidente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , en primer lugar, expreso mi extrañeza por la indicación del Ejecutivo, pues la Comisión de Economía -como le consta al señor Director Nacional del Servicio Nacional del Consumidor , presente hoy en la Sala- dedicó muchos meses de trabajo a este proyecto de ley, y en particular a la norma que nos ocupa. Finalmente, logramos concordar con el Gobierno el artículo contenido en el informe, donde, sin prohibir la promoción comunicacional vía correo electrónico, se establece que los destinatarios podrán señalar su disconformidad con el envío; por ende, prohibir automáticamente su remisión posterior, y, además, denunciar el incumplimiento de la norma ante el juzgado de policía local correspondiente, que fijará las multas del caso.
Eso parece razonable. Lo contrario significaría tener que prohibir a las casas comerciales, por ejemplo, que mandaran cartas promocionales a nuestros hogares u oficinas. Porque todos estamos recibiendo una cantidad enorme de comunicaciones de ese tipo por correo ordinario; incluso, mediante llamados telefónicos. ¿Cuántos de nosotros hemos realizado aun campañas electorales por la vía telefónica? Y la gente que recibe los llamados debe aceptarlos o colgar rápidamente.
Entonces, estimo que la prohibición planteada envuelve una discriminación para con un medio moderno, en pleno desarrollo.
Por lo demás, es sorprendente que en la indicación del Ejecutivo se exprese que "Toda empresa o persona que desee enviar publicidad o información comercial por los medios señalados en el inciso anterior, deberá estar previamente inscrita en un Registro gratuito que con dicho objeto mantendrá la Subsecretaría de Economía...".
¿Por qué se obliga a aquéllas a inscribirse en un Registro , de una parte, y por qué el servicio de inscripción, que tiene un costo para el Fisco, será otorgado gratuitamente, de otra?
Por eso me he negado a que la indicación en comento sea vista en la Sala: porque en la Comisión de Economía dedicamos mucho tiempo a este punto y porque concordamos con el Ejecutivo una redacción que a todos nos pareció razonable. No considero conveniente, entonces, que en el último minuto, a última hora, se presente una proposición sobre una materia largamente debatida, consensuada con el Gobierno y aprobada por unanimidad.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador, le recuerdo que la indicación del Ejecutivo no está en discusión precisamente porque no hubo acuerdo unánime para este efecto.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , el spam es generalmente definido como un correo electrónico con fines comerciales no solicitado.
En verdad, el spam constituye una amenaza muy seria para el futuro de las comunicaciones electrónicas. Provoca un tremendo daño, pues hace más lento el flujo del correo legítimo. Se estima que en 2003 alrededor de 50 por ciento de lo enviado por este medio fue spam. Ello hace perder tiempo al destinatario, quien debe examinar, borrar, etcétera. Además, mucho de ese tipo de correo se usa para propagar virus computacionales, e incluso, material pornográfico, afectando en general la seriedad del sistema.
Dicho todo esto, ¿a quién le cabe duda de que todos queremos deshacernos del spam? Es una plaga. El problema está en lograrlo. En Estados Unidos, donde el adelanto en la materia es bastante mayor, no se ha tenido éxito.
La norma propuesta es de una ingenuidad casi exquisita.
Quisiera saber, por ejemplo, quién va a bloquear los spam enviados desde el extranjero, que constituyen la mayoría. Por lo tanto, si alguien quiere remitir uno, en vez de inscribirse gratuitamente y dar su RUT en el SERNAC, se irá a Argentina y de allá lo mandará.
¡Por favor!
Por otra parte, se discrimina entre empresas nacionales y foráneas. Estas últimas, como no tienen RUT, no podrán inscribirse. En consecuencia, el correo de este tipo ingresará desde el exterior.
Se discrimina, asimismo, respecto del correo normal, contrariando la Ley sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación, que no hace distingos entre el soporte en papel y el soporte electrónico.
No queda claro qué empresas deben inscribirse. ¿Se incluye a entidades de la Administración Pública? ¿Deberá inscribirse el Servicio de Impuestos Internos? ¿El enviado a los contribuyentes se considera correo electrónico no deseado? A mí, sin pedirlos, me han llegado varios relativos a mi declaración de impuestos vía Internet.
Se propone establecer que se deberá consultar al consumidor si desea seguir recibiendo información. ¿En qué plazo? Si, por ejemplo, me demoro una semana en abrir un correo electrónico porque andaba en mi Región y no lo he contestado ni he dado mi consentimiento, ¿no podrán enviarme otro en tres días?
Por otra parte, en la medida en que los consumidores tengan la posibilidad de recurrir a la justicia, en los tribunales se producirá una sobrecarga enorme.
También quisiera saber si se impide el envío mediante correo electrónico, por ejemplo, de la cartola de LAN Chile o de comunicaciones importantes desde los bancos.
La verdad es que estamos tratando de tapar una avalancha con la mano.
Señor Presidente , el tema del spam es complicadísimo, y lo que se está proponiendo, de una ingenuidad y de un grado de tontera que realmente llaman la atención.
Reitero: ¿cómo se bloqueará la llegada de los spam provenientes del extranjero? Si ello no es posible, ¿para qué van a parar los originados en el país?
Creo, señor Presidente , que lo mejor es no legislar sobre la materia en este momento. Lo único que vamos a lograr será perjudicar a la gente seria, la que, al final, tendrá que empezar a inscribirse, a registrar su RUT y a esperar si alguien le contesta para que le mande otro correo electrónico.
Como digo, la gente seria es la que va a sufrir, porque a quienes envían spam de verdad les dará lo mismo: seguirán haciéndolo desde el extranjero y, como cambian de dirección a cada rato, no serán perseguibles.
Según dije, en Estados Unidos y Europa no han resuelto el problema. Y la normativa que se propone me parece muy apresurada, muy mala...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ha terminado su tiempo, señora Senadora .
La señora MATTHEI.-
... y de una torpeza increíble.
Lo mejor sería abstenerse de legislar en este momento sobre el tema y esperar hasta conocer cómo lo resuelven los países más avanzados. Probablemente tendrá que abordarse con la colaboración de todas las empresas proveedoras del servicio de correo electrónico vía Internet. Legislar ahora sólo pondrá trabas a la gente seria. Pero seguiremos recibiendo spam.
He dicho.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
No se está debatiendo la indicación del Ejecutivo , sino el artículo 28-B propuesto por la Comisión.
La señora MATTHEI .-
A esa norma me refería.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Perdón. No había entendido bien.
Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , concordamos en la Comisión en el sentido de que la normativa planteada no resuelve el asunto globalmente. Eso es evidente, porque no podemos controlar todo lo que llega desde el exterior vía Internet. Está claro: en este tipo de materias se requiere regulación universal.
Sin embargo, por lo menos respecto de la inundación de material propagandístico nacional, no se establece la prohibición de enviar ese tipo de correo -salvo que se acepte (corresponde a la proposición de la Cámara de Diputados), lo que también es muy difícil de controlar-, sino que se da al usuario la opción de no seguir recibiendo un mensaje que no quiere que ingrese más a su computador. Eso no resuelve todos los inconvenientes -estoy de acuerdo-, pero por lo menos disminuye en parte -en lo que puede controlarse- un asedio insoportable. Todos lo entendemos así. Además, permite que, por una vez, también las empresas nacionales hagan publicidad tratando de cautivar a eventuales clientes.
Se trata de una norma razonable, que no pretende resolver el problema global, pero que por lo menos intenta regular internamente el tema, sin afectar -como creo que lo hacía el texto de la Cámara de Diputados- a emprendedores pequeños que hacen uso de la red una vez. Negárselo sería completamente discriminatorio.
Estoy por aprobar el artículo en la forma propuesta por la Comisión.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación el artículo 28-B propuesto por la Comisión de Economía.
--Se aprueba, con el voto en contra de la Honorable señora Matthei.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El número 23), que propone enmiendas al artículo 37, no debería ser votado, porque la Comisión lo aprobó unánimemente. Sin embargo, se ha pedido discusión y votación separadas.
La nota enviada por un señor Senador que pide discutir y votar separadamente el artículo 37 propone a continuación discutir y votar en igual forma el artículo 4º transitorio.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Según entiendo, es el artículo 4º transitorio el que se quiere discutir en relación al artículo 37.
¿No es así?
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
El artículo 4º transitorio de todas maneras debe debatirse, porque se ha pedido votación dividida a su respecto.
El señor GAZMURI.-
En cuanto al artículo transitorio, sí; pero al 37, no, señor Senador.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Consulto a la Sala: ¿vamos a debatir primero el artículo 4º transitorio y luego el 37, o viceversa?
Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , el artículo 37 se aprobó por unanimidad en la Comisión, por lo que, conforme a la norma general, no debería votarse.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se ha solicitado su votación separada. Por eso pregunté si primero se votaría el artículo 4º transitorio y luego el artículo 37.
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , por las razones que señalé, hay que discutir el artículo 37, para saber qué persigue.
De acuerdo a las conversaciones sostenidas con el Director del SERNAC, señor Alberto Undurraga, ésta no es la norma madre del proyecto, sino que se originó durante el debate.
Perfectamente podría aprobarse todo lo relacionado con la protección del consumidor sin necesidad de abordar el artículo 37, el cual provoca una serie de problemas que no se sabe hasta dónde llegan.
No quisiera que la aprobación de este precepto causara graves dificultades a personas de escasos ingresos que concurren a casas comerciales para obtener microcréditos.
Se habla -y es razonable tener cuidado en esta materia- del abuso por parte de algunos establecimientos comerciales en cuanto a la aplicación de tasas de interés. Entiendo que el Servicio Nacional del Consumidor ha recibido denuncias, lo que ha llevado a cierta preocupación por legislar al respecto. Pero si se trata de regular el tema, ¿por qué no se entra a definir y a discutir qué se entiende por tasa de interés convencional del comercio?
En el sistema bancario, una disposición clara y precisa determina la forma como se fija la tasa de interés convencional bancaria, que no es la misma que la tasa de interés convencional del comercio. Son dos formas de financiamiento por completo diferentes. En un caso los bancos reciben en depósito recursos de terceros y con ellos conceden préstamos. Normalmente, no son micropréstamos, sino montos que permiten asegurar riesgos mínimos, lo cual genera tasas de interés menores. Así lo hemos podido comprobar estos días en avisos publicitarios de los diarios sobre créditos hipotecarios: si sus montos superan las 5 mil UF, la tasa de interés es mucho más baja que uno por mil UF. Y, según he podido ver en la publicidad, garantizan hasta por 5 años tasas de interés realmente convenientes: de 3,6 ó 3,7 por ciento.
Entonces, lo que me preocupa es legislar sobre el tema. En parte, la norma del artículo 37 ya existe, pero ahora le agregamos requisitos. Y empieza a verse la factibilidad de fijar algún tipo de tasa de interés convencional para el comercio, lo que -según la información que se recibe- eventualmente afectaría al sector, ya que a muchos chilenos y chilenas se les cerraría el acceso a bienes de consumo.
Es cierto: hay que proteger a los consumidores para que no se les cobre cualquier cantidad por el microcrédito. Pero para eso debe legislarse directamente.
Entonces, mi preocupación radica -así lo he dicho a los miembros de las Comisiones de Economía y de Hacienda, no porque esté en contra, sino con el objeto de legislar bien- en que la norma del artículo 37 y la de la tasa de interés convencional del comercio deben recogerse en un proyecto aparte.
Unos se remiten al artículo 4º transitorio y me señalan que, en vez de 12, sean 18 los meses para que el artículo 37 entre en vigencia. No es un tema que me preocupe. Sin embargo, algunos sostienen que los 12 meses establecidos en el artículo 4º transitorio tienen por finalidad dar tiempo a las casas comerciales para que se adapten al nuevo mecanismo de control que se consagra, lo que es perfectamente lógico.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ha terminado su tiempo, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Solicito un par de minutos para terminar la idea, señor Presidente .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si no hay oposición, así se procederá.
Acordado.
Puede continuar, Su Señoría .
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Pero otros me dicen que no, que hay un acuerdo del Gobierno -lo que me parece muy bien- con los integrantes de las respectivas Comisiones en cuanto a que se enviaría una iniciativa de ley para regular lo relativo a la tasa de interés convencional del comercio y a la tasa de interés convencional del sistema bancario. Pero ni el Ministro de Hacienda , ni la Superintendencia de Bancos, ni el Banco Central han opinado acerca del punto.
Entonces, ¿qué solicito? No nos metamos en una legislación que se aplicará en 12 meses más, cuando perfectamente el Gobierno -estoy de acuerdo- puede enviarnos una proposición ¿en particular cuando ya existen normas reguladoras de la materia de que trata el artículo 37- que legisle sobre todo lo relacionado con la tasa de interés convencional del comercio, resguarde a los consumidores y permita la operación del microcrédito en el comercio. ¡No vaya a ser que matemos la posibilidad de que mucha gente pueda acceder a dichos préstamos! Me refiero a una legislación que termine con los abusos, propósito con el cual todos estamos de acuerdo.
Para facilitar al despacho del proyecto, deben considerarse las modificaciones del artículo 37 y las del artículo 4° transitorio en el la iniciativa que enviará el Gobierno -como anunció- sobre los microcréditos, que podría despacharse en 12 meses. Así no provocaríamos un efecto que, sin querer, puede ser muy negativo para muchos consumidores.
Gracias, señor Presidente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Continúa la discusión del artículo 37.
Como son muchos los señores Senadores inscritos, les ruego ceñirse al tiempo reglamentario.
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , comparto plenamente lo expuesto por el Senador señor Andrés Zaldívar .
La verdad es que todos estamos de acuerdo en proteger a los consumidores de los abusos en los cobros de las tasas de interés, así como en otros gastos asociados con las operaciones de crédito y en la compra de bienes mediante éstas. Todos deseamos terminar con esta situación.
Sin embargo, también es cierto que el concepto de tasa de interés máxima convencional, que hoy rige para la banca, no puede ser aplicado a las casas comerciales, por una razón muy sencilla: los bancos generalmente otorgan sus créditos con garantías hipotecarias, con avales y mediante otras fórmulas.
Las casas comerciales dan crédito a una cantidad inmensa de personas, brindándoles la oportunidad de mejorar sus condiciones de vida al acceder a bienes nuevos que de otra manera nunca podrían obtener. Por lo tanto, para que esa línea de crédito se mantenga, se necesita para el comercio una tasa de interés máxima convencional diferente de la que rige para los bancos. Eso es totalmente razonable.
En tal sentido, me parece muy bien lo expresado por el Honorable señor Andrés Zaldívar en cuanto a legislar sobre la materia y crear la tasa de interés máxima convencional para el comercio. Aquí se está jugando con los 12 ó 18 meses de plazo para aplicar las disposiciones del artículo 37. Porque la idea -incluso fue materia de un acuerdo en la Comisión de Economía- era que dentro de 18 meses se contara con una legislación sobre la tasa de interés máxima convencional para el comercio. Pero, ¿qué ocurre si no la tenemos? Porque su despacho no necesariamente va a depender de nosotros.
Por eso, estimo razonable el planteamiento del Senador señor Andrés Zaldívar.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , junto con hacer mías las palabras de los Honorables señores Andrés Zaldívar y García , quiero agregar dos elementos.
En primer término, hay unanimidad en que deben existir distintas tasas de interés máximas convencionales. Son diferentes la bancaria, la del comercio, etcétera.
El acuerdo adoptado consistió, precisamente, en ligar los artículos 37 y 4º transitorio a fin de disponer de esos 18 meses para establecer distintas tasas máximas convencionales. Pero, ¿cuál es la debilidad del acuerdo? Que al pasar el proyecto de una Comisión a otra, eso queda sin efecto, porque los dieciocho meses se han convertido en doce.
En segundo lugar, en la Comisión de Economía se señaló que esto iba a formar parte del proyecto de Ley de Mercado de Capitales II. Hoy día no hay seguridad de ello, pues dicha iniciativa se halla entrampada. Por lo tanto, la materia en cuestión debería contemplarse en una legislación aparte.
En tercer término, no ha habido ningún pronunciamiento público de alguna autoridad del Ejecutivo en cuanto a la posibilidad de establecer distintas tasas máximas convencionales.
En consecuencia, si se aprueba el artículo 37 tal como se encuentra redactado, se afectará principalmente al comercio minorista, al pequeño comerciante. Y si no existe plena garantía de que habrá diferentes tasas de interés máximo convencional, no estoy dispuesto a acoger dicho precepto, porque no existe un compromiso del Gobierno en ese sentido.
Por consiguiente, mientras no se nos asegure que efectivamente existe un acuerdo tendiente a fijar distintas tasas máximas convencionales, soy partidario de dividir la votación y rechazar el artículo 37, por las razones que señaló el Senador señor Andrés Zaldívar . Me parece que esto es lo más prudente y racional.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ominami.
El señor OMINAMI.-
Señor Presidente , estoy francamente sorprendido por el curso que ha tomado la discusión. Creo que hay una tremenda confusión en lo que se está planteando aquí.
He seguido el estudio de esta materia desde hace muchos años, porque la ley sobre protección de los derechos de los consumidores tuvo un primer proyecto que se presentó al Parlamento más de 10 años atrás. Y, como conozco bien el tema, trataré de aclarar la confusión que se ha producido.
Con el Honorable señor Foxley y otros señores Senadores presentamos una indicación al artículo 37 -fue aprobada- que no interviene directamente en la tasa de interés. Sí lo hace en algo fundamental: en la necesidad de transparencia e información.
¿Qué está ocurriendo, señor Presidente ? Que la gente más modesta del país está siendo víctima de abusos, en muchos casos masivos y groseros. Si uno revisa los estudios efectuados por el Servicio Nacional del Consumidor, puede comprobar que ciertas casas comerciales cobran al mes tasas de interés superiores a 11 por ciento. ¡Tasas de interés mensuales de sobre 11 por ciento!
Es importante destacar que no todas actúan así, ya que algunas se han logrado encauzar perfectamente bien en la normativa vigente y aplican la tasa máxima convencional. Y entre éstas figuran no sólo grandes casas comerciales -no quiero dar nombres-, sino también medianas y pequeñas.
La disposición propuesta apunta a resolver un conflicto de interpretación respecto de qué se entiende por tasa de interés. Las casas comerciales que abusan en los cobros, han establecido un modo bastante arbitrario para calcularla.
¿Qué se propone en esa norma? Primero, que obligatoriamente aparezca en cada boleta la tasa de interés, porque se trata de una necesidad evidente de transparencia.
Segundo, que la gente pueda conocer también el monto de los importes que no constituyen tasa de interés. Ellos están definidos y son cuatro: los impuestos correspondientes, los gastos notariales, los costos propios de la constitución de bienes en garantía y los seguros expresamente contratados. Todo lo demás forma parte de aquélla.
Las casas comerciales que abusan con sus clientes excluyen del cálculo de la tasa de interés un conjunto de gastos que debieran incorporarse. Por ejemplo, hay una -tampoco daré su nombre- que no considera en ese cálculo el costo de evaluación del crédito; sin embargo, a cada persona que solicita uno le cobra 5 mil pesos por tal concepto, lo cual constituye un abuso. De esa manera se viola la legislación pertinente sobre la tasa máxima convencional
Por lo tanto, en la indicación acogida por la Comisión planteamos la necesidad de entregar información: que en la boleta figure la tasa de interés que se aplica, a fin de que la gente pueda compararla con las que cobran las demás casas comerciales, y que se establezca con claridad qué elementos la conforman. Ello, para evitar que se abuse con la gente modesta y poco informada al excluir del cálculo respectivo algunos costos que, obviamente, deben contemplarse.
Ése era el contenido de la indicación.
Ahora bien, ¿qué ocurrió (y por eso digo que hay una confusión en esta materia)? Las casas comerciales sostuvieron -a mi juicio, con razón- que había que ser muy cuidadosos en la aplicación de la norma, porque el introducir esos cambios de la noche a la mañana podría provocar cierto desajuste en el mercado del crédito, afectando particularmente a las personas más modestas, que son las que utilizan esta forma de financiamiento.
Por esa razón, con el Honorable señor Foxley y representantes del Gobierno dijimos: "Establezcamos un plazo de 12 meses para dar al comercio la posibilidad de adaptarse a las condiciones que dispone esta modificación legal o, eventualmente, encontrar una solución más de fond o al problema,...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ha terminado su tiempo, señor Senador.
El señor OMINAMI.-
...que podría consistir en una tasa de interés máxima convencional propia para el comercio".
Se afirma que existen motivos para pensar que el comercio requiere una tasa de interés convencional distinta de la bancaria, porque sus niveles de riesgo son mayores. Aunque acepto este argumento, no me parece correcto que hoy se diga: "Mire, ésta es una norma extraña; ¿para qué fijar tanto plazo?", en circunstancias de que éste surgió ante la necesidad de que el comercio pudiera adaptarse a un requisito de información y de transparencia. Porque estimamos fundamental que la gente sepa con exactitud qué tasa de interés se le cobra y los gastos que ésta comprende o no. De lo contrario, continuarán los abusos. Y terminar con ellos no es cuestión de 12 ó 18 meses, sino algo bastante urgente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Adolfo Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo) .-
Señor Presidente , de los distintos análisis y puntos de vista escuchados en este debate queda claro, al menos para mí -e imagino que también para otros señores Senadores-, que ésta es una materia controvertida. Por lo mismo, y por la importancia que la iniciativa tiene para la economía social de mercado, para el consumidor y para el debido resguardo de sus derechos, la mencionada indicación al artículo 37 no parece estar de acuerdo con el aspecto sobre el cual debemos legislar.
Lo importante es contar con una buena ley, que permita de verdad proteger a los consumidores. Esto es lo que se persigue, y creo que todos concordamos en ello.
Eso es fundamental para una economía que ha de fortalecerse sobre la base de integrar a todos los consumidores y no sólo a aquella parte que se encuentra en determinado estamento y que no requiere de crédito.
Aquí lo relevante es el crédito. Si queremos que nuestra economía tenga movilidad y que toda la población pueda participar de los beneficios del consumo para alcanzar mejores condiciones de vida, debemos facilitarlo.
Visto de ese modo, y teniendo en consideración que las casas comerciales dan crédito aproximadamente al 65 por ciento de los consumidores que ganan menos de 300 mil pesos, de esto hay que preocuparse. Son operaciones muy menores, de entre 30 y 60 mil pesos. Aquí no estamos hablando de la banca, que tiene otra razón de ser y se protege de distinta manera, sino de gente que compra en determinadas condiciones y encuentra la posibilidad de adquirir ciertos bienes en casas comerciales porque no puede hacerlo a través del sistema bancario o no tiene la plata para pagarlos al contado. Ése es el problema.
Si nos equivocamos en esto y dictamos una legislación errada, lo que ocurrirá será que, por resguardar tanto un bien, que es importante, vamos a causar un daño mayor, al quedar excluido del comercio e impedido de comprar bienes un grupo no menor de chilenos y chilenas que hoy día accede a ellos.
Lo anterior no significa que no tomemos las debidas providencias para evitar abusos. ¡Cómo no vamos a estar en contra de la usura o del abuso contra gente tan modesta! ¡Claro que se deben tomar medidas! Pero lo primero es que puedan comprar, porque si no, vamos a impedir que lo hagan y que accedan al mercado.
Ése es el primer derecho que debe asegurar este sistema económico: que haya consumidores. Y si lo que se quiere es que sean pocos pero seguros, bueno, tengamos una economía un tanto diversa de la actual. En ésta hay riesgos y abusos, quizá inherentes al sistema; pero me parece absurdo que, por evitar los abusos, neguemos a la gente la posibilidad de consumir. Ése es el problema.
Además, no creo que vayamos a resolverlo. Pero para mí está claro que la propia disposición consigna 12 ó 18 meses para ver cómo funciona esta modalidad. ¿Para qué? ¿Por qué no demorarnos un poco y rechazar esta norma, que entraba una muy buena ley, que ha cumplido una excelente función durante estos años en resguardo de los derechos del consumidor; recoger lo que ocurre en la realidad y encontrar una ecuación que no sólo satisfaga, por cierto, a las casas comerciales ¿no es ése el punto que debería preocuparnos- sino que también genere confianza en el consumidor?
Eso es lo que debe preocuparnos: que la gente pueda consumir, que pueda comprar. En caso contrario, llegaremos al absurdo de dejar fuera a uno o dos millones de chilenos y chilenas que hasta ahora han logrado mejores condiciones de vida gracias a un sistema abierto, que es necesario perfeccionar y regular, pero en el buen sentido.
Por eso, señor Presidente, soy partidario de dejar esto para más adelante, dentro de un plazo prudente que se convenga con el Ejecutivo, a fin de contar con una legislación que verdaderamente corresponda a la realidad y no a lo que queremos que sea.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ha pedido la palabra el Director del SERNAC, don Alberto Undurraga. Solicito el asentimiento unánime de la Sala para concedérsela.
Sí lo hay.
Puede hacer uso de ella, señor Director.
El señor UNDURRAGA (Director Nacional del SERNAC).-
Gracias, señor Presidente.
El SERNAC y el Ejecutivo coinciden en que tasas extremadamente restrictivas dejan a posibles deudores -en este caso, consumidores- fuera del mercado. Ésa es una realidad económica. Coincidimos en que es así, y si hay que buscar soluciones al problema, por cierto debemos hacerlo.
¿Cuál es el punto, entonces? Independiente de lo que ocurra con esta disposición, sea que se apruebe o se rechace, nada pasará con la tasa máxima convencional, pues no se refiere a ella. Con la ley actual, en 17 de los últimos 20 juicios que ha entablado el SERNAC sobre el punto se ha fallado a favor de la postura del Servicio, en cuanto a que no pueden existir cobros que excedan dicha tasa.
Por lo tanto, creo que se trata de una cuestión importante. Hemos suscrito, primero en la Comisión de Economía y después en la de Hacienda, un acuerdo a los efectos de dar un plazo para la aplicación de las normas de este artículo, precisamente con el fin de encontrar una salida al problema, en la medida en que existe, y ver cuál es la mejor solución.
En ese sentido, nuestro deseo es que el acuerdo suscrito en las Comisiones se adopte acá también, de manera tal que, si hay el ánimo de constituir una mesa de trabajo para buscar salida al problema de las tasas máximas convencionales, encontremos la mejor alternativa. Una puede ser que haya tasas distintas; otra, que la información se capture de modo diferente a como se hace en la actualidad; en fin, hay diversas soluciones posibles. Pero el punto es que esto no tiene nada que ver con el artículo, que sólo tiende a la transparencia.
Hoy en día, cuando una persona va a comprar un kilo de pan, sabe cuánto vale. Y si va al supermercado, sabe cuánto cuesta cada uno de los productos que allí ofrecen. Sin embargo, cuando quiere endeudarse en un crédito de este tipo, tiene que ser experta en matemáticas financieras para saber cuál es la tasa de interés que se le está cobrando.
Entonces, se recurrió a algo muy sencillo: exhibirla en la boleta. ¿Qué cosas se incluyen en la tasa de interés? Están consignadas en la ley Nº 18.010. Algunos importes se especifican en la norma -los mismos que contempla dicho cuerpo legal- y se precisa cuáles se calculan en la tasa de interés y cuáles no. Pero ella se orienta hacia la transparencia: a que la gente sepa, primero, a qué tasa se está endeudando, y segundo, cómo comparar; porque, dado que hay diferentes maneras y lugares para endeudarse -están las tiendas y también la banca-, deberá comparar.
Se trata de que exista transparencia e información sobre la tasa de interés. Eso es lo que se propone. Y nos damos un plazo de 12 meses para resolver otras materias que tienen que ver con la tasa máxima convencional, pero que no se relacionan con el contenido de esta disposición.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , discrepo de lo planteado por el Ejecutivo , y quiero señalar que no son ésos los términos que analizamos en la Comisión de Economía.
En primer lugar, el artículo 37 contiene una cantidad de disposiciones relativas a la transparencia que no merecen objeción alguna. ¡Ninguna! Sí, hay una norma que dice que la tasa de interés deberá incluir todos los pagos que el consumidor deba hacer al acreedor, con la sola excepción de los que establece la letra c), que son impuestos, gastos notariales, gastos inherentes a los bienes recibidos en garantía y seguros expresamente aceptados por el consumidor. Por lo tanto, no puede existir ningún otro pago que no esté incluido en la tasa. Por ejemplo, no se puede cobrar -tal como lo mencionó el Senador señor Ominami - un estudio sobre la capacidad financiera del deudor; tampoco, por un informe de DICOM, que puede costar 3 mil pesos, ni por una verificación de domicilio.
¿Qué sucede con eso? Cuando se trata de una operación bancaria, los 3 mil pesos que cuesta el informe de DICOM, o los 2 mil o 4 mil por concepto de verificación de domicilio, no influyen para nada. Pero en un crédito de 30 mil pesos, los 3 mil de DICOM equivalen al 10 por ciento de él. Entonces, como este porcentaje no se puede cobrar aparte y hay que incluirlo en la tasa, ésta automáticamente excede el monto de la máxima convencional.
En la Comisión de Economía nos dimos cuenta de esta situación y vimos que era fundamental poner coto a los cobros desmedidos. Pero si la idea era incluir todo en la tasa, el comercio no podría funcionar con la misma que cobran las entidades financieras. Eso es evidente. Porque en una operación hipotecaria de mil millones de pesos, 3 mil por concepto del informe de DICOM son nada; pero en un crédito de consumo de una casa comercial por 30 mil pesos, esos 3 mil equivalen al 10 por ciento.
Entonces, ¿cuál fue el acuerdo en la Comisión de Econom��a? Dijimos: "Pongamos coto a los abusos, porque los hay, pero debemos coincidir en que, si se aprueba esta norma, el comercio no puede seguir funcionando con la tasa de interés máximo convencional.". Y, para ello, concluimos: "Fijemos un plazo en que la ley no se aplique, pero no para que se adapte el comercio.". La idea era buscar una modificación del sistema de cálculo de la tasa de interés convencional de manera que hubiera un máximo en las operaciones financieras y otro en los créditos del comercio, y que se pudieran diferenciar porcentajes de esa índole de acuerdo con los montos.
Desgraciadamente, en la discusión de la Sala observo que ese entendimiento -al que nosotros, por lo menos, habíamos llegado- no se halla claro en la forma como debiera.
En consecuencia, me parece que, desde el punto de vista de quienes concurrimos a aprobar el precepto en la Comisión de Economía, asociado a la norma del artículo transitorio a que se ha hecho referencia, las condiciones no se dan. Porque no se trata de otorgar al comercio doce o dieciocho meses, para que se adapte. Señalamos en forma expresa que en un mes -ojalá- se pueden modificar las normas sobre la tasa de interés convencional, de manera que la disposición se aplique inmediatamente y no haya que esperar doce o dieciocho meses; pero, lamentablemente, no existe el mismo entendimiento.
Sugiero, por lo tanto, que la parte del texto relativa a aquellos gastos o pagos que no se pueden cobrar y que deben ser comprendidos en la información sobre la tasa sea excluida de la proposición y que se apruebe el resto, que apunta a la transparencia, dejando para la discusión del proyecto de ley de Mercado de Capitales II si se determinará para las operaciones en análisis que no se puede cobrar ningún otro importe que los establecidos expresamente. Pero en ese caso, por supuesto, se debe contar con tasas y formas de cálculo distintas de la que hoy determina el máximo de interés convencional.
Por lo demás,...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ha terminado su tiempo, señor Senador.
El señor NOVOA .-
...el comercio también se halla sujeto actualmente a la tasa de interés máximo. Y, si sus cobros son indebidos, el SERNAC ganará los juicios, según lo manifestado por su Director.
De lo anterior se desprende que no nos encontramos frente a situaciones de indefensión. Si el Director del SERNAC expuso que, de 20 juicios, se han ganado 17, significa que la ley funciona. No veo para qué apresurarnos en dictar una preceptiva que traerá diversas otras dificultades.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , creo que nadie discutirá que el proyecto se halla extraordinariamente bien inspirado, como tampoco que se cometen abusos. Y esto último es lo que se quiere evitar. Pero la experiencia del día a día es que, aunque se apliquen rayos X en los gastos que se tipificarán, el millón o dos millones de chilenos que recurren al crédito de relativa cuantía van a comprar y endeudarse igual, porque no tienen otra posibilidad. De tal manera que ése es un hecho real de la causa, que también se debe poner sobre la mesa de la discusión.
Lo que planteo no implica hacer la vista gorda frente a quienes abusan.
¡Para qué hablar de las tarjetas de crédito, con relación a las cuales la gente, en un momento dado, no sabe qué está pagando: si el living, si la licuadora, si el refrigerador, si los muebles de dormitorio, etcétera! Al final, se trata de un "cardumen" de compras y nadie sabe cuánto cuesta cada producto.
Creo que una radiografía en ese sentido será buena, evidentemente. Lo que no sé es cuánto será posible operar con un poder consumidor relacionado con una distribución tan carente de equidad y en circunstancias de que la persona, para vivir también en la modernidad, por así decirlo, necesita recurrir al sistema.
Por lo demás, señor Presidente , estimo que, por ser la ley muy buena, las entidades involucradas ya han tomado ciertas providencias. Nos ocupamos en la tasa convencional; pero, al mismo tiempo, no debemos olvidar que una misma empresa opera, por un lado, con una filial que presta el dinero, y por el otro, con la que vende el artículo. La que proporciona a Manuel Pérez el crédito le cobra 1,8 por ciento, por ejemplo, y la otra ¿que, en el fondo, es la misma, pero jurídicamente diferente- le aplica 1,8 ó 1,9 por ciento de interés por la compra; y de esa manera se soslaya la tasa convencional.
Ahora bien, surgen ciertas preguntas que, repito, obedecen a lo que se ve día tras día, más que a la teoría. ¿Cómo enfrentar la cuestión cuando las casas comerciales ¿las grandes- ofrecen la venta de determinado artículo a seis meses plazo sin interés? ¡Pero, por favor, si este último ya lo han incluido! ¿Y quién controla eso?
¿Qué ocurrirá ahora con las grandes empresas? Indudablemente que, en vez de vender a seis meses sin intereses, lo van a hacer a doce, y el crédito se ha de otorgar exactamente en la misma forma e igualmente se dejarán de lado las tasas respectivas.
Se aprende mucho, también, con el pequeño comerciante o empresario, que es muy numeroso, especialmente en las comunas de menos de cien mil habitantes, donde no se instalan "malls".
Y, al respecto, quiero hacer una pregunta al SERNAC.
Se sostiene que muchas veces tal Servicio realiza los cálculos o da determinado antecedente sobre la base del valor de oferta, no del precio de venta al contado con los intereses. Plantean que si el artículo vale 120, por ejemplo, y lo venden en oferta en 100, están aplicando un descuento de más de 15 por ciento, por lo cual se les crea una situación bien complicada. Y abrigan muchas dudas acerca de si el SERNAC realmente está efectuando los estudios sobre esa base.
¡Digamos las cosas como son! Ocurre que los Jumbos -y lo veo en las comunidades de la circunscripción que represento- venden artículos mucho más baratos a través del marketing, del cual carece el pequeño empresario. Para citar un caso, de Temuco mandan buses a Lautaro, a Victoria, a Collipulli o a Angol, para llevar "gratuitamente" a comprar al Jumbo o a determinado establecimiento de esa magnitud. Pero la persona no va por cinco productos: adquiere treinta o cuarenta. Y diez o doce de ellos exhiben un precio de oferta, pero quince no se hallan en esa situación, los que incluyen, evidentemente, el valor del pasaje de quien cree que lo trasladan gratuitamente desde Angol , Victoria o Lautaro .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ha terminado su tiempo, señor Senador.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Concluyo en seguida, señor Presidente.
Formulo sinceros votos, por lo tanto, para que la ley en estudio no encarezca más el crédito. Los dos millones de personas que mencioné al comienzo se endeudarán exactamente igual; pero mi temor es que ello resulte más oneroso con los impuestos correspondientes a la respectiva operación, los gastos notariales, los gastos inherentes a los bienes recibidos en garantía y los seguros expresamente aceptados por el consumidor. De manera que me quedo con esa inquietud.
En tal sentido, estoy de acuerdo en que se deje en statu quo esa parte del texto, para que se pueda perfeccionar y mejoren las posibilidades de una realidad social que, aun con las mejores intenciones, no podemos soslayar.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Foxley.
El señor FOXLEY .-
Señor Presidente , estimo que el proyecto persigue dos propósitos fundamentales. El primero de ellos es dar base sólida a un acceso creciente de las personas al consumo.
Y enfatizo el concepto: bases sanas y sustentables en el tiempo. Lo que quiero significar es que la idea dice relación a que los chilenos puedan comprar con acceso al crédito, pero sin entrar, al endeudarse, en una situación extremadamente difícil que finalice en un resultado catastrófico para la familia, cuando, por no pagar, se embarguen los bienes, lo que termina en un círculo vicioso del cual a veces cuesta muchos años recuperarse.
Y el segundo propósito fundamental, complementario del anterior, es dar protección a enormes sectores de la población desprotegidos simplemente por carecer de información respecto de los compromisos económicos que adquieren. En particular, en el caso del consumo -lo destacaron varios señores Senadores acá-, la gente, en términos simples, no sabe cuánto paga por el producto. Únicamente le interesa el monto de la cuota, y sobre esa base hace un cálculo mental rápido y se embarca en la adquisición de bienes a crédito, cuyas cuotas posteriormente no puede servir.
Lo que el SERNAC busca de alguna manera es establecer normas de transparencia. Y, en tal sentido, refuerzo lo señalado por don Alberto Undurraga hace un momento, en cuanto a que la gente sepa lo que hace al momento de endeudarse.
Efectivamente, todos los meses el SERNAC publica informes sobre las tasas de interés efectivas vigentes en el comercio, desagregadas por tiendas y por productos, lo que revela que algunas multitiendas cobran un interés absolutamente excesivo en muchos artículos. Cuando una tasa es superior al 10 por ciento mensual, quiere decir que al año sería de aproximadamente 150 por ciento.
¿Alguien puede explicar que se lleve a cabo un negocio financiero de esa envergadura? O es un riesgo loco de gente que realmente no puede comprar ni pagar y que, por lo tanto, no se le debiera dar crédito, o es un manera de trasladar el sistema hacia un negocio financiero que, en el caso de algunas tiendas, se acerca a la usura del prestamista informal.
Es importante destacar lo que se dijo aquí con anterioridad: las grandes tiendas no tienen dificultad para sostener una amplia política de créditos. Y, al respecto, respondo específicamente los planteamientos del Senador señor Adolfo Zaldívar : gente de modestos ingresos compra en negocios donde la tasa máxima convencional no es superada por la tasa efectiva cobrada en las multitiendas.
Hay consecuencias sociales, como la de que, según se mencionó, algunas personas quedaran fuera de la posibilidad de obtener crédito. Pero, de hecho, ello no es así. El proyecto no modifica nada de las condiciones en que hoy día se presta, en términos de la tasa máxima convencional.
Además, debe tomarse en cuenta que, de no inducirse al sistema comercial a atenerse a determinada tasa máxima, habría otra consecuencia social,. Porque, si no se pone límite en esto, se puede generar una cadena de insolvencia, ya que, en el fondo, la gente será sometida a un régimen de inseguridad y angustia económica. Porque todo el mundo está tentado por gastar más de lo que tiene y por comprar bienes de consumo que, tal vez, en cierto momento no puede pagar, lo que es pan para hoy y hambre para mañana. Al final, se crea una situación espantosa. A todos los Parlamentarios nos llegan historias de personas cuyos bienes han sido embargados, etcétera.
Por lo tanto, ¿qué se busca? Información, y que ella se encuentre en la boleta.
Lo señalado por el Senador Novoa me parece atendible en el siguiente sentido: si además de lo que aquí se menciona como importes hay algún componente esencial distinto a la tasa de interés que debiera incluirse en esta lista (donde figuran los impuestos, los gastos notariales, los gastos inherentes y los seguros), podríamos hacer la corrección y agregarlo, para que no entre en la tasa de interés.
Pero, desde el punto de vista de imagen, me parecería muy grave que el Senado no estuviera en condiciones de aprobar una norma que lo único que hace es decir a la gente: "Cuando usted vaya a comprar, le vamos a garantizar que sepa qué está pagando y cuáles son los componentes de su obligación".
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ha terminado su tiempo, señor Senador.
El señor FOXLEY .-
Señor Presidente , por último, me parece atendible la idea -conversada con el señor Ministro de Economía y, también, con representantes de la Cámara de Comercio y de otros sectores- de que el Gobierno constituya un grupo de trabajo para discutir una materia distinta a la de ahora, que es la relativa a la tasa máxima convencional para bancos y tiendas comerciales, a fin de que haya cierta simetría en la supervisión de los dos sectores, que también sea capaz de diferenciar los elementos específicos que lleven a que una tasa de interés máxima para un sector pudiera ser distinta de la del otro.
El señor Ministro de Economía tiene una actitud positiva hacia la idea de crear tal grupo de trabajo. Si entre los distintos sectores del Congreso estamos de acuerdo en promover ese grupo de trabajo, no cabe duda de que el Gobierno no se va a negar. Podremos hacerlo dentro de los 12 meses consignados en la indicación respectiva aprobada por la Comisión de Hacienda.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , en mi concepto, debe partirse de la base de que, si estamos por modificar la actual ley, es porque resulta insuficiente para resguardar los derechos del consumidor. Y, como se ha dicho con tanta claridad acá, lo que más se reclama y solicita es mayor transparencia en la información; o sea, que hoy en día los consumidores sepan qué pagan por un producto que compran con crédito directo de las casas comerciales. En la actualidad desconocen por qué tienen que entregar determinada cantidad de dinero más allá del precio en sí mismo. Ni siquiera tienen idea de cuánto, cuándo y a qué se obligan.
Como se señaló, está claro que en esto hay de todo. Existe gente que opera dentro de la lógica, de cierta ética y de los cánones establecidos. Pero el problema no lo tenemos ahí, sino que tiene que ver con el abuso, con la forma como progresivamente algunas casas comerciales creen que es mejor el negocio financiero que la venta pura y simple de un producto. Actualmente, las utilidades las hacen en el negocio financiero y no en la transferencia de aquél. Incluso, en muchas ocasiones el gancho consiste en abaratar el costo; pero, debido al mercado cautivo de estos consumidores, que sólo tienen crédito y renovación en esa casa comercial, pueden cobrar intereses a niveles de usura, como se manifestó claramente.
Entonces, me parece que, si el objetivo de este artículo es entregar mayor transparencia de información al consumidor, resulta fundamental que la señal que se entregue sea de aprobación. Creo importante que esa información signifique que la gente sepa exactamente qué es interés y cuáles son los gastos que se pueden cobrar legalmente y cuáles no. Porque todo ello -como también se mencionó- nada tiene que ver con la evaluación de un crédito, el informe en DICOM o una serie de otros gastos a cargo del consumidor y que son los elementos provocadores de tasas de interés francamente usureras.
Junto con esa falta de confianza de la gente y con la carencia de información, hemos conocido la forma en que las casas comerciales cobran, cómo llegan a retirar enseres, cómo presionan y de qué manera hacen la vida imposible a sus deudores cuando no son capaces de pagar lo que compraron, debido a que muchas veces las cuentas suben a más del doble o, a veces, del triple del monto original. Ese espectáculo representa un problema social que nos llega permanentemente.
Me parece que la creencia de que una mayor transparencia en este tipo de actividades va a significar que los consumidores queden fuera del sistema de crédito, es una exageración demasiado grande. En verdad, ellos se marginan de él cuando no pueden pagar; y no pueden hacerlo porque los niveles de usura y el aumento de las cuotas que deben pagar mes a mes son exagerados, lo que no estaba dentro de sus perspectivas al adquirir un bien a crédito. Porque todos programan cuotas relativamente razonables; pero, cuando llega el momento de pagarlas, ellas resultan muchísimo más altas. Como aquí se dijo, suben al doble y a veces al triple. En ese momento quedan fuera del sistema y ya no tienen acceso al crédito, y no como consecuencia de estas normas de transparencia o de la posibilidad de saber exactamente qué le van a cobrar, por qué concepto, cuándo y cómo.
Me parece algo elemental.
Como se ha dicho reiteradamente, ojalá que en el artículo correspondiente la señal de transparencia y de mayor credibilidad y confianza en el sistema sea mucho más importante que las aprensiones aquí manifestadas.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , se ha vuelto un lugar común en la retórica política la expresión "defensa de los consumidores".
La verdad es que en cualquier intervención, en cualquier discurso, en cualquier exposición pública, luce de buen tono asumir esa conducta, esa actitud. Pero llegado el momento de traducir en hechos lo que se plantea desde el punto de vista de la retórica, se dan giros verdaderamente sorprendentes.
La discusión que estamos llevando a cabo respecto del artículo 37 resulta, a lo menos, sorprendente. De su lectura, quedan completamente claros el contenido y el objetivo que se persigue. Sin embargo, se intenta mezclarlo con aspectos que no están contemplados en el proyecto mismo, específicamente en esta disposición.
Se intenta escabullir el aspecto esencial del artículo mezclando un concepto que no tiene que ver directamente con el texto en discusión.
Estoy consciente de que no es fácil asumir la vocería de alguna confederación o asociación de comerciantes sin pasar por encima de la supuesta defensa de los consumidores.
Sobre el particular, creo que debemos ser claros. Es legítimo defender los intereses de los comerciantes; nadie podría tener alguna objeción a ese respecto. Pero que se diga con claridad y que no se intente hacerlo asilándose en una supuesta defensa de los consumidores que no es tal.
Lo único que persigue el artículo en análisis es dotar de transparencia a una transacción comercial, indicando al comprador, al suscriptor de un crédito, todos los factores involucrados en la operación.
El Senador señor Novoa tendría razón en su planteamiento en la medida en que fuera absolutamente imposible hacer el desglose de los aspectos que, según Su Señoría, deberían quedar incluidos en la tasa de interés, así como consignarlos separadamente en la información que se brinda al cliente en el caso de una transacción comercial.
Resulta perfectamente posible dejar la tasa de interés químicamente pura para que quede sin ningún factor que la desnaturalice. Pero eso no quita que se suministre toda la información relevante a fin de que las personas sepan con exactitud qué se les cobra al momento de llevar a cabo una operación comercial y cuáles son los diversos elementos que componen ésta.
A veces, para los especialistas del Derecho resulta un tanto chocante el tenor de nuestras leyes, pues son muy detalladas y, en ocasiones, llegan casi al absurdo. Pero ocurre que nosotros legislamos para pillos. Éste es un país donde todo el mundo intenta aprovecharse del prójimo, de cualquier manera.
Hoy me comentaba el alcalde señor Hernán Pinto que los ingresos de la Municipalidad de Valparaíso han disminuido sensiblemente...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ha concluido su tiempo, Su Señoría.
El señor ÁVILA.-
Señores Senadores, se van a quedar con la intriga de qué le pasó al Alcalde Pinto .
El señor NARANJO .-
Señor Presidente , deje que Su Señoría continúe.
El señor MORENO .-
¡Sólo deseo aclarar al Honorable señor Ávila que éste no es un país de sinvergüenzas!
El señor ÁVILA.-
Lo lamento por Sus Señorías, pues el ejemplo era totalmente ilustrativo de la conducta de algunas grandes casas comerciales, sobre todo cuando se instalan en provincias, que buscan artificios increíbles. ..
El señor MORENO .-
Artilugios.
El señor ÁVILA.-
...para reducir su contribución en el pago de los impuestos.
Bueno, finalmente les contaré lo que sucede con el Alcalde Pinto, porque es demasiado demostrativo.
Ocurre...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador , su tiempo concluyó. Se le concedió un minuto adicional.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , ha sido muy ecuánime, y no me quejo a ese respecto.
Por lo tanto, que Sus Señorías permanezcan en la intriga.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , algunos de los argumentos planteados aquí no tienen que ver con lo que se está discutiendo.
El señor MORENO.-
Como lo del Alcalde Pinto.
El señor GAZMURI.-
En cuanto a ello, si me sobra un poco de tiempo, concederé una interrupción al Senador señor Ávila , pues he quedado muy intrigado con los afanes del Alcalde Pinto para obtener mayores recursos.
Ante todo, deseo señalar que no estamos frente a una situación donde millones de chilenos carezcan de acceso al crédito de consumo. Conforme a lo que hemos vivido en los últimos años, millones de compatriotas acceden a él. Ésa es la realidad.
Se dice que con esta norma vamos a restringir su acceso. No es así. Ocurre que, indiscutiblemente, se cometen abusos, pero no por parte de toda la industria.
Si se revisan las diferencias en la tasa de interés respecto de productos simples, como los artículos de vestir, se podrá advertir que, por ejemplo, en aquellos cuyo valor promedio es de 60 mil pesos las tasas van desde 2,44 por ciento hasta 8 por ciento mensual. ¡Cuatro veces más! Esto no sucede normalmente en ningún otro mercado. Estas diferencias tan enormes que existen entre las grandes tiendas -no las nombraré- respecto del mismo producto no se dan en el sistema bancario en sus operaciones con clientes y por montos equivalentes a los señalados.
En este caso hay una distorsión manifiesta, que tiene mucho que ver con el hecho de que, en general, a los sectores de bajo consumo les resulta más difícil distinguir los elementos que componen el precio. La gente modesta de Talca, por ejemplo, no dice "Voy a comprar tal o cual cosa" sino: "Voy a sacar". No se compra: "se saca". Con un presupuesto de veinte mil o veinticinco mil pesos mensuales para bienes durables, se "sacan" las cosas que se requieren. ¡En buena hora! Porque, efectivamente, el equipamiento doméstico en nuestro país ha aumentado de manera notable. Ello se pudo comprobar en el último censo. Pero esa gente necesita saber cuánto pagan y quién está cobrando cuatro veces más, a fin de orientarse y acudir al que le pide menos.
Sin embargo, eso hoy día no se sabe con claridad. Se conocen los plazos y las cuotas, pero no lo que se cobra. Y a ello apunta básicamente el artículo 37 en debate.
Se ha generado -y tiene razón el Senador señor Novoa - una segunda discusión sobre la tasa máxima convencional, respecto de la cual existen dos buenos argumentos para que la del comercio sea distinta a la de la industria financiera: primero, por la menor cantidad de los montos del crédito, y segundo, por el mayor riesgo. Y cuando decimos distinta, todos pensamos que debe ser más elevada y no más baja.
Aquí se acordó darnos un plazo de 12 meses para que en una mesa de trabajo resolvamos, no sólo la ecuación relativa a la industria, sino además el tema de la tasa máxima convencional.
Por tanto, yo estoy por la aprobación de la norma que establece la transparencia. Los resultados del debate sobre cuáles serán los componentes de dicha tasa se aplicarán después de transcurridos los 12 meses. Y eso no variará hasta que realicemos la otra discusión.
En definitiva, sería muy grave como señal que rechazáramos el artículo 37, que -reitero- establece criterios de transparencia indispensables para los derechos de los consumidores y, también, para posibilitar una competencia leal dentro del mercado. Porque, a mi juicio, hoy día no se explican -salvo por falta de información y de transparencia- las enormes diferencias existentes entre las tasas aplicadas a los mismos consumidores, a iguales productos y en distintas ciudades.
Señor Presidente, cedo 41 segundos de mi tiempo al Senador señor Ávila, para que concluya su comentario acerca del Alcalde Pinto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , ocurre que las empresas y los comercios en general tributan a los municipios en función de su número de empleados.
Según relató el Alcalde Pinto , una multitienda de Valparaíso tiene sólo un empleado, porque todos los demás que laboran en ella han sido canalizados hacia empresas de subcontratación, que por supuesto pertenecen a la misma firma. Trabajan allí, son dependientes de ella, pero formalmente figuran relacionados con una empresa distinta. Por lo tanto, con eso pulverizaron la posibilidad de que el municipio porteño recibiese los ingresos que le corresponden.
¡Quizás a ello se deba la delgadez que presenta el referido Alcalde!
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO .-
Señor Presidente , cuando pedí la palabra, el debate parecía confuso, en el sentido de si se estaba discutiendo la tasa de interés o la tasa máxima convencional. Sin embargo, se aclaró después de las intervenciones de los Senadores señores Ominami , Foxley , Pizarro , Gazmuri y Ávila .
Por eso, señor Presidente , seré muy breve.
Uno de los grandes temas planteados por la gente modesta, que por falta de recursos debe adquirir sus artículos a crédito, se refiere a que después de transcurrido cierto tiempo se da cuenta de que debe pagarlos en numerosas cuotas que acaban elevando el precio original varias veces por sobre el de la vitrina.
Sin embargo, ése no es el asunto de fondo, que hubiésemos querido solucionar estudiando la tasa de interés o la tasa máxima convencional. Sobre el particular, sostuvimos un largo debate en la Comisión de Economía, llegando a la conclusión de que lo que ahora podíamos hacer era transparentar tal operación para el consumidor.
Por eso, aprobamos por unanimidad la citada norma. Todos pretendimos defender al consumidor sabiendo que no estábamos abordando la materia principal. Pero respecto del consumidor que, por carecer de los recursos necesarios para adquirir determinado producto, debía acceder a un crédito, queríamos que en éste se informara claramente, no sólo el valor del artículo, sino además la tasa de interés y los gastos conexos involucrados, para que al cabo de 3, 6 ó 12 meses no se encontrara con sorpresas.
En definitiva, tal disposición no obedece a otro propósito que el exigido por el mercado: conocer el precio del producto, el cual, por esas martingalas agregadas al valor del mismo, quedaba en la más absoluta de las incógnitas para el adquirente.
De allí que los distintos señores Senadores que han intervenido aclararan hasta la saciedad que se trata sólo de información y nada más que de eso, porque es lo menos que el Senado puede entregar a un consumidor a los efectos de que sepa lo que le están cobrando bajo distintos conceptos que nosotros no fijamos, pues la propia tienda queda en libertad para hacerlo. Se establece, entonces, la exigencia de que el consumidor conozca el precio final con todos sus agregados, a fin de que pueda comparar si determinado artículo es más barato en la tienda "a" o en la tienda "b".
Por lo tanto, señor Presidente , pido a la Sala entender la votación unánime de la Comisión de Economía en el sentido de darle una oportunidad de transparencia al consumidor.
He dicho.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra, en último término, la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , la concesión de un crédito implica costos de distinta naturaleza, dentro de los cuales se encuentra la tasa de interés, que está asociada al riesgo, al plazo y al monto.
Creo que todos concordamos en que el crédito debe estar sometido a la tasa de interés máxima convencional. En eso no hay duda. No existe ningún problema en que ella se informe. Sin embargo, aparte los costos asociados a su concesión, están los relativos a la cobranza. Y es ahí donde empiezan los problemas. A mi juicio, eso es lo que se ha confundido en la discusión de hoy.
El Senador señor Novoa decía que hay costos, como la verificación en DICOM o la de domicilio, cuyos montos son fijos, los cuales pueden tener ínfima incidencia cuando el crédito es por una cantidad elevada. Tres mil pesos -como señaló Su Señoría- o dos mil pesos en un crédito de mil UF da lo mismo; no son importantes. En cambio, si se trata de un crédito por 60 mil pesos, con esos costos fijos inmediatamente se sobrepasa la tasa máxima de interés convencional.
Ése es el punto.
Por otro lado, tengo entendido que el Honorable señor Novoa ha sostenido conversaciones sobre el particular con el Gobierno, con personeros del SERNAC, quienes incluso habían pedido la palabra. Sin embargo, aquí se trata de dar toda la transparencia posible para que la gente verifique si en la tienda que desea comprar son sinvergüenzas o no.
En eso estamos todos de acuerdo.
La parte que a juicio del Honorable señor Novoa...
No sé si Su Señoría prefiere que le dé una interrupción para que explique el punto.
El señor NOVOA .-
Le pido una interrupción a la señora Senadora , por intermedio del señor Presidente .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , no cabe ninguna duda de que todos estamos de acuerdo en que debe haber la máxima transparencia en la información al público.
En segundo lugar, es incuestionable que la tasa de interés que cobra el comercio no puede ser superior a la máxima legal.
Y lo tercero es que, si hay cobros adicionales, ellos deben estar permitidos por ley. En los casos en que no lo han estado, el SERNAC ha ganado todos los juicios.
Por lo tanto, hemos conversado sobre la posibilidad de zanjar el punto aprobando la norma, con excepción de aquella parte de la letra b) que dice que la tasa deberá incluir los otros gastos; ello, porque al incorporarlos la tasa se dispara sobre el máximo convencional.
Entonces, la letra b) diría: "La tasa de interés que se aplique sobre los saldos de precio correspondientes, la que deberá quedar registrada en la boleta o en el comprobante de cada transacción;". De este modo, el consumidor sabrá cuál es exactamente la tasa de interés que tendrá que pagar. Y, además, deberá ser informado -tal como dispone la letra c)- del monto de los siguientes importes, distintos de la tasa de interés, que tengan derecho a recibir terceros ajenos a la operación: impuestos; gastos notariales; gastos inherentes a los bienes recibidos en garantía; seguros expresamente aceptados por el consumidor. Y la sugerencia o el acuerdo es agregar "Cualquier otro importe permitido por ley".
Y en la letra c), que habla de importes "que tengan derecho a recibir terceros ajenos a la operación", habría que señalar:
"El monto de los siguientes importes, distintos de la tasa de interés:" o, simplemente, "El monto de los siguientes importes:
"1. Impuestos correspondientes a la respectiva operación de crédito.
"2. Gastos notariales.
"3. Gastos inherentes a los bienes recibidos en garantía.
"4. Seguros expresamente aceptados por el consumidor.
"5. Cualquier otro importe permitido por ley.".
El señor ÁVILA.-
Está bien.
El señor ORPIS .-
Queda perfecto.
El señor NOVOA.-
¿Estamos de acuerdo?
El señor ÁVILA .-
Sí.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Gracias, señor Senador.
El señor OMINAMI.-
Perdón. Una consulta, señor Presidente .
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente ...
El señor OMINAMI.-
Una consulta.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Disculpen, señores Senadores.
En primer lugar, cerraré el debate.
Por tanto, someteré a discusión la proposición que se ha formulado respecto del artículo 37, que, según entiendo, consiste en dejar la letra b) hasta la palabra "transacción", eliminando el resto, y el encabezado de la letra c), hasta donde dice "tasa de interés",...
La señora MATTHEI .-
Hasta "importes".
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
...agregando un número 5, cuya redacción pido hacer llegar por escrito a la Mesa. Además, se eliminaría el artículo 4º transitorio.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
No. Habría que mantenerlo.
El señor NOVOA .-
Se suprimiría sólo en la parte que dice relación al artículo 37.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Exacto.
¿Está clara la proposición?
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).- Sobre la proposición, tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Estoy totalmente de acuerdo con lo sugerido, porque, en mi opinión, salva el inconveniente. En la forma como está redactado el artículo, muchos créditos quedarían fuera de la tasa convencional bancaria, que es la que está rigiendo el sistema. Y con esta aclaración, por supuesto, se da el margen planteado.
Sí, considero absolutamente necesario legislar para establecer la tasa convencional del comercio, que es diferente de la bancaria. Y creo que el Gobierno ha asumido un compromiso en ese sentido. Debemos emprender esa tarea; si no, vamos a tener siempre esta discusión en otros proyectos de ley.
Me parece bien la solución.
El señor ÁVILA .-
¡Es tan buena la propuesta, señor Presidente , que hasta resulta sospechosa...!
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Foxley.
El señor FOXLEY .-
Señor Presidente , según lo conversado, habría acuerdo en la fórmula indicada.
Quiero añadir, a lo que decía el Senador señor Andrés Zaldívar , que la Comisión de Hacienda, en sesión de 14 de abril, resolvió por unanimidad pedir formalmente al Ministerio de Hacienda debatir el tema de las tasas diferenciadas para el interés máximo convencional, tal como se plantea en el mensaje. Y se sugiere al Gobierno constituir un grupo de trabajo para que envíe una propuesta legislativa al Congreso en el momento oportuno.
Se trata de un punto en el cual tenemos un acuerdo bastante amplio, que sería complementario de lo que se apruebe hoy.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Adolfo Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo) .-
Señor Presidente , recogiendo plenamente lo expresado por el Honorable señor Foxley , que es un acuerdo de la Comisión de Hacienda, creo que sería prudente y conveniente -por qué no- solicitar que se amplíe esa proposición a fin de que el Gobierno envíe un proyecto de ley donde se establezca un sistema para el interés convencional de las casas comerciales. Dada la relevancia del comercio, en la forma como se está operando hoy, sería recomendable tener claridad en esa materia.
El señor NÚÑEZ.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
La tiene, señor Senador.
El señor NÚÑEZ.-
Quiero pedir, señor Presidente , que la Comisión vea nuevamente el artículo 37. A mi juicio, no estamos legislando bien. Legislar de este modo, como si fuéramos una comisión, no corresponde.
Por lo menos, yo no estoy de acuerdo con el número 5 que se propone agregar, pues significa abrir una caja de Pandora, un hoyo negro muy grande para el consumidor. En mi concepto, la gente va a tener gran confusión sobre las normas legales que permitirán cobrarle más intereses.
Insisto: creo que no estamos legislando bien.
El señor ORPIS .-
No se podrá cobrar más intereses.
El señor NÚÑEZ.-
Pero, de todas maneras, la ciudadanía -digámoslo francamente- no tendrá suficiente información acerca de las normas legales que posibilitarán a cualquier comerciante agregar un valor a la tasa de interés convencional, cuando todavía ni siquiera hemos fijado esta última.
Por lo tanto, para la seriedad de nuestro trabajo, pido enviar de vuelta a la Comisión a lo menos el artículo 37.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
La solicitud que acaba de formular Su Señoría obligaría a un acuerdo distinto de la Sala, que implicaría pronunciarse sobre el envío de dicha norma a la Comisión y dejar pendiente la discusión del proyecto.
Por cierto, aquello es independiente de la "suma urgencia" y de la voluntad del Ejecutivo en cuanto a despachar la iniciativa dentro de determinado plazo.
Ofrezco la palabra sobre el punto planteado por el Senador señor Núñez.
Tiene la palabra el Honorable señor Lavandero.
El señor LAVANDERO .-
Señor Presidente , creo que podríamos aprobar aquello en lo que estamos de acuerdo: todo, excepto el número 5 que se propone agregar, el cual podría votarse separadamente o bien ser enviado de nuevo a Comisión.
En cuanto a esa nueva norma en particular, no dejo de encontrarle razón al Senador señor Núñez , porque implica crear una cosa que puede ser desconocida para el consumidor.
Por lo tanto, pido aprobar el artículo 37, con excepción del número 5 sugerido por el Honorable señor Novoa , al que se le podría dar otra redacción en la Comisión.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
El número 5 planteado no es una norma abierta. Dice: "Cualquier otro importe permitido por ley".
Tengo la impresión de que, si aprobáramos la solicitud de enviar el artículo 37 a la Comisión de Economía, dilataríamos innecesariamente el despacho de un texto que -me parece- ha obtenido acuerdo.
Adicionalmente, sólo restaría votar el artículo 4º transitorio, que, para ser coherentes con lo que se está sugiriendo respecto del 37 permanente, debería ser aprobado sin la frase que viene después de la expresión "Diario Oficial".
Por consiguiente, las opciones son enviar el artículo 37 a Comisión o zanjar el problema con las modificaciones planteadas en la Sala.
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , si hay un cobro permitido por ley, es obvio que se puede hacer. De modo que incluir o no el número 5 nada tiene que ver con la factibilidad de cobrar o no.
Al introducir ese número sólo estamos obligando a informar sobre cualquier otro importe permitido por ley, lo cual otorga mayor transparencia. Y considero mejor incorporarlo, porque en el fondo exigimos a las casas comerciales informar todo. De lo contrario, se limitarán a lo que aparece en los números 1 a 4.
Estimo superrazonable la propuesta del Senador señor Novoa en cuanto a la adición del número 5, pues garantiza mayor transparencia. Por consiguiente, sugiero aprobarla aquí, en la Sala.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En la última intervención antes de poner en votación el punto, tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Seré muy breve, señor Presidente .
Sólo deseo manifestar al señor Director Nacional del Servicio Nacional del Consumidor y a los miembros de las Comisiones de Hacienda y de Economía mi preocupación respecto del plazo de doce meses que se fija en el artículo 4º transitorio con relación al artículo 37. Según se expresó, ese lapso es indispensable para permitir al comercio adecuarse a la aplicación de dicha norma. Eso fue lo que se dijo aquí como justificación, y no lo que yo entendía, tocante a la necesidad de legislar sobre las tasas convencionales para el comercio.
¿Es posible suprimir dicho plazo y aplicar la ley inmediatamente? ¿O es preciso fijar al comercio un término para adecuarse?
El señor Director del SERNAC podría informarnos.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Antes de eso, señor Senador , debo someter a consideración de la Sala la solicitud de que el artículo 37 vuelva a Comisión.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , retiro mi proposición, pero pido que se divida la votación respecto del número 5 sugerido por el Senador señor Novoa .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Queda retirada la proposición y se votará separadamente el número señalado.
En votación la sugerencia del Senador señor Novoa con relación al artículo 37, excluido el número 5 que se plantea agregar a la letra c).
Si le parece a la Sala, así se aprobará.
--Se aprueba en la forma expuesta.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En votación el número 5.
Si les parece a Sus Señorías, haremos votación económica.
Acordado.
--En votación a mano alzada, se aprueba el número 5.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Entiendo que el artículo 4º transitorio queda aprobado hasta la expresión "Diario Oficial".
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Antes, señor Presidente , pido que el señor Director Nacional del SERNAC se refiera a la preocupación que expuse en cuanto a la eliminación del plazo de doce meses para la entrada en vigencia de parte del artículo 37.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Con el acuerdo unánime de la Sala, ofrezco la palabra al señor Director del SERNAC .
El señor UNDURRAGA (Director Nacional del SERNAC).-
Gracias, señor Presidente.
Tiene razón el Senador señor Andrés Zaldívar . Físicamente, es imposible que nuevas normas de información, las cuales deben ser entregadas en la boleta, estén operativas al día siguiente de la promulgación de la ley en proyecto.
Sesenta días pueden ser un plazo prudente para las adecuaciones del caso. Precedente: un dictamen de la Comisión Resolutiva Antimonopolios que planteó ese periodo en el caso de las tasas de interés.
Ése parece un lapso adecuado para que se realicen los cambios operativos y se pueda informar.
El señor NOVOA.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Según la proposición del señor Director del SERNAC , en el artículo 4º transitorio sólo se modificaría el plazo relativo al artículo 37: en lugar de "doce meses", diría "sesenta días".
¿Habría acuerdo al respecto?
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , no dudo de que en sesenta días las grandes casas comerciales podrán habilitar sus sistemas computacionales para adecuarse a las nuevas normas. Pero pensemos en las casas comerciales más pequeñas, de ciudades más reducidas, que no tienen sistemas informáticos.
A mi juicio, noventa días es un plazo razonable.
Aquí no se trata de sesenta días versus noventa, sino de tener en cuenta la situación del comercio pequeño, que también da crédito y que deberá mandar a hacer sus boletas con todo el nuevo sistema de información.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para reemplazar en el artículo 4º transitorio "doce meses" por "noventa días"?
--Así se acuerda.
El señor NÚÑEZ.-
Perdón, señor Presidente , ¿podría leerse el número 5 de la letra c) tal como quedó aprobado?
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Por supuesto, señor Senador.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El número 5 propuesto y aprobado dice: "Cualquier otro importe permitido por ley".
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Con los acuerdos adoptados, estaría terminada la discusión del proyecto. No obstante, los Senadores señora Matthei y señores Viera-Gallo, Boeninger, Espina, Zaldívar (don Andrés), Vega y Cordero proponen la reapertura del debate sobre el artículo 2º aprobado para la ley Nº 19.496. De aprobarse tal sugerencia, Sus Señorías plantean una redacción alternativa para la letra f). Esta última dice: "Los contratos de salud celebrados con clínicas y hospitales públicos o privados, con exclusión de lo relativo a las prestaciones médicas y la calidad de éstas.". La nueva redacción es la siguiente: "Los actos celebrados o ejecutados con ocasión de la contratación de servicios en el ámbito de la salud, con exclusión de las prestaciones de salud; de las materias relativas a la calidad de éstas y su financiamiento a través de fondos o seguros de salud; de la acreditación y certificación de los prestadores, sean éstos públicos o privados, individuales o institucionales y, en general, de cualquiera otra materia que se encuentre regulada en leyes especiales.".
El señor VIERA-GALLO.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , quiero explicar algo bastante simple.
Lo que pasa es que este proyecto se elaboró mientras se discutía la reforma de salud, en la cual se crea un sistema bastante complejo para el control de las prestaciones: calidad, acreditación, certificación.
Ahora bien, la redacción de la letra f) que aprobó la Sala se presta para malinterpretaciones. Por ello, con el Gobierno y con Senadores de distintas bancadas propusimos una redacción de consenso que permite compatibilizar el rol del SERNAC con el de la Superintendencia del ramo y los de otros organismos de control para los distintos aspectos de la reforma sanitaria. De esta forma, las prestaciones propiamente de salud, tanto médicas como no médicas, quedan excluidas de la fiscalización del SERNAC, el cual se podrá ocupar de todos los actos celebrados o ejecutados con ocasión de la contratación de servicios. Un ejemplo típico serían los problemas que pueden suscitarse con los estacionamientos en una clínica o con cualesquiera servicios anexos a las prestaciones propiamente de salud.
La redacción propuesta es bastante parecida a la de la letra d), relativa a la educación, y recoge lo que el Senado aprobó en la reforma de salud.
Gracias, señor Presidente.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ante todo, consulto a la Sala si hay acuerdo para la reapertura del debate. Ya conocemos la fundamentación de la solicitud formulada al respecto. Reglamentariamente, para aprobarla se requiere el voto conforme de dos tercios de los Senadores presentes.
¿Habría acuerdo?
--Se aprueba.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente, el artículo 2º bis de la iniciativa señala: "No obstante lo prescrito en el artículo anterior," -es decir, el que establece el ámbito de aplicación de este cuerpo legal- "las normas de esta ley no serán aplicables" (me salto una parte) a la "prestación de servicios reguladas por leyes especiales.".
Crear una norma explícita para excluir, en materia de salud, lo ya excluido en disposiciones generales, puede debilitar la aplicación de leyes especiales. Me surge esa duda.
El señor VIERA-GALLO .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor NOVOA.-
Sí, con la venia de la Mesa.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Lo que pasa es que la redacción de la letra f) del proyecto es vaga e imprecisa, porque dispone que quedarán dentro del ámbito de esta ley los contratos de salud, o sea, los que se celebran con una ISAPRE o con el FONASA, materia sobre la cual se ha dado competencia a la Superintendencia que ahora se crea.
Por lo tanto, a fin de evitar cualquier interpretación antojadiza, el comienzo del artículo 2º bis lo estamos dejando más claro y explícito en la letra f).
Gracias.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Recupera el uso de la palabra el Senador señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , si la indicación precisa el ámbito de aplicación de la normativa, no tengo inconveniente, siempre que quede claro que eso no significa debilitar la disposición general del artículo 2º bis, que da preeminencia a la aplicación de leyes especiales, cuando las hubiere.
Ése es el punto que deseaba dejar establecido.
Entiendo que la idea es determinar con mayor exactitud aspectos de los contratos de salud no incluidos en la legislación que ahora estamos modificando, pero sin debilitar la excepción de tipo general que da preeminencia a la aplicación de leyes especiales cuando aquélla no se refiera a la materia.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , pido al Senador señor Viera-Gallo que tenga la amabilidad de repetir su propuesta, porque entiendo que el objetivo no es suprimir la letra f), sino mejorar su redacción.
El señor VIERA-GALLO .-
La copia está en poder del señor Secretario , quien podría volver a leerla. Se trata de una redacción que fue concordada entre todos, y también con el Gobierno.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La proposición se refiere al artículo 2º del proyecto, que dice: "Quedan sujetos a las disposiciones de esta ley", etcétera, y hace mención a las letras a), b), c), d), e) y f). Se da la siguiente redacción a esta última letra: "f) Los actos celebrados o ejecutados con ocasión de la contratación de servicios en el ámbito de la salud, con exclusión de las prestaciones de salud; de las materias relativas a la calidad de éstas y su financiamiento a través de fondos o seguros de salud; de la acreditación y certificación de los prestadores, sean éstos públicos o privados, individuales o institucionales y, en general, de cualquiera otra materia que se encuentre regulada en leyes especiales.".
El señor RÍOS.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
La tiene, señor Senador.
El señor RÍOS .-
Señor Presidente , entiendo el planteamiento del Honorable señor Viera-Gallo y lo comparto absolutamente. Sin embargo, conforme a lo que acaba de leer el señor Secretario , la enmienda que ahora se propone incorpora elementos que también pueden ser objeto de análisis y de resolución por otros mecanismos o instituciones.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor RÍOS.-
Por supuesto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , el texto que se concordó con el propio SERNAC incorpora al ámbito de la ley los actos celebrados con ocasión de la contratación de servicios en el área de la salud, excluyéndose los mencionados en la proposición, propios de la competencia de la Superintendencia de Salud, que acabamos de crear.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Recupera la palabra el Honorable señor Ríos.
El señor RÍOS .-
Señor Presidente , en primer lugar, no entiendo así la proposición, sinceramente. He estado -y al señor Presidente le consta- muy dedicado al estudio de las normas vinculadas a la salud. A mi juicio, la redacción sugerida incidiría en algunos órganos que se encuentran considerados en la reforma de ese sector.
Segundo, no me parece lógico establecer un área definida sobre el tema. Ciertamente, en materia de salud estamos preocupados por los contratos; pero también se celebran en otras áreas vinculadas, por ejemplo, a las obligaciones previsionales con las AFP, etcétera.
Sugiero no aprobar el texto presentado, a fin de dejar establecido que regirán las normas globales para cualquier tipo de contrato.
He dicho.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Aclaro que para discutir esta norma se requiere el asentimiento unánime de la Sala, porque, en el fondo, se trata de una indicación.
El señor RÍOS.-
Pero ya se aprobó...
El señor LARRAÍN (Presidente).-
No. Se aprobó la reapertura del debate respecto de la norma que ahora se pretende reemplazar.
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente , francamente, yo preferiría eliminar la letra f), para que esta materia quedara sujeta a lo que disponga el proyecto de ley que se encuentra estudiando la Comisión de Salud. De lo contrario, nos podemos equivocar al legislar de esta forma en temas que merecen mayor discusión.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si no hubiera más intervenciones, primero sometería al pronunciamiento de la Sala la indicación formulada.
¿Habría acuerdo para votarla?
Acordado.
En votación.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , ¿qué pasa con el artículo?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Reglamentariamente, primero corresponde aprobar o rechazar la indicación, Si se desecha, deberá votarse la proposición del Senador señor García, y luego...
El señor RÍOS.-
Es al revés, señor Presidente : primero se debe votar el artículo...
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Ya está aprobado el artículo entero. Se reabrió debate sobre la letra f).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En votación económica la indicación.
--En votación a mano alzada, se aprueba la indicación (20 votos contra 7, una abstención y un pareo).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Queda aprobado en particular el proyecto y terminada su discusión en este trámite.
Ha pedido la palabra el Director del SERNAC .
Si le parece a la Sala, se accederá a su petición.
Acordado.
El señor UNDURRAGA (Director del Servicio Nacional del Consumidor).-
Señor Presidente, agradezco el respaldo del Senado a este proyecto y, en particular, el trabajo de las Comisiones que participaron en su estudio.
Hoy día se acaba de aprobar un conjunto de normas históricas destinado a hacernos cargo, como país, de la desconfianza en la protección al consumidor. Recordemos que seis de cada diez chilenos consideran que ella es mala o no existe. Y si bien el debate se ha centrado en la tasa de interés, en el spam, en la letra chica y en el ámbito de aplicación en la salud, lo principal es que desde ahora se dispondrá de un procedimiento para la defensa de los intereses colectivos. Es una innovación en el Derecho, porque lo pone al servicio de la justicia y cubre algunos espacios donde ésta no imperaba. Se generan incentivos económicos correctos: con este nuevo sistema no será negocio incurrir en la pequeña infracción o trampa masiva. Pero lo más importante es que los consumidores van a contar con un método eficaz y eficiente, de solución rápida, en un solo juicio, respecto de miles de problemas similares.
Reitero mis agradecimientos al señor Presidente y a todos los señores Senadores por el apoyo brindado a esta iniciativa, presentada por el Ejecutivo hace ya más de dos años.
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