" \nEl se\u00F1or BOENINGER.- \nSe\u00F1or Presidente , en realidad, hay dos temas en estas indicaciones. Uno, es el que acaba de se\u00F1alar el Senador se\u00F1or Viera-Gallo , en cuanto a que los firmantes de las indicaciones sostenemos que hay nulidad o no la hay. De manera que no puede ser objeto de conciliaci\u00F3n ni de mediaci\u00F3n, punto este \u00FAltimo que aparece en una indicaci\u00F3n posterior.\n \nEl segundo elemento se refiere a la conciliaci\u00F3n mencionada en los art\u00EDculos 68 y 69, que no est\u00E1n redactados exactamente igual. Entiendo que se trata -creo que \u00E9se fue el esp\u00EDritu con que lo aprob\u00F3 la Comisi\u00F3n-, de una audiencia de conciliaci\u00F3n y no de un proceso de conciliaci\u00F3n. Pero el art\u00EDculo 68 habla de \"conciliaci\u00F3n\" y el art\u00EDculo 69 de \"audiencia de conciliaci\u00F3n\". Entonces, propuse agregar la palabra \"audiencia\" en el art\u00EDculo 68 y suprimir el 69, que habla de \"conciliaci\u00F3n\".\n \nPor consiguiente, hay que compatibilizar ambas disposiciones, para dejar en claro que se trata de una audiencia. \n " . . . . . . . . .