-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds3
- http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "0004"^^xsd:string
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds17-ds22
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds24-ds34
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds86-ds87
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds59-ds63
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds41-ds44
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds41-ds53
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds41-ds52
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds24-ds31
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds24-ds29
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds54-ds56
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds24-ds28
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds24-ds38
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds41-ds50
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds3-ds8
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds41-ds48
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds41-ds47
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds59-ds65
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds59-ds64
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds86-ds88
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds3-ds14
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds41-ds46
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds41-ds45
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds24-ds39
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds3-ds6
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds59-ds61
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds3-ds11
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds41-ds49
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds76-ds83
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds17-ds20
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds59-ds66
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds16
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds3-ds16
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds67-ds70
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds41-ds51
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds24-ds26
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds59-ds62
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds76-ds78
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds71-ds74
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1-ds15-ds71-ds73
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:SegundoTramiteConstitucional
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionParticular
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774/seccion/akn652774-po1
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652774
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/3446-04
- dc:title = "MEJORAMIENTO ESPECIAL PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN"^^xsd:string
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3414
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2469
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2008
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/662
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1778
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/972
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4090
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3638
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/566
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4408
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1030
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3591
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2070
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/218
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2645
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/educacion
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seApruebaEnParticularConModificaciones
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/ley-n-19933
- rdf:value = " MEJORAMIENTO ESPECIAL PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que otorga un mejoramiento especial a los profesionales de la educación que indica, con informes de las Comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de Hacienda, y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (3446-04) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 30ª, en 20 de enero de 2004.
Informes de Comisión:
Educación, sesión 32ª, en 21 de enero de 2004.
Hacienda (certificado), sesión 32ª, en 21 de enero de 2004.
Discusión:
Sesión 32ª, en 21 de enero de 2004 (se aprueba en general).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Como recordarán Sus Señorías, la iniciativa fue aprobada en general en la sesión de esta mañana.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión particular.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En primer lugar, corresponde tratar la indicación presentada por el Honorable señor Larraín para suprimir la palabra "exclusivamente" en el inciso primero del artículo 9º, que dice:
"Los recursos que obtengan los sostenedores de los establecimientos educacionales del sector municipal, del sector particular subvencionado y del regido por el decreto ley Nº 3.166, de 1980, en razón de esta ley, por concepto de aumento de subvención o de aporte en su caso, serán destinados exclusivamente al pago de remuneraciones docentes.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La Mesa declaró inadmisible la indicación por incidir en la administración financiera del Estado. Al suprimirse la palabra "exclusivamente", dichos recursos podrían ser destinados a finalidades distintas.
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, quiero explicar tanto ésta como las indicaciones que vienen referidas a este mismo artículo, en el siguiente sentido.
Aquí estamos hablando de un régimen regulado por la ley: el de las unidades de subvención educacional (USE), que tiene características definidas. En la medida en que a través de distintos regímenes legales vamos agregándole connotaciones de diferentes tipos, estamos cambiando la fisonomía original de ese sistema, que permite al sostenedor -y, en consecuencia, a los establecimientos- el uso de la asignación del modo que se estime adecuado.
En este caso se crean nuevas obligaciones mediante las asignaciones que se están fijando. Los recursos adicionales que se den, obviamente, tienen que ir en esa dirección. Por lo tanto, no tiene ningún sentido agregar nuevas obligaciones, como lo hace el artículo 9º, sobre todo en los incisos segundo y tercero, donde se está diciendo que los nuevos recursos que se reciban deben destinarse exclusivamente a cierto objetivo.
Estamos amarrando las manos a los sostenedores. Al eliminar la palabra "exclusivamente", lo único que se pretende es que, en el evento de que haya excedentes, puedan ser utilizados para objetivos que no sean los estrictamente contemplados en este legislación. Y esto puede ocurrir.
Y, en ese sentido, no me parece que estemos modificando el destino de los recursos. Es evidente que con ellos -por eso se deja este primer inciso- debe darse cumplimiento a los propósitos de la ley. Resulta obvio que se utilizarán con tal finalidad, porque hay una obligación de los sostenedores en tal sentido, pero esto lo refuerza. Y, en el caso de que no se destinaran, se aplican las normas comunes, porque quien no utiliza la subvención educacional en los fines previstos, está desde ya sancionado. No se necesita, como lo establece el inciso tercero, una sanción adicional. Por lo tanto, los incisos segundo y tercero son innecesarios.
Y lo relativo al término "exclusivamente" sólo tiene el propósito de no crear una situación cerrada al sostenedor, en el evento de que tenga excedentes, porque se generará un absurdo: no estará en condiciones de ocuparlos -algunos tendrán déficit, por lo que ahí ello no se aplica-, a menos que haga trampa.
El señor VIERA-GALLO .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor LARRAÍN.-
Con todo gusto, con la venia de la Mesa.
El señor VIERA-GALLO .-
¿En qué hipótesis se podría dar el que hubiere excedentes?
El señor LARRAÍN.-
Lo que pasa es que los recursos no están diseñados como un traje sastre: son genéricos. Por eso decía en la mañana que el riesgo de este tipo de asignaciones es que corresponden a cálculos promedio, generales. Por lo tanto, en algunos municipios, ya sea por el número de alumnos, por la composición del profesorado -los hay que tienen docentes muy antiguos-, el mismo grado de enseñanza les cuesta más que en otro municipio. Esa "sintonía fina", por así llamarla, no la recoge el proyecto; no lo permite, porque se hace grueso. De ahí que a algunos municipios eso les vendrá muy bien; a otros les permitirá excedentes, y a otros, no En el caso de estos últimos, tendrán ellos mismos que poner la plata, porque no hay otra fórmula. Pero a los que les sobra, aunque en poca cantidad, no podrán destinarla a nada, por la palabra "exclusivamente" incorporada en la norma.
El señor RÍOS.-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
El acuerdo fue discutir el proyecto como si fuera de Fácil Despacho. O sea, debería limitarse el tiempo de las intervenciones a los cinco minutos reglamentarios para cada artículo. De lo contrario, no despacharemos el proyecto.
Como declaré inadmisible la indicación, no corresponde seguir discutiendo.
El señor RUIZ (don José ).-
¡Hay que alegar la inadmisibilidad, señor Presidente!
El señor MUÑOZ BARRA .-
El señor Presidente ofreció la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Estoy de acuerdo, pero quiero advertir a Sus Señorías que la discusión es sobre la admisibilidad de la indicación, no sobre el fondo de la materia.
La declaré inadmisible, por creer que si el Estado destina cierta cantidad de dinero a determinado fin, por la vía de la indicación, no se puede cambiar su destino.
En mi opinión, es muy plausible la explicación dada; pero se mantiene a firme la declaración de inadmisibilidad.
Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , un señor Senador señaló algo que a mi juicio permite brevemente explicar el alcance de la palabra "exclusivamente".
Sus Señorías saben que no siempre los recursos destinados al pago de sueldos, en el caso de los colegios particulares subvencionados, los sostenedores lo utilizan para ese efecto. Hay gran cantidad de juicios y reclamos en ese sentido. Por esa razón, el artículo 9º indica que serán destinados exclusivamente al pago de remuneraciones.
Con relación a los excedentes -tema bastante difícil, porque en determinado momento pueden existir-, el sostenedor los puede utilizar. Si se producen, la norma en discusión no les niega esa posibilidad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ruego a los señores Senadores no entrar al fondo del tema.
Hay una declaración de inadmisibilidad, y la Mesa la mantiene.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, el mismo Senador señor Larraín renovó indicación para suprimir los incisos segundo y tercero del artículo 9º.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
El señor LARRAÍN.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , el inciso primero indica a qué se deben destinar esos recursos. El segundo dispone que deben pagarse a las asignaciones creadas por ley. Es innecesario. Y el siguiente, establece una sanción cuando los recursos por subsidios se ocupen en un fin distinto. En consecuencia, no considero necesario reiterar ese concepto.
Por tal razón, soy partidario de suprimir ambos incisos.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , la interpretación señalada es discutible.
Como el proyecto tiene una estructura bien definida, hacer cambios de esta naturaleza en el último minuto a mi juicio nos llevaría a un debate bastante más extenso. Ésa es la razón fundamental por la que estimo que no vale la pena caer en él. Porque cabe una discusión más de fondo. Si estamos discutiendo la iniciativa como si fuera de Fácil Despacho, no corresponde.
El señor LARRAÍN .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Con la venia de la Mesa, por supuesto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , el "último minuto" no es de responsabilidad nuestra. Sí los es hacer bien las cosas, dentro de los criterios que consideremos pertinentes. No digo que necesariamente tenga que ser como lo planteo, pero es lo que intento. Nuestra responsabilidad no es poner un timbre a los acuerdos que celebre el Gobierno con el Colegio de Profesores; pero, si es posible mejorarlos, introducir los cambios que estimemos adecuados.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede continuar el Senador señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , soy uno de los que han sostenido reiteradamente que ni el Senado ni el Parlamento son buzones. Nadie podría imputarme ese cargo, porque ni aún respecto de los proyectos más emblemáticos del Gobierno he aprobado algo a "fardo cerrado".
Pero ayer hubo un larguísimo debate en la Comisión. No participé de él, porque estaba trabajando en otras materias. Allí hubiese correspondido hacer las modificaciones del caso. Cuando hablo del último minuto, estoy diciendo que se planteó una enmienda, postergada hasta ahora, sobre la base de que se despacharía el proyecto como si fuera de Fácil Despacho.
Entonces, nadie ha dicho que somos como buzones ni que no realicemos bien las cosas; pero, dada la argumentación del señor Presidente, debo manifestar que todo debe tener tiene cierto orden.
Si los señores Senadores piden discusión abierta y tenemos tiempo, incorporemos el asunto derechamente en el Orden del Día y hagamos el debate.
En el fondo de la cuestión, no estoy de acuerdo con el Senador señor Larraín ; pero lo planteado por mí obedece a una cuestión de economía de tiempo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hago presente al Honorable señor Larraín que un inciso es absolutamente condicionante del posterior, al disponer que "serán destinados exclusivamente al pago de remuneraciones docentes". Lo que se estipula en el segundo -no en el tercero, que trata de un asunto diferente- es cómo se hace el pago exclusivo de las remuneraciones docentes.
Por consiguiente, a mi entender, el inciso debería mantenerse, por ser coherente con lo aprobado.
Por otro lado, corresponde votar al inciso tercero, lo que es perfectamente posible, pues no provoca problema.
El señor RÍOS.-
Pido la palabra.
El señor LARRAÍN .-
Señor Presidente , considero admisible la indicación referida al inciso segundo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No la he declarado inadmisible, señor Senador , sino que me he referido a sus efectos.
En virtud del trámite rápido del proyecto, solicito a Su Señoría retirar la indicación para suprimir el inciso segundo, a fin de pronunciarnos sobre el tercero.
En caso contrario, someteré a votación la indicación completa.
El señor RÍOS.-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
¿Es sobre la votación?
El señor RÍOS.-
Así es.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ríos.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente, como podemos ver, se mantiene la expresión "exclusivamente" en el inciso segundo, cuya eliminación se plantea en la indicación del Senador señor Senador Larraín , junto con la del tercero.
Sin embargo, respecto de ella existen dos versiones que deben aclararse para la historia de la ley.
La primera es la de la Mesa, que declaró inadmisible la supresión de la palabra "exclusivamente" en el inciso primero. Por tal motivo, queda establecido que la totalidad de los recursos será destinado sólo al pago de las remuneraciones.
La otra proviene del Presidente de la Comisión de Educación , Cultura, Ciencia y Tecnología, quien ha señalado que, cuando los recursos generen excedentes -esos casos serán muy pocos, según el señor Senador-, debe entenderse que podrán utilizarse en otra cosa.
En consecuencia, como existen dos versiones y de ellas queda constancia en la historia de la ley, el Senado debe resolver qué ocurre con esos recursos. Si la expresión "exclusivamente" no se hubiera declarado inadmisible, primaría la versión del Presidente de la Comisión de Educación . Pero, al declararse la inadmisibilidad e intervenir el Presidente de la Comisión de Educación, queda en el limbo un conjunto de recursos cuya cantidad ignoramos y respecto de los cuales no tenemos claro su destino.
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿Me permite, para contestar su inquietud?
El señor RÍOS.-
Con la venia de la Mesa, con mucho gusto, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Cuando discutimos la norma en la Comisión, el Ejecutivo , a través de los personeros del Ministerio de Educación, dejó constancia en el acta para la historia de la ley, que efectivamente los excedentes que se produjeran estarán siempre a libre disposición del sostenedor. Eso lo puede corroborar el representante del Gobierno presente en la Sala.
Por esa razón manifesté que no había problema.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Nuevamente se está debatiendo el fondo del tema.
Por consiguiente, debo aclarar que no es ése el objeto de la discusión, pues primero debemos referirnos a la declaración de inadmisibilidad; y ahora nos encontramos analizando si votamos la supresión del inciso segundo.
El señor ESPINA.-
Pido la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , estamos hablando de recursos públicos que van a ser manejados por privados. Por lo tanto, debe estar expresamente consignado en la ley el destino preciso de ellos.
No sé de dónde puede obtenerse una interpretación como la que aquí se ha dado, en el sentido de que un eventual excedente pueda ser de libre disposición del sostenedor. Si así aparece en las actas de la Comisión, creo que se estaría vulnerando claramente el espíritu del texto legal que estamos aprobando.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hago presente a la Sala que si la discusión continúa en los mismos términos, voy a solicitar el acuerdo para no seguir tratando el proyecto como si fuera de Fácil Despacho, ya que no podemos continuar con una discusión que no corresponde. O nos sometemos al trámite acordado, o continuamos el debate por la vía reglamentaria normal.
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , solamente daré mi visión del debate entre los Senadores señores Muñoz Barra y Ríos.
A mi parecer, tendría que haber una contabilidad separada respecto de aquello que arroja excedente, de manera de que no pueda presumirse que, por su origen, ellos pueden destinarse por exclusividad legal. De esa forma se puede compatibilizar.
Si no existe contabilidad separada, no habrá excedente demostrable que pueda utilizarse.
El señor LARRAÍN .-
Hay contabilidad separada, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Corresponde cerrar el debate y votar.
El señor RUIZ - ESQUIDE .-
Señor Presidente , debe precisarse lo siguiente: ¿qué vamos a votar?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La supresión del inciso segundo del artículo 9º.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede usar de ella, Su Señoría.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , no podemos pronunciarnos a ciegas, sin analizar los argumentos. Acá hay un tema de fondo.
El proyecto entrega beneficios a los profesores. Y seamos claros. Quienes hablamos de esta manera no queremos que haya excedentes a los cuales se dé otros destinos, porque la experiencia indica que esos recursos, a veces, se sacan mañosamente. En definitiva, se dedican a otras cosas y no a los profesores. Puedo retirar la palabra "mañosamente", para no crear discusión; pero lo que no deseamos es eso. Si se vota el artículo de otra manera, resultará absolutamente incoherente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Efectivamente, ése es el punto y, por eso, se vota.
El señor LARRAÍN.-
Es lo que dice el inciso primero; el segundo es innecesario.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Se va a votar.
El señor MUÑOZ BARRA.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , concuerdo con la Mesa en cuanto a la premura del proyecto que, al parecer, es demasiado simple y debe ser despachado en forma muy rápida.
El Senador señor Boeninger hizo una pregunta que a uno lo hace aparecer sosteniendo cosas que no corresponden.
Hay contabilidad especial para este tipo de administración de fondo, que era lo que el señor Senador consultaba. Por eso, quedan determinados excedentes, que son mínimos y que...
El señor BOENINGER .-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor MUÑOZ BARRA.-
Ya termino.
El señor BOENINGER .-
Sólo para aclarar.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Hoy día, mañana y siempre, el sostenedor los puede utilizar.
El señor BOENINGER.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Puede hacer uso de ella, Su Señoría.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , quiero dejar claro que no he preguntado. Sólo he dicho que, si hubiera contabilidad separada, por ejemplo, para estos recursos, podría entenderse que otros excedentes no estén limitados en su uso por lo dispuesto en este inciso. Eso es lo que dije.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En votación la indicación del Senador señor Larraín, tendiente a suprimir el inciso segundo del artículo 9º.
Si le parece a la Sala, haremos votación económica.
Acordado.
--En votación a mano alzada, se rechaza la indicación (22 votos en contra y 14 a favor).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Corresponde pronunciarse sobre la indicación del Senador señor Larraín para suprimir el inciso tercero del artículo 9º.
Si le parece a la Sala, se rechazará con la misma votación.
--Se rechaza la indicación (22 votos en contra y 14 a favor).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
En seguida, debe votarse el artículo 11, aprobado por cuatro votos a favor y una abstención.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , mi abstención estaba relacionada directamente con los incisos del artículo 9º.
Por lo tanto, me parece innecesaria la votación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado el artículo 11 propuesto por la Comisión de Educación.
--Se aprueba.
El señor HOFFMANN (Secretario).-
A continuación, el artículo 12 del proyecto es del tenor siguiente:
"Artículo 12.- Modifícase el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación de la siguiente manera:
a) Sustitúyese el inciso 1º del artículo 28 por el siguiente:
"Los concursos a que se refiere el artículo anterior, deberán ser publicitados, a lo menos, en un diario de circulación nacional.".
La Comisión de Educación lo aprobó por cuatro votos contra uno.
Al respecto, el Honorable señor Larraín ha presentado una indicación destinada a cambiar la expresión "diario de circulación nacional" por "diario de circulación regional".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite una consulta, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , ¿lo que el Senador señor Larraín persigue es que sea un periódico de circulación nacional y regional, o sólo regional?¿Por qué no nacional y regional?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , se trata de que no tiene ningún sentido que muchos municipios pequeños publiquen sus concursos en diarios de circulación nacional.
La realidad que los lleva a eso es una sola. Es cierto que algunos municipios quisieran que hubiera mayor postulación. Eso ocurriría al publicar el aviso correspondiente en un medio de comunicación de circulación nacional. Pero obligarlos me parece absolutamente absurdo.
Por lo tanto, mi indicación plantea que, en lugar de diarios de circulación nacional, los concursos se publiquen en aquellos de alcance regional.
Además, ésta es una manera de potenciar en la región respectiva -se supone- a los propios medios de comunicación que en ella existen.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , la intención del Honorable señor Larraín es totalmente plausible desde el punto de vista de los medios de difusión regional. Pero, ¿qué ocurre hoy en día? Dado el sistema que los rige, los profesores son verdaderos prisioneros de las comunas e incluso de las regiones donde se desempeñan.
Cuando un docente quiere trasladarse de una zona a otra, ello prácticamente se constituye en un Vía Crucis, en un suplicio que le cuesta cumplir.
Entonces, ¿qué sucede? Si un profesor de Punta Arenas desea trasladarse a Santiago o Arica, debe contar con información proporcionada a través de un medio de comunicación nacional, porque si se hace a nivel regional, evidentemente no va a saber que, en determinada parte de la geografía del país, existe una vacante a la que él puede postular.
Por lo tanto, por el sistema vigente, es obligatorio que la publicación de los concursos de la docencia en Chile se haga en un medio de circulación nacional, a pesar de que siento mucho que tal objetivo no se cumpla con un diario de carácter regional.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente , aclaré mis dudas con la intervención anterior.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Parra.
El señor PARRA .-
Señor Presidente , quiero dejar constancia de que en la Comisión sostuvimos la misma tesis planteada por el Senador señor Larraín en su indicación.
Nosotros aprobamos el artículo tal como fue despachado por la Cámara de Diputados sólo con el afán de evitar el tercer trámite. Sin embargo, como esta instancia va a tener lugar de todas maneras, adhiero formalmente a la indicación, haciendo presente dos consideraciones adicionales.
La primera es que diarios de circulación nacional existen sólo dos en Santiago. Al obligar a todos los municipios del país a publicar sus llamados a concurso en ellos, evidentemente estamos discriminando a favor de esos medios de comunicación. Todos conocemos las dificultades que enfrentan los diarios regionales.
La segunda apunta a que, como se trata de concursos de carácter nacional, lo importante es que los profesores tengan acceso a la información. La ley debe cautelar ese aspecto. Para eso el Colegio de Profesores y el Ministerio de Educación pueden implementar bases de datos de muy fácil acceso hoy día, con el objeto de que se sepa a qué concursos se llama.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Moreno.
El señor MORENO.-
Señor Presidente , no concuerdo con la indicación del Senador señor Larraín , porque de la lectura del inciso en debate se desprende que lo sustantivo de la norma es llamar a concurso de carácter regional dos veces al año. Luego, si un concurso con esa cobertura está abierto a todos los profesores del territorio nacional, surge una contradicción al consagrar que la publicación sólo se haga a nivel regional.
Por lo tanto, me parece que habría que cambiar el carácter del concurso.
En consecuencia, me niego a esa propuesta.
El señor LARRAÍN.-
He formulado una indicación para eso también, señor Senador.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente , es una lástima que en este artículo no hayamos aprovechado de incorporar elementos propios de la tecnología moderna.
Lo cierto es que aquí debe quedar claro que todos los diarios regionales tienen difusión a lo largo de todo el territorio a través de las páginas web. Si hubiésemos incorporado en este inciso que dichas páginas, que de hecho son medios de circulación nacional, el problema habría quedado resuelto, porque todos los diarios regionales cuentan hoy con ellas y, en consecuencia, pueden ser leídas en cualquier lugar de Chile.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Señor Presidente, el argumento del Senador señor Moreno es contundente, y la propuesta del Honorable señor Núñez parece razonable. No creo que la convocatoria deba ser sólo regional, pues de ese modo queda bastante limitada. Y sería un gran problema en las comunas chicas, ya que la gente se empezaría a dar vueltas ahí mismo, sin ninguna posibilidad de salir.
Cualquiera de las dos fórmulas me da igual.
Ahora, una tercera alternativa sería hablar de un diario de circulación nacional "o" regional, para dar las dos posibilidades.
El señor VIERA-GALLO.-
"Y regional".
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Excúseme, Su Señoría.
La conjunción "y" lleva a los municipios a un mayor gasto. Ésa es la razón.
Si de mí dependiera, yo pondría "y/o regional", pero en la Comisión de Educación se consultaron varios textos y se llegó a la conclusión de que la expresión "y/o" no existe en el léxico castellano.
Por lo tanto, como hay argumentos en ambos sentidos, propongo a la Sala aprobar la frase "nacional o regional".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
��Habría acuerdo para agregar las palabras "o regional"?
El señor PIZARRO.-
No, señor Presidente , porque en la práctica eso significa una opción para los municipios, que podrían escoger un diario de circulación regional. Si la publicación se hiciera en el diario "El Día", por ejemplo, que tiene circulación regional y no nacional, un profesor de Concepción no sabría que se está llamando a concurso en Coquimbo o en La Serena. Se perdería completamente la finalidad expresada por el Honorable señor Moreno .
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Es sólo una proposición, señor Senador. Todos sabemos que el efecto es el que Su Señoría indica.
El señor PIZARRO.-
En todo caso, no estoy de acuerdo con la proposición.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, la Sala debería pronunciarse sobre la palabra "regional", a fin de determinar si las convocatorias van a ser nacionales o regionales. La indicación tiene por objeto que los municipios se enfrenten a esa disyuntiva. Ahora, he presentado una segunda indicación, complementaria de la anterior -no me había referido a ella porque el señor Secretario no la mencionó-, para reemplazar, en el mismo inciso, el vocablo "nacionales" por "regionales", de manera que las convocatorias tengan este último carácter. Ambas van de la mano.
Por eso, señor Presidente, sugiero votar la primera indicación, y aceptar las consecuencias de su resultado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , sopesando las buenas intenciones de quienes han intervenido, me surge la siguiente pregunta: ¿queremos hacer factible que un profesor se traslade a alguna parte del país, o queremos favorecer a los medios de comunicación regionales? Porque eso es lo que está determinando la indicación.
Yo estoy disponible para llevar adelante cualquier idea que signifique favorecer a los medios de comunicación, en este caso escritos. Pero aquí se trata de que los profesores que hoy están condenados a trabajar en una pequeña comunidad y de la cual no pueden salir porque a los alcaldes de otras comunas del país no les interesa contratarlos, tengan la posibilidad de postular a otros lugares de nuestro territorio.
Entonces, o servimos a los medios de comunicación regionales, que es lo que han planteado algunos señores Senadores, o favorecemos la posibilidad de que los profesores se trasladen, para lo cual deben estar debidamente informados a través de un medio de comunicación nacional.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente, quiero hacer notar que el inciso establece que los concursos deberán publicitarse, "a lo menos", en un diario de circulación nacional. De manera que si se dispone que ello se haga, "a lo menos", en un diario de circulación regional, es evidente que el aviso no se efectuará en un diario de circulación nacional, por el mayor costo que éste tiene. En cambio, si se exige que la convocatoria se realice, "a lo menos", en un diario de circulación nacional, resulta mucho más fácil que también se haga, si así se desea, en uno de circulación regional.
Por eso, soy partidario de mantener el precepto tal como está.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En votación económica la indicación del Honorable señor Larraín, para sustituir, en el inciso primero del artículo 28, la palabra "nacional" por "regional".
--Se rechaza (19 votos contra 14).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, en el mismo inciso, el Senador señor Larraín ha presentado indicación para reemplazar la expresión "nacionales" por "regionales", de manera que el precepto diga: "Las convocatorias se efectuarán dos veces al año y tendrán el carácter de regionales".
--Se da por rechazada, con la misma votación anterior.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Igualmente, el Honorable señor Larraín ha formulado indicación para sustituir, en el mismo inciso primero del artículo 28, la frase "debiendo efectuarse la convocatoria de una de ellas antes del 15 de diciembre del año en que se produjo la vacante", por "debiendo efectuarse la convocatoria de una de ellas en el mes de enero".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , la norma vigente dispone, tal como lo señala la indicación que he presentado, que de las dos convocatorias, una deba efectuarse en el mes de enero. Ello, porque ésa es la época en que los municipios toman la decisión de hacer los concursos y de realizar las contrataciones.
Al plantearse que las convocatorias se efectúen antes del 15 de diciembre, se está forzando a los establecimientos educacionales a adoptar decisiones antes de tiempo, cuando todavía ni siquiera saben cuál va a ser el número de matrículas.
Los sostenedores de establecimientos educacionales y los representantes de la Asociación Chilena de Municipalidades hicieron ver el grave inconveniente que iba a provocar la modificación planteada por el Ejecutivo , al obligar a tomar decisiones con mucha anticipación.
Con la indicación sólo pretendo mantener el sistema actual, en que los concursos son convocados, de dos veces al año, a lo menos una en el mes de enero.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , me excuso por no haber asistido ayer a la sesión de la Comisión de Educación, pero quisiera conocer el argumento del Ejecutivo para establecer como fecha el 15 de diciembre.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Con la autorización de la Sala, tiene la palabra la señora Subsecretaria.
La señora HORNKOHL ( Subsecretaria de Educación ).-
Señor Presidente , básicamente, la intencionalidad es que los concursos estén asegurados y resueltos cuando los profesores deban comenzar a desarrollar efectivamente su labor docente.
Ahora bien, nos parece que la fecha propuesta es la más adecuada, por cuanto también se establece que una de las convocatorias deba realizarse antes del 15 de diciembre. Es decir, se podría efectuar en cualquier momento del año. El plazo se pone para que la norma se pueda cumplir adecuadamente.
Si se acepta la indicación formulada por el Senador señor Larraín , el plazo será muy breve, entre enero y marzo, que es la época en la cual ya deben empezar las clases.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).- En votación la indicación.
Si le parece a la Sala, se dará por rechazada.
--Se rechaza.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Enseguida, el Honorable señor Larraín ha presentado indicación para suprimir el artículo 13 del proyecto, por el cual se agrega un artículo 54 bis, nuevo, al decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación, denominado Ley sobre Subvenciones del Estado a los Establecimientos Educacionales.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, antes deben votarse otras disposiciones del artículo 12, porque mi indicación sólo hacía referencia a la letra a). Por tanto, corresponde discutir las otras letras.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Se entiende que esas disposiciones están aprobadas, pues no fueron objeto de indicaciones.
El señor LARRAÍN.-
Pero hubo debate sobre este artículo y se solicitó votación dividida.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Señor Senador, permítame aclararle la situación. El artículo 126 del Reglamento dice: "En la discusión general y particular a la vez, no habrá lugar al segundo informe de Comisión. Por la sola aprobación general del proyecto, se entenderán aprobados todos los artículos que no hayan sido objeto de indicaciones".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
O sea, no podemos pronunciarnos sobre esas normas, porque están aprobadas.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, entonces, quisiera dejar una constancia sobre la materia, si me lo permite.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, señor Senador .
El señor LARRAÍN.-
Deseo hacer presente que la letra d) del artículo 12 establece un sistema de evaluación de los profesionales de la educación, que es absolutamente necesario para aplicar la asignación de desempeño individual, ya que, si no se califica la labor de los profesores, mal podrían otorgarse las asignaciones que propicia la iniciativa.
Sin embargo, el proyecto original del Ejecutivo contenía un sistema de evaluación, que fue eliminado en la Cámara de Diputados, en atención a que se está tramitando otra iniciativa que establecería estos mecanismos.
Quiero señalar que este artículo 12, letra d) -que se aprobó-, es de una generalidad tal que implica prácticamente no tener sistema evaluativo. O sea, la ley no será operativa en esta parte, mientras no se despache el cuerpo legal correspondiente.
Por ello, pienso que ésta no es una solución muy satisfactoria.
Esto era, señor Presidente, lo que quería dejar consignado sobre la materia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Continúa, entonces, la discusión de la indicación, del Senador señor Larraín, para suprimir el artículo 13 del proyecto.
Ofrezco la palabra.
Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, el artículo 13 establece que, en el caso de que las corporaciones municipales excedan el porcentaje permitido de horas contratadas de la dotación docente (que es 20 por ciento), se autoriza a los secretarios regionales ministeriales de educación a retener el 3 por ciento de la subvención que va a ese municipio.
Esta situación, como lo plantearon los representantes de la Asociación Chilena de Municipalidades y como se desprende, por lo demás, de la sola lectura del texto, despierta una serie de inquietudes.
En primer lugar, el SEREMI actuaría simplemente con los antecedentes que obran en su poder, y el sostenedor, el municipio, no tendría la atribución para discutir o reclamar esa medida. No hay un debido proceso.
En mi opinión, retener el 3 por ciento de la subvención educacional a toda la comuna es francamente excesivo.
Entiendo que el municipio debe tener una sanción, una multa, si ha infringido esta norma; pero castigarlo con la retención de este porcentaje es alterar sus flujos financieros y, por ende, los de los establecimientos educacionales, cuestión que, a mi juicio, traerá consecuencias mayores.
Comprendo el ánimo de exigir el cumplimiento de los cupos máximos autorizados para los cargos a contrata; pero la medida que se propone es realmente inexplicable.
Aquí se establece un mecanismo que, al final, afecta a los establecimientos educacionales, en circunstancias de que debiera castigarse a la autoridad administrativa que excedió la autorización más allá del porcentaje permitido. Creo que eso no es justo.
Señor Presidente , en realidad, como no tenemos ni tiempo ni atribuciones, pienso que este sistema no es bueno. Es preferible seguir como estamos.
Si el Ejecutivo desea sancionar a quien incurre en esta infracción, debería plantear un mecanismo que castigue a la autoridad responsable y que, además, asegure un debido proceso.
Esto va mucho más allá de lo que corresponde y fija una sanción que, al final, es muy dura para quienes no son culpables de los hechos que la justifican.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente, antes que todo quiero destacar que este 3 por ciento es una retención, no una multa. Por tanto, después de que se da cumplimiento a la norma, se devuelve al sostenedor. Ésa es la primera idea.
Veamos cuál es la intención de esta disposición.
Actualmente existe una tabla que permite que un profesor contratado por más de 32 horas realice cierta cantidad de horas en aula y otra tantas en actividades extraprogramáticas, tales como, preparación de pruebas, elaboración de material, atención a apoderados, recuperación de clases con algunos alumnos.
¿Qué sucede en este minuto en algunas municipalidades? Y aclaro que no me estoy refiriendo específicamente a alcaldías de la Concertación o de la Alianza por Chile, porque éstas prácticamente están divididas en partes iguales entre ambos conglomerados. O sea, no hay ninguna imputación dogmática en mi intervención.
Por razones económicas, muchas veces el alcalde da empleo a un profesor por 30 horas titulares y también por 10 horas a contrata. Por esa vía, no se le aplica la tabla de porcentajes señalada, la que sí afectaría a un docente con 40 horas, quien debe realizar 34 horas de clase en aula y 6 horas extraprogramáticas. De esa manera, el municipio ahorra dinero por razones que no es del caso analizar.
Entonces, ¿a dónde apunta el artículo 13? A hacer respetar la norma de 80/20 (80 horas titulares y 20 de contrato).
No se olvide que tiempo atrás tuvimos que legislar para que los alcaldes, por una sola vez, otorgaran la titularidad del cargo a los profesores contratados por tres años en forma continua o cinco, de modo discontinuo.
Ése es el sentido de la proposición de la Comisión.
Pienso que deberíamos aprobarla, porque va en beneficio y resguardo de los docentes, quienes, con 40 ó 44 horas de aula, no tienen el mismo rendimiento -lo que está comprobado científicamente- que quienes hacen clases durante cierta cantidad de horas y se dedican a preparar material en otras tantas.
El señor COLOMA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Parra.
El señor PARRA .-
Señor Presidente , como consta en el informe de la Comisión de Educación, el artículo 13, cuando fue votado por primera vez, obtuvo un voto a favor, otro en contra y dos abstenciones. Esto motivó que llegáramos a una solución de compromiso con el Ejecutivo , que se tradujo en agregar un inciso tercero al artículo 5º transitorio, en cuya virtud la vigencia de esta norma empezará a regir recién el 1º de mayo de 2005.
De manera que hay tiempo suficiente para que las administraciones de educación municipal ajusten adecuadamente sus plantas, con el objeto de que el artículo que nos ocupa, en la práctica, no se aplique.
En consecuencia, pido que se tengan presentes ambas disposiciones en conjunto. Sobre esa base, me pronunciaré en contra de la indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.
El señor COLOMA.-
Señor Presidente , pienso que la explicación del Senador señor Larraín es consistente.
Agregar esta autorización dificultará mucho más el funcionamiento de estas entidades, en lugar de facilitarlo. Es más, a quienes son partidarios de este artículo les hago presente que la redacción del mismo es muy compleja, porque se obliga al secretario regional ministerial de educación a retener el 3 por ciento de la subvención. Para quienes han estado en un municipio, el monto que implica este porcentaje es la diferencia entre la vida y la muerte, lo que puede llevar a cualquier exceso.
Además, aquí no se entrega una facultad para inducir determinado tipo de conducta, pues, en el fondo, se dice: "Si usted se pasa en 0,01 del máximo permitido, la sanción es la retención del 3 por ciento". Esto es obligatorio. No es facultativo; no hay un proceso, y tampoco una fórmula para reclamar.
Señor Presidente , tanto por las razones de fondo que planteó el Senador señor Larraín como por la dificultad práctica que supone la aplicación imperativa del artículo, deberíamos aprobar la indicación para dejar sin efecto esta medida, que, adicionalmente, por la explicación del Honorable señor Parra , casi está destinada a no usarse. En todo caso, si el artículo 5º transitorio, en lo referente a la solución de compromiso, es generar un sistema que no operará, yo prefiero que no funcione derechamente.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , el sentido del texto en análisis que se dio a conocer es tratar de buscar un mecanismo que obligue a las municipalidades a acatar la norma que pretendemos mantener, por una razón de respeto hacia los profesores. Porque de otra manera no se vislumbra cómo se puede establecer una sanción. Y como no se quiere consignar una multa, se optó por retener los recursos.
Además de lo anterior, se otorga un plazo de cuatro o cinco años para permitir que funcione el mecanismo y se realicen las adecuaciones del caso.
El señor LARRAÍN .-
¡Es menos de un año, señor Senador !
El señor RUIZ-ESQUIDE.-
Más que suficiente.
Nuestra intención es que se respete el sistema para evitar los abusos que muchas veces se producen. Cuando se incorporan estas medidas es porque ha habido antecedentes en ese sentido.
En consecuencia, se debe buscar un mecanismo para resolver esa situación. Peor sería sancionar. Aquí se trata de una retención, que fue algo solicitado por los profesores, a quienes les encuentro razón, y no por un problema de simple aprobación del acuerdo.
En seguida, quiero hacer una corrección. El Presidente de la Comisión tuvo un lapsus porque, en verdad, quiso decir que había que rechazar la indicación del Senador señor Larraín . Sin embargo, yo entendí al revés; tal vez puedo estar equivocado.
Por tales razones, señor Presidente, los Parlamentarios de estas bancas votaremos a favor del artículo y en contra de la indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
No habiendo otro señor Senador inscrito, doy por cerrado el debate.
En votación económica.
--Se rechaza la indicación (19 votos contra 13, una abstención y un pareo).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Seguidamente, con respecto al artículo 18, inciso primero, el Honorable señor Larraín propone suprimir la frase "que tengan más de 250 alumnos matriculados al mes de marzo de cada año".
Dice el precepto: "Establécese una asignación de desempeño colectivo para los profesionales de la educación que se encuentren designados o contratados para ejercer funciones docentes-directivas en los establecimientos educacionales del sector municipal, administrados ya sea directamente por el municipio o por corporaciones municipales, y particulares subvencionados, que tengan más de 250 alumnos matriculados al mes de marzo de cada año.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Declaro inadmisible la indicación, porque de eliminarse el tope de 250 alumnos habrá un mayor gasto, lo cual incide en una materia de administración financiera del Estado.
Discúlpeme, Senador señor Larraín , pero tengo que cumplir con mis funciones.
El señor LARRAÍN.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente , de ser así, se estaría condenando a que los establecimientos más pequeños no tengan derecho a optar a dicha asignación de desempeño colectivo, lo que significa excluir absolutamente a todos los de sectores rurales del país. En efecto, de los 9 mil planteles educacionales existentes, sólo 3 mil 500 tienen más de 250 alumnos; es decir, se está dejando fuera a 5 mil 500 de ellos.
Me parece que eso constituye una franca discriminación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Mantengo la declaración de inadmisibilidad, pese a que encuentro razonable el argumento de Su Señoría.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
A continuación, el Honorable señor Larraín ha formulado una indicación respecto del artículo 4º transitorio.
Dice la norma: "Los profesionales de la educación que a la fecha de publicación de la presente ley, tengan una designación en calidad de titulares de 20 o más horas cronológicas y que en virtud de que el establecimiento educacional haya ingresado al régimen de Jornada Escolar Completa Diurna se les haya extendido su jornada completando más de 30 horas cronológicas, tendrán derecho a que las horas adicionales en calidad de contratados incrementen su designación en calidad de titulares en los siguientes casos:".
Su Señoría propone cambiar la frase "en los siguientes casos" por "en caso de que se trate de horas que formen parte del Plan Común". Al mismo tiempo, sugiere suprimir las letras a), b) y c) del mismo precepto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, cuando los establecimientos educacionales se incorporan al régimen de Jornada Escolar Completa Diurna, los profesionales designados en calidad de titulares con 20 o más horas cronológicas pasan automáticamente a tener 30 horas, y para las diez adicionales son profesionales a contrata.
Lo que hace el artículo es convertirlos en titulares propiamente tales, sin dejar de ser a contrata, pero sujetos a ciertas condiciones: que las horas adicionales por las cuales han sido contratados formen parte de distintas alternativas en los planes educacionales.
Según el planteamiento de personas que nos informaron en la Comisión, y conforme a lo que uno ha podido advertir, eso significa que estaríamos convirtiendo horas titulares de un profesor -por lo tanto, obligatorias- cuando pueden no corresponder al plan común obligatorio, sino a programas especiales y, por ende, variables.
Ahora bien, mi sugerencia apunta a que dichas horas sólo pasen a adquirir la titularidad cuando se trate de profesionales de la educación cuya obligación sea abocarse al plan común, dejando fuera a los profesionales que están comprometidos en horas que no necesariamente son obligatorias. Eso permitiría una asignación más racional de los recursos, desde el punto de vista de los sostenedores.
Señor Presidente, a pesar de los resultados anteriores, insisto en esta indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente , sólo deseo plantear una cuestión formal.
Podría eliminarse la desprolijidad en la redacción de la parte final del inciso primero del artículo 4º transitorio, donde dice "en calidad de contratados incrementen su designación en calidad de titulares". Para evitar la cacofonía, sugiero decir "como contratados incrementen su designación en calidad de titulares". Queda mejor.
El señor CHADWICK .-
Sí, queda mejor.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Que la Secretaría arregle eso.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Ruiz-Esquide.
El señor RUIZ-ESQUIDE .-
Señor Presidente , en verdad, entiendo la argumentación del Senador señor Larraín , pero no la comparto. Creo que es un error tratar de buscar una discriminación en este punto. No veo razón para ello.
Así que, yo por lo menos, votaré en contra de la indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Cerrado el debate.
En votación económica.
--Se rechaza la indicación (21 votos contra 13, una abstención y un pareo).
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
El Honorable señor Ríos formula indicación para votar separadamente la siguiente oración del inciso séptimo del artículo 6º transitorio: "Esta bonificación será de cargo del empleador y no será imponible ni constituirá renta para ningún efecto legal.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Senador señor Ríos.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , esta norma implica, necesariamente, una interpretación clara y definida de la Constitución y de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, por cuanto el artículo 107 de la Carta Fundamental, relativo a la calidad jurídica de las municipalidades, señala que: "La ley determinará la forma y el modo en que los ministerios, servicios públicos y gobiernos regionales podrán transferir competencias a las municipalidades, como asimismo el carácter provisorio o definitivo de la transferencia.".
Por su parte, el inciso final del artículo 5º de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades se refiere, precisamente, a las responsabilidades que asume el municipio por encargo o por obligación legal con otros órganos del Estado en su funciones autónomas, y dice: "Cualquier nueva función o tarea que se le asigne a los municipios deberá contemplar el financiamiento respectivo.".
A su vez, el inciso primero del artículo 6º transitorio del proyecto, dispone: "Establécese una bonificación por retiro voluntario, en adelante "la bonificación", para los profesionales de la educación que presten servicios en los establecimientos educacionales", y señala las características de los funcionarios que tienen derecho a percibir ese beneficio.
A continuación, marginándose absolutamente de la norma constitucional y de la citada ley orgánica constitucional, el encabezado del inciso séptimo del mismo precepto indica que: "Esta bonificación será de cargo del empleador". Es decir, se obliga a la municipalidad a asumir responsabilidades financieras, en circunstancias de que su ley orgánica constitucional, clara y categóricamente, señala que para cualquier responsabilidad o tarea que se le entregue deben asignársele los recursos correspondientes.
En estricto rigor, la disposición es inadmisible o inconstitucional, porque no se corresponde con las normas que he recordado.
Más adelante, en el artículo 7º transitorio, un poco intentando resolver el problema anterior, se expresa: "Aquellas municipalidades o corporaciones municipales que no tengan disponibilidad financiera inmediata para solventar íntegramente las bonificaciones que corresponda pagar por la aplicación del artículo anterior, podrán solicitar, para estos efectos, anticipos de las subvenciones", etcétera. Esta disposición, al igual que la anterior, también afecta claramente la responsabilidad futura de cada municipio en su territorio comunal.
Los planes de desarrollo -tal como se recordó- son de responsabilidad exclusiva y privativa de los municipios. No es posible comprometer sus presupuestos futuros, ni que las municipalidades asuman obligaciones financieras, por cuanto su ley orgánica lo impide en forma clara y categórica.
Por ese motivo, se puede mantener, con ciertas dudas, el pago de una bonificación a los profesionales de la educación que cumplan con los requisitos establecidos; pero obligar a que sea con cargo al presupuesto municipal lo considero ilegal, inconstitucional e inconveniente, pues destruye las responsabilidades autónomas de los municipios.
Asimismo, el hecho de que exista el beneficio no significa que no se estudie una fórmula para pagarlo. Aún más, teniendo presentes las citadas normas legales, si el Estado quiere influir para que se otorguen definitivamente estas bonificaciones, deberá entregar los recursos correspondientes. De manera que podría aprobarse el artículo 6º transitorio, pero sin la expresión que propuse eliminar.
Por lo tanto, votar a favor de la indicación permite mantener estables las funciones autónomas de las municipalidades, y, al mismo tiempo, buscar la alternativa para obtener los recursos de fuentes ajenas a las mismas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Hago presente a la Sala que el Honorable se��or Ríos pidió votar separadamente la frase mencionada. En todo caso, esto tendrá un efecto financiero porque, si se aprueba la indicación, el gasto debería ser costeado por el Estado y no por las municipalidades, aparte que, desde el punto de vista constitucional, surgiría también un problema de admisibilidad.
Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente, de aprobarse la indicación de mi Honorable colega, resultaría peor el remedio que la enfermedad, porque, en tal caso, los municipios no estarían facultados para pedir el anticipo dispuesto en la norma, que deberán devolver en un plazo que oscila entre 24 y 36 meses.
En el fondo, podríamos estar de acuerdo en que el Estado financie siempre todos los gastos en educación que se contraigan en marzo, pero eso daría para una discusión muy larga.
El señor RÍOS.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador ?
El señor MUÑOZ BARRA.-
Con el mayor agrado, con la venia de la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente, reitero que la disposición de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades ordena que: "Cualquier nueva función o tarea que se le asignen a los municipios deberá contemplar el financiamiento respectivo.". Se trata de una norma que el señor Senador también votó favorablemente en su oportunidad. No se pretende provocar otro problema, sino cumplir con las disposiciones legales vigentes en el país.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Recupera la palabra el Senador señor Muñoz Barra.
El señor MUÑOZ BARRA.-
Señor Presidente , deseo plantear al Honorable colega que hay un diferencial que permite, precisamente, soportar ese gasto. Así, cuando un profesor se acoge a retiro según esta modalidad, como su renta es alta, evidentemente que se produce una diferencia a favor de la municipalidad.
La solución que propone el señor Senador requeriría iniciativa del Ejecutivo , porque no tenemos facultades en ese sentido. Uno puede coincidir en muchos aspectos con el planteamiento del Senador señor Ríos, pero en la Comisión estuvimos abocados a esa realidad.
Por esta razón, hemos aprobado el artículo de esa manera, sin desconocer que, evidentemente, en los municipios se producen déficit que obligan, cada ocho o diez meses, a buscar medidas especiales para encontrar el financiamiento pertinente. Pero, como dice un viejo refrán sureño: "hay que arar con los bueyes que hay". En este caso, no tenemos otra solución.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , a propósito de la lectura que hacía el Senador señor Ríos, quiero destacar que lo establecido en el artículo 6º transitorio no implica ninguna nueva función o tarea para los municipios. Simplemente, se otorga cierto beneficio a quienes ya realizan ciertas labores. De manera que no considero atendible la objeción formulada por Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
La Mesa declara inadmisible la indicación del Honorable señor Ríos.
Tiene la palabra el Senador señor García, sobre la inadmisibilidad.
El señor GARCÍA .-
Señor Presidente , no sé cómo la Mesa puede declarar inadmisible la indicación cuando el argumento jurídico del Senador señor Ríos es totalmente razonable.
La Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades señala que no podemos imponer a los municipios ninguna nueva carga, ninguna nueva tarea, ninguna nueva función si no va acompañada del respectivo financiamiento. Pues bien, aquí estamos disponiendo que los profesores que cuenten con los años necesarios para jubilar tendrán derecho a un retiro voluntario, que por ese concepto van a recibir una bonificación y que ésta será de cargo municipal. Sin embargo, no estamos entregando a los municipios los recursos para que puedan pagarla; solamente se les está haciendo un anticipo de subvención.
Aquí estamos claramente frente a un problema de interpretación jurídica. Por un lado, tenemos lo que manda la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, que, como ha dicho muy bien el Senador señor Ríos, es una norma de rango superior a la que estamos debatiendo, y, por el otro, esta disposición que dice que para financiar la bonificación por retiro solamente se hará a los municipios un anticipo que tendrán que devolver.
Ése es el problema que la Mesa debe resolver.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Señor Senador, primero tengo que pronunciarme respecto de la indicación, la cual, a mi modo de ver, es inadmisible. En cuanto al texto del proyecto, no tengo la misma convicción, pero el señor Senador que lo estime pertinente tiene la facultad de hacer reserva de constitucionalidad.
El señor RÍOS.-
Hago reserva de constitucionalidad, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-
Eso es lo que procede.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN ( Secretario ).-
Finalmente, hay una indicación del Honorable señor Ríos para votar separadamente el artículo 7º transitorio.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Ríos.
El señor RÍOS.-
Señor Presidente , esta norma tiene relación con lo que estábamos señalando. La inexistencia del 7º transitorio no obliga financieramente a los municipios, pero, tal como está redactado, sí, y establece un hecho mucho más delicado, porque los deja endeudados hacia el futuro. Dice: "podrán solicitar, para estos efectos, anticipos de las subvenciones estatales por escolaridad a que se refiere el artículo 9º", etcétera. Eso no corresponde. No es aceptable que el Ministerio de Hacienda resuelva cuál es el presupuesto de cada municipio. ¡Son autónomos! No cabe que actúe sobre planes y programas de desarrollo que privativamente corresponden al municipio. En definitiva, ésta es una norma que destruye claramente todo el proceso de descentralización del país establecido en la Constitución y en la Ley Orgánica.
Por tal motivo, votaré favorablemente la indicación para eliminar el artículo.
El señor BOENINGER.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Boeninger.
El señor BOENINGER.-
Señor Presidente , yo entiendo lo siguiente. Si se acogió el artículo 6º transitorio, según el cual esta bonificación será de cargo del empleador, también debiera aprobarse el artículo 7º transitorio, pues éste le permitirá encontrar el financiamiento para cumplir con esa obligación, en el caso de que no tenga los recursos necesarios para ello, por la vía de estos anticipos. Si se suprimiera esta disposición, el municipio quedaría en un callejón sin salida, porque estaría obligado a aportar los recursos respectivos, sin tener forma de hacerlo. Ergo, creo que, por derivación de lo que pasó con el artículo 6º, habría que rechazar la indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, haremos votación económica.
Acordado.
--En votación a mano alzada, se rechaza la indicación (20 votos contra 9, 2 abstenciones y un pareo) y queda terminada la discusión del proyecto en este trámite.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés ( Presidente ).-
Tiene la palabra la señora Subsecretaria.
La señora HORNKOHL ( Subsecretaria de Educación ).-
Señor Presidente , en representación del Ejecutivo, quiero agradecer especialmente a los Honorables Senadores por la discusión y por el interés expresado por las Comisiones de Educación y de Hacienda respecto de esta iniciativa, que era compleja, pero que da cuenta de un largo proceso de negociación llevado a cabo con los profesores de Chile, lo cual nos indica que diálogo y democracia son dos conceptos fundamentales para muchas políticas públicas, particularmente en el ámbito de la educación, en donde todos debemos avanzar para dar un buen futuro a nuestros niños.
Muchas gracias, señor Presidente; muchas gracias, señores Senadores.
"