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El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que aumenta sanciones a hurtos y facilita su denuncia e investigación.
--Los antecedentes sobre el proyecto (3078-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 28ª, en 4 de marzo de 2003.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 9ª, en 11 de noviembre de 2003.
Constitución (segundo), sesión 53ª, en 4 de mayo de 2004.
Discusión:
Sesión 11ª, en 12 de noviembre de 2003 (se aprueba en general).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
La iniciativa se aprobó en general en sesión de 12 de noviembre del año pasado y cuenta con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, la que deja constancia, para los efectos reglamentarios, de que no hubo artículos que no fueran objeto de indicaciones ni de modificaciones.
Las demás constancias reglamentarias se describen en el informe.
Todas las modificaciones de la Comisión de Constitución al proyecto aprobado en general se acordaron por la unanimidad de sus miembros, Senadores señores Aburto, Chadwick, Espina, Viera-Gallo y Andrés Zaldívar. En consecuencia, deben ser votadas sin debate, según lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 133 del Reglamento, salvo que algún señor Senador, antes del inicio de la discusión particular, solicite debatir la proposición de la Comisión respecto de alguna de ellas o que existan indicaciones renovadas, que no las hay.
Cabe mencionar que las principales modificaciones dicen relación a lo siguiente:
-Castigar, en el número 3º del artículo 446 del Código Penal, al autor de un hurto con presidio menor en su grado mínimo -es decir, 61 a 540 días y multa de 5 unidades tributarias mensuales-, si el valor de la cosa hurtada excede de media unidad tributaria mensual y no pasa de cuatro.
-Castigar, en el Título de las Faltas del Código Penal, a los autores de hurto con prisión en su grado mínimo a medio y multa, si el valor de la cosa hurtada no pasa de media unidad tributaria mensual, y en caso de reincidencia, aplicar la pena de prisión en grado máximo.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado dividido en tres columnas, que consignan el texto aprobado en general, las modificaciones de la Comisión en el segundo informe y el texto definitivo que se propone aprobar.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
En discusión particular el proyecto.
Tiene la palabra el Senador señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , resultó muy importante para la Comisión aprobar por unanimidad este proyecto, que impedirá que se sigan utilizando resquicios legales por bandas organizadas que hurtan sistemáticamente en tiendas y supermercados.
Hasta hoy, los resquicios consisten en que, cuando el valor de la cosa hurtada es inferior a 30 mil pesos, se incurre en una falta. Muchas veces no se la considera consumada, sino en estado de preparación, o como delito frustrado, y como tal, no sancionable judicialmente. Ello impide que quede registrado que la persona ha cometido ese ilícito.
En segundo lugar, algunos tribunales y jueces de garantía estiman que, cuando los guardias de los supermercados o de las tiendas descubren lo hurtado dentro de sus recintos, todavía no se ha incurrido en falta. Y tampoco se considera consumada la falta si el hurto se detecta a la salida del local, es decir, en el estacionamiento. Además, no queda constancia de la detención. La persona es conducida al tribunal, donde da un domicilio falso; se la deja en libertad -porque se trata de una falta-; es citada al tribunal, y nunca más comparece. Entonces, no hay juicio en rebeldía. En síntesis, esto lleva simplemente a la impunidad.
Queda la sensación en la ciudadanía de manga ancha de los tribunales para con la delincuencia y de una gran frustración frente a la reforma procesal penal.
La situación ha sido particularmente grave en la Quinta y la Octava Regiones, o sea, en las ciudades de Valparaíso, Viña del Mar, Concepción y Talcahuano.
Hubo interés, entonces, de parte de los Parlamentarios y del propio Gobierno en agilizar el proyecto de ley en examen, que se hallaba en tabla en la Comisión hacía muchos meses; en introducirle las modificaciones del caso, conforme a la experiencia vivida en la reforma procesal penal, y en aprobarlo bajando a 15 mil pesos el monto que divide la falta del delito.
En seguida, la falta frustrada y el grado de tentativa también se han considerado, excepcionalmente, en el caso de hurto, como susceptibles de persecución penal.
Y, finalmente, se permitirá que el juicio se realice en rebeldía del imputado.
Todas esas enmiendas y otras más contenidas en el texto harán posible que los fiscales y los tribunales persigan y sancionen a las bandas que operan hurtando sistemáticamente en supermercados, tiendas, farmacias y otro tipo de establecimientos ¿muy modestos, a veces-, por lo cual se registró unanimidad en la Comisión. Y espero que la Sala ratifique ese criterio.
Gracias.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , en el mismo sentido, simplemente deseo ilustrar al Senado en cuanto a que, en general, no solamente en la Quinta y la Octava Regiones, sino también en la Séptima ¿de ello doy fe- y, por lo que me dicen, la Tercera y la Cuarta, uno de los aspectos más serios en la lucha contra la delincuencia es precisamente el que nos ocupa.
Me alegro del consenso a que se ha llegado. He participado en distintas instancias de la Región que represento que se han dedicado a estudiar, a petición de muchos alcaldes, cuáles son las falencias del sistema procesal penal. La cuestión en análisis, curiosamente, aparece en cada una de las intervenciones como una de las más relevantes. Porque, desde un punto de vista comunicacional, no hay nada más fuerte ¿y ello ocurrió en esa Región- que el hecho de que una banda detenida al hurtar en una gran tienda fue dejada en libertad en forma automática, precisamente por algunas de las interpretaciones respecto de que no existe la tentativa de falta. O, si no, se planteaba la circunstancia de que el tipo de sanción resultaba absolutamente insuficiente.
Me complace, además, que se trate de una moción de Diputados, es decir, de una iniciativa parlamentaria, y estimo absolutamente fundamental dar elementos para poner un "Pare" a la delincuencia. Éste es el tipo de norma que, desde el punto de vista legal, nos falta justamente para vivir en un país más seguro. Las cifras de criminalidad son alarmantes. Existe sobre el particular responsabilidad de distintas instancias, pero si se registra una a nivel parlamentario, es la de ajustar algunas normas en el sentido adecuado. Y creo que aquellas sometidas a la consideración de la Sala proporcionarán, en especial, muchos elementos para que la justicia pueda frenar el boom en lo delictivo, particularmente en el ámbito a que se ha hecho referencia.
He dicho.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Todas las disposiciones propuestas por la Comisión han sido acordadas en forma unánime, de manera que, salvo que algún señor Senador pida votación separada de alguna de ellas, deberían darse por aprobadas.
Tiene la palabra el Honorable señor Parra.
El señor PARRA .-
Señor Presidente , concurro a la aprobación de la generalidad del proyecto, pero solicito votación separada del número 1 del artículo 1º, dejando constancia, en primer lugar, de que esa norma se introdujo por los miembros de la Comisión en uso de las facultades reglamentarias. No era parte del texto original y, consecuencialmente, no fue posible en su minuto formular indicaciones al respecto.
Mi preocupación es la misma que los dos fiscales regionales que asistieron a la Comisión manifestaron en el sentido de que el precepto recomendado puede originar una presión todavía más fuerte sobre el trabajo de las fiscalías regionales y comprometer el destino de la reforma procesal penal.
Abrigo la convicción de que se necesita con urgencia, como se ha planteado en debates anteriores en la Sala, revisar el sistema de faltas en nuestra legislación y separarlas definitivamente de las contravenciones. Estas últimas, naturalmente, como no revestirían el carácter de delito, se dejarían a la competencia de los juzgados de policía local.
Al no poder concurrir a la aprobación del número mencionado, pido que sea votado en forma separada justamente porque no es claro que la presión que generaría sobre las fiscalías regionales y el sistema penitenciario no comprometería todavía más el destino de la reforma.
Gracias.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si no hay objeciones, se darán por aprobadas todas las demás disposiciones propuestas por la Comisión.
--Se aprueban.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Varios señores Senadores y el señor Subsecretario del Interior han pedido la palabra, pero, desgraciadamente, el tiempo restante de Fácil Despacho no permite darla. Por lo tanto, sólo corresponde pronunciarse sobre la proposición mencionada por el Honorable señor Parra.
El señor VIERA-GALLO.-
Deseo exponer una cuestión reglamentaria, señor Presidente .
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Puede hacerlo, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , no sé si es clara la disyuntiva de lo que se votará. Constituye algo muy preciso: si la divisoria entre falta y delito se mantiene en 30 mil pesos, como hoy, o baja a 15 mil pesos. O sea, hoy se comete una falta si la cantidad involucrada no supera 30 mil pesos. Lo que hace el proyecto es bajar ese "umbral" a 15 mil, criterio que objeta el señor Senador.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Solicito la autorización de la Sala para que el señor Subsecretario del Interior pueda intervenir.
Acordado.
Tiene la palabra el señor Correa.
El señor CORREA ( Subsecretario del Interior ).-
Señor Presidente , para los efectos de que los señores Senadores lo tengan presente a la hora de la votación, hago constar nada más que dos hechos. Primero, el principio de oportunidad no se ve afectado. Es decir, los fiscales pueden desechar los delitos cuando les lleguen o presentarlos y perseguirlos efectivamente.
Segundo, se trata de una actividad delictual organizada que obtiene aproximadamente 70 mil millones de pesos anuales. No son ilícitos menores.
Gracias.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Si le parece a la Sala, se efectuará una votación económica.
Acordado.
En votación el número 1 del artículo 1º.
--(Durante la votación).
El señor ZURITA.-
Señor Presidente , quiero consignar que nunca deben señalarse cantidades monetarias fijas, porque la inflación juega, entonces, en perjuicio de los delincuentes, pero también de los jueces, dado que todas las faltas pasan a ser delitos.
El señor LARRAÍN ( Presidente ).-
Se hace referencia a unidades tributarias mensuales, de manera que no se trata de sumas fijas.
--En votación a mano alzada, se aprueba el número 1 del artículo 1º, con los votos en contra de los Senadores señores Parra y Boeninger, y queda despachado el proyecto.
El señor LARRAÍN (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Correa.
El señor CORREA ( Subsecretario del Interior ).-
Señor Presidente , agradezco la forma en que el proyecto ha sido trabajado en la Comisión y en que ha sido votado. Me parece que el Senado, sin haber recurrido a la fórmula tradicional del aumento de las penas, se ha hecho cargo de un delito grave.
"
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