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- rdf:value = " El señor VIERA-GALLO .-
Señor Presidente , la Comisión se esforzó en que la mediación no fuera algo de buena voluntad ni de tinte religioso, sino una institución -generalmente un organismo no gubernamental-, donde participen personas con capacidad profesional y técnica. En todas las profesiones, existe una especialidad dedicada precisamente a la mediación. Aquí no se supone que los curas, los pastores o los rabinos practiquen la mediación, pues deben hacerlo profesionales, como terapeutas familiares; o sea, personas expertas en la materia. Otra cosa es que haya organismos no gubernamentales católicos, evangélicos, judíos u otros. Pero no debe hacerse cargo la misma iglesia, sino una institución seria que en vez de poner factores religiosos de por medio, introduzca más bien los relativos a terapia familiar, psicología, etcétera.
Por eso, y no por discriminación, se exige cierto nivel profesional.
A mi juicio, debe quedar muy claro que, cuando la norma señala "un título profesional idóneo", se refiere a que -por ejemplo, el título de teólogo que pueda tener un cura católico no es idóneo para mediar en una ruptura matrimonial- deben ser personas que han estudiado educación familiar o servicio social y que cuenten con una especialización en la materia.
Ésa era la idea, señor Presidente.
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