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El señor NOVOA .-
Señor Presidente , esta norma se refiere a la publicidad no solicitada, realizada fundamentalmente a través de correo electrónico -lo que se denomina "spam"-, y se hizo extensiva a las comunicaciones publicitarias enviadas mediante correo postal, fax, llamados o servicios de mensajería telefónicos.
En esencia, la Comisión se vio enfrentada a lo siguiente.
El artículo 28 B aprobado por la Cámara de Diputados expresaba en su inciso primero: "Constituye infracción a lo dispuesto en esta ley el envío de comunicaciones publicitarias o comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación equivalente, incluyendo fax que no hubieran sido previamente solicitadas por el consumidor o expresamente autorizadas por éste". O sea, para que una persona pudiera recibir una comunicación publicitaria por correo electrónico u otro medio equivalente, incluido el fax, tenía que autorizarla previamente. Quedaba prohibido, entonces, realizar publicidad a través de esos medios.
El debate en la Comisión de Economía nos llevó a considerar una solución distinta a la de la Cámara Baja, fundamentalmente porque no íbamos a regular desde Chile el principal problema, el del spam, ni a impedir a las casas comerciales, por ejemplo, que enviaran publicidad, pues sin duda, para mandar un correo electrónico desde el extranjero, nadie preguntaría antes cuál era nuestra legislación.
En segundo lugar, el spam, que es el correo que nos ahoga, no viene de fuentes conocidas. Entonces, en Chile, una ley que dijera "Se prohíbe esto" iba a afectar única y exclusivamente a las entidades establecidas aquí, que están obligadas al cumplimiento de la ley, y no corregiría el problema de la inundación de correo basura.
¿Qué aprobó la Comisión de Economía por unanimidad? Una norma distinta, que dispone: "Toda comunicación promocional o publicitaria enviada por correo electrónico deberá indicar la materia o asunto sobre el que versa," -de manera que si a alguien no le interesa, lo elimine inmediatamente- "la identidad del remitente y contener una dirección válida a la que el destinatario pueda solicitar la suspensión de los envíos, que quedarán desde entonces prohibidos.".
Pensamos en la Comisión que la forma de impedir el spam era establecer que el remitente del correo estuviera obligado a dar una dirección válida donde se le pudiera pedir que no siguiera enviándolo.
Después de aprobada la norma, se nos señaló que tenía un problema, consistente en que, si uno contestaba un correo para solicitar que no se le enviara más, estaba validando una dirección, es decir, informando al remitente que ella era hábil y se encontraba en uso. Por lo tanto, permitíamos crear una base de datos mediante el envío de un correo a una dirección y la validación de ésta a través de la respuesta.
Obviamente, era un punto por considerar y que, de alguna manera, posibilitaba revisar la conveniencia de una posición distinta. Y a eso obedece la indicación presentada ahora por el Ejecutivo, que no va al extremo de prohibir la publicidad, sino que establece un mecanismo en virtud del cual no es necesario contestar los correos para pedir que no se sigan enviando, ya que el silencio produce el mismo efecto.
Sé que este problema es bastante complejo, porque no resulta fácil decidir acerca de la solución más adecuada. Desde luego, no parece razonable prohibir que se remitan comunicaciones publicitarias o promocionales. La publicidad es un elemento importante del comercio. Y la publicidad barata -eventualmente, la realizada a través del correo electrónico, de Internet- puede permitir el desarrollo de pequeñas y medianas empresas, de innovadores, de personas que ofrecen prestación de servicios. Entonces, si consagramos una prohibición al respecto, probablemente afectaremos a quienes no tengan capacidad económica para hacer publicidad a través de la radio, la televisión, los diarios.
Entonces, muchas veces, cuando se aprueban normas con muy buenos propósitos, como el de impedir que nos inundemos de correo basura, la prohibición puede provocar consecuencias negativas que -estoy seguro- el legislador no desea.
Por eso solicité votación separada de este artículo, con el objeto de que consideremos como alternativa la proposición del Ejecutivo.
He dicho.
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