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- rdf:value = " El señor PÉREZ ( don Aníbal) .-
Señora Presidenta , este debate supera con creces nuestra expectativa parlamentaria, pues el proyecto de ley de divorcio también ha sido discutido por la sociedad chilena y sus principales instituciones. Me parece bien que cualquier ciudadano chileno tenga una opinión formada sobre los contenidos y alcances de esta iniciativa. Ello da cuenta de una ciudadanía madura, que ha tomado parte en un debate importante para el país.
Este proyecto responde a una gran demanda de la sociedad chilena. Un país moderno, democrático, pluralista y progresista debe contar con una legislación que norme respecto de las rupturas matrimoniales y no una ley que promueva el divorcio.
Los chilenos no quieren seguir sustentando y aceptando un fraude jurídico como la nulidad de matrimonio, que, además, es una solución discriminatoria, pues sólo permite acogerse a él a quienes tienen recursos para pagar un abogado.
Las personas que sufren la separación no quieren seguir en una situación de inseguridad respecto de los hijos que procrearon y de los bienes que adquirieron. En consecuencia, a partir de este proyecto, hemos asistido a un debate valórico y de principios que le ha hecho muy bien al país.
Por eso, llama la atención que aún haya legisladores que persistan en mantener una situación aberrante y la peor que existe, como es el llamado “divorcio a la chilena”. Hay que terminar con esta aberración.
Reconozco el avance sustantivo y el mejoramiento que tuvo el proyecto en el Senado, pero deseo referirme a dos de sus aspectos polémicos. El primero dice relación con la ampliación de las causales de nulidad, con lo cual se puede correr el riesgo de fomentarlas más que terminar con ellas.
Por otra parte, algunas causales de divorcio son bastante restrictivas, compleja su procedencia, y cuesta mucho probarlas. Por ejemplo, ¿cómo se probará que uno de los cónyuges tiene una conducta homosexual? ¿Será con fotografías o testigos? Es difícil probar una causal de esa naturaleza.
Con respecto al artículo 20, que ha sido tan discutido, creo que tiene argumentos a favor y en contra. Es cierto que establece el derecho a la libertad de conciencia de las personas y determina el principio de igualdad ante la ley.
Sin embargo, también existen razones en contra. Indudablemente, un artículo de esta naturaleza implica un retroceso histórico de más de un siglo de vigencia del Estado laico y su consecuente separación de la Iglesia.
Por otro lado, su aplicación material acarreará problemas. El plazo de ocho días entre la realización del matrimonio celebrado ante entidades religiosas y la inscripción ante el Registro Civil , obviamente se prestará para el uso de mala fe y puede provocar dificultades en su aplicación práctica. ¿Qué pasará si uno de los cónyuges fallece o hay un embarazo en ese lapso? ¿Qué pasará si una persona de mala fe se casa dos o tres veces en ese período? Esas situaciones producen un vacío jurídico. El plazo de ocho días generará una incerteza jurídica a los contrayentes. Ése es un punto importante por tener en consideración.
Por último, este artículo, más que favorecer a la Iglesia Católica, la limita y la perjudica. ¿Con qué fundamento un sacerdote hablará de matrimonio indisoluble si él sabe que, después de ocho días, esa ceremonia religiosa estará unida a un aspecto civil que va a permitir la disolución del vínculo matrimonial? Uno podría decir que lo que habló el cura en la iglesia es paja molida.
La señora ALLENDE , doña Isabel ( Presidenta ).-
Señor diputado , redondee su idea, pues ha terminado el tiempo que le asignó su bancada.
El señor PÉREZ ( don Aníbal) .-
Por eso, creo que este artículo, más que favorecer a la Iglesia Católica, la perjudica.
En consecuencia, más allá de los artículos polémicos, por un hecho de responsabilidad política y social, vamos a votar favorablemente las modificaciones del Senado, porque son muchos los chilenos que esperan una solución a su problema matrimonial.
He dicho.
"
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