REP�BLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACI�N OFICIAL LEGISLATURA 350�, EXTRAORDINARIA Sesi�n 29�, en jueves 15 de enero de 2004 Extraordinaria (De 10:53 a 12:50) PRESIDENCIA DEL SE�OR ANDR�S ZALD�VAR LARRA�N, PRESIDENTE SECRETARIO, EL SE�OR CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, TITULAR ____________________ � N D I C E Versi�n Taquigr�fica P�g. I. ASISTENCIA......................................................................................................... II. APERTURA DE LA SESI�N............................................................................... III. CUENTA..........................................................................�. Transparencia de compra por Fuerza A�rea de aviones Mirage (intervenci�n del se�or Vega)...................................................................................... IV. ORDEN DEL D�A: Proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, que modifica el DL. N� 2.763, de 1979, con la finalidad de establecer una nueva concepci�n de la autoridad sanitaria, distintas modalidades de gesti�n y fortalecer la participaci�n ciudadana (2980-11) (se aplaza su discusi�n)........................ Proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, que establece una nueva ley de matrimonio civil (1759-18) (queda pendiente su discusi�n particular).............................. VERSI�N TAQUIGR�FICA I. ASISTENCIA Asistieron los se�ores: --Arancibia Reyes, Jorge --�vila Contreras, Nelson --Boeninger Kausel, Edgardo --Bombal Otaegui, Carlos --Canessa Robert, Julio --Cantero Ojeda, Carlos --Cariola Barroilhet, Marco --Chadwick Pi�era, Andr�s --Coloma Correa, Juan Antonio --Cordero Rusque, Fernando --Espina Otero, Alberto --Fern�ndez Fern�ndez, Sergio --Flores Labra, Fernando --Frei Ruiz-Tagle, Carmen --Frei Ruiz-Tagle, Eduardo --Garc�a Ruminot, Jos� --Gazmuri Mujica, Jaime --Horvath Kiss, Antonio --Larra�n Fern�ndez, Hern�n --Mart�nez Busch, Jorge --Matthei Fornet, Evelyn --Moreno Rojas, Rafael --Naranjo Ortiz, Jaime --Novoa V�squez, Jovino --N��ez Mu�oz, Ricardo --Ominami Pascual, Carlos --Orpis Bouch�n, Jaime --P�ez Verdugo, Sergio --Parra Mu�oz, Augusto --Romero Pizarro, Sergio --Ruiz De Giorgio, Jos� --Ruiz-Esquide Jara, Mariano --Sabag Castillo, Hosa�n --Silva Cimma, Enrique --Stange Oelckers, Rodolfo --Vega Hidalgo, Ram�n --Viera-Gallo Quesney, Jos� Antonio --Zald�var Larra�n, Adolfo --Zald�var Larra�n, Andr�s --Zurita Camps, Enrique Concurrieron, adem�s, el se�or Ministro de Salud, y el se�or Jefe del Departamento de Asesor�a Jur�dica del Ministerio de Salud. Actu� de Secretario el se�or Carlos Hoffmann Contreras, y de Prosecretario, el se�or Sergio Sep�lveda Gumucio. II. APERTURA DE LA SESI�N --Se abri� la sesi�n a las 10:53 en presencia de 16 se�ores Senadores. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesi�n. III. CUENTA El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretar�a. El se�or SEP�LVEDA (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Mensaje De su Excelencia el Presidente de la Rep�blica, mediante el cual retira la urgencia y la hace presente, nuevamente, en el car�cter de "suma", respecto del proyecto que regula sistemas de transporte de energ�a el�ctrica, establece un nuevo r�gimen de tarifas para sistemas el�ctricos medianos e introduce las adecuaciones que indica a la Ley General de Servicios El�ctricos (bolet�n N� 2.922-08). --Queda retirada la urgencia, se tiene presente la nueva calificaci�n y se manda agregar el documento a sus antecedentes. Oficios De la Honorable C�mara de Diputados, por medio del cual comunica que ha dado su aprobaci�n al proyecto que modifica la ley N� 19.764, sobre reintegro parcial de peajes pagados en v�as concesionadas, con urgencia calificada de "discusi�n inmediata" (bolet�n N� 3.447-15). --Pasa a la Comisi�n de Obras P�blicas y a la de Hacienda, en su caso. Informe De la Comisi�n de Relaciones Exteriores, reca�do en el proyecto de acuerdo, en segundo tr�mite constitucional, que aprueba la "Convenci�n Interamericana contra el Terrorismo", adoptada en Bridgetown, Barbados, el 3 de junio de 2002 (bolet�n N� 3.280-10). --Queda para tabla. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Hago presente que si los dos �ltimos proyectos son calificados como de de "discusi�n inmediata" ser�n colocados en la tabla de F�cil Despacho de la pr�xima sesi�n ordinaria. Terminada la Cuenta. Solicito el asentimiento un�nime de la Sala para conceder la palabra al Honorable se�or Vega, quien ha pedido intervenir para referirse a una materia ajena a la Cuenta. Acordado. Tiene la palabra su Se�or�a. TRANSPARENCIA DE COMPRA POR FUERZA A�REA DE AVIONES MIRAGE El se�or VEGA.- Se�or Presidente, en verdad, deseo intervenir por respeto al Senado y a cada uno de los se�ores Senadores, a quienes profeso gran estimaci�n. Creo que Sus Se�or�as merecen escuchar mi opini�n respecto al art�culo aparecido hoy d�a en "El Mercurio", que no es m�s que una consecuencia de muchos otros publicados en forma bastante ligera, sin conocer realmente el trasfondo de un problema bastante mayor. �ste se origin�, desafortunadamente, en un pa�s de Europa donde se compraron unos aviones "Mirage" hace ya m�s de diez a�os, respecto a lo cual no sab�amos que exist�an diversas circunstancias de car�cter pol�tico y econ�mico muy profundas. Quiero se�alar que la transacci�n realizada por la Fuerza A�rea de Chile fue absolutamente transparente. Se efectu� en forma directa con la Fuerza A�rea de B�lgica, sin gestores ni intermediarios como han mencionado las publicaciones de prensa, y si los hubo, ello es exclusiva responsabilidad de quienes vendieron los aviones, que significaron una muy buena adquisici�n para nuestra Fuerza A�rea. A ra�z de las investigaciones en B�lgica, se envi� un exhorto a Chile y se formularon numerosas consultas. El mismo Senador que habla declar� por oficio a la magistrada del Primer Juzgado del Crimen de Santiago, con los detalles del caso. A su vez, la Fuerza A�rea realiz� una investigaci�n acuciosa al respecto y el Consejo de Defensa se hizo parte en relaci�n con algunos efectos colaterales en el pa�s. Pero lo que quer�a puntualizar a mis Honorables colegas es la actuaci�n que cupo a la Instituci�n. En esa �poca fui su Comandante en Jefe y, por lo tanto, me siento responsable, en alguna medida, de todos los aspectos administrativos derivados. Deseaba consignar esta breve rese�a, se�or Presidente. La verdad de las cosas es que oportunamente proporcionar� explicaciones m�s t�cnicas, porque, en realidad, el asunto es muy complejo, con muchas aristas. Creo que algunas de las publicaciones se han excedido largamente de lo que debiera ser una trascendente cuesti�n de car�cter especializado. Reitero que he intervenido porque creo que esta Corporaci�n lo merec�a, por lo menos en mi opini�n. Aqu� muchos me aconsejaron que no lo hiciera, que no abriera la boca, que no hiciera de caja de resonancia. Pero me sent�a con el deber de expresar una muy ligera precisi�n sobre el tema, sobre el cual supongo que todos los se�ores Senadores han le�do en la prensa. He dicho. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Le agradezco la informaci�n, Su Se�or�a. Me parece que con ello interpreto a todos. Se dejar� la constancia pertinente, de todas maneras, en la Versi�n Oficial. IV. ORDEN DEL D�A MODIFICACI�N DE DECRETO LEY N� 2.763, DE 1979, SOBRE ESTABLECIMIENTO DE NUEVA CONCEPCI�N DE LA AUTORIDAD SANITARIA El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Proyecto de ley, en segundo tr�mite constitucional, que modifica el decreto ley N� 2.763, de 1979, con la finalidad de establecer una nueva concepci�n de la autoridad sanitaria y distintas modalidades de gesti�n, y de fortalecer la participaci�n ciudadana, con segundos informes de las Comisiones de Salud y de Hacienda, y con urgencia calificada de "simple". --Los antecedentes sobre el proyecto (2980-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 16�, en 3 de diciembre de 2002. Informes de Comisi�n: Salud, sesi�n 27�, en 26 de agosto de 2003. Salud (segundo), sesi�n 28�, en 14 de enero de 2004. Hacienda, sesi�n 28�, en 14 de enero de 2004. Discusi�n: Sesi�n 29�, en 27 de agosto de 2003 (se aprueba en general). ---------------- El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Solicito la autorizaci�n del Senado para que ingrese a la Sala el se�or Andr�s Romero, abogado asesor del Ministerio de Salud. --Se accede. ---------------- El se�or HOFFMANN (Secretario).- El proyecto fue aprobado en general en sesi�n del 27 de agosto del a�o pasado. Las Comisiones de Salud y de Hacienda dejan constancia, para los efectos reglamentarios, que no fueron objeto de indicaciones ni de modificaciones los art�culos 2� y 5� (que pas� a ser 4�), y los art�culos duod�cimo, decimotercero y vig�simo transitorios. En consecuencia, deben darse por aprobados, conforme a lo establecido en el inciso primero del art�culo 124 del Reglamento. --Se aprueban reglamentariamente. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Las modificaciones efectuadas por la Comisi�n de Salud al proyecto aprobado en general se consignan en su segundo informe y fueron acordadas por unanimidad, con excepci�n de 22 enmiendas que se proponen por mayor�a, las cuales no voy a citar para no extender la relaci�n y se ir�n describiendo a medida que se avance en la discusi�n del proyecto. Por su parte, las modificaciones efectuadas por la Comisi�n de Hacienda, conociendo de los art�culos del proyecto que son de su competencia, se consignan en su informe y tambi�n fueron acordadas por unanimidad, con excepci�n de nueve, que tendr�n el mismo tratamiento que las de la Comisi�n de Salud. Cabe tener presente que las modificaciones acordadas por unanimidad deben ser votadas sin debate, conforme a lo dispuesto en el inciso sexto del art�culo 133 del Reglamento, salvo que alg�n se�or Senador, antes del inicio de la discusi�n particular, solicite debatir la proposici�n de la Comisi�n respecto de alguna de ellas o que haya indicaciones renovadas, lo cual hasta este momento no ha ocurrido. La Comisi�n de Hacienda, luego de analizar el informe financiero, se�ala que las normas del proyecto no producir�n desequilibrios presupuestarios ni incidir�n negativamente en la econom�a del pa�s. Cabe hacer presente que las normas que la Comisi�n de Salud consideraba como de rango org�nico constitucional en su segundo informe, fueron suprimidas por la Comisi�n de Hacienda. Sus Se�or�as tienen a la vista un bolet�n comparado dividido en cinco columnas. La primera contiene los textos legales atinentes a la iniciativa en discusi�n; la segunda transcribe el texto aprobado en general por el Senado; la tercera consigna las modificaciones efectuadas por la Comisi�n de Salud; la cuarta, las enmiendas que propone la de Hacienda, y la �ltima contiene el texto final que se propone aprobar. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- �Habr�a acuerdo para dar por aprobadas todas las modificaciones que fueron objeto de acuerdos un�nimes? Ha llegado una sola indicaci�n para votar una de ellas por separado. El se�or VIERA-GALLO.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- S�, se�or Senador. El se�or VIERA-GALLO.- Hay dos indicaciones -no renovadas, sino planteadas con las firmas de los Honorables se�ora Matthei y se�ores Espina, Boeninger, Parra, Ominami, Ruiz-Esquide y del Senador que habla-, que pueden incidir en las normas a que se hace referencia. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En su momento lo tendr� presente,... El se�or VIERA-GALLO.- Se hallan en poder de la Secretar�a. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- ... para hacer la excepci�n respectiva. Si no hay inconvenientes, el resto de las disposiciones se dar�n por aprobadas. --Se aprueban. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En discusi�n particular. El se�or HOFFMANN (Secretario).- En cuanto a las enmiendas al decreto ley N� 2.763, de 1979, y a la sustituci�n de su art�culo 4� dispuesta por el n�mero 1) del art�culo 1�, la Comisi�n de Salud recomienda reemplazar el primer p�rrafo del n�mero 3 por el siguiente: "3.- Velar por el debido cumplimiento de las normas en materia de salud.". Ello fue acordado por cuatro votos a favor y uno en contra. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Ofrezco la palabra. Si le parece a la Sala, se aprobar� la proposici�n. --Se aprueba. El se�or HOFFMANN (Secretario).- A continuaci�n, se sugiere sustituir la oraci�n inicial del segundo p�rrafo del n�mero 3, "La fiscalizaci�n de las normas contenidas en el C�digo Sanitario y dem�s leyes complementarias", por "La fiscalizaci�n de las disposiciones contenidas en el C�digo Sanitario y dem�s leyes, reglamentos y normas complementarios y la sanci�n a su infracci�n cuando proceda". Lo anterior se resolvi� tambi�n por cuatro votos a favor y uno en contra. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- La explicaci�n es obvia, se�or Presidente. Sencillamente, se ampli� el texto y no se incluye solamente la referencia al C�digo Sanitario y dem�s leyes complementarias, sino que se agregan los reglamentos y normas complementarias, a fin de dar una mayor claridad. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Efectivamente. Constituye una precisi�n de redacci�n. Si le parece a la Sala, se aprobar�. --Se aprueba. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Se plantea reemplazar el tercer p�rrafo del mismo n�mero 3 por el siguiente: "La labor de inspecci�n o verificaci�n del cumplimiento de las normas podr� ser encomendada a terceros id�neos debidamente certificados conforme al reglamento, s�lo en aquellas materias que �ste se�ale y siempre que falte personal para desarrollar esas tareas y que razones fundadas ameriten el encargo. La contrataci�n se regir� por lo dispuesto en la ley N� 19.886, debiendo cumplir la entidad privada, al menos, los siguientes requisitos: experiencia calificada en materias relacionadas, de a lo menos tres a�os; personal id�neo, e infraestructura suficiente para desempe�ar las labores. En caso de que estas actividades puedan ser desarrolladas por universidades, el concurso deber� llamarlas en primer orden.". Ello fue aprobado por dos votos a favor y uno en contra. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, la verdad es que la disposici�n fue objeto de un largu�simo debate en la Comisi�n. Por una parte, tenemos la mejor idea de los fiscalizadores dependientes del Ministerio de Salud que se ocupan en el cumplimiento del C�digo Sanitario. Por la otra, esa Secretar�a de Estado asegur� que las cuestiones fiscalizables est�n creciendo, producto, entre otros motivos, de los tratados de libre comercio suscritos por Chile en los �ltimos tiempos, y que en ciertas �pocas o en relaci�n con ciertos aspectos realmente falta personal id�neo. Conversamos largamente con la directiva de esos funcionarios e intentamos contemplar normas que aseguren la seriedad de dicha labor. Lo que se quiere evitar es que finalmente act�en privados que reciban alg�n pago y finalmente no la efect�en. �se es el temor. Y llegamos a un acuerdo con ellos en cuanto a propender a la mayor responsabilidad posible en ese �mbito, por lo cual se dispuso que la actividad mencionada podr� cederse a terceros solamente en casos calificados, cuando falte personal id�neo, y que cuando la fiscalizaci�n pueda ser ejercida por universidades se preferir� a esos planteles de ense�anza superior si se hallan en igualdad de condiciones con particulares. �se es el fundamento de la proposici�n. Debo se�alar que ello no dej� plenamente satisfecha a la directiva. Sus integrantes demostraron una tremenda madurez y responsabilidad en todos sus planteamientos, pero creemos estar proponiendo algo razonable, dado que se necesita, por un lado, alguna flexibilidad, pero, por el otro, constituyen aspectos muy sensibles, que deben ser bien fiscalizados. Gracias. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Silva. El se�or SILVA.- Se�or Presidente, en primer lugar, debo empezar lamentando la extremada urgencia que se asigna a una discusi�n tan compleja, respecto de un proyecto de tanta trascendencia. Y debo destacar que la magnitud de la normativa en estudio pr�cticamente nos ha impedido leer siquiera los informes, que fueron distribuidos... --(Aplausos en tribunas). El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Advierto al p�blico que no se aceptan manifestaciones, y le pido respeto. Los asistentes son profesionales que conocen el tema en an�lisis, pero la discusi�n se lleva a cabo en el Senado. Se encuentran autorizados para concurrir, pero no tienen derecho a participar ni con esas expresiones ni con ninguna otra. Por lo tanto, advierto que a la pr�xima demostraci�n de esa naturaleza me ver� en la obligaci�n de hacer desocupar la tribuna, en virtud de una norma reglamentaria. Puede proseguir el Honorable se�or Silva. El se�or SILVA.- Se�or Presidente, usted sabe que no es mi �nimo provocar este tipo de dificultades. Estoy simplemente observando un hecho que no deja de ser sorprendente, pero que no es la primera vez que se registra. Nos enfrentamos a la posibilidad de abordar sin el debido estudio un proyecto de la envergadura del que se ha sometido a nuestra consideraci�n, por la sencilla raz�n de que los informes no llegaron a nuestro poder sino anoche. Y son textos que en forma alguna se podr�an despachar con un relativo estudio de veinte o diez minutos, o menos. Deseo precisar que la fiscalizaci�n, a la cual se hace referencia en general -y, por lo tanto, no se especifica si es de car�cter t�cnico, m�dico o lo que sea-, ha sido establecida en Chile ya a nivel constitucional. No puedo dejar de recordar que el art�culo 87 de la Carta espec�ficamente dice relaci�n a ella. He escuchado con singular inter�s lo hecho presente por la Senadora se�ora Matthei, quien me merece siempre mucho respeto en el orden de las explicaciones que formula. La se�ora MATTHEI.- �Me concede una interrupci�n, Su Se�or�a? El se�or SILVA.- Con todo agrado. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, si se mira la �ltima columna de la p�gina 2 del bolet�n comparado, se ver� que el n�mero 3 del art�culo 4� se refiere a "La fiscalizaci�n de las disposiciones contenidas en el C�digo Sanitario y dem�s leyes, reglamentos y normas complementarios y la sanci�n a su infracci�n cuando proceda, en materias tales como higiene y seguridad del ambiente y de los lugares de trabajo, productos alimenticios, inhumaciones, exhumaciones y traslado de cad�veres, laboratorios y farmacias". Entonces, de eso hablamos. No hay ninguna fiscalizaci�n m�dica, ni a los hospitales ni a los que dan acciones de salud, sino m�s bien se trata de normas de higiene ambiental. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Recupera el uso de la palabra el Senador se�or Silva. El se�or SILVA.- Se�or Presidente, la verdad es que es muy poco lo que se aclara con lo que acabamos de escuchar. En Chile la fiscalizaci�n se establece en general a nivel constitucional o a nivel legal. Esto de que la fiscalizaci�n se transfiera a entidades particulares es una tendencia que se observa desde hace muy poco tiempo a esta parte y que, en el fondo, conduce a algo que muchos personeros de partidos pol�ticos hemos rechazado. Pretender que la fiscalizaci�n simplemente se encomiende a entidades particulares significa ni m�s ni menos que traspasar por la v�a reglamentaria parte de la funci�n p�blica, la que puede ser de administraci�n activa, fiscalizadora u otra. No pretendo dar clases aqu�, pero me sorprende que se aboque al Senado a discutir cuestiones de esta relevancia poco menos que en ayunas. No quisiera pedir segunda discusi�n para una materia de esta trascendencia. Adem�s, tengo dudas acerca de si reglamentariamente procede pedirla ahora. Si ello no fuera factible, me voy a abstener, dejando constancia de que, a mi juicio, la forma como se legisla no es aceptable. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Hago presente a Su Se�or�a que �ste fue un acuerdo un�nime de todos los Comit�s, incluido el de su partido. Y se estima que al adoptar una resoluci�n de ese tipo cada Senador asume su propia responsabilidad para estudiar el proyecto y conocer cada uno de los art�culos de que trata. De modo que espero que as� lo hagan Sus Se�or�as. Por lo dem�s, cuando votamos aqu�, en el Senado, lo hacemos con pleno conocimiento de los temas. Y el que no crea tener ese pleno conocimiento est� en su derecho de abstenerse o, sencillamente, de rechazarlos. El se�or SILVA.- No s� si corresponde solicitar segunda discusi�n, se�or Presidente. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Dada la urgencia con que viene calificado el proyecto, me parece que no estar�amos en condiciones de aceptarla. Tiene la palabra el Senador se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, s�lo quiero corroborar el alcance del t�rmino "fiscalizaci�n" dado por la Senadora se�ora Matthei, lo cual debiera despejar las objeciones respecto de este art�culo. Por otro lado, tengo una duda en cuanto a la redacci�n de la �ltima frase. No s� si escuch� mal cuando la ley� el se�or Secretario. Seg�n lo aprobado por la Comisi�n de Salud, la �ltima frase del n�mero 3 del art�culo 4� dice: "En caso de que estas actividades puedan ser desarrolladas por universidades, el concurso deber� llamarlas en primer orden.". En la Comisi�n de Hacienda se estim� que eso podr�a introducir un elemento discriminatorio o arbitrario. En realidad, el texto aprobado expresa que se deber�n considerar los contratos con un mayor factor de ponderaci�n, con lo cual se salva esa discriminaci�n. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene raz�n, se�or Senador. En efecto, debemos pronunciarnos en definitiva respecto del �ltimo informe,... El se�or BOENINGER.- Lo relativo a esta �ltima frase. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).-...que es el de la Comisi�n de Hacienda, que lo acogi� en forma un�nime. El se�or BOENINGER.- As� es. El se�or VIERA-GALLO.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Espina. El se�or VIERA-GALLO.- �Me permite plantear un asunto reglamentario, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Si el Senador se�or Espina est� de acuerdo, no tendr�a objeci�n. El se�or ESPINA.- Por supuesto, se�or Presidente. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, puede ocurrir que respecto de varias normas haya discrepancia de concepto o de redacci�n entre el texto aprobado por la Comisi�n de Salud y el despachado por el de la de Hacienda. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se votar� lo propuesto por la Comisi�n de Hacienda. El se�or VIERA-GALLO.- En ese caso, quienes quisi�ramos votar por el texto de la Comisi�n de Salud tendr�amos que pronunciarnos en contra de lo sugerido por la de Hacienda. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En cada oportunidad se indicar� c�mo debe votarse, porque -como se dijo- existe discrepancia entre lo aprobado por una y otra Comisi�n. Tiene la palabra el Honorable se�or Espina. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, en primer lugar, me hago cargo de lo se�alado por el Senador se�or Silva, desde dos perspectivas distintas. El art�culo que nos ocupa es igual al que se aprob� cuando se discuti� en general el proyecto hace ya varios meses. Adem�s, esta iniciativa lleva un a�o de tramitaci�n en el Senado. Pero no quisiera que se argumentara con posterioridad que los Senadores no tuvieron tiempo para leer y analizar el proyecto. Por consiguiente, si el Honorable se�or Silva cree que necesita m�s tiempo para estudiarlo, los Senadores de Renovaci�n Nacional nos allanamos absolutamente a esa posibilidad. Respecto de un proyecto de esta importancia, en el que algunos hemos trabajado intensamente durante un a�o, quiero decir que se ha permitido la asistencia permanente a quienes han querido participar en las sesiones. La Comisi�n de Salud del Senado nunca cerr� las puertas a nadie. �Nunca! Y lo saben todas las personas con inter�s en esta materia. Sin embargo, reitero que si el Senador se�or Silva argumenta que necesita m�s tiempo para su an�lisis, porque el informe le fue entregado ayer, solicito segunda discusi�n, se�or Presidente. La pido porque no quiero que al Senado se le acuse -soy Senador y respeto mi trabajo- de aprobar una normativa entre gallos y medianoche. Entonces, como se trata de una iniciativa compleja, habr� ocasi�n de estudiarla ma�ana y el fin de semana y, en la sesi�n siguiente, de despacharla �ntegramente. Y esto debe ocurrir, en todo caso, en el transcurso de este mes. Por lo tanto, estoy llano, sin ning�n inconveniente, a que, si el Honorable se�or Silva estima que el texto debe estudiarse m�s exhaustivamente, as� se haga, con el objeto votarlo en particular en los d�as siguientes. �sta es la posici�n de Renovaci�n Nacional. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Senador Ominami. El se�or OMINAMI.- Se�or Presidente, respecto de esta controversia, deseo decir que nuestra tarea como Senado es sacar adelante buenas leyes y no hacerlo de manera r�pida. En la Comisi�n de Hacienda destinamos cuatro sesiones a la discusi�n de este proyecto. Nos reunimos un mi�rcoles, un viernes, un lunes y el martes siguiente. Eso representa m�s o menos 14 horas de trabajo. Desde este punto de vista, yo respondo por la Comisi�n de Hacienda en su conjunto, ya que hizo su trabajo y revis� uno a uno los distintos art�culos de la iniciativa. Quienes integramos dicha Comisi�n, conocemos bastante bien los alcances de las distintas normas propuestas. El se�or BOENINGER.- �Me permite, Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Parra. El se�or PARRA.- Se�or Presidente, no est� en el �nimo del Honorable se�or Silva -y as� me lo ha hecho saber en este minuto- provocar que la iniciativa tenga segunda discusi�n, ni ning�n entorpecimiento a su despacho, m�xime si se considera que ha sido largamente esperada por la ciudadan�a y su trascendencia para el futuro del pa�s. Estamos haciendo dos tipos de reservas. La primera se refiere a que nadie en la Sala puede dejar de compartir que, desgraciadamente, el despacho de esta normativa se est� efectuando en condiciones no �ptimas para el trabajo que corresponde a cada uno. El informe de la Comisi�n de Hacienda fue distribuido reci�n ayer en la tarde. En cuanto al comparado, lo hemos recibido al comenzar esta sesi�n. Ciertamente, una materia de esta naturaleza hac�a deseable que hubi�ramos contado con un tiempo m�s extenso para conocer las enmiendas introducidas. En segundo t�rmino, junto con el Honorable se�or Silva -a pesar de que la disposici�n en debate se aprob� un�nimemente por la Comisi�n de Hacienda, pedimos formalmente votarla en forma separada. Y, atendida la trascendencia de traspasar la fiscalizaci�n a instituciones privadas, con lo cual no estamos de acuerdo, no obstante el car�cter marcadamente excepcional que se le da en el texto, desde ya anunciamos que nos abstendremos. El se�or ROMERO.- Se�or Presidente, pido la palabra. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se ha originado un debate sobre un tema que creo que hay que cerrar. Voy a dar la palabra a dos Senadores: los Honorables se�ores N��ez y Romero. El se�or ROMERO.- �Pero c�mo! El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Me hab�an pedido la palabra� El se�or ROMERO.- Pero en el orden en que la pidan los Senadores. Y la hab�a pedido yo. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- La solicit� primero el Honorable se�or N��ez. El se�or ROMERO.- �No se�or! El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or N��ez y despu�s el Senador se�or Romero. El se�or ROMERO.- Reclamo, se�or Presidente,� El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Muy bien. Dejo constancia del reclamo. El se�or ROMERO.-�porque le consta a la Sala que estamos pidiendo la palabra desde hace ya un instante. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Yo le digo que primero me la pidi� el Honorable se�or N��ez. Tiene la palabra el Senador se�or N��ez. El se�or ROMERO.- Es una mala costumbre de la Presidencia. El se�or N��EZ.- No hay ning�n inter�s� El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- �No es mala costumbre, Senador! �Le pido por favor respeto a la Presidencia! El se�or ROMERO.- �Le estoy pidiendo respetar a los Senadores! El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Usted tiene que respetar la Presidencia. El se�or ROMERO.- �No se�or! El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- �Por favor! Tiene la palabra el Senador se�or N��ez. El se�or ROMERO.- �Es la tercera vez esta semana! El se�or N��EZ.- Al parecer estamos� El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- �Respete a la Presidencia, se�or! El se�or ROMERO.- �Es la tercera vez esta semana! El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, al parecer �ste es un d�a particularmente agitado. No corresponde a la tradici�n del Senado que nos disputemos el uso de la palabra. Yo no tengo ning�n problema en que primero haga uso de ella el Senador se�or Romero. Solamente quiero manifestar, en nombre del Comit� Socialista, que, dadas las cr�ticas y observaciones que acaba de se�alar el Honorable se�or Silva, lo consecuente y lo realista es pedir segunda discusi�n. Por lo tanto, a pesar de que reglamentariamente no procede, solicito a la Mesa que de todas maneras haga uso de su facultad. Estamos de acuerdo con la segunda discusi�n; somos partidarios de analizar con detenci�n el proyecto; no queremos que nuevamente se acuse al Senado y a sus Comisiones de que no han trabajado bien. Tengo la m�s absoluta certeza de que las Comisiones de Salud y de Hacienda han cumplido su labor correctamente, como asimismo otras que han tratado proyectos de ley particularmente complejos sobre los cuales tambi�n se ha dicho que no los hemos le�do ni estudiado oportunamente. Dadas esa situaci�n y la complejidad de la iniciativa, en nombre de nuestro Comit�, solicito segunda discusi�n. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Romero. El se�or ROMERO.- Se�or Presidente, deseo reafirmar lo expresado por el se�or Senador que me precedi� en el uso de la palabra y por el Honorable se�or Espina, quienes han sido extraordinariamente claros en destacar que el Senado no est� dispuesto a debatir una materia sobre la cual algunos Senadores estiman que no ha habido el tiempo suficiente para analizarlo. Espero que de una vez por todas se entienda que el Senado de la Rep�blica es una corporaci�n seria y responsable, y que no estamos dispuestos a pagar el precio de poner en debate la normativa y despu�s se diga que no hubo esp�ritu para acoger la solicitud de segunda discusi�n. Creo que aqu� cada uno debe asumir su responsabilidad. Por lo tanto, formalmente pido segunda discusi�n. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, el Senador se�or Parra se�al� que no era el �nimo del Honorable se�or Silva, quien inici� este debate, solicitar segunda discusi�n. Creo que los itinerarios son estrechos, que la discusi�n ha sido larga y exhaustiva, y personalmente no me parece adecuado prolongar los plazos. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Ruiz-Esquide. El se�or RUIZ-ESQUIDE.- Se�or Presidente, en primer lugar, consulto a la Mesa si va a acceder a lo que reglamentariamente corresponde. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Si Su Se�or�a me lo pregunta, creo que debemos buscar una salida reglamentaria al punto. Hubo un acuerdo un�nime adoptado por todos los Comit�s. Pero, por supuesto, es revocable por otro equivalente. Por lo tanto, si los Comit�s -espero que todos sus representantes se encuentren en la Sala- dan su asentimiento un�nime, autom�ticamente puedo dejar sin efecto lo resuelto con anterioridad. �sa ser�a la �nica f�rmula reglamentaria aplicable. El se�or RUIZ-ESQUIDE.- Se�or Presidente, le hice la pregunta porque, independientemente de su respuesta, pienso que estamos frente a tres elementos. El primero se refiere al derecho natural, evidente y consagrado entre nosotros de que cualquier Senador que estime no haber estudiado un proyecto con la suficiente profundidad tiene derecho a pedir segunda discusi�n. Y en esta bancada vamos a respetar esa prerrogativa, porque forma parte de la tradici�n del Senado. Por lo tanto, en ese sentido no hay ninguna objeci�n. Segundo, se ha se�alado que habr�a que pedir segunda discusi�n porque el proyecto no ha sido suficientemente conocido. No comparto esa aseveraci�n. Debo mencionar, con franqueza, que he tenido complicaciones con mi permanencia en la Comisi�n de Salud y, tambi�n, con la forma como hemos tramitado el proyecto. Pero eso es muy distinto que afirmar que el proyecto no ha tenido la tramitaci�n adecuada ni el conocimiento respectivo ni una permanente discusi�n intra y extra parlamentaria, incluso realizada p�blicamente. Algunos Senadores tienen una posici�n respecto de la iniciativa; otros, una distinta. �sa es otra materia. Pero, para conocimiento de los se�ores Senadores que no han participado en la Comisi�n, la verdad es que el proyecto ha sido discutido hasta la saciedad. Ha surgido la informaci�n de que diversos sectores gremiales -y lo digo con mucha claridad- estiman que no han sido considerados en la discusi�n. �se es un tema ajeno al trabajo del Senado. El Senado estudi� la materia con la suficiente latitud como para estar tranquilos, sin perjuicio del derecho que asiste a los Senadores y que destaqu� en primer lugar. Tercero, si enviamos nuevamente el proyecto a la Comisi�n, porque �se el efecto de pedir segunda discusi�n... El se�or ESPINA.- �No es eso, se�or Senador! El se�or N��EZ.- �No! El se�or RUIZ-ESQUIDE.- Muy bien, entonces la segunda discusi�n se har� durante la pr�xima semana o ma�ana, seg�n corresponda. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se�or Senador, reglamentariamente s�lo cabe el aplazamiento de la votaci�n y no la segunda discusi�n porque tendr�amos que terminar la primera. �sa es la sugerencia concreta y precisa de acuerdo con el Reglamento. El se�or RUIZ-ESQUIDE.- Quiero aclarar mis dichos. Yo entiendo que la segunda discusi�n es aquella que se hace despu�s de la primera. Sin embargo, en t�rminos generales, en el Senado siempre se ha entendido que la segunda discusi�n se pide porque no se quiere hacer la primera. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Efectivamente. Habr�a que terminar la primera discusi�n y despu�s comenzar la segunda. �Pero para qu� seguimos discutiendo sem�nticamente si la soluci�n consiste en aplazar la discusi�n? Tiene la palabra el Senador se�or Arancibia; despu�s el Honorable se�or Novoa. El se�or ARANCIBIA.- Se�or Presidente, como representante del Comit� Uni�n Dem�crata Independiente, quiero se�alar que estamos absolutamente abiertos a la proposici�n formulada y que no tenemos ning�n apuro frente al tema. Creemos que la materia nos debiera demandar mayor tiempo de an�lisis y revisi�n. No concuerdo con el Senador se�or Ruiz-Esquide, en cuanto al nivel de informaci�n que manejamos los Senadores que no hemos participado en el debate de las Comisiones. El informe de la Comisi�n de Hacienda, que hemos recibido hoy y sobre el cual no tengo ninguna duda de que es estupendo, fue emitido con fecha 14 de enero de 2004. Es imposible haberlo le�do entre ayer y hoy. En consecuencia, como Comit� UDI no solamente concordamos con el aplazamiento de la discusi�n, sino que lo consideramos absolutamente necesario para dar la seriedad y el respaldo que se merece a una iniciativa como �sta. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Novoa. El se�or NOVOA.- Se�or Presidente, deseo precisar que el acuerdo de los Comit�s obedeci� a que, tanto la Comisi�n de Hacienda como la de Salud, solicitaron que el proyecto fuera despachado en una sesi�n, porque su debate hab�a sido largo, y su aprobaci�n, pr�cticamente un�nime. Obviamente, no tenemos ning�n inconveniente en cambiar esa resoluci�n, de manera que todos los Senadores tengan la posibilidad de leer la iniciativa consignada en el informe de la Comisi�n. Sin embargo, quiero dejar constancia de que la decisi�n de los Comit�s no fue inconsulta, sino que respondi� a la petici�n de dos Comisiones. Esto es, diez Senadores; o sea, pr�cticamente la cuarta parte del Senado. Si un Senador -no es necesario que sea m�s de uno-, plantea la necesidad de leer y analizar en detalle el proyecto, nosotros debemos acceder a esa petici�n y dejar sin efecto el acuerdo de los Comit�s. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Conforme al art�culo 131 del Reglamento, lo que procede es aplazar la discusi�n del asunto, entendiendo que los Comit�s han dado su acuerdo un�nime para revocar la resoluci�n anterior. Por lo tanto, si no hay oposici�n, as� se proceder�. Acordado. Seg�n lo dispuesto por el Reglamento, corresponde fijar fecha para el tratamiento del proyecto. De acuerdo con sus facultades, la Mesa hab�a citado a sesi�n extraordinaria para el martes 20 del mes en curso de 12 a 14 horas. Por lo tanto, adelantar� la hora de su de inicio a las 10:30, con el objeto de discutirlo y despacharlo en los t�rminos acordados. Si le parece a la Sala, se proceder� en esa forma. El se�or N��EZ.- Siempre y cuando puedan funcionar las Comisiones citadas para ese d�a. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- No habr�a problema. El proyecto sobre autoridad sanitaria no contiene normas cuya aprobaci�n requiera qu�rum especial, de manera que los Senadores podr�an parearse. La se�ora MATTHEI.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Diga, se�ora Senadora. La se�ora MATTHEI.- Me llama un poco la atenci�n que la solicitud reci�n formulada provenga de uno de los se�ores Senadores que pidieron aplazar la discusi�n. Si el proyecto es tan importante que algunos quieren leerlo entero, no veo el sentido de que lo hagan si despu�s no van a estar en la Sala cuando se voten sus disposiciones. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, ... El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Evitemos discusiones de orden personal. El se�or N��EZ.- La Mesa llamar� a los Senadores como normalmente lo hace. Pero nosotros hemos le�do el proyecto, lo conocemos y lo vamos a votar. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- No habr� problema. Eso s�, espero que exista el qu�rum necesario para adoptar acuerdos. Bien. Resuelto el tema, pasamos al siguiente punto de la citaci�n. NUEVA LEY DE MATRIMONIO CIVIL El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Corresponde continuar con la discusi�n particular del proyecto que establece una nueva Ley de Matrimonio Civil, con segundo informe de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. --Los antecedentes sobre el proyecto (1759-18) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 34�, en 10 de septiembre de 1997. Informes de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 11�, en 9 de julio de 2003. Constituci�n (segundo), sesi�n 19�, en 16 de diciembre de 2003. Discusi�n: Sesiones 12�, 16� y 17� en 15 y 30 de julio; 18�, 19�, 20�, 21�, 23�, 24� y 25� , en 5, 6, 12 y 13 de agosto de 2003 (queda pendiente su discusi�n general); 26�, en 13 de agosto de 2003 (se aprueba en general); 22�; 24�; 27� y 28�, en 6, 7, 13 y 14 de enero de 2004 (queda pendiente su discusi�n particular). El se�or HOFFMANN (Secretario).- Los Senadores se�ores Gazmuri, N��ez, Pizarro, Viera-Gallo, Cordero, Carmen Frei, P�ez, Ominami, Parra, Boeninger, Flores, Zurita, �vila, Lavandero, Silva y Mu�oz Barra han renovado la indicaci�n N� 90, que tiene por objeto agregar tres nuevos incisos al art�culo 24 de la nueva Ley de Matrimonio Civil, que dicen: "En el caso del inciso precedente, el cese de convivencia tendr� fecha cierta a partir de la notificaci�n de la demanda. "Si no mediare acuerdo, cualquiera de los c�nyuges podr� dejar constancia del cese de la convivencia en cualquiera de los instrumentos se�alados en las letras a) y b) del art�culo 23. Asimismo, podr� dejarse constancia mediante acta extendida ante Carabineros de Chile. "La notificaci�n por ministro de fe de cualquiera de estos instrumentos, no objetada dentro de 30 d�as, otorgar� fecha cierta al cese de la convivencia. Habiendo objeci�n, se proceder� conforme a lo previsto en los art�culos 27 y siguiente, recayendo el peso de la prueba sobre quien solicit� la notificaci�n.". El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En discusi�n la indicaci�n renovada. Tiene la palabra el Honorable se�or Viera-Gallo. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, en los incisos propuestos se plantean dos ideas. La primera se refiere a la constancia en Carabineros del hecho de la separaci�n. Y la segunda corresponde a la objeci�n de la notificaci�n por parte de quien sea notificado. Voy a pedir votaci�n separada con respecto a esto �ltimo, porque considero que abrir un litigio para determinar si una pareja est� separada o no es judicializar un problema que s�lo se resolver� a prop�sito del juicio a que d� origen la demanda de separaci�n judicial o de divorcio. Por lo tanto, pido votar aparte la segunda idea contenida en la indicaci�n. Soy partidario de que se pueda dejar constancia del cese de la convivencia en Carabineros, pero estimo un error levantar todo un juicio sobre esta materia. Adem�s, el asunto aparece resuelto en el inciso segundo del art�culo 26, respecto del cual, junto a los Senadores se�ores Chadwick y Espina, tambi�n he presentado solicitud para votar separadamente la frase "y los c�nyuges no tuvieren hijos", con el objeto de eliminarla. Seg�n dicho precepto, en caso de que no mediara acuerdo entre los c�nyuges, la notificaci�n operar�a como fecha cierta, pero sin dar la posibilidad de iniciar un litigio sobre el particular. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- S�lo deseo confirmar lo que acaba de decir el Senador se�or Viera-Gallo. En realidad, habr�a que retirar el tercero de los incisos propuestos en la indicaci�n, pues el tema que all� se plantea est� mejor resuelto en el art�culo 26. Si eso no se puede hacer, no quedar�a otra alternativa que votarlo separadamente, con el fin de rechazarlo, y resolver el asunto de la notificaci�n y la constancia en Carabineros. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Fern�ndez. El se�or FERN�NDEZ.- Se�or Presidente, independientemente de las razones que hayan motivado la indicaci�n, no considero que sea procedente dejar constancia en Carabineros de un hecho familiar o relacionado con el matrimonio. No me parece un sistema adecuado. Aqu� no se trata de delitos, ni de accidentes del tr�nsito, ni de ninguna cosa de ese tipo. No creo que la mejor forma de acreditar una separaci�n sea la de una constancia ante una instituci�n que, adem�s, ya tiene suficiente trabajo y responsabilidades como para estar recibiendo m�s cargas u obligaciones. Carabineros debe preocuparse de la seguridad, que es uno de los problemas m�s importantes en el pa�s. El se�or BOENINGER.- �Me permite una interrupci�n, se�or Senador, para hacer una aclaraci�n? El se�or FERN�NDEZ.- Con la venia de la Mesa, no tengo inconveniente. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, la constancia en Carabineros se plantea pensando en los grandes sectores de la poblaci�n, los m�s modestos y de menores recursos, que tradicionalmente realizan sus denuncias a trav�s de ese medio. Para que la norma sea eficaz respecto de esas personas, pienso que la notificaci�n y el acta extendida por la polic�a uniformada pueden ser una buena soluci�n. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Recupera la palabra el Honorable se�or Fern�ndez. El se�or FERN�NDEZ.- Yo considero que Carabineros cumple otro rol, otras funciones. No corresponde dejar constancia de asuntos familiares ante sus dependencias. Los problemas de seguridad, como digo, son bastante m�s importantes. De lo contrario, el funcionario policial tendr� que destinar un tiempo precioso para otorgar documentos, de los cuales luego se pedir�n copias, etc�tera. No me parece que �se sea el procedimiento adecuado para resolver una situaci�n de esta naturaleza. Ser�a mejor buscar otro tipo de mecanismos o pensar en funcionarios distintos para ese efecto, pero en ning�n caso en Carabineros. La falta de seguridad que estamos viviendo no hace recomendable agregarle m�s funciones u obligaciones, ni recargar a esa instituci�n con tareas que, como en este caso, pueden ser muy frecuentes. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Moreno. El se�or MORENO.- Se�or Presidente, esta materia la discutimos en la Comisi�n, donde no se estim� conveniente por algunas de las razones que aqu� se han entregado. Sin embargo, quiero agregar nuevos antecedentes que surgieron ayer en el debate de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. Se estaba discutiendo el proyecto sobre tribunales de familia, donde hay un cap�tulo completo dedicado a violencia intrafamiliar, y precisamente en ese tema qued� establecido el tipo de constancia de estos hechos ante Carabineros y el modo de llevarla a cabo, con el objeto de que forme parte de un eventual proceso judicial. Tenemos conciencia de que en la aplicaci�n de la reforma procesal penal existe un problema de procedimiento en Carabineros. He recibido informaci�n respecto de que, en muchos lugares, los agentes policiales ya no reciben instrucciones del oficial superior directo -el teniente o el capit�n-, sino del fiscal, debiendo realizar acciones, como sacar una fotocopia, de su propio peculio, situaci�n bastante curiosa y an�mala, y que ocurre en la actualidad. Por lo tanto, es complicado entregar a Carabineros esta funci�n. Si se produce un hecho de violencia intrafamiliar �un golpe, por ejemplo-, lo primero que har� la persona afectada es efectuar la denuncia en la comisar�a m�s cercana. Entonces, se le preguntar� a qu� va: si se trata del cese de la convivencia, de una separaci�n de hecho, de un golpe o de qu�. Con esto vamos a entrar en una discusi�n que -como �ste efectivamente ser� un documento de prueba- desaconsejo absolutamente y me declaro partidario de separar estas instancias. El problema de seguridad es uno y el de violencia intrafamiliar, otro. Pero una constancia que da cuenta del t�rmino de una convivencia �por ejemplo, los c�nyuges separaron habitaci�n- se puede hacer en el Registro Civil. Cabe recordar que este organismo est� habilitado para operar en l�nea pr�cticamente en todas las comunas y, tambi�n, en las localidades peque�as. En consecuencia, estimo que esta indicaci�n renovada no es conveniente. He dicho. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Espina. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, en primer lugar, esta indicaci�n -salvo que me haya confundido en el cambio entre el proyecto de salud anterior y �ste- no tiene que ver con el contenido del art�culo 24. Consulto a la Mesa si estamos viendo la indicaci�n n�mero 90, que se refiere a este art�culo. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- As� es. El se�or ESPINA.- Entonces, siento que ella debiera estar vinculada al art�culo 26, que alude al punto en discusi�n, al disponer que "El cese de la convivencia tendr� tambi�n fecha cierta a partir de la notificaci�n de la demanda, en el caso del art�culo 24.". Este �ltimo, en cambio, dice: "A falta de acuerdo, cualquiera de los c�nyuges podr� solicitar que el procedimiento judicial que se sustancie", etc�tera. Por lo tanto, desde ya considero que esta indicaci�n debe rechazarse por su mala ubicaci�n. En segundo t�rmino, el art�culo 26, al que yo creo que deber�a hacer referencia la indicaci�n, est� bien, pero queda mejor con la correcci�n que plante�, con toda raz�n, el Honorable se�or Viera-Gallo, en la indicaci�n N� 93. �sta no s�lo establece como fecha cierta la que consta en algunos de los documentos del art�culo 23 (escritura p�blica, acta extendida ante Oficial del Registro Civil), sino tambi�n la de notificaci�n de la demanda. Ello, para exigir las prestaciones (tuici�n de los hijos, pensi�n de alimento) que emanen del conflicto. Porque, si no, una persona perfectamente podr�a recurrir a un notario y pedir que notifique la demanda, dando cuenta del cese de la convivencia, decisi�n que tambi�n debiera protocolizarse. Por ello, esta indicaci�n, que comparto, es correcta. En conclusi�n, se�or Presidente, soy partidario de rechazar la indicaci�n renovada que nos ocupa y acoger la relativa al art�culo 26. Por otra parte, me parece absolutamente injustificado encomendar a Carabineros la labor se�alada, pues la Instituci�n no est� para que todos los d�as se vaya a dejar constancia de cualquier cosa. M�s a�n, si luego tendr� que entrar a la discusi�n de si efectivamente se hizo o no lo consignado en tal o cual oportunidad. Lo correcto es que esto se haga ante un ministro de fe, que puede ser un notario o un receptor judicial, y que la resoluci�n emanada se lleve a la notar�a respectiva para que se protocolice, tal como se hace con otros documentos. Ese acto le da fecha cierta y se acaba la discusi�n. Finalmente, respecto de lo que ocurrir�a si una persona denuncia que efectivamente alguien se fue de la casa, sinceramente pido que se resuelva en el tercer tr�mite o en la Comisi�n Mixta, porque a este proyecto todav�a le queda mucho tiempo de debate. De manera que no me agotar�a con esta alternativa, que s� que ha preocupado mucho al Senador se�or Boeninger. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra Honorable se�or Cordero. El se�or CORDERO.- Se�or Presidente, ser� muy breve. Quiero colaborar en la discusi�n sobre la conveniencia de dejar la constancia en Carabineros. Lo primero que deseo recordar es que hay cuarteles policiales en todos los pueblos de Chile, lo que constituye una facilidad para la gente. En segundo lugar, una constancia tan peque�a como �sta en nada perjudica el actuar policial. Por �ltimo �y es lo m�s importante-, existe seriedad en el procedimiento. El sistema que utiliza la Instituci�n es de tal naturaleza inviolable que otorga seguridad al acto de dejar constancia, pues despu�s no es posible cambiar ni la fecha ni el lugar registrados. Si queremos dar facilidades a la gente, esta constancia debe hacerse en Carabineros. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Salvo que la Sala permita hacer la correcci�n pertinente, la Mesa estima que la indicaci�n est� mal formulada. El se�or OMINAMI.- Se�or Presidente, la soluci�n es muy simple. Efectivamente la indicaci�n debe referirse al art�culo 26 y no al 24. De eso se trata y habr�a que asumirlo as�, ya que dicho precepto alude a las formas de constancia y del establecimiento de la fecha cierta. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- �Habr�a acuerdo de la Sala para aceptar esa correcci�n? El se�or LARRA�N.- Es s�lo una cuesti�n formal. El se�or VIERA-GALLO.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra, se�or Senador. El se�or VIERA-GALLO.- Todo ser�a m�s claro si nos pronunciamos acerca de dejar o no la constancia en Carabineros, y despu�s el se�or Secretario ubica la norma donde corresponda. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Ya veremos c�mo lo resolvemos. �Habr�a acuerdo, entonces, en referir la indicaci�n N� 90 al art�culo 26? --Aprobado. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Como sugiri� uno de los se�ores Senadores que suscribi� la indicaci�n, queda retirada de la misma el inciso tercero. Restar�a resolver sobre los dos primeros incisos, que tratan sobre la constancia ante Carabineros. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, hay involucrada una cuesti�n de coherencia. La l�gica sobre la cual discurre el proyecto es que se notifique a la persona. Si se deja constancia en Carabineros, �qu� se va a notificar? Esto significa que el art�culo est� absolutamente incompleto. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Por eso lo vamos a votar, se�or Senador. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, parece que no me he explicado bien. El fundamento de esta norma radica en la existencia de una notificaci�n. Entonces, quiero saber por qu� vamos a aprobarla. �Significa que Carabineros notificar� a quien corresponda? �No! Por lo tanto, la indicaci�n est� incompleta. Si se aprueba, tendremos a los funcionarios policiales notificando la constancia. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Hago presente que, adem�s de la indicaci�n que estamos discutiendo, est�n las signadas con los n�meros 91 y 92, las que fueron renovadas por varios se�ores Senadores que tambi�n firmaron la n�mero 90. Esas dos indicaciones se refieren al mismo tema, y tienen por objeto sustituir el inciso segundo del art�culo 26 por el siguiente: "Asimismo, har� fecha cierta del cese de la convivencia, la constancia de la separaci�n de hecho efectuada por uno de los c�nyuges ante la unidad de Carabineros de Chile correspondiente al domicilio com�n.". Por lo tanto, el resultado de la votaci�n respecto a si se deja o no constancia en Carabineros determinar� la suerte de estas tres indicaciones (N�s 90, 91 y 92). Tiene la palabra el Senador se�or Frei. El se�or FREI (don Eduardo).- Se�or Presidente, en la Comisi�n Especial de Seguridad Ciudadana estamos trabajando, entre otras materias, para quitarle funciones a Carabineros, a fin de que se dedique a la seguridad p�blica y no a otras cosas. En consecuencia, creo que aqu� estamos metiendo a la Instituci�n en un l�o mayor. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Quienes est�n en contra por esa raz�n, votan que no. Tiene la palabra el Honorable se�or Zurita. El se�or ZURITA.- Se�or Presidente, se habla de notificar la constancia, pero eso es un error. �En qu� consiste la constancia? Es el elemento sustancial de la futura demanda de divorcio. Se trata de que alguien hace una prueba preconstituida. La esposa o el marido concurre a la comisar�a y dice: "Ayer abandon� el hogar fulano o fulana a tal hora". Y esa constancia queda ah�. El d�a que se inicie el juicio de divorcio, se invoca este registro como prueba. No es necesario notificar a nadie que se fue el marido. No se notifica. Es s�lo una causal de divorcio. Y algunos se�ores Senadores se han ido por las ramas, llegando a la interpretaci�n de "querer notificar la constancia" con el fin de plantear que �sta es muy dif�cil y que va en contra de las normas de seguridad de Carabineros, en circunstancias de que el oficial de guardia recibe a la persona y consigna en el libro lo siguiente: "A tal hora compareci� fulano de tal y dijo tal cosa". �Listo! Y eso no se altera. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- �Para qu� discutir m�s si todos sabemos cu�l es el alcance de la norma y cada uno tiene su criterio? El se�or OMINAMI.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or OMINAMI.- A mi juicio, no est� totalmente claro el alcance. Comprendo la preocupaci�n de algunos se�ores Senadores por liberar a Carabineros de responsabilidades. Pero creo que es muy importante elaborar una ley que sea pr�ctica, para que la gente m�s modesta tenga tambi�n la posibilidad de acceder a ella. Evidentemente, efectuar el tr�mite ante Carabineros hace mucho m�s expedito el funcionamiento de la normativa, en lugar de que las personas concurran a un n�mero muy limitado de instituciones -como el Registro Civil- a dejar constancia. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Me parece que se ha argumentado bastante sobre el particular. Por lo tanto, cada se�or Senador deber�a tener la convicci�n de lo que votar�. �Habr�a acuerdo para realizar votaci�n econ�mica? El se�or OMINAMI.- �No, se�or Presidente, que sea nominal! El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Entonces, se proceder� a votar las indicaciones n�meros 91 y 92, porque en �stas se encuentra subsumida la n�mero 90. El objetivo de ellas es sustituir el inciso segundo del art�culo 26 por el siguiente: "Asimismo, har� fecha cierta del cese de la convivencia, la constancia de la separaci�n de hecho efectuada por uno de los c�nyuges ante la unidad de Carabineros de Chile correspondiente al domicilio com�n.". El se�or HOFFMANN (Secretario).- En consecuencia, quedar�a retirada la n�mero 90. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- En votaci�n. --(Durante la votaci�n). El se�or HOFFMANN (Secretario).- Acabo de consignar la votaci�n negativa del Senador se�or Adolfo Zald�var, y tengo entendido, salvo error, que est� pareado con el Honorable se�or Horvath. El se�or ZALD�VAR (don Adolfo).- Si �l dice que estoy pareado... El se�or HOFFMANN (Secretario).- Es un pareo registrado en Secretar�a, se�or Senador. El se�or ZALD�VAR (don Adolfo).- No lo sab�a. El se�or ROMERO.- Ha sido levantado el pareo, se�or Presidente. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Por otro lado, el Honorable se�or Bombal ha aclarado a la Mesa que estaba pareado con el Senador se�or Foxley. Sin embargo, ello no tiene incidencia en el resultado de la votaci�n. El se�or HOFFMANN (Secretario).- �Alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Terminada la votaci�n. --Se rechazan las indicaciones (19 votos contra 11, una abstenci�n y un pareo) Votaron por la negativa los se�ores Arancibia, Bombal, Canessa, Cantero, Coloma, Chadwick, Espina, Fern�ndez, Frei (do�a Carmen), Frei (don Eduardo), Larra�n, Mart�nez, Matthei, Moreno, Novoa, Orpis, Romero, Sabag y Vega. Votaron por la afirmativa los se�ores Boeninger, Cordero, Flores, Gazmuri, Ominami, Parra, Silva, Stange, Viera-Gallo, Zald�var (don Andr�s) y Zurita. Se abstuvo el se�or Garc�a. No vot�, por estar pareado, el se�or Zald�var (don Adolfo). El se�or HOFFMANN (Secretario).- En seguida, corresponde ocuparse en el art�culo 26, que dice: "El cese de la convivencia tendr� tambi�n fecha cierta a partir de la notificaci�n de la demanda, en el caso del art�culo 24. "Asimismo, habr� fecha cierta, si no mediare acuerdo y los c�nyuges no tuvieren hijos, desde que se notifique por ministro de fe aquel de los instrumentos se�alados en las letras a) y b) del art�culo 23 en el cual se hubiere dejado la constancia del cese de la convivencia.". El Honorable se�or Viera-Gallo ha solicitado votar separadamente la frase "y los c�nyuges no tuvieren hijos". El se�or VIERA-GALLO.- Lo hice junto con los Senadores se�ores Espina y Chadwick. La explicaci�n de la indicaci�n es muy simple, se�or Presidente: cuando no hay acuerdo respecto de la fecha cierta, no es posible discriminar en la norma si hay o no hay hijos. Se trata sencillamente de dejar consignada la fecha cierta. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- �Habr�a acuerdo para eliminar la mencionada frase? El se�or MART�NEZ.- �Me permite hacer una consulta, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- S�. El se�or MART�NEZ.- �Cu�l fue la idea original al plantear la frase "y los c�nyuges no tuvieren hijos"? A lo mejor, existe una confusi�n en tal sentido. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Chadwick. El se�or CHADWICK.- Se�or Presidente, la idea original se estructura sobre la base de que se desea vincular la fecha cierta a la existencia de un acuerdo, para los efectos de regular las materias relacionadas con los hijos, como pensi�n alimenticia y otras. Por lo tanto, hay dos caminos: o surge un acuerdo, y eso determina la fecha cierta; o se demanda, lo que tambi�n la fija. Pero, �qu� puede ocurrir? Que haya parejas que decidan voluntariamente resolver sus problemas sin necesidad de recurrir a la justicia. Entonces, si la determinaci�n de la fecha s�lo se puede hacer por la v�a de la demanda o �sta constituye una de las dos opciones, �para qu� exigir la judicializaci�n si algunas personas est�n de acuerdo en establecer la fecha cierta a trav�s de un instrumento? �se es el objetivo que se persigue. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Zurita. El se�or ZURITA.- Se�or Presidente, creo que nos encontramos ante el "divorcio por com�n acuerdo". �En qu� sentido habr�a acuerdo? �En la fecha de separaci�n? Siendo as�, el marido podr�a ponerse de acuerdo con su mujer y declarar que la separaci�n tiene cuatro a�os de existencia. El se�or CHADWICK.- No, porque el tr�mite se hace ante el oficial del Registro Civil, que es ministro de fe. El se�or ZURITA.- Pero la disposici�n dice claramente: "Asimismo, habr� fecha cierta, si no mediare acuerdo...". A contrario sensu, eso significa que habr� fecha cierta cuando exista acuerdo. Me gustar�a que fuera explicado ese punto. El se�or VIERA-GALLO.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Viera-Gallo. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, el art�culo 23 dispone que el acuerdo debe constar por escrito. �Acuerdo en cuanto a qu�? A que ha cesado la convivencia; que se ha producido la separaci�n. Si no hay acuerdo respecto de ese punto -o sea, cuando la declaraci�n de separaci�n es unilateral y s�lo uno de los c�nyuges da a conocer haberse separado y el otro niega el hecho, alegando que lo visita, que hay convivencia circunstancial-, en tal caso, puede haber demanda, o dejarse una constancia unilateral por escritura p�blica o acta protocolizada ante notario o el oficial del Registro Civil. Ello bastar� para fijar la fecha cierta. Ocurre que hay discriminaci�n entre las parejas con hijos y las que no los tienen. Como sostuvo el Senador se�or Chadwick, se pretende resolver el problema de ambos casos. Pero hay situaciones en que las personas se separan aunque tengan hijos, y que arreglan sus dificultades sin necesidad de demanda. Si un hombre abandona la casa, paga los alimentos de sus hijos y los visita con regularidad, �de qu� lo va a demandar su mujer? En tal caso, bastar�a que dejase la constancia. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Espina. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, en mi concepto, podemos estar cometiendo un error no en la indicaci�n, sino en lo siguiente -pido que analicemos bien la situaci�n-: el art�culo 23 se pone en la hip�tesis de que existe acuerdo. Se�ala que �ste puede constar por escritura p�blica o por acta protocolizada ante notario p�blica; por acta extendida ante un oficial del Registro Civil, y por transacci�n aprobada judicialmente. Ello se enmarca en la l�gica de un acuerdo. De modo que existen tres hip�tesis. Por su parte, el art�culo 26 se refiere a los casos en que no hay acuerdo. El inciso primero dice que cuando as� sucede y se quiere dejar fecha cierta, �sta corresponde al momento de notificarse la demanda. Ah� se entiende que existe fecha cierta. La duda del Senador se�or Viera-Gallo consiste en qu� ocurre si una persona no tiene acuerdo y no quiere demandar. Porque hay mucha gente que no desea hacerlo, pero quiere dejar constancia de su fecha cierta. Por eso, suprimimos la expresi�n "y no tuvieren hijos", ya que parec�a arbitrario hacer esa distinci�n. S�lo se pod�a notificar cuando no hab�a hijos y no cuando los hab�a. Por lo tanto, propusimos suprimir tal expresi�n. El problema es que el inciso segundo del art�culo 26 quedar�a del siguiente tenor: "Asimismo, habr� fecha cierta, si no mediare acuerdo, desde que se notifique por ministro de fe aquel de los instrumentos se�alados en las letras a) y b) del art�culo 23". Pero tales documentos parten del supuesto que hubo acuerdo. Entonces, �c�mo se va a notificar la demanda en tal caso? Estamos frente a la hip�tesis de que no hay acuerdo. Por lo tanto, los documentos citados en las letras a) y b) no existir�an. El se�or NOVOA.- �Me permite una interrupci�n, se�or Senador? El se�or ESPINA.- Con mucho gusto. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or NOVOA.- Se�or Presidente, la voluntad unilateral se manifiesta a trav�s de un instrumento referido, que es escritura p�blica o constancia ante un oficial del Registro Civil. Y eso se notifica. El se�or CHADWICK.- Sin el encabezado. El se�or NOVOA.- Creo que figura as�. El se�or ESPINA.- �sa es la interpretaci�n. El se�or NOVOA.- Uno de los c�nyuges puede expresar su voluntad a trav�s de cualquiera de los instrumentos. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, tiene raz�n el Honorable se�or Novoa. Por lo tanto, es preciso dejar constancia de ello en la Versi�n Taquigr�fica, porque �sa es la interpretaci�n correcta. En esa hip�tesis, los instrumentos de las letras a) y b) ya no son elaborados de com�n acuerdo. En el fondo, una persona concurre a una notar�a y declara que se ha separado de hecho. Se toma ese documento y se notifica al otro c�nyuge. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Me parece que es correcta la explicaci�n dada por el Senador se�or Novoa. �Habr�a acuerdo en suprimir en el inciso segundo del art�culo 26 la frase "y los c�nyuges no tuvieren hijo"? --Acordado. --------------- El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Secretario. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Ha llegado a la Mesa una solicitud de cambio en el tr�mite dado al proyecto sobre reintegro parcial de peaje en las v�as concesionadas. En efecto, se acord� en sesi�n anterior enviarlo a la Comisi�n de Obras P�blicas, pero corresponder�a remitirlo a la de Transportes y Telecomunicaciones. --Se accede a lo solicitado. --------------- El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Novoa. El se�or NOVOA.- Se�or Presidente, �se aprob� la indicaci�n 93 del Senador se�or Viera-Gallo? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- No. El se�or Senador s�lo pidi� votaci�n separada del inciso segundo. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Esa indicaci�n fue retirada, se�or Senador. El se�or NOVOA.- Se�or Presidente, el problema planteado por el Honorable se�or Espina subsiste, porque el inciso quedar�a as�: "Asimismo, habr� fecha cierta, si no mediare acuerdo, desde que se notifique por ministro de fe aquel de los instrumentos se�alados". Por consiguiente, es necesario corregir la redacci�n, porque en la indicaci�n del Senador se�or Viera-Gallo estaba claramente establecido que se notificara la manifestaci�n de voluntad hecha a trav�s de algunos de los instrumentos se�alados. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, aqu� hay dos posibilidades, y una de ellas es aprobar la indicaci�n 93. Y quiz�s ser�a lo mejor, porque es m�s clara. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Corresponder�a, entonces, discutir la indicaci�n 93. El se�or VIERA-GALLO.- Es la misma idea y ya fue votada, se�or Presidente. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Esa indicaci�n fue retirada. El se�or NOVOA.- Aprobemos esto con el texto de la indicaci�n 93. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- El se�or Secretario le dar� lectura. El se�or HOFFMANN (Secretario).- La indicaci�n 93 dice. "Asimismo, habr� fecha cierta si no mediare acuerdo ni demanda entre los c�nyuges, cuando, habiendo uno de ellos expresado su voluntad de poner fin a la convivencia a trav�s de cualquiera de los instrumentos se�alados en las letras a) y b) del art�culo 23 o dejado constancia de dicha intenci�n ante el Juzgado correspondiente, se notifique al otro c�nyuge. En tales casos, se tratar� de una gesti�n voluntaria y se podr� comparecer personalmente. La notificaci�n se practicar� seg�n las reglas generales.". El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- �Si le parece a la Sala, se aprobar�amos sustituir el inciso segundo del art�culo 26 por la redacci�n propuesta en la indicaci�n 93, pues coincide con el esp�ritu de lo aprobado anteriormente? --As� se aprueba. El se�or BOMBAL.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra, Su Se�or�a. El se�or BOMBAL.- Se�or Presidente, aun cuando no incida en la votaci�n nominal anterior, quiero dejar expresa constancia de que estoy pareado con el Senador se�or Foxley. De modo que, si es necesario, pido que se rectifique aquella votaci�n. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Fue proclamado el resultado. El se�or BOMBAL.- Hago presente esta situaci�n, porque ayer, cuando el Honorable se�or Foxley me lo solicit�, el pareo qued� registrado. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Si hubiera acuerdo un�nime en la Sala, dejar� constancia del retiro de su voto. --Se acuerda. El se�or HOFFMANN (Secretario).- A continuaci�n, en el N� 3, "De los efectos", el art�culo 33 establece lo siguiente: "La separaci�n judicial produce sus efectos desde la fecha en que queda ejecutoriada la sentencia que la decreta. "Sin perjuicio de ello, la sentencia ejecutoriada en que se declare la separaci�n judicial deber� subinscribirse al margen de la respectiva inscripci�n matrimonial. Efectuada la subinscripci�n, la sentencia ser� oponible a terceros y los c�nyuges adquirir�n el estado civil de separados, que no los habilita para volver a contraer matrimonio.". Se ha presentado la indicaci�n renovada N� 103 para reemplazar, en el inciso segundo, la expresi�n "el estado civil de separados" por "la calidad de separados". Tambi�n se ha renovado la indicaci�n 109 que propone agregar un inciso nuevo al art�culo 33. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Ofrezco la palabra sobre la indicaci�n 103. El se�or CHADWICK.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra, Su Se�or�a. El se�or CHADWICK.- Se�or Presidente, �sta es una indicaci�n absolutamente de t�cnica jur�dica. S�lo corresponde un estado civil a cada persona. Y la separaci�n judicial no disuelve el v�nculo matrimonial. Entonces, de no aprobarse la indicaci�n, un individuo podr�a tener dos estados civiles al mismo tiempo: casado y separado, lo cual, desde el punto de vista de t�cnica jur�dica, no procede, porque �repito- s�lo corresponde un estado civil a cada persona. �se es el alcance de la indicaci�n. El se�or ZALD�VAR (Presidente).- �Habr�a acuerdo para aprobarla? El se�or MORENO.- No, se�or Presidente. El se�or ZALD�VAR (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Moreno. El se�or MORENO.- Entiendo muy bien el lenguaje que usa el Senador se�or Chadwick. El estar separado podr� no ser un estado civil, pero hoy en d�a constituye una expresi�n pr�cticamente incorporada. Incluso, en el �ltimo censo se pregunt� a los ciudadanos si eran casados, viudos o separados. Prefiero mantenerla como tal. El se�or ZALD�VAR (Presidente).- Jur�dicamente no corresponde, se�or Senador. El se�or MORENO.- De acuerdo, pero voto en contra. El se�or GAZMURI.- Yo tambi�n, se�or Presidente. El se�or ZALD�VAR (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobar� la indicaci�n renovada, con el voto en contra de los Honorables se�ores Moreno y Gazmuri. --Se aprueba. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Seguidamente, hay una indicaci�n renovada al art�culo 43, el cual establece: "El matrimonio termina: "1� por la muerte de uno de los c�nyuges; "2� por la muerte presunta, cumplidos que sean los plazos se�alados en el art�culo siguiente; "3� por sentencia firme de nulidad, y "4� por sentencia firme de divorcio.". Los Honorables se�ores Coloma, Orpis, Stange, Bombal, Cariola, Larra�n, Romero, Novoa, Fern�ndez y Mart�nez proponen agregarle el siguiente inciso nuevo: "Trat�ndose de matrimonios acogidos a un r�gimen alternativo de estabilidad convenida,", etc�tera. El se�or ZALD�VAR (Presidente).- Se da por retirada la indicaci�n, porque es contradictoria con lo que ya aprobamos. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Los Senadores se�ora Carmen Frei y se�ores Ominami, Cordero, Gazmuri, Mu�oz Barra, Parra, Flores, P�ez, Boeninger, �vila, Zurita, Pizarro, Silva y Lavandero han renovado las indicaciones n�meros 115 y 116, tendientes a suprimir la letra c) del art�culo 45, relativo a las causales de nulidad del matrimonio. El se�or VIERA-GALLO.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a El se�or VIERA-GALLO.- Hay que entender que la indicaci�n ya ha sido aprobada, porque terminamos con la simulaci�n. Entonces, no tiene sentido mantener la letra c). El se�or CHADWICK.- Tiene raz�n. Es un problema de coherencia. El se�or VIERA-GALLO.- Hay que darla por aprobada. El se�or ZALD�VAR (Presidente).- Efectivamente. Si le parece a la Sala, se aprobar�. --Se aprueba. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Se ha renovado tambi�n una indicaci�n al art�culo 52, que dice: "El matrimonio nulo que ha sido celebrado o ratificado ante el Oficial del Registro Civil", etc�tera.. El se�or VIERA-GALLO.- Exc�seme, se�or Secretario. Es lo mismo. Debe entenderse rechazada, porque se aprob� el art�culo 21. O sea, hay matrimonio ratificado. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Habr�a que entenderla aprobada, se�or Senador. El se�or VIERA-GALLO.- Rechazada, porque lo que pide es que se borre la expresi�n "o ratificado", �no es cierto? El se�or HOFFMANN (Secretario).- As� es. El se�or ESPINA.- �Cu�l es la indicaci�n? El se�or HOFFMANN (Secretario).- Son las n�meros 130 y 131, que proponen suprimir la expresi�n "o ratificado". El se�or VIERA-GALLO.- Pero, como se aprob� el art�culo 21, hay matrimonio ratificado. El se�or ZALD�VAR (Presidente).- Si le parece a la Sala, se rechazar� la indicaci�n renovada. --Se rechaza. El se�or HOFFMANN (Secretario).- A continuaci�n, debemos dirigirnos al art�culo 56. �ste dice: "Sin perjuicio de lo anterior, el divorcio ser� decretado por el juez si ambos c�nyuges lo solicitan de com�n acuerdo y acreditan que ha cesado su convivencia durante un lapso mayor de tres a�os.", etc�tera. Los Senadores se�ora Carmen Frei y se�ores Pizarro, Lavandero, Ominami, Boeninger, Ruiz-Esquide, Parra, Silva, Gazmuri, Flores, Zurita, N��ez, P�ez, Mu�oz Barra, Cordero y �vila, proponen sustituir las palabras "tres a�os" por "un a�o". Adem�s, se ha renovado la indicaci�n 143, que propone agregar la siguiente oraci�n, al final del inciso que he le�do: "Si no hubiere hijos no regir� este plazo, siendo suficiente la prueba del cese de convivencia.". El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, tambi�n se ha renovado otra indicaci�n, que dice que el plazo ser� menor en caso de que no hubiere hijos. El se�or ZALD�VAR (Presidente).- Nos pronunciaremos primero por las indicaciones que se han enunciado. El se�or ESPINA.- �Cu�l es el n�mero? El se�or HOFFMANN (Secretario).- En primer lugar se halla la N� 137. El se�or ZALD�VAR (Presidente).- En discusi�n las indicaciones renovadas. Ofrezco la palabra. Tiene la palabra el Honorable se�or Viera-Gallo. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, aqu� hay un tema bien de fondo y creo que vale la pena centrarse en �l m�s que en cada indicaci�n en particular. El proyecto naci� con los plazos que se�ala este art�culo. O sea, no es que el Senado le haya fijado plazos m�s largos al texto que aprob� la C�mara de Diputados.�Por qu� naci� con esos plazos? Porque el espectro de fuerzas pol�ticas que impulsamos la moci�n era muy amplio: iba desde un Parlamentario de la UDI y algunos de Renovaci�n Nacional hasta representantes de la Democracia Cristiana y del mundo PS, PPD y Partido Radical. Entonces, concordamos en esos plazos, pero la verdad es que cada una de esas fuerzas o personas ten�a ideas distintas en esta materia. A mi juicio, hay dos concepciones b�sicas al respecto. Una es la de que no exista �como plante� el Senador se�or Boeninger- plazo alguno respecto de determinada situaci�n. Eso ocurre en muy pocos pa�ses: en algunos Estados de Estados Unidos, en Nicaragua -que yo sepa- y no s� si en otra naci�n. Ahora, si partimos de la idea de que hay plazo siempre, �cu�l fijar? La �ltima ley francesa, que es la m�s avanzada, entre comillas, en este �mbito, establece que cuando hay com�n acuerdo el plazo es de seis meses. Las otras legislaciones europeas fijan para este mismo caso lapsos de dos a�os, y de tres a�os para cuando no existe el com�n acuerdo. Ahora, esto es bastante arbitrario. �Por qu� dos a�os? �Por qu� tres? �Por qu� cinco? Depende mucho de la cultura del pa�s que aprueba la legislaci�n. Se�or Presidente, termino se�alando que cuando nosotros formulamos esta moci�n nadie cuestion� los plazos de tres y cinco a�os, porque al ambiente cultural del pa�s ya le parec�a suficientemente rupturista plantear una ley que introdujera el divorcio. Hoy d�a, despu�s de nueve a�os de tramitaci�n de la iniciativa, la mayor�a de la gente piensa que esos plazos son excesivos, porque la cultura del pa�s cambi�. Para muchos, lo que no criticaban ayer hoy d�a les parece conservador. Por eso, al menos desde mi punto de vista y desde el de varios Senadores, parecer�a l�gico disminuir los plazos. �C�mo? Una indicaci�n podr�a consistir en fijar, en vez de tres y cinco a�os, por ejemplo, tres y uno. Otra posibilidad es introducir como factor la existencia o inexistencia de hijos, o bien ��sta es una tercera alternativa- si hay hijos mayores o no. En fin, el problema es muy amplio. Yo solamente he querido plantearlo. El se�or ZALD�VAR (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Espina. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, en primer lugar, quiero recordar, particularmente al se�or Senador que me antecedi� en el uso de la palabra, que hemos establecido tres tipos de divorcio distintos. Uno de ellos es el divorcio que se solicita invocando una causal. Esa causal es gen�rica y permite a uno de los c�nyuges iniciar la acci�n de divorcio en contra del otro, se�alando simplemente que ha existido un grave incumplimiento de las obligaciones conyugales o de los deberes para con los hijos. Esa acci�n de divorcio, que en Chile no tiene plazo, puede interponerla un c�nyuge al d�a siguiente de haber contra�do matrimonio, y se denomina divorcio por culpa. Como bien lo ha dicho el Honorable se�or Viera-Gallo, el texto de la C�mara de Diputados es exactamente igual al proyecto del Senado en esta materia. En seguida, viene lo que se llama el divorcio unilateral, en que transcurrido el plazo de cinco a�os, sin invocar causa alguna, se puede iniciar la acci�n de divorcio. En Francia, que posee la legislaci�n m�s avanzada del mundo al respecto, el plazo fijado para tal efecto �tengo el texto en mi poder por si alg�n se�or Senador desea consultarlo- es de seis a�os. El se�or OMINAMI.- �Me permite una interrupci�n, Su Se�or�a? El se�or ESPINA.- S�, con la venia de la Mesa. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Ominami. El se�or OMINAMI.- Se�or Presidente, debo informar que hace dos semanas se vot� en el Parlamento franc�s una modificaci�n que recort� los plazos a los cuales ha aludido el Senador se�or Viera-Gallo. Cabe hacer presente que esta enmienda fue planteada no por un Gobierno de Izquierda, sino por uno de Derecha y Conservador, que ha entendido que hay que simplificar y masificar la ley. El se�or ESPINA.- Tiene raz�n el Honorable se�or Ominami. Para lo �nico que no se modific� fue para el divorcio unilateral, que se mantuvo en seis a�os. �Por qu�? Porque �sta es una situaci�n respecto de la cual �digamos las cosas como son- muchas mujeres presentan serios reparos. Especialmente aludo a ellas, porque la regla general es que la acci�n sea entablada por el hombre contra la mujer. �Qu� se dice, con alguna raz�n? En este caso, se trata de una mujer casada que es abandonada por su marido, que, sin invocar causal, deja de cumplir con los deberes conyugales y con los que le competen respecto a los hijos, que simplemente deja transcurrir el plazo y posteriormente deduce una acci�n judicial. Es decir, no asume responsabilidad alguna y finalmente la deja abandonada. El divorcio unilateral es el m�s cuestionado en el mundo. Muchos pa�ses no lo contemplan, porque no se necesita invocar ninguna causal. Y, adem�s, porque se presta para una enorme injusticia, pues la mujer abandonada debe hacerse cargo de los ni�os y correr con los gastos de su alimentaci�n. Por su parte, el c�nyuge no asume ninguna responsabilidad y transcurrido un tiempo lisa y llanamente interpone una acci�n de divorcio y se olvida de todos sus compromisos y obligaciones con su familia. �sta es una causal extraordinariamente controvertida. Por lo tanto, fijamos el mismo plazo que estableci� la C�mara de Diputados, que es lo suficientemente largo y necesario como para que quien ejerza dicha acci�n lo haga despu�s de terminada la relaci�n y, a su vez, no le resulte tan f�cil abandonar a la mujer con los ni�os y posteriormente no asumir ninguna de las responsabilidades inherentes al matrimonio. Porque cuando una persona se divorcia se eliminan todas las obligaciones emanadas de la separaci�n. Este plazo lo veremos m�s adelante. En cuanto al divorcio por mutuo acuerdo, la C�mara de Diputados fij� tres a�os. Por eso, no deja de sorprenderme que algunos distinguidos se�ores Senadores hayan dicho que nosotros hemos endurecido el proyecto. Los Honorables colegas que votaron por los mismos plazos que nosotros nos pronunciamos ahora dicen que �stos se han aumentado, que el proyecto se encuentra lleno de colgajos y que es mucho m�s conservador. Sin embargo, votaron en forma un�nime esta iniciativa con los mismos plazos. Con respecto al plazo de tres a�os, existen dos tipos de legislaciones. Las que disponen plazos menores a tres a�os fijan, con posterioridad a la sentencia que declara el divorcio, lo que se llama un per�odo de reflexi�n. En los Estados Unidos, por ejemplo, hay muchos Estados que lo contemplan y tiene una duraci�n de uno o dos a�os. Por lo tanto, se acorta el plazo inicial, pero se extiende para los efectos del divorcio, exigi�ndose un per�odo de reflexi�n, que a veces es de uno, dos o tres a�os. �sta es una cuesti�n opinable. Pero, a mi juicio, parece absolutamente razonable que exista un plazo cierto para estimar que un matrimonio carece de toda opci�n de reconstruirse. Por lo tanto, el criterio con que se fij� busca un equilibrio entre las tres alternativas. Cuando hay una causal gen�rica, no existe plazo, puede iniciarse la acci�n al d�a siguiente del matrimonio; trat�ndose del divorcio unilateral, por lo que expliqu� anteriormente, son cinco a�os (menos que en Francia), y si se solicita de com�n acuerdo, se establece un plazo intermedio. Ahora, la realidad es que alguien podr�a decir: �Por qu� tres a�os? �Por qu� no dos? �Por qu� no cuatro? Simplemente, porque se trata de fijar un plazo lo suficientemente convincente y juicioso de que ese matrimonio irremediablemente no va a funcionar. Por �ltimo, imaginemos que alguien desee disponer de un plazo menor. Basta con que deduzca la acci�n de divorcio y la otra parte se allane, o que recurra al tribunal �porque la ley distingue aqu� el hecho de que no se ha invocado causal, o sea, es un contrato que se resuelve sin esta �ltima- y se�ale que el otro c�nyuge no ha cumplido con los deberes del matrimonio para que desde ese instante se le aplique la norma que no establece plazo. En consecuencia, los tres criterios que hemos fijado concuerdan perfectamente. Si alguien quiere menos de tres a�os, basta que se allane a la acci�n de divorcio en que se le imputa el incumplimiento de sus obligaciones conyugales o con sus hijos. Si no se allana, entonces, debe esperar de com�n acuerdo los tres a�os. En mi opini�n, los criterios que se han convenido son correctos. Por lo tanto, voy a mantener la norma tal como la aprob� la C�mara de Diputados y lo ratific� el Senado en el primer informe. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Boeninger. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, sin perjuicio de tratar despu�s las indicaciones una a una, es preferible analizar m�s el concepto general del problema de los plazos. Concuerdo con lo se�alado por el Honorable se�or Espina, en el sentido de que es necesario establecer plazos que se estimen prudenciales. Porque ning�n plazo tiene en s� mismo un valor m�gico. O sea, deben ser suficientes como para dar cabida a todas las instancias de reflexi�n, de recomposici�n, de meditaci�n, etc�tera, y, al mismo tiempo, no excesivos para las situaciones en que se ha producido una ruptura. Ahora bien, uno de los puntos que me preocupa en relaci�n con los plazos �como lo manifest� en el debate en general-, y que tiene que ver con el motivo de la indicaci�n, se manifiesta cuando hay una situaci�n de ruptura irreparable, que es la que conduce al divorcio. Porque si se debe esperar un largo plazo para invocar y presentar algunas de las demandas, puede resultar un incentivo �que yo calificar�a de perverso- para recurrir, sin raz�n real, a determinadas causales de nulidad subjetivas que se han aprobado o para apelar al divorcio por culpa, que, en mi opini�n, est� bien consignado, porque nadie puede negar a una persona el derecho a culpar a un tercero, en este caso, al c�nyuge o a la c�nyuge. En consecuencia, creo que una ley equilibrada debe tratar de evitar que, frente a situaciones que se van violentando y donde las instancias de recomposici�n no surten efectos, las personas acudan, por no esperar los plazos excesivamente largos, a f�rmulas de soluci�n que no corresponden a la realidad, o que, como es el caso de la culpa, generen situaciones conflictivas al interior de las familias, en la relaci�n de estima entre hijos y padres, etc�tera, al hacerse imputaciones que pueden ser extremadamente graves. Y, aunque fueran ciertas, es preferible, desde el punto de vista de la subsistencia de las relaciones familiares entre c�nyuges incluso divorciados, que �stas sean lo m�s constructivas posibles, como criterio general, para favorecer tambi�n a los hijos. �sa es la primera raz�n por la cual me parece que los plazos son excesivamente largos. En segundo lugar, estoy de acuerdo en retirar la indicaci�n, de la cual soy coautor, tendiente a no establecer plazo alguno en el evento de que exista com�n acuerdo y no haya hijos. Porque el plazo cero, en t�rminos de imagen, puede parecer excesivo para la gente. Sin embargo, tambi�n es cierto que cuando uno habla de uno o dos a�os, est� refiri�ndose a m�s tiempo. Porque con anterioridad al inicio de la demanda de divorcio, hay un proceso -absolutamente necesario y con el que todos concordamos- en el cual debe llegarse a un acuerdo para regular en forma completa y suficiente sus relaciones mutuas y las materias que tienen que ver con los hijos. En tercer t�rmino, la propia normativa establece mecanismos -la audiencia de conciliaci�n y el proceso de mediaci�n- que implican un tiempo adicional y las pausas necesarias para la reflexi�n o la meditaci�n. El problema de los plazos debe considerarse en el contexto global del proyecto -as�, al menos, pienso yo-, y ser�a conveniente reducirlos de 5 a 3 a�os en el caso de cese efectivo de la convivencia, y de 3 a 2 en el del divorcio de com�n acuerdo. Desgraciadamente, no se formul� indicaci�n en este sentido, pero podr�a aprobarse por la Sala si hubiera unanimidad. Lo expuesto constituye para m� la justificaci�n del tema. Se�or Presidente, en el tiempo que me resta, concedo una interrupci�n al Senador se�or Espina. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Le quedan 30 segundos, Su Se�or�a. Puede usar de la interrupci�n el Honorable se�or Espina. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, deseo aclarar que el plazo no se cuenta desde la interposici�n de la demanda, sino desde que cesa la convivencia. El Senador se�or Boeninger, quiz�s en forma involuntaria, ha se�alado gestiones que se hac�an antes. Lo que ocurre es que el plazo se empieza a contar -y ya hemos perfeccionado la norma- desde el instante en que se materializa la separaci�n de hecho. Por lo tanto, si la acci�n se deduce dos a�os despu�s, no habr�a ning�n inconveniente porque ya habr�n transcurrido dos a�os. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Moreno. El se�or MORENO.- Se�or Presidente, deseo reiterar lo manifestado por el Senador se�or Espina. Efectivamente, acabamos de aprobar la forma de acreditar la separaci�n de hecho y la separaci�n legal. Y en algunos casos, cuando haya un conflicto serio, ocurrir� lo indicado: el plazo de cese de la convivencia comenzar� mucho antes de que se haya tomado la determinaci�n de pedir el divorcio, es decir, cuando el conflicto oblig� a una de las dos partes a dejar legalmente constituido que hab�a puesto t�rmino a la vida en com�n. Con relaci�n al t�rmino de los plazos, es necesario introducir otro concepto. Cuando se habla de que un matrimonio est� en crisis y hay separaci�n, la ley en proyecto no establece las causales de �sta; pero en m�ltiples ocasiones se llega a ella debido al alcoholismo, a la drogadicci�n o a situaciones distintas de aquella en que normalmente se piensa: la figura de una tercera persona. �No! Ha sucedido por otro fen�meno. Gran parte de los fen�menos que han dado origen a una separaci�n efectiva de la pareja -y ahora con un plazo legal-, tendr�n un proceso de recomposici�n que ir� m�s all� de lo contemplado en la iniciativa y que incluye la posibilidad de tratamiento, de recuperaci�n. De manera que ciertas decisiones tomadas bajo la presi�n de un problema de drogadicci�n o, incluso, de violencia familiar, producto de esas causas, dentro del matrimonio, pueden revertirse y posibilitar la recomposici�n. Quienes hemos tenido acceso al conocimiento de conflictos entre parejas, hemos o�do que el primer a�o de separaci�n es el de mayor sufrimiento -algunos lo llaman "el a�o del infierno"-: ambos se agreden psicol�gica y econ�micamente o con otras medidas, como negar a la otra parte la posibilidad de ver a los ni�os, caso en el cual la r�plica es no dar dinero para el sustento. Y mientras eso no se arregla -quedar� resuelto a trav�s de la separaci�n legal, porque el juez deber� regular el punto-, ni siquiera hay un di�logo entre ellos. Son situaciones de enorme tensi�n. Pero cuando ello se soluciona, baja el clima de beligerancia y comienza una nueva etapa. Quien adopta la determinaci�n de solicitar el divorcio o la nulidad, lo har� teniendo en cuenta esos plazos. Al Senador se�or Viera-Gallo le consta que cuando discutimos esta materia en la Comisi�n, partimos de la base -como muy bien lo dijo �l en su intervenci�n- de que se hab�a aprobado un�nimemente en la C�mara de Diputados. Y algunos Senadores que tenemos y ten�amos aprensiones respecto de la causal unilateral, planteamos que se fijaran plazos razonables y prudentes para que esa causal pudiera operar. De lo contrario, habr�amos votado en otra forma. Lo digo sinceramente y lo saben quienes participan en ese �rgano t�cnico. Respeto el derecho de los Honorables colegas a decir: "Mire, el plazo es muy largo". Al respecto, reitero lo que ya se ha dicho aqu�: cuando hay una causal grave -y est�n detalladas en el art�culo 55 de modo bastante expl�cito-, no corre plazo alguno. �No hay plazo! La importancia de ese plazo radica en la influencia que �l tiene en la posibilidad de reconstituci�n del matrimonio. Cuando el divorcio se solicite de com�n acuerdo, el t�rmino de tres a�os se contar� desde el cese de la convivencia. En consecuencia, anuncio que rechazar� la indicaci�n renovada. El se�or BOENINGER.- �Me permite una interrupci�n, Honorable colega? El se�or MORENO.- Con todo gusto, con la venia de la Mesa. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Boeninger.. El se�or BOENINGER.- Se�or Presidente, el Senador se�or Moreno ha se�alado que el art�culo 55 no establece plazo alguno. As� es. Se refiere a las causales de culpa. Y justamente parte de mi argumentaci�n se fundamenta en que dicho precepto no fija plazo. En mi opini�n, los plazos largos para acudir al divorcio implican un incentivo desafortunado, inconveniente, e incluso perverso, para acudir a la culpa. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra la Honorable se�ora Matthei. La se�ora MATTHEI.- Se�or Presidente, al leer las indicaciones renovadas n�meros 137 y 143, me he percatado de que hay en ellas algo bastante rescatable: en los plazos para el divorcio deber�a distinguirse entre los matrimonios con hijos y los que no los tienen. Discrepo de la indicaci�n 143, que plantea cero plazo. Pero s� estar�a de acuerdo -quiz�s podr�a pedirse la unanimidad de la Sala para ello- en que, cuando el divorcio se solicite de com�n acuerdo y no haya hijos, el plazo se reduzca a un a�o. El no poner plazo podr�a llevar a situaciones como la que conocimos en los �ltimos d�as, en que una actriz se cas� una ma�ana y se divorci� dos d�as despu�s. No tiene sentido convertir el matrimonio en una chacota como �sa. Sin embargo, soy partidaria del plazo de tres a�os en el caso de divorcio de com�n acuerdo cuando hay hijos; y de reducirlo a un a�o cuando no los hay. El se�or VIERA-GALLO.- �Me permite, se�ora Senadora? La se�ora MATTHEI.- S�, con la venia del se�or Presidente. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or VIERA-GALLO.- Esa idea fue recogida en la indicaci�n N� 158. La se�ora MATTHEI.- Exc�seme, se�or Senador, no la hab�a visto. Est� perfecto. El se�or ESPINA.- �Me permite, se�ora Senadora? La se�ora MATTHEI.- Bien. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Con la venia de la Mesa, tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, en el �nimo de construir un acuerdo, pienso que la �nica modificaci�n que deber�a introducirse es que en el caso de matrimonios en que no hubiere hijos, el plazo ser� de un a�o en vez de tres. Debo expresar, con mucha lealtad, que algunos Senadores aprobamos el divorcio unilateral y otras disposiciones porque entend�amos que en asunto de plazos no hab�a ning�n convenio por escrito ni nada formalizado. Concord�bamos con los aprobados por la C�mara de Diputados, especialmente con el del divorcio unilateral y quer�amos que se mantuvieran. Porque -insisto- �ste es el caso que m�s puede perjudicar a una mujer. En resumen, en materia de plazos, sugiero: mantener el del divorcio unilateral; mantener el del divorcio de com�n acuerdo en tres a�os, si hubiere hijos, y reducirlo a un a�o si no los hay; no fijar plazo alguno cuando se invoca una causal gen�rica. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Para tales efectos necesito la unanimidad de la Sala. El se�or VIERA-GALLO.- �Puedo hacer una observaci�n, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra, Su Se�or�a. El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, junto con eso, �no ser�a conveniente disminuir tambi�n el plazo del divorcio unilateral cuando no hubiere hijos comunes? La se�ora MATTHEI.- Podr�a reducirse a tres a�os. El se�or VIERA-GALLO.- En efecto. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Quiero pedir a la Sala que no trabajemos como si estuvi�ramos en Comisi�n. El se�or VIERA-GALLO.- �No, se�or Presidente, si es muy simple! La se�ora MATTHEI.- Hay unanimidad. Yo estar�a de acuerdo. El se�or ESPINA.- Se�or Presidente, yo le puedo explicar exactamente lo que ha propuesto el Senador, si hay acuerdo al respecto, a fin de no dilatar el despacho de un proyecto que s� que a Su Se�or�a le interesa que lo resolvamos r�pidamente. En el caso en que se invoca como causal el divorcio por culpa se mantiene como est�, porque no hay plazo. En el divorcio de com�n acuerdo, el plazo es de tres a�os si hay hijos, y se reduce a uno si no los hay. Y en el divorcio unilateral, si hay hijos, se mantienen los cinco a�os, si no, se reducen a tres. �se es el planteamiento del Senador Viera-Gallo, y creo que nosotros, a lo menos, estamos en condiciones de aprobarlo. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Hay varios Senadores que no est�n en la Sala, y no pueden participar. Por eso, si queremos adoptar un acuerdo como �ste, habr�a que dejar pendiente el art�culo y votarlo el pr�ximo martes y seguir avanzando en el resto del proyecto. De otra manera, cualesquiera de los se�ores Senadores que no se encuentran presentes en este momento, y siendo �sta una norma muy determinante del proyecto, van a sentirse en cierto modo burlados. Debemos considerar, adem�s, las circunstancias excepcionales en que estamos trabajando, porque diversos Senadores no sab�an que hoy d�a en la ma�ana �bamos a tratar la Ley de Divorcio y todos est�bamos convencidos de que nos ocupar�amos en el proyecto de ley sobre autoridad sanitaria. Les pido que dejemos pendiente esta materia hasta el pr�ximo martes y continuamos con las materias que no tienen tanta importancia. El se�or ESPINA.- �Sabe lo que pasa, se�or Presidente? En este proyecto todas las cosas tienen repercusiones. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Hay muchas cosas que quiero dar por aprobadas porque lo fueron por unanimidad. El se�or ESPINA.- Entonces, voy a pedir segunda discusi�n, se�or Presidente, porque este proyecto tiene enorme importancia. No tengo inconveniente en despacharlo lo antes posible, pero tambi�n, con la misma l�gica, los art�culos que vienen a continuaci�n -los he le�do- no tratan de cosas menores. Entonces, con toda franqueza, prefiero que se suspenda su tratamiento y despacharlo en la sesi�n de la tarde el pr�ximo martes. En la ma�ana nos ocupar�amos del referente a la autoridad sanitaria. El se�or VIERA-GALLO.- �Me permite una interrupci�n, se�or Presidente? A pesar de lo dicho por el Senador se�or Espina, hay otras cosas que son menos conflictivas y perfectamente podr�amos aprovechar el tiempo en su tratamiento. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Larra�n. El se�or LARRA�N.- Se�or Presidente, pienso que si queremos hacer las cosas seriamente debemos estudiar el proyecto en la forma como viene, o suspendemos su tramitaci�n, pero no podemos hacer una mezcla de ambas cosas. No tengo ning�n inconveniente en seguir avanzando e ir votando las indicaciones. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Pero suspendiendo el an�lisis de esta materia. El se�or LARRA�N.- �Por qu�, se�or Presidente? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Si se formula una indicaci�n en tal sentido, podr�amos por mayor�a aplazar su discusi�n. El se�or LARRA�N.- Correcto. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- No habr�a discusi�n, y continuar�amos con los otros asuntos. El se�or LARRA�N.- Hay que proceder formalmente, se�or Presidente. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Reglamentariamente proceder�a -y lo propongo concretamente- postergar la discusi�n relacionada con los plazos. Es todo el art�culo 56. �Habr�a acuerdo en aplazarlo para la pr�xima sesi�n del martes? Aprobado. El se�or HOFFMANN (Secretario).- A continuaci�n, corresponder�a tratar el Cap�tulo VII, "De las reglas comunes a ciertos casos de separaci�n, nulidad y divorcio""; "De la compensaci�n econ�mica.". El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Hay indicaci�n al respecto. El se�or VIERA-GALLO.- M�s adelante hay muchos puntos sobre los cuales hubo unanimidad. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- S�, pero respecto de �ste hay indicaci�n. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Hay indicaciones al que acabo de mencionar, y las hay al art�culo 57. En la p�gina 22, se dice: "La acci�n de divorcio pertenece exclusivamente a los c�nyuges", y se agrega un inciso segundo: "Cualquiera de ellos podr� demandarlo, salvo cuando se invoque la causal contemplada en el art�culo 55, en cuyo caso la acci�n corresponde s�lo al c�nyuge que no hubiere dado lugar a aqu�lla.". Respecto de este inciso, se ha renovado la indicaci�n 169, por la Senadora se�ora Matthei y los Honorables se�ores Bombal, Canessa, Chadwick, Romero, Fern�ndez, Stange, Orpis, Coloma, Larra�n, y Arancibia, para sustituir el inciso segundo al que acabo de dar lectura, por el siguiente: "Cualquiera de ellos podr� demandarlo, salvo cuando se invoque la causal contemplada en el art�culo 55, o en el art�culo 56, inciso tercero, en cuyo caso la acci�n corresponde al c�nyuge que no hubiere dado lugar a la causal, o cese efectivo de la convivencia, seg�n corresponda". El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- No podr�a tratarse si acaso est� aplazada la indicaci�n del art�culo 56. O sea, el 57 tambi�n quedar�a aplazado. El se�or HOFFMANN (Secretario).- Exacto. Entonces habr�a que ir al Cap�tulo VII, sobre compensaci�n econ�mica, que la Comisi�n aprob� por unanimidad, y que dice: "Si, como consecuencia de haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar com�n, uno de los c�nyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, o lo hizo en menor medida de lo que pod�a y quer�a, tendr� derecho a que cuando se produzca el divorcio o se declare la nulidad del matrimonio se le compense el menoscabo econ�mico sufrido por esta causa". Los Honorables se�ores Bombal, Chadwick, Canessa, Coloma, Stange, Orpis, Fern�ndez, Arancibia, Larra�n y Cariola proponen agregar a esta norma, que est� aprobada por unanimidad, el siguiente inciso: "En ning�n caso tendr� derecho a esta compensaci�n el c�nyuge que demanda el divorcio fundado en el inciso tercero del art�culo 56, o contra el cual se obtiene el divorcio por alguna de las causales previstas en el art�culo 55". El se�or VIERA-GALLO.- Se�or Presidente, �me permite? Yo creo que hay que ponerse en el caso que se�alaba denantes el Senador se�or Espina. �Qu� es lo que puede ocurrir? Que haya una mujer a la que se le haga imposible la vida en su casa, por maltrato familiar, por lo que sea, y se va del hogar despu�s de muchos a�os de matrimonio. Ella sufre un menoscabo econ�mico muy fuerte. Y resulta que, si se aprobara esta indicaci�n, no podr�a pedir la compensaci�n, porque ella demanda de nulidad o de divorcio; y, sin embargo, como es ella la que demanda, no podr�a invocar la compensaci�n, lo que es absurdo. Considero que no se pueden mezclar causales de nulidad o de divorcio con compensaci�n econ�mica. �sta constituye un factor muy importante que se introdujo en el Senado justamente para beneficiar en especial el caso de una mujer que ha convivido en el matrimonio durante muchos a�os y que, por ello, se ve impedida posteriormente de realizarse profesionalmente, o en su trabajo; y que, al producirse el divorcio o la nulidad, pierde los alimentos. �se es el problema. �Por qu� hoy d�a se dice de las mujeres en Chile que "No le da la nulidad al marido?" No es por venganza. Muchas veces es porque le puede cobrar alimentos. Entonces, para evitar el cese del pago de alimentos, que es lo que produce la nulidad o el divorcio, se introdujo la compensaci�n. Si nosotros mezclamos compensaci�n econ�mica al menoscabo, con causales, estamos creando una dificultad seria, especialmente a las mujeres. Gracias. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Pero quiero hacer presente que tampoco se puede tratar este punto porque se refiere al art�culo 56. El se�or BOENINGER.- �Se est� probando en el camino, se�or Presidente, que no se puede tratar nada�! El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Me da la impresi�n de que tendr�amos que suspender. El se�or ESPINA.- No es tan as� que tenga relaci�n, porque nadie est� eliminando el divorcio unilateral. Lo que dejamos pendiente es cu�l va a ser el plazo de �ste. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- No, porque hay una indicaci�n al art�culo 56 para eliminar el inciso tercero� El se�or ESPINA.- Entonces, se�or Presidente, le pido que suspenda este debate. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Hay que suspenderlo, porque si no, no podremos seguir. El se�or ESPINA.- As� es. Adem�s, depender� de c�mo se voten los art�culos que est�n pendientes. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Por eso, no podemos votar la indicaci�n. Por lo tanto, si hubiera acuerdo en la Sala, se levantar�a la sesi�n y continuar�amos el pr�ximo martes. Aqu� se ha hecho una proposici�n: en el sentido de tratar en esa ocasi�n el proyecto hasta despacharlo. �Habr�a acuerdo? El se�or LARRA�N.- Se�or Presidente, pienso que no podemos asegurar el despacho, porque si el debate... El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Estoy dando a conocer la propuesta que se me ha planteado. El se�or MORENO.- No hay acuerdo. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Hay oposici�n. El se�or LARRA�N .- Mejor as�. El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Mi obligaci�n reglamentaria es dar a conocer las proposiciones. El se�or CORDERO.- �Qu� sugieren los que no est�n de acuerdo? El se�or ZALD�VAR, don Andr�s (Presidente).- Se levanta la sesi�n. --Se levant� a las 12:50. Osvaldo Palominos Tolosa, Jefe de la Redacci�n subrogante