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- rdf:value = " MODIFICACIÓN DE LEY Nº 19.039 EN MATERIA DE PRIVILEGIOS INDUSTRIALES Y PROTECCIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIALEl señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Corresponde analizar el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley Nº 19.039, sobre privilegios industriales y protección de los derechos de propiedad industrial, con nuevo segundo informe de la Comisión de Economía e informe de la de Hacienda y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (2416-03) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 11ª, en 3 de julio de 2002.
Informes de Comisión:
Economía, sesión 26ª, en 4 de septiembre de 2002.
Economía (segundo), sesión 7ª, en 23 de junio de 2004.
Economía (nuevo segundo), sesión 7ª, en 23 de junio de 2004.
Hacienda, sesión 7ª, en 23 de junio de 2004.
Discusión:
Sesión 1ª, en 1º de octubre de 2002 (se aprueba en general).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Solicito autorización para que ingresen a la Sala los siguientes representantes del Ministerio de Economía: don Álvaro Díaz, Subsecretario ; don Eleazar Bravo, Jefe del Departamento de Propiedad Industrial , doña Bernardita Escobar, asesora económica, y doña Sabina Puente, asesora jurídica.
--Se accede.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La iniciativa fue aprobada en general en sesión del 1º de octubre del 2002 y cuenta con nuevo segundo informe de la Comisión de Economía y e informe de la de Hacienda .
Dichos organismos técnicos dejan constancia, para los efectos reglamentarios, de que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los siguientes números del artículo único: 1), 2), 3); 5), que pasa a ser 6); 19); 21); 29; 36), que pasa a ser 35); 39), que pasa a ser 38); 42) y 43), que pasan a ser 41) y 42); 56), que pasa a ser 54); 58), que pasa a ser 56); 63) y 64), que pasan a ser 61) y 62); 66), que pasa a ser 64); 69), que pasa a ser 67); 71), que pasa a ser 69), y 77), que pasa a ser 75). En cuanto a las disposiciones transitorias, se encuentran en el mismo caso los artículos 6º, que pasa a ser 5º, y 8º a 10, que pasan a ser 6º a 8º.
Todas estas normas conservan el mismo texto de su aprobación en general y, según lo dispuesto en el inciso primero del artículo 124 del Reglamento, deben darse por aprobadas.
--Se aprueban reglamentariamente.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
Las restantes constancias reglamentarias se describen en el nuevo segundo informe de la Comisión de Economía y en el informe de la de Hacienda.
Las modificaciones de ambos órganos de estudio se consignan en los documentos correspondientes. El mayor número de ellas fueron acordadas por unanimidad. Las enmiendas que contaron con mayoría se pondrán en discusión oportunamente.
Cabe tener presente que las resueltas por unanimidad, de conformidad con lo establecido en el inciso sexto del artículo 133 del Reglamento, deben ser votadas sin debate, salvo que algún señor Senador, antes de iniciarse la discusión particular, solicite debatir alguna o que existan indicaciones renovadas.
Los siguientes números del artículo único permanente del proyecto: 17); 18), en cuanto al artículo 17 bis B; 20), respecto de los artículos 17 bis C a 17 bis K, excepto el 17 bis E; 50), relativo a los artículos, 51 bis B, 51 bis C y 51 bis D; 68; 71), en lo concerniente al artículo 77, Nº 3, párrafo final; 73), tocante al artículo 104, y el artículo 1º transitorio tienen el carácter de normas orgánicas constitucionales, por lo que requieren para su aprobación el voto conforme de 27 señores Senadores.
El señor ORPIS.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se aprobará todo lo acordado por unanimidad, salvo que algún señor Senador solicite votar en particular alguna disposición.
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , deseo referirme a otro asunto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para acoger lo planteado?
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Estoy de acuerdo, señor Presidente . Sin embargo, deseo dejar constancia, para los efectos de la posterior interpretación, de que acordamos acoger las modificaciones aprobadas por unanimidad respecto de los artículos despachados en el segundo informe de la Comisión de Economía, porque lo relativo al Tribunal de Propiedad Industrial fue aprobado unánimemente en ambos organismos, pero con contenidos distintos.
Estoy disponible para aceptar lo propuesto siempre que se entienda que el acuerdo sobre los artículos aprobados por unanimidad se refiere a los que figuran en el nuevo segundo informe de la Comisión de Economía.
El señor LARRAÍN ( Secretario ).-
Así lo entiende la Mesa, ya que se toma en consideración siempre el último informe.
En consecuencia, si le parece a la Sala, se aprobarán todas las disposiciones acogidas por unanimidad en las respectivas Comisiones, en el entendido de que en el caso de existir diferencias prevalece la del último informe.
--Se aprueban, dejándose constancia de que votaron a favor 33 señores Senadores.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado dividido en seis columnas, que transcriben el texto de la ley Nº 19.039, el proyecto aprobado en general, las modificaciones efectuadas por las dos Comisiones y el texto final que se propone.
Cabe tener presente que tanto el Nº 20), recaído en el artículo 17 bis C, como el Nº 50), recaído en el artículo 51 bis B, aprobados por mayoría de votos, son normas orgánicas constitucionales, por lo que también requieren para su aprobación el voto conforme de 27 señores Senadores.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
A continuación, corresponde entrar a votar separadamente las disposiciones aprobadas en pronunciamiento dividido o que han sido objeto de indicaciones renovadas.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El artículo 17 bis C, contenido en el Nº 20), que fue aprobado por unanimidad, salvo respecto de su inciso segundo, que lo fue por los votos de los Senadores señores Boeninger , García y Ominami y la abstención de la Honorable señora Matthei , debe ser aprobado con quórum de ley orgánica constitucional.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Como hubo una abstención en el inciso segundo, la Sala tiene que pronunciarse sobre él. El resto del artículo se mantiene, por haber sido aprobado unánimemente.
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , existen dos opciones: la de la Comisión de Economía -que insiste en su texto- y la de la de Hacienda. La Sala debe decidir por alguna.
El precepto se refiere a la integración del Tribunal de Propiedad Industrial.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En conformidad a lo acordado, lo que se debe votar es el nuevo segundo informe de la Comisión de Economía. Éste es el que la Sala debe aprobar o rechazar.
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Entiendo que se ha puesto en debate el inciso segundo, relacionado con la observación de la Senadora señora Matthei acerca de la composición del Tribunal. Pero los artículos relativos a ese organismo, contenidos en el nuevo segundo informe de la Comisión de Economía, ya quedaron despachados. De manera que, de acuerdo con lo recién resuelto, no correspondería poner en discusión el inciso segundo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se ha puesto en debate por no haber contado con unanimidad en la Comisión de Economía, señor Senador, pues se aprobó con 3 votos a favor y una abstención.
El señor GAZMURI .-
No, señor Presidente . En Economía fue despachado unánimemente. La Senadora señora Matthei no forma parte de esa Comisión.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).- Tiene razón, señor Senador : fue la Comisión de Hacienda la que aprobó el inciso segundo. Por lo tanto, hay una diferencia en los textos de ambas Comisiones.
Sin embargo, es necesario precisar. Si hay un segundo nuevo informe aprobado por unanimidad, ése es el que debe prevalecer, salvo que sobre la misma materia exista una diferencia de opinión. En tal caso, si hay votación dividida, es la Sala la que debe zanjar la cuestión. No puede ser que una Comisión prevalezca sobre otra. Es la Sala la que debe definir en caso de que no exista unanimidad. Ahora, si respecto de una disposición existe solo un informe, ése debe prevalecer.
Por eso se ha puesto en debate el inciso segundo del artículo 17 bis C.
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Como integro tanto la Comisión de Hacienda como la de Economía, estoy en condiciones de informar qué ocurrió.
La Senadora señora Matthei era partidaria de que el Tribunal de Propiedad Industrial tuviera diversos orígenes, de manera que sus miembros no fueran nombrados solamente sobre la base de las sugerencias de la Corte Suprema. Se pensó que tal vez podría estar integrado por economistas y que en tal caso sus miembros fueron propuestos por los consejeros del Banco Central. Por eso la Honorable señora Matthei se abstuvo.
El Ejecutivo quedó de estudiar la idea, que había encontrado acogida en otros Senadores de la Comisión de Hacienda; pero, finalmente, se concluyó que lo mejor era que todos los integrantes del Tribunal fueran propuestos por la Corte Suprema de Justicia.
La Comisión de Economía siguió esa línea, y por eso sugiero votar favorablemente el texto de su nuevo segundo informe, conforme al cual los miembros del Tribunal de Propiedad Industrial deben ser nombrados, mediante decreto supremo del Ministerio de Economía, por el Presidente de la República de una terna propuesta por la Corte Suprema, confeccionada previo concurso público de antecedentes,
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Para colaborar a la comprensión del asunto, quiero hacer presente a Sus Señorías que la diferencia está en que el texto de la Comisión de Hacienda permite que las ternas sean elaboradas por la Corte Suprema o por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en su caso. En cambio, la Comisión de Economía, en su nuevo segundo informe, plantea que todos sus miembros provengan de ternas confeccionadas por dicha Corte.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , aparte de confirmar lo expresado por el Senador señor García , quiero añadir que el criterio de la Honorable señora Matthei no fue compartido porque, según se nos indicó, las materias que deberá tratar el Tribunal de Propiedad Industrial son fundamentalmente de naturaleza jurídica y de procedimientos administrativos y no de índole económica.
Por eso, concuerdo con el texto que aprobó la Comisión de Economía.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , ésa es la razón esencial por la que dicho organismo tomó su decisión: se trata de asuntos eminentemente jurídicos. Por eso la terna debe ser propuesta por la Corte Suprema. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia se relaciona más con temas relativos a los mercados. Y, además, se estimó que no es buen precedente que tribunales especiales participen en la integración de otros.
Ésos fueron los motivos por los cuales la Comisión de Economía resolvió insistir en su posición.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Coincido con lo anterior, señor Presidente . Después de leer ambos textos, me parece más coherente el de Economía. El de Hacienda incluso tiene un defecto, porque habla de "la Corte Suprema o el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia", en circunstancias de que debiera decir "la Corte Suprema y el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia".
Considero más coherente que las ternas sean confeccionadas por la Corte Suprema, y por eso soy partidario de aprobar la norma en los términos planteados por la Comisión de Economía.
El señor NÚÑEZ.-
Deseo preguntar qué se entiende por "especialista en propiedad industrial" para optar al Tribunal, aparte ser abogado, por supuesto. ¿Hay que tener una propiedad industrial? ¿Saber cómo funciona un torno? ¿Qué significa?
El señor MORENO .-
¡Haber inscrito muchas patentes...!
El señor NÚÑEZ.-
Muy bien.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Esa materia no está en debate, así que ruego a Sus Señorías circunscribirse a lo que se discute.
El señor NÚÑEZ.-
Uno necesita tener conocimiento de lo que va a aprobar, señor Presidente .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Pero eso no está en debate, señor Senador.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación electrónica.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Por 32 votos a favor y 2 abstenciones, se aprueba el inciso segundo del artículo 17 bis C propuesto en el nuevo segundo informe de la Comisión de Economía.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Respecto del número 23), el artículo 18 bis C propuesto en el segundo informe de la Comisión de Economía -norma no modificada por la Comisión de Hacienda ni por el nuevo segundo informe de la misma Comisión de Economía- registró 3 votos a favor y uno en contra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En discusión el artículo 18 bis C.
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , la disposición originalmente hacía referencia al derecho que se debía pagar en caso de una oposición a una solicitud de registro y de una apelación, ascendente a dos unidades tributarias mensuales, suma que era preciso reintegrar si una u otra era acogida.
¿Qué plantea la Comisión de Economía, por mayoría? Mantener el pago en la apelación, pero suprimirlo si se trata de oponerse. ¿Cuál es el argumento para ello? Que no es posible gravar al titular de un derecho si lo protege, pues se opone a una inscripción que puede afectarlo.
En ello consiste la modificación.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación electrónica.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Por 22 votos contra uno y 5 abstenciones, se aprueba la proposición de la Comisión de Economía.
Votaron por la afirmativa los señores Boeninger , Canessa , Cordero , Espina , Flores, Frei ( doña Carmen) , Frei (don Eduardo) , García , Horvath , Larraín , Matthei , Moreno , Novoa , Orpis , Pizarro , Prokurica , Ríos, Ruiz , Sabag , Valdés , Zaldívar (don Andrés ) y Zurita .
Votó por la negativa el señor Martínez .
Se abstuvieron los señores Ávila , Gazmuri , Muñoz , Núñez y Parra .
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Con relación al número 25), el segundo informe de la Comisión de Economía deja constancia de que la frase inicial del artículo 19 bis A obedece a la indicación Nº 25, aprobada por 3 votos contra 2. Votaron a favor los Senadores señores García , Novoa y Orpis , y en contra, los Honorables señores Gazmuri y Lavandero .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En discusión el artículo 19 bis A.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate
En votación electrónica.
El señor GAZMURI.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Recuerdo a los señores Senadores que estamos en votación.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , quisiera intervenir.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Desgraciadamente, estamos en votación.
El señor GAZMURI.-
Solamente para explicar...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador, no puedo darle la palabra durante la votación; muchos ya han votado.
El señor GAZMURI.-
Pido fundar mi voto, señor Presidente .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Cuando termine la votación electrónica.
El señor GAZMURI.-
No, señor Presidente , porque la fundamentación de voto se realiza durante la votación.
Solicito votación nominal para fundar mi voto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
No puedo acceder a ello, señor Senador, porque en votación electrónica se debe fundamentar antes de que se emita el voto; de lo contrario, no tiene sentido.
El señor GAZMURI.-
Pero la técnica no puede impedir el ejercicio de una facultad que otorga el Reglamento, señor Presidente .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Lo que impide esa facultad es el orden de los factores.
El señor GAZMURI.-
La situación es la siguiente: estamos en votación y yo quiero fundar el voto. Llevo catorce años como Senador y siempre se ha permitido durante la votación expresar las razones por las cuales uno se pronuncia a favor o en contra de determinada materia. Sin embargo, ahora, porque se emplea un "aparatito electrónico", pierdo este derecho. No me parece razonable.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
No, señor Senador. Lo que pasa es que, si se desea fundar el voto, hay que pedirlo antes de votar. Sólo entonces se puede proceder a ello; de otro modo, no se justifica.
El señor GAZMURI.-
¿Qué botón debo apretar, señor Presidente , para hacer esa petición?
El señor NÚÑEZ .-
¿Qué botón se pulsa para pedir la palabra?
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Cuando se pone en votación, se debe levantar la mano y decir: "Quiero fundar mi voto".
El señor GAZMURI.-
Solicito el asentimiento de la Sala para fundamentar el mío, ya que no está clara la norma.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Cuando concluya esta votación, señor Senador, le daré la palabra. Le ruego que me disculpe.
El señor GAZMURI.-
Pero yo quiero que mi fundamentación influya en la decisión de algún señor Senador.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Considerando la situación que se ha presentado, solicito el acuerdo de la Sala para anular la votación en curso.
--Así se acuerda.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Lo importante es fijar las reglas del juego: cualquier señor Senador que desee ejercer su derecho a fundar el voto debe pedir la palabra antes de la votación electrónica, porque de otro modo carece de sentido.
Tiene razón el Honorable señor Gazmuri en que se debe fundar el voto antes de que los demás emitan el suyo, pero para ello es necesario avisar a la Mesa oportunamente.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , para complementar lo que ha señalado -le encuentro toda la razón-, sugiero que la Mesa pregunte directamente: "¿Algún señor Senador quiere fundar su voto?".
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Así se hará, Su Señoría .
¿Algún señor Senador desea fundar el voto?
--(Durante el fundamento de voto).
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , votamos en contra del artículo 19 bis A, no por lo que establece -los efectos que producirá la nulidad o caducidad por no pago de los derechos de renovación de una marca-, sino por no incluir un elemento que, a nuestro juicio, es fundamental: la caducidad por no uso de la marca después de determinado periodo.
Nos parece completamente razonable que, si se registra una marca y ésta no se utiliza, haya una cláusula de caducidad por no uso.
Este elemento fue eliminado del proyecto en el primer informe, motivo por el cual votamos en contra.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , la caducidad de las marcas por no uso se aborda en el número 34), que reemplaza el artículo 30. Por lo tanto, en ese momento se debe discutir en profundidad este tema.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En votación electrónica.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el artículo 19 bis A (16 votos a favor y 11 en contra).
Votaron por la afirmativa los señores Boeninger , Canessa , Cordero , Espina , Fernández , García , Horvath , Larraín , Martínez , Matthei , Novoa , Orpis , Parra , Prokurica , Ríos y Zurita .
Votaron por la negativa los señores Ávila , Frei (doña Carmen) , Gazmuri , Lavandero , Moreno , Muñoz Barra , Núñez , Pizarro , Ruiz (don José) , Valdés y Zaldívar (don Andrés) .
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, la Comisión de Economía, en su segundo informe, propuso agregar, en la letra h) del artículo 20, el siguiente párrafo final, nuevo: "No obstante lo dispuesto en el párrafo primero de esta letra, el Departamento podrá aceptar los acuerdos de coexistencia de marcas, siempre que no transgredan derechos adquiridos por terceros con anterioridad o induzcan a confusión al público consumidor.".
Esta proposición fue aprobada por 3 votos (Honorables señores García , Novoa y Orpis ) contra 2 (Senadores señores Gazmuri y Lavandero ).
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
En discusión el último párrafo de la letra h) del artículo 20.
Tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , como lo señaló el señor Secretario , el artículo 20 establece que no podrán registrarse como marcas las que se originan mediante los denominados acuerdos de coexistencia, entre comillas.
La letra h) de este artículo indica que no podrán registrarse las marcas que gráfica o fonéticamente se asemejen de forma que puedan confundirse con otras ya registradas o válidamente solicitadas con anterioridad para productos, servicios o establecimientos de comercio.
Sin embargo, la Comisión de Economía, por 3 votos contra 2, propone una excepción en el párrafo final: facultar al Departamento de Propiedad Industrial para aceptar acuerdos de coexistencia de marcas semejantes, siempre que no transgredan derechos adquiridos por terceros con anterioridad o induzcan a confusión al público consumidor.
¿Cuál es la argumentación, señor Presidente ? No hay motivo para impedir que se pacte la figura de la coexistencia si alguien tiene el legítimo derecho a ceder el uso o dominio de una marca. Adicionalmente, se faculta al Departamento de Propiedad Industrial para que acepte este acuerdo. Para ello, se establecen dos condiciones: que no transgredan derechos adquiridos por terceros con anterioridad y que no induzcan a confusión al público consumidor.
Por tales razones, señor Presidente, estimamos que los acuerdos de coexistencia en estas condiciones (otorgar una facultad al Jefe del Departamento y no confundir al público) son perfectamente legítimos, sobre todo considerando que el titular de la marca tiene todo el derecho a ceder el dominio de la misma.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente, la verdad es que, a primera vista, parece bastante razonable considerar una transacción entre dos el acuerdo de coexistencia que realizan dos titulares de marcas similares. Sin embargo, en este caso hay otro factor en juego: los usuarios, los clientes.
Un elemento central del derecho de marca es la distintividad, vale decir, aquello que especifica determinada calidad o condición del producto. Por tanto, con o sin intención, esto podría inducir a engaño a ese tercero que siempre está comprometido en el derecho marcario. En éste no existen dos partes solamente (los que litigan por sus marcas o acuerdan la coexistencia); hay, además, un tercer elemento: el crédito que se le da al público, en atención a que se trata de una marca distintiva.
La disposición que aprobó la Comisión de Economía recogió parte de este argumento al señalar que se aceptará este pacto de coexistencia siempre y cuando no signifique engañar al usuario. Sin embargo, esta medida podría recargar al Departamento y al Tribunal de Propiedad Industrial con un conjunto de asuntos que no son coherentes con la esencia del derecho marcario, cual es la distintividad de la marca.
En consecuencia, como nos pareció insuficiente ese resguardo, votamos en contra del párrafo final que se propone.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor ORPIS.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Su Señoría ya hizo uso de la palabra, pero puede intervenir brevemente.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, quiero insistir, primero, en que aquí no estamos en presencia de un derecho, sino de una facultad, que ejerce el Departamento de Propiedad Industrial; y segundo, en que el elemento esencial para los acuerdos de coexistencia es que no induzcan a error a los consumidores.
Si el titular tiene derecho a ceder el uso o el dominio de una marca, no veo por qué no puede obtener un acuerdo de coexistencia cuando no se confunde al público consumidor.
El señor GARCÍA.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
La tiene, Su Señoría.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , deseo resaltar que para que pueda haber coexistencia de dos marcas se requiere el acuerdo de sus propietarios. Por lo tanto, parece absolutamente razonable que si dos personas o dos entidades son dueñas cada una de una marca y se ponen de acuerdo para usarlas en conjunto, lo puedan hacer.
¿Cuándo están impedidas a ese efecto? Lo dice la propia disposición: cuando las dos marcas que se pretende unir sean similares a otra ya registrada -porque se estarían afectando derechos de terceros- o cuando se induzca a confusión al público.
Recuerdo, por ejemplo, la guerra de las bebidas colas: una era Coca-Cola; la otra, algo semejante; la tercera, aún más parecida, en fin. Entonces, si se induce a confusión al público, tampoco se puede alcanzar un acuerdo de coexistencia.
Sin embargo, habiendo dos personas o dos entidades propietarias de marcas distintas y que deciden actuar unidas, no debemos impedir que puedan llegar a ese tipo de acuerdo. Y tenemos muchísimos ejemplos, como las fusiones de farmacias o de empresas de caramelos; en estos casos se fusionan ambas marcas, se hace propaganda en conjunto y se crea una nueva imagen corporativa.
La norma que se nos sugiere permite eso, señor Presidente, siempre que los propietarios de las respectivas marcas aúnen sus voluntades.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , he escuchado atentamente al Honorable señor Gazmuri -y también a los Senadores señores Orpis y García -, y me parece que la inquietud de Su Señoría queda salvada en el texto que se propone a la Sala.
La coexistencia de marcas de común acuerdo entre las partes interesadas es legítima y factible. Y entiendo lo expresado por mi Honorable colega en el sentido de que pudiera provocarse una confusión. Sin embargo, al final de la letra h) se dispone que los acuerdos de coexistencia son aceptables siempre que no induzcan a confusión al público consumidor. O sea, el Departamento de Propiedad Industrial no autorizará un acuerdo de esa índole si estima que la marca respectiva puede generar confusión en aquél.
Además, si el propietario de una marca permite al titular de otra la coexistencia de ambas, tendrá sumo cuidado y tomará todos los resguardos del caso para que el uso de la nueva marca no vaya a deteriorar la imagen de su producto.
En mi concepto, la norma aprobada por la Comisión de Economía salva la preocupación hecha presente por el Honorable señor Gazmuri .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Corresponde votar.
El señor VEGA .-
¿Qué se va a votar, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
La incorporación de un párrafo final, nuevo, en la letra h), Su Señoría .
El señor HOFFMANN (Secretario).-
Fue aprobado por la Comisión de Economía en el segundo informe.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
¿Algún señor Senador desea fundar el voto?
En votación electrónica.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba el párrafo final, nuevo, que la Comisión de Economía propone agregar a la letra h) del artículo 20 (22 votos contra 5 y 3 abstenciones).
Votaron por la afirmativa los señores Boeninger , Canessa , Cariola , Coloma , Cordero , Espina , Fernández , Frei ( doña Carmen) , García , Horvath , Larraín , Lavandero , Martínez , Matthei , Moreno , Novoa , Orpis , Prokurica , Stange , Vega , Zaldívar (don Andrés ) y Zurita .
Votaron por la negativa los señores Ávila , Gazmuri , Muñoz Barra , Parra y Ruiz (don José ).
Se abstuvieron los señores Núñez , Ríos y Viera-Gallo .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En su segundo informe, la Comisión de Economía suprimió los artículos 23 bis C y 23 bis D, contenidos en el Nº 30) del texto aprobado en general. Y, como Sus Señorías pueden ver, ni el nuevo segundo informe de aquélla ni la Comisión de Hacienda modifican esa propuesta.
La supresión fue aprobada por 3 votos a favor (Senadores señores García , Novoa y Orpis ) y 2 en contra (Honorables señores Gazmuri y Lavandero ).
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión.
El señor ORPIS.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , el artículo 23 bis C establece como causal de caducidad de una marca su no uso durante 5 años o la suspensión de su uso, en forma ininterrumpida, por el mismo período.
La Comisión eliminó este precepto, de manera fundamental, por considerar que desprotege derechos legítimamente adquiridos; por ejemplo, los de una cadena hotelera que no opere en Chile y registre sus marcas para una futura expansión.
La caducidad por falta de uso está en abierta contradicción con la protección que se da a las marcas notorias. Una marca no se registra necesariamente para utilizarla. Es común que junto con la marca principal se inscriban muchas otras semejantes, incluso para evitar litigios.
Por eso la Comisión de Economía propone a la Sala aceptar su criterio mayoritario de suprimir la caducidad por falta de uso.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , mi argumento es exactamente el contrario: una marca se inscribe para usarla y no para no utilizarla, a los efectos de tener un producto distintivo sujeto al derecho marcario.
Ahora, es evidente que se debe establecer un plazo razonable entre la fecha en que se registra la marca y aquella en que se emplea, sea en un país o en otro. Y por eso la disposición fija un período de 5 años de no uso, el cual nos parece completamente justo. Porque, si no, la marca deja de ser un derecho que protege la invención, la inventiva, la capacidad de innovación, la calidad de determinado producto, para convertirse incluso en un objeto de especulación o en un título que sirva a objetivos distintos de lo que se procura amparar.
Por tanto, el establecimiento del principio de caducidad por no uso me parece un elemento esencial de la ley que se modifica.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , complementando lo expresado por el Senador señor Gazmuri , debo manifestar que muchas veces se realizan inscripciones a fin de contar con un stock de marcas, las que incluso se pueden negociar y vender. Lo razonable sería que este mecanismo no se empleara como una especie de mercadería.
Mi duda radica en si 5 años de no uso son suficientes para que opere la caducidad, sobre todo cuando se trata de marcas internacionales. Tal vez algunas de éstas dejen de ocuparse por mayor tiempo. Ésa es la única duda que me asalta.
Empero, pienso que el no uso por un tiempo prolongado debiera ser causal de caducidad, para evitar que alguien tenga un stock de marcas registradas sin mayor riesgo y sin utilización.
El señor LAVANDERO.-
Es como en los derechos de aguas.
El señor RÍOS.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa
El señor NOVOA.-
Señor Presidente, deseo precisar que esto nada tiene que ver, por ejemplo, con los derechos de agua, porque en el derecho marcario se protege un nombre de fantasía.
La imaginación no reconoce límites en esta materia. Nadie puede decir que una persona tendrá el monopolio de las marcas por haber inscrito 50, 100 ó 1.000. Y nadie registrará por puro gusto tal cantidad de marcas, cuyo mantenimiento obliga al pago de derechos.
En general, lo que se hace es inscribir varias marcas para proteger una. Y eso es perfectamente legítimo. Porque aquí se está resguardando la individualidad de ciertos productos.
Entonces, una forma normal de proteger una marca consiste en registrar también derivaciones o nombres similares, lo cual evita juicios, litigios y confusión en el público.
Por tanto, acá no estamos entregando a alguien el monopolio de algo, ya que la posibilidad de inscribir no tiene límites. Es frecuente la existencia de muchas marcas que no se usan y que persiguen el propósito de resguardar un derecho, garantizar que no habrá confusión y dar protección de algún modo, no sólo a una marca, sino también al público, para impedir que se lo lleve a confusión porque alguien efectúa un registro similar.
He dicho.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor García.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , a lo manifestado por los Senadores señores Orpis y Novoa , deseo agregar que muchas veces una marca inscrita necesariamente debe esperar la mejor oportunidad para el desarrollo del negocio.
Yo puedo tener hoy día una buena idea o un buen nombre para identificar un producto, pero a lo mejor las condiciones de mercado me hacen postergar la decisión de salir con él a la venta. Y si he debido invertir para registrar la marca, ¿por qué me van a quitar ese derecho?, ¿por qué van a expropiármelo por ser prudente y no usarlo porque las condiciones de mercado no están dadas, porque no tengo asegurado el éxito de la venta, porque he carecido de los recursos suficientes para realizar una promoción adecuada, etcétera?
Me parece que si tengo una buena idea para identificar un producto y registro la marca, debo contar con la protección de los veinte años, que es la norma general. Después veré el momento más oportuno o conveniente para usarla o, incluso, arrendarla o cederla. ¿Pero por qué me van a expropiar algo que es parte de mi creación intelectual y, probablemente, de mi trabajo físico y de mi esfuerzo, y no sólo mío, sino también de mi empresa?
Señor Presidente, cuando estamos protegiendo el derecho de propiedad, la propiedad intelectual es -y ha quedado claramente demostrado- de extraordinaria relevancia. A veces, más importante que el producto es la imaginación, la creatividad para elegir un buen nombre, una buena marca. Y creo que eso debe estar resguardado.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , éste es un tema bastante opinable.
Por un lado, me hace fuerza la argumentación del Senador señor Andrés Zaldívar con respecto a los stocks de marcas, etcétera. Y tengo la misma duda que Su Señoría en cuanto al plazo de cinco años fijado en la norma que se nos sugiere.
Por otra parte, considero legítimas las argumentaciones de los Honorables señores Novoa y García.
Entonces, me gustaría saber si el Ejecutivo , representado en esta Sala, puede aportar alguna opinión sobre el tema antes de la votación.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Cariola.
El señor CARIOLA.-
Señor Presidente , hay dos formas de adquirir el derecho a la marca: mediante la inscripción -sistema aplicado en ciertos países del mundo- y a través de su uso; si no es utilizada, se pierde el derecho sobre ella.
En Chile existe el sistema de la inscripción.
El requisito de acreditar el uso cada cierto tiempo es muy habitual en la legislación marcaria internacional. Yo diría que son más las naciones que lo aplican que las que no lo hacen.
La acreditación -manera como el propietario de la marca expresa interés en ella- no envuelve la exigencia de uso masivo; se trata más bien de ciertas condiciones estimadas suficientes para dar por acreditada la utilización de la marca y mantener vigente su registro.
Si bien -lo dijo el Senador señor Novoa - la imaginación es infinita para crear, en determinadas clases de marcas se va produciendo un atochamiento de registros que complica su manejo en las oficinas correspondientes; tal sucede con los productos farmacéuticos y ciertos productos alimenticios. Por lo tanto, el esquema que se plantea ahora permite limpiar un poco esos registros cuando no hay interés en mantener la vigencia de la marca.
En mi opinión, más que de la acreditación del uso, se trata de una manifestación de interés que las oficinas de registro de marcas van aceptando con cierto criterio a lo largo del mundo.
Señor Presidente, deseaba aclarar el punto, porque no es algo tan de un lado o del otro. Uno puede optar por cualquiera de los dos sistemas, pues ambos son igualmente válidos en el ámbito internacional.
He dicho.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ríos.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , éste es un tema no menor, por lo que significa el mundo de hoy, donde existe gran desarrollo económico y comercial, con mucha presencia de medios, lo cual se da también en un país como Chile, que vive de los mercados externos, de la presencia de productos internacionales, etcétera.
Se ha hecho presente la importancia de un resguardo sobre la materia, porque de pronto surgen ciertas marcas foráneas que lo hacen necesario al interior del país. Eso es verdad. Pero también lo es que existen tratados celebrados entre las naciones.
A mi juicio, el punto debería ser analizado -no lo resuelve la norma- en los países que han suscrito tratados de libre comercio, por ejemplo. En la actualidad tenemos relaciones comerciales distintas. Y Chile se vincula con naciones que cuentan con instrumentos de esa índole. Por tanto, debe existir un mecanismo que permita incluir en ellos aspectos relevantes del proceso comercial, lo que necesariamente involucra a la marca.
Ése es un tema diferente.
Hay países que no han celebrado con el nuestro tratados de libre comercio. Por tal motivo, el régimen de análisis que pueda tener el Ministerio de Economía frente a ellos es distinto.
Desde mi punto de vista, entonces, ciertas materias no están resueltas.
En segundo término, no tengo absolutamente claro si, transcurridos cinco años, los dueños de una marca pueden volver a inscribirla. ¿Cuál es el plazo? ¿Resulta factible que lo hagan dentro de ese período?
Me da la sensación de que este punto también queda un poco en la nebulosa. A lo mejor los miembros de la Comisión de Economía podrían aclararlo.
En tercer lugar, existe otro asunto, que dice relación a personas trascendentes en la vida de una nación: el de las marcas de vinos. En Chile existen personajes de nuestra historia, con características muy definidas, a los que se pretende recordar a través de determinado vino. Prácticamente, hay inscripciones respecto de todos ellos. Y quien desee incorporarse al sistema de venta de ese producto, que en nuestro país ha sido muy exitoso -y también en el resto del mundo-, no puede hacerlo durante veinte años.
Pareciera, pues, que vamos a resolver sobre una materia bastante delicada sin que en el texto sugerido se consideren las distintas alternativas que deben tenerse presentes antes de emitir pronunciamiento.
Éste es el segundo informe. Por tanto, no tenemos posibilidad de volver sobre el punto.
En consecuencia, frente a una situación de este tipo, en que finalmente el registro caducará a los cinco años si no se ha hecho uso de la marca dentro del país, la verdad es que nos vamos a complicar, y bastante, con las naciones con las cuales hemos celebrado tratados de libre comercio. Pero también la marginación de la alternativa planteada implicará que mantengamos sin utilización un grupo de marcas que, si bien nacieron de la imaginación creadora de personas, lo hicieron para servir en determinada actividad; y si no sirven durante cinco años, significa que esa imaginación no tuvo la fuerza necesaria para mantener aquéllas.
Estamos, señor Presidente , ante una situación que la Comisión de Economía -lo digo a sus miembros con todo respeto y afecto- no resolvió plenamente para, en último término, indicar el camino más adecuado.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador , el Honorable señor Gazmuri le pide una interrupción.
El señor RÍOS.-
Se la concedo con mucho gusto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Señoría.
El señor GAZMURI .-
Señor Presidente , sólo deseo aclarar que después de cinco años se puede inscribir otra vez la marca. Eso está completamente a disposición del que no la haya usado. Y, por tanto, no parece atingente el argumento relativo a la oportunidad de negocios, etcétera. Si efectivamente existe el interés reiterado de mantener la marca, se puede registrar de nuevo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Recupera la palabra el Senador señor Ríos.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , agradezco la explicación del Honorable señor Gazmuri , ya que la norma no me parece suficientemente clara. Ello indicaría la conveniencia de votar a favor de la caducidad cada cinco años, con el objeto de dar mayor actividad al mercado respectivo.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor RODRÍGUEZ ( Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente , nosotros estamos de acuerdo con el principio en virtud del cual las marcas, después de determinado período de no uso, incurren en la causal de caducidad. Y ésta no procede de manera automática. El propósito de este principio es justamente impedir que por inacción se sature el registro de marcas.
También importa señalar que las marcas notorias internacionalmente están protegidas por el Convenio de París. Por lo tanto, no se da el caso de marcas con notoriedad en el mundo -no usadas aquí pero registradas- que no sean amparadas.
En ese sentido, el Ejecutivo aspira a que el Senado acoja el texto aprobado en general y rechace la enmienda propuesta por la Comisión de Economía.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Ministro , el Senador señor Andrés Zaldívar le está pidiendo una interrupción.
El señor RODRÍGUEZ ( Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción).-
Cómo no.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , se trata más bien de una consulta referida a los cinco años.
Soy partidario de suspender el registro luego de un período razonable de no uso. No sé si cinco años serán suficientes. Pero creo que la Convención de París puede chocar con la norma que ahora se propone y que alude a que la marca no sea "objeto de un uso real y efectivo dentro del territorio nacional".
Yo me pregunto: si una empresa extranjera -por ejemplo, el Hotel Sheraton- deja de operar en Chile durante más de cinco años pero sigue haciéndolo en el resto del mundo, ¿su marca caducará de manera automática en nuestro país? Ciertamente, no. Además, ello entraría en colisión con la referida Convención.
Señor Presidente , confieso que me resulta difícil votar una disposición que puede provocar situaciones de esta naturaleza. En lo personal, aprobaría el plazo de cinco años, siempre que se suprimiera la expresión "dentro del territorio nacional", para no afectar nuestros compromisos internacionales. En el fondo, estaríamos aprobando una normativa que sería una excepción a la Convención.
El señor MARTÍNEZ .-
Lo estaría modificando.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Ésa es la duda que complica mi votación.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Recupera la palabra el señor Ministro.
El señor RODRÍGUEZ ( Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente , se la cedo al señor Bravo , Jefe del Departamento de Propiedad Industrial .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Con autorización de la Sala, tiene la palabra don Eleazar Bravo , Jefe del Departamento de Propiedad Industrial del Ministerio de Economía .
El señor BRAVO ( Jefe del Departamento de Propiedad Industrial del Ministerio de Economía , Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente , nos encontramos ante un tema ampliamente discutido. En la legislación comparada se contempla la caducidad por falta de uso. Además, en el proyecto se establecen ciertas presunciones de uso. De tal manera que la caducidad no es automática; tiene que ser pedida a través de un procedimiento jurisdiccional donde se pruebe que la marca no se ha usado.
Ahora bien, el Convenio de París protege todas las marcas notorias. Por tanto, éstas no caducarán, aun cuando no se hayan usado en Chile durante un período determinado. Por eso el Ejecutivo es partidario de establecer la utilización de la marca como requisito para mantener el registro.
Asimismo, la caducidad no se produce de oficio, sino que debe solicitarse por un tercero, acreditándose en un proceso que la marca no se ha usado.
Finalmente, en el Tratado de Libre Comercio con México, Chile se comprometió a incorporar el requisito de uso de la marca.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
¿Me permite una breve interrupción, señor Presidente ? Es sólo para precisar el punto.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
A mi modo de ver, no se me respondió una pregunta que es esencial: si la expresión "dentro del territorio nacional" entrará en contradicción con las normas del Tratado de París. Ése es el punto.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Recupera la palabra el señor Bravo.
El señor BRAVO ( Jefe del Departamento de Propiedad Industrial del Ministerio de Economía , Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente , estas normas no contradicen las disposiciones del Convenio de París, ya que incluso se presume el uso de la marca de productos con fines de exportación, etcétera. De tal manera que, aun cuando no se la utilice dentro del territorio, si tiene notoriedad, estará sujeta a la protección de dicho instrumento.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.
El señor CARIOLA.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor MARTÍNEZ.-
No tengo inconveniente.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Cariola.
El señor CARIOLA.-
Señor Presidente , deseo recalcar lo que señalaba el Jefe del Departamento de Propiedad Industrial : "marca notoria" -como "Sheraton"- es un concepto internacional y por eso no es necesario acreditar su uso para conservar el registro. Si determinada marca de bicicletas notoria -por ejemplo, "Bianchi"- no se emplea durante un tiempo, no se requiere probar el uso para mantener su vigencia.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Recupera la palabra el Senador señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , haré dos consideraciones.
La primera se refiere a que estamos alterando el derecho de propiedad. La normativa actual concede un plazo máximo de veinte años de concesión exclusiva. Por tanto, como se pretende modificar el derecho de propiedad, me parece que la disposición propuesta debe ser aprobada con un quórum más alto. Y eso no lo he escuchado en el debate.
En segundo término, cabe señalar que los convenios internacionales, como los Tratados de Libre Comercio con la Unión Europea y Estados Unidos, incorporan un capítulo especial para marcas. Entonces, aquí no se ha visualizado el impacto de esta legislación interna respecto a instrumentos que ya tienen el valor de ley para nosotros.
Sería interesante estudiar el punto, porque a lo mejor se están alterando los términos de tratados vigentes sin tener el poder ni la facultad para hacerlo.
Reitero: en esta materia me parece fundamental el quórum de aprobación.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , obviamente, este tema es debatible y se relaciona con el sentido mismo del concepto de marca. ¿Para qué tenerla? Básicamente, para obtener seguridad, para planificar y para aportar con creatividad a la identificación de un producto determinado. Y el período de protección -cuando ejercía mi profesión eran diez años; ahora, según se ha dicho, es mayor- debe ser consistente con el propósito de resguardarla con la máxima fortaleza.
Deseo hacer presentes dos problemas que plantea la redacción del artículo 23 bis C, uno de los cuales lo señaló ya el Senador señor Andrés Zaldívar .
En primer término, se distingue entre el uso dentro del territorio nacional y el uso en el extranjero. Yo conozco empresas con marcas que utilizan en el exterior, pero que resguardan al interior del país a fin de que no sean inscritas ni empleadas acá. De lo contrario, se podría dar el absurdo de que el cumplimiento de la exigencia en el extranjero determinara internamente el uso de la marca.
En segundo lugar, en esta materia se evidencia un proceso de judicialización -término tan de moda por estos días-: se plantea un amplio proceso en torno a la causal de caducidad, en cuyo alegato el demandado debe acreditar razones válidas para justificar la falta de uso de la marca.
O sea, al final, para tratar de resolver un aspecto que puede ser legítimo -esto es, darle fluidez al mercado en materia de marcas-, se está disminuyendo la protección a un elemento que en el mundo moderno es quizás lo más importante. Hay empresas y patrimonio que se crean alrededor de una marca.
Entonces, en un tema discutible, tengo una visión distinta. O sea, tratándose de un período fijo de tiempo, todo aquello que debilite el derecho, especialmente respecto del uso o no uso de la marca en el extranjero -donde tal vez no se encuentra resguardado-, me parece que apunta en sentido inverso al fortalecimiento de un elemento clave para el desarrollo.
El señor ORPIS .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor COLOMA.-
Con la venia de la Mesa, le concedo una pequeña interrupción.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS .-
Señor Presidente , seré muy breve.
Se ha tocado lo relativo a las marcas notorias. La verdad es que la caducidad por falta de uso está en abierta contradicción con el resguardo que se les da. En la práctica, las extranjeras nunca podrían registrarse u ocuparse en nuestro país e igual tendrían protección. En cambio, las inscritas en Chile terminarán caducando.
Ésa es la contradicción.
Es decir, a las marcas notorias extranjeras se les concede una protección completamente ilimitada, independiente del uso; pero, respecto de las registradas en Chile, se propone la caducidad por no usarlas. Entonces, aquella protección se contradice con la establecida para las vigentes en el territorio nacional.
Gracias, señor Senador.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Recupera la palabra el Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , para terminar, invito a los señores Parlamentarios -éste es un debate interesante- a que vean, por ejemplo, lo que podría producirse en materia de judicialización de aplicarse el inciso segundo del artículo 23 bis C, que establece, como razón válida de falta de uso, "las circunstancias que surjan independientemente de la voluntad del titular de la marca y que constituyan un obstáculo al uso de la misma.".
Desconozco cuántos abogados hay en el Hemiciclo -sé que somos varios-, pero esta norma permite cientos de interpretaciones. ¿Qué es una circunstancia que, independientemente de la voluntad del titular, constituye un obstáculo al uso de una marca?
Esto terminará en juicios indefinidos e indescriptibles, porque el tipo de "circunstancias" va mucho más allá de la imaginación para crear marcas.
He dicho.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
El señor RÍOS.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador, usted ya intervino.
¿Habría acuerdo para otorgar la palabra nuevamente a Su Señoría?
Acordado.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , seré muy breve.
Estamos frente a un artículo que no responde a todas las excepciones e interrogantes que se están planteando. Y no es posible despachar una norma de ese tipo. Así de simple.
Los argumentos del Senador señor Coloma tienen muchísima fuerza. Las marcas chilenas inscritas en el extranjero durante 5 o más años reciben un tratamiento distinto, porque la protección puede ser no sólo por ese lapso, sino también por 20 años. Hay partidarios de extender el período: unos hablan de 10 años; otros, de 25.
Para despachar adecuadamente el proyecto y avanzar en el resto de su articulado, en concreto propongo volver el artículo 123 bis C a la Comisión, a fin de que lo estudie en profundidad y responda todas las interrogantes .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor RODRÍGUEZ ( Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente , la letra b) del artículo 23 bis D del texto aprobado en general, que provenía de la Cámara de Diputados, consigna el argumento contrario a lo sostenido por el Honorable señor Coloma , pues se considerará como uso "La utilización de la marca para distinguir productos y servicios destinados única y exclusivamente con fines de exportación.". Es decir, esta disposición da cuenta suficientemente de la importancia de proteger el buen uso de las marcas, impidiendo que su permanencia sin el debido uso sature el registro de ellas.
El señor NOVOA .-
¿Puedo pedir una interrupción al señor Ministro?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Antes debemos resolver la solicitud para volver a Comisión el artículo 123 bis C.
El señor NOVOA .-
No hay acuerdo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Como hay oposición, sólo cabe votar. Quienes lo hagan a favor de la enmienda estarán aprobando la supresión de la causal de caducidad propuesta en los artículos 23 bis C y 23 bis D.
Ofrezco la palabra.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés) .-
Señor Presidente , deberíamos votar separadamente los artículos, porque el 23 bis D guarda relación con la comprobación del uso de la marca.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Señor Senador , se trata de una sola modificación. Por lo mismo, no se puede separar, salvo que se solicite dividir la votación.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
¿Algún señor Senador desea fundar el voto?
--(Durante el fundamento de voto).
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , antes de fundar mi voto, deseo aclarar lo planteado por el Honorable señor Andrés Zaldívar .
Los artículos en cuestión se hallan vinculados: el 23 bis C establece la causal de caducidad por falta de uso y el 23 bis D explica lo que se considerará como uso de la marca. O sea, el rechazo de uno acarrea el de ambos.
Ahora bien, aprobaré lo que propuso la Comisión de Economía, por las siguientes razones.
En primer lugar, es legítimo optar por la caducidad de una marca por falta de uso o no. Indudablemente, acoger la enmienda produce ciertos efectos, distintos de los derivados de su no aceptación . Por lo tanto, el precepto no tiene por qué volver a Comisión. Está bien optar por unos u otros.
No obstante lo anterior, muchas disposiciones fueron suprimidas luego de aprobarse la caducidad de las marcas por falta de uso. Entonces, si ahora se rechaza tal causal, deberá introducirse una serie de concordancias.
En segundo término, se incurrirá en causal de caducidad por falta de uso de la marca durante 5 años. Se ha planteado por qué no fijar un período mayor. La protección de las marcas es de 10 años, no de 20 años. De manera que, en la práctica, se está amparando a las marcas sólo por 5 años (y no por 10), tiempo muy corto para esa finalidad.
Tercero, si se incorpora la causal de caducidad por falta de uso y se considera lo relativo a las marcas notorias, se beneficiará a las empresas extranjeras.
El señor NÚÑEZ .-
¡Así es!
El señor NOVOA .-
Y las que se identifiquen con su marca en el mundo tendrán derecho a mantenerla registrada para siempre en Chile, en circunstancias de que el pequeño o mediano empresario nacional que desea proteger su marca la perderá a los 5 años.
Cuarto, la norma se presta para todo tipo de juicios y conflictos.
La contraexcepción planteada por el señor Ministro señala que no se considerará falta de uso "La utilización de la marca para distinguir productos y servicios destinados única y exclusivamente con fines de exportación.". Entonces, si se ha registrado una marca para vender productos tanto en Chile como en el exterior, pero durante 5 años no se comercializan en el país sino que se exportan, dicha excepción no sirve, porque sólo es aplicable a productos "destinados única y exclusivamente con fines de exportación".
A mi juicio, nos estamos ahogando en un vaso de agua, porque si las marcas otorgan una concesión exclusiva por 10 años y se incurre en la causal de caducidad por falta de uso durante 5 años, se da una protección muy pequeña, que, en definitiva, va a perjudicar más a los empresarios chilenos que pueden tener el legítimo derecho de registrar una marca para efectuar un negocio y beneficiar con ello a las marcas notorias, que no deberán cumplir ningún requisito.
Votaré a favor de lo propuesto por la Comisión de Economía.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , quiero llamar la atención de las señoras y señores Senadores en el siguiente sentido.
El desafío que enfrentamos los chilenos para los próximos años es el de ser capaces de registrar patentes, de patentar invenciones, porque ello nos dará el plus necesario para elaborar productos con mayor valor agregado a fin de que nuestra economía crezca más rápido y tengamos empleos más estables y mejor remunerados.
Así como necesitamos registrar las patentes de invención, también debemos hacerlo con las marcas y con la denominación de los productos por origen. Por ejemplo, es menester patentar las marcas "Chile" o "cordero magallánico", con el objeto de distinguir zonas del país que nos prestigien en el mundo. ¡Ése es nuestro desafío para conquistar mercados del mundo cada vez más exigentes!
Muchas veces uno tiene que registrar una marca, pero ello no necesariamente significa que dentro de cinco años se esté en condiciones de salir a ganar mercados con ella.
Por eso, no debemos cortarles las alas a los chilenos emprendedores, ni expropiarles sus buenas ideas. Dejemos que vuelen lo más alto posible. Cuanta más creación exista, mejor será, porque estoy convencido de que de los creadores dependerá el mayor progreso y bienestar de los pueblos.
Por lo expuesto, votaré que sí.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , comparto con el Honorable señor García que de los creadores es el nuevo reino de los cielos en la economía del conocimiento, de la tecnología y de la innovación; pero, por las mismas razones, no comparto su argumento respecto de este artículo, pues lo único que estamos haciendo es fomentar la inventiva y la innovación en cuanto al empleo de la marca, mas no su acumulación como elemento para hacer otro tipo de transacciones de uso.
Además, se garantiza que si la no utilización de la marca fue por razones de oportunidad o de cualquier otra índole, ella se puede reinscribir. Por lo tanto, si no se la usa durante cinco años, no estamos quitando automáticamente el derecho de empleo de la marca.
El tema de las marcas notorias, desgraciadamente, no tiene que ver con esta iniciativa, sino con el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial. O sea, aquéllas ya tienen su propio estatuto jurídico internacional, que no podemos modificar ahora.
Por último, se dio otro argumento -éste es un asunto muy discutible-, que tiene que ver con la fe pública del país, en el sentido de que esta condición se incluyó en el Tratado de Libre Comercio con México, que fue uno de los primeros acuerdos bilaterales que firmamos y que ha tenido gran éxito desde el punto de vista de sus resultados.
Por lo tanto, carece de sentido el no dar cumplimiento, por un asunto no muy importante, a un compromiso con un país tan relevante para Chile como lo es México.
El señor CARIOLA.-
Señor Presidente , también deseo aclarar algunos puntos.
En cuanto a si esto es para innovadores o para la gente que piensa exportar, debo recordar que el registro de marcas tiene un ámbito territorial. Por lo tanto, si un exportador chileno desea amparar su marca en el extranjero, debe registrarla en cada uno de los países a los cuales va a exportar sus productos. De modo que, en ese sentido, el hecho de aprobar el artículo 23 en los términos propuestos en el proyecto original no va en contra del esfuerzo exportador de las personas con iniciativa y con mentalidad creadora en nuestro país.
En todo caso, considero más importante el tema de la protección de las marcas comerciales, que cae en el campo del Derecho Internacional y respecto del cual existe la tendencia en las naciones a uniformar sus legislaciones.
El requisito del uso para mantener el registro de marca se está aplicando cada vez en más países, sobre todo en aquellos desde los cuales importamos. A su vez, nuestros exportadores tendrán que cumplir con las mismas exigencias fuera de Chile, por lo que es conveniente que se acostumbren al sistema. Si el desarrollo de nuestra nación está basado en gran parte en la exportación, en los países que registran marcas tendrá que acreditarse el uso de ellas al igual que en Chile. De manera que es una buena idea del proyecto original del Gobierno establecer este requisito, cosa que por lo demás se estaba aplicando.
Por los motivos expuestos, votaré en contra del informe de la Comisión de Economía y por no suprimir los artículos 23 bis C y 23 bis D.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , votaré a favor de la inscripción de las marcas, en especial después de escuchar lo señalado por el Honorable señor García .
En Chile existen productos autóctonos que muchas veces no sabemos valorar. Sin embargo, los extranjeros se los llevan, descubren sus diversos componentes y vitaminas y posteriormente llegan a nuestro país y son inscritos con patentes foráneas. Si se desea cultivarlos, se debe pagar derecho de patente. Incluso, como ha sucedido con los árboles frutales, se limita a los agricultores a plantar una hectárea. Porque no solamente tienen el derecho de patente, sino también el control de la producción que se pueda hacer de ese cultivo, para no saturar el mercado.
Por lo tanto, en este aspecto, existe gran inquietud en el sector agrícola, porque se están inscribiendo innumerables patentes que impiden a los campesinos cultivar libremente muchos productos que se dan en nuestra tierra.
Por eso, apoyo ampliamente la proposición, fundamentalmente por los motivos que expuso el Honorable señor García.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , los argumentos para votar a favor los di básicamente en la intervención anterior.
Ahora quiero sólo hacerme cargo de lo que planteó el señor Ministro , porque no concuerdo con su visión. Creo que la explicación es muy engorrosa, pues resulta que hoy existe otra categoría: los productos y servicios destinados única y exclusivamente a la exportación. Creo que eso, que aparentemente es una excepción, se transforma en un incordio al momento de probar qué se está haciendo.
En mi opinión, debemos legislar para facilitar las cosas, para garantizar los derechos, para estimular la imaginación y la planificación. Me parece que eso es lo que hace un país que desea generar un activo. Es decir, como lo expliqué anteriormente, el conjunto de excepciones complica mucho más la idea general de la regla.
Por eso, el argumento de que el exportador chileno podría estar protegido respecto de su producto exportado y que, por lo tanto, no tendría que usarlo internamente agrega otro elemento: ese producto, además, tiene que destinarse única y exclusivamente a la exportación. O sea, el exportador debe probar que ha hecho algo con el solo propósito de conseguir protección. Ello parece mucho más engorroso que lo que se busca. Y el argumento del señor Ministro , en este caso, refuerza la necesidad de votar a favor del informe.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , se han esgrimido argumentos de bastante peso de un lado y otro. Sin embargo, voy a votar por el proyecto original y en contra de la proposición de la Comisión de Economía, porque me parece determinante, para un país como el nuestro, que está inserto en el mundo, la argumentación del Honorable señor Cariola .
Por las razones expuestas, votaré en contra del informe de la Comisión de Economía.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Corresponde pronunciarse.
La votación favorable significa apoyar el criterio de la Comisión de Economía en orden a suprimir los artículos 23 bis C y 23 bis D; es decir, quienes voten que sí son partidarios de suprimirlos, y los que lo hagan negativamente, de mantener la causal de caducidad de cinco años.
En votación electrónica.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la proposición de la Comisión de Economía (17 votos a favor de la supresión de los artículos 23 bis C y 23 bis D, 13 por mantenerlos y una abstención).
Votaron por la afirmativa los señores Arancibia , Canessa , Cantero , Chadwick , Cordero , Espina , Fernández , García , Larraín , Martínez , Novoa , Orpis , Prokurica , Romero, Sabag , Vega y Zurita .
Votaron por la negativa los señores Ávila , Boeninger , Flores, Frei ( doña Carmen) , Gazmuri , Lavandero , Moreno , Páez , Parra , Pizarro , Ruiz , Valdés y Zaldívar (don Andrés) .
Se abstuvo el señor Ríos.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En seguida, la Comisión de Economía propone eliminar el artículo 27 bis.
Votaron por suprimirlo los Honorables señores García , Novoa y Orpis , y por mantenerlo, los Senadores señores Gazmuri y Lavandero .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , esta recomendación está vinculada con la caducidad de las patentes por no uso. En consecuencia, dada la decisión adoptada sobre el punto anterior, que rechazó este criterio, no tiene sentido pronunciarnos al respecto y deberíamos mantener la misma votación, pues el tema es similar.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se mantendrá la votación anterior en lo tocante a la supresión del artículo 27 bis.
--Así se acuerda.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
La Comisión de Economía, en su primer informe, propuso reemplazar la letra e) por la siguiente:
"El nuevo uso de artículos, objetos o elementos conocidos y empleados con determinados fines y el cambio de forma, dimensiones, proporciones y materias del objeto solicitado.".
Esta letra fue aprobada con los votos favorables de los Senadores señores García, Gazmuri y Lavandero, y el pronunciamiento contrario de los Honorables señores Novoa y Orpis.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente , está en debate el nuevo uso de artículos, es decir, el segundo uso de las patentes. Es un tema discutible, sobre el cual me gustaría conocer el criterio del Ejecutivo. Al menos, desde mi punto de vista, este tipo de patentes debe ser incluido dentro de la protección, básicamente por los siguientes argumentos.
En lo que respecta a las patentes de segundo uso, si uno revisa el artículo 37, comprobará que establece una serie de condiciones para proceder a patentar un producto. Además, propone desechar los elementos o cosas que no se consideren invención y, por lo tanto, excluye diversas materias, como los descubrimientos, las plantas, sistemas, métodos, principios o planes económicos, financieros, los métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico, y el nuevo uso contemplado en la letra e), que es precisamente lo que estamos analizando.
El elemento esencial para que un producto sea patentado es la invención. Incluso, la ley establece cuatro requisitos al respecto: la novedad, el grado de inventiva, la aplicación industrial y la susceptibilidad de ser patentado. Y estas exigencias valen tanto para las patentes de primer uso u originales como para las de segundo uso. De manera que, si estas últimas cumplen tales requisitos, no veo por qué no podrían ser objeto de una patente.
Por eso, votaré en contra de esta disposición.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , el texto aprobado en general establecía que el nuevo uso no era patentable, a no ser que modificara esencialmente las cualidades del objeto patentado o que resolviera un problema técnico que antes no tenía solución, y siempre que reuniera los requisitos de novedad, nivel inventivo y aplicación industrial a que se refiere el artículo 32. Vale decir, el nuevo uso no es patentable, salvo que constituya en sí mismo un invento.
Ésa era la norma que venía aprobada. Y es razonable que sea así. Además, creo que ello nos beneficia como país. Es difícil que nosotros, por el escaso grado de desarrollo que ha alcanzado la investigación en Chile, podamos estar inventando cosas muy novedosas. Pero, sí, nuestros científicos, industriales o profesionales pueden descubrir un nuevo uso a un invento ya patentado, una nueva aplicación a un producto que costó mucho desarrollar y que no nos fue factible crear, por nuestra insuficiente capacidad técnica y científica.
En consecuencia, al decir que no podemos patentar el nuevo uso, que prácticamente constituye un invento, porque se le exigen todas las condiciones que requiere el otorgamiento de una patente original, estamos cercenándonos la posibilidad de que por lo menos se haga una investigación de segundo nivel.
Por eso, con el Honorable señor Orpis, como voto de minoría, apoyamos la mantención del texto aprobado en general.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Ministro.
El señor RODRÍGUEZ ( Ministro de Economía , Fomento y Reconstrucción).-
Señor Presidente , el Ejecutivo es partidario de la disposición tal como venía de la Cámara de Diputados, en el sentido de permitir el segundo uso en las condiciones que acaba de mencionar el Senador señor Novoa .
Nos parece que en Chile hoy día existe patente de segundo uso. El no aprobar la versión propuesta por la Cámara de Diputados vendría a suprimirla, al dejarla en condiciones muy restrictivas y calificadas.
Por lo tanto, el Ejecutivo respalda dicho texto, en el sentido de permitir, bajos condiciones muy restrictivas, el otorgamiento de patentes de segundo uso.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Ávila.
El señor ORPIS.-
Habría que votar en contra la disposición de la Comisión de Economía.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , si los Honorables colegas tienen la sensación de estar legislando a favor del interés de Chile, yo quisiera sacarlos de ese pequeño error.
El año 2000, en Estados Unidos, el 94 por ciento de las patentes de inventos correspondieron a sólo diez países; o sea, al 14 por ciento de la población mundial. Y esto no es raro, porque sólo el 10 por ciento de la inversión en investigación se hace por parte de naciones subdesarrolladas.
En consecuencia, lo que aquí se está haciendo es una redistribución del ingreso, pero exactamente al revés de lo que indicaría la lógica; o sea, de los países subdesarrollados a los de mayor desarrollo, tanto industrial como científico y tecnológico.
Pronto tendremos que gastar muchos recursos en organizar toda una institucionalidad para defender los derechos a los conglomerados internacionales que se benefician con el Tratado de Libre Comercio que Chile suscribió con Estados Unidos.
Entonces, llega a ser enternecedora la pasión que muchas veces se pone a los aspectos contenidos en este proyecto, cuando en realidad lo que se hace es defender intereses totalmente ajenos a los nuestros.
Me da la impresión de que, de acuerdo al Tratado que he citado -me gustaría consultar al señor Ministro de Economía , aquí presente-, todo el comercio electrónico va a quedar próximamente libre de tributos.
Hace pocos días -no sé si Sus Señorías leyeron la prensa-, diferentes Estados norteamericanos empezaron a sentir preocupación por cómo ese aspecto impactaría en las finanzas locales. Y, en verdad, los informes entregados son bastante preocupantes. Crece exponencialmente el comercio por vía electrónica y, por lo tanto, Estados como el nuestro se verán privados sistemáticamente de una enorme cantidad de tributos que antes captaban, pero que a partir de ahora, en virtud de tal acuerdo, no podrán seguir percibiendo.
Entonces, cada día vemos cómo el ámbito público se debilita y pierde importancia en relación con el sector privado. Esto no es bueno para nadie, ni siquiera para quienes se benefician hoy de tal situación. Cuando en un país no existe un Estado con personalidad, que permita regular en forma adecuada y defender efectivamente el interés público, a la larga, todos perdemos.
La economía definitivamente se ha impuesto a la política. Y una economía sin el sensor del interés público, del interés general, es como un caballo desbocado: no sabemos adónde nos puede llevar.
Llamo la atención a este respecto, porque es alarmante que legislaciones como ésta, que parecen inocentes en muchos aspectos, a la larga constituya un grave daño para el interés nacional. Y parece que esto...
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Ha terminado su tiempo, señor Senador.
El señor ÁVILA.-
...no es advertido ni por el Gobierno ni por los diferentes Poderes del Estado.
Mientras tanto, ¡benditos sean! Seamos todos felices en esta burbuja, y que después el futuro nos encuentre confesados.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Cariola.
El señor CARIOLA.-
Señor Presidente , hoy en Chile, conforme a la legislación vigente, existe protección para las patentes de segundo uso. A la vez, hemos suscrito diversos acuerdos internacionales donde nos hemos comprometido a fortalecer la defensa de la propiedad industrial. Si ahora dejáramos sin posibilidad de protección a las patentes de segundo uso, estaríamos contraviniendo esos tratados.
Así que, además de todos los argumentos hechos valer a favor de otorgar protección a las patentes de segundo uso, en especial en los términos tan categóricamente restringidos como se propone en el artículo cuya reposición se plantea, a mi juicio, ello permitiría dar cumplimiento adecuado a los compromisos suscritos por el país.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.-
Señor Presidente , en la Comisión de Economía, la mayoría estuvimos por no establecer el patentamiento de segundo uso, lo que es coherente con nuestras obligaciones. No hay convenio internacional ni ADPIC que nos obligue al segundo uso. Eso es claro.
La cuestión radica en que el patentamiento de segundo uso se puede prestar para asuntos muy complicados en naciones como la nuestra. En mi opinión, esto tiene que ver, en lo básico, con la evidente asimetría existente en la capacidad de investigación, sobre todo en algunas áreas industriales y en otras que son muy sensibles, como la salud.
Hay todo un debate internacional sobre el tema de patentes en materia de usos farmacéuticos. Y es considerable la tentación de las grandes empresas del ramo por patentar como segundo uso eventuales aplicaciones de fármacos cuyo patentamiento ha vencido. Por ejemplo, respecto de la aspirina podría ser que se descubriera que, aparte sus actuales usos, tiene otros de efectos terapéuticos, razón por la cual debería contar con protección por otros veinte años, pasando aquéllos de genéricos a patentados.
Tengo la impresión de que no es válido el argumento referido a que el patentamiento de segundo uso constituye un elemento que estimularía la innovación en el país.
Es evidente que debemos desarrollar capacidad de innovación; fortalecer la capacidad de patentamiento de nuestros investigadores; generar cultura de patentamiento.
En Chile el problema estaba en que normalmente como la investigación está separada de la industria, muchos de los investigadores no patentan los descubrimientos que hacen, sino que los publican como trabajos científicos.
Todo eso debemos hacer.
Pero no vamos a tener una industria de patentamiento sobre segundos usos. Creo que eso es una ilusión. Va a ser fundamentalmente sobre áreas a las que dediquemos mucha capacidad de investigación y vinculación con la industria.
Así que considero realmente peligroso para un país como el nuestro establecer el patentamiento de segundo uso. No veo qué ventajas podríamos tener. Y sobre todo en materia de salud, son muy altos los riesgos que se correrían al no otorgar la mínima protección a la industria farmacéutica nacional, que trabaja básicamente con genéricos y ha logrado cierta competitividad en el mercado de los medicamentos. No es casualidad que en Chile los remedios en general sean mucho más baratos que en el resto de América Latina. Ello se debe a que hemos conseguido mantener una industria competitiva, no en los medicamentos patentados obviamente, pues la capacidad de patentamiento de nuestra industria farmacéutica nunca será comparable con la alemana, la norteamericana o la europea integrada.
Entonces, tengo la impresión de que el texto aprobado en general es del todo inconveniente para el fomento de la innovación y el patentamiento y para la preservación de una mínima capacidad de competencia, sobre todo en la industria farmacéutica.
Por tanto, invito a la Sala a apoyar la norma propuesta por la Comisión de Economía.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Como está por concluir el Orden del Día, solicito autorización para prorrogarlo hasta votar la disposición en debate. Hay todavía cuatro señores Senadores inscritos. Una vez que hayan intervenido, procederíamos a votar.
El señor MORENO .-
Tenemos homenaje.
La señora FREI (doña Carmen) .-
No hay acuerdo.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si no existe acuerdo...
El señor ESPINA .-
Hay Comisiones citadas.
El señor NOVOA .-
Señor Presidente , quizás los cuatro Senadores inscritos puedan renunciar a su derecho a intervenir. De esa manera sería factible votar de inmediato.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se encuentran inscritos los Senadores señores García , Zaldívar , Lavandero y Valdés .
Consulto a Sus Señorías si podrían fundar su voto.
Así se acuerda.
Se votará la propuesta de la Comisión de Economía que reemplaza la letra e) del artículo 37.
--(Durante el fundamento de voto).
El señor LAVANDERO .-
Señor Presidente , en la Comisión aprobamos la letra e) del artículo 37 para excepcionar de patente los segundos usos. Lo hicimos, en primer lugar, porque somos un país pequeño; en segundo término, porque ningún tratado nos obliga a aceptar una disposición como ésta, y, por último, porque una vez vencido el permiso correspondiente el producto podría volver a ser patentado, con lo que, en definitiva, jamás nos convertiríamos en un país liberado del pago de patente.
Con seguridad, las grandes empresas internacionales están interesadas en los segundos usos, para evitar que los beneficios por ese concepto sean repartidos alguna vez en regiones y países de menor desarrollo.
Ésas fueron las razones por las cuales algunos en la Comisión quisimos excepcionar de patente los nuevos usos de artículos, objetos o elementos conocidos y empleados con determinados fines, y el cambio de forma, dimensiones, proporciones y materias del ítem solicitado. Nos pareció que para nuestro país eso era lo más adecuado.
Por lo expuesto, votaré favorablemente la inclusión de la letra e).
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , el proyecto se refiere a adecuaciones de los derechos de propiedad industrial a las normas internacionales. Es decir, mediante él estamos concordando nuestra legislación con las exigencias internacionales.
En tal sentido, el encargado de esa materia en el Ministerio de Economía ha sido tremendamente riguroso. Y muchas veces, cuando queríamos cambiar una disposición, nos decía que no se podía hacer porque en esos términos se establecía en la Organización Mundial del Comercio o porque así estaba previsto en alguno de los acuerdos internacionales suscritos por Chile.
Por lo tanto, no estamos obligados a implementar la patente de segundo uso. Y tampoco queremos ir más allá de aquello a que estamos obligados, precisamente para proteger a nuestra incipiente industria.
Lo de la patente de segundo uso tiene una aplicación súper práctica, por ejemplo, en el mundo de los medicamentos.
Ayer escuchaba en la televisión que un remedio para controlar el colesterol también sirve para mantener bajo control la diabetes. Se trata del mismo medicamento, de la misma invención y de las mismas moléculas, que van a tener diferentes prescripciones médicas.
Por lo tanto, no soy partidario de patentes de segundo uso, y llamo a votar favorablemente lo propuesto en el segundo informe de la Comisión de Economía.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Valdés, último inscrito.
El señor VALDÉS.-
No voy a intervenir, señor Presidente .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Deseo aclarar que pronunciarse favorablemente significa estar a favor de lo aprobado por la Comisión de Economía en su nuevo segundo informe. La norma propone eliminar la limitación que se establece para legitimar las patentes de segundo uso establecida en el primer informe.
¿Queda claro?
Votar que sí implica aprobar lo acordado por mayoría en la Comisión.
El señor GAZMURI.-
Eso mismo. El voto positivo implica que quienes así lo hacen están por el no patentamiento del segundo uso.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Es lo que acabo de explicar.
En votación electrónica.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Terminada la votación.
--Se aprueba la nueva letra e) del artículo 37 del proyecto (18 votos contra 10 y una abstención).
Votaron por la afirmativa los señores Ávila , Canessa , Cordero , Espina , Frei ( doña Carmen) , García , Gazmuri , Horvath , Lavandero , Martínez , Moreno , Parra , Prokurica , Ríos, Ruiz (don José ), Ruiz-Esquide , Valdés y Vega .
Votaron por la negativa los señores Arancibia , Boeninger , Coloma , Fernández , Larraín , Novoa , Orpis , Páez , Sabag y Zaldívar (don Andrés) .
Se abstuvo el señor Pizarro .
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Terminado el Orden del Día.
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