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- rdf:value = " La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , la verdad es que hay países que no tienen una legislación como la nuestra. Por ejemplo, en Inglaterra y Estados Unidos existe la "common law". Entonces, pregunto ¿qué legislación va a aplicar el juez chileno?
El señor ESPINA .-
¡La extranjera!
La señora MATTHEI.-
Es que no existe una legislación extranjera, sino una jurisprudencia.
El señor ESPINA .-
Ésa.
La señora MATTHEI.-
Me gustaría saber si el juez chileno leerá las leyes y, además, la jurisprudencia de todos los países. Porque tendría que estudiar como diez años para dictar sentencia. Creo que esto no tiene ningún sentido.
¿Qué hará con una legislación musulmana?
Por cierto, para entender una ley, debe conocerse la Constitución y todo el entorno jurídico general, los aspectos patrimoniales, etcétera. O sea, el pobre juez necesitará estudiar mucho antes de fallar.
En verdad, o se remite el asunto a un juez del país donde se casaron y que él decida...
El señor ESPINA .-
Así se hará.
La señora MATTHEI.-
¡Pero es absurdo! Porque si uno de los cónyuges vive en nuestro país, debe aplicarse la ley chilena. Pero si ninguno de los dos está radicado acá, ¿qué tiene que hacer un juez chileno?
"
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