. . . " \nEl se\u00F1or OJEDA (Vicepresidente). - \n \nTiene la palabra el diputado se\u00F1or Edgardo Riveros . \n \nEl se\u00F1or RIVEROS.- \n \n Se\u00F1or Presidente, entiendo que en esta materia tenemos una diferencia profunda con nuestros colegas de la bancada de la Uni\u00F3n Dem\u00F3crata Independiente. En verdad, las discrepancias no existir\u00EDan si logr\u00E1ramos cambiar el modelo previsional que ellos mismos ayudaron a crear. La capitalizaci\u00F3n individual tiene una caracter\u00EDstica muy central: la responsabilidad de la previsi\u00F3n es de cada trabajador. Esto marca una diferencia notable con el antiguo r\u00E9gimen de reparto, en el cual participaban de la cotizaci\u00F3n esencialmente los empleadores. Ahora la responsabilidad, insisto, es de cada trabajador. Y el empleador tiene la obligaci\u00F3n de enterar esa cotizaci\u00F3n, que es de cargo del trabajador y la descuenta de su remuneraci\u00F3n, en la respectiva administradora de fondos de pensiones. Si esas cotizaciones no fueran oportunamente pagadas se perjudicar\u00EDa la pensi\u00F3n del trabajador. \nLa \u201Cley Bustos-Seguel\u201D tiene un m\u00E9rito indudable, cual es decirle al empleador: \u201CMire, si usted no ha cumplido con su responsabilidad de enterar las cotizaciones previsionales de un trabajador en la administradora de fondos de pensiones siendo su obligaci\u00F3n, porque se las ha descontado y quiere despedirlo, antes debe enterarlas\u201D. \nLa recta interpretaci\u00F3n de los tribunales, sin mayores ambig\u00FCedades debiera ser la de obligar al empleador moroso a pagar su deuda, porque no son dineros propios, sino simplemente ajenos, que \u00E9l ha descontado. Son dineros que no les pertenecen que forman parte de los haberes del trabajador, de su remuneraci\u00F3n. Ese 10 por ciento que est\u00E1 obligado a descontar el empleador va al fondo de pensiones que cautela la administraci\u00F3n y por lo cual cobra una comisi\u00F3n. \nEs lo mismo, pero con efectos todav\u00EDa m\u00E1s negativos en el caso de la previsi\u00F3n, que si una persona tiene una deuda con Falabella o con cualquiera otra casa comercial, para no hacer propaganda a ninguna de ellas y su empleador se la descuenta pero no paga a la tienda. \u00BFQu\u00E9 hace Falabella?... Bueno, imag\u00EDnese qu\u00E9 pasa con el fondo de pensiones. El sistema de capitalizaci\u00F3n individual tiene una salida en beneficio del empleador y no del trabajador, que es la famosa \u201Cdeclaraci\u00F3n y no pago\u201D de la cual muchas veces se hace uso y abuso. Y, no obstante hacerse uso y abuso de ella, todav\u00EDa se practica un abuso m\u00E1s, cual es despedir a la persona con sus cotizaciones previsionales impagas. \nEs muy simple. Si el empleador persiste en el despido, antes debe enterar las cotizaciones previsionales pendientes en la administradora de fondos de pensiones. Y no tan solo en dicha administradora, sino tambi\u00E9n en un sistema que es de m\u00E1s r\u00E1pida resoluci\u00F3n, como es el de salud. \nPor eso, la recta interpretaci\u00F3n a trav\u00E9s de la norma correspondiente, como la del proyecto que estamos conociendo, a mi juicio, es correcta y debe contar con nuestro apoyo en la medida en que no queramos seguir ayudando a aquel empleador que hace uso y abuso de una rendija que dej\u00F3 el sistema, llamado nuevo, pero que ya tiene m\u00E1s de veinte a\u00F1os de existencia, de capitalizaci\u00F3n individual. \nHe dicho. \n \n " . . . . . . .