. . . . . . . " El se\u00F1or MU\u00D1OZ.- \n \n Se\u00F1or Presidente, en representaci\u00F3n de la Comisi\u00F3n de Trabajo y Seguridad Social, paso a informar sobre el proyecto de ley, originado en moci\u00F3n de la diputada se\u00F1ora Adriana Mu\u00F1oz y de los diputados se\u00F1ores Aguil\u00F3 , Meza , Jos\u00E9 P\u00E9rez , Rossi , Tapia y de quien habla, cuya idea matriz es proteger el patrimonio de las organizaciones sindicales, mediante la incorporaci\u00F3n de mayores exigencias a la adopci\u00F3n de acuerdos y suscripci\u00F3n de contratos destinados a disponer de \u00E9l. \nAntes de detallar su contenido normativo, quiero exponer la situaci\u00F3n que motiv\u00F3 su presentaci\u00F3n. \nSabemos que, en materia laboral, las organizaciones sindicales cumplen un rol fundamental en la protecci\u00F3n, difusi\u00F3n y defensa de los derechos de los trabajadores. Para llevar a cabo su cometido, disponer de recursos y bienes muebles e inmuebles. Contar o no contar con ellos no es indiferente, pues su existencia est\u00E1 \u00EDntimamente ligada al \u00E9xito de su quehacer. \nEn muchas ciudades nos encontramos con sindicatos de muy larga data que, en d\u00E9cadas de trabajo, han comprado propiedades, muy bien ubicadas y de alto valor, esfuerzo que, con posterioridad, sus dirigentes no siempre logran aquilatar y terminan vendi\u00E9ndolas y, con suerte, adquiriendo otros inmuebles y, en muchos casos, ninguno. \nEl proyecto propone, entonces, modificar el art\u00EDculo 257 del C\u00F3digo del Trabajo, estableciendo, seg\u00FAn una secuencia l\u00F3gica, las siguientes exigencias y procedimientos para la disposici\u00F3n de inmuebles cuyo aval\u00FAo fiscal exceda el equivalente a catorce unidades tributarias anuales o que, siendo inferior a dicha suma, sean el \u00FAnico bien ra\u00EDz de una organizaci\u00F3n. \nEn primer t\u00E9rmino, en cuanto a la forma en que se adopten las decisiones al respecto, se impone que para la enajenaci\u00F3n, la promesa de \u00E9sta y cualquier otra convenci\u00F3n destinada a gravarlos, donarlos, darlos \u00EDntegramente en arriendo o ceder completamente su tenencia por m\u00E1s de cinco a\u00F1os, si fueran urbanos, o por m\u00E1s de ocho, si fueran r\u00FAsticos, incluidas las pr\u00F3rrogas, deber\u00E1 ser aprobada por, a lo menos, dos tercios de los afiliados que se encuentren al d\u00EDa en el pago de sus cuotas sindicales, en asamblea extraordinaria convocada al efecto, con la presencia de un notario p\u00FAblico que certifique haberse alcanzado dicho qu\u00F3rum. \nPosteriormente, en cuanto al producto de estas transacciones, se dispone que las organizaciones s\u00F3lo podr\u00E1n recibir como pago del precio, en caso de enajenaci\u00F3n, otros inmuebles o dinero. \nEn segundo lugar, en caso de que el pago sea en dinero, se\u00F1ala que con los recursos provenientes de la venta se deber\u00E1 abrir una cuenta bancaria especial, cuya existencia deber\u00E1 acreditar, antes de proceder a su inscripci\u00F3n, en el conservador de bienes ra\u00EDces respectivo. \nEn tercer lugar, regula el uso de los fondos depositados en dicha cuenta especial, se\u00F1alando que s\u00F3lo podr\u00E1n destinarse a la compra de otros inmuebles sociales, a la realizaci\u00F3n de mejoras en los ya existentes o a la adquisici\u00F3n de bienes muebles destinados al equipamiento y mantenci\u00F3n de unos y otros. \nPor \u00FAltimo, dispone que los actos realizados con infracci\u00F3n a lo dispuesto en los incisos precedentes adolecer\u00E1n de nulidad relativa. \nDurante la discusi\u00F3n del proyecto, la Comisi\u00F3n de Trabajo cont\u00F3 con la participaci\u00F3n del asesor del Ministerio del Trabajo y Previsi\u00F3n Social, se\u00F1or Francisco del R\u00EDo, quien expres\u00F3 la concordancia del Ejecutivo con los objetivos y modificaciones que el texto plantea. \nDejo constancia ante esta Sala de que el proyecto no tiene normas de qu\u00F3rum especial ni disposiciones que deban ser conocidas por la Comisi\u00F3n de Hacienda, y que fue aprobado en la sesi\u00F3n del 14 de septiembre pasado en general y en particular por unanimidad, sin que se presentaran indicaciones. \nPor las razones expuestas, la Comisi\u00F3n de Trabajo y Previsi\u00F3n Social recomienda la aprobaci\u00F3n de este proyecto que contribuir\u00E1 a salvaguardar los bienes de las organizaciones sindicales y, con ello, a que cumplan en forma eficaz su misi\u00F3n de proteger y defender los derechos de sus asociados. \nEs cuanto puedo informar, se\u00F1or Presidente. \nHe dicho. \n " . . .