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“Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 60 N° 5 y 62 de la Constitución Política de la República; lo preceptuado por la Ley N° 18.918 Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y por el Reglamento de la honorable Cámara de Diputados.
Considerando:
1° Que en Chile ha sido una tradición republicana el rendir solemne homenaje en memoria de los grandes servidores públicos, entre otras formas, mediante la erección, por suscripción popular, de monumentos públicos, emplazados en lugares de alta significación cultural. Así, en la Plaza de la Constitución, en pleno barrio cívico de la capital y a los pies del Palacio de La Moneda se han instalado monumentos en homenaje a los ex presidentes de la República , Jorge Alessandri Rodríguez , Eduardo Frei Montalva y Salvador Allende Gossens .
2° Que, a nuestro juicio a esas figuras públicas, debe sumarse la imagen y recuerdo del ex presidente Carlos Ibáñez del Campo, quien ocupó en dos oportunidades la más alta magistratura de la Nación; la primera entre los años 1927 a 1931, y la segunda, entre los años 1952 a 1958.
El Presidente Ibáñez , se caracterizó por conducir los destinos de los asuntos públicos con agilidad y dinamismo, generando innovaciones orgánicas y funcionales en las administraciones públicas que fueron esenciales para fortalecer el proceso de desarrollo social, y económico productivo del país.
Los tiempos de Ibáñez, eran tiempos muy diversos a los de hoy. El Estado era concebido como un actor relevante del quehacer económico del país, y en ese contexto, la contribución en su mandato a la modernización del aparato productivo y la industrialización deja huellas hasta el día de hoy.
3° Que en el plano político, don Carlos Ibáñez del Campo , ya durante su primer mandato brilló como un destacado estadista, que sólo fue capaz de encontrar una solución al problema fronterizo con Perú, mediante la suscripción del Tratado de Lima, en el año 1929, sino que además favoreció una política económica expansionista.
Nacido en Linares el 3 de noviembre de 1877 Estudió en la Escuela Pública N° 1 y en el Liceo de Linares, ingresando en el año 1900 a la Escuela Militar.
Fue ministro de los Presidentes Alessandri y Figueroa Larraín y, como veíamos, Presidente de la República , desde 1927 hasta 1931, en que se vio obligado a dejar el mando. Sin embargo, su influencia en la transformación del país fue tan diversa que Ibáñez gobernó un segundo período, comprendido entre 1952 y 1958.
Sus dos períodos presidenciales han pasado a la historia de Chile como los más dinámicos y activos. Muy diversas e importantes instituciones deben su existencia a don Carlos Ibáñez del Campo, dentro del impulso y crecimiento que se le dio al Estado, entre ellas destacan: la Contraloría General de la República y la Dirección General de Aprovisionamiento del Estado, la sindicatura de quiebras, la Inspección General del Trabajo, el Instituto de Crédito Popular, y la Junta de Exportación Agrícola, la Tesorería General de la República. A su empeño e iniciativa corresponde la creación de Fuerza Aérea de Chile y de una de sus obras más queridas, la fundación del Cuerpo de Carabineros de Chile. En materias de administración logró la promulgación del Código del Trabajo, el Estatuto Administrativo, y el Estatuto de la Universidad de Chile, que fue importantísimo en cuanto estableció el marco de la educación superior pública de Chile.
Dentro de las grandes obras, ya en su segundo período, y mediante la fusión de la Caja Nacional de Ahorro, la Caja de Crédito Hipotecario, la Caja de Crédito Agrario y el Instituto de Crédito Industrial se creó, en 1953 el Banco del Estado de Chile institución destinada al crédito y al fomento de la producción, que hasta el día de hoy a jugado un rol importantísimo en el desarrollo de la economía nacional.
Fue gracias a su gestión, que la organización sindical de los trabajadores pudo alzarse como una central única de trabajadores, la CUT, bajo el mando de don Clotario Blest.
Su fuerte espíritu democrático, que incluso lo llevó a conocer el exilio, también lo instó a obtener, luego de no pocas dificultades, la derogación de la denominada ley maldita, permitiendo la incorporación de la votación de izquierda, en el marco del denominado proyecto de saneamiento democrático, dentro del que también cabe destacar la promulgación de la ley que aprobó la cédula única de votación y el cierre de las secretarías electorales 48 horas antes de las elecciones, con lo que el cohecho, hasta entonces práctica habitual quedó definitivamente desterrado. Era ya el año 1958, en que dejó la presidencia para morir, con la tranquilidad de haber dado lo mejor de sí por nuestro país en 1960.
Que por lo anteriormente expuesto, consideramos que no pedemos como país, menos que rendir un homenaje solemne y sobretodo permanente a este gran presidente de nuestro país, por lo que proponemos a este Congreso Nacional la aprobación del siguiente,
PROYECTO DE LEY
“Artículo 1°.- Autorízase erigir un monumento en la Plaza de la Constitución de la ciudad de Santiago, en homenaje del ex Presidente de la República don Carlos Ibáñez del Campo .
Artículo 2°.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que se crea por el artículo 4°.
Artículo 3°.- Créase un fondo con el objeto de recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes que señala el artículo anterior.
Artículo 4°.- Créase una comisión especial de siete miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:
a) Dos senadores;
b) Dos diputados;
c) El ministro de Educación , o quien designe en su representación;
d) El Director General de Carabineros , o quien designe en su representación.
e) El Director del Museo Nacional de Bellas Artes .
Los diputados y los senadores serán designados por sus respectivas Cámaras,
La Comisión podrá sesionar con la presencia de la mayoría de sus miembros.
Artículo 5°.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones:
a) Determinar la fecha y la forma en que se efectuarán las colectas públicas, como también realizar las gestiones legales destinadas a que éstas se efectúen;
b) Administrar el fondo creado en el artículo 3°;
c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo;
d) Requerir las autorizaciones administrativas ante el Municipio y el Consejo de Monumentos Nacionales.
e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el fondo a que se refiere el artículo 3°.
Artículo 6°.- Si al concluir la construcción de los monumentos resultaren excedentes de las erogaciones recibidas, éstos serán destinados al fin que la comisión especial determine.”.
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