. . . " El se\u00F1or CHADWICK .- \nSe\u00F1or Presidente, el inciso segundo del art\u00EDculo 79 dispone que los miembros de las personas jur\u00EDdicas deben cumplir con los requisitos mencionados en el inciso primero. De manera que si bien son las personas jur\u00EDdicas las que van a estar inscritas, quienes deber\u00E1n cumplir los requisitos del inciso primero ser\u00E1n las personas naturales que efect\u00FAen la mediaci\u00F3n en representaci\u00F3n de esas instituciones.\n \n " . . . . .