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- rdf:value = " MAYORES EXIGENCIAS PARA LA INSCRIPCIÓN Y PORTE DE ARMAS DE FUEGO. Modificación de la ley Nº 17.798, sobre control de armas. Primer trámite constitucional.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Corresponde conocer el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, que modifica la ley Nº 17.798, sobre control de armas, con el objeto de establecer mayores exigencias para inscribir un arma, para el porte de la misma e introduce otras modificaciones.
Diputado informante de las Comisiones unidas de Defensa Nacional y de Seguridad Ciudadana es el señor Jorge Burgos.
Antecedentes:
-Segundo informe de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional y Seguridad Ciudadana, sesión 79ª, en 4 de mayo de 2004. Boletín Nº 2219-02. Documentos de la Cuenta Nº 18.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado informante.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , en mi calidad de diputado informante de las Comisiones unidas de Defensa Nacional y de Seguridad Ciudadana, paso a informar sobre el proyecto de ley, en primer trámite constitucional y segundo reglamentario, iniciado en moción de los diputados señores Juan Pablo Letelier , Juan Bustos y Carlos Montes , que modifica la ley Nº 17.798, sobre control de armas, con el objeto de establecer mayores exigencias para inscribir y portar armas.
El informe contiene lo obrado por las Comisiones unidas de Defensa Nacional y de Seguridad Ciudadana en relación con las indicaciones formuladas al primer informe evacuado por la Comisión de Defensa.
Se hace presente que ambas comisiones emitieron los primeros informes en relación con esta iniciativa legal, en cumplimiento de sendos acuerdos adoptados por la Sala en las sesiones 30ª y 33ª, celebradas los días 1º de septiembre de 1998 y 5 de septiembre de 2000.
Asimismo, debo dejar constancia de que este informe recae sobre el proyecto aprobado en general por la Sala, que tomó en consideración el texto propuesto por la Comisión de Defensa Nacional, con las indicaciones admitidas a tramitación y que constan en el informe que obra en poder de los colegas.
A modo de antecedente, cabe recordar que el propósito perseguido por los autores de la iniciativa legal es establecer normas tendientes a desincentivar la tenencia o adquisición de armas de fuego por parte de particulares, como una forma de impedir que aumente el armamento en poder de los delincuentes, como consecuencia de la periodicidad con que se comete el delito de robo de armas y del desconocimiento de su manejo por parte de quienes las han adquirido en forma legal para su defensa personal.
Estos objetivos están contenidos en un artículo único, compuesto de veintiséis numerales, que pasaron a ser veintitrés, y tres artículos transitorios, que introducen diversas modificaciones a la ley Nº 17.798, sobre control de armas.
Las modificaciones que se propone incorporar al mencionado cuerpo legal, en virtud del texto aprobado por la Comisión de Defensa Nacional, se relacionan con la dictación de normas tendientes a establecer mayores exigencias para la posesión o tenencia de armas de fuego, con el objeto de restringir su inscripción indiscriminada y de limitarla sólo a personas capacitadas para su manejo y que tengan una irreprochable conducta anterior, acorde con las ideas contenidas en los fundamentos de la moción.
En consonancia con lo anterior, se introducen procedimientos de control que permitan a la autoridad verificar, a través de exámenes periódicos, las aptitudes de los poseedores o tenedores de armas.
En este mismo orden de ideas, se incluyen expresamente, dentro de las armas y elementos cuya posesión o tenencia se encuentra prohibida, las bombas o artefactos incendiarios, las armas cuyos números de serie hayan sido borrados o adulterados, las armas de fabricación artesanal y las modificadas respecto de su condición original.
Asimismo, se aumentan las sanciones en los casos de las personas que sean poseedoras, tenedoras o portadoras ilegales de armas de fuego, principalmente de las armas prohibidas, aunque se incorpora una circunstancia eximente de responsabilidad criminal en favor del poseedor o tenedor ilegal de armas que las entregare voluntariamente a las autoridades competentes.
También se incorpora la posibilidad de que el poseedor o tenedor de un arma de fuego pueda depositarla, por razones de seguridad, ante la autoridad contralora correspondiente a su domicilio, como, asimismo, transportarla al lugar que se indique, hasta por dos veces en el año calendario, con la condición de mantenerla allí hasta por un plazo de sesenta días.
Finalmente, se establece un incentivo con el objeto de posibilitar la inscripción masiva de armas de fuego y su fiscalización, de acuerdo con la normativa vigente. En efecto, se otorga a las personas que, con anterioridad a la fecha de publicación de esta ley en proyecto, posean o tengan un arma de fuego no inscrita o bien inscrita a nombre de un tercero, la posibilidad de regularizar su situación jurídica dentro del plazo que se indica, eximiéndolas de la obligación de pagar los correspondientes derechos.
Hasta aquí las novedades fundamentales que contiene el proyecto, que conocimos hace algún tiempo, cuando se rindió el informe de la Comisión de Defensa Nacional.
Lo obrado por las Comisiones Unidas.
Como pueden ver los colegas en el informe que tienen en su poder, las indicaciones presentadas dicen relación con los numerales 5), 7) y 8) del artículo único, que pasa a ser 1º, y con la incorporación de un artículo 2º, nuevo, al texto del proyecto aprobado por la Comisión de Defensa Nacional.
En consecuencia, me referiré sucintamente sólo a las indicaciones aprobadas en este trámite. Lo hecho en relación con el resto de los numerales se encuentra explicitado en el informe que los señores diputados tienen a su disposición.
El número 5) modifica el artículo 5º de la ley de control de armas, cuyo inciso primero se refiere a la obligación que tiene el poseedor o tenedor de un arma de fuego de inscribirla a su nombre ante las autoridades señaladas en el artículo 4º.
La diputada señora Lily Pérez y los diputados señores Rodrigo Álvarez y Eugenio Bauer presentaron una indicación para eliminar los incisos cuarto y quinto de dicho artículo.
Debo recordar que el inciso cuarto faculta a los funcionarios de Carabineros de Chile para verificar, sin previo aviso y en cumplimiento de una orden escrita expedida por el comisario correspondiente, la obligación del poseedor o tenedor del arma de mantenerla en el lugar autorizado.
Por su parte, el inciso quinto obliga al poseedor o tenedor a exhibir el arma, presumiéndose, en caso de negarse, que ésta no se encuentra en el lugar autorizado, situación que deberá ser denunciada, a fin de que se investigue la eventual comisión de alguno de los delitos previstos en los artículos 11 ó 14 A.
Los autores de la indicación explicaron que ella se fundamenta en la dificultad de practicar la diligencia de verificación cuando el poseedor o tenedor del arma no es habido, circunstancia que probablemente será la regla general, a menos que los funcionarios de Carabineros efectúen la verificación en horarios que resulten cómodos para las personas.
Por su parte, el diputado que habla justificó la existencia de un procedimiento de verificación del lugar autorizado para mantener el arma, toda vez que actualmente el robo, el hurto y la pérdida de armas ha traído consigo un aumento de las mismas en poder de los delincuentes.
La indicación fue aprobada por siete votos a favor y seis en contra.
El número 7) propone reemplazar el artículo 6º, que regula lo relativo al porte de armas de fuego.
Los diputados señores Álvarez, Bauer y Ulloa presentaron una indicación para intercalar el siguiente inciso cuarto, nuevo, pasando el actual a ser quinto:
“Igual excepción regirá para las altas autoridades del Estado, las que serán especificadas por la Dirección General de Movilización Nacional.”
Debo recordar que el inciso tercero exime de dicha prohibición al personal de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública, de Gendarmería de Chile, de la Dirección General de Aeronáutica Civil y a los aspirantes a oficiales de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile, en las condiciones que indica.
El inciso cuarto exceptúa a los deportistas y vigilantes privados que sean autorizados por la autoridad contralora y define quiénes tendrán la calidad de deportistas para estos efectos.
El diputado señor Ulloa sostuvo que la autorización a las autoridades para portar armas tiene su fundamento en que el Estado no tiene la capacidad de velar por la seguridad de las personas con plena eficacia y eficiencia, y la única forma que éstas tienen de suplir esta carencia es contando con elementos para su defensa. Agregó que el permiso para portar armas debería ser otorgado preferentemente a quienes están expuestos a sufrir algún tipo de atentado o agresión, como es el caso de las altas autoridades del Estado, a fin de facilitar su defensa personal.
Por el contrario, un grupo minoritario de diputados opinamos que dicha exención vulnera el principio de igualdad ante la ley y que es, por tanto, de dudosa constitucionalidad. Agregamos que la expresión “altas autoridades” es imprecisa y tan amplia que deja al intérprete en condiciones de aplicar criterios subjetivos inconvenientes, y que sólo sería procedente que las autoridades que, por razones de seguridad personal debidamente acreditadas, deseen obtener un permiso para portar armas, lo soliciten ante la Dirección General de Movilización Nacional.
Este criterio fue compartido por el subsecretario señor Correa .
La indicación fue aprobada por siete votos a favor, cuatro en contra y dos abstenciones.
El número 8) limita a dos las inscripciones de armas de fuego a nombre de una misma persona, sin perjuicio de las excepciones que establece el mismo precepto.
Las diputadas señoras María Angélica Cristi y Lily Pérez y los diputados señores Álvarez , Leay y Ulloa presentaron indicación para agregar, al final del inciso tercero, la frase “y las empresas que contraten vigilancia privada”.
El fundamento de dicha proposición reside en la necesidad de eximir a las empresas que contraten vigilantes privados de las restricciones que se establecen en los incisos primero y segundo.
La indicación fue aprobada por unanimidad.
El diputado que habla presentó indicación para agregar el siguiente artículo 2º, nuevo, pasando el artículo único a ser 1º:
“Artículo 2º.- Derógase el numeral 3 del artículo 494 del Código Penal.”
La propuesta tiene por objeto eliminar de la categoría de faltas contempladas en dicho artículo el porte de armas prohibidas por la ley o los reglamentos, sin licencia de la autoridad competente, por tratarse de una conducta tipificada como delito en el numeral 14 de este proyecto. Obviamente, sería una contradicción establecer como delito del porte ilegal de armas, y, luego, disponer en el Código Penal que puede ser una falta. Esto queda tácitamente derogado, pero sería bueno aprovechar esta oportunidad para hacerlo expresamente.
La indicación fue aprobada por unanimidad.
Con este informe, cumplimos el mandato hecho a las Comisiones unidas de Defensa Nacional y de Seguridad Ciudadana, y estaríamos en condiciones de despachar el proyecto para que continúe su trámite, atendidos sus características, importancia y el hecho de que hemos sostenido transversalmente que debe ser incluido en la agenda prioritaria de seguridad ciudadana.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.
El señor ULLOA .-
Señor Presidente , este proyecto, que modifica la ley Nº 17.798, sobre control de armas, inicialmente contenía una gran cantidad de modificaciones y exigencias para la inscripción y porte de armas.
Básicamente, el objetivo del proyecto era restringir las posibilidades de que las personas pudieran tener armas, mediante el aumento de las exigencias para su inscripción y la prohibición de su tenencia en lugares no autorizados y de la inscripción de más de un arma. Asimismo, aumentaba las multas contempladas en caso de violación de la ley sobre la materia, como una manera de hacer un aporte o contribución al combate contra la delincuencia, del cual se desprende una gran falencia por parte de los gobiernos de la Concertación, pese a la preocupación que ella ocasiona en los distintos sectores, según las diferentes encuestas.
El proyecto fue estudiado, primero, en la Comisión de Seguridad Ciudadana, y, posteriormente, en la de Defensa, que tengo el honor de presidir, la cual, en la práctica, terminó por modificarlo casi de común acuerdo con el Ejecutivo , porque en pocas materias hubo disenso. El mayor de los desencuentros se produjo debido a las distintas posturas de los miembros de las comisiones unidas de Seguridad Ciudadana y de Defensa, hace unas semanas, en relación con la facultad que se había concordado inicialmente para que Carabineros verificara sin previo aviso la inscripción del arma.
Aun cuando esta cuestión no es de carácter valórico, es legítimo que a algunos parlamentarios no les agrade la posibilidad de que Carabineros pueda llegar hasta el domicilio de alguien, sin aviso previo ni cumplir con cierto requisito -bastaba la orden del jefe de la comisaría respectiva-, y pedir que se exhiba el arma.
En lo personal, no me provoca dificultad la verificación de la tenencia del arma. Sin embargo, reconozco la legitimidad de aquellas personas que sí piensan que podría prestarse para situaciones de gran anormalidad. En esa perspectiva, pareció más razonable establecer que el tribunal competente ordene verificar el cumplimiento de esa disposición legal.
También se revisó en las comisiones unidas, como bien lo dijo el diputado informante, el porte de armas y sus excepciones.
La autorización para portar armas está dada, fundamentalmente, a aquellos que tienen el monopolio de su uso -las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad- y, excepcionalmente, a algunos ciudadanos a los cuales, por su labor, el Estado no les garantiza salir indemnes de alguna agresión. Por eso, si la excepción es para aquellas personas con más riesgo, ¿qué sentido tiene excluir a las altas autoridades del Estado, tales como ministros, subsecretarios, parlamentarios y, eventualmente, determinados integrantes del Poder Judicial , quienes, por sus funciones, también están expuestos a sufrir algún tipo de ataque?
Por esa razón, y con la intención de volver a una vieja tradición ciudadana y republicana, presentamos una indicación, que fue aprobada, para que a las altas autoridades del Estado, las que serán especificadas por la Dirección General de Movilización Nacional, se les exima de la obtención del permiso que se exige para portar armas de fuego mientras se mantengan en el ejercicio de sus cargos públicos.
Por otro lado, en las comisiones unidas se propuso una modificación para que los comerciantes autorizados para vender armas puedan inscribir un número superior a dos. Lo mismo ocurrió respecto de las empresas que contraten vigilancia privada, porque son las que normalmente compran armas. Ambas indicaciones fueron aprobadas por asentimiento unánime, luego de un intercambio de ideas.
El proyecto modifica la ley Nº 17.798, sobre control de armas, principalmente en cuanto a la inscripción de armas de fuego por aquellas personas que desean poseer una en forma legal, pero no incidirá en las que poseen los delincuentes, cuyo número, según la estimación que tienen las autoridades, se iguala al de armas inscritas legalmente. Es decir, si hay aproximadamente 800 mil armas debidamente inscritas, existe al menos un número igual de armas ilegales, entre las que se encuentran las hechizas, robadas e internadas ilegalmente.
Es necesario subrayar que no son precisamente los delincuentes los interesados en inscribir sus armas. Por lo tanto, el proyecto no desincentivará su utilización en la comisión de delitos o crímenes, pero ayudará de algún modo a conseguir ese objetivo.
Aun cuando en parte es verdad que las armas en manos de ciudadanos honestos constituyen una especie de almacén para los delincuentes, lo importante es que se ha querido mantener la posibilidad de que la población pueda acceder a un arma. Por eso, las modificaciones a la ley que establece su control, cuyo aporte será valioso en lo que se denomina el “blanqueo de armas”, permitirá a la autoridad tener claridad sobre quiénes las poseen, cuántas son y dónde se encuentran.
En consecuencia, la Unión Demócrata Independiente aprobará el proyecto, con las indicaciones que presentamos en las comisiones unidas de Defensa Nacional y de Seguridad Ciudadana.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado Juan Pablo Letelier.
El señor LETELIER (don Juan Pablo) .-
Señor Presidente , no cabe duda de que el combate contra la delincuencia -en favor de la seguridad ciudadana- es uno de los objetivos principales de nuestra sociedad. Ésta ha sufrido tremendas transformaciones que implican el desarrollo de prácticas antisociales que atentan contra la integridad física de las personas y bienes y alteran nuestra convivencia. En este contexto, dar mayor seguridad a los ciudadanos es tarea de todos.
Quienes pretenden inclinar las responsabilidades en el combate contra la delincuencia, no entienden que la paz social es tarea de todos y fruto de una política de Estado indiscutida. Todos debemos empujar en una misma dirección. De ahí, entonces, el sentido de la moción de los diputados señores Montes , Bustos y de quien habla, porque, según la opinión de los técnicos y expertos, si se quiere promover la seguridad ciudadana, debe eliminarse, reducirse, restringirse y dificultarse la tenencia de armas de fuego en manos de los ciudadanos.
Todos los estudios sobre el particular señalan que una sociedad que se arma no es más segura, y en nuestro país las proyecciones indican que hay un exceso de armas de fuego en manos de los ciudadanos. Además, las estadísticas demuestran que los delincuentes “se hacen” de armas cuando las roban a quienes las compran legalmente, a quienes no saben usarlas o a quienes las venden en el mercado negro.
Es importante destacar que se dejan fuera las de uso en prácticas deportivas y las armas de fuego de las armerías, a las cuales cualquiera puede ingresar y, sin mayores antecedentes, comprar una y sus respectivas municiones, las que muchas veces terminan en poder de los delincuentes, a quienes todos queremos parar. El proyecto apunta en esa dirección.
Como bien lo indicó el diputado Ulloa , existen dos visiones sobre la materia. Una, que Carabineros y la Policía de Investigaciones deben tener el monopolio del uso del poder de fuego para controlar el orden y seguridad internos. La otra, que la policía no es capaz de hacer esta labor y que los ciudadanos deben cumplir esa función en ciertas esferas. Nosotros discrepamos de ese juicio.
Este proyecto pretende reducir las armas de fuego; apunta, esencialmente, a tres objetivos. El primero, establecer barreras, requisitos mínimos -lo subrayo: requisitos mínimos- para que una persona compre un arma de fuego.
La Comisión de Defensa, en particular, eliminó la gran mayoría de los requisitos establecidos en la moción original, como un curso especializado para que las personas sepan usar un arma de fuego. Asimismo, que éstas no tengan antecedentes de violencia intrafamiliar ni de otro tipo; que demuestren estabilidad laboral y familiar. En síntesis, que sean idóneas; que la sociedad se asegure de que un psicópata o delincuente no accedan a la compra de un arma.
Los últimos debates en la Comisión giraron en torno de este punto. Algunos diputados se oponen a las barreras para la adquisición de armas de fuego, como también -insisto- a cursos para que las personas aprendan a manejarlas.
Me llama la atención cómo en otros ámbitos de la vida se establecen múltiples requisitos, por ejemplo, para conducir un vehículo. Sin embargo, hay quienes piensan que no es necesario un curso o una licencia especial para adquirir un arma. En eso, sin duda, tenemos visiones distintas.
El proyecto -en forma tímida, a nuestro juicio, no como hubiésemos querido- establece algunas barreras de entrada al mercado de los tenedores de armas. Hubiéramos querido que este fuere mucho más restrictivo.
En segundo lugar, aquí se estableció el criterio de la cantidad de armas de fuego que una persona puede poseer si se quiere defender con ese tipo de armas. Si eso fuera posible, que no termine almacenándolas en su hogar o lugar de trabajo.
Todos los años lamentamos la muerte de niños o menores de edad debido a la mala manipulación de armas de fuego que sus padres compran, supuestamente, para defenderse.
Se quiere restringir el número de armas existentes. Asimismo, prohibir su porte. Si las personas creen que pueden defenderse mediante armas, no hay ninguna razón para disputarle a la policía el monopolio de su tenencia y su rol en la seguridad de la sociedad.
Al respecto, sin duda, discrepamos profundamente de la posición del diputado Ulloa, quien ha dicho que Carabineros de Chile es incapaz de cumplir adecuadamente sus funciones y que es necesario que los ciudadanos se armen.
En mi opinión, para organizar mejor nuestra seguridad ciudadana necesitamos, precisamente, eliminar los elementos que facilitan la comisión de delitos. Las estadísticas sobre la materia son claras: cada vez hay más delitos violentos con uso de armas de fuego. Por eso queremos prohibir su porte.
En tercer lugar, otra proposición de las comisiones -no sé si es la fórmula más adecuada, porque el proyecto original era distinto- dice relación con cómo sincerar, cómo objetivar la existencia de armas de fuego en nuestra sociedad, cómo establecer un mecanismo de registro periódico de las armas que hay en la comunidad y sancionar gravemente a quien no cumpla con la disposición.
Se dice que fijar este mecanismo es costoso; puede ser, pero quienes deseen tener armas de fuego deberán financiarlo; que paguen una patente para asegurar un sistema de control y registro de las mismas; porque los ciudadanos que no las portamos, que somos contrarios a su uso, que creemos que su tenencia no es buena, ya nos sentimos amenazados porque hay demasiadas armas en nuestra sociedad, las cuales se compran legalmente, pero terminan en manos de delincuentes que atentan contra la integridad física de las personas.
Los grandes promotores de la compra de armas de fuego, los dueños de armerías, hacen tremendos negocios, muchas veces en forma irresponsable, puesto que no informan de ello a las autoridades ni se preocupan del destino final de las armas. Estudios internacionales demuestran que el nivel de irresponsabilidad de las armerías es altísimo. En nuestro país no hemos llegado a niveles, por ejemplo, de comerciar hasta con armas semiautomáticas.
Por último, el proyecto apunta en la dirección que deseamos, cual es restringir el acceso a las armas de fuego, reducir la cantidad existente en la sociedad y poder sincerar, en un registro público y conocido, cuántas armas hay, de manera que los organismos correspondientes puedan impulsar políticas de seguridad ciudadana.
Sin embargo, lamento que no hayamos logrado tener un debate más a fondo y un viraje mayor sobre la materia, como en países más desarrollados, en el sentido de entender que una sociedad no se protege con m��s armas, sino con más convivencia, más diálogo y más recuperación de espacios públicos, dado que armándose sólo se logra vivir más en la indefensión.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado Jorge Burgos.
El señor BURGOS .-
Señor Presidente , este proyecto, originalmente -ahí está lo más esencial y valioso de la indicación que se presentó hace un par de años-, buscaba hacerse cargo de una situación compleja que había en nuestra sociedad: el riesgo de proliferación de armas. Es cierto que si comparamos el número de armas que poseen los particulares chilenos con el de países con un PGB parecido, estamos en la cota baja, pero es un número creciente. Hoy, las cifras hablan de, más o menos, 800 mil armas inscritas para tenerlas en casa, porque para portarlas los permisos son bajísimos, del orden de setecientos mil. En consecuencia, el problema está radicado en el número de armas que la gente compra y mantiene en sus hogares, con los riesgos que ello implica en la perspectiva de su mal uso. Hay tantos casos que escuchamos en que un niño manipula un arma y termina descerrajándose un balazo. Desgraciadamente, es bastante común.
También presenciamos que, en los delitos de robo con violencia a casas -que no son los más comunes en el país; pero sí los hay-, lo que más les interesa a los delincuentes son, precisamente, armas, a las que les borran las series a fin de ocuparlas en el mundo del delito, con la agravante de que, muchas veces, el poseedor legal de dicha arma no hace la denuncia correspondiente. En consecuencia, se agrega un arma más al tráfico ilícito sin constancia de ello.
Todas estas situaciones se mejoran en la ley en trámite. Es cierto que la idea original, de ser más duros a la hora de establecer normas de posesión -del diputado Juan Pablo Letelier , entre otros-, no se concretó con todo el rigor que se pretendía. Sin embargo, de parte de quienes estaban en contra también hubo algunos sacrificios en cuanto a mejorar la iniciativa.
En consecuencia, el proyecto debe ser aprobado, porque es un justo medio entre una pretensión más bien punitiva desde el punto de vista del control de armas en manos de particulares, y una más liberal. Me habría gustado -repito- más dureza al respecto, pero sólo se llegó hasta donde hubo cierto consenso.
En lo que sí estamos todos de acuerdo es en aumentar las penas y mejorar los tipos penales, pues la ley data de 1972, es decir, tiene treinta y dos años. Además, se dictó en condiciones políticas, sociales y jurídicas totalmente distintas, y, en consecuencia, su objetivo principal fue perseguir grupos de combate; es decir, que Carabineros y las Fuerzas Armadas buscaran armas en posesión de grupos de carácter político y seudopolítico que, en ese entonces, pretendían subvertir el orden público.
Hoy, el es tema es qué instrumentos damos a Carabineros, a Investigaciones, al Gobierno y a los alcaldes para poder combatir el delito. Uno de los instrumentos esenciales es la creación de una estructura jurídica que permita combatir el tráfico ilícito de armas. En consecuencia, eso está bien tratado, desde el punto de vista de tipificar mejor, de aumentar penalidades y de crear nuevas hipótesis delictuales en consonancia con los tiempos.
Sí, como consecuencia de la discusión, sufrimos una derrota quienes creíamos que debía haber una manifestación de control preventivo de parte de la autoridad, a través de Carabineros, para determinar si un arma estaba en el lugar determinado. Eso se perdió en las comisiones unidas, porque no se presentó una indicación -asumo mi responsabilidad-, que no podemos reponer en la Sala. Creo que el Ejecutivo , que es el autor original de la indicación, debería intentar reponerla en el Senado, puesto que es muy importante que exista un instrumento de control. Muchas veces sucede que la gente compra armas, pero no las cuida, no las tiene en el lugar adecuado y quedan más a mano de la delincuencia.
Un punto que, a mi juicio, sí se puede resolver acá, sobre el que pido votación separada, se refiere al inciso cuarto propuesto por las Comisiones unidas en el numeral 7), que señala: “Igual excepción -de prohibición general de porte de armas, salvo para las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública, Gendarmería de Chile y vigilantes privados- regirá para las altas autoridades del Estado, las que serán especificadas por la Dirección General de Movilización Nacional”. Se aprobó por una mayoría sustancial de votos en las Comisiones unidas.
En primer lugar, gracias a Dios, en nuestro país no es necesario que las altas autoridades anden armadas. Eso lo pueden suplir las fuerzas de orden y seguridad.
En segundo lugar, el término “alta autoridad” es muy impreciso, y entregar tal calificación a una autoridad reglamentaria de nivel administrativo, como el director general de Movilización Nacional , me parece peligroso y complejo, puesto que va a ser difícil negarse a la petición de una persona que invista un poder mayor. Por lo demás, hoy, “altas autoridades” pueden ser no sólo
las del ámbito político. Así, por ejemplo, alguien podría decir que es autoridad de la Sofofa o de la CUT y podría alegar el derecho a usar armas sin permiso previo.
En consecuencia, pido votación separada para el inciso cuarto del numeral 7).
Salvo esa consideración, estamos en presencia de un buen proyecto. Para algunos, no es el ideal; pero sí hemos llegado a un justo medio entre el control duro, respecto de los poseedores legales, y en mejorar las normas punitivas para quienes ocupan un arma en la comisión de delitos.
Me permito recomendar la aprobación del proyecto para que pase a segundo trámite constitucional, teniendo presente que aporta a la agenda de seguridad ciudadana, donde existe un consenso transversal en cuanto a que necesitamos mejorar los instrumentos de combate contra el delito.
He dicho.
-o-
El señor LEAL ( Presidente en ejercicio).-
Señores diputados, en la tribuna de honor se encuentran honorables colegas parlamentarios del Mercosur, quienes se reúnen en nuestra Cámara bajo la presidencia del honorable diputado Alfredo Atanasof, presidente pro témpore de la Comisión y jefe de la delegación argentina. Le acompañan los honorables presidentes de las secciones nacionales de la Comisión Parlamentaria Conjunta del Mercosur: honorable diputado Rosinha, de Brasil; honorable senador Alfonso González, de Paraguay; honorable diputado Ricardo Berois, de Uruguay, y honorable congresista Eduardo Salhuana, del Perú.
Además, los acompañan los honorables colegas que trabajan en el estudio de la iniciativa que tiene por objeto constituir el Parlamento del Mercosur, asistidos por su secretario ejecutivo, señor Óscar Casal.
Doy a todos una cordial bienvenida y los mejores augurios para el éxito de su trabajo.
-Aplausos.
-o-
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado Alberto Cardemil.
El señor CARDEMIL .-
Señor Presidente , solamente quiero anunciar nuestro voto favorable, en general y en particular, a un proyecto que, por su origen, tramitación y resultado, después de pasar por varias comisiones de la Cámara de Diputados, se ha constituido en una correcta y útil iniciativa que va a llenar un vacío importante en cuanto a mejorar y modernizar normas dictadas hace ya mucho tiempo respecto del control de las armas de fuego en nuestro país. En ese sentido, coincido en líneas generales con lo que planteaba el diputado señor Burgos .
Es importante destacar algo que no se ha expresado en esta Cámara de Diputados en momentos en que arrecia el problema de la delincuencia y se agudiza el ingenio de las autoridades del Estado para poner coto a este aumento de la delincuencia: nuestro ordenamiento jurídico consagra el derecho a la autodefensa. El defenderse de la delincuencia no es un ilícito ni una incorrección; muchas veces, es una necesidad. Este derecho tiene amparo jurídico-constitucional y penal en nuestra legislación como circunstancia eximente de la responsabilidad criminal. Entonces, ¿cuál es el esfuerzo que debe hacer el legislador? Equilibrar adecuada y debidamente este derecho a la autodefensa y estas garantías constitucionales con el debido control de las armas y, obviamente, con una política que, en forma continua, vaya tomando en consideración el número de armas que hay en poder de particulares, de tal manera que esos indicadores no se excedan. En este caso, se ha tenido como resultado un buen equilibrio entre el derecho a la autodefensa y el debido control que hay que ejercer sobre las armas de fuego en poder de particulares. En tal sentido, reivindico el trabajo, bueno y adecuado, que han hecho la Comisión de Defensa y, luego, las comisiones unidas. Así, me refiero concretamente a algunos comentarios del diputado señor Juan Pablo Letelier .
El principal problema de la tenencia de armas en poder de particulares no radica en aquel universo o volumen de armas que tienen algún tipo de control, sino en el inmenso número, que a veces es muy difícil cuantificar, que no tienen ningún control, armas completamente clandestinas e ilegales y que se transan en el mercado negro del armamentismo.
Se han hecho comentarios sobre las armerías y sobre los comerciantes establecidos en el rubro. También quiero reivindicar su trabajo. Hemos tenido un muy buen apoyo de ellos, buenas ideas. Por supuesto, puede haber excepciones, pero, en lo general, se trata de comerciantes muy prestigiados que necesitan y quieren hacer bien su trabajo, pues saben lo delicado que es y están dispuestos a ayudar para que el control se haga en forma debida. Ellos mismos son agentes de control. El problema no está -repito- en las armas controladas o susceptibles de algún control, sino en las armas hechizas, en las que se venden o se compran en el mercado negro, a las cuales se les borra la serie; en las que se comercian por delincuentes o son adquiridas por reducidores. Ahí está el gran universo cuyo control y supervisión hay que tratar de mejorar.
Votaremos a favor del proyecto porque la ley Nº 17.798 ha resultado buena y adecuada. Ahora se avanza notablemente, por ejemplo, en incorporar mayores exigencias para la posesión o tenencia de armas de fuego, con el objeto de restringir la inscripción indiscriminada de aquellas, y se limita -y en esto también le respondo al diputado señor Juan Pablo Letelier - efectivamente esta posibilidad de inscripción sólo a personas capacitadas para el manejo de armamento que tengan una irreprochable conducta anterior acorde, con las ideas contenidas en los fundamentos de esta moción.
No es verdad que aquí se ablande la norma. Es al revés. Precisamente, el artículo 5º A, nuevo, establece que el poseedor o tenedor de un arma podrá inscribirla sólo cuando cumpla con los siguientes requisitos:
“a) Ser mayor de edad;
“b) Tener domicilio conocido;
“c) Haber aprobado un examen que acredite que tiene los conocimientos necesarios sobre conservación, mantenimiento y manejo del arma que pretende inscribir y que posee una aptitud física y psíquica compatible con el uso de armas.
“d) No hallarse condenado o procesado por crimen o simple delito, lo que se acreditará con el respectivo certificado de antecedentes, y
“e) No haber sido sancionado en procesos relacionados con la ley Nº 19.325, sobre Violencia Intrafamiliar.”
Estas disposiciones posibilitan un mejor control respecto de quienes inscriben armas de fuego.
Se introducen procedimientos de control que permiten a la autoridad verificar, a través de exámenes periódicos, las aptitudes de los poseedores o tenedores de armas. En el mismo orden -disposición que antes no estaba contemplada-, se limita la venta de municiones y cartuchos, de modo tal que puedan ser adquiridos sólo por los poseedores, tenedores o portadores de armas de fuego inscritas, cuando correspondan al calibre de éstas. Antes, cualquier persona podía adquirir cartuchos o municiones.
Se incluyen expresamente, dentro de las armas y elementos cuya posesión o tenencia se encuentra prohibida, las bombas o artefactos incendiarios. Durante el análisis de esta iniciativa, a la que concurrieron representantes del Ministerio del Interior y de Carabineros, se hizo presente que se da la situación de que las personas que provocan lesiones con bombas molotov al personal de Carabineros quedan en libertad porque dichas bombas no están tipificadas como arma.
Se aumentan las sanciones en los casos de las personas que sean poseedoras, tenedoras o portadoras ilegales de armas de fuego y que no hayan cumplido con los trámites de inscripción de las mismas.
Se facilita el porte de arma de fuego en los casos de los vigilantes privados -con ello se aborda una realidad nueva, no contemplada en la ley anterior- y de los deportistas que cuenten con permiso de caza al día. En este último caso, el objeto de la disposición es no obstaculizar la práctica deportiva de muchas personas inscritas en clubes de caza y de tiro.
Se incorpora la posibilidad de que el poseedor o tenedor de un arma de fuego pueda depositarla, por razones de seguridad, ante la autoridad contralora correspondiente a su domicilio, cuando deba trasladarse a otro lugar.
Se solucionan los problemas derivados del fallecimiento del poseedor o tenedor de un arma de fuego inscrita. Esta disposición no estaba considerada en la ley anterior.
Se establece -disposición importantísima- que Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones de Chile estarán interconectados con la base de datos sobre inscripción y registro de armas que debe mantener la Dirección General de Movilización Nacional. Esto permitirá a ambas instituciones policiales llevar a cabo las pesquisas correspondientes en aquellos casos en que se haya utilizado un arma de fuego.
Finalmente, se establece un incentivo con el objeto de posibilitar, dentro de la normativa vigente, la inscripción masiva de armas de fuego y su fiscalización. Esta disposición otorga a las personas que, con anterioridad a la publicación de este proyecto como ley de la República, posean o tengan un arma de fuego, la posibilidad de regularizar su situación.
Cabe advertir a quienes utilizan armas de fuego en el área negra de la irregularidad, que se dictó una ley, en paralelo, aprobada ya en la Cámara de Diputados, que establece que cualquier delito que se cometa con ellas tendrá una sanción mayor debido a la circunstancia agravante que ello constituye.
Este proyecto es un avance notorio, pues -repito- equilibra el derecho de los ciudadanos de autodefenderse, con un mejoramiento notable en el control de las armas de fuego, y aborda la realidad de este universo oscuro de la tenencia irregular de armas. En ese sentido, las comisiones unidas mejoraron la normativa vigente.
Se incorporan algunas altas autoridades a la posibilidad de acceder al permiso de porte o tenencia de armas. En principio, los diputados de Renovación Nacional habíamos votado en contra de esta disposición. Sin embargo, consideramos que esta norma incorporada por las comisiones unidas es buena.
El señor LEAL ( Presidente en ejercicio).-
Ha terminado su tiempo, señor diputado .
El señor CARDEMIL .-
Termino, señor Presidente .
Consideramos que esta norma es buena porque establece que será la Dirección Nacional de Movilización Nacional la que otorgue el permiso.
En general, como las modificaciones que incorporaron las comisiones unidas, a través de indicaciones, mejoraron el proyecto, lo vamos a votar favorablemente.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el diputado Jaime Quintana.
El señor QUINTANA.-
Señor Presidente , estamos en presencia de un proyecto de tremenda importancia, que hace un verdadero aporte en el marco de la seguridad ciudadana, pues tiende a dar protección a la ciudadanía. Por lo tanto, es válido destacar el aporte de la moción de los diputados señores Juan Pablo Letelier , Juan Bustos y Carlos Montes .
La iniciativa reconoce los nuevos escenarios que vive el país, la realidad de la delincuencia y las políticas de seguridad ciudadana. En este contexto, debemos valorar lo pertinente que resulta modificar la ley Nº 17.798, sobre control de armas, en especial si atendemos al dato cierto de que muchos delincuentes se nutren de las armas no inscritas o que, aun cuando están inscritas, se encuentran en manos de quienes son incapaces de usarlas debidamente en los casos de defensa personal.
¿Qué duda cabe de que un registro nacional de armas es una necesidad muy sentida en la hora presente? Este proyecto, que muy bien se puede calificar de moderno y de pragmático, recoge las observaciones derivadas del riguroso diagnóstico de la vida social actual, asume adecuadamente la responsabilidad de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones y también sociabiliza la tenencia de armas en manos de particulares, al comprometer responsablemente a quienes las tienen, pues fija normas y exigencias acerca de qué circunstancias permiten tener dichas armas.
El proyecto aprobado por la Comisión de Defensa en su primer trámite reglamentario, consta de un artículo único y de tres artículos transitorios que introducen diversas modificaciones a la citada ley Nº 17.798. Además, merece destacarse la iniciativa, recogida en el artículo 1º transitorio, de otorgar un incentivo en favor de las personas que, con anterioridad a la fecha de publicación de esta ley en proyecto, posean o tengan un arma de fuego no inscrita, a fin de que puedan regularizar su situación, sin pagar los derechos correspondientes.
En el espíritu del legislador está la voluntad de establecer normas tendientes a desincentivar la tenencia o adquisición de armas de fuegos por parte de los particulares, como una forma de prevenir el incremento de armamento en poder de los delincuentes. Ello se justifica, pues existen políticas de desarrollo que posibilitan mayor capacidad de acción de las policías, con lo que podrán cumplir mejor su rol de prevención y represión del delito. Dejar que cada persona asegure por sí misma su defensa, significaría un riesgo, aunque hay que reconocer que, en algunos casos y circunstancias, algunas personas, por la naturaleza de sus funciones, puedan poseer armas.
En este proyecto se incorporan normas destinadas a establecer mayores exigencias para la posesión o tenencia de armas de fuego, con el objeto de restringir la inscripción indiscriminada de aquéllas y de acotarla sólo a personas capacitadas para el manejo del armamento que posean una irreprochable conducta anterior.
También se introducen en el proyecto procedimientos de control que permiten a la autoridad verificar, a través de exámenes periódicos, las aptitudes de los poseedores o tenedores de armas.
En este mismo orden, se limita la venta de municiones, de modo que sólo pueden ser adquiridas por los poseedores, tenedores o portadores autorizados de armas de fuego inscritas. Un factor que resulta tan novedoso como necesario en el proyecto es que se incluyen expresamente, dentro de las armas y elementos cuya posesión o tenencia se encuentra prohibida, las bombas y artefactos incendiarios, las armas cuyos números de serie hayan sido borrados o adulterados, las armas de fabricación artesanal y las modificadas respecto de su condición original.
El resto de las disposiciones solucionan varios otros problemas derivados o vinculados con la tenencia de armas, que sería largo enumerar. Me permito destacar la parte del proyecto que establece un incentivo para posibilitar la inscripción masiva de armas de fuego y su fiscalización dentro de la normativa vigente. También es de relevancia el punto que dice relación con la creación del Registro Nacional de Inscripciones de Armas , a cargo de la Dirección General de Movilización Nacional.
Al respecto, la Comisión de Defensa recomienda la aprobación del proyecto de ley, que, en su artículo 1º, señala que la Dirección General de Movilización Nacional actuará como autoridad central de coordinación de todas las autoridades ejecutoras y contraloras que correspondan a las comandancias de guarnición de las Fuerzas Armadas y autoridades de Carabineros de Chile. Además, que ninguna persona podrá poseer armas de fabricación artesanal ni armas modificadas respecto de su condición original, sin autorización de la Dirección General de Movilización Nacional.
Finalmente, resulta muy interesante comentar que las autoridades sólo permitirán la inscripción de un arma cuando su poseedor cumpla con los requisitos señalados en el proyecto, lo cual busca resguardar debidamente el bien común.
Por lo tanto, en consideración a los antecedentes entregados en el proyecto, a la realidad de la comunidad nacional y local, a los principios y valores que sustentan a una sociedad democrática y al motivo transversal que sustenta al articulado del proyecto, en el sentido de resolver, de manera práctica y eficaz, este delicado asunto, votaremos favorablemente el proyecto de ley.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el ministro José Miguel Insulza.
El señor INSULZA ( ministro del Interior ).-
Señor Presidente , sólo quiero hacer referencia a dos indicaciones. La primera propone eliminar los incisos cuarto y quinto del artículo 5º, con lo que se suprime la facultad de la policía para concurrir al domicilio de una persona, sin aviso previo, a verificar que el poseedor o tenedor de determinada arma la mantenga en el lugar autorizado, y que obliga a éste a exhibirla.
Se argumentó que la indicación tiene por objeto proteger la privacidad de las personas. Incluso, se preguntó qué ocurriría si la verificación se hacía en horarios incómodos.
Señor Presidente , si la policía concurre al domicilio de una persona para verificar si tiene el arma que inscribió, no lo hace de manera aleatoria o porque se le da la gana, sino porque ello se considera necesario en el proceso de investigación de un delito. Por lo tanto, considero negativo restringir tanto las facultades de la policía, por lo que manifestamos nuestro deseo que se respete la redacción original del artículo 5º.
Sin embargo, si tuviera que jerarquizar, me preocupa más la segunda indicación, relativa a agregar un inciso cuarto, nuevo, al artículo 6º, que exceptúa a las autoridades del Estado de la prohibición de portar armas.
Somos claramente contrarios a que, por regla general, los ministros, los presidentes y vicepresidentes de las Mesas de ambas Cámaras, los ministros de las cortes, etcétera, porten armas. Sé que esto está permitido en algunos países. Hace poco conversé con un colega extranjero, quien hizo referencia al permiso para portar armas que le habían entregado al momento de asumir el cargo de ministro del Interior de su país. Él nunca había portado un arma, pero, junto con la acreditación de ministro de Estado , le llegó el referido permiso.
Consideramos profundamente negativo que se establezca en una ley que las autoridades del Estado puedan andar armadas sin pedir el correspondiente permiso. Por consiguiente, pido que esa indicación sea rechazada.
No se puede asimilar lo anterior con el caso a los aspirantes a oficiales de Carabineros y de Investigaciones que realizan su práctica policial. ¡Cómo podrán hacerla si no andan armados! Cuestión distinta es que un ministro de Estado , por el solo hecho de serlo, pueda portar armas sin permiso. Con esto se introduciría un factor completamente negativo, desde el punto de vista de la política restrictiva que se quiere aplicar.
Por lo tanto, quiero llamar la atención sobre las dos indicaciones mencionadas y manifestar mi satisfacción por la forma como se ha tramitado el proyecto.
He dicho.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Cerrado el debate.
-Posteriormente, la Sala votó el proyecto en los siguientes términos:
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Corresponde votar el proyecto, originado en mensaje, que modifica la ley Nº 17.798, sobre control de armas, con el objeto de establecer mayores exigencias para inscribir armas y prohibir su porte, entre otras modificaciones.
Por no haber sido objeto de indicaciones ni modificaciones, se declaran aprobados los números 1), 2) y los comprendidos entre el 9) y el 23), inclusive, con excepción del 19), todos del artículo 1º, y los artículos 2º y 3º transitorios.
Tampoco fueron objeto de indicaciones los números 4) y 19) del artículo 1º y el artículo 1º transitorio, pero por ser materias que requieren quórum especial, serán votados en particular.
En votación el número 3) del artículo 1º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 100 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,Alvarado, Álvarez-Salamanca, Álvarez, Allende (doña Isabel), Araya, Ascencio, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Burgos, Bustos, Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa, Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Díaz, Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Espìnoza, Forni, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), García-Huidobro, González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Hidalgo, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Kast, Kuschel, leal, Leay, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longton, Longueira, Luksic, Martínez, Masferrer, Melero, Mella (doña María Eugenia), Meza, Molina, Monckeberg, Montes, Mora, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma, Paredes, Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Recondo, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Salas, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Ulloa,
Valenzuela, Varela, Vargas, Vilches, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.
El señor LEAL ( Presidente en ejercicio).-
En votación el número 4) del artículo 1º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 93 votos; por la negativa, 2 votos. No hubo abstenciones.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguilo, Alvarado, Álvarez-Salamanca, Álvarez, Allende (doña Isabel), Araya, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Burgos, Bustos, Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa, Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Díaz, Dittborn, Egana, Encina, Errázuriz, Escalona, Espinoza, Forni, Galilea (don Pablo), García (don Rene Manuel), García-Huidobro, González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Hidalgo, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Kast, Kuschel, Leal, Leay, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longton, Longueira, Luksic, Martínez, Masferrer, Melero, Mella (doña María Eugenia), Meza, Monckeberg, Montes, Mora, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma, Paredes, Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Recondo, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Salas, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Ulloa,
Valenzuela, Varela, Vargas, Vilches, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Ascencio y Galilea (don José Antonio).
El señor LEAL ( Presidente en ejercicio).-
En votación el número 5) del artículo 1º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 92 votos; por la negativa, 0 votos. Hubo 2 abstenciones.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado, Álvarez-Salamanca, Álvarez, Allende (doña Isabel), Araya, Ascencio, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Burgos, Bustos, Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa, Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Díaz, Dittborn, Egana, Encina, Errázuriz, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García-Huidobro, González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Hidalgo, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez Carmen, Jaramillo, Jarpa, Kast, Kuschel, Leal, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longton, Longueira, Luksic, Martínez, Masferrer, Melero, Mella (doña María Eugenia), Meza, Molina, Monckeberg, Montes, Mora, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma, Paredes, Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Recondo, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña Maria Antonieta), Salaberry, Salas, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tohá (doña Carolina), Tuma, Ulloa, Valenzuela, Varela, Vargas, Vilches, Villouta, Von Muhlenbrock y Walker Patricio.
-Se abstuvieron los siguientes señores diputados:
Galilea (don José Antonio) y Saffirio.
El señor LEAL ( Presidente en ejercicio).-
En votación el número 6) del artículo 1º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 98 votos; por la negativa, 2 votos. No hubo abstenciones.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,Alvarado, Álvarez, Allende (doña Isabel), Araya, Ascencio, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Burgos, Bustos, Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa, Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Díaz, Dittborn, Egana, Encina, Errázuriz, Escalona, Espinoza, Forni, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García-Huidobro, Girardi, González (don Rodrigo), Guzmán Pía, Hales, Hernández, Hidalgo, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Jeame-Barrueto, Kast, Kuschel, Leal, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Longton, Longueira, Luksic, Martinez, Masferrer, Melero, Mella (María Eugenia), Meza, Molina, Monckeberg, Nicolas, Montes, Mora, Moreira, Munoz (don Pedro), Munoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma, Paredes, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Recondo, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Salas, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Ulloa, Valenzuela, Varela, Vargas, Villouta, Von Muhlenbrock y Walker.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Galilea (don José Antonio), y Sánchez.
El señor LEAL ( Presidente en ejercicio).-
En votación el número 7) del artículo 1º, con excepción del inciso cuarto, respecto del cual se ha pedido votación separada.
El señor ULLOA.-
Señor Presidente , en este trámite ¿es posible pedir votación separada?
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Sí, señor diputado.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 88 votos; por la negativa, 2 votos. No hubo abstenciones.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguilo, Álvarez Rodrigo, Allende (doña Isabel), Araya, Ascencio, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Burgos, Bustos, Cardemil, Ceroni, Correa, Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Díaz, Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Espinoza, Forni, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), Garcéa (don Rene Manuel), García-Huidobro, Girardi, Gonzalez (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Jeame-Barrueto, Kast, Leal, Leay, Letelier (don Juan Pablo), Longton, Longueira, Luksic, Masferrer, Melero, Mella (doña María Eugenia), Meza, Molina, Monckeberg, Montes, Mora, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Paredes, Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Recondo, Riveros, Rojas, Rossi, Saffirio, Salaberry, Salas, Sánchez, Seguel, Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tuma, Ulloa, Valenzuela, Varela, Vargas, Villouta, Von Muhlenbrock y Walker.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Kuschel y Tohá (doña Carolina).
El señor LEAL ( Presidente en ejercicio).-
En votación el inciso cuarto del número 7) del artículo 1º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 50 votos; por la negativa, 52 votos. No hubo abstenciones.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Rechazado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Alvarado, Álvarez, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Cardemil, Cornejo, Correa, Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Díaz, Dittborn, Egaña, Errázuriz, Forni, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), García-Huidobro, Guzmán (doña Pía), Hernández, Hidalgo, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Kast, Kuschel, Leay, Longton, Longueira, Martínez, Masferrer, Melero, Molina, Monckeberg, Moreira, Norambuena, Palma, Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Rojas, Salaberry, Ulloa, Varela, Vargas, Vilches, Villouta y Von Muhlenbrock.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,Allende (doña Isabel), Araya, Ascencio, Burgos, Bustos, Ceroni, Encina, Escalona, Espinoza, Girardi, González (don Rodrigo), Hales, Jaramillo, Jarpa, Jeame-Barrueto, Leal, Letelier (don Juan Pablo), Letelier (don Felipe), Luksic, Mella (doña María Eugenia), Meza, Montes, Mora, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Ojeda, Olivares, Ortiz, Paredes, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Quintana, Riveros, Robles, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salas, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Valenzuela, Venegas, y Walker.
El señor LEAL ( Presidente en ejercicio).-
En votación el número 8) del artículo 1º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 99 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 2 abstenciones.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,Alvarado, Álvarez, Allende (doña Isabel), Araya, Ascencio, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Burgos, Bustos, Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa,
Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Díaz, Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Espinoza, Forni, Galilea (don Pablo), García (don René Manuel), García-Huidobro, Girardi, González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Hidalgo, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Kast, Kuschel, Leal, Leay, Letelier (don Juan Pablo), Longton, Luksic, Masferrer, Melero, Mella (doña María Eugenia), Meza, Molina, Monckeberg, Montes, Mora, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma, Paredes, Paya, Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Recondo, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Salas, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Ulloa, Valenzuela, Varela, Vargas, Venegas, Vilches, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.
-Votó por la negativa el diputado señor Longueira.
-Se abstuvieron los diputados señores:
Galilea (don José Antonio) y Letelier (don Felipe).
El señor LEAL ( Presidente en ejercicio).-
En votación el número 19) del artículo 1º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 98 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,Alvarado, Álvarez, Allende (doña Isabel), Araya, Ascencio, Barros, Bauer, Becker, Bertolino, Burgos, Bustos, Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa, Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Díaz, Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Espinoza, Forni, Galilea (don Pablo), Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), García-Huidobro, Girardi, González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Kast, Kuschel, Leal, Leay, Letelier (don Juan Pablo), Longton, Longueira, Luksic, Masferrer, Melero, Mella (doña María Eugenia), Meza, Molina, Monckeberg, Montes, Mora, Moreira, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma, Paredes, Paya, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Recondo, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Salas, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Ulloa, Varela, Vargas, Venegas, Vilches, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.
El señor LEAL ( Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 2º.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 96 votos; por la negativa, 1 voto. No hubo abstenciones.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,Alvarado, Álvarez, Allende (doña Isabel), Araya, Ascencio, Bayo, Becker, Bertolino, Burgos, Bustos, Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa, Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Díaz, Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Espinoza, Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), García-Huidobro, Girardi, González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Hidalgo, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Kast, Kuschel, Leal, Leay, Letelier (don Juan Pablo), Longton, Longueira, Luksic, Masferrer, Melero, Mella (doña María Eugenia), Meza, Molina, Montes, Mora, Moreira, Mulet, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma, Paredes, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana Recondo, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Salas, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Ulloa, Valenzuela, Varela, Vargas, Venegas, Vilches, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.
-Votó por la negativa el diputado señor Escalona.
El señor LEAL ( Presidente en ejercicio).-
En votación el artículo 1º transitorio.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 100 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor LEAL (Presidente en ejercicio).-
Aprobado.
Despachado el proyecto.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Aguiló,Alvarado, Álvarez, Allende (doña Isabel), Araya, Ascencio, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Burgos, Bustos, Cardemil, Ceroni, Cornejo, Correa, Cubillos (doña Marcela), Delmastro, Díaz, Dittborn, Egaña, Encina, Errázuriz, Escalona, Espinoza, Forni, Galilea (don José Antonio), García (don René Manuel), García-Huidobro, Girardi, González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hales, Hernández, Hidalgo, Ibáñez (don Gonzalo), Ibáñez (doña Carmen), Jaramillo, Jarpa, Jeame Barrueto, Kast, Kuschel, Leal, Leay, Letelier (don Juan Pablo), Longton, Longueira, Luksic, Martínez, Masferrer, Melero, Mella (doña María Eugenia), Meza, Molina, Montes, Mora, Moreira, Mulet, Muñoz (don Pedro), Muñoz (doña Adriana), Navarro, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Palma, Paredes, Pérez (don José), Pérez (don Aníbal), Pérez (doña Lily), Pérez (don Víctor), Prieto, Quintana, Recondo, Riveros, Robles, Rojas, Rossi, Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salaberry, Salas, Sánchez, Seguel, Sepúlveda (doña Alejandra), Silva, Soto (doña Laura), Tapia, Tarud, Tohá (doña Carolina), Tuma, Ulloa, Valenzuela, Varela, Vargas, Venegas, Villouta, Von Mühlenbrock y Walker.
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