
-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds31
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds24
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds25
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds28
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds22
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds29
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds23
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds33
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds32
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds26
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds20
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds27
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds21
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4-ds19-ds30
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- dc:title = "FACILIDADES A LOS TRABAJADORES DURANTE LA JORNADA LABORAL. Modificación del Código del Trabajo. Primer trámite constitucional."^^xsd:string
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2698
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2529
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2146
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1001
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1409
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3848
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3602
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2525
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3097
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1570
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1777
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3201
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3688
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/modificacion-del-codigo-del-trabajo
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/jornada-laboral
- bcnres:tieneResultadoDebate = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/facilidades-a-los-trabajadores
- rdf:value = " FACILIDADES A LOS TRABAJADORES DURANTE LA JORNADA LABORAL. Modificación del Código del Trabajo. Primer trámite constitucional.
El señor LORENZINI (Presidente).-
A continuación, corresponde tratar el proyecto de ley, originado en moción, que modifica el artículo 193 del Código del Trabajo, con el objeto de establecer ciertas prerrogativas a favor de los trabajadores que indica.
Diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Carlos Vilches .
Antecedentes:
- Moción, boletín Nº 3482-13, sesión 68ª, en 6 de abril de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 19.
- Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, sesión 1ª, en 5 de octubre de 2004. Documentos de la Cuenta Nº 17.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Seguel , en reemplazo del señor Vilches .
El señor SEGUEL.-
Señor Presidente, no sólo reemplazo al diputado Carlos Vilches , sino también soy autor del proyecto de ley. Solicité que lo informara para compartir el trabajo.
Suscribieron esta moción la diputada señora Eliana Caraball y los diputados señores Gabriel Ascencio , Jorge Burgos , Camilo Escalona, José Miguel Ortiz, Edgardo Riveros , Eduardo Saffirio , Exequiel Silva y Patricio Walker .
Este proyecto tiene por finalidad permitir que los trabajadores de establecimientos de comercio, restaurantes, cafés, malls, etcétera, donde deben permanecer muchas horas de pie atendiendo al público, puedan disponer de algunas facilidades para el cumplimiento de sus labores.
De acuerdo con los informes médicos, el permanecer mucho tiempo de pie puede provocar várices en las piernas y afecciones a la columna y a los riñones, no consideradas enfermedades propiamente profesionales.
La iniciativa se originó en una petición de un grupo de trabajadores y de diputados de la Comisión de Vivienda entre ellos Carlos Montes quienes hicieron presente que la norma del artículo 193 del Código del Trabajo ya no está siendo respetada ni fiscalizada, porque su redacción data de 1937 hace prácticamente imposible su fiscalización, debido al avance de la tecnología y al tipo de comercio existente en el país.
Por eso, proponemos cambiarlo en este sentido:
“Artículo único.- Modifícase el artículo 193 del Código del Trabajo en los siguientes términos:
“a) Incorpórase, en el inciso primero, a continuación de la palabra “mercaderías”, la siguiente frase “hoteles, restaurantes, cafés o clubes.” (Estos no aparecen en la ley y han alcanzado un número impresionante).
“b) Elimínase el inciso primero, a continuación de la palabra "mantendrá", la frase "el número suficiente de", incorporando, a continuación de la palabra "trabajadores", la frase "a razón de una silla o asiento por cada tres de ellos, sin perjuicio de que si el número de empleados fuere inferior a tres, al menos deberá encontrarse a disposición de ellos una silla o asiento.”
De esta manera, bastará con que haya tres trabajadores o menos para ser obligatorio contar con silla o piso.
“c) Agrégase a continuación del punto aparte del inciso primero, que pasa a ser punto seguido, la siguiente frase "Pudiendo, los trabajadores, disponer de ellos durante 15 minutos por cada hora de trabajo continuo realizada.”
Es decir, los dependientes, por cada hora de trabajo, tendrán derecho a permanecer sentados, a lo menos, quince minutos, los que pueden no ser seguidos. Por ejemplo, podrían sentarse a descansar tres veces por cinco minutos durante ese lapso. El objetivo reitero es evitar que el trabajador pueda sufrir de várices o de afecciones a la columna, a los riñones, a las caderas, etcétera. Cabe hacer notar que en algunos establecimientos comerciales obligan a sus trabajadoras a usar ropa demasiado ajustada y zapatos de taco alto. Ellas saben lo agotador que es permanecer de pie ocho o diez horas con zapatos de taco alto.
Como la disposición vigente no se fiscalizaba y, por lo tanto no se está aplicando prácticamente ningún tipo de pena para quienes la infringe y la sanción prevista es menor, presenté una indicación para elevar las multas existentes entre 5 y 10 unidades tributarias mensuales, según la reiteración de la falta.
Este proyecto ha sido solicitado por los trabajadores, reconocida por los empleadores y diputados y, especialmente, avalada por los médicos.
Es cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora María Antonieta Saa .
La señora SAA (doña María Antonieta).-
Señor Presidente, en verdad es muy penoso que en pleno siglo XXI haya que modificar una ley muy antigua que consagra uno de los primeros derechos adquiridos por los trabajadores para que se cumple. Todos somos testigos de que los vendedores de establecimientos comerciales permanecen doce o catorce horas de pie. Es una muestra de inhumanidad horrorosa y, muchas veces, hay mujeres embarazadas que no tienen a su disposición una silla en la cual descansar durante esa larga jornada de trabajo. Entonces, me parece de justicia el texto de esa norma y reposicionarla en la conciencia nacional, especialmente en la de los empresarios. Así, la gente comprobará que los parlamentarios somos sensibles a los atropellos que sufren a diario los trabajadores.
Felicito a los autores de la moción. Vamos a apoyarla con mucho entusiasmo. Ojalá que, una vez convertida en ley, se fiscalice debidamente su cumplimiento, pues se trata de un problema que nos atañe a todos y que debe ser motivo de profunda vergüenza para el país. No sacamos nada con tener un país moderno, propio del siglo XXI, si no logramos que nuestras trabajadoras y trabajadores reciban un trato digno.
Quiero destacar lo realizado por el Servicio Nacional de la Mujer cuando, durante la dirección de la ministra Adriana Delpiano , logró suscribir un acuerdo con los empresarios frutícolas para que las temporeras y temporeros pudieran disponer de sillas para el merecido descanso. Sin duda, fue un avance.
Debemos aprobar esta iniciativa por unanimidad, porque es vergonzoso que en nuestro país subsistan condiciones laborales como ésta. Sabemos que hay muchos atropellos a los derechos laborales, pero éste es el colmo.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Alejandro Navarro .
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, después de noventa años se viene a proponer una modificación a la ley Nº 2.951, de 1914, conocida como “Ley de la silla”, parte de cuyo texto es el siguiente:
“Artículo 1º. En los almacenes, tiendas, bazares, bodegas, depósitos de mercaderías y todos los establecimientos comerciales semejantes, el patrón o empresario mantendrá el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los dependientes o empleados.”
Más adelante, su artículo 3º nos revela la antigüedad de la norma, pues establece que: “Cada infracción a las disposiciones de la presente ley, será penada con una multa de diez pesos, que ingresarán en arcas comunales. Corresponderá a las respectivas municipalidades la vigilancia y la aplicación de estas disposiciones en la forma establecida por la ley”.
Fue una de las primeras leyes destinada a proteger las condiciones laborales de los trabajadores, ya que las anteriores decían relación con la seguridad social. Atendida la situación que hoy viven, particularmente los que se desempeñan en hoteles y malls, como señala la iniciativa, nos parece adecuado que se actualicen sus disposiciones. No obstante, para que su cumplimiento sea efectivo, debe haber una adecuada fiscalización y comprensión de la norma. Por ello, como planteó Francisco del Río, asesor del Ministerio del Trabajo, y como dispone el artículo 193 del Código del Trabajo, en el reglamento interno de las empresas se deben consignar claramente las condiciones en que se ejercerá este derecho, de manera que haya una silla cada tres trabajadores y que puedan utilizarla durante quince minutos por cada hora de trabajo. Ello favorecerá el desempeño y el clima laboral. En todo caso, espero que no se transforme en un elemento de disputa entre empleados y empleadores.
Insisto, la moción en debate viene a actualizar una norma extraordinariamente importante que, como señaló la diputada María Antonieta Saa , no tenía una aplicación clara y precisa en un gran número de tiendas con tres, diez o más trabajadores, en que no existe el número de sillas que dispone el Código del Trabajo y que obligó en su época la ley Nº 2.951, de 1914.
Entonces, de aprobarse este proyecto de ley, como espero que ocurra, desde ya anuncio el voto favorable de la bancada socialista, procede una debida fiscalización para verificar si en los establecimientos respectivos los trabajadores gozan de este derecho y si se ha dictado el reglamento que regula su ejercicio. El derecho a sentarse durante quince minutos por cada hora de trabajo continuo realizado, en una jornada que puede prolongarse hasta por diez horas, va a permitir mejorar el clima laboral y el rendimiento de los trabajadores, amén de evitar enfermedades o afecciones, como ha dicho el diputado Seguel .
Este proyecto de ley podría resultar intrascendente si se aplica una multa de diez mil pesos, que ingresarán en arcas comunales, como establecía la ley Nº 2.951. De acuerdo con el artículo 477 del Código del Trabajo las infracciones que no tengan señalada una sanción especial esto en directa relación con la indicación que se ha anunciado tendrán una multa que va de una a veinte unidades tributarias mensuales, según la gravedad de la infracción. Me refiero a las normas generales sobre infracciones y multas. El monto de las multas también depende del número de trabajadores. Si el empleador tuviere contratados cincuenta o más trabajadores, las multas aplicables ascenderán de dos a cuarenta unidades tributarias mensuales; si son más de 200, de tres a sesenta unidades tributarias mensuales.
Es decir, en las normas generales del Código del Trabajo, los montos de las multas no van de una a diez unidades tributarias, como se pretende con la indicación que se ha anunciado, sino que van de una a veinte unidades tributarias, lo que parece más adecuado. Por lo tanto, no la considero necesaria.
Una vez que la ley entre en vigencia, los inspectores del Trabajo deberán exigir la dictación del reglamento interno para realizar una debida fiscalización. Esto es muy importante para que este proyecto no pase a ser letra muerta. Por ejemplo, el reglamento deberá indicar la ubicación de las sillas, porque en lugares cerrados o en espacios reducidos no será posible mantenerlas a la vista. En fin, hay que garantizar la disponibilidad de sillas para el trabajador.
Sé que esta medida va a causar inquietud en el mundo del comercio, en que desde hace mucho existe preocupación por el incumplimiento de la histórica “Ley de la silla”. Siempre que se hablaba de derechos laborales, había una referencia inmediata a la “ley de la silla”, considerada como una conquista importante de los trabajadores.
El proyecto tiene por objeto humanizar las condiciones de trabajo de ciertos sectores de chilenos y para ello esperamos una adecuada comprensión entre trabajadores y empleadores, de tal manera que no se convierta la medida propuesta en un factor de enfrentamiento, Se trata de mejorar el entorno laboral, procurando adecuar los lugares en donde se hará exigible esta medida para cumplir con a una ley que estaba plenamente vigente, pero que no contemplaba hoteles, restaurantes, cafés o clubes.
Las grandes tiendas podrán decir que ellas no estaban consideradas en la ley. Pero seamos honestos, sí lo estaban cuando la disposición vigente hace referencia a “tiendas”, “depósitos de mercadería” “y demás establecimientos comerciales semejantes”, que en el lenguaje del siglo XXI, debería leerse como mall o centro comerciales. Por tanto, no habría necesidad de incorporar esos vocablos, porque ya estaban implícitos en la legislación vigente, incluso en la ley Nº 2.951, “ley de la silla”.
Por último, aunque este proyecto pudiera considerarse como un aporte pequeño para humanizar el entorno laboral, son cientos de miles los trabajadores del comercio que se verán beneficiados con su aprobación.
Recuerdo que cuando aprobamos la ley que declaró feriado el 17 de septiembre pasado, los trabajadores del comercio se molestaron porque no fueron consultados en cuanto a si preferían esa fecha o el 1º de enero. Ahí hubo una cierta crítica. Espero que en esta oportunidad se haya contado con la participación de ellos para concordar el artículo único de este proyecto, con el objeto de que refleje la real necesidad de sus principales beneficiados, que son los trabajadores del comercio, ya sea de grandes centros comerciales o de pequeñas tiendas en donde los dependientes pasan de pie largas horas del día.
Por lo tanto, anuncio mi voto favorable, en el entendido de que estamos en el primer trámite del proyecto y de que los dirigentes de los trabajadores del comercio fueron consultados y que sus observaciones, si es que las hubo, fueron consideradas en su texto.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Julio Dittborn .
El señor DITTBORN.-
Señor Presidente, antes de entrar al fondo del proyecto tengo algunas inquietudes respecto de la forma en que éste fue tratado.
Soy integrante de la Comisión de Trabajo, pero también lo soy de la de Hacienda, que sesiona los martes, de 17.30 a 19.30 horas, y muchas veces no he podido a llegar a tiempo a las sesiones de la primera porque los horarios se topan.
Entiendo que este proyecto fue aprobado en una tabla de fácil despacho, al inicio de una sesión de la Comisión de Trabajo. No sabía de la existencia de este proyecto; sólo me enteré de él al tomar conocimiento de la Tabla de la sesión de Sala de hoy.
Se trata de un proyecto importante y pienso que hay que buscar el mejor momento para discutirlo; es decir, cuando estén todos los diputados.
En segundo lugar, quiero preguntar al diputado informante, dadas las implicancias que esta medida tiene en el sector productivo, si se escuchó a algún dirigente gremial o de los empresarios, quienes son los que van a tomar la decisión para que lo que aquí se apruebe, se cumpla. En general, ha sido una sana costumbre en la Cámara escuchar siempre a los interesados.
Entrando al fondo, el proyecto propone tres modificaciones a la denominada “ley de la silla”. La primera incorpora otras unidades productivas, entre ellos hoteles, restaurantes, cafés o clubes a la obligación de mantener asientos o sillas a disposición de los trabajadores. En lo personal no tengo inconveniente en ello, porque lo considero razonable. Incluso, no sería necesario dictar una ley para civilizar las relaciones laborales, porque pienso que cualquier empleador pondría sillas para que aquellos trabajadores que deben permanecer de pie largo tiempo pudieran descansar y así no sufrir las incomodidades de las enfermedades a que se refería el diputado Seguel . En fin, si así no ocurre y se quiere legislar sobre ese punto, no tengo inconveniente.
En segundo lugar, la letra b) del artículo único establece que habrá una silla o asiento por cada tres trabajadores, lo que también me parece razonable. Pero al igual que en el caso anterior, pienso que ello se podría dar sin necesidad de una ley. Pero nuevamente digo que si eso no ocurre, no tengo inconveniente en legislar sobre el tema.
Donde sí tengo dudas de fondo, y quisiera que me las aclarara el diputado informante, porque lo encuentro bien delicado, es en la letra c), que dice: “Pudiendo, los trabajadores, disponer de ellos” del descanso en las sillas “durante 15 minutos por cada hora de trabajo continuo realizada.” Esta norma da el derecho a los trabajadores a contar con una silla durante 15 minutos por cada hora. Y aquí tengo dos inquietudes. Primero, ¿esos 15 minutos son acumulables durante una jornada laboral?. Lo pregunto, porque si existe ese derecho y mi jornada es de 8 horas, puedo acceder a ese beneficio por dos horas al día; pero podría darse el absurdo que alguien dijera “como yo tengo derecho de silla durante dos horas al día, trabajo seis y luego exijo estar sentado las últimas dos”. De acuerdo con el tenor literal del proyecto, así podría ocurrir. Sé que ese no es el objetivo de quienes pensaron en esto.
La otra alternativa es que los 15 minutos no sean acumulables, es decir, que sean 15 minutos por cada hora. Y que si uno no los ocupa, por ejemplo, en la hora que va de 9 a 10 ó de las 10 a las 11, simplemente los pierde. Si eso es lo que se quiso decir, me parece que se puede ocasionar un perjuicio a la actividad productiva. Me pregunto, ¿qué pasa si la mayoría de los trabajadores de un restaurante exigen sentarse 15 minutos entre las 13 y 15 horas, que es el momento en que está lleno? Se perdería media hora.
Si eso se hace en forma rotativa y con buena disposición, es probable que eso no afecte al restaurante; pero si las relaciones laborales no son las mejores y esos trabajadores exigen sentarse 15 minutos de cada hora, podría darse el caso absurdo, que ningún redactor de la iniciativa hubiese querido, que los trabajadores estuvieran sentados media hora durante esas dos horas peak en que se llena el restaurante, lo que afectaría gravemente la productividad del local.
Tengo algunas dudas al respecto.
En cuanto a la letra c) del artículo único, me parece que requiere mayor precisión, sobre todo si es acumulable el derecho de los 15 minutos. Aunque no sea acumulable, creo que es grave que se exija ese derecho en ciertos tipos de actividades productivas que tienen horas peak muy marcadas.
Nadie puede estar en contra de que los trabajadores realicen sus tareas en un ambiente laboral lo más grato posible y que se den las condiciones para que no se perjudique la salud de ninguno mientras realizan su labor. En eso estamos de acuerdo.
Como dije, es una pena que se deba redactar leyes tan frecuentemente sobre esos derechos básicos, que deberían existir en forma normal entre las personas civilizadas.
No tengo inconveniente en aprobar las letras a) y b) del artículo único; sólo tengo dudas de fondo respecto de la letra c).
He dicho.
El señor LEAL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado Edgardo Riveros .
El señor RIVEROS.-
Señor Presidente, es un hecho de la causa que los trabajadores deben soportar largas y agotadoras jornadas de trabajo. Esa realidad está presente. Lo lógico es otorgar condiciones mínimas de trabajo, “humanizando el entorno”, como lo dice el propio informe.
Ahora, ¿cuál es el fin de esto? Lograr un mejor desempeño en sus labores, un mayor rendimiento de los trabajadores dependientes.
Lo lógico es perfeccionar las normas vigentes, entre las que figuran el artículo 193 del Código del Trabajo, disposición que reemplazó a la famosa “ley de la silla”, de 1914.
Debemos asumir la necesidad de actualizar esa norma. El diputado informante y autor de la iniciativa, Rodolfo Seguel , entregó todos los elementos de contenido y de mérito del proyecto.
Por cierto, la duda planteada por el diputado señor Dittborn me parece lógica; pero no hay que confundir este beneficio para los trabajadores que realizan su actividad de pie con las horas de descanso. El hecho es que la silla debe estar a su disposición para que, en un momento determinado, ellos puedan recurrir a ese implemento que alivia sus condiciones de trabajo, pero sin disminuir la jornada laboral. Así es como se debe entender la norma.
Participo de la idea de que ojalá tuviéramos que legislar lo menos posible respecto de este tipo de materias, pero es el caso de que suelen producirse, sobre todo en el ámbito del derecho del trabajo, fuertes incumplimientos de normas o el aprovechamiento al máximo de los vacíos legales que existen, Por lo tanto legislar es la única manera que tenemos de salir al paso de estos factores incidentes en las condiciones de trabajo.
En su intervención, el diputado Seguel señaló que la fiscalización es un punto esencial en este problema. Además se están endureciendo las multas por las infracciones.
De acuerdo con lo señalado, estoy en condiciones de anunciar el voto favorable de la bancada de la Democracia Cristiana.
He dicho.
El señor LEAL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputado señora Pía Guzmán .
La señora GUZMÁN (doña Pía).-
Señor Presidente, quiero insistir en lo dicho en las dos últimas exposiciones. Creo que la letra c) del artículo único, que modifica el artículo 193 del Código del Trabajo, puede causar grandes problemas.
Estoy de acuerdo con el fondo del proyecto, pero no sé si debemos aprobarlo hoy, porque el artículo 19 del Código Civil, ese que nos obligan a aprender de memoria en las escuelas de Derecho, señala: “Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu.”
En verdad, esta letra c) es justamente una de esas normas que se deberían interpretar conforme al el artículo 19 del Código Civil, porque, al parecer, su texto es muy claro. Dice que después de cada hora habrá 15 minutos de descanso en una silla que se tendrá para ese efecto. Sin embargo, el problema es que sí genera un gravísimo problema de interpretación, en la medida en que la jornada laboral es de 48 horas semanales y de 8 horas diarias, porque si cada hora se destinan quince minutos para descansar en una silla, implica que la jornada laboral se reduce en dos horas diarias; o sea, la jornada diaria pasa a ser de seis horas.
¿Es eso lo que se pretende? No. Se pretende permitir el descanso de los trabajadores de malls, restaurantes, cafés y otros establecimientos comerciales durante la jornada laboral. Pero hay un problema de interpretación que puede crear dificultades en la contratación de trabajadores. En general, más que producir problemas a los trabajadores, que sí los puede haber, implica a veces una restricción en la contratación.
Frente al problema de interpretación que se suscita en la letra c) del artículo único, pido al diputado Seguel que nos explique qué pasa allí. En caso de mantenerse las dudas de que esto implica un cambio en la jornada laboral, pediría que el proyecto vuelva a la Comisión de Trabajo, con el objeto de dar sentido a esta norma que permita una interpretación correcta y no produzca problema alguno para los trabajadores ni para los empleadores.
He dicho.
El señor LEAL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Camilo Escalona .
El señor ESCALONA.-
Señor Presidente, esperaba agradecer la disposición favorable de las bancadas para apoyar esta iniciativa, pero veo que, lamentablemente, han surgido dudas en relación con el proyecto, el cual, como su sentido lo indica y como lo planteó el diputado informante, busca precisar el texto del artículo 193 del Código del Trabajo, con el objeto de hacer realidad su aplicación, luego de transcurrido un largo tiempo desde su vigencia.
Han pasado noventa años desde que se aprobó y promulgó la llamada “ley de la silla”, lapso en el que, lógicamente, se han producido transformaciones muy profundas en el sistema productivo y ha cambiado el contexto económico y social en que se debe aplicar esta legislación. Por ejemplo, hoy prácticamente no existen unidades productivas pequeñas que permitan establecer una relación casi familiar entre empleado y empleador, sino grandes conglomerados económicos, situación que se da especialmente en el en el mundo del comercio, en los mall, los que ofrecen grandes ventajas para quienes los visitan, pero que tienen cosas que no favorecen a sus trabajadores.
Los grandes centros comerciales se han constituido en un espacio donde la familia puede compartir. Allí no solamente se venden diferentes tipos de artículos, sino que se han transformado en paseos a los que concurren las parejas o las familias. Son puntos de socialización, ya que los espacios públicos, lamentablemente, han ido disminuyendo.
Sin embargo, en las grandes tiendas, que pertenecen a las principales cadenas de retail, no se respetan como corresponde las disposiciones laborales. En ellas, las jornadas de trabajo son muy largas y no hay las condiciones mínimas para que sus trabajadores, en especial sus empleadas, puedan desarrollar sus jornadas laborales de mejor manera, pues trabajan hasta siete horas en forma continua, sin disponer de algo tan elemental como una silla que les permita un período mínimo de descanso en el curso de la jornada.
Entiendo los reparos planteados a la letra c) del artículo único, pero no considero que sean objeciones de fondo, ya que se entiende que en toda actividad productiva, más aún en los trabajos pesados, las personas tengan momentos de descanso dentro de su jornada. Por ejemplo, los trabajadores que utilizan taladros para extraer carbón de una mina subterránea desarrollan una actividad muy intensa, pero cuando se carga el mineral en los vagones para llevarlo a la superficie, aprovechan ese momento para tener un breve descanso. Pero en otras formas aparentemente no tan pesados, los trabajadores deben permanecer de pie en forma continua durante extensas jornadas, lo que hace su labor muy pesada.
La disposición que permite a los trabajadores disponer de quince minutos de descanso, después de una hora continua de labores parece tan obvia y humana que considero irrelevantes los reparos que surgen de su redacción. La iniciativa cuyo autor, es justo señalarlo, es el diputado Rodolfo Seguel y la cual respaldamos con entusiasmo varios diputados, busca resolver un problema que deben enfrentar a diario miles de trabajadoras y trabajadores del comercio. Esperamos contar con la unanimidad para aprobarla. Parece obvio respaldarla en razón, como dije, de las enormes transformaciones que ha experimentado el sistema productivo y por el hecho de que, a pesar de que algunos trabajos parecer ser livianos, hay personas que durante horas no disponen de lo más elemental en el desarrollo de la jornada laboral: una silla para descansar algunos minutos.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Ignacio Urrutia .
El señor URRUTIA.-
Señor Presidente, como sucedió con el proyecto que discutimos en la mañana, la Comisión encargada del estudio de esta iniciativa sólo escuchó al señor Francisco del Río . No sé si existe una sociedad con él, pero me pareció extraño que el proyecto se tratara entre cuatro paredes. Lo lógico es invitar a más personas relacionadas con el tema, a fin de lograr un buen proyecto.
Estoy de acuerdo con proteger a los trabajadores. Creo que nadie está en contra de eso, pero hay que hacerlo cuando éstos tienen pega. Estamos en un país con un 10 por ciento de cesantía, porcentaje que no ha bajado durante años. Al parecer, mientras dure el gobierno del presidente Lagos, ese índice no bajará.
¿Qué se conseguirá con esta iniciativa? Fomentar más el desempleo.
La medida parece lógica en hoteles, restaurantes, cafés y clubes, pero sería muy divertido ver una silla en un potrero para que se sienten los agricultores que trabajan en él. Por decir lo menos, el proyecto me parece insólito. ¡Imagínese lo que sería ponerle una silla al carabinero que dirige el tránsito! Cada quince minutos se sentaría a descansar. ¡Imagínese el caos que habría! Se podrían agregar más ejemplos. Me parece algo realmente ridículo.
Pese a que estoy a favor de beneficiar a los trabajadores, no estoy de acuerdo con el proyecto. Por lo tanto, voy a votarlo en contra.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Edmundo Villouta .
El señor VILLOUTA.-
Señor Presidente, estoy de acuerdo con el proyecto, pero me asalta la duda como lo señaló el diputado Escalona acerca de si el descanso contemplado en el inciso primero, letra c), puede ser conflictivo, porque la relación de una hora trabajo y un descanso de quince minutos puede considerarse excesiva.
Soy partidario de aprobar un proyecto que agregara la siguiente oración: “siempre que el movimiento de público lo permita.”, porque puedo llegar a una tienda o a un local y encontrarme con que el empleado que debe atender está sentado porque le corresponde su descanso de cinco, diez o quince minutos y, por lo tanto, no atiende. Como cliente me sentiría muy molesto si el empleado dijera: “Mire, no lo voy a atender porque estoy en mi hora de reposo de acuerdo con la ley”. ¿Qué va a pasar con los clientes? No van a aceptar esa determinación y van a pensar que hubo mala voluntad del empleado. Por lo tanto, los clientes no volverán a comprar a ese local.
En consecuencia, anuncio mi oposición a la letra c) del inciso primero del proyecto, porque es casi impracticable.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Seguel .
El señor SEGUEL.-
Señor Presidente, el diputado señor Leay me ha pedido una interrupción. Si se va a referir al proyecto, no tengo inconveniente en dársela.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Por la vía de la interrupción, tiene la palabra el diputado Leay .
El señor LEAY.-
Gracias, diputado Seguel .
Me parece bien la “ley de la silla”, aun cuando tengo los mismos reparos que el diputado Dittborn . No entiendo por qué existe esta ley sólo para trabajadoras del comercio y hoy se agrega a los de restoranes y otros. Mi pregunta es: ¿Por qué no se aplica en el sector industrial? Por ejemplo, en los packings no rige la “ley de la silla”. Aquí hay una discriminación hacia algunos sectores.
No podemos promulgar leyes que promuevan la discriminación entre los trabajadores. Hay otras actividades productivas, de vigilancia, etcétera, que son realizadas de pie por los trabajadores. Los carabineros, por ejemplo, están de pie, dirigiendo el tránsito, en cualquier calle de cualquier ciudad del país, durante muchas horas.
Mi pregunta es más de fondo. ¿Por qué un proyecto puede favorecer, arbitrariamente, a trabajadores de hoteles, restoranes o cafés y no a todos los que permanecen de pie por muchas horas? ¿Porqué hay un distinto trato en la materia? Ésa es mi pregunta.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Recupera el uso de la palabra el diputado señor Seguel .
El señor SEGUEL.-
Señor Presidente, trataré de despejar en la mejor forma posible las dudas planteadas por algunos diputados.
Como bien señalaron los diputados señores Navarro y Escalona , este proyecto modifica una norma ya contenida en una ley de 1914.
Todos los proyectos son perfectibles. Si creemos que sus disposiciones pueden conducir a equívocos, presentemos indicaciones. Si la diputada señora Pía Guzmán , que hizo mención al artículo 10 del Código Civil, y el diputado señor Julio Dittborn desean presentar alguna indicación, no tengo ningún inconveniente en acogerla, siempre que el sentido literal del proyecto no se entienda.
La letra c) del artículo único del proyecto señala: “C) Agrégase a continuación del punto aparte del inciso primero, que pasa a ser punto seguido, la siguiente frase: “Pudiendo los trabajadores disponer de ellos durante 15 minutos por cada hora de trabajo continuo realizada.” Ello quiere decir que el trabajador que cumplió una su hora de trabajo tiene la posibilidad de tomarse un descanso de 15 minutos. En mi exposición señalé que el espíritu del legislador es que use los 15 minutos en oportunidades que no creen, precisamente, las situaciones que plantearon la diputada señora Pía Guzmán y el diputado señor Julio Dittborn .
Es obvio que si a un local llega gente y hay que atenderla, los trabajadores no van a estar sentados mientras el público espera que transcurran sus 15 minutos de descanso. El espíritu del legislador no es que los trabajadores sean sinvergüenzas ni aprovechadores, sino que sean eficientes, capaces y productivos, no expuestos permanentemente a afecciones o dolencias.
Reitero que no tengo inconvenientes en que los diputados que lo deseen presenten indicaciones, en el sentido de que los 15 minutos de descanso se tomarán en momentos en que no haya que atender público. Lo que me interesa es que el país y los trabajadores comprendan que el propósito del legislador es darles, cada una hora efectiva de trabajo, 15 minutos de descanso para sus piernas, columna y riñones.
Quiero dar un ejemplo a todos los señores diputados, sobre todo al diputado Urrutia .
Veamos lo que ocurre en la cámara de Diputados. Tenemos trabajadores a los cuales llamamos cuando queremos que nos traigan el diario, un documento, un vaso de agua, té o café. ¿Alguien podrá decir, como afirmó el señor Urrutia , que están flojeando porque, a ratos, permanecen sentados? No. Están a la espera de prestar un servicio a cada uno de los diputados.
Entonces, lo que hacemos con la gente que trabaja para nosotros, ¿por qué no podemos extenderlo para el resto de los trabajadores del país a través de una norma legal? Ése es el sentido que tiene la letra c) del artículo único del proyecto.
En segundo término, en relación con la pregunta que formularon los diputados señores Dittborn y Urrutia , en cuanto a cómo se elaboró este proyecto si no se invitó a nadie a participar en su discusión, quiero que se escuche muy bien lo que diré, de manera que quede clara la respuesta que entregaré.
Este proyecto se aprobó exactamente en la misma forma que una iniciativa del diputado señor Salaberry , cuyo objeto es establecer el derecho del padre trabajador de compartir con su hijo recién nacido en los primeros días de vida de éste. En esa oportunidad, nadie dijo nada, todos aplaudimos la moción del colega, la aprobamos y hoy se encuentra cumpliendo su segundo trámite constitucional en el Senado. Entonces, ¿por qué cuando se trata de un proyecto de ley de un diputado que no pertenece al conglomerado político de los señores Dittborn y Urrutia , se hace esta crítica tan ácida y no se actúa con un espíritu de colaboración, como lo hicimos nosotros cuando el colega Salaberry presentó su iniciativa?.
El proyecto en estudio es parecido al mencionado y ha tenido un tratamiento y una discusión similares. No es culpa de los diputados que asistimos a la Comisión que otros miembros de ella no hayan asistido al debate.
He dicho.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán .
La señora GUZMÁN (doña Pía).-
Señor Presidente, deseo decirle lo siguiente al diputado señor Seguel : primero, no creo que el hecho de que los trabajadores se sienten durante su jornada de trabajo signifique que éstos sean flojos. Ésa no fue ninguna acotación de quien habla, y deseo aclararlo.
Segundo: mi duda permanece y no me la respondió el colega. De acuerdo con lo que establece el proyecto, una hora de trabajo continuo implica que a la segunda hora se trabajará 45 minutos; después, se trabajará nuevamente una hora continua, y luego, 45 minutos. Entonces, al final tendremos una jornada laboral con dos horas menos.
El problema de interpretación se presenta entre jornada laboral normal y la consagrada en la denominada “ley de la silla”. Por lo tanto, eso es lo que tenemos que resolver. Por esa razón pedí que el proyecto volviera a la Comisión nuevamente, porque no encuentro la forma de resolver ahora esta discusión.
El señor LORENZINI (Presidente).-
En votación general el proyecto.
Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 52 votos; por la negativa, 2 votos. No hubo abstenciones.
El señor LORENZINI (Presidente).-
Aprobado.
Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Araya , Ascencio , Bauer , Bayo , Becker , Burgos , Bustos , Caraball ( doña Eliana), Cardemil, Ceroni , Correa , Dittborn , Egaña , Encina , Escalona , Forni , Guzmán (doña Pía), Hidalgo, Jarpa , Kuschel , Leal , Leay , Lorenzini , Luksic , Masferrer , Melero , Montes, Muñoz (don Pedro) , Muñoz (doña Adriana) , Navarro , Norambuena , Ojeda , Olivares , Ortiz, Pérez (don José) , Pérez (don Ramón) , Pérez (don Víctor) , Riveros , Saa (doña María Antonieta), Saffirio, Salas , Sánchez , Seguel , Silva , Soto (doña Laura) , Tapia , Tohá (doña Carolina), Tuma , Valenzuela , Vargas , Von Mühlenbrock y Walker .
Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Urrutia y Villouta .
El señor LORENZINI (Presidente).-
¿Habría acuerdo para votar las indicaciones de inmediato?
No hay acuerdo.
En consecuencia, el proyecto vuelve a la Comisión de Trabajo.
El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones:
Al artículo único
Letra c)
1.De los señores Dittborn y Forni , para agregar, a continuación del punto aparte (.), que pasa a ser seguido la siguiente frase final; “Este periodo de tiempo no será acumulable y no podrá hacerse uso de este derecho en aquellas horas de mayor afluencia de público al respectivo local.”.
Letra d), nueva:
2.De los señores Ascencio , Riveros y Seguel , para incorporar la siguiente letra d), nueva:
d)Reemplázase, en el inciso cuarto, las palabras “una a dos” por “cinco a diez”.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834/seccion/akn652834-ds4
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/652834