-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652647/seccion/akn652647-ds45
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:IntervencionPeticionDeOficio
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1578
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/1
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:PeticionDeOficio
- rdf:type = bcnres:IntervencionPeticionDeOficio
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/creditos-hipotecarios
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/superintendencia-de-bancos-e-instituciones-financieras
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/desgravam-en
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652647
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652647/seccion/address3
- rdf:value = " FUNCIONAMIENTO DEL SEGURO DE DESGRAVAMEN EN CRÉDITOS HIPOTECARIOS. Oficio.
El señor JARPA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Burgos.
El señor BURGOS.-
Señor Presidente, me gustaría poder contestar en esta oportunidad la pieza oratoria que escuchamos hace algún rato al diputado Moreira en relación con el comportamiento de la Concertación, pero es de tal magnitud que es imposible hacerlo hoy. Por tanto, vamos a tomarnos algún tiempo para analizar los extremos de su discurso tan profundo y tan demagógico.
En consecuencia, pido tiempo para analizar esta pieza.
Señor Presidente, es de público conocimiento que cuando se solicita un crédito hipotecario, los deudores deben pagar un seguro de desgravamen que los cubre durante toda la vigencia de la deuda, el cual evita que en caso de muerte del deudor la deuda se transmita a sus herederos.
Sin embargo, todo parece indicar que los seguros de desgravamen no se pueden contratar libremente en el mercado. En efecto, cuando uno obtiene un crédito hipotecario en un banco, el seguro de desgravamen lo determina ese mismo banco. No es posible que el adquirente de un inmueble lleve su seguro de desgravamen. Porque si el mercado le ofrece uno más barato podría contratarlo en otra parte. Aparentemente, el mercado no funciona en esa forma.
Por tanto, solicito que se oficie al superintendente de Bancos e Instituciones Financieras para que nos explique el funcionamiento del sistema que rige el seguro de desgravamen en los créditos hipotecarios y, en qué forma el mercado puede competir en términos de que el deudor hipotecario pueda contratar este seguro en cualquiera compañía sin verse obligado a contratarlo donde el banco acreedor le impone, porque eso obviamente encarece el crédito. Si uno revisa un recibo de dividendo puede comprobar que el impacto del seguro de desgravamen en el total de la deuda mensual no es menor. En consecuencia, en la medida en que se pudiera disminuir su valor, sobre la base del correcto funcionamiento del mercado, sería una muy buena noticia para todos los que destinan buena parte de sus ingresos al pago mensual de su deuda hipotecaria.
He dicho.
El señor JARPA (Vicepresidente).-
Se enviará el oficio solicitado por su Señoría.
"