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- rdf:value = " El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde continuar la discusión particular del proyecto de Nueva Ley de Matrimonio Civil, en segundo trámite constitucional, con segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (1759-18) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 34ª, en 10 de septiembre de 1997.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 11ª, en 9 de julio de 2003.
Constitución (segundo), sesión 19ª, en 16 de diciembre de 2003.
Discusión:
Sesiones 12ª, 16ª y 17ª en 15 y 30 de julio; 18ª, 19ª, 20ª, 21ª, 23ª, 24ª y 25ª , en 5, 6, 12 y 13 de agosto de 2003 (queda pendiente su discusión general); 26ª, en 13 de agosto de 2003 (se aprueba en general); 22ª; 24ª; 27ª, 28ª, 29ª y 33ª, en 6, 7, 13, 14, 15 y 21 de enero de 2004, respectivamente (queda pendiente su discusión particular).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El artículo 89 señala: "Será competente para conocer de las acciones de separación, nulidad o divorcio, el juzgado con competencia en materias de familia, del domicilio del demandado.".
Esta norma es de rango orgánico constitucional y no fue objeto de indicaciones en la discusión general o de modificaciones en el segundo informe.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Debe darse por aprobada conforme al Reglamento.
--Se aprueba reglamentariamente, dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional requerido (32 votos).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El artículo 1º transitorio también requiere quórum de ley orgánica constitucional para su aprobación, y no fue objeto de indicaciones en la discusión general o de modificaciones en el segundo informe.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Corresponde darlo por aprobado de acuerdo con el Reglamento.
--Se aprueba reglamentariamente, dejándose constancia de que se reunió el quórum constitucional requerido (32 votos).
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