-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652770/seccion/akn652770-po1-ds9-ds11-ds19
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2678
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- rdf:value = "
El señor MARTÍNEZ .-
Señor Presidente , mi pregunta es la siguiente: entonces, ¿para qué existe la Dirección del Trabajo? Hay una organización completa dedicada a hacer respetar lo que la ley dispone respecto de los trabajadores. ¿Para qué sirve esta institución del Estado si se traslada al dueño de la obra, empresa o faena una responsabilidad subsidiaria cuando los contratistas iniciales no cumplen con sus empleados?
Me parece que eso va contra el avance de los tiempos. La responsabilidad es muy clara: entre el contratista y sus empleados existe un deber legal, contractual, social y humano. Pero ahora, con este grupo, que constituye una unidad de trabajo, aquél va a intervenir en faenas de otras empresas. ¿Estamos haciendo a los dueños de éstas -sean quienes sean- responsables por lo que no realice ese contratista?
Pienso que ello es un retroceso. Nos encontramos en el siglo XXI. Debemos entender cómo se maneja el mundo de los negocios, de la actividad, del trabajo moderno. Aquí estamos diluyendo responsabilidades. ¿Para qué están las Inspecciones del Trabajo? ¿Para qué está la legislación laboral? ¿Para qué están los juzgados del trabajo?
Eso me llama la atención y pienso que aquí hay un error de enfoque.
He dicho.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652770
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652770/seccion/akn652770-po1-ds9