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El señor ACCORSI.-
Señor Presidente, éste es un proyecto realmente importante para nuestra sociedad.
Todos estamos de acuerdo con su artículo 1º, que dispone que “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. El matrimonio es la base principal de la familia”. Obviamente, todos concordamos en que el matrimonio que se consolide dure para toda la vida. Pero eso es desconocer, absolutamente, la naturaleza del ser humano. Tenemos que aceptar la posibilidad de reiniciar una nueva vida ante el eventual fracaso del matrimonio, situación que nadie desea.
Es muy importante lo señalado por el ministro Bates . Nuestro país se ha demorado 120 años en solucionar este problema. Por eso, creo que lo mejor que sucederá con este proyecto es que la sociedad tendrá la oportunidad de dejar de mentir. Eso es muy importante. ¡Cómo vamos a mentir respecto de un hecho que consideramos trascendental! ¡Cómo vamos a mentir respecto de un hecho social que consideramos el pilar fundamental!
Por lo tanto, la seguridad que nos ofrece la ley se traduce en que Chile dejará de mentir respecto de algo tan importante como es el matrimonio.
También es importante revisar el tema referido a la edad mínima para contraer matrimonio. Muchas personas se van a preguntar por qué establecimos los 16 años como edad mínima para contraer matrimonio. Ésta es una materia que debemos revisar, ya que a esa edad los jóvenes aún no terminan su cuarto año de enseñanza media; sin embargo, los autorizamos para que contraigan matrimonio.
Otra materia por revisar se relaciona con la potestad que tendrán los jueces. ¿Cómo es posible que un juez mantenga su decisión de no conceder el divorcio en circunstancias de que las partes estén de acuerdo en establecerlo? Eso también debería ser regulado. En este sentido, dentro de un tiempo prudencial, de tres o cinco años, y en forma posterior a su vigencia, deberíamos readecuar esta normativa, también, en otras materias. Por eso, no es necesario abrir tantos flancos.
Por otra parte, votaré en contra el artículo 20, por cuanto abre una brecha gigantesca que dejará en la indefensión más absoluta a las mujeres y a los niños. Si primeramente se realiza el matrimonio religioso, en muchos sectores no se llevará a cabo el matrimonio civil, y las garantías que hoy les entregamos a las mujeres y a los niños no se podrán cumplir mediante esta ley. Siendo parte de un Estado laico, no podemos legislar en favor de una mayoría o de una minoría religiosa. Aquí todos son iguales ante la ley. Reitero, el Estado chileno es laico y no religioso.
Por ello, anuncio mi voto en contra de dicho artículo. Creo que es un gran avance tener una ley de divorcio. Sin embargo, es una vergüenza que hayan transcurrido 120 años antes de legislar sobre la materia, porque con esta futura ley Chile dejará de mentir.
He dicho.
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